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3UCE370110

HOSPITAL CLÍNICO UNIVERSIDAD CATÓLICA ESPECIAL 370

Puntuación del plan 2,1

Desde

$82.941/mes

GRUPAL
% Bonif.
% Bonif.
Valor Real
Valor Real
0.60
UF
2.00
VA
1.20
VA
3.50
UF
6.30
UF
1.75
UF
3.50
VA
2.80
VA
1.00
VA
1.30
VA
1.30
VA
1.50
VA 3.75 UF
20.00
UF
10.00
UF 10.00 UF
0.88
UF
Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica (e)
5.00 UF
1.20
VA
0.88
UF 8.75 UF
0.40
UF
0.50
UF
0.50
UF
Laboratorio
1.00 VA
1.30
VA
Honorarios Médicos Ambulatorios (i)
2.00 VA
Box ambulatorio (i)
2.10 VA
Derecho de Pabellón (i)
1.68 VA
Procedimientos (c)
1.20 VA
1.20
VA
1.50
VA 3.75 UF
0.60
UF 3.00 UF
0.30
UF
1.50
VA
1.50
VA 4.50 UF
1.50
VA 1.95 UF
Consultas Pediatria y Subespecialidades; Neonatologia
70 0.10 UF
Visita a Enfermo Hospitalizado Neonatologo
0.15 UF
Atencion Inmediata al recien Nacido
0.30 UF
Dia Cama Sala Cuna - Fototerapia
0.44 UF
Dia cama Incubadora
0.88 UF
1.58
UF
0.88
UF
0.70
VA
3.00
VA 1.20 UF
2.00
VA
2.02
VA
8.00
UF 24.00 UF
70

Fono CruzBlanca 600 818 0000
www.cruzblanca.cl
80

Derecho de Pabellón

PRESTACIONES RESTRINGIDAS

Además de las prestaciones restringidas señaladas, existen 51 códigos de pretaciones que contemplan una valorización básica en el Arancel Isapre Cruz Blanca 22, que se encuntran contenidas en las
siguientes agrupaciones. Examenes de Laboratorio específicos de niños y control de embarazo (10), Rayos y ecotomografías específicas de niños y estudio de infertilidad (6); Procedimientos de
oftalmología en niños (7); Procedimientos de otorrinolaringología en niños (5);Procedimientos de gastroenterología en niños (1);Procedimientos y cirugías obstetricas relacionadas con el control de
embarazo y atención del parto (22).

PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE :

"PARTO - CESAREA- ABORTO RETENIDO - ATENCIONES DEL RECIEN NACIDO Y PEDIATRICAS"

"Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite, a condición que en la Declaración de Embarazo que éste(a) deberá
suscribir con este sólo objeto, se consigne que la cotizante o beneficiaria, según sea el caso, no se encuentra embarazada. El (la ) cotizante tendrá derecho a optar, al menos, entre los
siguientes planes de salud:

i) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán efectuarse los ajustes
que correspon dan en relación a los restantes beneficios del nuevo plan.

ii) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los ajustes pertinentes en
relación al precio del nuevo plan."

Sin tope

a) COBERTURA PREFERENTE

UTI-UCI Pediatrica y Neonatal

Día Cama Hospitalizacion Medica y Quirurgica Pediatrica

Derecho de Pabellón Parto-Cesárea-Aborto

CODIGO DE PLAN :
3UCE370110
PRESTACIONES HOSPITALIZADAS

Medicamentos en hospitalización

Materiales Clínicos e Insumos

Visita Médico Tratante ó Visita Interconsultor (b)

NOMBRE :
HOSPITAL CLÍNICO UNIVERSIDAD CATÓLICA ESPECIAL 3700
Tope

Prestador Derivado

NACIONAL

LIBRE ELECCIÓN

UF

Libre Elección

Tope Bonificación
Año/Benef/UF
(k)
UF - Veces Arancel UF - Veces Arancel
Día cama Intensivo e Intermedio (UTI-UCI)

Día Cama Sala Cuna-Fototerapia

Día Cama Otros

PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO

TIPO DE PLAN :
INDIVIDUAL FUN Nº
Sin Tope

Tope Bonificación

80

Kinesiterapia

Consulta Psiquiatría

Sin Tope

Día Cama Psiquiatría (d)

Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas (d)

90

Sin Tope

Rayos - Scanner - Ecotomografías (RX-TAC-ECO)

Resonancia Nuclear Magnética (RNM)

Día Cama Clínica de Recuperación

Pieza Individual
Hospital Clínico
Universidad Católica
Clínica U. Católica
Staff Médicos
ASOMEDUC

13.13

Sin Tope
Staff ASOMEDUC

Kinesiterapia

Laboratorio

Clínica Dávila

Honorarios Médicos Quirúrgicos

Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos (c)

Día Cama Especialidades

Consulta Urgencia (f)

PRESTACIONES AMBULATORIAS

Consulta Médica

70

Sin Tope

Consulta Oftalmológica

Libre Elección

4.50

Fonoaudiologia

UF

70

Prótesis y Ortesis

Medicamentos Ambulatorios (j)
Sin Tope
Clínica Dávila

Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria

Sin Tope Hospital Clínico U.C -Cl. Dávila
Consulta - Examenes de Laboratorio- Rx- TAC-ECO-RNM

Tiempos de Espera:

Exámenes
Intervenciones quirúrgicas
15 días

30 días

Atenciones de Urgencia

Proc. diagnósticos y Terapéuticos

Sin Tope

OTRAS PRESTACIONES

Óptica (g)

Sin Tope

Traslados (h)

Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de
Quimioterapia

Resonancia Nuclear Magnética (RNM)

Rayos - Scanner - Ecotomografías (RX-TAC-ECO)

70

Hospital Clínico Universidad
Católica

Consulta Médica
7 días
Libre Eleccion

Psiquiatría Ambulatoria
Hombre Mujer Hombre Mujer
0 a menos de 2
1.80 1.80 1.80 1.80
2 a menos de 5
0.95 0.80 0.80 0.77
5 a menos de 10
0.75 0.55 0.63 0.55
10 a menos de 15
0.65 0.55 0.55 0.55
15 a menos de 20
0.60 0.70 0.55 0.60
20 a menos de 25
0.70 1.55 0.68 0.92
25 a menos de 30
0.80 2.15 0.68 1.50
30 a menos de 35
1.00 3.30 1.00 1.80
35 a menos de 40
1.10 3.05 1.10 1.65
40 a menos de 45
1.30 2.40 1.30 1.55
45 a menos de 50
1.45 2.45 1.45 1.60
50 a menos de 55
1.75 2.70 1.75 1.90
55 a menos de 60
2.40 3.20 2.40 2.10
60 a menos de 65
3.10 3.50 3.10 2.50
65 a menos de 70
4.30 3.70 4.30 3.00
70 a menos de 75
4.50 3.80 4.50 3.25
75 a menos de 80
5.50 4.50 5.50 4.50
80 y mas
5.50 4.90 5.50 4.50
Firma Agente Isapre Cruz Blanca S.A.
Firma Contratante
Nombre :
Nombre :
Se excluye de esta cobertura preferente las prestaciones referidas al embarazo ( parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico, hospitalizaciones por complicaciones del
embarazo), prstaciones pediatricas y neonatales cuya cobertura corresponderá a lo estipulado en el Plan de Salud Complementario para la libre elección. Se deja
constancia que para este tipo de Planes, no será aplicable la cobertura proporcional que alude el inciso II del artículo 33 letra f) de la Ley Nº18.933.

CODIGO DE PLAN :
3UCE370110 NOMBRE : HOSPITAL CLÍNICO UNIVERSIDAD CATÓLICA ESPECIAL 3700
Precio Total Plan de Salud Complementario en UF
según Grupo familiar

c) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución
que realiza la atención.

d) El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización.

f) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil.

j) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología.

k) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección y
por la oferta Preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la
prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, solo se bonificará el 25% de los establecido en el plan de salud,
determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado, con exclusión de las coberturas que explicitan un tope por evento o mensual en el plan de salud.

l) La cobertura Internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección. No aplican las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual
por beneficiario de UF1000. Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del
Contrato de Salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del ingles, deberán entregarse
traducidos para proceder a su liquidación.)

Cargas

m) Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio
nacional que formen parte de la Red de la Isapre.

Edad (Años)
Contratante
b) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.

(i) Tratándose de intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 o superior y/o uso de anestesia general, la cobertura de las prestaciones ambulatorias día cama,
derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos, se bonificarán con los porcentajes y topes definidos en la cobertura para prestaciones hospitalizadas.

g) Para obtener la cobertura de Lentes Opticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación medica respectiva, a cada beneficiario que solicite
bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia.

e) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiatrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada.

(h) Con indicación médica justificada.

NOTAS EXPLICATIVAS

a) Cobertura preferente sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso. Para determinar la bonificación
preferente hospitalaria se considerará la habitación individual estándar con baño privado o la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al
convenio vigente con el prestador.

Staff ASOMEDUC = Comprende médicos del Staff de la RED UC pertenecientes a la asociación de médicos de la U.C (ASOMEDUC) en convenio con Cruz
Blanca para la atención de beneficiarios de Planes Preferente UC.

Se exceptúa de la cobertura preferencial la atención psiquiátrica, psicológica, prótesis, traslados, atención dental, cirugía fotorrefractiva (lasik), tratamientos de
Infertilidad, tratamientos con drogas biológicas y cirugía bariátrica o de obesidad, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección.

(El precio se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valorde la UF del último día del mes
al que corresponde devengar la cotización.)

Nombre Arancel
Tope General por Beneficiario
k)
Unidad
TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537
Precio Base Plan de Salud Complementario en UF
El arancel de prestaciones podrá ser reajustado y/o modificado dentro del mes de enero de cada
año, y los cambios entrarán en vigencia a contar del primer día de marzo siguiente. Sin perjuicio de
lo anterior, la Isapre está facultada para incorporar nuevas prestaciones al arancel en la
oportunidad que estime conveniente, las que entrarán en vigencia al mes siguiente de su
incorporación.

UF 3000
UFIsapre Cruz Blanca -22