CÓDIGO DE PLAN :3BE1B28516NOMBRE: TIPO DE PLAN : % de BonificaciónAmpliación de Cobertura Día Cama Especialidades4.00UF Día Cama Cuidados Intensivos o Coronarios6.00UF Día Cama Cuidados Intermedios6.00UF Día Cama Sala Cuna - Fototerapia2.00UF Día Cama Otros4.00VA Derecho de Pabellón2.00VA Exámenes de laboratorio1.28VA Histopatología1.28VA Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)1.90VA Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)1.52VA 2.00VA Medicamentos(1.k)24.00UF 18.00UF 2.30VA 0.70UF 0.70UF Kinesiología2.00VA3.90UF Drogas Biológicas6.00UF18.00UF 6.00UF18.00UF 2.00VA 2.54VA 3.00VA4.92UF Consulta médica1.00UF Consulta Oftalmológica1.00UF Consulta de Urgencia(1.a)1.00UF Exámenes de laboratorio1.90VA Histopatología1.90VA Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)2.20VA Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)1.76VA Radioterapia3.20VA Procedimientos(1.c)3.00VA Honorarios médicos quirúrgicos(1.b)3.70VA Pabellón ambulatorio(1.b)4.50VA Prótesis y Órtesis3.00VA Atención integral de enfermería(2.f)3.20UF Fonoaudiología3.00VA4.92UF Consulta Psiquiatría0.70UF Psiquiatría Ambulatoria3.50VA Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria3.50VA7.00UF Kinesiología3.00VA5.85UF Quimioterapia(2.h)9.35UF28.05UF Atención integral de nutricionista(2.f)3.20UF9.60UF 1.00VA7.00UF 1.00VA4.00UF 1.00VA12.00UF 1.00UF 0.50VA 6.00UF 4.50UF 0.58VA 801.00VA7.00UF Medicamentos en hospitalización Psiquiátrica(1.e)6.00UF 1.00UF 1.00UF 0.58VA 0.50VA Óptica(1.i)3.00VA1.23UF 2.54VA 6.00UF 4.00VA Traslados Médicos(1.f) VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA LIBRE ELECCIÓN. PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO MODALIDAD LIBRE ELECCIÓN BE CLEVER 1B 2800 ESPECIAL Visita por médico tratante FUN NºINDIVIDUAL Tope Máximo Año Contrato por Beneficiario (2.c) Tope de Bonificación Traslados Médicos(1.f) AMBULATORIAS OTRAS COBERTURAS Cobertura internacional(1.j) Fono CruzBlanca 600 818 0000 Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Hombre Quimioterapia(2.h) Día Cama Psiquiatría Sin Tope 100 Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Mujer Materiales e insumos clínicos(1.k) Sin Tope 7.00UF Sin Tope Prestaciones Dentales PAD (1.l): Box Ambulatorio(1.b) (2.b) Fonoaudiología Sin Tope 100 40 Día cama Maternidad Insumos hospitalarios Honorarios Médicos 80Medicamentos ambulatorios(1.h) Medicamentos (1.k) PLAN CON COBERTURA MATERNAL REDUCIDA Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite. El (la ) cotizante tendrá derecho a optar a incorporarse, dentro de los planes que comercialice la Isapre al menos, entre los siguientes planes de salud: i) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán efectuarse los ajustes que correspondan en relación a los restantes beneficios del nuevo plan. ii) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los ajustes pertinentes en relación al precio del nuevo plan. PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE PARTO O CESÁREA, ABORTO, EMBARAZO ECTOPICO, HOSPITALIZACIÓN POR AMENAZA DE PARTO PREMATURO. La cobertura Internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF1000. Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas PRESTACIONES RESTRINGIDAS 80 Honorarios médicos quirúrgicos Procedimientos(1.c) Visita por médico interconsultor(1.d) Prestaciones Fertilización PAD (1.g): Día Cama Clínica de Recuperación Sin Tope www.cruzblanca.cl HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA Cirugía de Bariátrica, Metabólica y Fotorefractiva (lasik) : Pabellón(2.a) 100 Prótesis, órtesis y elementos de osteosíntesis PRESTACIONES Sin Tope Pabellón Cirugía de Bariátrica, Metabólica, Fotorefractiva (lasik) : Honorarios(2.a) COBERTURA REDUCIDA DE PARTO, CESÁREA, ABORTO
CÓDIGO DE PLAN :3BE1B28516NOMBRE: HombreMujerHombreMujer 0 a menos de 21.801.801.801.80 2 a menos de 50.950.800.800.77 5 a menos de 100.750.550.630.55 10 a menos de 150.650.550.550.55 15 a menos de 200.600.700.550.60 20 a menos de 250.701.550.680.92 25 a menos de 300.802.150.681.50 30 a menos de 351.003.301.001.80 35 a menos de 401.103.051.101.65 40 a menos de 451.302.401.301.55 45 a menos de 501.452.451.451.60 50 a menos de 551.752.701.751.90 55 a menos de 602.403.202.402.10 60 a menos de 653.103.503.102.50 65 a menos de 704.303.704.303.00 70 a menos de 754.503.804.503.25 75 a menos de 805.504.505.504.50 80 y mas5.504.905.504.50 Firma IsapreFirma del Afiliado Fecha :Nombre : Rut : 2.h)Se entiende por quiomioterápicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica. 1.l) Podrán acceder a las prestaciones PAD Dentales sólo los beneficiarios, niños y jóvenes entre 12 y 17 años 11 meses y 29 días que presenten caries de una o mas piezas dentales. NOTAS EXPLICATIVAS 1.c) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. 2.- Definiciones 2.c)Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximos usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección. El valor indicado rige para cada beneficiario por año vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, la bonificación corresponderá al mayor valor entre el 25% de la cobertura estipulada en el plan de salud y la cobertura financiera que asegura el Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las prestaciones contempladas en el Arancel, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado. 1.a) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil. 2.b)Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas. 3.b)Para el pago de la cotización : Si el precio está expresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en que se devenga la remuneración. 2.e)Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. 4.-Reajuste del arancel de prestaciones. 1.f) La cobertura de traslados médicos se otorga sólo con indicación médica justificada. 3.a)Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la respectiva bonificación. 2.f)La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: pacientes con riesgo cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad o sobrepeso según criterios de índice de Masa Corporal (I.M.C) y con diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes, para casos de enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de enfermería del adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias. 2.g)VA = Veces Arancel, UF = Unidad de fomento. 1.- Coberturas 1.k) El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. 1.j) Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del contrato de salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. 1.i) Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación medica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. 1.h) La cobertura de Medicamentos Ambulatorios corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. Cargas Edad (Años) 1.d) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. 1.b) En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 ó superior, o uso de anestesia general, éstos ítems: Box Ambulatorio, Pabellón y Honorarios Médicos, tendrán la cobertura equivalente a la atención hospitalizada. La Cobertura restringida de Parto Cesárea y Aborto corresponden a las prestaciones referidas al embarazo (parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico, hospitalizaciones por complicaciones del embarazo) cuya cobertura corresponderá al mayor valor resultante entre el 25% de lo estipulado en el Plan de Salud Complementario para la libre elección y la cobertura financiera que asegura el Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las prestaciones contempladas en el Arancel. Se deja constancia que para este tipo de Planes, no será aplicable la cobertura proporcional a la que alude el inciso segundo letra g) párrafo segundo del artículo 189 del D.F.L.N°1, de 2005, de Salud. PrecioTotalPlandeSaludComplementarioenUFsegún composición del grupo familiar $ 3.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar 4.a)El Arancel o catálogo valorizado de prestaciones se reajustará el primero de marzo de cada año hasta en un 100% de la variación experimentada por el Índice de Precios del Consumidor (IPC) entre el 1º de Enero y 31 de Diciembre del año anterior, con un mínimo de 1% de la referida variación. Para el caso que desaparezca o reemplace dicho índice, se sustituirá por el que la autoridad competente disponga en lugar de aquél. El reajuste y modificaciones antes dichas, son independientes de la obligación de la Isapre de otorgar las nuevas prestaciones que se incorporen al Arancel Fonasa en su modalidad libre elección, desde el momento de su incorporación, y otorgar, como mínimo, la cobertura financiera que dicho arancel asegura. 1.g) Estas prestaciones incluyen las coberturas de especialidad, exámenes de laboratorio e imagenología propios de este tratamiento, procedimiento de criopreservación, capacitación espermática, inseminación artificial y los fármacos e insumos requeridos para la realización del tratamiento señalado. Incluyen la totalidad de las prestaciones requeridas para el tratamiento de infertilidad con inseminación artificial desde la pareja 2.a)Se entiende por Cirugía Bariátrica o de Obesidad al By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico,sea efectuado en pacientes obesos o no. La exclusión de Cobertura Preferente de la Cirugía Bariátrica y Cirugía lasik, corresponde al evento hospitalario completo. 2.d)Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. 1.e) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento. Precio Base Plan de Salud Complementario en UF(3.b) Identificación Única del Arancel(4.a) Contratante ANEXO DEL PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO MODALIDAD LIBRE ELECCIÓN: 3BE1B28516 Contratante Tope General por Beneficiario en UF(2.c) BE CLEVER 1B 2800 ESPECIAL Modalidad Arancel 1500 Isapre CruzBlanca - 31 TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537 Huella Dactilar