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2CON501219

CONCEPCION 5000 1219

Puntuación del plan 3,2

Desde

$72.691/mes

CONCEPCION 5000 1219 FUN N°:
2CON501219
Tipo de Plan: INDIVIDUAL
PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE

PRESTACIONES

OFERTA
PREFERENTE (1.a) Tope máx. año
contrato por

beneficiario

(2.b)

LIBRE ELECCIÓ
N Tope máx. o
contrato por

beneficiario

(2.b
)
%
Tope % Tope
HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA

Día Cama

90%

Clínica de Chillán

Clínica Los Andes (Los

Ángeles)

Clínica Universitaria de

Concepción

Hospital Clínico del Sur

Clínica Bio Bio

(1.a.2)

4.50
UF
Sin Tope

80

2.88
UF
Sin Tope

Día Cama Cuidados Intensivos o coronarios
9.20 UF 6.83 UF
Día Cama Cuidados intermedios
9.20 UF 6.83 UF
Día Cama Sala Cuna
-Fototerapia 1.80 UF 1.40 UF
Día Cama Observación
-Recuperación 3.50 VA 1.21 VA
Derecho de Pabellón
4.28 VA 3.29 VA
Exámenes de laboratorio
1.48 VA 1.14 VA
Exámenes de Histopatología
1.29 VA 1.00 VA
Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)
1.20 VA 0.92 VA
Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)
1.41 VA 1.08 VA
Kinesiología y fisioterapia
1.66 VA 2.00 UF 1.28 VA 1.81 UF
Medicamentos (2.g)
6.06 UF Sin Tope 4.66 UF
Sin Tope

Materiales e insumos clínicos (2.g)
8.50 UF 6.53 UF
Procedimientos (1.c)

Sólo Cobertura Libre Elección

(1.a.3)

4.45
VA
Honorarios médicos quirúrgicos
2.92 VA
Visita por médico tratante (1.b)
0.91 UF
Visita por médico interconsultor (1.b)
0.91 UF
Prótesis, órtesis y elementos de osteosíntesis

70

2.09
VA
Traslados Médicos
(1.i) 2.62 VA
Drogas Biológicas (2.f)
2.71 UF 9.49 UF
Quimioterapia (2.d)
2.71 UF 9.49 UF
Injertos Hematopoyéticos

80

1.00 VA

Sin Tope
Prestaciones Fertilización PAD (1.l)
Prestación Asistida Alta Complejidad
1.00 VA
AMBULATORIAS

Consulta médica

80%

Integramédica

(1.a.1)

0.64
UF
Sin Tope

70

0.60
UF
Sin Tope

Consulta oftalmológica
0.77 UF 0.60 UF
Exámenes de laboratorio
1.02 VA 0.79 VA
Exámenes de histopatología
0.85 VA 0.66 VA
Imagenología (Rayos;
Scanner; Ecotomografía) 1.39 VA 1.07 VA
Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)
1.11 VA 0.86 VA
Pabellón ambulatorio (1.d)
3.54 VA 2.72 VA
Honorarios médicos quirúrgicos (1.d)
4.02 VA 3.09 VA
Procedimientos (1.c)
1.09 VA 0.84 VA
Kinesiología y fisioterapia

Sólo Cobertura Libre Elección

(1.a.3)

1.14
VA 1.81 UF
Fonoaudiología
0.77 VA 1.81 UF
Consulta psiquiatría
0.46 UF 2.26 UF
Psiquiatría ambulatoria
0.90 VA 2.26 UF
Consulta psicología
- Psicología ambulatoria 0.90 VA 0.90 UF
Quimioterapia (2.d)
2.71 UF 15.44 UF
Radioterapia
2.71 VA
Sin Tope
Prótesis y órtesis 2.09 VA
Atención integral de enfermería (2.h)
2.91 VA
Atención integral de nutricionista
2.91 VA 2.77 UF
Injertos Hematopoyéticos
1.00 VA Sin Tope
Prestaciones dentales (PAD) (1.e)

40
1.00 VA
7.00 UF

Prestaciones Fertilización PAD (1.l):

Fertilización asistida baja complejidad Hombre
4.00 UF
Fertilización asistida baja complejidad
Mujer 12.00 UF
Prestación Asistida Alta Complejidad
70 1.00 VA Sin Tope
PR
ESTACIONES RESTRINGIDAS
Día Cama Psiquiatría
(1.a.3)
Sólo Cobertura Libre Elección

(1.a.3)
80
0.72
UF 10.16 UF
Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica (1.f)

(1.a.3)
1.17 UF 10.16 UF
Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas
(1.a.3) 0.90 VA 10.16 UF
Día Cama Clínica de Recuperación
(1.a.3) 0.72 UF 2.26 UF
Cirugía de Bariátrica, Metabólica, Fotorefractiva

(lasik) PET
-CT (2.e) (1.a.2.4) 25% de la cobertura general del plan.
O
TRAS COBERTURAS
Óptica (1.h)

Sólo Cobertura Libre Elección

(1.a.3)

70
1.36 UF 1.36 UF
Pabellón ambulatorio (2.a) (1.d)
1.99 VA
Sin Tope
Medicamentos ambulatorios (1.j) 70 1.00 UF
Traslados médicos (1.i)
2.62 VA
Cobertura internacional (1.k)
La cobertura internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la libre elección y está
afecta a un tope anual por beneficiario de UF 1.000.

ATENCIONES DE URGENCIA (1.g)

Consulta de Urgencia
(1.a.2.3)
80%

Clínica de Chillán, Clínica Los

Andes (Los Ángeles), Clínica

Universitaria de Concepción,

Hospital Clínico del Sur, Clínica

Bio Bio

1.03
UF Sin Tope 70 0.60 UF Sin Tope
PRESTADOR DERIVADO
(1.a.2.2)
Prestaciones Ambulatorias
Red Preferente Hospitalaria
Hospitalarias y Cirugía Mayor Ambulatoria

VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE.
Firma Afiliado
Nombre
Rut
Fecha
HUELLA DACTILAR
AFILIADO
Firma Representante ISAPRE
Nombre
Rut
Fecha

CONCEPCION 5000 1219

2CON501219

PRECIO DEL PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO

Precio Base

Precio Total según composición del grupo familiar

TABLA DE FACTORES N°
537
Edad (Años)
Contratante Cargas
Hombre
Mujer Hombre Mujer
0 a menos de 2
1.80 1.80 1.80 1.80
2 a menos de 5
0.95 0.80 0.80 0.77
5 a menos de 10
0.75 0.55 0.63 0.55
10 a menos de 15
0.65 0.55 0.55 0.55
15 a menos de 20
0.60 0.70 0.55 0.60
20 a menos de 25
0.70 1.55 0.68 0.92
25 a menos de 30
0.80 2.15 0.68 1.50
30 a menos de 35
1.00 3.30 1.00 1.80
35 a menos de 40
1.10 3.05 1.10 1.65
40 a menos de 45
1.30 2.40 1.30 1.55
45 a menos de 50
1.45 2.45 1.45 1.60
50 a menos de 55
1.75 2.70 1.75 1.90
55 a menos de 60
2.40 3.20 2.40 2.10
60 a menos de 65
3.10 3.50 3.10 2.50
65 a menos de 70
4.30 3.70 4.30 3.00
70 a menos de 75
4.50 3.80 4.50 3.25
75 a menos de 80
5.50 4.50 5.50 4.50
80 y más
5.50 4.90 5.50 4.50
Identificación única del arancel
Isapre CruzBlanca 31 Modalidad Arancel $
Tope General por Beneficiario en UF
4000
(2.b)
CONCEPCION 5000 1219
2CON501219

ANEXO DEL PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO MODALIDAD PREFERENTE

NOTAS EXPLICATIVAS

1)
Coberturas
1.a) La cobertura de la Oferta Preferente se obtiene a través de órdenes de atención con prestadores en convenio especificado
.
1.a.1)
Oferta Preferente Ambulatoria: Integramédica
1.a.2) Oferta preferente Hospitalaria:
Clínica de Chillán, Clínica Los Andes (Los Ángeles), Clínica Universitaria de Concepción, Hospital Clínico
del Sur, Clínica Bio Bio

1.a.2.1) Para
determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará el tipo de habitación Individual o la de menor valor efectivamente
utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el prestador
. Suite o Departamento sólo modalidad Libre Elección.
1.a.2.2)
Es prestador Derivado para las atenciones hospitalarias y ambulatorias del Plan CONCEPCION 5000 1219, Red Preferente Hospitalaria.
En caso de insuf
iciencia del prestador preferente, el beneficiario recibirá la misma cobertura señalada en el Plan de Salud Complementario si utiliza
éste prestador.

1.a.2.3)
Este Plan aplicará cobertura preferente a las hospitalizaciones de urgencia efectuadas en regiones distintas de la Región del Bío-Bío y del
Ñuble
. Se entenderá por hospitalización de urgencia aquella derivada de un servicio de urgencia, que por condición de salud o cuadro clínico del
paciente, requiere atención médica inmediata e impostergable. No estará afecto a esta cobertura preferente ninguna hospitaliz
ación programada, ni
la consulta de urgencia o
exámenes, efectuados en servicios de urgencia, que no forman parte de los gastos de la hospitalización. La cobertura
preferente consistirá en este caso, en aplicar a la cuenta hospitalaria
regional, los valores que CruzBlanca hubiera pagado si la atención se hubiere
efectuado en Clínica Bío
-Bío, debiendo asumir el afiliado las diferencias de valores entre la Clínica Bío-Bío y el prestador en la que recibió las
atenciones.

1.a.2.4)
La cobertura preferente restringida de la Cirugía Bariátrica, Cirugía Metabólica - Fotorreactiva y Cirugía Lasik, corresponde al evento
hospitalario completo.

1.a.3) Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección.

1.b) Se bonificará visita interconsultor sólo
con indicación del médico tratante.
1.c) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación
de los honorarios del
profesional o la institución que realiza la atención.

1.d) En interven
ciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 ó superior, o uso de anestesia general, estos ítems: Box Ambulatorio, Pabellón y
Honorarios Médicos, tendrán la cobertura equivalente a la atención hospitalizada.

1.e)
Podrán acceder a las prestaciones PAD Dentales sólo los beneficiarios, niños y jóvenes, entre 12 y 17 años, 11 meses y 29 días, que presenten
caries de una o más piezas dentales.

1.f) El tope de medicamentos en hospitalización
Psiquiátrica es por evento.
1.g) Cobertura consulta de urgenc
ia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil.
1.h) Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médi
ca respectiva, a cada
beneficiario que solici
te bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia.
1.i) La cobertura de traslados médicos se otorga sólo con indicación médica justificada.

1.j) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgenc
ia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología.
1.k) Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 1
1° de las Condiciones generales del Contrato de
Salud Previsional. E
n caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse
traducidos p
ara proceder a su liquidación.
1.l)
Estas prestaciones incluyen las coberturas de especialidad, exámenes de laboratorio e imagenología propios de este tratamiento, procedimiento
de criopreservación, capacitación espermática, inseminación artificial y los fármacos e insumos requeridos para la realizació
n del tratamiento señalado.
Incluyen la totalidad de las prestaciones
requeridas para el tratamiento de infertilidad con inseminación artificial desde la pareja.
2) Definiciones
VA = Veces Arancel, UF = Unidad de Fomento.
2.a) Pabellón
ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos,
que se utilice por menos de 4 horas.

2.b) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximos
usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las
prestaciones por libre elección
y preferentes. El valor indicado rige para cada beneficiario por año vigencia de beneficios. La bonificación corresponde
a la diferencia entre el precio de la pre
stación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, la
bonificación corresponderá al mayor valor entre el 25% de la cobertura estipulada en el plan de salud y la cobertura financie
ra que asegura el Fonasa
en
la modalidad de libre elección a todas las prestaciones contempladas en el Arancel, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado.
2.c) Las Garantías Explí
citas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores
ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre.

2.d) Se entiende por quiomioterápicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, p
udiendo ser de síntesis
química o biotecnológica.

2.e)
Se entiende por Cirugía Bariátrica o de obesidad al by pass gástrico y/o manga gástrica. Se entiende por Cirugía Metabólica al by pass gástrico,
sea efectuado en pacientes obesos o no. La exclusión de cobertura de la Cirugía Bariátrica, Metabólica y Cirugía Lasik
y PET-CT, corresponde al
evento hospitalario completo.

2.f) Se entiende por Drogas Biológicas los productos de fabricación o
síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no
oncológicas.

2.g) El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por
evento hospitalario a
aquel que engloba todo
s los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo
el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más est
ablecimientos hasta que
es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento.

2.h)
La cobertura definida para la atención integral de enfermería, sólo aplica para: Atenciones integrales de enfermería en centro adulto mayor (3
sesiones de 45')
(solo para mayores de 55 años); Atención integral de enfermería en domicilio (atención mínima de 45') (solo para mayores de 55
años); Atención integral de enfermería en domicilio a pacientes postrados, term
inales post operados; Atención integral de enfermería en domicilio a
pacientes ostomizados y Atención integral de enfermería en domicilio a pacientes que requieren instalación y/o retiro de cat
éter o sonda.
Firma Afiliado
Nombre
Rut
Fecha
HUELLA DACTILAR
AFILIADO
Firma Representante ISAPRE
Nombre
Rut
Fecha

3) Valor de Conversión de la unidad de foment
o a utilizar
3.a)
Para las bonificaciones: Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al
que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la respectiva bonificación.

3.b)
Para el pago de la cotización: Si el precio está expresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al
que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en que se devenga la remuneración.

4) Reajuste del
arancel de prestaciones
El
valor de cada una de las prestaciones de salud contenidas en los aranceles expresados en pesos será reajustado el 1º de Marzo de cada año.
Dicho reajuste no podrá ser inferior al 100% de la variación porcentual acumulada que hay
a experimentado el Índice de Precios al Consumidor (I.P.C.),
entre el mes de febrero del año anterior y enero del año en curso.

5) Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente

Forma parte del Plan de Salud, el
documento que se adjunta " Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador
preferente"