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CM9DE20111

COL ESP. CLINICA MAGALLANES

Sin puntaje, no analizado

Desde

$52.396/mes

Contratación telefónica

% Bonif. % Bonif. Copago
Valor Real
Valor Real Fijo
0.33
UF 0.45 UF
1.65
VA 2.20 VA
0.92
VA 1.23 VA
0.92
VA 1.23 VA 3.06 UF
1.19
VA
2.38
UF
0.60
UF
1.19
VA
1.40
VA
1.00
VA
1.10
VA
1.00
VA
1.00
VA
10.20
UF
5.10
UF 6.12 UF
0.45
UF
1.00
VA
2.55
UF
1.19
VA 4.46 UF
0.45
UF 0.60 UF
0.38
UF 0.60 UF
Laboratorio
1.00 VA
Histopatología
1.10 VA
Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)
1.00 VA
Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)
1.00 VA 1.00 VA
Honorarios Médicos Ambulatorios (i)
2.20 VA 2.20 VA
Box ambulatorio (i)
1.19 VA 1.19 VA
Derecho de Pabellón (i)
1.40 VA 1.40 VA
Procedimientos (c)
0.92 VA 0.92 VA
0.92
VA 0.92 VA 3.06 UF
1.00
UF 1.00 UF
0.20
UF 0.20 UF
1.00
VA 1.00 VA
1.00
VA 1.00 VA 1.00 UF
Atención integral de enfermería y nutricionista (l)
0.92 VA 0.92 VA
1.64
VA 1.64 VA 2.13 UF
3.94
VA 1.58 UF
1.81
VA
2.74
VA
1.37
UF 6.83 UF
Fono CruzBlanca 600 818 0000
www.cruzblanca.cl
Prótesis y Ortesis
Sin Tope
PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE :

"Parto - Cesárea - Aborto - Embarazo ectópico - hospitalización por diagnóstico de amenaza de parto prematuro o aborto"

Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite, a condición que en la Declaración de Embarazo que éste(a) deberá
suscribir con este sólo objeto, se consigne que la cotizante o beneficiaria, según sea el caso, no se encuentra embarazada. El (la ) cotizante tendrá derecho a optar, al menos, entre los
siguientes planes de salud:

i) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán efectuarse los ajustes
que correspon dan en relación a los restantes beneficios del nuevo plan.

Derecho de Pabellón

(**) RED PREFERENTE
AMBULATORIA

80

85

Sin Tope

Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)

Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)

Laboratorio

Pieza Doble

90

Kinesiterapia

Visita Médico Tratante ó Visita Interconsultor (b)

Día Cama Sala Cuna-Fototerapia

Kinesiterapia

Día Cama Clínica de Recuperación

PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO

ii) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los ajustes pertinentes en
relación al precio del nuevo plan.

CODIGO DE PLAN :
CM9DE20111 NOMBRE : COLECTIVO ESPECIAL CLINICA MAGALLANES DOBLE 90ST
Honorarios Médicos Quirúrgicos

Día Cama Especialidades

90

Intervenciones quirúrgicas

Tiempos de Espera:

80 % de acuerdo a los topes Cobertura Preferente.

PRESTACIONES AMBULATORIAS

Tope Bonificación

UF - Veces Arancel

Prestador

Tope

Tope Bonificación

UF

Medicamentos en hospitalización (k)

TIPO DE PLAN :

a) Cobertura Preferente

Clínica Magallanes
Hospital Clinico Universidad de Chile

Individual
Grupal
LIBRE ELECCIÓN

PRESTACIONES HOSPITALIZADAS

NACIONAL

Derivado
Año/Benef/UF
UF - Veces Arancel

Sin Tope

Sin Tope

(m)

Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas (d)
4.46
Consulta Urgencia y Oftalmológica (f)

Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos (c)

Materiales Clínicos e Insumos (k)

Hospital Clínico U. de
Chile

Pieza Doble

Clínica Magallanes
Hospital Clinico Universidad de Chile

Día Cama Psiquiatría (d)

Día Cama Otros

UTI-UCI

Sin Tope

Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica (e)

Exámenes

OTRAS PRESTACIONES

Sin Tope
Medicamentos Ambulatorios (j)
Fonoaudiología

15 días
Proc. diagnósticos y Terapéuticos
Psiquiatría Ambulatoria

Consulta Médica

Traslados (h)

Consulta Médica

30 días

Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria

80

Atenciones de Urgencia

7 días

1.00

Óptica (g)

80

70

Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de
Quimioterapia

Sin Tope

Histopatología

OTROS (Restricciones) (a.1)

Psiquiátrica, psicológica, prótesis, traslados,
atención dental, cirugía fotorrefractiva (lasik),
tratamientos de Infertilidad, tratamientos con drogas
biológicas, cirugía bariátrica o de obesidad y PET-
CT

Solo cobertura Libre Elección

UF

Consulta Psiquiatría
CM9DE20111
Hombre
Mujer Hombre Mujer
0 a menos de 2
1.80 1.80 1.80 1.80
2 a menos de 5
0.95 0.80 0.80 0.77
5 a menos de 10
0.75 0.55 0.63 0.55
10 a menos de 15
0.65 0.55 0.55 0.55
15 a menos de 20
0.60 0.70 0.55 0.60
20 a menos de 25
0.70 1.55 0.68 0.92
25 a menos de 30
0.80 2.15 0.68 1.50
30 a menos de 35
1.00 3.30 1.00 1.80
35 a menos de 40
1.10 3.05 1.10 1.65
40 a menos de 45
1.30 2.40 1.30 1.55
45 a menos de 50
1.45 2.45 1.45 1.60
50 a menos de 55
1.75 2.70 1.75 1.90
55 a menos de 60
2.40 3.20 2.40 2.10
60 a menos de 65
3.10 3.50 3.10 2.50
65 a menos de 70
4.30 3.70 4.30 3.00
70 a menos de 75
4.50 3.80 4.50 3.25
75 a menos de 80
5.50 4.50 5.50 4.50
80 y mas
5.50 4.90 5.50 4.50
Firma Agente Isapre Cruz Blanca S.A.
Firma Contratante
Nombre :
Nombre :
La Cobertura restringida de Parto Cesárea y Aborto corresponden a las prestaciones referidas al embarazo ( parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico,
hospitalizaciones por complicaciones del embarazo) cuya cobertura corresponderá a un 25% de lo estipulado en el Plan de Salud Complementario para
la libre elección, se excluye de la cobertura preferente. Se deja constancia que para este tipo de Planes, no será aplicable la cobertura proporcional que
alude el inciso II del artículo 33 letra f) de la Ley Nº18.933.

e) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada.

Cobertura preferente sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso.

Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará la Pieza Doble o la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de
acuerdo al convenio vigente con el prestador.

j) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología.

i) En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 o superior, o uso de anestesia general, éstos ítems (Box Ambulatorio, Pabellón y Honorarios
Médicos) tendrán la cobertura equivalente a la atención hospitalizada.

Contratante

g Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación medica respectiva, a cada
beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia.

Nombre Arancel

Precio Total Plan de Salud Complementario en UF según Grupo
familiar

c) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del
profesional o la institución que realiza la atención.

Tope General por
Beneficiario (m)
Unidad
(El precio se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valor de la UF
del último día del mes al que corresponde devengar la cotización.)

d) El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización.

m) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones
por libre elección y por la oferta Preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a
la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, solo se
bonificará el 25% de los establecido en el plan de salud, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado, con exclusión de las coberturas que
explicitan un tope por evento o mensual en el plan de salud.

h) Con indicación médica justificada.

f) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil.

1620 UF

El arancel de prestaciones podrá ser reajustado y/o modificado dentro del mes
de enero de cada año, y los cambios entrarán en vigencia a contar del primer
día de marzo siguiente. Sin perjuicio de lo anterior, la Isapre está facultada para
incorporar nuevas prestaciones al arancel en la oportunidad que estime
conveniente, las que entraran en vigencia al mes siguiente de su incorporación.
Independiente de lo anterior, la Isapre deberá modificar su arancel en la misma
fecha en que el arancel Fonasa modalidad Libre Elección realice cambios.

UF
Isapre Cruz Blanca -20
Edad (Años)

a) El presente Plan de Salud contempla mayor porcentaje de cobertura para las prestaciones que se realicen en las Clínica Magallanes
Hospital Clinico Universidad de Chile.

a.1) Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección.

(**) RED PREFERENTE AMBULATORIA : "CLINICA MAGALLANES, CENTRO DE DIAGNOSTICO AVANZADO " LABORATORIO - RAYOS - ECO - TAC.

b) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.

TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537

La cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección, sin que sean aplicables las
coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF 1000. Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado

NOMBRE :
CODIGO DE PLAN :
NOTAS EXPLICATIVAS

k) “El tope definido para la cobertura de Medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por Evento hospitalario a aquel
que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el
régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es
dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. ”

l) La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: - Nutricionista: pacientes entre 15 y 35 años con riesgo
cardiovascular modificable con dieta, que presenten obesidad o sobrepeso según criterios de Índice de Masa Corporal(I.M.C.) y con valores de glicemia >
110 mg/dl (diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes), para casos de Enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros
de Enfermería del Adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias.

- Mantener un nivel de Gastos de Salud Total inferior al 85%, y de subsidios inferior al 20% de la recaudación efectivamente recibida por Isapre Cruz Blanca S.A., sin
considerar dentro de esta el precio pagado por la GES.

- Renuncia por parte del afiliado a excedentes de cotización de salud y mantención de la misma.

REQUISITOS PARA ENTRAR Y MANTENERSE EN EL PLAN GRUPAL

- El trabajador debe mantener una relación laboral con plazo indefinido con la empresa.

COLECTIVO ESPECIAL CLINICA MAGALLANES DOBLE 90ST

CONDICIONES DE OTORGAMIENTO Y MANTENCIÓN DE PLANES GRUPALES

- Mantener un mínimo de 25 cotizantes dentro del convenio colectivo asociado a este plan. el plazo para alcanzar el ingreso mínimo será de 3 meses.

Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en
el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre.

Precio Base Plan de Salud Complementario en UF

Cargas