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CLVRE14011

COL ESP L VALLES PLUS 1400CRI

Sin puntaje, no analizado

Desde

$56.385/mes

CLVRE14011 NOMBRE :
Grupal

% Bonif.
% Bonif. % Bonif.
Valor Real
Valor Real Valor Real
0.34
UF 0.34 UF 0.34 UF 0.34 UF
2.22
VA 2.22 VA 2.22 VA 2.22 VA
1.13
VA 1.13 VA 1.13 VA 1.13 VA
1.13
VA 1.13 VA 1.13 VA 1.13 VA 2.83 UF
3.50
UF 3.50 UF 4.35 UF
3.50
UF 12.14 UF 13.49 UF
1.75
UF 1.75 UF 2.18 UF
3.50
VA 3.50 VA 4.35 VA
5.18
VA 5.18 VA 5.76 VA
1.75
VA 1.75 VA 1.94 VA
1.92
VA 1.92 VA 1.94 VA
2.32
VA 2.32 VA 2.58 VA
2.32
VA 2.32 VA 2.58 VA
14.00
UF 14.00 UF 18.00 UF
6.50
UF 6.50 UF 7.15 UF
0.85
UF 0.85 UF 0.85 UF 0.85 UF
Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica (f)
3.50 UF 3.50 UF 4.50 UF 4.50 UF
3.40
VA 3.40 VA 3.40 VA 3.40 VA 8.50 UF
3.50
VA 3.50 VA 3.50 VA 3.50 VA 8.75 UF
0.41
UF 0.41 UF
0.41
UF 0.41 UF 0.41 UF
0.41
UF 0.41 UF
Honorarios Médicos Ambulatorios (j)
2.22 VA 2.22 VA
Día Cama (j)
3.50 VA 3.50 VA
Derecho de Pabellón (j)
5.18 VA 5.18 VA
Procedimientos (d)
1.13 VA 1.13 VA
Laboratorio
0.84 VA 0.84 VA
Histopatología
0.92 VA 0.92 VA
0.86
VA 0.86 VA
0.84
VA 0.84 VA
1.13
VA 1.13 VA 2.83 UF
0.70
UF 0.70 UF
0.41
UF 0.41 UF
2.05
VA 2.05 VA
2.05
VA 2.05 VA 2.05 UF
Atención integral de enfermería y nutricionista (m)
1.13 VA 1.13 VA
2.01
VA 2.01 VA 2.61 UF
1.47
VA 1.47 VA 0.59 UF
3.00
VA 3.00 VA
2.14
VA 2.14 VA
13.92
UF 13.92 UF 41.75 UF
Fono CruzBlanca 600 818 0000
www.cruzblanca.cl
PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE :

"Parto - Cesárea - Aborto - Embarazo ectópico - hospitalización por diagnóstico de amenaza de parto prematuro o aborto"

"Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite, a condición que en la Declaración de Embarazo que éste(a) deberá suscribir con este
sólo objeto, se consigne que la cotizante o beneficiaria, según sea el caso, no se encuentra embarazada. El (la ) cotizante tendrá derecho a optar, al menos, entre los siguientes planes de salud:

i) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán efectuarse los ajustes que correspon dan
en relación a los restantes beneficios del nuevo plan.

ii) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los ajustes pertinentes en relación al precio del
nuevo plan."

COLECTIVO ESPECIAL LOS VALLES PLUS 1400CRI

8.50
UF
Regiones V y VI

1.13
VA
Psiquiátrica, psicológica, prótesis, traslados, atención dental,
cirugía fotorrefractiva (lasik), tratamientos de Infertilidad,
tratamientos con drogas biológicas, cirugía bariátrica o de
obesidad y PET-CT.

OTROS (Restricciones) (a.1)

Solo cobertura Libre Elección

3.00

80
Traslados (i)
Prótesis y Ortesis

(n)
UF - Veces Arancel
Tope Bonificación

Tope

100% Sin
Tope Clínica
Reñaca Pieza
Individual

100

Tope Bonificación

100

Día Cama Clínica de Recuperación

Histopatología

UF - Veces Arancel

Visita Médico Tratante ó Visita Interconsultor (c)

UF - Veces Arancel

90

Día Cama Sala Cuna-Fototerapia

Día Cama Otros

Medicamentos en hospitalización (l)

Día Cama Psiquiatría (e)

Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas (e)

Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)

Laboratorio

UTI-UCI

PRESTACIONES AMBULATORIAS

Consulta Médica

70

RG. METROPOLITANA

Año/Benef/UF

TIPO DE PLAN :
Individual
VALLES PLUS

PRESTACIONES HOSPITALIZADAS

PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO

CODIGO DE PLAN :

b) LIBRE ELECCION REGIONAL
Excepto RG. Metropolitana

a) RED LOS VALLES (Habitación Doble)

UF - Veces Arancel

FUN Nº

Tope Bonificación
Tope Bonificación
0.41

2.05

Derecho de Pabellón

Materiales Clínicos e Insumos (l)

LIBRE ELECCIÓN

Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)

Honorarios Médicos Quirúrgicos

Kinesiterapia

Día Cama Especialidades

Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos (d)

VA

0.84

0.86

0.84

VA

0.84
VA
VA

UF

VA

VA

VA

UF

2.01

OTRAS PRESTACIONES

VA

1.13

5.18

80

Consulta Psiquiatría

Kinesiterapia

Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria

Fonoaudiología

80

Consulta Urgencia (g)

Óptica (h)

Consulta Oftalmológica

TIEMPOS DE ESPERA

Exámenes
10 días Intervenciones quirúrgicas
VA

Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de Quimioterapia

1.47

2.14
VA
80

30 días

13.92

0.41

2.22

80

2.05

VA

0.41
UF
UF

Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)

Medicamentos Ambulatorios (k)

Solo Cobertura Libre Elección Excepto Consulta
Atenciones de Urgencia
UF

$ 5000 Clínica Reñaca

2.05

VA

VA

1.13

3.50

UF

Psiquiatría Ambulatoria

VA

Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)

VA

0.70
Hombre Mujer Hombre Mujer
0 a menos de 2
1.80 1.80 1.80 1.80
2 a menos de 5
0.95 0.80 0.80 0.77
5 a menos de 10
0.75 0.55 0.63 0.55
10 a menos de 15
0.65 0.55 0.55 0.55
15 a menos de 20
0.60 0.70 0.55 0.60
20 a menos de 25
0.70 1.55 0.68 0.92
25 a menos de 30
0.80 2.15 0.68 1.50
30 a menos de 35
1.00 3.30 1.00 1.80
35 a menos de 40
1.10 3.05 1.10 1.65
40 a menos de 45
1.30 2.40 1.30 1.55
45 a menos de 50
1.45 2.45 1.45 1.60
50 a menos de 55
1.75 2.70 1.75 1.90
55 a menos de 60
2.40 3.20 2.40 2.10
60 a menos de 65
3.10 3.50 3.10 2.50
65 a menos de 70
4.30 3.70 4.30 3.00
70 a menos de 75
4.50 3.80 4.50 3.25
75 a menos de 80
5.50 4.50 5.50 4.50
80 y mas
5.50 4.90 5.50 4.50
Firma Agente Isapre Cruz Blanca S.A. _______________________________________
Firma Contratante _____________________________________
Nombre :
Nombre :
CONDICIONES DE OTORGAMIENTO Y MANTENCIÓN DE PLANES GRUPALES

- Mantener un mínimo de 25 cotizantes dentro del convenio colectivo asociado a este plan. El plazo para alcanzar el ingreso mínimo será de 3 meses.

- Mantener un nivel de Gastos de Salud Total inferior al 85%, y de subsidios inferior al 20% de la recaudación efectivamente recibida por Isapre Cruz Blanca S.A., sin considerar dentro de esta el precio pagado por la GES.

- Renuncia por parte del afiliado a excedentes de cotización de salud y mantención de la misma.

REQUISITOS PARA ENTRAR Y MANTENERSE EN EL PLAN GRUPAL

- El trabajador debe mantener una relación laboral con plazo indefinido con la empresa.

CLVRE14011
NOMBRE :
c) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.

a) El presente Plan de Salud contempla mayor cobertura de atención hospitalaria si las prestaciones se realizan a través de órdenes de atención, en cualquiera de
los prestadores de la RED LOS VALLES (Habitación Doble) más abajo detallados, y de acuerdo al nivel de hotelería señalado. Cobertura Plus en Clínica Reñaca . Se
excluye reembolso.

RED LOS VALLES:

NOTAS EXPLICATIVAS

Clínica Reñaca (Habitación Individual)

El arancel de prestaciones podrá ser reajustado y/o modificado dentro del mes de enero de cada
año, y los cambios entrarán en vigencia a contar del primer día de marzo siguiente. Sin perjuicio
de lo anterior, la Isapre está facultada para incorporar nuevas prestaciones al arancel en la
oportunidad que estime conveniente, las que entraran en vigencia al mes siguiente de su
incorporación. Independiente de lo anterior, la Isapre deberá modificar su arancel en la misma
fecha en que el arancel Fonasa modalidad Libre Elección realice cambios.

Precio Total Plan de Salud Complementario en UF
según Grupo familiar

(El precio se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valorde la UF del último día del
mes al que corresponde devengar la cotización.)

Tope General por Beneficiario n)

k) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología.

l) “El tope definido para la cobertura de Medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por Evento hospitalario a aquel que engloba
todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización
domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La
fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. ”

m) La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: - Nutricionista: pacientes entre 15 y 35 años con riesgo cardiovascular
modificable con dieta, que presenten obesidad o sobrepeso según criterios de Índice de Masa Corporal(I.M.C.) y con valores de glicemia > 110 mg/dl (diabetes mellitus
tipo II o pre-diabetes), para casos de Enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de Enfermería del Adulto mayor, atendido
por enfermeras universitarias.

n) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección
y por la oferta Preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de
la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, solo se bonificará el 25% de los establecido en el plan de
salud, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado, con exclusión de las coberturas que explicitan un tope por evento o mensual en el plan de salud.

La cobertura Internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección Nacional y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF1000.
Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del Contrato de Salud Previsional. En
caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del ingles, deberán entregarse traducidos para proceder a su
liquidación.)

Edad (Años)

Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio
nacional que formen parte de la Red de la Isapre.

h) Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación medica respectiva, a cada beneficiario que solicite
bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia.

d) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la
institución que realiza la atención.

UF 3500

CODIGO DE PLAN :

Son prestadores derivados del prestador preferente, los señalados en la RED LOS VALLES (Habitación Doble) de acuerdo al nivel de hoteleria y topes de cobertura
señalados.

a.1) Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección.

TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537

Nombre Arancel

Isapre Cruz Blanca -20
UF
Unidad

Contratante
Cargas
Precio Base Plan de Salud Complementario en UF

Pieza Doble:

Pieza Individual:

Hospital Clínico Viña del Mar, FUSAT, Clínica Integral

i) Con indicación médica justificada.

j) En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 ó superior, o uso de anestesia general, éstos ítems (Box Ambulatorio, Pabellón y Honorarios Médicos)
tendrán la cobertura equivalente a la atención hospitalizada.

g) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil.

La Cobertura restringida de Parto Cesárea y Aborto corresponden a las prestaciones referidas al embarazo ( parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico, hospitalizaciones
por complicaciones del embarazo) cuya cobertura corresponderá a un 25% de lo estipulado en el Plan de Salud Complementario para la libre elección, se excluye de la
cobertura preferente. Se deja constancia que para este tipo de Planes, no será aplicable la cobertura proporcional que alude el inciso II del artículo 33 letra f) de la Ley
Nº18.933.

f) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada.

e) El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización.

b) El presente Plan de Salud contempla mayor porcentaje de cobertura para todas las prestaciones que se realicen en las Redes Regionales.

COLECTIVO ESPECIAL LOS VALLES PLUS 1400CRI

RED LOS VALLES PLUS