%Tope% Día Cama Día cama Cuidados Intensivos o Coronarios Día cama Cuidados Intermedios Día Cama Sala Cuna-Fototerapia Día Cama Observación-Recuperación Derecho de Pabellón Exámenes de Laboratorio Exámenes de Histopatología Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) Kinesiología y fisioterapia15.75UF15.75UF Medicamentos(2.g) Materiales e Insumos Clínicos(2.g) Visita por Médico Tratante(**)1.00UF Visita por Médico Interconsultor(**) (1.b)1.00UF Honorarios Médicos Quirúrgicos(**)3.15VA Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos (**)(1.c)2.73VA Prótesis, órtesis y elementos de osteosíntesis.3.86VA Traslados Médicos(1.i)3.14VA Drogas Biológicas(2.f)40.00UF120.00UF Quimioterapia(2.d)40.00UF120.00UF Consulta Médica0.70UF Consulta Oftalmológica0.70UF Exámenes de Laboratorio1.90VA Exámenes de Histopatología2.09VA Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)2.00VA Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)1.70VA Pabellón Ambulatorio(1.d)2.95VA Honorarios Médicos Quirúrgicos(1.d)2.75VA Procedimientos(1.c)2.52VA Kinesiología y fisioterapia2.10VA15.75UF Fonoaudiología2.00VA7.50UF Consulta Psiquiatría0.50UF7.50UF Psiquiatría Ambulatoria0.60VA7.50UF Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria0.60VA7.50UF Prótesis y Órtesis3.86VA Atención integral de enfermería(2.h)2.52VA Atención integral de nutricionista2.52VA8.32UF Quimioterapia(2.d)40.00UF120.00UF Radioterapia2.52VA Prestaciones Dentales PAD (1.e)7.00UF Prestaciones Fertilización PAD (1.l): Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Hombre4.00UF Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Mujer12.00UF 2.00UF10.00UF Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica(1.f)5.00UF10.00UF 2.00VA10.00UF 2.00UF10.00UF 1.02UF1.02UF Box ambulatorio(2.a)(1.d)2.00VA 5.00UF 3.14VA 700.70UF Fono CruzBlanca 600 818 0000 70% Sin Tope Clínica San Carlos de Apoquindo Staff Médico Clínica San Carlos de Apoquindo Clínica Universidad de Los Andes Staff Médico Clínica Universidad de Los Andes 60% Sin Tope Clínica Alemana Santiago Staff Médico Clínica Alemana Santiago Habitación Individual (1.a.2.1) Consulta de Urgencia RNM – PRO – HMQ – DPA EXS – RX – TAC – ECO Sólo Cobertura Libre Elección80 80 PRESTACIONES AMBULATORIAS Medicamentos ambulatorios (1.g) 70% Sin Tope Clínica San Carlos de Apoquindo, Clínica Universidad de Los Andes. 50% Sin Tope Clínica Alemana de Santiago. Sin Tope Sin Tope 70% Sin Tope Clínica San Carlos de Apoquindo, Clínica Universidad de Los Andes. 50% Sin Tope Clínica Alemana de Santiago. Sin Tope Sólo Cobertura Libre Elección Cirugía Bariátrica, Metabólica, Fotorefractiva (lasik): Evento completo(1.a.2.4)(2.e) CODIGO DE PLAN:1PR7000219 Óptica(1.h) Sólo Cobertura Libre Elección Sin Tope Sin Tope 70 VA BonificaciónCopago Fijo Sin Tope Sin Tope Tope máximo año contrato por Beneficiario (2.b) HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA Tope máximo año contrato por Beneficiario(2.b) 1.a) OFERTA PREFERENTE PRESTADORES PRESTACIONES AMBULATORIAS Medicamentos Ambulatorios(1.j) PRESTADORDERIVADO 1.a.1) y 1.a.2.2) 70 VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE. Bonificación Tope PET -CT PRESTACIONES PRESTACIONES RESTRINGIDAS (1.a.1.2) 40 Sólo Cobertura Libre Elección90 Sin Tope 90 Sin Tope 1.00 90 La cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección, sin que sean aplicables las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF 1000. Día Cama Clínica de Recuperación Cobertura Internacional(1.k) Día Cama Psiquiatría Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO TIPO DE PLAN:FUN NºINDIVIDUAL MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE NOMBRE:PREFERENTE PREMIUM 7000 219 90% Sin Tope Libre Elección 40% Sin Tope Clínica Las Condes 40% Sin Tope Prestadores Nuevos (1.m) 70% Sin Tope Clínica Santa Maria Sin Tope LIBRE ELECCIÓN OTRAS COBERTURAS (1.a.1.3) 70% Sin Tope Clínica Santa Maria Traslados Médicos(1.i) 25% de la Cobertura General del Plan www.cruzblanca.cl ATENCIONES DE URGENCIA (1.a.2.3) Sin Tope HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA
Firma Afiliado Nombre: Rut: Fecha: HUELLA DACTILAR AFILIADO FirmaRepresentante Isapre Nombre: Rut: Fecha:Cargas HombreMujerHombreMujer 0 a menos de21.801.801.801.80 2 a menos de50.950.800.800.77 5 a menos de 100.750.550.630.55 10 a menos de 150.650.550.550.55 15 a menos de 200.600.700.550.60 20 a menos de 250.701.550.680.92 25 a menos de 300.802.150.681.50 30 a menos de 351.003.301.001.80 35 a menos de 401.103.051.101.65 40 a menos de 451.302.401.301.55 45 a menos de 501.452.451.451.60 50 a menos de 551.752.701.751.90 55 a menos de 602.403.202.402.10 60 a menos de 653.103.503.102.50 65 a menos de 704.303.704.303.00 70 a menos de 754.503.804.503.25 75 a menos de 805.504.505.504.50 80 y más5.504.905.504.50 Tope General Anual por Beneficiario 2.b) Contratante 1PR7000219 Edad años PREFERENTE PREMIUM 7000 219 Isapre CruzBlanca - 31 Modalidad del Arancel$ 7000 Precio Base Plan de Salud Complementario en UF (4.b) NOMBRE: TABLA DE FACTORES Nº 537 Precio Total Plan de Salud Complementario en UF según Grupo familiar. Identificación Única del Arancel (5.a) CODIGO DE PLAN:
1.- Coberturas NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD : 1PR7000219 1.a.2) Oferta preferente Hospitalaria: 1.f)El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento. 1.g)Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil. 1.b)Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. 1.m)Prestadores Nuevos corresponde a todo prestador institucional, incluyendo a losprofesionales de su staff, que obtengan las autorizaciones sanitarias pertinentes y entren en funcionamiento, en una fecha posterior a la de inicio de comercialización de este plan complementario de salud, correspondiente al 04/02/2019. Las prestaciones otorgadas por dichos prestadores es la que se indica para éstos en el plan, y que, en todo caso, siempre corresponderá a la menor cobertura prevista en modalidad libre elección tanto para prestaciones hospitalarias como ambulatorias. 1.e)Podrán acceder a las prestaciones PAD Dentales sólo los beneficiarios, niños y jóvenes, entre 12 y 17 años, 11 meses y 29 días, que presenten caries de una o mas piezas dentales. 1.h)Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva,a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. 1.i)La cobertura de traslados médicos se otorga sólo con indicación médica justificada. 1.l)Estas prestaciones incluyen las coberturas de especialidad, exámenes de laboratorio e imagenología propios de este tratamiento, procedimiento de criopreservación, capacitación espermática, inseminación artificial y los fármacos e insumos requeridos para la realización del tratamiento señalado. Incluyen la totalidad de las prestaciones requeridas para el tratamiento de infertilidad con inseminación artificial desde la pareja. 1.c)La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. 1.k)Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 11° de las Condiciones generales del Contrato de Salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. 1.d)En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 ó superior, o uso de anestesia general, éstos ítems: Box Ambulatorio, Pabellón y Honorarios Médicos, tendrán la cobertura equivalente a la atención hospitalizada. 1.j)La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. 1.a)La cobertura de la Oferta Preferente se obtiene sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso. 1.a.2.2) Son prestadores Derivados para las atenciones hospitalarias del Plan PREFERENTE PREMIUM 7000 219, 70% Sin Tope Clínica Santa Maria. En caso de insuficiencia del prestador principal, el beneficiario recibirá la misma cobertura señalada en el Plan de Salud Complementario si utiliza éste prestador. Tratándose de la cobertura de honorarios médicos quirúrgicos, sólo corresponderá cobertura preferente si utiliza médicos con convenio para el Plan, de lo contrario, la cobertura de este ítem será la de Libre Elección. 1.a.2.4)La exclusión de Cobertura Preferente de la Cirugía Bariátrica y Cirugía lasik, corresponde al evento hospitalario completo. 1.a.2.1)Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará la habitación Individual o la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el prestador.Se excluye de la cobertura preferente la hospitalización en Suite o Departamento. 1.a.1) Son prestadores DerivadosAmbulatorios del Plan PREFERENTE PREMIUM 7000 219, 70% Sin Tope Clínica Santa Maria. En caso de insuficiencia en una dirección de atención el beneficiario recibirá la misma cobertura señalada en el Plan de Salud Complementario si utiliza cualquiera de las otras direcciones de atención de éstos prestadores. 1.a.2.3)Este Plan aplicará cobertura preferente a las hospitalizacionesde urgencia efectuadas en regiones distintas de la Región Metropolitana.Se entenderá por hospitalización de urgencia aquella derivada de un servicio de urgencia, queporcondición de salud o cuadro clínico del paciente,requiere atención médica inmediata e impostergable.No estará afecto a esta ampliación de cobertura ninguna hospitalización programada,ni la consulta de urgencia o exámenes efectuados en el servicio de urgenciaque no forman parte de los gastos de la hospitalización.La ampliación de cobertura consistirá en aplicar a la cuenta hospitalaria regional, los montos bonificados que Cruz Blanca hubiera pagado si la atención se hubiere efectuado en Clínica Alemana de Santiago. Tratándose de la cobertura de honorarios médicos quirúrgicos, sólo corresponderá cobertura preferente si utiliza médicos con convenio para el Plan, de lo contrario, la cobertura de este ítem será la de Libre Elección. 1.a.1.2)Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección.
Firma Afiliado Nombre: Rut: Fecha: HUELLA DACTILAR AFILIADO FirmaRepresentante Isapre Nombre: Rut: Fecha:2.- Definiciones 3.- Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente. 4.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar 5.-Reajuste del arancel de prestaciones. (**) = Para acceder a la cobertura preferente, los profesionales médicos deben pertenecer al Staff médico en convenio de los Prestadores, salvo en el caso del prestador Clinica San Carlos de Apoquindo, quienes deben ser Asomeduc. En caso contrario, estas prestaciones serán bonificada en la modalidad Libre Elección. 5.a) El valor de cada una de las prestaciones de salud contenidas en los aranceles expresados en pesos será reajustado el 1º de Marzo de cada año. Dicho reajuste no podrá ser inferior al 100% de la variación porcentual acumulada que haya experimentado el Índice de Precios al Consumidor (I.P.C.), entre el mes de febrero del año anterior y enero del año en curso. 2.f)Se entiende por "Drogas Biológicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas. 4.b)Para el pago de la cotización : Si el precio estáexpresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en que se devenga la remuneración. 4.a)Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la respectiva bonificación. 2.d)Se entiende por quiomioterápicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica. 2.c)Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente" . 2.h)La cobertura definida para la atención integral de enfermería, sólo aplica para: Atenciones integrales de enfermería en centro adulto mayor (3 sesiones de 45')(solo para mayores de 55 años); Atención integral de enfermería en domicilio (atención mínima de 45')(solo para mayores de 55 años); Atención integral de enfermería en domicilio a pacientes postrados, terminales post operados; Atención integral de enfermería en domicilio a pacientes ostomizados y Atención integral de enfermería en domicilio a pacientes que requieren instalación y/o retiro de catéter o sonda. 2.b)Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximos usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección. El valor indicado rige para cada beneficiario por año vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, la bonificación corresponderá al mayor valor entre el 25% de la cobertura estipulada en el plan de salud y la cobertura financiera que asegura el Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las prestaciones contempladas en el Arancel, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado. 2.a)Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas. 2.e)Se entiende por Cirugía Bariátrica o de Obesidad al By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico, sea efectuado en pacientes obesos o no. 2.g)El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. VA = Veces Arancel;UF = Unidad de Fomento;EXS = Exámenes de Laboratorio;RX = Radiología; TAC= Tomografía axial computarizada (scanner);ECO = Ecotomografías; RNM= Resonancia Nuclear Magnética.