% Bonif.% Bonif.Copago Valor RealValor RealFijo 0.33UF0.45UF 1.65VA2.20VA 0.92VA1.23VA 0.92VA1.23VA3.06UF 1.19VA 2.38UF 0.60UF 1.19VA 1.40VA 1.00VA 1.10VA 1.00VA 1.00VA 10.20UF 5.10UF6.12UF 0.45UF 1.00VA 2.55UF 1.19VA4.46UF 0.45UF0.60UF 0.38UF0.60UF Laboratorio1.00VA Histopatología1.10VA Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)1.00VA Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)1.00VA1.00VA Honorarios Médicos Ambulatorios(i)2.20VA2.20VA Box ambulatorio(i)1.19VA1.19VA Derecho de Pabellón(i)1.40VA1.40VA Procedimientos(c)0.92VA0.92VA 0.92VA0.92VA3.06UF 1.00UF1.00UF 0.20UF0.20UF 1.00VA1.00VA 1.00VA1.00VA1.00UF Atención integral de enfermería y nutricionista(l)0.92VA0.92VA 1.64VA1.64VA2.13UF 3.94VA1.58UF 1.81VA 2.74VA 1.37UF6.83UF Fono CruzBlanca 600 818 0000www.cruzblanca.cl Prótesis y OrtesisSin Tope PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE : "Parto - Cesárea - Aborto - Embarazo ectópico - hospitalización por diagnóstico de amenaza de parto prematuro o aborto" Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite, a condición que en la Declaración de Embarazo que éste(a) deberá suscribir con este sólo objeto, se consigne que la cotizante o beneficiaria, según sea el caso, no se encuentra embarazada. El (la ) cotizante tendrá derecho a optar, al menos, entre los siguientes planes de salud: i) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán efectuarse los ajustes que correspon dan en relación a los restantes beneficios del nuevo plan. Derecho de Pabellón (**) RED PREFERENTE AMBULATORIA 80 85 Sin Tope Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) Laboratorio Pieza Doble 90 Kinesiterapia Visita Médico Tratante ó Visita Interconsultor(b) Día Cama Sala Cuna-Fototerapia Kinesiterapia Día Cama Clínica de Recuperación PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO ii) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los ajustes pertinentes en relación al precio del nuevo plan. CODIGO DE PLAN:CM9DE20111NOMBRE:COLECTIVO ESPECIAL CLINICA MAGALLANES DOBLE 90ST Honorarios Médicos Quirúrgicos Día Cama Especialidades 90 Intervenciones quirúrgicas Tiempos de Espera: 80 % de acuerdo a los topes Cobertura Preferente. PRESTACIONES AMBULATORIAS Tope Bonificación UF - Veces Arancel Prestador Tope Tope Bonificación UF Medicamentos en hospitalización(k) TIPO DE PLAN: a) Cobertura Preferente Clínica Magallanes Hospital Clinico Universidad de Chile IndividualGrupal LIBRE ELECCIÓN PRESTACIONES HOSPITALIZADAS NACIONAL DerivadoAño/Benef/UF UF - Veces Arancel Sin Tope Sin Tope (m) Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas(d)4.46 Consulta Urgencia y Oftalmológica(f) Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos(c) Materiales Clínicos e Insumos(k) Hospital Clínico U. de Chile Pieza Doble Clínica Magallanes Hospital Clinico Universidad de Chile Día Cama Psiquiatría(d) Día Cama Otros UTI-UCI Sin Tope Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica(e) Exámenes OTRAS PRESTACIONES Sin TopeMedicamentos Ambulatorios(j) Fonoaudiología 15 díasProc. diagnósticos y Terapéuticos Psiquiatría Ambulatoria Consulta Médica Traslados(h) Consulta Médica 30 días Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria 80 Atenciones de Urgencia 7 días 1.00 Óptica(g) 80 70 Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de Quimioterapia Sin Tope Histopatología OTROS (Restricciones) (a.1) Psiquiátrica,psicológica,prótesis,traslados, atencióndental,cirugíafotorrefractiva(lasik), tratamientos de Infertilidad, tratamientos con drogas biológicas, cirugía bariátrica o de obesidad y PET- CT Solo cobertura Libre Elección UF Consulta Psiquiatría
CM9DE20111 HombreMujerHombreMujer 0 a menos de 21.801.801.801.80 2 a menos de 50.950.800.800.77 5 a menos de 100.750.550.630.55 10 a menos de 150.650.550.550.55 15 a menos de 200.600.700.550.60 20 a menos de 250.701.550.680.92 25 a menos de 300.802.150.681.50 30 a menos de 351.003.301.001.80 35 a menos de 401.103.051.101.65 40 a menos de 451.302.401.301.55 45 a menos de 501.452.451.451.60 50 a menos de 551.752.701.751.90 55 a menos de 602.403.202.402.10 60 a menos de 653.103.503.102.50 65 a menos de 704.303.704.303.00 70 a menos de 754.503.804.503.25 75 a menos de 805.504.505.504.50 80 y mas5.504.905.504.50 Firma Agente Isapre Cruz Blanca S.A.Firma Contratante Nombre :Nombre : La Cobertura restringida de Parto Cesárea y Aborto corresponden a las prestaciones referidas al embarazo ( parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico, hospitalizaciones por complicaciones del embarazo) cuya cobertura corresponderá a un 25% de lo estipulado en el Plan de Salud Complementario para la libre elección, se excluye de la cobertura preferente. Se deja constancia que para este tipo de Planes, no será aplicable la cobertura proporcional que alude el inciso II del artículo 33 letra f) de la Ley Nº18.933. e)El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada. Cobertura preferente sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso. Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará la Pieza Doble o la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el prestador. j)La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. i)En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 o superior, o uso de anestesia general, éstos ítems (Box Ambulatorio, Pabellón y Honorarios Médicos) tendrán la cobertura equivalente a la atención hospitalizada. Contratante gPara obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación medica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. Nombre Arancel Precio Total Plan de Salud Complementario en UF según Grupo familiar c)La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. Tope General por Beneficiario (m)Unidad (El precio se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valor de la UF del último día del mes al que corresponde devengar la cotización.) d)El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización. m)Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección y por la oferta Preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, solo se bonificará el 25% de los establecido en el plan de salud, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado, con exclusión de las coberturas que explicitan un tope por evento o mensual en el plan de salud. h)Con indicación médica justificada. f)Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil. 1620 UF El arancel de prestaciones podrá ser reajustado y/o modificado dentro del mes de enero de cada año, y los cambios entrarán en vigencia a contar del primer día de marzo siguiente. Sin perjuicio de lo anterior, la Isapre está facultada para incorporarnuevasprestacionesalarancelenlaoportunidadqueestime conveniente, las que entraran en vigencia al mes siguiente de su incorporación. Independiente de lo anterior, la Isapre deberá modificar su arancel en la misma fecha en que el arancel Fonasa modalidad Libre Elección realice cambios. UFIsapre Cruz Blanca -20 Edad (Años) a)ElpresentePlandeSaludcontemplamayorporcentajedecoberturaparalasprestacionesqueserealicenenlasClínicaMagallanes Hospital Clinico Universidad de Chile. a.1) Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección. (**) RED PREFERENTE AMBULATORIA : "CLINICA MAGALLANES, CENTRO DE DIAGNOSTICO AVANZADO " LABORATORIO - RAYOS - ECO - TAC. b)Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537 La cobertura Internacional opera por reembolso yse rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección, sin que sean aplicables las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF 1000. Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado NOMBRE :CODIGO DE PLAN: NOTAS EXPLICATIVAS k)“Eltope definido para la cobertura de Medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por Evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientraspermanece internado en un centro asistencial (público oprivado),o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir lasatenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. ” l)La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: - Nutricionista:pacientes entre 15 y 35 años con riesgo cardiovascular modificable con dieta, que presenten obesidad o sobrepeso según criterios de Índice de Masa Corporal(I.M.C.) y con valores de glicemia > 110 mg/dl (diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes), para casos de Enfermería:para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de Enfermería del Adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias. - Mantener un nivel de Gastos de Salud Total inferior al 85%, y de subsidios inferior al 20% de la recaudación efectivamente recibida por Isapre Cruz Blanca S.A., sin considerar dentro de esta el precio pagado por la GES. - Renuncia por parte del afiliado a excedentes de cotización de salud y mantención de la misma. REQUISITOS PARA ENTRAR Y MANTENERSE EN EL PLAN GRUPAL - El trabajador debe mantener una relación laboral con plazo indefinido con la empresa. COLECTIVO ESPECIAL CLINICA MAGALLANES DOBLE 90ST CONDICIONES DE OTORGAMIENTO Y MANTENCIÓN DE PLANES GRUPALES - Mantener un mínimo de 25 cotizantes dentro del convenio colectivo asociado a este plan. el plazo para alcanzar el ingreso mínimo será de 3 meses. Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. Precio Base Plan de Salud Complementario en UF Cargas