ON SOLUCION BUPA REGION 76B R24 SBRN76BR24Fun N°:Tipo de Plan:INDIVIDUAL PRESTACIONES Oferta PreferenteRegional(1.a)Oferta PreferenteMetropolitana (1.a)Tope máx año contrato por beneficiario (2.b) Libre ElecciónTope máx año contrato por beneficiario (2.b) %Tope%Tope%Tope HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA Día Cama 100% Sin Tope Red Regional 1 Red Regional 2 Red Regional 3 Red Regional 4 (1.a.2) 100% Sin Tope Clínica Bupa Santiago 90% Sin Tope Clínica UC San Carlos de Apoquindo, Clínica MEDS, Clínica Santa María, Clínica Universidad de los Andes 80% Sin Tope Clínica Las Condes (1.a.2) Sin Tope 90% 10,4UF Sin Tope Día Cama Cuidados Intensivos o Coronarios11,8UF Día Cama Cuidados Intermedios11,8UF Día Cama Sala Cuna-Fototerapia5,2UF Día Cama Observación-Recuperación3,5VA Derecho de Pabellón11,8VA Exámenes de Laboratorio5,3VA Exámenes de Histopatología5,8VA Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)5,3VA Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)3,6VA Kinesiología yfisioterapia4,9VA55UF Medicamentos (1.f)(2.i)35,0UF Sin Tope Materiales e insumos clínicos (1.f)(2.i)Habitación Individual y Doble (1.a.2.1)23,3UF Procedimientos (1.c) (1.a.2.3) Sólo Cobertura Libre Elección (1.a.3) 7,6VA Honorarios médicos quirúrgicos (1.a.2.3)6,1VA Visita por médico tratante (1.b) (1.a.2.3)Habitación Individual y Doble (1.a.2.1)2,0UF Visita por médico interconsultor (1.b) (1.a.2.3)Staff MédicosClínicas (1.a.2.2) (1.a.2.3)2,0UF Prótesis, órtesis y elementos de osteosíntesis Sólo Cobertura Libre Elección (1.a.3) 4,3VA Traslados Médicos (1.i)2,8VA Injertos Hematopoyéticos1.0VA Tratamientos Fertilización AsistidaPAD(1.e) Drogas Biológicas (2.f)80% Sin Tope Clínica Bupa Santiago1000UF25,0UF500UF Quimioterapia (2.d)(2.i) AMBULATORIAS Consulta médica de telemedicinaen especialidad(1.m)90% Sin Tope Integramédica, Clínica Bupa Santiago Sin Tope 70% 1,1UF 10UFConsulta médica 90% Sin Tope Integramédica 80% Sin Tope Red Regional 1, Red Regional 2, Red Regional 3, Red Regional 4 (1.a.1) 90% Sin Tope Integramédica, Clínica Bupa Santiago 70% Sin Tope Clínica U. de los Andes, Clínica UC San Carlos de Apoquindo, Clínica MEDS, Clínica Santa María (1.a.4) 60% Sin Tope Clínica Las Condes (1.a.1) 1,1UF Consulta oftalmológica1,3UF Exámenes de Laboratorio4,2VA Sin Tope Exámenes de Histopatología4,6VA Imagenología (Rayos; Scanner;Ecotomografía)4,2VA Pabellón Ambulatorio (2.a) (1.d)12,8VA Procedimientos (1.c)3,9VA Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)10,8VA Honorarios médicos quirúrgicos (1.d) Sólo Cobertura Libre Elección (1.a.3) 3,9VA Atención integral de enfermería (2.h) Sólo Cobertura Libre Elección (1.a.3) 2,8VA Atención integraly Consultade nutricionista(1.m)3,9VA13UF Kinesiología y fisioterapia5,5VA10UF Fonoaudiología1,3VA Prótesis y órtesis4,3VASin Tope Injertos Hematopoyéticos1,0VA Prestaciones DentalesPAD(1.k)1.0VA7UF Tratamientos Fertilización AsistidaPAD(1.e)1.0VA Sin TopeClínica de Lactancia (0 y 6 meses de edad)PAD(1.n)1.0VA Mal Nutrición Infantil (7 y 72 meses de edad)PAD(1.o)1.0VA Radioterapia80% Sin Tope Clínica Bupa Santiago e IRAM1000UF3,9VA500UF Quimioterapia (2.d)(2.i)Idéntica cobertura hospitalaria25,0UF500UF PRESTACIONES RESTRINGIDAS Cirugía Bariátrica, Metabólica (2.e)80% Sin Tope Clínica Bupa Santiago25% de la cobertura libre elección Día Cama Clínica de RecuperaciónSólo Cobertura Libre Elección(1.a.3)90%1,4UF20UF CirugíaFotorefractiva (lasik) PET-CT (2.e)25% de la cobertura general del plan. OTRAS COBERTURAS Box ambulatorio (1.d)Idénticos porcentajes preferentes ambulatorios y en los mismos prestadores. 70% 11,8VASin Tope Medicamentos ambulatorios(1.j)(2.i)0,5UF Óptica (1.h)Sólo Cobertura Libre Elección(1.a.3)1,0UF1UF Traslados médicos (1.i)2,8VASin Tope ATENCIONES DE URGENCIA (1.a.2.5) (1.g) Consulta de Urgencia (1.a.2.4) Idénticos porcentajespreferentes ambulatorios y en los mismos prestadores. (excluye Integramédica) 70%1,3UFSin Tope RNM–PRO–HMQ–DPA EXS–RX–TAC–ECO Medicamentos ambulatorios (1.j) PRESTADOR DERIVADO (1.a.2.6) PrestacionesAmbulatoriasHospital Clínico UC Hospitalarias y Cirugía Mayor AmbulatoriaHospital Clínico UC VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE. PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE
Firma Afiliado Nombre Rut Fecha HUELLA DACTILAR AFILIADO Firma Representante ISAPRE Nombre Rut Fecha ON SOLUCION BUPA REGION 76B R24 SBRN76BR24 PRECIO DEL PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO Precio Base Precio Total según composición del grupo familiar TABLA DE FACTORESN° 343 Tabla de Factores Tramos de EdadCotizantesCargas 0 a menos de 20 años0.60.6 20 a menos de 25 años0.90.7 25 a menos de 35 años1.00.7 35 a menos de 45 años1.30.9 45 a menos de 55 años1.41.0 55 a menos de 65 años2.01.4 65 ymás años2.42.2 Importante: El cobro por las cargas incorporadas al contrato de salud se iniciará desde que ellas cumplan los dos años de edad. Identificación única del arancelIsapre CruzBlanca–31Modalidad Arancel$ Tope General porBeneficiario en UF8000 (2.b)
ON SOLUCION BUPA REGION 76B R24 SBRN76BR24 ANEXO DEL PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIOMODALIDAD PREFERENTE NOTAS EXPLICATIVAS 1) Coberturas 1.a) La cobertura de la Oferta Preferente se obtienea través de órdenes de atención con prestadores en convenio especificado. 1.a.1) Oferta preferente Ambulatoria:Integramédica, Clínica Bupa Santiago, Clínica Santa María, Clínica Meds, Clínica U. de los Andes, Clínica UC San Carlos, Clínica Las Condes, Red Regional 1, Red Regional 2, Red Regional 3, Red Regional 4. 1.a.2) Oferta preferente Hospitalaria:Clínica Bupa Santiago, Clínica Santa María, Clínica Meds, Clínica U. de los Andes, Clínica UC San Carlos, Clínica Las Condes,Red Regional 1, Red Regional 2, Red Regional 3, Red Regional 4. RedRegional 1Clínica San José de Arica Clínica RedSalud Iquique HospitalClínico Viña del Mar Clínica RedSalud Rancagua Hospital Clínico Magallanes Clínica Isamédica Red Regional 2Clínica Bupa Antofagasta Clínica Bupa Reñaca RedRegional 3Clínica RedSalud Elqui Clínica Ciudad del Mar Clínica RedSalud Temuco Clínica Alemana de Osorno Clínica Andes Salud Puerto Montt Clínica RedSalud Magallanes Red Regional 4Clínica Andes Salud El Loa Clínica Tarapacá Clínica Alemana de Temuco Clínica Alemana de Valdivia Clínica Puerto Varas 1.a.2.1) Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará laHabitación IndividualoDobleo la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiariode acuerdo con elconvenio vigente con elprestador.Suite o Departamentosólocomomodalidad libre elección. 1.a.2.2) Son prestadores Staff del Plan PreferenteON SOLUCION BUPA REGION 76B R24todos los profesionales médicos que trabajan enClínica Bupa Santiago, Clínica Santa María, Clínica Meds, Clínica U. de los Andes, Clínica UC San Carlos, Clínica Las Condesy que tienen convenio con la Isapre CruzBlanca de la oferta preferente. Validar listado de médicos a través de las sucursales CruzBlanca. 1.a.2.3) En atenciones hospitalarias programadas (no urgencia), el beneficiario recibirá la cobertura señalada en la oferta preferente del Plan de Salud Complementariodel ítem honorarios,si su atención se efectúa con profesionales del Staff Médico del prestador utilizado, de lo contrario, será la de la Libre Elección, en aquellos casos donde corresponda. 1.a.2.4) Las hospitalizaciones derivadas de una atención efectuada en el Servicio de Urgencia de los prestadores de la Red Hospitalaria Preferente, tendrán la cobertura señalada en la oferta preferente del Plan de Salud Complementario, incluidos los honorarios médicos de los profesionales staff del prestador en convenio para el Plan, en aquellos casos que correspondacobertura preferente en dicha prestación. 1.a.2.5) Este Plan aplicará cobertura preferente a las hospitalizaciones de urgencia efectuadas en regiones distintasde la Región Metropolitana de Santiago, Arica y Parinacota, Tarapacá, Antofagasta, Coquimbo, Valparaíso, O ́Higgins, Maule, Araucanía, Los Ríos, Los Lagos y Magallanes.Se entenderá por hospitalización de urgencia aquella derivada de un servicio de urgenciaque,por condición de salud o cuadro clínico del paciente, requiere atención médica inmediata e impostergable. No estará afecto aesta cobertura preferente ninguna hospitalización programada, ni la consulta de urgencia o exámenes, efectuados en servicios de urgencia, que no formanparte de los gastos de la hospitalización. La cobertura preferente consistirá en este caso, en aplicar a lacuenta hospitalaria regional,los valoresqueIsapreCruzBlanca hubiera pagado si la atención se hubiere efectuado enClínica Bupa Santiago, debiendo asumir el afiliado las diferencias de valores entre laClínica Bupa Santiagoy el prestador en la que recibiólas atenciones. 1.a.2.6)La cobertura de la Oferta Preferente que sea procedente, corresponderá siempre a la indicada para cada prestador o grupo de prestadores de la red de prestadores preferentes del planON SOLUCION BUPA REGION 76B R24sin que operen como prestadores derivados el uno respecto del otro. Tratándose de la cobertura de honorarios médicos quirúrgicos preferente, sólo corresponderá si utiliza médicos con convenio en los prestadores que consideran dicha cobertura en el plan,de lo contrario, la cobertura de este ítem será la de la Libre Elección. Para el caso de presentarse una insuficiencia que afecte a la totalidad de la indicada red de prestadores preferentes, esto es, cuando todos ellos se encuentren imposibilitados temporal o permanentemente paraotorgar alguna de las prestaciones que forman parte de la oferta preferente dentro de los tiempos de espera máximos definidosen las condiciones de la oferta preferente, el beneficiario tiene derecho a solicitar su derivación, a el (los) prestador(es)Hospital Clínico UC, conforme lo indique la Isapre, y que se designan como prestadores derivados a los de la red de prestadores preferentes, manteniendo la misma cobertura de haberse atendido en el prestador quedio origen a dicha derivación. 1.a.3) Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección. 1.a.4) Se excluye de cobertura preferente las siguientes direcciones (sucursales) de los prestadores preferentes:Centro Médico Clínica Santa María La Dehesa ubicado Avenida La Dehesa 1445, Lo Barnechea. 1.b) Se bonificará visitainterconsultor sólo con indicación del médico tratante. 1.c) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificaciónde los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. 1.d) En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 ó superior, o uso de anestesia general, estos ítems: Box Ambulatorio, Pabellón y Honorarios Médicos, tendrán la cobertura equivalente a la atención hospitalizada. 1.e) Estas prestaciones incluyen las coberturas de especialidad, exámenes de laboratorio e imagenología propios de este tratamiento, procedimiento de criopreservación, capacitación espermática, inseminación artificial y los fármacos e insumos requeridos para la realización del tratamiento señalado. Incluyen la totalidad de las prestaciones requeridas para el tratamiento de infertilidad con inseminación artificial desde la pareja. 1.f)El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. 1.g) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil. 1.h) Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. 1.i) La cobertura de traslados médicos se otorga sólo con indicación médica justificada. 1.j) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. 1.k)Podrán acceder a las prestaciones PAD Dentales los beneficiarios, niños y jóvenes entre 12 y 17 años 11 meses y 29 días que presenten caries en una o más piezas dentales y los diagnosticados con Cáncer sin límite de edad, en prestaciones odontológicas y deespecialidad de Periodoncia de diagnóstico, preventivas y curativas. 1.l) Podrán acceder a la prestación de consulta de nutricionista todo beneficiario que presente sobrepeso u obesidad según criterios de IMC, tendrá derecho a la cobertura de la consulta de nutricionista. La primera consulta, dentro del año calendario, deberáser indicada por el médico tratante. 1.m)Sólo tendrán cobertura las consultas de telemedicina de las especialidades aquellas que se encuentran codificadas por Fonasa.Para el otorgamiento de la bonificación, la Isapre podrá requerir al beneficiario que acredite la realización de la atención a través de una boleta o factura emitida por el prestador, en que conste expresamente el código de la consulta médica de Telemedicina realizada. Asimismo, podrá solicitar cualquier otro documento que dé cuenta del otorgamiento efectivode la prestación. 1.n)Estas prestaciones incluyen la consulta por profesional de la salud (matrona, enfermera o nutricionista) y 2 sesiones de consejería en técnicas de lactancia y alimentación saludable. Asimismo, en caso de sospecha de alergias alimentarias o alguna patología del niño(a), incluirá Consulta por médico pediatra y, en caso de confirmarse, consideraráapoyo de nutricionista en la alimentación de la madre.También deberá incluir una atención psicológica a la madre cuando se requiera. 1.o)Este PAD incluye de manera integraldos consultas profesionales por nutricionista, siendo una de ellas de seguimiento, dos sesiones de consejería en técnicas delactancia y alimentación saludable, una atención psicológica a la madre, cuando se requiera, e insumos de enfermería en general. Asimismo, en caso de sospecha de alergias alimentarias o alguna patología del niño(a), incluirá la consulta por médico pediatra.
Firma Afiliado Nombre Rut Fecha HUELLA DACTILAR AFILIADO Firma Representante ISAPRE Nombre Rut Fecha 2) DefinicionesVA = Veces Arancel, UF = Unidad de Fomento. Staff MédicosClínicas = Médicos de las Clínicas Red HospitalariaClínica Bupa Santiago, Clínica Santa María, Clínica Meds, Clínica U. de los Andes, Clínica UC San Carlos, Clínica Las Condes. EXS = Exámenes de Laboratorio; RX = Radiología; TAC = Tomografía axial computarizada (scanner); ECO = Ecotomografías; RNM = Resonancia Nuclear Magnética, PRO = Procedimientos, HMQ = Honorarios Médicos Quirúrgicos, DPA = Derecho de pabellón. Clínica Las Condes = Clínica Las Condes y Centros Médicos Clínica Las Condes Peñalolén y Chicureo. Clínica Santa María = Clínica Santa María y Centro Médico Clínica Santa María La Reina. 2.a) Pabellón ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas. 2.b) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximos usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección como por oferta preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, la bonificación corresponderá al mayor valor entre el 25% de la cobertura estipulada en el plan de salud y la cobertura financiera que asegura el Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las prestaciones contempladasen el Arancel, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado. 2.c) Las Garantías Explícitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamenteen prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. 2.d) Se entiende por quimioterápicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica. 2.e) Se entiende por Cirugía Bariátrica o de obesidad al by pass gástrico y/o manga gástrica. Se entiende por Cirugía Metabólica al by pass gástrico, sea efectuado en pacientes obesos o no. Lacobertura de la Cirugía Bariátrica, Metabólica, Cirugía Lasik y PET-CT, corresponde al evento hospitalario completo. 2.f) Se entiende por Drogas Biológicas los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamientode patologías no oncológicas. 2.g) Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. 2.h) La cobertura definida para la atención integral de enfermería, sólo aplica para: Atenciones integrales de enfermería encentro adulto mayor (3 sesiones de 45')(solo para mayores de 55 años); Atención integral de enfermería en domicilio (atención mínima de 45')(solo para mayores de 55 años); Atención integral de enfermería en domicilio a pacientes postrados, terminales post operados; Atención integral de enfermería en domicilio a pacientes ostomizados y Atención integral de enfermería en domicilio a pacientes que requieren instalación y/o retiro de catéter o sonda. 2.i) Todos los medicamentos, materiales e insumos clínicos, incluidos medicamentos para quimioterapia, se bonificarán únicamente en la medida que se encuentren registrados por el Instituto de Salud Pública (I.S.P.) y tengan fines curativos. Por lo anterior, se excluyen de cobertura los medicamentos que tengan fines de investigación y/o experimentación. 3)Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente Forma parte del Plan deSalud, el documento que se adjunta " Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente" 4)Valor de Conversión de la unidad de fomento a utilizar 4.a) Para las bonificaciones: Si los topes están expresados enunidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la respectiva bonificación. 4.b) Para el pago de la cotización: Si el precio está expresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en que se devenga la remuneración. 5)Reajuste del arancel de prestaciones El valor de cada una delas prestaciones de saludcontenidas en los aranceles expresados en pesos será reajustado el 1º de Marzo de cada año. Dicho reajuste no podrá ser inferior al 100% de la variación porcentual acumulada que haya experimentado el Índice de Precios al Consumidor (I.P.C.), entre el mesde febrero del año anterior y enero del año en curso.
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