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13-SCFO40-25

SELECT FOCUS CENTRO 40 25

Sin puntaje, no analizado

Desde

$180.249/mes

Contratación telefónica

PLANES
Cuando más lo necesitas, al nivel que esperas
En tus atenciones más comunes
PRESTACIONES AMBULATORIAS
... y en los momentos más difíciles
PRESTACIONES HOSPITALARIAS
Consultas
Tus consultas médicas,
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tu clínica o centro médico
preferido.
Urgencias
Paga desde $26.788*
(0,68 UF)hasta
$218.243*(5,54UF)
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en tu plan de salud para
Urgencia Integral.
Cirugías Eventos
de alto costo
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$4.938.066* (126 UF)
por evento
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tratamiento, incluidos
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de 60 cirugías.
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pacientes oncológicos,
personas mayores
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Sucursales Sucursal Digital
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Contact Center
600 500 9000
Consalud Mobile
Atenciones preferentes en
psicología, kinesiología,
terapia ocupacional y más.
Sin tope en tus prestadores preferentes
SELECT FOCUS CENTRO 40 25 FUN
13-SCFO40-25 FOLIO
TIPO DE PLAN: INDIVIDUAL
TOPE ANUAL (6.7) (UF) % BONIFICACIÓN TOPE (6.7) TOPE ANUAL (6.7) (UF)
Dia Cama (1.1) 7,50 UF
Derecho a Pabellón 2,80 AC4
Imagenología y Exámenes De Laboratorio 2,60 AC4
Procedimientos 2,70 AC4
Kinesiología y Fisioterapia 2 AC4
Honorarios Médicos Quirúrgicos 3,68 AC4
Visita Por Médico (Tratante e Interconsultor) 1,40 UF
Medicamentos Hospitalarios (1.2) 1000 UF 30 UF 60
Materiales e Insumos Clínicos (1.2) 1000 UF 25 UF 50
Prótesis, Ortesis y Elementos De Osteosíntesis 150 UF 10 UF 30
Quimioterapia (1.3) 1000 UF 35 UF 350
Traslados Médicos (1.4) 10 UF 2 AC4 6
AMBULATORIAS
Consulta Médica y Telemedicina En Especialidades (2.1) 0,85 UF
Imagenología y Exámenes de laboratorio 1,75 AC4
Procedimientos 2,20 AC4
Pabellón ambulatorio 2 AC4
Consulta/Tratamiento Psicología 0,85 UF 8,50
Honorarios médicos quirúrgicos 2,01 AC4 Sin Tope
Kinesiología, Fisioterapia y Terapia Ocupacional 1 AC4 5,50
Fonoaudiología 10 UF 1,68 AC4 6
Prótesis/Ortesis (2.3) 40 UF 0,75 AC4 8
Atención Integral De Enfermera (2.4 I y 2.4 II) y
Nutricionista(2.5) 10 UF 1,20 AC4 2,50
Radioterapia 300 UF 2,41 AC4 100
Quimioterapia (1.3) 1000 UF 30 UF 350
Prestaciones Dentales (Pad) (2.6) 1,39 UF 2,50
Clínica De Lactancia (0 A 6 Meses De Edad) (Pad) (2.7) 0,65 UF
Mal Nutrición Infantil (7 A 72 Meses De Edad) (Pad) (2.8) 0,71 UF
Tratamiento Fertilización Asistida (Pad) (2.9) 1,14 AC4
Tipo de Urgencia (*) Simple Compleja Simple Compleja Simple Compleja Simple Compleja
Copago Urgencia Adulto 1,59 UF 3,90 UF 1,65 UF 4,80 UF 2,07 UF 5,54 UF 1,60 UF 5,00 UF
Copago Urgencia Pediátrica - - 1,44 UF 3,16 UF 1,75 UF 3,79 UF 1,36 UF 3,14 UF
Medicamentos e Insumos Por Urgencia 60% 0,70 UF 3
PRESTACIONES RESTRINGIDAS (3)
Cirugía Bariátrica y Metabólica, Septoplastía, Rinoplastía,
Tratamiento De Infertilidad
Cirugía Presbicia, Cirugía Fotorrefractiva o Fototerapéutica
OTRAS COBERTURAS
Optica (Marcos y Cristales) (4.1) 60% 1,50 UF 1,50
Cobertura Internacional (5.4) 60% Sin Tope 50
Box Ambulatorio 60% 0,95 AC4 Sin Tope
Traslado Medico Ambulatorio 60% 2 AC4 6
Instrumental Robótico 50% Sin Tope 23
PRESTADORES DERIVADOS
Clínica RedSalud Rancagua
Clínica RedSalud Vitacura, Clínica Indisa
Providencia, Clínica Indisa Maipu y Red de
Salud UC Christus
Clínica San Carlos de Apoquindo Clínica Bupa Reñaca
80% Sin Tope
Clínica Bupa Reñaca
100% Sin Tope
Clínica RedSalud Santiago
90% Sin Tope
Clínica RedSalud Rancagua, Clínica Los
Carrera, Clínica RedSalud Valparaiso,
Clínica San Carlos de Apoquindo, Clínica
Meds, Red de Salud UC Christus y
prestadores indicados en Anexo (I)
80% Sin Tope
Clínica Ciudad del Mar
70% Sin Tope
Clínica Las Condes, Clínica Universidad de
los Andes
Sólo con médicos staff (A.1) (Habitación Individual)
(A)
Copago fijo por atención de urgencia, el cual incluye consulta médica, insumos, medicamentos, imagenología, exámenes, procedimientos y honorarios médicos. El valor del copago puede cambiar según qué tan compleja sea la atención, y
solo aplica en los siguientes prestadores:
Solo Cobertura Libre Elección
ATENCIÓN INTEGRAL DE URGENCIA (5)
Sin TopeSolo Cobertura Libre Elección 100%
Sin Tope
PRESTACIONES (1)
OFERTA PREFERENTE (*) LIBRE ELECCIÓN (*)
% BONIFICACIÓN
HOSPITALARIAS Y CIRUGÍA MAYOR AMBULATORIA
Sin Tope
80%
Sin Tope
Sin Tope
60%
70% Sin Tope
Centros Médicos RedSalud(A.3)
60% Sin Tope
Integramédica, Clínica RedSalud Santiago, Clínica Las Condes (A.3) , Clínica Universidad de los Andes,
Clínica San Carlos de Apoquindo, Clínica Meds, Red de Salud UC Christus y prestadores indicados en
Anexo (I)
Sólo con médicos staff (A)
70% Sin Tope
Centros Médicos RedSalud(A.3)
60% Sin Tope
Integramédica, Clínica RedSalud Rancagua, Clínica Los Carrera, Clínica RedSalud Valparaiso, Clínica
Ciudad del Mar, Clínica Bupa Reñaca, Clínica RedSalud Santiago, Clínica Las Condes (A.3) , Clínica
Universidad de los Andes, Clínica San Carlos de Apoquindo, Clínica Meds, Red de Salud UC Christus y
prestadores indicados en Anexo (I)
Hospital Clínico de la Universidad de Chile, Clínica RedSalud Santiago y Clínica RedSalud Providencia
40% Sin Tope: Clínica RedSalud Santiago
25% con Tope Libre Elección
65% Sin Tope: Centro Oftalmológico Providencia, Clínica Oftalmológica IOPA
(*) Clínica RedSalud Rancagua solo tiene Urgencia Integral Adulto simple y compleja
(**) Valor referencia calculado con el valor de la UF de $39.394, al 1 de Septiembre 2025
Solo Cobertura Libre Elección
Consulta médica de urgencia, imagenología, exámenes,
procedimientos, pabellón y honorarios médicos. Igual a Cobertura Ambulatoria.
Solo Cobertura Libre Elección
Cobertura Adicional Para Enfermedades Catastróficas (CAEC) (1.5) Te asegura un monto máximo a pagar de 126 UF por diagnóstico, en tratamientos para enfermedades de alto costo en una red de prestadores definida (valor referencial de $4.938.066)**
ATENCIÓN DE URGENCIA (5)
`
(2.2)
PRECIO DEL PLAN
EDAD
604
ARANCEL
NOMBRE DEL ARANCEL: AC4 UNIDAD : PESOS
TOPE GENERAL ANUAL POR BENEFICIARIO
CONDICIONES QUE DEBE CUMPLIR EL AFILIADO PARA INGRESAR Y MANTENERSE EN EL PLAN CORPORATIVO (CUANDO CORRESPONDA)
CONDICIONES DE VIGENCIA DEL PLAN MATRIMONIAL (CUANDO CORRESPONDA)
TIEMPOS DE ESPERA
- EXÁMENES
- INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS
FIRMA AFILIADO: FIRMA REPRESENTANTE ISAPRE
NOMBRE : NOMBRE :
RUT : RUT :
FECHA : FECHA :
TIPO DE BENEFICIARIO
COTIZANTE CARGAS El precio del Plan de Salud se expresa en Unidades de Fomento (U.F.). Dicho precio se
determina conforme a su valor base y la tabla de factores relativos por edad, lo que da
origen al valor total plan según composición del grupo familiar:
0 a menos de 20 años 0,60 0,60
20 a menos de 25 años 0,90 0,70
25 a menos de 35 años 1,00 0,70 VALOR BASE U.F.
35 a menos de 45 años 1,30 0,90
45 a menos de 55 años 1,40 1,00
65 y más años 2,40 2,20 El precio final del plan se pagará en su equivalente en pesos. Para su cálculo se utilizará
el valor oficial que tenga la U.F. el último día del mes que corresponde descontar la
cotización de la remuneración del cotizante.
Importante: El cobro por las cargas incorporadas al contrato de salud se
iniciará desde que ellas cumplan los 2 años de edad.
VALOR TOTAL PLAN SEGUN
COMPOSICION DEL GRUPO FAMILIAR U.F.
55 a menos de 65 años 2,00 1,40
N° Días Corridos Inicio del Tiempo de Espera
IDENTIFICACIÓN ÚNICA DE LA TABLA DE
FACTORES N°
El Arancel Consalud es una lista valorizada de prestaciones cubierta por tu plan de salud, y este tendrá un Reajuste General el 01 de abril de cada año hasta en un
100% de la variación experimentada por el índice de Precios al Consumidor (IPC) entre marzo del año anterior a febrero del año de reajuste. Además del Reajuste
antes indicado, CONSALUD podrá reajustar algunas prestaciones en un porcentaje superior sólo con el fin de incrementar los beneficios, como, asimismo, podrá
anticipar la fecha de reajuste con el mismo objeto, pudiendo imputarlo al reajuste que se realice en abril del año siguiente.
10000 UF (6)
CONDICIONES DE VIGENCIA PLAN CORPORATIVO (CUANDO CORRESPONDA)
1) Que se incorporen al plan grupal la cantidad de ............... trabajadores como beneficiarios, dentro del plazo de .................. meses contados desde la fecha de
suscripción del convenio suscrito con la Empresa. Este porcentaje mínimo no podrá disminuir durante la vigencia del convenio.
2) Que el plan grupal este financiado en un 100% durante todo el período de vigencia del convenio suscrito con la Empresa. Se entiende por financiamiento, el
cuociente entre la suma de cotizaciones pactadas de los trabajadores que forman parte del convenio y la suma de precios de los planes de salud suscritos por ellos,
en 12 meses móviles.
3) Que la siniestralidad total anual del plan grupal no supere el .............. Se entiende por siniestralidad total, el cuociente entre la suma de los gastos de prestaciones de
salud y subsidios por incapacidad laboral (SIL) a cargo de la Isapre y la suma de las cotizaciones pagadas en ese mismo período.
4) Que la siniestralidad por subsidios por incapacidad laboral (SIL) anual del plan grupal no supere el .............. Se entiende por siniestralidad SIL, el cuociente entre la
suma de los gastos por subsidios por incapacidad laboral a cargo de la Isapre y la suma de las cotizaciones pagadas en ese mismo período.
NOTA: En caso de Planes Grupales en que se pacte el precio en el porcentaje equivalente a la cotización legal para salud, no se producirán excedentes de cotización
de salud.
A) Que se mantenga permanentemente como trabajador de la empresa.
B) Que se mantenga permanentemente como afiliado de CONSALUD.
A) Que el cotizante y su cónyuge mantengan la calidad de afiliados vigentes de CONSALUD.
B) Que el cotizante y su cónyuge estén de acuerdo en mantener el Plan Matrimonial.
21
- HOSPITALIZACIONES EN OTORRINO - OFTALMOLOGÍA -
NEUROCIRUGÍA 42
HUELLA DACTILAR AFILIADO
- CONSULTAS MÉDICAS 14
Los tiempos de espera definidos, se cuentan a partir de la fecha en que el
beneficiario suscriba el formulario pertinente que la isapre dispondrá en sus
sucursales.
*PARA CONSULTAS MÉDICAS EN LAS ESPECIALIDADES
DE: GASTROENTOROLOGÍA, REUMATOLOGÍA,
DERMATOLOGÍA, UROLOGÍA, ONCOLOGÍA Y
HEMATOLOGÍA.
28
9
- PROCEDIMIENTOS DIAGNÓSTICOS Y
TERAPEÚTICOS 21
COBERTURA
I)
a)
b)
NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO.
1.
1.1
1.2
1.3
1.4
1.5
60% Hospital Clínico Universidad de Chile, Clínica RedSalud Vitacura, Clínica RedSalud
Providencia, Clínica Indisa Maipú, Clínica Indisa Providencia y Clínica Dávila(A.3)
Oferta Preferente Ambulatoria
% Bonificación Red de Prestadores Ambulatorios
La cobertura de la oferta preferente: Los prestadores individualizados en el siguiente listados son los prestadores definidos "en
convenio" para la Region Metropolitana en el presente plan de salud.
Oferta Preferente Hospitalaria
% Bonificación Red de Prestadores Hospitalarios
90% Clínica RedSalud Vitacura, Clínica RedSalud Providencia, Clínica Indisa Maipú, Clínica
Indisa Providencia, Clínica Dávila y Hospital Clínico Universidad de Chile(A.2)
Corresponden al transporte del paciente originados por una hospitalización. Solo se otorgará cobertura si el traslado es solicitado por
el médico tratante y cuenta con autorización previa de la Isapre. En casos de urgencia, se aplican las condiciones definidas en la nota
"5.3. Traslado entre prestadores en caso de Urgencia”. No se incluye el traslado del acompañante.
PRESTACIONES HOSPITALARIAS
Son aquellas prestaciones que requieren de día cama o intervención quirúrgica con pabellón de complejidad igual o mayor a 5.
Día Cama
Corresponde a la estadía del paciente en una unidad hospitalaria. Se otorga cobertura al día cama de cirugía, pediatría, gineco-
obstetricia, medicina, sala cuna, incubadora, cuidados intensivos, coronarios, intermedios, de observación y de aislamiento.
Medicamentos y materiales clínicos
Corresponden a los medicamentos y materiales clínicos utilizados durante una prestación hospitalaria. Solo se otorgará cobertura a los
medicamentos y materiales clínicos que están incluidos en la factura emitida por el prestador y que cuenten con registro sanitario del
Instituto de Salud Pública (ISP) para el diagnóstico en que se indica. En el caso de tratamientos para el diagnostico de Esclerosis
múltiple remitente recurrente, se otorgará cobertura a través del código Fonasa vigente. Los medicamentos y materiales clínicos
utilizados en tratamientos de cáncer se excluyen de este ítem, ya que estos se bonifican bajo el ítem Quimioterapia (según porcentajes
y topes indicados en caratula del plan de salud). Asimismo, se excluyen de este ítem los utilizados en tratamientos de infertilidad, ya
que estos se bonifican bajo la modalidad libre elección (según porcentajes y topes indicados en caratula del plan de salud). El tope de
bonificación se aplicará por evento y por beneficiario.
Quimioterapia Hospitalaria / Ambulatoria
Corresponde al tratamiento farmacológico para combatir el cáncer, ya sea durante una hospitalización o de forma ambulatoria.
Se otorgará cobertura a los esquemas terapéuticos incorporados en el grupo vigente del Arancel Fonasa, los cuales pueden estar
compuestos por una monodroga o por esquemas combinados de una o más drogas. Estos esquemas incluyen además todos los
procedimientos e insumos asociados a la preparación y administración de la quimioterapia, incluyendo el uso de sillón de
quimioterapia. Además, deben contar con registro sanitario vigente del Instituto de Salud Pública (ISP) para el contexto clínico
solicitado.
En el caso de tratamientos que no se encuentren codificados en el Arancel Fonasa vigente, se otorgará cobertura por este ítem solo a
las drogas con acción citotóxica sobre el cáncer, siempre que cuenten con registro ISP vigente para la indicación clínica
correspondiente. También se otorgará cobertura a los medicamentos antieméticos y estimulantes de colonia, siempre que se
administren en conjunto con la quimioterapia. En estos casos no aplica cobertura a los procedimientos ni insumos asociados a la
preparación y administración de la quimioterapia.
Traslados médicos
Cobertura Adicional para Enfermedades Catastróficas (CAEC)
Es una cobertura que tiene por finalidad aumentar los beneficios del plan complementario de salud, que asegura un monto máximo a
pagar de 126 UF por evento, en una red cerrada de prestadores definida por la Isapre para tratamientos médicos de alto costo, según
las “CONDICIONES DE LA COBERTURA ADICIONAL PARA ENFERMEDADES CATASTRÓFICAS EN CHILE” que están disponibles en su
Sucursal Digital. Puedes encontrar la red de prestadores y más información en la página web oficial de Consalud.
CONDICIONES Y CARACTERISTICAS DE LA OFERTA PREFERENTE DEL PLAN CON PRESTADORES PREFERENTES
2. PRESTACIONES AMBULATORIAS
Son aquellas atenciones médicas que se realizan sin necesidad de hospitalización. Incluyen consultas médicas, exámenes de laboratorio,
procedimientos diagnósticos y terapéuticos, radiografías, radioterapia, quimioterapia, diálisis y cirugías ambulatorias.
2.1 Consulta telemedicina en especialidades
Corresponde a la atención médica realizada a distancia, a través de plataformas digitales, en distintas especialidades de salud. Se
otorgará cobertura todas las especialidades que estén aranceladas en Fonasa.
2.2 Terapia ocupacional
Corresponde al tratamiento enfocado en la rehabilitación física y/o mental, realizado por un terapeuta ocupacional, de tipo ambulatorio,
hospitalario o domiciliario. Se otorgará cobertura solo si las prestaciones son realizadas por terapeutas ocupacionales inscritos en el
Registro Nacional de Prestadores de la Superintendencia de Salud. Además, tales prestaciones deben ser indicadas por un médico
tratante con especialidad relacionada a rehabilitación física, neurológica o psiquiátrica.
2.3 Audífonos
Corresponde a la cobertura de audífonos como parte de las prestaciones de prótesis u órtesis. Se otorgará cobertura solo a personas
mayores de 55 años, bajo la modalidad de libre elección.
2.4 Atención integral de enfermería
I) En domicilio: Corresponde a la tención de enfermería realizada en el hogar del afiliado. Se otorgará cobertura solo si el paciente tiene
55 años o más, y/o está postrado, en estado terminal, post operado, ostomizado, o requiere instalación o retiro de catéter o sonda.
II) En centro de adulto mayor: Corresponde a la atención de enfermería realizada en un centro especializado para adultos mayores. Se
otorgará cobertura solo si el paciente tiene 55 años o más.
2.5 Consulta y atención integral de nutricionista
Corresponde a la atención realizada por un profesional Nutricionista, previa indicación del médico tratante para la primera consulta del
año calendario, aplicable a pacientes de cualquier edad. La cobertura se otorga por cada sesión efectivamente realizada.
2.6 Prestaciones Dentales (PAD)
Corresponde al tratamiento dental para beneficiarios adolescentes (entre 12 y 17 años 11 meses 29 días) que presenten caries en una o
más piezas dentales. La cobertura aplicará a los códigos Fonasa 2503001, 2503002, 2503003, 2503004, 2503005 y 2503006. La
cobertura se entregará vía reembolso.
2.7 Prestaciones clínicas de lactancia (PAD)
Corresponde al apoyo especializado para beneficiarios menores (entre 0 y 6 meses de edad) con dificultades en el proceso de
amamantamiento (lactancia) en su contexto multidimensional. La cobertura aplicará al código Fonasa 2502020. La cobertura se
entregará vía reembolso.
2.8 Prestaciones malnutrición infantil (PAD)
Corresponde a atenciones destinadas a beneficiarios menores (entre 7 a 72 meses) que presentan mal nutrición. La cobertura aplicará al
código Fonasa 2502021. La cobertura se entregará vía reembolso.
2.9 Tratamiento fertilización asistida (PAD)
Corresponde a tratamientos para apoyar la fertilidad en hombres y mujeres. Se otorgará cobertura solo a tratamientos de baja
complejidad, en hombres se aplicará el código Fonasa 2502009 y en mujeres el código Fonasa 2502010. La cobertura se entregará vía
reembolso.
2.10 Medicamentos y materiales clínicos ambulatorios
Corresponden a los medicamentos y materiales clínicos utilizados durante una prestación Ambulatoria. Solo se otorgará cobertura a
estos bajo la modalidad libre elección.
3. PRESTACIONES RESTRINGIDAS
3.1 Cirugía presbicia, fotorrefractiva o fototerapéutica
Corresponden a intervenciones oftalmológicas destinadas a corregir problemas visuales. Se otorgará cobertura preferente solo si la
cirugía se realiza en el Centro Oftalmológico Providencia o en alguna de las sucursales de la Clínica Oftalmológica IOPA en la Región
Metropolitana. Si la intervención se realiza en un prestador distinto a los mencionados, se otorgará cobertura bajo la modalidad de libre
elección.
4. OTRAS COBERTURAS
4.1 Marcos y cristales ópticos
Se otorgará cobertura a los marcos y cristales ópticos recetados, una vez presentada ante la Isapre la prescripción médica y la boleta de
compra respectiva.
5 ATENCION DE URGENCIA
Atención de Urgencia: Incluye consulta médica, exámenes, imagenología, procedimientos, pabellón y honorarios médicos en el
prestador nominado en caratula, según la cobertura definida en el cuadro de la oferta preferente para prestaciones ambulatorias.
Atención de Urgencia Integral: Incluye consulta médica, insumos, medicamentos, exámenes, imagenología, procedimientos y honorarios
médicos. Esta atención se entrega exclusivamente en los prestadores nominados en el cuadro “Atención de Urgencia Integral”.
Se considerará una urgencia compleja cuando se realicen prestaciones de salud del grupo de códigos Fonasa de Imagenología (40),
específicamente de los subgrupos Tomografía Computarizada (403), Ultrasonografía (403), Resonancias Magnéticas (405), Suturas (15-
02 y 16-02), procedimientos médicos que incluyan prestaciones endoscópicas y aquellas atenciones a pacientes que ingresen en riesgo
vital
CONDICIONES Y CARACTERISTICAS DE LA OFERTA PREFERENTE DEL PLAN CON PRESTADORES PREFERENTES
5.1 Hospitalización posterior a atención de urgencia integral
Si la atención de urgencia deriva en una hospitalización, el beneficiario debe pagar el copago fijo correspondiente al tipo de urgencia
según lo indicado en el cuadro “Atención Integral de Urgencia” del plan de salud, más el copago correspondiente por la hospitalización.
5.2 Prestadores preferentes
Para recibir atención de urgencia con bonificación preferente, el beneficiario debe acudir a los prestadores nominados en el recuadro
“Atenciones de Urgencia” del plan de salud. Si la atención ocurre en otro prestador, se aplicará la cobertura bajo modalidad libre
elección, según lo indicado en el “cuadro de cobertura libre elección”.
5.3 Traslado entre prestadores en caso de Urgencia
Si un beneficiario ingresa por urgencia a un prestador distinto de los mencionados en el recuadro «Atenciones de Urgencia» del plan de
salud, este tendrá derecho a ser trasladado a uno de los prestadores nominados en el plan para acceder a la Oferta Preferente. Asimismo,
Isapre Consalud también tendrá derecho a trasladar al beneficiario a alguno de dichos prestadores, siempre que el médico tratante lo
autorice. Si el beneficiario no accede al traslado, optando por permanecer en el actual prestador, se otorgará cobertura bajo modalidad
libre elección.
5.4 Cobertura internacional por urgencia
Si el beneficiario recibe una atención de urgencia fuera del país, se otorgará la cobertura especificada en el recuadro "Cobertura Libre
Elección" del plan de salud; para lo cual se deberá presentar en una sucursal de Isapre Consalud los antecedentes médicos y documentos
de cobro, traducidos al español y legalizados por el consulado del país donde ocurrió la atención de urgencia, dentro de un plazo de 90
días desde la emisión de la factura.
6. CONDICIONES Y CARACTERISTICAS DE LA OFERTA PREFERENTE
6.1 Sobre los prestadores preferentes
A) Los prestadores hospitalarios del plan, especificados en el recuadro "Prestadores hospitalarios", bajo la modalidad de habitación
individual, según disponibilidad. En caso de que no esté disponible, se asignará una habitación doble o la siguiente opción de menor
valor. La cobertura preferente del día cama tendrá como tope el valor de la habitación individual estándar (con baño privado y de menor
precio del prestador). Cualquier diferencia por uso de habitaciones superiores (como suites o departamentos) será de cargo del
beneficiario.
A.1) Las consultas médicas, procedimientos ambulatorios y honorarios médicos por hospitalización, tendrán cobertura preferente solo si
se realizan en los prestadores ambulatorios nominados en la carátula del plan de salud y son efectuados por médicos Staff en convenio
con Isapre Consalud. Si no se cumplen estas condiciones, la cobertura preferente se aplicará solo a la factura de la clínica, y a los
honorarios médicos se les otorgará cobertura bajo modalidad libre elección.
A.2) Los Prestadores Hospitalarios del plan de salud serán exclusivamente aquellos nominados en la carátula del plan, considerando los
siguientes lugares de atención:
Hospital Clínico Universidad de Chile: Incluye Clínica Universidad de Chile Quilín.
A.3) Los Prestadores Ambulatorios del plan de salud serán exclusivamente los nominados en la carátula del plan, considerando los
siguientes lugares de atención:
Clínica Las Condes: Incluye Centros médicos Chicureo y Peñalolén.
Centros médicos RedSalud: Incluye a Centro Médico Arauco Salud.
Clínica Dávila: Incluye Centro Médico El Bosque, Ñuñoa y Maipú.
A.4) La cobertura preferente, tanto hospitalaria como ambulatoria, se otorga solo si se presenta bono en los prestadores en convenio
nominados en el plan de salud. Esta cobertura aplicará únicamente a las prestaciones que forman parte de la capacidad técnica del
prestador preferente nominado en el plan. Si el prestador no tiene capacidad técnica para realizar la prestación, y esta se realiza en otro
prestador, no se otorgará esta cobertura preferente.
6.2 Cuando un prestador no puede realizar una prestación especifica
Si una prestación específica, que forma parte de la oferta preferente, no es realizada por el prestador correspondiente, la Isapre derivará
al beneficiario a otro prestador de similares características. En ese caso, se mantendrán las mismas condiciones de cobertura preferente
del plan de salud.
6.3 Cuando existe insuficiencia por parte del prestador
Si un prestador en convenio no puede realizar una prestación por falta de profesionales o medios, configurándose una insuficiencia, y ha
transcurrido el tiempo de espera definido en el plan de salud, el beneficiario tiene derecho a solicitar a Isapre Consalud una derivación a
otro prestador, para que esta lo derive a otro prestador de similares características. En ese caso, se mantendrán las mismas condiciones
de cobertura preferente del plan de salud. Esta derivación sólo tendrá por objeto el otorgamiento de las prestaciones específicas que no
pudieron ser brindadas por los prestadores preferentes.
CONDICIONES Y CARACTERISTICAS DE LA OFERTA PREFERENTE DEL PLAN CON PRESTADORES PREFERENTES
Si el beneficiario realiza la atención en un prestador distinto a los nominados para la oferta preferente sin autorización previa y expresa
de Isapre Consalud, se otorgará cobertura bajo modalidad de libre elección.
La solicitud de derivación puede hacerse en cualquier oficina de Consalud, en los puntos de atención ubicados en los prestadores
preferentes, o llamando al 600 500 9000 en días festivos o fuera del horario hábil.
6.4 Cuando existe modificación o término del convenio
En el caso que se produzca la modificación o término del convenio con el prestador, u ocurran situaciones de fuerza mayor como el
término de la existencia legal del prestador cerrado o preferente; pérdida total o parcial y permanente de su infraestructura; paralización
permanente de sus actividades; sustitución o eliminación de la especialidad médica principal a que estaba orientado el convenio al
momento de contratarse el plan de salud, la Isapre está facultada para realizar una adecuación especial al plan, en conformidad a la
normativa vigente.
6.5 Sobre el cambio de plan
Sin perjuicio del derecho del afiliado a solicitar un cambio de plan de salud, cuando concurra alguna de las condiciones que establece el
artículo 197, inciso primero, DFL N°1 de Salud, de 2005, la Isapre le ofrecerá una alternativa de plan si el afiliado lo solicita y su situación
se ajusta a alguno de los siguientes casos. La nueva oferta debe incluir, como mínimo, un plan de salud cuyo precio se ajuste al monto de
la cotización legal correspondiente a su remuneración al momento del cambio.
a. Si el afiliado cambia de domicilio respecto al informado al suscribir el plan de salud y acredita que este cambio dificulta
significativamente el acceso de los beneficiarios a los prestadores nominados en el plan. Se presumirá esta dificultad cuando el cambio
de domicilio impliqué trasladarse a otra región del país.
b. Si el prestador presenta una falta de atención continua y oportuna.
c. Si la Isapre Consalud no cumple con la obligación de derivación, o realiza la derivación a un prestador no nominado en el plan de salud,
o el prestador derivado no entrega atención efectiva y oportuna.
d. Si la Isapre no otorga la atención de salud al beneficiario, a pesar de que este haya seguido correctamente los procedimientos de
acceso y derivación establecidos en el plan de salud.
Sin perjuicio de lo anterior, el afiliado también podrá solicitar el término del plan de salud por el incumplimiento de las obligaciones por
parte de la Isapre, en conformidad a las reglas generales.
6.6 Sobre la segunda opinión medica
El afiliado y sus beneficiarios tendrán derecho a solicitar una segunda opinión médica, respecto de las decisiones que emanen del médico
tratante. De esta forma, se puede solicitar la derivación a otro profesional de la red, distinto a su médico tratante, para obtener esta
segunda opinión. En caso de que esta segunda opinión sea obtenida directamente por el beneficiario, esta debe ser entregada al médico
tratante para su consideración. Sin embargo, si existieran opiniones médicas divergentes, dicha diferencia podrá ser zanjada por el
director médico de Centros Médicos RedSalud, quien pronunciara por escrito, en un plazo no superior a 15 días.
Con la finalidad de dar solución a las eventuales divergencias que se puedan producir entre las distintas opiniones médicas, en el
ejercicio del derecho contemplado en el párrafo anterior, se establece que estas serán resueltas con la opinión técnica del director
Médico del prestador individualizado en el plan, o del respectivo jefe de servicio u otro médico que cumpla en la institución similares
funciones. El afiliado y sus beneficiarios podrán requerir directamente la intervención de quien debe dar solución a la divergencia de
opiniones, instancia que deberá pronunciarse por escrito en un plazo máximo de 15 días hábiles siguientes de recibida la petición del
afiliado. En el pronunciamiento deberá constar los fundamentos de la decisión adoptada y la identificación y firma de la persona que lo
emite.
6.7 Sobre los topes del plan
Tope de Bonificación: Los topes se indican en UF o en veces el Arancel Consalud (AC4). Si el tope está en UF, se calcula usando el valor
oficial de la UF correspondiente al último día del mes anterior a la fecha en que se bonifica la prestación. El Arancel Consalud AC4
corresponde al listado de prestaciones de salud que tendrán cobertura del plan de salud. Toda prestación no incluida en este arancel se
considera como no bonificable.
Topes Anuales: Para calcular el Tope General Anual por Beneficiario y el Monto Máximo de Bonificación, se consideran las prestaciones
realizadas durante el período máximo de un año de vigencia de beneficios. Si el tope está expresado en UF, se valoriza según el valor de
la UF del día en que se realiza la prestación. Además, la bonificación de cada prestación específica en ningún caso, ni antes ni después de
llegado al tope, será inferior al 25% de la definida en el plan de salud convenido para la prestación genérica con que se encuentre
relacionada, ni podrán tener una bonificación inferior a la cobertura financiera que el FONASA asegura, en modalidad libre elección a
todas las prestaciones contempladas en el arancel que se refiere el artículo 31 de la Ley Nª19.666 que establece el Régimen General de
Garantías de Salud.

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