Logo Isapre CruzBlanca

2ISEUB0121

ESP INTEGRAMEDICA ULTRA B - 2

Puntuación del plan 2,2

Desde

$80.395/mes

TIPO DE PLAN FUN N°
% Bonif.
% Bonif.
Valor Real
Valor Real
Visita Médico Tratante ó Visita Interconsultor (c)
0.45 UF
Honorarios Médicos Quirúrgicos
1.70 VA
Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos ( b)
1.40 VA
Día Cama Especialidades (a3)
3.50 UF
UTI-UCI
6.30 UF
Día Cama Sala Cuna-Fototerapia
1.75 UF
Día Cama Otros
3.50 UF
Derecho de Pabellón
2.80 VA
Laboratorio
1.00 VA
Histopatologia
1.10 VA
Imagenología (Rayos;TAC: Scanner;ECO: Ecotomografia)
1.30 VA
Imagenología (RNM:Resonancia Nuclear Magnetica)
0.80 VA
Kinesiterapia
15.00 UF 1.17 VA 7.50 UF
Medicamentos en hospitalización (k)
70 UF 11.00 UF
Materiales Clínicos e Insumos (k)
70 UF 5.50 UF
Día Cama Psiquiatría (d)
0.88 UF 10.00 UF
Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica ( e )
2.75 UF 10.00 UF
Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas (d)
3.50 VA 10.00 UF
Día Cama Clínica de Recuperación
0.88 UF 10.00 UF
Consulta Médica
4,000$ (a1) 0.45 UF
Consulta Oftalmológica
5,000$ 0.50 UF
Consulta Urgencia ( f ) (a6)
8,000$ I 0.45 UF
Laboratorio
N 1.00 VA
Histopatologia
N 1.10 VA
Imagenología (Rayos;TAC: Scanner;ECO: Ecotomografia)
T 1.30 VA
Honorarios Médicos Ambulatorios (j)
E 1.70 VA
Box ambulatorio (j)
G 3.50 VA
Derecho de Pabellón (j)
R 2.80 VA
Procedimientos (b)
A 1.30 VA
Imagenología (RNM:Resonancia Nuclear Magnetica)
M 0.80 VA
Medicamentos Ambulatorios (g)
E 1.10 UF
Kinesiterapia
D 15.00 UF 1.17 VA 7.50 UF
Consulta Psiquiatría
I 15.00 UF 0.24 UF 7.50 UF
Psiquiatría Ambulatoria
C 15.00 UF 1.20 VA 7.50 UF
Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria
A 15.00 UF 1.20 VA 7.50 UF
Fonoaudiologia
15.00 UF 2.08 VA 8.25 UF
Atención Integral de Enfermería y Nutricionista (l)
1.30 VA
Óptica (h)
6.75 VA 2.70 UF
Prótesis y Ortesis
1.29 VA
Traslados (i)
2.52 VA
Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de Quimioterapia
5.69 UF 57.20 UF
100

70

Prótesis, traslados, atención dental, cirugía fotorrefractiva (lasik),
tratamientos de Infertilidad, tratamientos con drogas biológicas ,
cirugía bariátrica o de obesidad, PET CT.

Tiempos de Espera:

Consulta Médica

Exámenes

Atención Dental con Descuento

Fono CruzBlanca 600 818 0000

PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE :

"Parto - Cesárea - Aborto - Embarazo ectópico - hospitalización por diagnóstico de amenaza de parto prematuro o aborto"

"Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite, a condición que en la Declaración de Embarazo que éste(a) deberá
suscribir con este sólo objeto, se consigne que la cotizante o beneficiaria, según sea el caso, no se encuentra embarazada. El (la ) cotizante tendrá derecho a optar, al menos, entre los
siguientes planes de salud:

i) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán efectuarse los ajustes que
correspon dan en relación a los restantes beneficios del nuevo plan.

ii) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los ajustes pertinentes en
relación al precio del nuevo plan."

NOMBRE :
ESPECIAL INTEGRAMEDICA ULTRA B-2
Sólo Libre Elección

OTROS PRESTACIONES (Restricciones) a4)

Clinicas Avansalud y Clínica Bicentenario
Sin Tope Examenes de Laboratorio- Rx- TAC-ECO
Intervenciones quirúrgicas
30 días
Atención de Urgencia: Prestadores RED Hospitalaria ULTRA
Planes Integramedica (a6) excepto Avansalud Clínica
Bicentenario

www.cruzblanca.cl

15 días

Solo cobertura Libre Elección

70
Sin Tope Examenes de Laboratorio- Rx- TAC-ECO-RNM
7 días

60 DESCUENTO ARANCEL INTEGRAMEDICA

Sin Tope

Sin Tope Resonancia Nuclear Magnetica

70

Proc. diagnósticos y Terapéuticos

Sólo Libre Elección

OTRAS PRESTACIONES

80%

Sin Tope

70

(a.2.2) RED
HOSPITALARIA ULTRA
Planes
INTEGRAMEDICA

Sin Tope

70
Sin Tope
PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO

CÓDIGO DE PLAN :
2ISEUB0121
Tope
Bonificación/Copago Fijo

Sin Tope

PRESTACIONES HOSPITALIZADAS (a5)

Sin Tope

Sin Tope

(a1.1)
CLINICA
AVANSALUD
CLINICA
BICENTENARIO

100%

70

Sin Tope

Sin Tope

INDIVIDUAL
GRUPAL
LIBRE ELECCIÓN

PRESTACIONES AMBULATORIAS

Sin Tope

Habitación
Individual

a2) RED
HOSPITALARIA ULTRA
Planes
INTEGRAMEDICA

Sin Tope

a) Cobertura Preferente
Tope Tope
(m)

SIN TOPE (a2.1)
Staff Preferente Plan
INTEGRAMEDICA

Prestador Derivado

Sólo Libre Elección

Sin Tope

80

UF - VECES ARANCEL

Año/Benef/UF

UF - Veces Arancel

Tope Bonificación

(m)

Año/Benef/UF
Firma Agente ISAPRE CRUZ BLANCA S.A. ______________________________ Firma Contratante _____________________________________
Nombre :
Nombre :
PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE PARTO: La Cobertura restringida de Parto Cesárea y Aborto se aplica a las prestaciones referidas al embarazo (parto, cesárea, aborto,
embarazo ectópico y hospitalizaciones por complicaciones del embarazo) cuya cobertura corresponderá a un 25% de lo estipulado en el Plan de Salud Complementario para la libre
elección, se excluye de la cobertura preferente. Se deja constancia que para este tipo de Planes, no será aplicable la cobertura proporcional que alude el inciso II del artículo 33 letra f) de
la Ley Nº18.933.

ESPECIAL INTEGRAMEDICA ULTRA B-2
NOMBRE :
Isapre Cruz Blanca-20

h) Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo
anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia.

i) Cobertura de traslados sólo con indicación médica justificada.

j) Las prestaciones ambulatorias de box, derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos ambulatorios tendrán una cobertura equivalente a la atención hospitalizada sólo tratándose
de intervenciones quirúrgicas que se encuentren asociadas a un pabellón 5 o superior, a uso de anestesia general, o a la utilización de un box ambulatorio por 4 horas o más.

Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen
parte de la Red de la Isapre.

UF

en UF según composición del grupo familiar

(El precio se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valor de la UF del
último día del mes al que corresponde devengar la cotización.)

Nombre Arancel
Unidad
Precio Base Plan de Salud Complementario en UF

UF 4000

El arancel de prestaciones podrá ser reajustado y/o modificado dentro
del mes de enero de cada año, y los cambios entrarán en vigencia a
contar del primer día de marzo siguiente. Sin perjuicio de lo anterior,
la Isapre está facultada para incorporar nuevas prestaciones al
arancel en la oportunidad que estime conveniente, las que entraran
en vigencia al mes siguiente de su incorporación. Independiente de lo
anterior, la Isapre deberá modificar su arancel en la misma fecha en
que el arancel Fonasa modalidad Libre Elección realice cambios.

La cobertura Internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección. No aplican las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de
UF1000. Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del Contrato de Salud Previsional. En caso de
documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del ingles, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación.

Tope General por Beneficiario m)

Precio Total Plan de Salud Complementario

g) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria y procedimientos de ortopedia y traumatología.

c) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.

d) El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización

e) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiatrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada.

CLÍNICA HOSPITAL DEL PROFESOR

CLÍNICA AVANSALUD

f) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil.

a.4) Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección.

a.5) Este Plan aplicará cobertura preferente a las hospitalizaciones de urgencia efectuadas en regiones distintas de la Región Metropolitana. Se entenderá por hospitalización de urgencia
aquella derivada de un servicio de urgencia, que por condición de salud o cuadro clínico del paciente, requiere atención médica inmediata e impostergable. No estará afecto a esta
ampliación de cobertura ninguna hospitalización programada, ni la consulta de urgencia o exámenes efectuados en el servicio de urgencia que no forman parte de los gastos de la
hospitalización. La ampliación de cobertura consistirá en aplicar a la cuenta hospitalaria regional, los montos bonificados que Cruz Blanca hubiera pagado si la atención se hubiere
efectuado en Clínica DAVILA.

a6) La atención de urgencia ambulatoria y la atención hospitalaria derivada del servicio de urgencia tendrá la cobertura preferente señalada en el Plan de Salud Complemetario en
cualquiera de los prestadores señalados en el punto a2) precedente.

k) El tope definido para la cobertura de Medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por Evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en
que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo
incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del
evento.

l ) Para obtener la cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, ésta debe ser indicada por medico tratante especialista en Medicina Interna o nutrición,
mediante orden medica, y sólo destinadas a pacientes , para casos de Nutricionista: pacientes entre 15 y 35 años con riesgo cardiovascular modificable con dieta, que presenten
obesidad o sobrepeso según criterios de Índice de Masa Corporal(I.M.C.) y con valores de glicemia > 110 mg/dl (diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes), para casos de Enfermería: para
mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de Enfermería del Adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias.

m) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección y por la oferta
Preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago
del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, aplicará la regla de bonificación de doble piso mínimo de cobertura legal de acuerdo a lo dispuesto en el articulo
190 del DFL N°1 de 2005, determinandose de esta forma el nuevo copago del afiliado.

a2) RED HOSPITALARIA ULTRA PLAN INTEGRAMEDICA

a) Cobertura preferencial sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio pertenecientes a la red definida en el Plan de Salud Complementario. Se excluye reembolso.

Integramedica Las Condes, Manquehue, Barcelona, Centro, Alameda, Norte, Plaza Oeste, San Miguel, Florida Salud, Tobalaba, Estación Central y Puente Alto.

INTEGRAMEDICA CENTROS MEDICOS REGION METROPOLITANA:
a 1) RED AMBULATORIA
CLINICA DAVILA

a1.1) Son prestadores derivados para la atención ambulatoria del Plan Preferente INTEGRAMEDICA, Las Clínicas AVANSALUD y BICENTENARIO. En caso de insuficiencia de
INTEGRAMEDICA, esto es, debido a falta especialidades o por haber superado los tiempos de espera definidos, el beneficiario recibirá la misma cobertura señalada en el Plan de Salud
Complementario si utiliza éste prestador . Tratandose de la cobertura de Honorarios Médicos quirúrgicos, sólo corresponderá cobertura preferente si utiliza médicos con convenio para el
Plan, de lo contrario, la cobertura de este ítem será la de la Libre Elección.

CLÍNICA BICENTENARIO

b) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la
atención.

a3) Para determinar la bonificación de día cama preferente se considerará la Habitación Individual utilizada por el beneficiario, siempre que ésta se encuentre convenida con el prestador.
No se cubre Suite o Departamento.

a2.1) Son prestadores Staff del Plan Preferente INTEGRAMEDICA todos los profesionales médicos que trabajan en INTEGRAMEDICA y que tienen convenio preferente específico para
el Plan.

a2.2) Para atenciones programables, no urgencias, en caso de insuficiencia de INTEGRAMEDICA, esto es, debido a falta de especialidades o por haber superado los tiempos de espera
definidos, son prestadores derivados hospitalarios del Plan Preferente INTEGRAMEDICA cualquiera de aquellos que integran su Red Hospitalaria. El beneficiario recibirá en estos
casos, la misma cobertura señalada en el Plan de Salud Complementario si utiliza cualquiera de los otros prestadores de la RED Hospitalaria Ultra . Tratándose de la cobertura de
Honorarios Médicos, sólo corresponderá cobertura preferente, si utiliza médicos suscritos al convenio específico para el Plan, de lo contrario, la cobertura será la de la Libre Elección.

CLÍNICA VESPUCIO
CLÍNICA LAS LILAS
NOTAS EXPLICATIVAS

CÓDIGO DE PLAN :
2ISEUB0121Edad (Años) Contratante Cargas
Hombre Mujer Hombre Mujer
0 a menos de 2 1.80 1.80 1.80 1.80
2 a menos de 5 0.95 0.80 0.80 0.77
5 a menos de 10 0.75 0.55 0.63 0.55
10 a menos de 15 0.65 0.55 0.55 0.55
15 a menos de 20 0.60 0.70 0.55 0.60
20 a menos de 25 0.70 1.55 0.68 0.92
25 a menos de 30 0.80 2.15 0.68 1.50
30 a menos de 35 1.00 3.30 1.00 1.80
35 a menos de 40 1.10 3.05 1.10 1.65
40 a menos de 45 1.30 2.40 1.30 1.55
45 a menos de 50 1.45 2.45 1.45 1.60
50 a menos de 55 1.75 2.70 1.75 1.90
55 a menos de 60 2.40 3.20 2.40 2.10
60 a menos de 65 3.10 3.50 3.10 2.50
65 a menos de 70 4.30 3.70 4.30 3.00
70 a menos de 75 4.50 3.80 4.50 3.25
75 a menos de 80 5.50 4.50 5.50 4.50
80 y más 5.50 4.90 5.50 4.50
TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537