TIPO DE PLAN:FUN Nº %TopeCopago Fijo% 3.00 UF 5.00 UF 5.00 UF 1.50 UF 3.00 VA 2.00 VA 1.00 VA Exámenes de Histopatología1.00 VA 1.20 VA 0.80 VA 4.2 UF1.05 VA4.20 UF 1.05 VA Atención Inmediata Recién Nacido1.20 VA 0.88 VA 0.40 UF 0.40 UF 7.00 UF 5.00 UF 5.00 UF20.00 UF 5.00 UF20.00 UF 2.20 VA 2.58 VA 0.40 UF 0.28 UF 0.40 UF 0.70 VA 0.70 VA 1.10 VA 4.2 UF1.05 VA4.20 UF 2.00 VA 1.05 VA 0.91 VA 0.80 VA 704.2 UF2.00 VA4.00 UF 0.30 UF4.00 UF 1.20 VA4.00 UF 1.20 VA4.00 UF 1.05 VA 1.05 VA 1.05 VA3.47 UF 5.00 UF20.00 UF Prótesis y Ortesis2.20 VA 1.00 VA7.00 UF Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Hombre1.00 VA4.00 UF Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Mujer1.00 VA12.00 UF COBERTURA REDUCIDA DE PARTO, CESÁREA, ABORTO: Día cama Maternidad Pabellón Medicamentos hospitalarios Materiales Clínicos e Insumos Honorarios Médicos 1.00 UF5.00 UF Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica(1.f)1.00 UF5.00 UF 2.00 VA5.00 UF 1.00 UF5.00 UF Medicamentos Ambulatorios(1.j)1.00 UF 2.00 VA 1.89 UF1.89 UF 2.58 VA Fono CruzBlanca 600 818 0000 (1.a.1) Consulta, Exs, RX, TAC, ECO, RNM, HMQ, Medicamentos Ambulatorios(1.j)70% Sin Tope Clínica Indisa 70% Sin Tope Clínica Indisa 70 Fonoaudiología Consulta Psiquiatría Exámenes de Laboratorio PET -CT (**) Staff Clínica Indisa 70 Quimioterapia(2.d) 70 % Sin Tope Clinica Indisa Día cama Cuidados Intermedios Día Cama Día Cama Sala Cuna-Fototerapia Sin Tope Visita por Médico Tratante(**) Habitación Doble Psiquiatría Ambulatoria Día Cama Clínica de Recuperación Sin Tope NOMBRE:INDISA ESPECIAL 2000 18 INDIVIDUAL Drogas Biológicas(2.f) 80 Quimioterapia(2.d) Traslados médicos(1.i) Prótesis, órtesis y elementos de osteosíntesis. Honorarios Médicos Quirúrgicos(1.d) Sin Tope OTRAS COBERTURAS (1.a.2.1) Atención integral de enfermería(2.h) Día Cama Psiquiatría Sin Tope Consulta Médica Prestaciones Dentales PAD (1.m) Sin Tope Sin Tope Atención integral de nutricionista(2.h) Exámenes de Histopatología Prestaciones Fertilización PAD (1.e): ATENCIONES DE URGENCIA (1.g) Box ambulatorio(1.d)(2.a) HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA(1.a.3.1) Traslados(1.i) Óptica(1.h) PRESTACIONES AMBULATORIAS(1.a.2) PRESTACIONES RESTRINGIDAS (1.a.2.1) Sin Tope VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE. La cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección, sin que sean aplicables las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF 1000. Kinesiología y fisioterapia Procedimientos(1.c) Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas Pabellón Ambulatorio(1.d) Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) Cobertura Internacional(1.l) Día cama Cuidados Intensivos o Coronarios Sin Tope 90 PRESTACIONES AMBULATORIAS Sólo Cobertura Libre Elección PRESTADORES DERIVADOS Visita por Médico Interconsultor(**) (1.b) HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA BonificaciónPRESTACIONES Día Cama Observación-Recuperación Sin Tope Sin Tope 90 % Sin Tope Clínica Indisa Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) Tope max. Año contrato por beneficiario (2.b) LIBRE ELECCIÓN Bonificación 1a) OFERTA PREFERENTE Tope max. Año contrato por beneficiario (2.b)Tope Derecho de Pabellón Procedimientos(1.c) Sin Tope 50UF Honorarios Médicos Quirúrgicos(**) Kinesiología y fisioterapia Materiales e Insumos Clínicos(2.g) Medicamentos(2.g) PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO i) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán efectuarse los ajustes que correspondan en relación a los restantes beneficios del nuevo plan. MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE CODIGO DE PLAN:3INDE20118 "Parto - Cesárea - Aborto - Embarazo ectópico - hospitalización por diagnóstico de amenaza de parto prematuro o aborto" Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite. El (la ) cotizante tendrá derecho a optar a incorporarse ,dentro de los planes que comercialice la Isapre al menos, entre los siguientes planes de salud: ii) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los ajustes pertinentes en relación al precio del nuevo plan. PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE : Sin Tope Consulta Urgencia(**)(1g) Integramedica 40 Integramedica Radioterapia Consulta Oftalmológica Sólo Cobertura Libre Elección90 25% de la Cobertura General del Plan, Sólo Cobertura Libre Elección. Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) Exámenes de Laboratorio Clínica Dávila www.cruzblanca.cl Cobertura Libre Elección Sin Tope 70 25% de la Cobertura General del Plan, Sólo Cobertura Libre Elección. Sólo Cobertura Libre Elección Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria Cirugía Bariátrica, Metabólica, Fotorefractiva (lasik): Evento completo(2.e)(1.k) Sin Tope
Firma Afiliado Nombre: Rut: Fecha: HUELLA DACTILAR AFILIADO FirmaRepresentante Isapre Nombre: Rut: Fecha:HombreMujerHombreMujer 1.801.801.501.50 0.950.950.600.60 0.800.800.600.60 0.800.800.550.55 0.801.350.600.65 0.701.500.651.00 0.801.600.801.30 1.002.301.001.40 1.102.301.101.50 1.302.001.301.60 1.402.401.401.60 1.802.651.801.80 2.352.852.351.90 3.203.303.202.40 3.703.653.702.90 3.703.653.703.10 3.703.653.703.65 3.703.653.703.65 10 a menos de 15 CargasContratante CODIGO DE PLAN:3INDE20118 0 a menos de2 Precio Base Plan de Salud Complementario en UF (4.b) $ NOMBRE: 55 a menos de 60 45 a menos de 50 Edad años 15 a menos de 20 INDISA ESPECIAL 2000 18 Identificación Única del Arancel (5.a) Tope General Anual por Beneficiario (2.b) 40 a menos de 45 65 a menos de 70 75 a menos de 80 60 a menos de 65 80 y más 2 a menos de5 50 a menos de 55 UF 20 a menos de 25 30 a menos de 35 Modalidad del Arancel 3500 35 a menos de 40 TABLA DE FACTORES Nº 538 70 a menos de 75 25 a menos de 30 Isapre CruzBlanca - 31 5 a menos de 10
Firma Afiliado Nombre: Rut: Fecha: HUELLA DACTILAR AFILIADO FirmaRepresentante Isapre Nombre: Rut: Fecha:1.- Coberturas RED AMBULATORIA INTEGRAMEDICA 2.- Definiciones 3.- Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente. 4.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar 5.-Reajuste del arancel de prestaciones. La Cobertura restringida de Parto Cesárea y Aborto corresponden a las prestaciones referidas al embarazo (parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico, hospitalizaciones por complicaciones del embarazo) cuya cobertura corresponderá al mayor valor resultante entre el 25% de lo estipulado en el Plan de Salud Complementario para la libre elección y la cobertura financiera que asegura el Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las prestaciones contempladas en el Arancel. Se deja constancia que para este tipo de Planes, no será aplicable la cobertura proporcional a la que alude el inciso segundo letra g) párrafo segundo del artículo 189 del D.F.L.N°1, de 2005, de Salud. INTEGRAMEDICA CENTROS MEDICOS REGION METROPOLITANA: Integramedica Las Condes, Manquehue, Barcelona, Centro, Alameda, Norte, Plaza Oeste, San Miguel, Florida Salud, Tobalaba, Estación Central y Puente Alto. 1.a.3.4)Este Plan aplicará cobertura preferente a las hospitalizaciones de urgencia efectuadas en regiones distintas de la Región Metropolitana. Se entenderá por hospitalización de urgencia aquella derivada de un servicio de urgencia, que por condición de salud o cuadro clínico del paciente, requiere atención médica inmediata e impostergable. No estará afecto a esta ampliación de cobertura ninguna hospitalización programada, ni la consulta de urgencia o exámenes efectuados en el servicio de urgencia que no forman parte de los gastos de la hospitalización. La ampliación de cobertura consistirá en aplicar a la cuenta hospitalaria regional, los montos bonificados que Cruz Blanca hubiera pagado si la atención se hubiere efectuado en Clínica INDISA. 1.a.3.3)Para atenciones Hospitalarias derivadas de una atención de urgencia efectuada en Clínica Indisa o Clínica Dávila, el beneficiario recibirá la cobertura señalada en la oferta preferente del Plan de Salud Complementario, si su atención se efectúa con profesionales del Staff de Clínica Indisa o Clínica Dávila, suscritos al convenio específico para el Plan, de lo contrario, la cobertura del ítem honorarios será la de la Libre Elección. 1.a.2.1)Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección. 1.l)Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del contrato de salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. 1.k)La exclusión de cobertura preferente, sobre la cirugía Bariátrica y cirugía Lasik, corresponden al evento completo. 1.a.3) Oferta preferente Hospitalaria: 1.a.2)Es prestador derivado para la atención ambulatoria del Plan Preferente INDISA el prestador INTEGRAMEDICA. En caso de insuficiencia de INDISA INTEGRAMEDICA, el beneficiario recibirá la misma cobertura señalada en el Plan de Salud Complementario si utiliza éste prestador. Tratándose de la cobertura de honorarios médicos quirúrgicos ambulatorios, sólo corresponderá cobertura preferente si utiliza médicos con convenio para el Plan, de lo contrario, la cobertura de este ítem será la de la Libre Elección. 1.d)En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 ó superior, o uso de anestesia general, éstos ítems :Box Ambulatorio, Pabellón y Honorarios Médicos, tendrán la cobertura equivalente a la atención hospitalizada. 1.a.3.1) Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará la habitación doble estándar con baño privado o la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el prestador. NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD: 3INDE20118 2.h)La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: con riesgo cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad o sobrepeso según criterios de índice de Masa Corporal (I.M.C) y con diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes, para casos de enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de enfermería del adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias. 2.c)Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. 1.a.1) Oferta preferente Ambulatoria: 2.a)Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas. 4.a)Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la respectiva bonificación. 1.a.3.2)Para atenciones Hospitalarias programadas, el beneficiario recibirá la cobertura señalada en la oferta preferente del Plan de Salud Complementario,si su atención se efectúa con profesionales del Staff de INDISA o Integramedica, suscritos al convenio específico para el Plan, de lo contrario, la cobertura del ítem honorarios será la de la Libre Elección. Son prestadores Staff del Plan Preferente INDISA todos los profesionales médicos que trabajan en el prestador y que tienen convenio preferente específico para el Plan. 2.g)El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. 1.c)La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. 1.a)La cobertura de la Oferta Preferente se obtiene sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso. 5.a)El valor de cada una de las prestaciones de salud contenidas en los aranceles expresados en pesos deberá ser reajustado a lo menos una vez al año. Dicho reajuste no podrá ser inferior al 100%de la variación porcentual acumulada que haya experimentado el Índice de Precios al Consumidor (I.P.C.), entre el mes precedente a aquel en que se efectuó el ultimo reajuste y el mes anteprecedente a aquel en que se aplique el nuevo reajuste, ambos inclusive. 2.f)Se entiende por "Drogas Biológicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas. 2.d)Se entiende por quiomioterapicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica. 3.a)Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente" . 2.e)Se entiende por Cirugía Bariátrica o de Obesidad al By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico, sea efectuado en pacientes obesos o no. 1.g)Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgadas en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil. 1.j)La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. (**) Staff Clínica Indisa = Médicos StaffClínica Indisa en convenio con Cruz Blanca para el Plan Preferente. 4.b)Para el pago de la cotización : Si el precio está expresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en que se devenga la remuneración. 1.m)Podrán acceder a las prestaciones PAD Dentales sólo los beneficiarios, niños y jóvenes, entre 12 y 17 años, 11 meses y 29 días, que presenten caries de una o mas piezas dentales. 2.b)Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximos usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección. El valor indicado rige para cada beneficiario por año vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, la bonificación corresponderá al mayor valor entre el 25% de la cobertura estipulada en el plan de salud y la cobertura financiera que asegura el Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las prestaciones contempladas en el Arancel, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado. 1.f)El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiatría es por evento. 1.i)La cobertura de traslados médicos se otorga sólo con indicación médica justificada. 1.h)Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva,a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. VA = Veces Arancel;UF = Unidad de Fomento;EX = Exámenes de Laboratorio;RX = Radiología; TAC= Tomografía axial computarizada (scanner);ECO = ecotomografías; RNM= resonancia nuclear magnética. Clínica Indisa 1.e)Estas prestaciones incluyen las coberturas de especialidad, exámenes de laboratorio e imagenología propios de este tratamiento, procedimiento de criopreservación, capacitación espermática, inseminación artificial y los fármacos e insumos requeridos para la realización del tratamiento señalado. Incluyen la totalidad de las prestaciones requeridas para el tratamiento de infertilidad con inseminación artificial desde la pareja. 1.b)Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. Es prestador derivado para la atención Hospitalaria del Plan Preferente INDISA,el prestador Cinica Dávila.En caso de insuficiencia de INDISA, el beneficiario recibirá la misma cobertura señalada en el Plan de Salud Complementario si utiliza éste prestador. Tratándose de la cobertura de honorarios médicos quirúrgicos Hospitalarios, sólo corresponderá cobertura preferente si utiliza médicos con convenio para el Plan, de lo contrario, la cobertura de este ítem será la de la Libre Elección.