ON PROTECCIÓN 66B 522 PCBO66B522Fun N°Tipo de Plan:INDIVIDUAL PRESTACIONESOFERTA PREFERENTE (1.a)Tope máximo año contrato por beneficiario (2.b) LIBREELECCIÓNTope máximo año contrato por beneficiario (2.b) %Tope%Tope HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA (1.a.2) Día Cama 100% Sin Tope Clínica Bupa Santiago, Clínica Indisa 90% Sin Tope Clínica Santa María, Hospital Clínico UC, Clínica UC 60% Sin Tope Clínica Las Condes (1.a.2)90% 12,4UF Sin Tope Día Cama Cuidados Intensivos, Coronarios o Intermedios14,0UF DíaCama Sala Cuna-Fototerapia6,2UF Día Cama Observación-Recuperación3,5VA Derecho de Pabellón14,0VA Exámenes de Laboratorio6,3VA Exámenes de Histopatología6,9VA Imagenología (Rayos; Scanner;Ecotomografía)6,3VA Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)4,3VA Kinesiología y fisioterapia5,8VA65UF Medicamentos (1.f)(2.i)40,0UF Sin Tope Materiales e insumos clínicos (1.f)(2.i)26,7UF Procedimientos (1.a.2.3)(1.c)9,0VA Honorarios médicos quirúrgicos (1.a.2.3)7,3VA Visita por médico tratante o médico interconsultor (1.a.2.3)(1.b)Habitación Individual y Doble(1.a.2.1)Staff Médicos Clínicas(1.a.2.2) (1.a.2.3)2,0UF Drogas Biológicas (2.f)(2.i)60% Sin Tope ClínicaBupa Santiago800UF25,0UF200UF Quimioterapia (2.d)(2.i) Prótesis, órtesis y elementos de osteosíntesis Sólo Cobertura Libre Elección (1.a.3) 2,9VA Sin Tope Traslados Médicos (1.i)2,4VA Injertos Hematopoyéticos1.0VA Tratamientos Fertilización AsistidaPAD(1.e)1.0VA AMBULATORIAS Consulta médica 90% Sin Tope Integramédica, Clínica Bupa Santiago 80% Sin Tope Clínica Indisa, Clínica Santa María, Hospital Clínico UC, Clínica Las Condes, Red Centros Médicos UC Christus (1.a.1) Sin Tope 80% 1,3UF 7UFConsulta médicade telemedicina en especialidad (1.m)1,3UF Consulta oftalmológica1,5UF Exámenes de Laboratorio5,0VA Sin Tope Exámenes de Histopatología5,5VA Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)5,0VA Pabellón Ambulatorio (2.a) (1.d)15,2VA Procedimientos (1.c)4,6VA Honorarios médicos quirúrgicos (1.d)12,8VA Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)3,3VA Kinesiología y fisioterapia20UF6,5VA10UF Radioterapia60% Sin Tope ClínicaBupa Santiagoe IRAM800UF4,6VA200UF Quimioterapia (2.d)(2.i)Idéntica cobertura preferente hospitalaria25,0UF200UF Atención integral de enfermería (2.h) Sólo Cobertura Libre Elección (1.a.3) 4,6VASin Tope Atención integral y Consulta Nutricionista (1.l)4,6VA15UF Fonoaudiología1,5VA10UF Prótesis y órtesis2,9VASinTope Injertos Hematopoyéticos1,0VA Prestaciones DentalesPAD(1.k)1.0VA7UF Tratamientos Fertilización AsistidaPAD(1.e)1.0VA Sin TopeClínica de Lactancia(0 y 6 meses de edad)PAD(1.n)1.0VA Mal Nutrición Infantil(7 y 72meses de edad)PAD(1.o)1.0VA PRESTACIONES RESTRINGIDAS Día Cama Clínica de RecuperaciónSólo Cobertura Libre Elección(1.a.3)90%1,4UF20UF CirugíaFotorefractiva(Lasik),PET-CT(2.e)25% de la Cobertura General del Plan OTRAS COBERTURAS Cirugía de Bariátrica, Metabólica(2.e)60% Sin Tope ClínicaBupa Santiago25% de la Cobertura Libre Elección Box ambulatorio (1.d)Idéntica cobertura preferente ambulatoria 80% 14,0VASin Tope Medicamentosambulatorios (1.j)(2.i)0,6UF Óptica (1.h)Sólo Cobertura Libre Elección(1.a.3)1,0UF1UF Traslados médicos (1.i)2,4VASin Tope ATENCIÓN DE URGENCIA INTEGRAL (2.j)(1.g) Clínica Bupa Santiago,Clínica Indisa, Clínica Santa María, Hospital Clínico UC, Clínica Las Condes Copago Fijo Urgencia SimpleCopago FijoUrgencia Compleja (2.j) 1,3UF3,7UF PRESTADOR DERIVADO (1.a.2.6) Prestaciones AmbulatoriasClínica Dávila Hospitalarias y Cirugía Mayor AmbulatoriaClínica Dávila VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURAPREFERENTE. PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE
Firma Afiliado Nombre Rut Fecha HUELLA DACTILAR AFILIADO Firma Representante ISAPRE Nombre Rut Fecha ON PROTECCIÓN 66B 522 PCBO66B522 PRECIO DEL PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO Precio Base Precio Total según composición delgrupo familiar TABLA DE FACTORES N° 343 Edad (Años)ContratanteCargas 0 a menos de 200.60.6 20a menos de250.90.7 25 a menos de 351.00.7 35 a menos de 451.30.9 45 a menos de 551.41.0 55 amenos de 652.01.4 65y más2.42.2 Identificación única del arancelIsapre CruzBlanca–31Modalidad Arancel$ Tope General por Beneficiario en UF8000 (2.b)
ON PROTECCIÓN 66B 522 PCBO66B522 ANEXO DEL PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO MODALIDAD PREFERENTE NOTAS EXPLICATIVAS 1) Coberturas 1.a) Lacobertura de la Oferta Preferente se obtienea través de órdenes de atención con prestadores en convenio especificado. 1.a.1) Oferta preferente Ambulatoria:Integramédica, Clínica Bupa Santiago, Clínica Indisa, Clínica Santa María, Hospital Clínico UC, Red Centros Médicos UC Christus. 1.a.2) Oferta preferente Hospitalaria:Clínica Bupa Santiago, Clínica Indisa, Clínica Santa María, Hospital Clínico UC, Clínica UC, Clínica Las Condes. 1.a.2.1) Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará laHabitación Individual y Dobleo la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo con elconvenio vigente con el prestador. Suite o Departamento sólo modalidad libre elección. 1.a.2.2)Son prestadores Staff delPlan PreferenteON PROTECCIÓN 66B 522todos los profesionales médicos que trabajan enClínica Bupa Santiago, Clínica Indisa, Clínica Santa María, Hospital Clínico UC, Clínica UC, Clínica Las Condesy que tienen convenio con la Isapre CruzBlanca de la oferta preferente. Validar listado de médicos a travéscualquiera de nuestros canales de contactoCruzBlanca. 1.a.2.3)En atenciones hospitalarias programadas (no urgencia), el beneficiario recibirá la cobertura señalada en la oferta preferentedel Plan de Salud Complementario del ítem honorarios, si su atención se efectúa con profesionales del Staff Médico del prestador utilizado, de lo contrario, será la de la Libre Elección. 1.a.2.4) Las hospitalizaciones derivadas de una atención efectuada en el Servicio de Urgencia de los prestadores de la Red Hospitalaria Preferente,tendrán la cobertura señalada en la ofertapreferente del Plan de Salud Complementario, incluidos los honorarios médicos de los profesionales staff del prestador en convenio para el Plan. 1.a.2.5) EstePlan aplicará cobertura preferente a las hospitalizaciones de urgencia efectuadas en regiones distintas de la Región Metropolitana. Se entenderá por hospitalización de urgencia aquella derivada de un servicio de urgencia, quépor condición de salud o cuadro clínico del paciente, requiere atención médica inmediata e impostergable. No estará afecto a esta cobertura preferente ninguna hospitalización programada, ni la consulta de urgencia o exámenes, efectuados en servicios de urgencia, que no forman parte de los gastos de la hospitalización. La cobertura preferente consistirá en este caso, en aplicar ala cuenta hospitalaria regional,los valoresqueIsapre CruzBlanca hubiera pagado si la atención se hubiere efectuado enClínica Santa María, debiendo asumir el afiliado las diferencias de valores entre laClínica Santa Maríay el prestador en la que recibió las atenciones. 1.a.2.6)La cobertura de la Oferta Preferente que sea procedente, corresponderá siempre a la indicada para cada prestador o grupo de prestadores de la red de prestadores preferentes del planON PROTECCIÓN 66B 522sin que operen como prestadores derivados el unorespecto del otro. Tratándose de la cobertura de honorarios médicos quirúrgicos preferente, sólo corresponderá si utiliza médicos con convenio en los prestadores que consideran dicha coberturaen el plan, de lo contrario, la cobertura de este ítem será lade la Libre Elección. Para el caso de presentarse una insuficiencia que afecte a la totalidad de la indicada red de prestadores preferentes, esto es, cuando todos ellos se encuentren imposibilitados temporal o permanentemente para otorgar alguna de las prestaciones que forman parte de la oferta preferente dentro de los tiempos de espera máximos definidos en las condiciones de la oferta preferente, el beneficiario tiene derecho a solicitar su derivación, a el (los) prestador(es)Clínica Dávila, conforme lo indique la Isapre, y que se designan como prestadores derivados a los de la red de prestadores preferentes, manteniendo la misma cobertura de haberse atendido en el prestador que dio origen a dicha derivación. 1.a.3) Estas prestaciones se exceptúan de la coberturapreferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección. 1.b) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. 1.c) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. 1.d) En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 ó superior, o uso de anestesia general, estos ítems: Box Ambulatorio, Pabellón y Honorarios Médicos, tendrán la cobertura equivalente a la atención hospitalizada. 1.e)Estas prestaciones incluyen las coberturas de especialidad, exámenes de laboratorio e imagenología propios de este tratamiento, procedimiento de criopreservación, capacitación espermática, inseminación artificial y los fármacos e insumos requeridos para la realización del tratamiento señalado. Incluyen la totalidad de las prestaciones requeridas para el tratamiento de infertilidad con inseminación artificial desde la pareja. 1.f)El tope definido para la cobertura de Medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. 1.g) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgadasen servicios de urgencia en horario hábil o inhábil. 1.h) Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior conla sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. 1.i) La cobertura de traslados médicos se otorga sólo con indicación médica justificada. 1.j) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. 1.k)Podrán acceder a las prestaciones PAD Dentales los beneficiarios, niños y jóvenes entre 12 y 17 años 11 meses y 29 días que presenten caries en una o más piezas dentales y los diagnosticados con Cáncer sin límite de edad, en prestaciones odontológicas y de especialidad de Periodoncia de diagnóstico, preventivas y curativas. 1.l) Podrán acceder a la prestación de consulta de nutricionista todo beneficiario que presente sobrepeso u obesidad según criterios de IMC,tendrá derecho a la cobertura de la consulta de nutricionista. La primera consulta, dentro del año calendario, deberá ser indicada por el médico tratante. 1.m)Sólo tendrán cobertura las consultas de telemedicina de las especialidades aquellas que se encuentran codificadas por Fonasa. Para el otorgamiento de la bonificación, la Isapre podrá requerir al beneficiario que acredite la realización de la atención a través de una boleta o factura emitidapor el prestador, en que conste expresamente el código de laconsulta médica de Telemedicina realizada. Asimismo, podrá solicitar cualquier otro documento que dé cuenta del otorgamientoefectivo de la prestación. 1.n)Estas prestaciones incluyen la consulta por profesional de la salud (matrona, enfermera onutricionista) y 2 sesiones de consejería en técnicas de lactancia y alimentación saludable. Asimismo, en caso de sospecha de alergias alimentarias o alguna patología del niño(a), incluirá Consulta por médico pediatra y, en caso de confirmarse, consideraráapoyo de nutricionista en la alimentación de la madre.También deberá incluir una atención psicológica a la madre cuando se requiera. 1.o)Estas prestaciones incluyen las coberturas integrales dos consultas profesionales por nutricionista principalmente,siendo una de ellas de seguimiento, dos sesiones de consejería en técnicas de lactancia y alimentación saludable, una atención psicológica a la madre, cuando se requiera, e insumos de enfermería en general. Asimismo, en caso de sospecha de alergias alimentarias o alguna patología del niño(a), incluirá la consulta por médico pediatra. 2) DefinicionesVA = Veces Arancel, UF = Unidad de Fomento. Staff Médicos Clínicas =Médicos de las Clínicas Red HospitalariaClínica Bupa Santiago, Clínica Indisa, Clínica Santa María, Hospital Clínico UC, Clínica UC, Clínica Las Condes, que tienen convenio con Isapre CruzBlanca de la oferta preferente. 2.a) Pabellónambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos oterapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas. 2.b) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximos usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección como por oferta preferente. El valor indicado rige para cadabeneficiario por año vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, la bonificación corresponderá al mayor valor entre el 25% de la cobertura estipulada en el plan de salud y la cobertura financiera que asegura el Fonasa en la modalidad de libre elección atodas las prestaciones contempladas en el Arancel, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado. 2.c) Las Garantías Explícitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicadosen el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. 2.d) Se entiende por quimioterápicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica. 2.e)Se entiende por Cirugía Bariátrica o de obesidad al by passgástrico y/o manga gástrica. Se entiende por Cirugía Metabólica al by pass gástrico, sea efectuado en pacientes obesos o no. La cobertura de laCirugía Bariátrica, Metabólica,Cirugía Lasiky PET-CT, corresponde al evento hospitalario completo. 2.f) Se entiende por Drogas Biológicas los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas. 2.g) Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre unbeneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento.
Firma Afiliado Nombre Rut Fecha HUELLA DACTILAR AFILIADO Firma Representante ISAPRE Nombre Rut Fecha 2.h)La cobertura definida para la atención integral de enfermería, sólo aplica para: Atenciones integrales de enfermería en centro adulto mayor (3 sesiones de 45')(solo para mayores de 55 años); Atención integral de enfermería en domicilio (atención mínima de 45')(solo para mayores de 55 años); Atención integral de enfermería en domicilio a pacientes postrados, terminales post operados; Atención integral de enfermería en domicilio a pacientes ostomizados y Atención integral de enfermería en domicilio a pacientes que requieren instalación y/o retiro de catéter o sonda. 2.i) Todos los medicamentos, materiales e insumos clínicos,drogas biológicas,incluidos medicamentos para quimioterapia, se bonificarán únicamente en la medida que se encuentren registrados por el Instituto de Salud Pública (I.S.P.) y tengan fines curativos. Por lo anterior, se excluyen de cobertura los medicamentos que tengan fines de investigación y/o experimentación. 2.j) Atención de Urgencia integral corresponde a la atención efectuada en forma ambulatoria en un servicio de urgencia y queincluye todas las prestaciones requeridas por el beneficiario para resolver el evento de urgencia, tales como consulta urgencia, exámenes de laboratorio, de imágenes, procedimientos médicos, insumos y medicamentos utilizados durante la atención. La "Urgencia Integral Compleja” la define la realización de exámenes de imagenología del subgrupo 03 delarancel (TAC: tomografía axial computarizada-scanner), 04 del arancel (Ecotomografías) y subgrupo 05 (Resonancia Nuclear Magnética).También determinan una urgencia integral compleja, la realización de procedimientos médicos que incluyan prestaciones endoscópicas y atenciones de pacientes que ingresen en riesgo vital. 3)Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones ycaracterísticas de la oferta preferente del plan con prestador preferente" 4)Valor de Conversión de la unidad de fomento a utilizar 4.a)Para las bonificaciones: Si los topes estánexpresadosen unidadesde fomento (UF), el valor de laconversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la respectiva bonificación. 4.b)Para el pago de la cotización: Si el precio está expresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en que se devenga la remuneración. 5)Reajuste del arancel de prestaciones El valor de cada una delas prestaciones de saludcontenidas en los aranceles expresados en pesos será reajustado el 1º de Marzo de cada año. Dicho reajuste no podrá ser inferior al 100% de la variación porcentual acumulada que haya experimentado el Índice de Precios al Consumidor (I.P.C.),entre el mes de febrero del año anterior y enero del año en curso.