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Accidentes Y Urgencia | Accidentes Traumáticos

Accidentes Jóvenes

Sin deducible anual y Tope anual: 800 UF

Desde

$2.583/mes

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No PÓLIZA:
No PROPUESTA:
CONDICIONES PARTICULARES DE LA PÓLIZA
SEGURO ESCOLAR INDIVIDUAL
SEGUROS CLC S.A. en conjunto con el Contratante, quien se individualiza más adelante, suscriben
el presente Contrato de Seguro, del cual forman parte integrante la propuesta presentada por el
asegurado, sus declaraciones de salud, los antecedentes adicionales, las condiciones generales
registradas en la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) y las condiciones particulares que se
detallan a continuación.
Contratante :
RUT :
Dirección :
Comuna :
Inicio Vigencia :
La presente póliza tiene vigencia desde la fecha de contratación del seguro la que será considerada
como fecha de inicio de la cobertura, hasta el 31 de marzo del 2018.
Domicilio Especial : Para todos los efectos judiciales del presente contrato, las partes fijan su
domicilio en la ciudad y comuna de Santiago y se someten a la jurisdicción y competencia de sus
tribunales.
Periodicidad Pago de Prima : Única
Prima : $ 31.000 IVA incluido, por asegurado, por toda la vigencia del seguro.
Modalidad Pago de Prima : Directa
Obligación Pago de Prima : Asegurado Titular / Contratante
Condiciones Generales : Inscrita en el Depósito de Pólizas SVS bajo el código POL 320150724
Cobertura : Prestaciones Médicas asociadas a Accidentes
Prestador Preferente : Clínica Las Condes.
Arancel del Prestador : Arancel Vivir Más de Clínica Las Condes (Arancel VM)
Fecha de Emisión :
Intermediario :
Comisión :
Asegurados Relación Fecha
Nacimiento
Capital
UF
800,00
Prima Neta por toda la vigencia del seguro. $: 26.050
IVA 19% $: 4.950
Prima Total Anual $: 31.000
p. SEGUROS CLC
Fecha de Emisión :
Intermediario :
Comisión :
1. REQUISITOS DE ASEGURABILIDAD, EDADES MÍNIMAS Y MÁXIMAS DE INGRESO Y EDAD
MÁXIMA DE PERMANENCIA
1.1 Requisitos de Asegurabilidad
La Compañía Aseguradora entregará las Coberturas detalladas en esta Póliza para personas
naturales en etapa escolar y que sean alumnos regulares.
Los alumnos mayores a 18 años y 364 días que quieran contratar el seguro deben presentar
certificado de estudio emitido por el establecimiento educacional o por el Ministerio de Educación.
Los asegurables tendrán la calidad de asegurados de la póliza y tendrán cobertura, solo cuando la
Compañía Aseguradora apruebe la solicitud de incorporación al seguro, sin prejuicio de poder
establecer restricciones o limitaciones especiales de cobertura.
1.2 Edad mínima de ingreso:
La edad mínima de ingreso para los asegurados recién nacidos será de 0 días de vida.
1.3 Edad máxima de ingreso:
La edad máxima de ingreso a la Póliza será de 18 años y 364 días.
1.4 Edad máxima de permanencia:
La edad máxima de permanencia en la Póliza será de 19 años y 364 días.
2. MONTO MÁXIMO DE GASTOS REEMBOLSABLES
El Asegurador reembolsará los Gastos Razonables y Acostumbrados y Efectivamente Incurridos hasta
el Monto Máximo de Gastos Reembolsables después del reembolso de sistema de salud y otros
seguros complementarios que pueda tener contratados el asegurado durante la vigencia anual de la
Póliza y según las condiciones señaladas en estas condiciones particulares y en las condiciones
generales de la póliza.
Los Montos Máximos de Gastos Reembolsables no son acumulables. Para cada evento, se
considerará el tope máximo de cobertura que corresponda a Clínica Las Condes o bien el que
corresponda a otro prestador de salud, dependiendo de cuál sea el establecimiento al que ingrese
inicialmente el asegurado al momento de producirse el Evento cubierto por la póliza.
El monto máximo de gastos reembolsables es anual sin límite de eventos durante el año de vigencia
de la póliza.
Sin perjuicio de lo anterior, en caso que el asegurado ingrese a otro prestador de salud con motivo de
un Evento con Riesgo Vital cubierto por la póliza, podrá ser trasladado a Clínica Las Condes tras ser
estabilizado, aplicándose en tal caso el tope de cobertura correspondiente a esta última, descontando
el monto que la Compañía Aseguradora haya debido cancelar al otro prestador de salud dentro de los
márgenes de su respectivo tope.
Arancel Vivir Más.
Según lo indicado en el Artículo 4° N° 17 del Condicionado General, para efectos de la determinación
de los Gastos Médicos Razonables y Acostumbrados, la Compañía Aseguradora utilizará como
referencia el Arancel del Prestador Clínica Las Condes denominado “Vivir Más”.
3. COBERTURAS
Este seguro cubre eventos a causa de un accidente de acuerdo a lo definido en las condiciones
generales artículo 4 numeral 1 en la región Metropolitana sólo en Clínica Las Condes. Adicionalmente
se considerará accidente para efectos de esta póliza los eventos de: asfixia por inmersión u objetos
extraños, mordeduras, picaduras de insectos, quemaduras, panadizos e intoxicaciones de forma
involuntaria.
Este seguro en regiones, en otros prestadores institucionales de salud distintos de Clínica Las Condes,
solo otorga cobertura a la primera atención de urgencia producto de un accidente con riesgo vital. Para
la cobertura de Gastos hospitalarios en otros prestadores institucionales de salud distintos de Clínica
Las Condes, la evaluación de tratarse de un accidente con riesgo vital, la realizará la Contraloría
Médica de Seguros CLC S.A.
Según lo indicado en el Artículo 2° del Condicionado General, la Compañía Aseguradora entregará las
Coberturas detalladas en esta Póliza, siempre que la fecha del accidente sea posterior a la fecha de
inicio de vigencia de esta Póliza.
Según lo indicado en el Artículo 2° del Condicionado General, la Compañía Aseguradora reembolsará
los gastos médicos como complemento a la cobertura del sistema de salud previsional y de otros
seguros complementarios o beneficios a los que se encuentre afiliado o adherido el asegurado.
3.1 Cuadro de Coberturas para Gastos Médicos Razonables y Acostumbrados y Efectivamente
Incurridos, para Asegurados CON sistema previsional de salud Isapre vigente.
Cobertura en Clínica Las Condes
Cobertura en otros prestadores
institucionales de salud fuera de la
región metropolitana y en el
extranjero
Monto Máximo de
Gastos Reembolsables
(tope póliza) UF 800 UF 800
Cobertura para Gastos
Médicos de
Hospitalización CON
riesgo vital.
Hasta 100% después del reembolso
de sistema de salud y otros seguros
que pueda tener contratados el
asegurado, con el tope póliza.
Hasta 100% después del reembolso
de sistema de salud y otros
seguros que pueda tener
contratados el asegurado, con tope
arancel Vivir Más y tope póliza.
Cobertura para Gastos
Médicos de
Hospitalización y Gastos
Médicos Ambulatorios
SIN riesgo vital.
Hasta 100% después del reembolso
de sistema de salud y otros seguros
que pueda tener contratados el
asegurado, con el tope póliza.
Solo para la primera atención de
urgencia. Hasta 100% después del
reembolso de sistema de salud y
otros seguros que pueda tener
contratados el asegurado, con tope
arancel Vivir Más y tope póliza.
Gastos sin reembolso
Isapre.
Hasta 100% después de reembolso
otros seguros que pueda tener
contratados el asegurado, con tope
póliza
Solo para la primera atención de
urgencia. Hasta 100% después del
reembolso de otros seguros que
pueda tener contratados el
asegurado, con tope arancel Vivir
Más y tope póliza.
Cobertura para Servicio
Rescate CLC en caso:
a) Evento con riesgo vital
en RM, entre regiones
continental IV y VII.
b) Evento otras regiones
o sin riesgo vital.
a) 100% hasta tope póliza.
b) 100% con tope UF 50.
Sin cobertura.
Los porcentajes de cobertura se calculan sobre los valores contenidos en el arancel Vivir Más de
Clínica las Condes. El monto máximo reembolsable por la compañía de seguros, no podrá exceder el
tope de la póliza indicado en el recuadro precedente.
Este seguro no tiene cobertura para atenciones ante otros prestadores institucionales de salud en la
región metropolitana y tampoco tiene cobertura para personas que no tengan sistema previsional
Isapre.
3.2 Tipo de Habitación en hospitalización:Este seguro cubrirá las hospitalizaciones en habitación
estándar. Se entiende por habitación estándar aquella que determine el prestador de acuerdo a la
naturaleza de la afección y complejidad.
4. DEDUCIBLE
Este seguro no tiene deducible.
5. PERÍODO DE DURACIÓN DE REEMBOLSO
El Período de Duración de Reembolso será de doce (12) meses contado desde la fecha de ocurrencia
de un Evento. Este período podrá renovarse por períodos iguales, siempre que:
1) La Póliza esté vigente y con los pagos al día.
2) El Asegurado involucrado en el Evento esté vigente en la Póliza.
6. PRIMAS Y EFECTO DEL NO PAGO DE LA PRIMA
6.1 Cálculo de Prima: La Prima de este Seguro será única y por cada asegurado por un monto de
$31.000 con IVA Incluido, por toda la vigencia del seguro.
6.2 Modalidad de pago: La modalidad de pago de este seguro será en forma directa.
7. DENUNCIA DE SINIESTROS
No obstante lo señalado en el Artículo 9° del Condicionado General, el asegurado no deberá notificar
el siniestro si el Monto de Gastos Efectivamente Incurridos es menor al deducible de la póliza, ya que
en dicho caso no aplicará la cobertura del Seguro. Tampoco deberá notificar sila hospitalización
ocurre en Clínica Las Condes. En los demás casos deberá efectuar tal notificación.
El plazo máximo para que la Compañía Aseguradora acepte a tramitación un Gasto Médico
presentado para su reembolso será de 30 días.
El plazo de aviso del siniestro será de 30 días y se contará desde la fecha de emisión del documento
que da cuenta del gasto de cargo del asegurado cuyo reembolso se requiera, independiente de la
fecha de la prestación que lo origina.
7.1 Antecedentes a presentar: Los originales extendidos a nombre del asegurado, Informe de
Atención de Urgencia, los recibos, boletas y facturas cuando correspondan, copias de bonos, copias
de órdenes de atención, copia de programas médicos u otros documentos que acrediten el gasto
incurrido y su pago.
La Compañía se reserva el derecho de solicitar cualquier otro antecedente que estime necesario, para
poder realizar la respectiva liquidación del siniestro.
8. EXCLUSIONES
Serán las establecidas en el Condicionado General, depositado en la Superintendencia de Valores y
Seguros con el número POL320150724. Sin embargo en relación a la exclusión de la práctica del Ski
mencionada en el artículo N° 5 de la cláusula r) del Condicionado General; ella no será aplicable cuando
el accidente ocurra dentro de las pistas de ski establecidas.
9. VIGENCIA Y DURACION DEL CONTRATO DE SEGURO
La presente póliza tiene vigencia desde la fecha de contratación del seguro la que será considerada
como fecha de inicio de la cobertura, hasta el 31 de marzo del 2018.
El contratante podrá poner término al contrato de seguros dando aviso a través de comunicación escrita y
con 30 días de anticipación al término de la vigencia anual.
10. INCORPORACION NUEVOS ASEGURADOS
La incorporación de nuevos asegurados se realizará según el artículo 14° de las Condiciones
Generales.
11. ATENCIÓN AL CLIENTE
Oficina de Atención a Clientes de Seguros CLC S. A.: se encuentra ubicada en Estoril 450, Edificio 1,
Subterráneo -1, Plataforma de Servicio al Paciente. El horario de atención es de lunes a viernes de
8:00 a 19:00 horas.
Call Center: 02-2610 7000. Horario de atención de lunes a viernes de 8:30 a 20:00 horas
E-mails de Contacto:
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- Sugerencias o Reclamos: [email protected]
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