OFERTA PREFERENTE En, adede, entre el afiliado Don (ña)Domiciliado (a) en Profesión u oficioCédula Nacional de Identidad Nºy la ISAPRE CONSALUD S.A.,representada por don Marcelo Dutilh Labbé, Gerente General, cédula nacional de identidad N° 7.743.448-8, ambos con domicilio en Pedro Fontova N° 6650, comuna de Huechuraba de la ciudad de Santiago, en adelante también denominada «la Isapre» o «CONSALUD», se ha convenido en el siguiente Contrato de Salud Previsional. El presente Contrato de Salud Previsional se celebra en conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 18.933, y sus modificaciones. El Contrato de Salud está constituido por los siguientes documentos: a)Condiciones Generales. b)Plan de Salud. c)Declaración de Salud. d)Formulario Unico de Notificación. (F.U.N.) e)Arancel o Catálogo Valorizado de Prestaciones. Los mencionados documentos serán firmados por el afiliado y la Isapre, a excepción del Arancel, que sólo será firmado por CONSALUD. Esta institución de salud tiene en sus oficinas de atención de público, ejemplares del referido Arancel para consulta exclusiva de los afiliados y beneficiarios del Plan. C O N T R A T OD ES A L U DP R E V I S I O N A L DIA CAMA: CIRUGIA, PEDIATRIA, GINECO-OBSTETRICIA, MEDICINA DIA CAMA: SALA CUNA, INCUBADORA DIA CAMA : OBSERVACION DIA CAMA: UTI, INTERMEDIO EXAMENES LABORATORIO IMAGENOLOGIA PROCEDIMIENTOS PABELLON HONORARIOS MEDICO-QUIRURGICOS MEDICAMENTOS HOSPITALARIOS(2) CONSULTA MEDICA EN HOSPITALIZACION INTERCONSULTA CONSULTA MEDICA IMAGENOLOGIA EXAMENES LABORATORIO PROCEDIMIENTOS HONORARIOS MEDICO-QUIRURGICOS PABELLON KINESIOLOGIA CONSULTA / TRATAMIENTO PSIQUIATRIA CONSULTA / TRATAMIENTO PSICOLOGIA(3) FONOAUDIOLOGIA(4) PROTESIS / ORTESIS TRASLADOS ATENCIONES INTEGRALES DE ENFERMERIA EN DOMICILIO ATENCIONES INTEGRALES ENFERMERIA CENTRO ADULTO MAYOR(6) ATENCIONES DE URGENCIA COBERTURA EN LIBRE ELECCION PRESTACIONES H O S P I T A L A R I A S FUN Nº FOLIO TOPE DE BONIFICACION SOBRE VALOR PRESTACION EN ARANCEL PORCENTAJE DE BONIFICACION SOBRE VALOR REAL MAXIMO DE BONIFICACION PARA DETERMINA- DAS PRESTA- CIONES ($) TITULO PRIMERO:DISPOSICIONES GENERALES. TITULO SEGUNDO:PLAN DE SALUD. TIPO DE PLAN:INDIVIDUALGRUPAL SIN TOPE TOPE DE BONIFICACION (Nº DE VECES EL ARANCEL) PORCENTAJE DE BONIFICACION SOBRE VALOR REAL (A) A M B U L A T O R I A S O T R A S SIN TOPE PRESTADORES DERIVADOS MAXIMO DE BONIFICACION PARA DETERMINA- DAS PRESTA- CIONES ($) 20.000 10.000 La cobertura será según lo indicado en la columna " COBERTURA EN LIBRE ELECCION" (1) (8)(8) TIEMPOS DE ESPERA - CONSULTAS MEDICAS EN ATENCION PRIMARIA - CONSULTAS MEDICAS EN ESPECIALIDAD - EXAMENES - PROCEDIMIENTOS DIAGNOSTICOS Y TERAPEUTICOS - INTERVENCIONES QUIRURGICAS - HOSPITALIZACIONES EN OTORRINO - OFTALMOLOGIA -NEUROCIRUGÍA Nº Días CorridosInicio del Tiempo de Espera 5 7 4 10 14 30 Los tiempos de espera definidos, se cuentan a partir de la fecha en que el beneficiario suscriba el documento de Solicitud de Contabi- lización del Tiempo de Espera en nuestras oficinas. 70.000 7.000 15.000 100% 100% 80%80% 100% 100% SIN TOPE VALOR FACTURA En cualquier Clínica o establecimiento hospitalario del País 80% 80%80% 80%80% $ 40.000 20.000 10.000 70.000 7.000 15.000 (7) (5) (A) PLAN DE SALUD SUPRA-CONSALUD 77- B015 $ 1.500.000 POR EVENTO77-B015 1 / 3
ARANCEL NOMBRE DEL ARANCEL: 07UNIDAD : PESOS El Arancel tendrá un Reajuste General el 01 de abril de cada año como máximo en un 100% de la variación que haya experimentado el Indice de Re- muneraciones, determinado por el Instituto Nacional de Estadísticas o por la institución que lo reemplace, en el período de doce meses contados des- de enero a diciembre de cada año anterior a aquél en que deba comenzar a regir el reajuste. Además del Reajuste General del Arancel, CONSALUD podrá reajustar algunas prestaciones en un porcentaje superior sólo con el fin de incrementar los beneficios, como asimismo, podrá anticipar la fecha de reajuste con el mismo objeto, en cuyo caso, dicha variación se imputará al reajuste que se realice en el mes de abril siguiente. TOPE GENERAL ANUAL POR BENEFICIARIO SIN TOPE TIPO DE BENEFICIARIO EDADCOTIZANTECARGAS HOMBREMUJERHOMBRE PRECIO DEL PLAN MUJER 0 - 1 2 - 5 6 - 20 21 - 25 26 - 30 31 - 35 36 - 40 41 - 45 46 - 50 51 - 55 56 - 60 61 - 65 más de 65 El Valor Base pactado se reajustará el 01 de abril de cada año, como máximo en un 100% de la variación que haya experimentado el Indice de Remuneraciones, determinado por el Instituto Nacional de Estadísticas o por la institución que lo reemplace, en el período de doce meses contados desde enero a diciembre de cada año anterior a aquél en que deba comenzar a regir el reajuste. VALOR TOTAL PLAN SEGUN COMPOSICION DEL GRUPO FAMILIAR VALOR BASE El precio del Plan de Salud se expresa en pesos ($). Dicho precio se determina conforme a su valor base y la tabla de factores relativos por sexo y edad: $ $ 1 ) PRESTACIONES a) Hospitalarias: Son aquellas que requieren de día cama. También se considerarán para los efectos de su bonificación, que son prestaciones hospitalarias aquellas que utilicen pabellón quirúrgico 5 o superior, según la calificación que de ellos se hace en el arancel del plan bajo la columna “Código de Pabellón” o “C.P.” b) Ambulatorias: Son aquellas no consideradas en la definición anterior. 2 ) MEDICAMENTOS HOSPITALARIOS: Son aquellos medicamentos recibidos por el beneficiario por causa de prestaciones hospitalarias. Sólo serán objeto de bonificación, aquellos medicamentos que el establecimiento hospitalario haya considerado en su factura. Para los efectos del tope respectivo, se entenderá por evento, cada hospitalización, esto es, desde el ingreso del paciente al establecimiento hospitalario hasta su alta. 3 ) CONSULTA/TRATAMIENTO PSICOLOGIA:Se bonificará exclusivamente la atención que reciba el afiliado y sus beneficiarios en los Centros Médicos MEGASALUD, o en aquellas instituciones con las que Isapre CONSALUD tenga convenio para estos fines. 4 ) FONOAUDIOLOGIA:Se bonificará exclusivamente la atención que reciba el afiliado y sus beneficiarios en los Centros Médicos MEGASALUD, o en aquellas instituciones con las que Isapre CONSALUD tenga convenio para estos fines. 5 ) ATENCIONES INTEGRALES DE ENFERMERIA EN DOMICILIO:Se bonificará la atención que reciba el afiliado y sus beneficiarios, sólo cuando sean mayores de 55 años, o mayores de 15 años que se encuentren postrados o en estado terminal. Se bonificará la atención recibida de aquellas instituciones con las que Isapre CONSALUD tenga convenio para estos fines. 6 ) ATENCIONES INTEGRALES DE ENFERMERIA EN CENTRO DE ADULTO MAYOR:Se bonificará la atención que reciba el afiliado y sus beneficiarios, sólo cuando sean mayores de 55 años, exclusivamente en los Centros Médicos de MEGASALUD. 7 ) COBERTURA INTERNACIONAL: Las prestaciones recibidas fuera de Chile se bonificarán aplicando los porcentajes de cobertura hospitalaria y ambulatoria que correspondan y tendrán un tope de bonificación que resultará del cálculo de dicho porcentaje sobre el valor de la prestación en el Arancel. 8 ) REAJUSTES DE LOS TOPES FIJADOS EN PESOS: Dichos topes se reajustarán los días 01 de abril en el mismo porcentaje que lo haga el Arancel. NOTAS EXPLICATIVAS Y DEFINICIONES REAJUSTABILIDAD DEL PRECIO CONDICIONES DE VIGENCIA PLAN COLECTIVO Y OTROS GRUPALES (CUANDO CORRESPONDA) 1) Que se incorporen al convenio la cantidad de ............... trabajadores como beneficiarios o al menos el 85% de la misma, dentro del plazo de tres meses contados desde la fecha de suscripción del convenio. Este porcentaje mínimo no podrá disminuir durante la vigencia del convenio. 2) Que se mantenga durante la vigencia del convenio, un promedio de cargas legales por afiliado cercana a las ........ personas. 3) Que el monto mínimo de cotización mensual del grupo total de los trabajadores afectos al convenio colectivo, no podrá ser inferior a $ ............................. o al menos, deberá llegar a un 85% de dicha suma. 4) Que el plan o planes de salud contratados se deberán financiar en al menos un 90%. Se entiende por financiamiento al cuociente entre la suma de cotizaciones pagadas de los trabajadores afiliados al convenio colectivo y la suma de precios de los planes de esos trabajadores. NOTA:En caso de Planes Grupales en que se pacte el precio en el porcentaje equivalente a la cotización legal para salud, no se producirán excedentes de cotización de salud. A) Que el cotizante y su cónyuge mantengan la calidad de afiliados vigentes de CONSALUD. B) Que el cotizante y su cónyuge estén de acuerdo en mantener el Plan Matrimonial. CONDICIONES DE VIGENCIA DEL PLAN MATRIMONIAL (CUANDO CORRESPONDA) A) Que se mantenga permanentemente como trabajador de la empresa. B) Que se mantenga permanentemente como afiliado de CONSALUD. CONDICIONES QUE DEBE CUMPLIR EL AFILIADO PARA INGRESAR Y MANTENERSE EN EL PLAN GRUPAL (CUANDO CORRESPONDA) 0.70 0.70 0.70 0.70 1.00 1.00 1.00 1.00 1.59 1.59 1.59 3.19 3.19 1.66 1.66 1.66 1.66 2.70 2.70 2.52 2.02 2.02 2.41 2.41 2.77 2.77 1.70 1.27 0.70 0.70 0.70 2.06 2.06 2.06 2.06 2.06 2.06 12.40 12.40 1.04 1.11 0.80 1.35 2.54 2.54 1.93 1.93 1.93 2.26 2.26 3.70 3.7077-B015 2 / 3
CONDICIONES Y CARACTERISTICAS DE LA OFERTA PREFERENTE A ) 1) Clínica Indisa y Clínica Tabancura: En estos prestadores el afiliado tendrá bonificación sin tope sobre el arancel del Plan de Salud para los Medicamentos Hospitalarios según lo definido en las " NOTAS EXPLICATIVAS Y DEFINICIONES (2) " 2) Prestadores Preferentes Ambulatorios: Para los efectos de este Plan, se entenderá que son prestadores preferentes en el otorgamiento de presta- ciones ambulatorias, los centros médicos MEGASALUD. Las prestaciones ambulatorias que podrán recibir los beneficiarios en los referidos centros médicos, serán exclusivamente aquellas que estén implementadas en cada uno de ellos, lo que será informado debidamente al solicitante por la Isapre, cuando este lo requiera. Dichas prestaciones serán bonificadas sin tope sobre el arancel del Plan de Salud. Las prestaciones recibidas fuera de estos Centros Médicos, se bonificarán bajo la modalidad libre elección. 3) Médicos Cirujanos de CONSALUD de Santiago: Para los efectos de este Plan, se entenderá que son prestadores preferentes, los Médicos Cirujanos que presten servicios en los centros médicos MEGASALUD de Santiago, en lo que se refiere a los Honorarios Médicos Quirúrgicos del Equipo Médico completo, cuando el primer cirujano sea el médico antes referido. En este caso, los honorarios tendrán bonificación sin tope sobre el arancel del Plan de Salud, independiente del hospital o clínica en que se efectúe la cirugía. La composición del Equipo Médico a bonificar es la que se indica en el arancel del Plan de Salud para la prestación quirúrgica específica. B) El término del convenio entre un prestador e Isapre CONSALUD, o cualquier modificación que éstos le introduzcan, no afectará el monto que, en virtud del plan contratado, le corresponde copagar a los beneficiarios por las atenciones recibidas del respectivo prestador, hasta la anualidad que corresponda, al cumplimiento de la cual la Isapre podrá adecuar el contrato. FIRMA ISAPREFIRMA DEL COTIZANTE77-B015 3 / 3