N° FUN _____________________________________FECHA ________________________LUGAR______________________________________________ NOMBRE: _______________________________________________________________________________RUT: _____________________________________ % Bonif.% Bonif. Valor RealValor Real 1,00 UF 4,00 VA 2,80 VA 1,80 VA 1,80 VA 1,44 VA 80,00 UF100,00 UF 2,00 VA3,00 VA5 UF 25,00 UF25,00 UF 906,67 VA25,00 UF 0,75 UF30,00 UF 0,90 UF 1,13 UF Laboratorio1,80 VA Rayos - TAC - ECO1,80 VA Honorarios Médicos Ambulatorios(h)4,00 VA Día Cama(h)3,00 VA Derecho de Pabellón(h)2,00 VA Procedimientos(c)2,80 VA RNM1,44 VA 2,00 VA5,00 UF 1,20 UF 1,00 UF5,00 UF 5,00 VA5,00 UF 5,00 VA5,00 UF 2,80 VA3,64 UF 2,00 VA0,80 UF 3,00 VA 3,00 VA 3,33 UF10,00UF 70 Fono CruzBlanca 600 818 0000www.cruzblanca.cl Intervenciones quirúrgicas Atenciones de Urgencia Tiempos de Espera: Consulta Médica15 días Clínica Santa María 7 días Clínica Alemana Proc. diagnósticos y Terapéuticos 30 días Sin Tope Consulta - Examenes de Laboratorio- Rx- TAC-ECO Prestador Derivado Día Cama Clínica de Recuperación Óptica(f) 80 Prótesis y Ortesis (*) Staff AMCA Consulta Psiquiatría Psiquiatría Ambulatoria Sin Tope OTRAS PRESTACIONES 70Consulta Urgencia y Oftalmológica(*)(e) Medicamentos Ambulatorios(i) Exámenes Día Cama Psiquiatría(d) PRESTACIONES AMBULATORIAS Consulta Médica(*) Kinesiterapia Fonoaudiologia Clínica Santa María Derecho de Pabellón Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos(*)( c) Honorarios Médicos Quirúrgicos(*) Materiales Clínicos e Insumos Traslados(g) Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de Quimioterapia Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria 70 Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas(d) Clínica AlemanaNACIONAL Día Cama Otros UF - Veces Arancel Tope (j) Medicamentos en hospitalización Kinesiterapia RNM 90 Año/Benef/UFTope Bonificación CONTRATO DE SALUD PREVISIONAL I. DISPOSICIONES GENERALES Entre ISAPRE CRUZ BLANCA S.A., Institución de Salud Previsional, R.U.T. Nº 96.501.450-0, representada por su Gerente General, don Raúl Valenzuela Searle, Ingeniero Civil, cédula nacional de identidad Nº 5.583.758-9, ambos con domicilio en calle Suecia Nº 211, comuna de Providencia de la ciudad de Santiago, por una parte, y por la otra, el Contratante individualizado precedentemente, en adelante el Contratante o cotizante, se ha convenido el siguiente Contrato de Salud Previsional. El presente Contrato de Salud Previsional es indefinido y las partes solo podrán ponerle termino por las causales estipuladas en el; se celebra en conformidad con los dispuesto en Ley Nº 18,933 y sus modificaciones, contenidas en el DFL Nº 1,de 2005, del Ministerio de Salud, y en las Circulares emitidas por la Superintendencia de Salud, la ex Superintendencia de Isapres y su modificaciones. Forman Parte integrante del Contrato de Salud Previsional, además de la normativa legal y administrativa, los siguientes antecedentes: Las Condiciones Generales del Contrato de Salud Previsional, El Formulario de Declaración de Salud, Las Garantías Explícitas en Salud (GES), El Plan de Salud Complementario, La Cobertura Adicional para Enfermedades Catastróficas en Chile (CAEC); El Formulario Único de Notificación (F.U.N.) tipo 1 y los demás que se suscriban durante la vigencia del Contrato; y el Arancel o Nómina de Prestaciones Valorizadas del plan contratado en adelante la NPV, documento que se encuentra a disposición del Cotizante y sus beneficiarios en cada oficina de ISAPRE CRUZ BLANCA S.A. en las cuales se atienda público. Todos estos documentos, a excepción del Arancel que sólo lleva la firma del representante de ISAPRE CRUZ BLANCA S.A, deben ir firmados por ambas partes. Para todos los efectos legales del presente contrato las partes fijan domicilio especial en la ciudad de Santiago. II. PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO CALE721208NOMBRE:COLECTIVO ALEMANA 7200 LIBRE ELECCIÓNa) Cobertura Preferente CODIGO DE PLAN: TIPO DE PLAN:GRUPAL PRESTACIONES HOSPITALIZADASTope Bonificación Laboratorio Rayos - TAC - ECO Día Cama Especialidades90 UTI-UCI Visita Médico Tratante ó Visita Interconsultor(*) (b) Día Cama Sala Cuna-Fototerapia Sin Tope Clínica Alemana (*) Staff AMCA 80% Clínica Las Condes 50% Clínica Las Nieves SIN TOPE UF - Veces Arancel
CALE721208NOMBRE : HombreMujerHombreMujer 0 a menos de 21,801,801,801,80 2 a menos de 50,950,800,800,77 5 a menos de 100,750,550,630,55 10 a menos de 150,650,550,550,55 15 a menos de 200,600,700,550,60 20 a menos de 250,701,550,680,92 25 a menos de 300,802,150,681,50 30 a menos de 351,003,301,001,80 35 a menos de 401,103,051,101,65 40 a menos de 451,302,401,301,55 45 a menos de 501,452,451,451,60 50 a menos de 551,752,701,751,90 55 a menos de 602,403,202,402,10 60 a menos de 653,103,503,102,50 65 a menos de 704,303,704,303,00 70 a menos de 754,503,804,503,25 75 a menos de 805,504,505,504,50 80 y mas5,504,905,504,50 Firma Agente Isapre Cruz Blanca S.A.Firma Contratante Nombre :Nombre : c)La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. Se exceptúa de la cobertura preferencial la atención psiquiátrica, psicológica, prótesis, traslados, atención dental, cirugía fotorrefractiva (lasik), tratamientos de Infertilidad, tratamientos con drogas biológicas y cirugía bariátrica o de obesidad, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección. (*) Staff AMCA = Médicos Staff Clínica Alemana en convenio con Cruz Blanca. b)Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. i)La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. a)Cobertura preferente sólo a través de Ordenesde Atención con prestadores en convenioespecificado. Se excluye reembolso. Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará la habitación individual estándar con baño privado o la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el prestador. COLECTIVO ALEMANA 7200 Tope General por Beneficiario j) Nombre Arancel (El precio se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valorde la UF del último día del mes al que corresponde devengar la cotización.) Unidad NOTAS EXPLICATIVAS Precio Base Plan de Salud Complementario en UF d)El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización. No incluye y no tienen cobertura los medicamentos. e)Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil. f)Corresponderá la bonificación de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto) sólo con indicación médica, presentando la receta respectiva. Edad (Años)ContratanteCargas PrecioTotalPlandeSalud ComplementarioenUFsegúnGrupo familiar CODIGO DE PLAN: La cobertura Internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección.No aplican las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF1000.La cobertura Internacional de los ítems definidos como“Sin Tope”en la Libre Elección, tendrá un tope de 10 veces el Arancel Cruz Blanca- 20. Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537 UF j)Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección y por la oferta Preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, solo se bonificará el 25% de los establecido en el plan de salud, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado, con exclusión de las coberturas que explicitan un tope por evento o mensual en el plan de salud. (g)Con indicación médica justificada. (h)Tratándose de intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 o superior y/o uso de anestesia general, la cobertura de las prestaciones ambulatoriasdía cama, derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos,se bonificarán con los porcentajes y topes definidos en la cobertura para prestaciones hospitalizadas. UF 5000Isapre Cruz Blanca -20 El arancel de prestaciones podrá ser reajustado y/o modificado dentro del mes de enero de cada año, y los cambios entrarán en vigencia a contar del primer día de marzo siguiente. Sin perjuicio de lo anterior, la Isapre está facultada para incorporar nuevas prestaciones al arancel en la oportunidad que estime conveniente, las que entrarán en vigencia al mes siguiente de su incorporación. CONDICIONES DE OTORGAMIENTO Y MANTENCIÓN DE PLANES GRUPALES - Mantener un mínimo de 25 cotizantes dentro del convenio colectivo asociado a este plan. el plazo para alcanzar el ingreso mínimo será de 3 meses. - Mantener un nivel de gastos en salud inferior al 85%, y de subsidios inferior al 20% de la recaudación efectivamente recibida por Isapre Cruz Blanca S.A., sin considerar dentro de esta el precio pagado por la GES. - Renuncia por parte del afiliado a excedentes de cotización de salud y mantención de la misma. REQUISITOS PARA ENTRAR Y MANTENERSE EN EL PLAN GRUPAL - El trabajador debe mantener una relación laboral con plazo indefinido con la empresa.