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1ON7000918

CRUZBLANCA ON 7000 918

Puntuación del plan 3,7

Desde

$97.235/mes

Nombre: CruzBlanca ON 7000 918 FUN N°:
Código:
1ON7000918 Tipo de Plan: INDIVIDUAL
PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE

PRESTACIONES
OFERTA PREFERENTE (1.a) Tope máximo
año contrato por

beneficiario (2.b)

LIBRE ELECCIÓN
Tope máximo año
contrato por beneficiario

(2.b)

%
Tope % Tope
HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA
(1.a.2.3)
Día Cama

70% Sin Tope

Clínicas Alemana de Santiago, U. de

Los Andes, UC San Carlos, Santa

María

80% Sin Tope

Clínica Indisa, RedSalud Vitacura

90% Sin Tope

Clínicas Bupa Santiago, Dávila,

RedSalud Santiago, RedSalud

Providencia

Sin Tope

70%

5.00
UF
Sin Tope

Día Cama
Cuidados Intensivos o coronarios 7.50 UF
Día Cama Cuidados intermedios
7.50 UF
Día Cama Sala Cuna
-Fototerapia 2.50 UF
Día Cama Observación
-Recuperación 5.00 VA
Derecho de Pabellón
2.50 VA
Exámenes de laboratorio
1.40 VA
Exámenes de Histopatología
1.54 VA
Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)
1.40 VA
Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)
1.20 VA
Kinesiología y fisioterapia
20.00 UF 2.05 VA 6.15 UF
Medicamentos
(2.g)
Sin Tope

25.00
UF
Sin Tope

Materiales e insumos clínicos (2.g)
16.30 UF
Procedimientos (**)(1.c)
(1.a.2) 2.00 VA
Honorarios médicos quirúrgicos (**)
Habitación Individual (1.a.2.1)
(**)Staff Médicos Clínicas
(1.a.2.2)
1.80
VA
Visita por médico tratante (**)
(1.b) 0.80 UF
Visita por médico interconsultor (**) (1.b)
0.80 UF
Prótesis, órtesis y elementos de osteosíntesis

Sólo Cobertura Libre Elección.
70%
3.50
VA
Traslados Médicos (1.i)
3.60 VA
Drogas Biológicas (2.f)
40.00 UF 60.00 UF
Quimioterapia (2.d)

AMBULATORIAS

Consulta médica
70% Sin Tope
RED A1: Clínicas Santa Maria, Indisa, RedSalud

Vitacura, Bupa Santiago, Dávila, RedSalud

Santiago, RedSalud Providencia

60% Sin Tope

Integramédica

RED A2: Clínicas Alemana de Santiago, U. de Los

Andes, U
C San Carlos
70%

0.70
UF
Sin Tope

Consulta oftalmológica
0.70 UF
Exámenes de laboratorio
1.00 VA
Exámenes de histopatología
1.10 VA
Imagenología (Rayos; Scanner;
Ecotomografía) 1.20 VA
Pabellón ambulatorio (1.d)
2.00 VA
Procedimientos (1.c)
2.00 VA
Honorarios médicos quirúrgicos (1.d)
2.00 VA
Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)
(1.a.1) 1.00 VA
Atención integral de
enfermería (2.h)
Sólo Cobertura Libre Elección.

2.00
VA
Atención integral de nutricionista (2.h)
2.00 VA 6.60 UF
Kinesiología y fisioterapia
2.00 VA 6.15 UF
Consulta psiquiatría
0.60 UF 7.50 UF
Psiquiatría ambulatoria
1.20 VA 7.50 UF
Consulta psicología
- Psicología ambulatoria 1.20 VA 7.50 UF
Fonoaudiología
2.50 VA 8.25 UF
Radioterapia
2.00 VA Sin Tope
Quimioterapia (2.d)
40.00 UF 60.00 UF
Prótesis y órtesis
3.50 VA Sin Tope
Prestaciones dentales (PAD) (1.l)

40%
1.00 VA
7.00
UF
Prestaciones Fertilización PAD (1.e):

Fertilización asistida baja complejidad Hombre
4.00 UF
Fertilización asistida baja complejidad Mujer
12.00 UF
PR
ESTACIONES RESTRINGIDAS (1.a.3)
Día Cama Psiquiatría

Sólo Cobertura Libre Elección.
70%
2.00
UF
10.00
UF
Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica (1.f)
6.25 UF
Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas
3.50 VA
Día Cama Clínica de Recuperación
1.00 UF
Cirugía de Bariátrica, Metabólica, Fotorefractiva

(lasik)
PET-CT (2.e) 25% de la cobertura general del plan.
O
TRAS COBERTURAS
Box
ambulatorio (2.a) (1.d) 70% Sin Tope RED A1
60% Sin Tope RED A2
70% 2.50 VA Sin Tope
Medicamentos ambulatorios (1.j)
1.10 UF
Óptica (1.h)
Sólo Cobertura Libre Elección. 70% 1.00 UF 1.00 UF
Traslados médicos (1.i)
3.60 VA Sin Tope
Cobertura internacional (1.k)
La cobertura internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la libre elección y está
afecta a un
tope anual por beneficiario de UF 1.000.
ATENCIONES DE URGENCIA
(1.a.2.5) (1.g)
Consulta de Urgencia
(1.a.2.4)
70% Sin Tope RED A1

60% Sin Tope RED A2

70%
0.70 UF Sin Tope
RNM
PRO HMQ DPA
EXS
RX TAC ECO
Medicamentos ambulatorios (1.j)

PRESTADOR DERIVADO
(1.a.2.6)
PRESTACIONES AMBULATORIAS
Hospital Clínica Universidad de Chile
HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR

AMBULATORIA
Hospital Clínica Universidad de Chile
VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE.
Firma Afiliado
Nombre
Rut
Fecha
HUELLA DACTILAR
AFILIADO
Firma Representante ISAPRE
Nombre
Rut
Fecha

Nombre:
CruzBlanca ON 7000 918
Código:
1ON7000918
PRECIO DEL
PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO
Precio Base

Precio Total según composición del grupo
familiar

TABLA DE FACTORES N°
537
Edad (Años)
Contratante Cargas
Hombre
Mujer Hombre Mujer
0 a menos de 2
1.80 1.80 1.80 1.80
2 a menos de 5
0.95 0.80 0.80 0.77
5 a menos de 10
0.75 0.55 0.63 0.55
10 a menos de 15
0.65 0.55 0.55 0.55
15 a menos de 20
0.60 0.70 0.55 0.60
20 a menos de 25
0.70 1.55 0.68 0.92
25 a menos de 30
0.80 2.15 0.68 1.50
30 a menos de 35
1.00 3.30 1.00 1.80
35 a menos de 40
1.10 3.05 1.10 1.65
40 a menos de 45
1.30 2.40 1.30 1.55
45 a menos de 50
1.45 2.45 1.45 1.60
50 a menos de 55
1.75 2.70 1.75 1.90
55 a menos de 60
2.40 3.20 2.40 2.10
60 a menos de 65
3.10 3.50 3.10 2.50
65 a menos de 70
4.30 3.70 4.30 3.00
70 a menos de 75
4.50 3.80 4.50 3.25
75 a menos de 80
5.50 4.50 5.50 4.50
80 y más
5.50 4.90 5.50 4.50
Identificación única del arancel
Isapre CruzBlanca 31 Modalidad Arancel $
Tope General por Beneficiario en UF
5000
(2.b)
Nombre: CruzBlanca ON 7000 918
Código:
1ON7000918
ANEXO DEL PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO MODALIDAD PREFERENTE

NOTAS EXPLICATIVAS

1) Coberturas

1.a) La cobertura de la Oferta Preferente se obtiene sólo a través de órdenes de atención con prestadores en convenio especif
icado.
Se excluye reembolso.

1.a.1) Oferta preferente Ambulatoria:
Integramédica, Clínicas Bupa Santiago, Dávila, RedSalud Santiago, RedSalud
Providencia, Indisa, RedSalud Vitacura, Alemana de Santiago,
U. de Los Andes, UC San Carlos, Santa María
1.a.2) Oferta preferente Hospitalaria:
Clínicas Bupa Santiago, Dávila, RedSalud Santiago, RedSalud Providencia, Indisa,
RedSalud Vitacura, Alemana de Santiago, U. de Los Andes, UC San Carlos, Santa María

1.a.2.1) Para determinar la bonificación preferente hospit
alaria se considerará la Habitación Individual o la de menor valor
efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el prestador. No se cubre Suite o Departamento
.
1.a.2.2)
Son prestadores Staff del Plan Preferente CruzBlanca ON 7000 918 todos los profesionales médicos que trabajan en Clínicas Bupa
Santiago, Dávila, RedSalud Santiago
, RedSalud Providencia, Indisa, RedSalud Vitacura, Alemana de Santiago, U. de Los Andes, UC
San Carlos, Santa María
y que tienen convenio con la Isapre CruzBlanca de la oferta preferente. Validar listado de médicos a través de las
sucursales CruzBlanca.

1.a.2.3)
En atenciones Hospitalarias programadas (no urgencia), el beneficiario recibirá la cobertura señalada en la oferta preferente
del Plan de Salud Complementario, sólo si su atención se efectúa con profesion
ales del Staff Médico del prestador utilizado, de lo
contrario, la cobertura del ítem honorarios será la de la Libre Elección.

1.a.2.4) Las hospitalizaciones derivadas de una atención efectuada en el Servicio de Urgencia de los prestadores de l
a Red
Hospitalaria Preferente,
tendrán la cobertura señalada en la oferta preferente del Plan de Salud Complementario, incluidos los
honorarios médicos de los profesionales staff del prestador en convenio para el Plan.

1.a.2.5) Este
Plan aplicará cobertura preferente a las hospitalizaciones de urgencia efectuadas en regiones distintas de la Región
Metropolitana. Se entenderá por hospitalización de urgencia aquella derivada de un servicio de urgencia, que por condición
de
salud o cu
adro clínico del paciente, requiere atención médica inmediata e impostergable. No estará afecto a esta cobertura preferente
ninguna hospitalización programada, ni la consulta de urgencia o exámenes, efectuados en servicios de urgencia, que no forma
n
part
e de los gastos de la hospitalización. La cobertura preferente consistirá en este caso, en aplicar a la cuenta hospitalaria regional,
los valores que Cruz Blanca hubiera pagado si la atención se hubiere efectuado en Clínica Indisa, debiendo asumir el afili
ado las
diferencias de valores entre la
Clínica Indisa y el prestador en la que recibió las atenciones.
1.a.2.6) Es prestador derivado para la atención ambulatoria y hospitalaria del Plan Preferente
CruzBlanca ON 7000 918 el (los)
prestador(es)
Hospital Clínica Universidad de Chile. En caso de insuficiencia de Integramédica o las Clínicas Bupa Santiago,
Dávila, RedSalud Santiago, RedSalud Providencia, Indisa, RedSalud Vitacura, Alemana de Santiago, U. de Los Andes, UC
San
Carlos, Santa María
, el beneficiario recibirá la misma cobertura señalada en el Plan de Salud Complementario si utiliza éste (estos)
prestador(es). Tratándose de la cobertura de honorarios médicos quirúrgicos ambulatorios, sólo corre
sponderá cobertura preferente
si utiliza médicos con convenio para el Plan, de lo contrario, la cobertura de este ítem será la de la Libre Elección.

1.a.3
) Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección.
1.b) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.

1.c) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación
de los
honorarios del
profesional o la institución que realiza la atención.
1.d) En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 ó superior, o uso de anestesia general, estos ítems: Box Ambulat
orio,
Pabellón y Honorarios Médicos, tendrán la cobertura equivalente a l
a atención hospitalizada.
1.e)
Estas prestaciones incluyen las coberturas de especialidad, exámenes de laboratorio e imagenología propios de este tratamiento,
procedimiento de criopreservación, capacitación espermática, inseminación artificial y los fárma
cos e insumos requeridos para la
realización del tratamiento señalado. Incluyen la totalidad de las prestaciones requeridas para el tratamiento de infertilida
d con
inseminación artificial desde la pareja.

1.f) El tope de medicamentos en hospitalización Ps
iquiátrica es por evento.
1.g) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil.

1.h) Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con
la indicación médica
respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de l
entes de presbicia.
1.i) La cobertura de traslados médicos se otorga sólo con indicación médica justificada.

1.j) La
cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y
traumatología.
Firma Afiliado
Nombre
Rut
Fecha
HUELLA DACTILAR
AFILIADO
Firma Representante ISAPRE
Nombre
Rut
Fecha

1.k) Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo
10° de las Condiciones generales
del Contrato de Salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros

distintos del inglés, deberán entregarse traducidos p
ara proceder a su liquidación.
1.l)
Podrán acceder a las prestaciones PAD Dentales sólo los beneficiarios, niños y jóvenes, entre 12 y 17 años, 11 meses y 29 días,
que presenten caries de una o más piezas dentales.

2
) Definiciones VA = Veces Arancel, UF = Unidad de Fomento.
(**) Staff Médicos Clínicas =
Médicos de las Clínicas Red Hospitalaria Clínicas Bupa Santiago, Dávila, RedSalud Santiago,
RedSalud Providencia, Indisa, RedSalud Vitacura, Alemana de Santiago, U. de Los Andes, UC San Carlos, Santa María

EXS = Exámenes de Laboratorio; RX = Radiología; TAC = Tomografía axial computarizada (scanner); ECO = Ecotomografías;

RNM = Resonancia Nuclear Magnética, PRO = Procedimientos, HM
Q = Honorarios Médicos Quirúrgicos, DPA = Derecho de
pabellón.

2.a) Pabellón
ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos
o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas.

2.b) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximos usuario año son únicos y comprenden las bonificaci
ones
de las prestaciones por libre elección. El valor indicado rige para cada beneficiario por año vigencia de beneficios. La boni
ficación
corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación
en un
año sea igual al tope, la bonificación corresponderá al mayor valor entre el 25% de la cobertura estipulada en el pla
n de salud y la
cobertura financiera que asegura el Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las prestaciones contempladas en el Aran
cel,
determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado.

2.c) Las Garantías Explí
citas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en
prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre.

2.d) Se entiende por quiomioterápicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utiliza
dos para el tratamiento del cáncer, pudiendo
ser de síntesis química o biotecnológica.

2.e)
Se entiende por Cirugía Bariátrica o de obesidad al by pass gástrico y/o manga gástrica. Se entiende por Cirugía Metabólica al
by pass
gástrico, sea efectuado en pacientes obesos o no. La exclusión de cobertura de la Cirugía Bariátrica, Metabólica y Cirugía
Lasik, corresponde al evento hospitalario completo.

2.f) Se entiende por Drogas Biológicas los productos de fabricación o síntesis
biotecnológicas utilizados para el tratamiento de
patologías no oncológicas.

2.g) El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por
evento
hospitalario a aquel que engloba todos los gas
tos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro
asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso
recibir las
atenciones en uno o más establecimientos
hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la
hospitalización marca el término del evento.

2.h) La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para:
-Nutricionista: pacientes con riesgo
cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad o sobrepeso según criterios de índice de Masa Corporal (I.M.C) y c
on
diabetes mellitus tipo II o pre
-diabetes, para casos de enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en
centros de enfermería del adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias.

3)
Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente
Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condi
ciones y características de la oferta preferente del plan con
prestador preferente"

4
) Valor de Conversión de la unidad de fomento a utilizar
4
.a) Para las bonificaciones: Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará
corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la respectiva bonificación.

4
.b) Para el pago de la cotización: Si el precio está expresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará
corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en que se devenga la remuneración.

4)
Reajuste del arancel de prestaciones
El valor de cada una de
las prestaciones de salud contenidas en los aranceles expresados en pesos será reajustado el 1º de Marzo
de cada año. Dicho reajuste no podrá ser inferior al 100% de la variación porcentual acumulada que haya experimentado el Índi
ce de
Precios al Consumidor (I.P.C.), entre el mes de febrero del año anterior y enero del año
en curso.