Logo Isapre Nueva Masvida

DRPM4401L5

DAVILA PREMIUM MAS 4400R

Sin puntaje, no analizado

Desde

$98.505/mes

PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO CON PRESTADOR PREFERENTE
% TOPE UNIDAD
5,19 U.F.
7,79 U.F.
2,08 U.F.
5,19 U.F.
13,50 U.F.
7,79 U.F.
2,06 V.A.
2,06 V.A.
1,98 V.A.
2,06 V.A.
2,06 V.A.
2,55 V.A.
8,80 V.A.
2,06 V.A. 2,85
2,06 V.A.
2,06 V.A.
3,03 V.A.
8,68 U.F. 10,26
11,03 U.F. 13,04
TIPO
ATENCIÓN
80% hasta sus respectivos topes anuales en Clínica Dávila
90% hasta sus respectivos topes anuales en Hospital Clínico U.
de Chile y Hospital del Profesor
HONORARIOS MÉDICO-QUIRURGICOS
90%
CONTRATO DE SALUD
HOSPITALIZADA (A)
FUN Nº
Clase Mas
En .................................................., a ............................... de ............................................. de 201........ entre .........................................................................................................................................................., de nacionalidad ....................................., con estado civil
.............................................................., de profesión u ocupación ..............................................................., Cédula de Identidad número................................................................, con domicilio en ..................................................................................................................., en la
comuna de ..............................., de la ciudad de .........................., en adelante el o la "cotizante", por una parte, y OPTIMA S.A., sociedad anónima cerrada chilena del giro Institución de Salud Previsional (Isapre), Rol Único Tributario número 96.504.160-5, representada legal y
convencionalmente por su Gerente General LUIS ENRIQUE ATABALES MATUS, chileno, con estado civil casado con separación total de bienes, de profesión Administrador Público, Cédula de Identidad número 8.775.447-2, ambos con domicilio en Miraflores Nº 383, piso 15,
en la comuna de Santiago de la ciudad de Santiago, en adelante la "Isapre", convienen el siguiente plan de salud complementario.
NOMBRE: DAVILA PREMIUM MAS
4400R
CODIGO: DRPM4401L5PLAN CON COBERTURA RESTRINGIDA EN PRESTACIONES PSIQUIÁTRICAS, PSICOLOGÍA CLÍNICA, GINECOLOGÍA, OBSTETRICIA, PARTO,
CESÁREA, PEDIATRIA, NEONATOLOGÍA, CIRUGÍA BARIÁTRICA, CIRUGÍA FOTORREFRACTIVA (LASIK) Y TRATAMIENTOS DE INFERTILIDAD.
Clinica Dávila -
Hospital Clínico U. de
Chile - Hospital del
Profesor
KINESIOLOGÍA, MED. FISICA Y REHABILITACIÓN
MEDICINA NUCLEAR Y RADIOTERAPIA
DÍA CAMA CIRUGIA-MEDICINA-GINECO-MATERNIDAD
DÍA CAMA SALA CUNA
MEDICAMENTOS (B)
PROCEDIMIENTOS DIAGNÓSTICO Y TERAPEUTICOS
DERECHO PABELLÓN
MATERIALES CLÍNICOS (B)
80% sin tope en Clínica Dávila
(Habitación Doble)
90% sin tope en Hospital Clínico
U. de Chile y Hospital del Profesor
(Habitación Individual)
Sin tope
PRESTADORES
DERIVADOS (H)
(Sólo en atención
institucional o con
Médicos Staff en
convenio)
TOPE DE UF ANUALES POR
GRUPO DE PRESTACIONES
(I)
COBERTURA PREFERENTE (G)
ENDOCRINOLOGÍA
BONIFICACIÓN
LIBRE ELECCIÓN
DÍA CAMA AISLAMIENTO
DÍA CAMA INCUBADORA
DÍA CAMA UNIDAD DE CUIDADO INTENSIVO
DÍA CAMA DE TRATAMIENTO INTERMEDIO
EXÁMENES LABORATORIO
ANATOMÍA PATOLÓGICA
% BONIFICACIÓN O COPAGO MÁXIMO / TOPE BONIFICACIÓN
ITEM DE PRESTACIÓN
(Sólo atención institucional con Médicos Staff y en convenio)
TRANSFUSIÓN Y BANCO DE SANGRE
IMAGENOLOGÍA
VISITAS Y AT. MÉDICA HOSPITALIZADO (K)
Sin tope
Línea Grupal
DAVILA PREMIUM
1,58 V.A. 15,76
1,73 V.A. Sin tope
0,68 U.F.
0,68 U.F.
0,68 U.F.
1,89 V.A.
1,89 V.A. 4,53
1,89 V.A.
1,89 V.A.
1,89 V.A.
1,89 V.A.
1,89 V.A.
2,58 V.A.
2,62 U.F.
8,88 V.A.
3,05 V.A.
1,89 V.A.
1,89 V.A.
2,58 V.A. 2,58
1,62 U.F. 1,62
1,58 V.A. 15,76
1,74 V.A.
2,01 V.A.
2,01 V.A.
Megasalud
Área Metropolitana
PRESTACIONES
RESTRINGIDAS (C)
NOMBRE UNIDAD
PRÓTESIS Y ORTESIS (F)
PSIQUIÁTRICAS, PSICOLOGÍA CLÍNICA, GINECOLOGÍA, OBSTETRICIA,
PARTO, CESÁREA, PEDIATRIA, NEONATOLOGÍA, CIRUGÍA BARIÁTRICA,
CIRUGÍA FOTORREFRACTIVA (LASIK) Y TRATAMIENTOS DE
INFERTILIDAD
Sin tope
25% de la Cobertura Genérica
AMBULATORIA
U.F PARA CALCULO DE TOPES
Sin tope
TOPE GENERAL ANUAL
POR BENEFICIARIO (J)
40% sin tope en Plusmédica
ARANCEL
ATENCIÓN INTEGRAL DE NUTRICIONISTA (O)
FONOAUDIOLOGÍA
CRISTALES ÓPTICOS Y LENTES DE CONTACTO ÓPTICOS (E)
PRÓTESIS Y ORTESIS (F)
25% de la Cobertura Genérica
CONSULTAS MÉDICAS ESPECIALIDAD (R)
80% sin tope en Clínica Dávila, Megasalud e
Integramédica Área Metropolitana
90% sin tope en Hospital Clinico U. de Chile, Plusmédica y
Medicenter
90% sin tope en Hospital Clínico U. de Chile y Plusmédica
MEDICINA NUCLEAR Y RADIOTERAPIA
RADIOLOGÍA SIMPLE Y TOMOGRAFIA AXIAL COMPUTARIZADA
EXÁMENES LABORATORIO
ATENCIONES INTEGRALES DE ENFERMERÍA (N)
RESONANCIA MAGNÉTICA
TRANSFUSIÓN Y BANCO DE SANGRE
DERECHO DE PABELLÓN
TRASLADOS (D)
Copago fijo de $1.500 en Clínica Dávila, Hospital Clínico U.
de Chile y Plusmédica (L)
80% sin tope en Megasalud e Integramédica Área
Metropolitana
Copago fijo de $3.000 en Clínica Dávila
Copago fijo de $2.500 en Hospital Clinico U. de Chile y
Plusmédica (L)
80% sin tope en Integramédica Área Metropolitana
70% sin tope en Megasalud Área Metropolitana
ENDOCRINOLOGÍA
ANATOMÍA PATOLÓGICA
RADIOLOGÍA COMPLEJA Y ULTRASONOGRAFIA
PRECIO BASE
80% sin tope en Clínica Dávila y Megasalud Área
Metropolitana
90% sin tope en Hospital Clínico U. de Chile, Plusmédica y
Medicenter
80% sin tope en Clínica Dávila y Megasalud Maipú
90% sin tope en Hospital Clínico U. de Chile
Hospital Clínico U. de
Chile - Hospital del
Profesor -
Plusmédica
Copago fijo de $11.000 en Clínica Dávila
Copago fijo de $8.500 en Hospital Clínico U. de Chile (L) (M)
TRASLADOS (D)
KINESIOLOGÍA, MED. FISICA Y REHABILITACION
VALOR EN PESOS($) DEL ÚLTIMO
Sin tope
70%
CONSULTAS MÉDICAS BÁSICAS (Q)
CONSULTAS URGENCIA (M)
DIA CAMA OBSERVACIÓN
PRESTACIONES DENTALES (PAD) (T)
PROCEDIMIENTOS DIAGNÓSTICO Y TERAPEUTICOS
HONORARIOS MÉDICO-QUIRURGICOS
NOMBRE UNIDAD
LINEA PLANES DAVILA PREMIUM
POR BENEFICIARIO (J)
PLAN CON BENEFICIOS ADICIONALES Y RENUNCIA DE LOS EXCEDENTES DE COTIZACIÓN (ver Nota U)
www.optima.cl
OPTIMA PESOS 2,16 U.F. 2.500 U.F. DÍA DEL MES ANTERIOR
VALOR EN PESOS($) DEL ÚLTIMO
Grupos de Edad
Masculino Femenino Masculino Femenino PRESTACIÓN Nº DÍAS
0 a menos de 2 años 1,80 1,80 1,80 1,80 Consultas Médicas 10
2 a menos de 5 años 0,80 0,80 0,80 0,77 Exámenes de Laboratorio 7
5 a menos de 10 años 0,70 0,70 0,60 0,55 Imagenología 7
10 a menos de 15 años 0,65 0,70 0,55 0,55 Procedimientos Diagnósticos y Terapéuticos 20
15 a menos de 20 años 0,60 1,29 0,50 0,74 Intervenciones Quirúrgicas 30
20 a menos de 25 años 0,70 2,16 0,50 1,39
25 a menos de 30 años 0,80 2,59 0,80 1,59
30 a menos de 35 años 1,00 3,29 0,99 1,84
35 a menos de 40 años 1,00 3,29 1,00 1,84
40 a menos de 45 años 1,20 2,79 1,20 1,84
45 a menos de 50 años 1,45 2,79 1,44 1,84
50 a menos de 55 años 1,89 2,99 1,79 2,09
55 a menos de 60 años 2,49 3,33 2,39 2,19
60 a menos de 65 años 3,19 3,69 3,09 2,99
65 a menos de 70 años 4,29 3,99 4,29 3,99
70 a menos de 75 años 4,49 3,99 4,49 3,99
75 a menos de 80 años 5,49 4,49 5,49 4,49
80 y más años 5,49 4,89 5,49 4,49
CONDICIONES DE INGRESO AL PLAN DE SALUD
1.- Que el cotizante y/o sus cargas no superen los 55 años 11 meses de edad a la fecha de ingreso.
2.- Ser trabajador dependiente de una empresa perteneciente al sector Industria, Servicio o Construcción.
3.-
CONDICIONES PARA LA PERMANENCIA DEL AFILIADO EN EL PLAN DE SALUD
1.-
2.-
CONDICIONES PARA LA PERMANENCIA DEL PLAN DE SALUD
1.- El porcentaje de siniestralidad no supere o alcance el 75% en un mes determinado.
*
FIRMA REPRESENTANTE ISAPRE FIRMA DEL AFILIADO HUELLA DACTILAR AFILIADO
NOMBRE: NOMBRE:
RUT: RUT:
FECHA: FECHA:
Firmar la Renuncia de Excedentes de Cotización vigente.
TABLA DE FACTORES RELATIVOS Nº 62 TIEMPOS MÁXIMOS DE ESPERA EN DÍAS CORRIDOS EN LOS
PRESTADORES IDENTIFICADOS EN LA COBERTURA PREFERENTE
COTIZANTE CARGA
Los tiempos máximos indicados, se cuentan a partir de la fecha en que el
beneficiario suscriba el documento de Solicitud de Contabilización del tiempo
de espera en nuestras sucursales. En el caso de que un prestador
preferente no pueda otorgar la prestación solicitada dentro de los tiempos
máximos de espera indicados, el paciente será derivado por la Isapre a uno
de los "prestadores derivados" definidos en el plan de acuerdo al
procedimiento establecido por la Isapre.
Mantener la calidad de trabajador dependiente de una empresa perteneciente al sector Industria, Servicio o Construcción.
Si cesan todas o algunas de las condiciones de vigencia del plan grupal, y no se llega a un acuerdo con los cotizantes o sus representantes o mandatarios comunes sobre las modificaciones
contractuales del mismo, la isapre podrá poner término al plan grupal y deberá ofrecerles un nuevo plan individual de salud. Para estos efectos, la institución comunicará directamente a cada uno
de los afectados y por escrito, el término del plan grupal y las alternativas de planes individuales de que dispone para él.
Mantener la Renuncia de Excedentes de Cotización vigente.
NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD
A.-
B.-
C.-
D.-
E.-
F.-
G.-
En caso de utilizar el paciente una habitación de mayor valor a la definida en su plan de salud para la cobertura preferencial, los días cama se bonificarán con el porcentaje de la cobertura
preferencial pero con un tope por cada día que corresponderá al valor mayor entre el tope de libre elección de su plan y el valor de la habitación definida en su cobertura preferente.Sólo se
bonificarán con cobertura preferencial aquellas cirugias programadas en horario hábil.
Se entiende por evento Hospitalario a aquel que engloba los gastos en que incurre un beneficiario única y exclusivamente mientras permanece internado en un centro asistencial (Público o
Privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta cuando es dado de alta por un
profesional médico, momento en el cual se entenderá que cesa y se extingue dicha cobertura hospitalaria, la fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento.
Se procederá a la bonificación de los Medicamentos, Materiales Clínico e Insumos sólo en atenciones hospitalarias, considerando la definición efectuada en la letra A anterior. Se excluye la
bonificación de Medicamentos, Materiales clínicos e Insumos en box de urgencia o ambulatorio y en todas las prestaciones restringidas, indicadas en letra C de estas notas. El tope indicado se
aplica por evento/beneficiario en una misma hospitalización. Los Medicamentos, Materiales e Insumos utilizados en hospitalización psiquiátrica no tendrán bonificación de ningún tipo.
Son Prestaciones Restringidas las indicadas en el plan de salud, las que tendrán una cobertura que resulte del mayor valor entre el 25% de la prestación genérica y la cobertura mínima legal que
corresponda.
Cabe señalar, que la hospitalización Psiquiátrica, incluye las visitas y atención médica psiquiátrica, día cama y tratamiento Psiquiátrico y Psicológico, los que tendrán una cobertura que resulte del
mayor valor entre el 25% de la cobertura de la prestación genérica o la cobertura mínima legal que corresponda. Se exceptúan los medicamentos y materiales clínicos utilizados en la
hospitalización psiquiátrica que no tendrán bonificación de ningún tipo.
Las prestaciones de Parto, Cesarea, Neonatologia,Tratamientos de Infertilidad, Obstetricia, Ginecología y Pediatria, tendrán una cobertura que resulte del mayor valor entre el 25% de la cobertura
de la prestación genérica o la cobertura mínima legal que corresponda.
Se entiende por:
Prestaciones de Neonatología: hasta los 28 días de vida del beneficiario.
Prestaciones de Pediatría: para beneficiarios entre los 29 días de vida hasta los 15 años.
Prestaciones de obstetricia comprende: embarazo, embarazo ectópico, parto, cesárea, aborto espontáneo, aborto terapéutico y/o cualquier prestación o atención requerida a consecuencia de una
complicación de éstas.
A este plan no se le aplica la proporcionalidad de cobertura que establece la Ley para embarazo, parto o cesárea. Las condiciones para cambiarse de este plan con cobertura reducida de
embarazo, parto o cesárea a un plan que contemple mayor cobertura para dichas atenciones se rigen por la Circular Nº 60 de la Superintendencia de Salud, la cual indica que el (la) cotizante
deberá suscribir una declaración de embarazo en la que señale que ella o cualquiera beneficiaria del plan, según sea el caso, están o no cursando un embarazo. La no declaración de un
embarazo en curso, faculta a la Isapre para dejar sin efecto el cambio de plan.
Durante la vigencia del presente plan, la Isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite, a condición que en la declaración de embarazo que éste (a) deberá suscribir con
este sólo objeto, se consigne que la cotizante o beneficiaria, según sea el caso, no se encuentra embarazada.
El (la) cotizante tendrá derecho a optar, al menos, entre los siguientes planes de salud:
- Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquél que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual, podrán efectuarse los ajustes que
correspondan en relación a los restantes beneficios del nuevo plan.
- Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual, podrán realizarse los ajustes pertinentes en relación al
precio del nuevo plan.
Esta bonificación incluye solamente al paciente y deberá ser solicitado por el médico tratante, salvo casos de urgencia. Su pago deberá ser siempre autorizado por Contraloría Médica de la Isapre.
Corresponderá la bonificación de los cristales ópticos y lentes de contacto, sólo con la presentación de la receta médica respectiva. Sólo para los mayores de 40 años, los cristales ópticos para
presbicie no requerirán receta médica. No se bonifican marcos en ninguno de los casos.
En el caso de los Audífonos, sólo se contempla cobertura a los mayores de 55 años.
La cobertura preferencial considera todas aquellas prestaciones que los prestadores preferentes individualizados en el plan de salud tengan disponible en su oferta médica directa, excluyéndose
expresamente las prestaciones otorgadas fuera de las instalaciones asistenciales del prestador preferente. Se exceptúan de la cobertura preferencial, tratamientos de drogas biológicas,
transplantes y cirugias plásticas con fines reparadores, además de todas las prestaciones restringuidas señaladas en la letra C de estas notas. Los Honorarios Médicos de la oferta preferente, se
ofrecen sólo con médicos en convenio con la Isapre, los honorarios médicos de otros profesionales que atiendan en los prestadores preferentes se bonificarán de acuerdo a los topes indicados en
la libre elección del plan de salud. Serán médicos en convenio aquellos que perteneciendo al Staff del prestador preferente individualizado en el plan, acuerden con la Isapre, atender bajo las
condiciones definidas en el convenio preferente, suscrito entre la Isapre y el prestador. La información sobre estos profesionales en convenio con la Isapre, está disponible en las sucursales de la
Isapre. La cobertura preferencial se otorgará sólo a través de Órdenes de Atención con los prestadores especificados. Se excluye reembolso.
H.-
I.-
J.-
K.-
L.-
M.-
N.-
O.-
P.-
Q.-
R.-
S.-
T.-
U.-
NORMAS DE BONIFICACIÓN
e) Laboratorio Costo Cero, en Plusmédica, precio referencia 0,05 UF
La cobertura del plan se determina sobre el valor factura o boleta, aplicando el porcentaje o el tope de bonificación, cuando corresponda. Los topes de bonificación se expresan en UF o en
veces arancel. Los topes en UF indicados en las columnas Topes de Bonificación y Montos Máximos Usuario/Año, se calcularán de acuerdo al valor que tenga la UF el último día del mes
anterior a la fecha de la prestación.
Todas aquellas prestaciones que en su plan de salud indiquen un tope en VA, se refieren a la cantidad de veces que se multiplicará el arancel de Optima contemplado para esa prestación. Este
arancel se reajustará en forma anual.
Este Plan de Salud se firma en dos ejemplares, quedando uno en poder del afiliado.
d) Dental Plus 40%, en Plusmédica, Precio de referencia 0,12 UF
Atenciones integrales de Enfermería: Se bonificará la atención que reciba el afiliado y sus beneficiarios, sólo cuando sean mayores de 55 años, salvo que presente alguna de las siguientes
condiciones de salud: Pacientes postrados, enfermos en condición terminal, pacientes oncológicos, portadores de secuelas severas y pacientes post operados.en cuyo caso regirá la condición
de edad indicada.
La atención integral de nutricionista, será indicada por médico tratante mediante prescripción médica, tratándose de segunda o tercera atención integral de nutricionistas, no requiere de orden
médica dentro del año. Las atenciones están destinadas a pacientes sin restricción por edad, siempre que tengan riesgo cardiovascular modificable con dieta y que presenten obesidad o
sobrepeso, según criterios de Índice de Masa Corporal (I.M.C.). Por el carácter integral de la atención de nutricionista, se entiende que la prestación incluye en su valor una evaluación al inicio,
un control y una evaluación al término.
El grupo 22 "ANESTESIA" se bonificará de acuerdo a los topes de libre elección de los procedimientos diagnóstico. Por su parte el grupo 25 "PAGO ASOCIADO A DIAGNOSTICO (PAD)", se
bonificará según porcentajes y topes de libre elección de cada prestación incluida en el PAD. Por último, el grupo 28 "PAGO ASOCIADO EMERGENCIA" se bonificará según porcentajes y
topes de libre elección de cada prestación incluida en él.
Las Consultas médicas Básicas, comprenden sólo Medicina General.
Las Consultas médicas Especialidad, comprenden todas las consultas no consideradas en la letra Q de estas notas. Excepto urgencias y Consulta Psiquiatría.
El plan considera una bonificación para Arsenalera del 10% del primer cirujano.
Los PAD dentales son un conjunto de prestaciones estandarizadas, que permiten resolver en forma integral un diagnóstico o patología determinada, considerando tanto la resolución de la
patología de ese paquete, como, además, las complicaciones derivadas de ella y el tratamiento de las lesiones iatrogénicas que se produzcan. Pueden acceder a los tratamientos
contemplados en los PAD de prestaciones dentales los beneficiarios que tengan entre 12 años y 17 años, 11 meses 29 días.
El Plan de Salud con Renuncia de Excedentes incluye los siguientes BENEFICIOS ADICIONALES SIN COSTO, según detalle en Anexo:
a) Optimafarma, descuento en Farmacias Cruz Verde, precio de referencia 0,055 UF por beneficiario
b) Paquetes Quirúrgicos en Plusmédica, precio de referencia 0,10 a 0,12 UF por beneficiario según Plan
c) Seguro de Cesantía, 4 meses, precio de referencia 0,10 UF
"Consulta Urgencia": Es aquella consulta médica otorgada en el servicio de urgencia del Prestador Preferente individualizado en el plan efectuada por el médico residente de turno. No
contempla las interconsultas de especialistas o médicos de llamado que eventualmente se requieran. El copago fijado en pesos, se reajustará anualmente el 1º de marzo de cada año, en el
100% de la variación experimentada por el I.P.C (Índice de Precios al Consumidor) entre el 1º de enero y el 31 de diciembre del año anterior.
Insuficiencias en prestadores preferentes: Si el prestador preferente se encuentra imposibilitado temporalmente de realizar alguna de las prestaciones que forman parte de la oferta preferente
definida en letra "G" anterior y ha transcurrido el tiempo de espera previsto en el plan para el otorgamiento de la misma, el beneficiario o familiar deberá solicitar a la Isapre la derivación a algún
prestador de entre los indicados en la columna "Prestadores Derivados". La solicitud de derivación podrá ralizarse en cualquier sucursal de la Isapre. La cobertura y tope de bonificación que se
otorgará en el prestador derivado definido por la Isapre, será la expresada en la oferta preferente para la prestación de que se trate.
"Tope de UF anuales por grupo de prestaciones": Corresponde a la bonificación máxima que la isapre otorgará por cada grupo de prestaciones definidas, por beneficiario en un año de vigencia
de beneficios, incluyendo bonificaciones de libre elección y preferenciales. Una vez alcanzado este tope a las prestaciones adicionales les corresponderá la bonificación mínima legal.
"Tope general anual por beneficiario": Corresponde a la bonificación máxima que la isapre otorgará por cada beneficiario en un año de vigencia de beneficios, incluyendo bonificaciones de libre
elección y preferenciales.Una vez alcanzado este tope a las prestaciones adicionales les corresponderá la bonificación mínima legal.
Se exceptúa visita médico interconsultor respecto del cual sólo se bonificará de acuerdo a la libre elección.
Reajuste de copagos fijos: Los copagos fijados en pesos, tanto ambulatorio como de urgencia, definidos en la cobertura preferente del plan, sólo serán otorgados en aquellos prestadores
definidos en el plan de salud y se reajustarán anualmente el 1º de marzo de cada año en el 100% de la variación experimentada por el I.P.C (Índice de Precios al Consumidor) entre el 1º de
enero y el 31 de diciembre del año anterior.
CONDICIONES Y CARACTERÍSTICAS DE LA OFERTA PREFERENTE
Término o Modificación de los convenios con prestadores: El término de convenio entre la Isapre y algunos de los prestadores preferentes o cualquier modificación que éstos le
introduzcan no afectará la oferta preferente con dicho prestador, hasta la anualidad que corresponda al cotizante.
Término de la existencia legal del prestador, pérdida total de su infraestructura o paralización permanente de sus actividades: Si durante la vigencia de este plan terminase la
existencia legal de algunos de los prestadores preferentes o, este experimentare una pérdida total o parcial y permanente de su infraestructura, o una paralización permanente de sus
actividades o una sustitución de especialidad médica, la Isapre comunicará por escrito dicho evento a cada uno de los cotizantes, junto con las alternativas de planes disponible para ellos, o el
o los nuevos prestadores preferentes, si procediere.
Modificación de Contrato: En caso de que el afiliado modifique su domicilio acreditando de que dicho cambio dificulta significativamente el acceso de los beneficiarios al prestador
individualizado en el plan, o si se produce una falta de otorgamiento de la atención de salud al cotizante o beneficiario que se ha ceñido a los procedimientos de acceso y derivación definidos,
la Isapre deberá ofrecer un nuevo plan si este es requerido por el afiliado fundamentándose en algunas de estas circunstacias. Dicha oferta deberá contemplar, como mínimo, un plan de salud
que tenga el precio que más se ajuste al monto de la cotización legal que corresponda a la remuneración del afiliado al momento de modificarse el contrato.
Segunda Opinión Médica: Esta se podrá obtener con otro profesional del mismo prestador preferente, un profesional de otro prestador preferente estipulado en el plan de salud y, si no
hubiera un prestador preferente distinto, con un profesional del o los prestadores derivados.
Opiniones Médicas Divergentes: Frente a divergencias entre las opiniones médicas que se produzcan como consecuencia del ejercicio del derecho a solicitar una segunda opinión médica, le
asiste al cotizante y/o a los beneficiarios del plan de salud el derecho de requerir del Director Médico o Jefe del Servicio del prestador individualizado en la oferta preferente del plan de Salud,
en un plazo máximo de 30 días, un pronunciamiento escrito donde consten los fundamentos de la decisión adoptada y la identificación y firma de quién lo emita.
Cartilla de prestaciones valorizadas A Mayo 2015
% BONIF. TOPE EN $ % BONIF. TOPE EN $ COPAGO $ N° COBERTURA
Derecho de Pabellón Nº 6 25% $ 59.246
Honorarios Médicos 25% $ 123.003
Honorarios Matrona 25% $ 56.570
Atención inmediata recién nacido 25% $ 8.098
Visita Neonatologo 25% $ 4.975
PARTO POR CESÁREA
Derecho de Pabellón Nº 7 25% $ 83.556
Honorarios Médicos 25% $ 164.718
Honorarios Matrona 25% $ 56.570
Atención inmediata recién nacido 25% $ 8.098
Visita Neonatologo 25% $ 4.975
APENDICECTOMIA
Derecho de Pabellón Nº 7 90% $ 334.224 90% Sin tope 1H
Honorarios Médicos 90% $ 475.286 90% Sin tope 1H
COLECISTECTOMIA POR VIDEOLAPAROSCOPIA
Derecho de Pabellón Nº 10 90% $ 779.944 90% Sin tope 1H
Honorarios Médicos 90% $ 868.125 90% Sin tope 1H
HISTERECTOMIA TOTAL
Derecho de Pabellón Nº 8 25% $ 118.404
Honorarios Médicos 25% $ 288.115
AMIGDALECTOMIA
Derecho de Pabellón Nº 5 90% $ 167.024 90% Sin tope 1H
Honorarios Médicos 90% $ 358.631 90% Sin tope 1H
CIRUGIA CARDIACA DE COMPLEJIDAD MAYOR
Derecho de Pabellón Nº 14 90% $ 1.532.432 90% Sin tope 1H
Honorarios Médicos 90% $ 2.226.293 90% Sin tope 1H
EXTIRPACIÓN DE TUMOR Y/O QUISTE ENCEFÁLICO Y DE HIPOFISIS
Derecho de Pabellón Nº 12 90% $ 1.172.600 90% Sin tope 1H
Honorarios Médicos 90% $ 1.682.741 90% Sin tope 1H
DÍAS CAMA
Medicina 90% $ 128.477 90% Sin tope 1H
Sala Cuna 25% $ 12.872
U.T.I. Adulto 90% $ 334.189 90% Sin tope 1H
U.T.I. Pediatría 25% $ 83.547
U.T.I. Neonatal 25% $ 83.547
MEDICAMENTOS Y MATERIALES CLÍNICOS: Para los siguientes eventos ( B )
Apendicectomía 90% $ 487.917 90% $ 576.786 1H
Hospitalización por Neumonía 90% $ 487.917 90% $ 576.786 1H
CONSULTAS
PARTO NORMAL
DRPM4401L5
LIBRE ELECCIÓN CONVENIOS PREFERENCIALES ( E )
DAVILA PREMIUM MAS 4400R
PRESTACIONES
H o s p i t a l a r i a s
CONSULTAS
Consulta Médica Básica 70% $ 16.833 $ 1.500 1A
70% $ 16.833 $ 2.500 2A
70% $ 16.833 $ 8.500 3A
Consulta Psiquiatrica (D) 25% $ 5.214
EXÁMENES Y PROCEDIMIENTOS
Hemograma 70% $ 4.196 90% Sin tope 5A
Estudio de Lípidos Sanguíneos 70% $ 8.770 90% Sin tope 5A
Perfil Bioquímico 70% $ 11.831 90% Sin tope 5A
Urocultivo 70% $ 5.103 90% Sin tope 5A
Orina Completa 70% $ 2.608 90% Sin tope 5A
Densitometría Ósea 70% $ 49.367
Citodiagnóstico Corriente 25% $ 2.268
Estudio Histopatológico Corriente 70% $ 18.465 90% Sin tope 5A
Exploración Vitrorretinal 70% $ 12.642 90% Sin tope 5A
Electrocardiograma de Reposo 70% $ 13.287 90% Sin tope 5A
Ecocardiograma Doppler 70% $ 120.641 90% Sin tope 5A
Gastroduenoscopía 70% $ 134.575 90% Sin tope 5A
Hemodiálisis con Insumos Incluidos 70% $ 106.760 90% Sin tope 5A
Rodillera, Bota Largo o Corta de Yeso 70% $ 32.482 90% Sin tope 5A
IMAGENOLOGIA
Radiografía de Tórax 70% $ 26.290 90% Sin tope 5A
Mamografía Bilateral 25% $ 7.621
Radiografía de Brazo, Codo, Muñeca o Similares 70% $ 12.814 90% Sin tope 5A
Tomografía Axial Computarizada de Cerebro 70% $ 90.285 90% Sin tope 5A
Ecotomografía Abdominal 70% $ 35.834 90% Sin tope 5A
Ecotomografia Ginecológica 25% $ 4.749
MEDICINA FÍSICA
Ejercicios Respiratorios (A) 70% $ 3.875 90% Sin tope 2A
Reeducación Motriz (A) 70% $ 2.249 90% Sin tope 2A
( A )
* Kinesiología y Fisioterapia 4,53 UF
( B )
El plan contempla TOPES SEPARADOS para medicamentos y materiales clínicos, señalando esta selección de prestaciones
EL TOPE DE MEDICAMENTOS POR EVENTO ES DE: 8,68 UF
EL TOPE DE MATERIALES CLINICOS POR EVENTO ES DE : 11,03 UF
Adicionalmente estas prestaciones consideran los siguientes topes anuales por beneficiario:
MEDICAMENTOS: 10,26 UF
MATERIALES CLINICOS: 13,04 UF
( C )
Los valores contemplados en esta cartilla corresponden al valor que la Isapre bonificaría al 1° de por lo que podrán experimentar variaciones
de acuerdo al mecanismo de reajustabilidad contemplado en su contrato.
( D )
( E ) Individualización del Prestador en las Tablas contenidas al dorso
A m b u l a t o r i a s
Reajustabilidad
Tope de Medicamentos y Materiales Clínicos
POR EVENTO, esto significa que el monto en UF. señalado en el plan de salud se entregará por cada hospitalización a la que sea sometido un beneficiario de este plan.
Consultas médicas especialidad
Consultas de Urgencia
Prestaciones con Tope Anual
Cobertura Restringida
Los topes anuales se consideran para el periodo de 1 año de vigencia de los beneficios contractuales. Una vez consumidos éstos, la Isapre está obligada a bonificar con una cobertura no inferior al 25% de aquella definida en el
plan, ni la cobertura mínima establecida por FONASA en su arancel de libre elección.
Mayo 2015
Todas aquellas prestaciones que en su plan de salud, indiquen un tope en UF., serán valorizadas al momento de requerirlas, de acuerdo al valor en pesos ($) de la UF. del último día del mes anterior a aquel en que se requiera la
prestación.
Para efecto de reajustar el valor de las prestaciones del Arancel en pesos ($), la Isapre efectuará un reajuste equivalente al aplicado por el Fondo Nacional de Salud (FONASA) y será aplicable 30 días después de que el Arancel del
FONASA sea publicado en el Diario Oficial.
( E )
Red Hospitalaria Red Ambulatoria
1A.- Clínica Dávila, Hospital Clínico U. de Chile y Plusmédica
2A.- Plusmédica y Hospital Clínico U. de Chile
3A.- Hospital Clínico U. de Chile
4A.- Clínica Dávila, Hospital Clinico U. de Chile, Plusmédica y Medicenter
5A.- Plusmédica, Hospital Clínico U. de Chile y Medicenter
FIRMA REPRESENTANTE ISAPRE FIRMA DEL AFILIADO HUELLA DACTILAR AFILIADO
NOMBRE: NOMBRE:
RUT: RUT:
FECHA: FECHA:
1H.- Hospital Clínico U. de Chile y Hospital del Profesor
2H.- Clínica Dávila, Hospital Clínico U. de Chile y Hospital del Profesor
Individualización del Prestador en las Tablas contenidas al dorso
Acreditado Condicional No acreditado No evaluado
Hospital del Profesor 2002 X
Clínica Dávila 2002 X
Hospital Clínico U. de Chile 2007 X
*
*
*
*
Química Clínica Hematología Bacteriología Virología
Plusmédica X X X X
Hospital Clínico U. de Chile X X X X
en Clínicas y Hospitales Individualizados en el Plan.
TABLAS DE RESULTADOS DE LAS ACREDITACIONES Y CERTIFICACIONES
DE LOS PRESTADORES INDIVIDUALIZADOS EN
PLANES CON PRESTADORES PREFERENTES
TABLA Nº 1
Resultado de la Acreditación del Programa de Control de Infecciones Intrahospitalarias (PCIIH) del Ministerio de Salud,
Áreas con certificado del Programa Externo de Evaluación de la Calidad (PEEC) del Instituto de Salud Pública,
Nombre del Prestador Año última
acreditación
Resultado en el PCIIH
Acreditado: El prestador cumple con todas las condiciones para asegurar la calidad en el control de infecciones y realiza actividades permanentes
para este fin. La certificación es entregada por un período de 3 años.
Condicional: El prestador cumple con condiciones para asegurar la calidad en el control de infecciones pero debe hacer algunos ajustes. Será
evaluado antes de un año.
No Acreditado: El prestador no cuenta con las condiciones mínimas para asegurar la calidad en el control de infecciones. Debe hacer correcciones.
Será evaluado antes de un año.
No Evaluado: El prestador está en espera de ser evaluado por el programa.
TABLA Nº 2
en los Laboratorios Clínicos Individualizados en el Plan
Nombre del Prestador Áreas con Certificación del PEEC
Hospital Clínico U. de Chile X X X X
Hospital del Profesor X X X X
Medicenter
E.L.S.A (Integramédica) X X X X
Clínica Dávila
Inmunología Microbacterias Parasotología Serología de Sífilis
Plusmédica X X X
Hospital Clínico U. de Chile X X X
Hospital el Profesor X X X X
Medicenter
E.L.S.A (Integramédica) X X X X
Clínica Dávila
* El prestador no entrega servicios en las áreas achuradas
* Las áreas en blanco son áreas otorgadas, pero con evaluación insatisfactoria o aún no evaluadas.
* Las cruces marcan las áreas certificadas.
Nombre del
Prestador
Con especialidad
certificada Sin especialidad
Plusmédica 90% 10%
Hospital Clínico U.
de Chile 97% 3%
Hospital del Profesor 97% 3%
Medicenter
Integramédica 93% 7%
Clínica Dávila 91% 9%
* Se considerarán médicos especialistas aquellos cuyos certificados hayan sido otorgados por CONACEM (Comisión Nacional de Certificación de
Especialidades Médicas) y/o por las facultades de medicina de universidades chilenas adcritas a ASOFAMECH (Asociación de Facultades de
Medicina de Chile) y/o por las facultades de medicina de universidades chilenas no adscritas a este organismo.
Médicos según certificación de Especialidad, del total que forma parte de los Prestadores Individualizados en el Plan
Nombre del Prestador Áreas con Certificación del PEEC
TABLA Nº 3