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PLINDI20

PLENO PREFERENTE PLINDI20

Puntuación del plan 3,2

Desde

$63.450/mes

PLPLENOENO PREPRE FFERER ENTENTEE
Plan de Salud Complementario con Prestadores PreferentesPlan de Salud Complementario con Prestadores Preferentes
CC llííninicc a Ia Indindissa dea de SSantantiiagagoo
PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE PARTO,PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE PARTO,
CESÁREA, ABORTO ESPONTÁNEO Y NEONATOLOGÍACESÁREA, ABORTO ESPONTÁNEO Y NEONATOLOGÍA
PlanPlan PLENO PREFEREPLENO PREFERENTNTEE
PPLINDI 2LINDI 200
ANANEXO DE CEXO DE C ONTRATOONTRATO
DEDE SALUD PRSALUD PREVEVISIISIONALONAL
COBERTURA INTERNACIONAL
BO N IFICAC ION DE ACU ERDO A LO S TO PES EXPRESADO S EN LAS CO LUM N AS (3) Y (4).
OTRAS COBERTURAS
TIEMPO S MAXIM OS DE ESPERA (En días corridos)
Exámenes e Intervenciones Q uirúrgicas 10 días
VAM : VECES ARANCEL MASVIDA
RENU NC IA A LO S EXCEDENTES DE CO TIZACION EN PLANES IND IVIDU ALE S COM PENSADO S:
De acuerdo a lo dispuesto en el inciso primero del articulo Nº 188 del DFL Nº 1 de 2005, modificado por la ley Nº 20.317, Isapre Masvida otorgará a cambio de la
renuncia de excedentes los siguientes beneficios adicio nales:
Se deja constancia que el aumento en los topes de bonificació n regirá siempre y cuand o el afiliado renunc ie expresamente a los excedentes de cotización.
% Bonificación sobre
Valor real de la
Prestación
To pes de B on ificación
expresados en
U nidades de Fomento
Consulta M édica 80% 0,50
Consulta O ftalmológica 80% 0,55
(•) Ver Notas Explicativas del Plan de Salud, para la aplicación de la Cobertura Preferente.
HOSPITALARIAS Y CIRUGÍA
MAYOR AMBULATORIA
D ía Cama 100% 5,00 U F
D ía Cama Cuidados Intensivos o Coronarios 100% 7,00 U F
Día Cama Cuidados Intermedios 100% 6,00 U F
Exámenes de Laboratorio 100% 2,60 V AM
Imagenología 100% 2,60 V AM
Kinesiología y Fisioterapia (b) 100% 2,60 V AM
Derecho de Pabellón 100% 6,00 V AM
Procedimientos (b) 100% 1,90 V AM
Honorarios Médicos Quirúrgicos (b) 100% 3,70 V AM
Visita por M édico Tratante (b) 100% 0,50 U F
Visita por M édico Interconsultor (b) 100% 0,50 U F
Medicamentos (Por evento durante la Hospitalización)(***) 100% 100% 55,00 U F de Tope 20,00 U F
M ateriales e Insumos Clínicos
(Por evento durante la Hospitalización) (***) 100% 100% 20,00 U F de Tope 5,00 U F
Traslados M édicos 100% 2,00 U F
Quimioterapia 100% 15,30 U F
Prótesis y O rtesis y Elementos de O steosíntesis 100% 10,80 U F
AMBULATORIAS
Consulta Médica (c) 80% 0,40 U F
Consulta O ftalmológica (c) 80% 0,44 U F
Exámenes de Laboratorio 80% 1,30 V AM
Imagenología (Excepto RN M ) 80% 1,50 VAM
Procedimientos 80% 1,70 V AM
Kinesiología 80% 1,80 VAM 3,13 U F
Fonoaudiología 80% 1,80 VAM 3,05 U F
Radioterapia (Incluye Insumos) 80% 15,30 U F
Quimioterapia 80% 15,30 U F
Prótesis y Ortesis 80% 8,00 U F
Lentes con Fuerza Dióptrica 80% 0,50 U F
Atención Integral de Enfermería 80% 0,70 U F 2,10 U F
Atención Integral de N utricionista (****) 80% 0,70 U F 2,10 U F
Prestaciones D entales (PAD ) (*****) 80% 1,00 V AM
Honorarios Médicos Quirúrgicos (b) 100% 3,70 V AM
Box A mbulatorio (por menos de 4 horas) 100% 1,50 U F
Pabellón Ambulatorio 100% 6,00 V AM
PRESTACIONES RESTRINGIDAS
D ía Cama Sala Cuna 100% 1,00 U F
D ía Cama Incubadora 100% 3,00 U F
Día Cama Psiquiatría 100% 1,00 U F 16,00 U F
Psicoterapia y Procedimientos
Psiquiátricos y/o P sicológicos H ospitalarios 100% 2,60 VAM 2,45 U F
Honorarios Matrona 100% 1,40 V AM
Consulta Psiquiátrica 80% 2,00 VAM 1,90 U F
Consulta Psicológica 80% 2,00 VAM 1,90 U F
Resonancia Nuc lear M agnética Ambulatoria 80% 1,50 V AM
Psicoterapia y Procedimientos
Psiquiátricos y/o Psicológicos A mbulatorios 80% 2,00 VAM 2,55 U F
Consulta Institucional de Urgencia (a) CO PAG O M ÁXIM O: 0,15 U F Consulta de urgencia Libre Elección se
en C lí ni ca IN D I SA de San ti ago . b on ific ará de ac uerd o a m odali dad L ib re Elec ci ón
AMPLIACIÓN DE
COBERTURA EN CLÍNICA
INDISA DE SANTIAGO
(1)
PRESTACIONES TOPE MAXIMO
DE BONIFICACION
U.F. por
Beneficiario/año
(2)
COBERTURA PREFERENTE (•)
%
Bonificación
sobre
valor real
(o valor factura)
TOPE DE
BONIFICACION
U.F.
o Veces Arancel
(3)
TOPE MAXIMO
DE BONIFICACION
U.F. por
Beneficiario/año
(4)
CO BERTURA LIBRE ELECCIO N
PRESTADOR DERIVADO: CLÍNICA LAS LILAS DE SANTIAGO, (Hospitalización en Habitación Doble).
100% SIN TO PE
en Clínica Indisa de Santiago
(Hospitalización en
H abitación Doble). (**)
b) Staff Clínica IND ISA
(Hospitalización
en habitación
Doble.(**)
75% Sin Tope en Staff de Centros Médicos
Clínica IND ISA e INTEGRAMÉD ICA (c)
75% Sin Tope en Staff de Centros Médicos
Clínica INDISA e IN TEGRAM ÉDICA (*)
100 % SIN TOPE,
Clínica. INDISA de Santiago
b) Staff Clínica INDISA
Plan PLENO PREFERENTE
PLINDI 20
5612
Plan con Cobertura Reducida de Parto, Cesárea, Aborto Espontaneo y Neonatología
SIN
TOPE
Sin
Cobertura
Preferente
Sin
Cobertura
Preferente
SIN
TOPE
Sin Cobertura Preferente
SIN
TOPE
SIN
TOPE
SIN
TOPE
SIN TO PE
SIN TO PE
SIN TO PE
SIN TO PE
CO BERTURA DENTAL EN EL PLAN CO MPLEMENTARIO :
La Isapre cubre aquellas prestacio nes dentales con tenidas en el arancel de prestaciones de Isapre Masvid a.
El resto de las prestaciones dentales ofrece descuentos entre un 30% y 60% del A rancel del C olegio d e O dontologos de C hile c on p restadores que mantengan
convenio vigente con la Isapre M asvida. El listado de prestadores y Arancel están disponibles en las oficinas de atención de público de la Isapre.
PRECIO TO TAL DEL PLAN CO M PLEM ENTA RIO:
(Según composición del grupo familiar)
PRECIO BASE Unidades de Fomento *
PRECIO TO TAL DEL PLAN CO MPLEMENTARIO : Suma de F actores x Tarifa Base.
* La co tización de salud d eberá ser cancelada considerando el valor de esta unidad reajustable al último día del mes en que se devenga la remuneración.
COBERTURA
25%
DE LA COBERTURA
DEL PLAN
COMPLEMENTARIO
DE SALUD
LAS PRESTACION ES OBSTRICAS (PARTO, CÉSAREA O ABO RTO) Y DE NEON ATO LOG ÍA TEND RÁN U NA CO BERTURA REDU CIDA TAL CO M O SE IND ICA
A CO NTINU ACIÓN.
- Para aquellos planes en que el cálculo de la bonificación de cobertura reducida resulte inferior a la que otorga el Fondo Nacional de
Salud en su modalidad libre elección, la Isapre otorgará dicha cobertura mínima. Para el cálculo de la Cobertura Reducida, no rige la
Cobertura Preferente expresada en la columna 1 del Plan complementario de salud.
- No será aplicable a este tipo de planes la cobertura proporcional a la que alude el Artículo 189, letra (g) del DFL Nº 1 de Salud de 2005.
CLAUSULA ESPECIAL PARA PLANES CON COBERTURA REDUCIDA DE PARTO, CESAREA O ABORTO
Durante la vigencia del presente Plan, ISAPRE MASVIDA S.A. estará obligada a aceptar el cambio que el(la) cotizante le solicite, a
condición que en la Declaración de Embarazo que éste(a) deberá suscribir con este solo objetivo, se consigne que la cotizante o
beneficiaria, según sea el caso, NO se encuentre embarazada.
El(la) cotizante tendrá derecho a optar, al menos entre los siguientes planes de salud:
a) Un Plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida,
caso en el cual podrán efectuarse los ajustes que correspondan en relación a los restantes beneficios del nuevo plan.
b) Un Plan de salud que mantenga los beneficios del Plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el
cual podrán realizarse los ajustes pertinentes en relación al precio del nuevo plan.
GRUPOS COTIZANTE CARGA
DE EDAD HOMBRE MUJER HOMBRE MUJER
0 a menos de 2 Años 1,90 1,90 1,80 1,80
2 a menos de 5 Años 0,90 0,90 0,80 0,80
5 a menos de 10 Años 0,70 0,70 0,60 0,60
10 a menos de 15 Años 0,70 0,70 0,60 0,60
15 a menos de 20 Años 0,70 1,20 0,60 0,70
20 a menos de 25 Años 0,80 2,00 0,70 1,40
25 a menos de 30 Años 0,85 2,60 0,80 1,60
30 a menos de 35 Años 1,00 2,80 1,00 1,85
35 a menos de 40 Años 1,05 2,80 1,00 1,85
40 a menos de 45 Años 1,25 2,80 1,20 1,85
45 a menos de 50 Años 1,40 2,80 1,40 1,85
50 a menos de 55 Años 1,90 3,00 1,80 2,00
55 a menos de 60 Años 2,40 3,30 2,20 2,20
60 a menos de 65 Años 3,20 3,30 3,00 3,00
65 a menos de 70 Años 4,00 4,00 4,00 4,00
70 a menos de 75 Años 4,00 4,00 4,00 4,00
75 a menos de 80 Años 4,00 4,00 4,00 4,00
80 y más Años 4,00 4,00 4,00 4,00
IDENTIFICACION UNICA DE LA TABLA DE FACTORES: 35
ANEXO DEL PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE CLINICA INDISA DE SANTIAGO
NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN COMPLEMENTARIO DE SALUD
1.- COBERTURAS
- (*) La Cobertura preferente de Exámenes de Laboratorios e Imagenologia Ambulatorios, excepto Resonancia Nuclear Magnética,
será otorgada única y exclusivamente en Centros Médicos de Clínica Indisa e Integramedica.
- (**) Cobertura Preferente: Será otorgada única y exclusivamente en Clínica INDISA de Santiago. La atención hospitalizada sin
tope, se aplicara en Pieza Doble de Clínica INDISA de Santiago. En caso de utilizar una Habitación de Mayor Valor se bonificará
según los Topes expresados en la Modalidad Libre Elección.
- (a) Consulta Institucional de Urgencia: Es aquella consulta médica otorgada en el servicio de urgencia de la institución respectiva,
en este caso Clínica INDISA de Santiago, efectuada por el médico residente de turno. No contempla las interconsultas de
especialistas o médicos de llamado que eventualmente se requieran.
- (b) Los Honorarios Médicos Quirúrgicos de la oferta preferente en Clínica Indisa de Santiago, serán sin tope, sólo con médicos
staff del establecimiento, en convenio con la Isapre y utilizando bonos. En caso contrario, se bonificará de acuerdo a los topes
indicados en la libre elección del plan de salud, para ese ítem.
- (c) La Cobertura Preferente de Consulta Médica Electiva y/o Especialidades será otorgada en Centros Médicos de Clínica Indisa
e Integramédica , sólo con médicos staff del establecimiento en convenio con la Isapre y utilizando bonos. En caso contrario,
se bonificará de acuerdo a los topes indicados en la libre elección del plan de salud, para ese ítem.
Médico Staff es el dico que tiene relación contractual vigente con el prestador de la O ferta Preferente y se acoge al Arancel
Médico pactado entre dicho prestador y la Isapre. Es obligación del afiliado cerciorarse de la calidad de staff del médico
tratante, para tener derecho a esta cobertura preferente.
IDENTIFICACION DEL ARANCEL: Arancel MVPC#3 UNIDAD: PESOS
TOPE GENERAL
POR BENEFICIARIO 3.000 U.F.
Año/Contrato
Firma Representante Isapre Firma y Huella Dactilar del Afiliado
Nombre: Nombre:
RUT: RUT:
Fecha:
PLINDI20_P3
El Listado de médicos de staff estará disponible en la página web de Isapre Masvida, Clínica INDISA e Integramédica
- Quimioterapia: El Tope de Bonificación para Quimioterapia Hospitalaria y Ambulatoria comprende la cobertura de: Honorarios
Médicos, administración y preparación de la droga y Drogas Antineoplásicas.
- Cobertura Internacional: La bonificación opera contra reembolso. Los documentos originales deben ser presentados dentro del plazo
de 90 días de la emisión. El tipo de cambio que se utilice será el del día de la emisión de las respectivas boletas.
- (***) Para la Bonificación de la Prestación Medicamentos, Materiales e Insumos Clínicos se considerará como “EVENTO” al período
contemplado desde el ingreso al recinto hospitalario hasta el alta. La cobertura de los Medicamentos y Materiales Clínicos se dará
solamente a aquellos administrados durante la Hospitalización en el Centro Asistencial.
- (****) Estas atenciones están destinadas a pacientes entre 15 y 35 años, con riesgo cardiovascular modificable con dieta, que presenten obesidad
o sobrepeso según criterios de Índice de Masa Corporal (I.M.C.) y con valores de glicemia > 110 mg/dl (Diabetes Mellitus Tipo II o Pre-Diabetes).
Por el carácter integral de la atención de nutricionista, se entiende que la prestación incluye en su valor una evaluación al inicio, cuatro controles
y una evaluación al rmino.
- (*****) Estas prestaciones estan destinadas a pacientes entre 12 y 17 años, que requieran algunas de las prestaciones dentales que están
incorporadas en el Arancel de Prestaciones. Sólo se otorgan en la red de prestadores habilitados por la isapre, la que está disponible en la página
web de Isapre Masvida.
2.- DEFINICIONES
- Prestaciones Hospitalarias y Cirugía Mayor Ambulatoria: Cuando exista un ingreso hospitalario, la utilización de un día cama en
un establecimiento asistencial por, a lo menos, cuatro horas o cuando se realice una prestación asociada a un guarismo de un pabellón
5 o superior, se entenderá que se trata de una prestación de este grupo y recibirá cobertura hospitalaria.
- Box Ambulatorio: La lsapre podrá bonificar bajo este concepto aquellos cobros que haga el prestador, por la utilización de cualquier
tipo de acomodación dentro del establecimiento asistencial -cama, sillón, camilla u otro- con fines de diagnóstico o tratamiento, que
se utilice por menos de 4 horas.
- Cirugía Ambulatoria: Corresponde a aquellas Intervenciones Quirúrgicas que tienen asociados pabellones de guarismo 4 o menos.
3.- CONDICIONES Y CARACTERÍSTICAS DE PLAN PREFERENTE CLINICA INDISA
(A)Derivación: Los Prestadores Derivados brindarán atenciones de salud, cuando se configure una INSUFICIENCIA del o los prestadores
individualizados en la Columna COBERTURA PREFERENTE, es decir, cuando por falta de profesionales o medios, aquellos se encuentran
imposibilitados temporalmente de realizar alguna de las prestaciones que forman parte de la Oferta Preferente y han transcurrido los
Tiempos de Espera definidos en este Plan de Salud. Las prestaciones que se otorguen con ocasión de la Derivación a que alude el
punto precedente, ISAPRE MASVIDA las bonificará manteniendo el monto que habría correspondido Copagar al afiliado en el prestador
que dio origen a la derivación.
En todo caso, ISAPRE MASVIDA será responsable de que la atención de salud sea efectiva y oportunamente otorgada por los Prestadores
Derivados.
(B) En caso de Urgencia o Emergencia, es decir, toda condición de salud o cuadro clínico que involucre estado de riesgo vital o riesgo
de secuela funcional grave para una persona y, por ende, requiere atención médica inmediata e impostergable, el afiliado deberá
acudir a CLÍNICA INDISA de Santiago. En caso de no poder dirigirse al prestador señalado en la Oferta Preferente, el afiliado
personalmente o por medio de un familiar, deberá dar aviso dentro de las 48 horas siguientes del evento a Isapre MASVIDA S.A. para
que tome conocimiento, oriente y gestione el caso.
Para obtener la Cobertura de la Oferta Preferente del Plan, además de avisar en el plazo antes referido, el beneficiario debe ingresar
efectivamente al prestador preferente y en el tipo de habitación que indica el cuadro de beneficios de la oferta preferente, fecha a
contar de la cual tendrá acceso a esta cobertura.
Si el plazo de 48 horas se cumple un día sábado, domingo o festivo, se prorrogará dicho plazo al día hábil siguiente.
En todo caso, la cobertura y/o bonificación en un prestador ajeno a la oferta preferente será siempre según los topes y porcentajes
expresados en la Modalidad Libre Elección del Plan Complementario de Salud al igual que los correspondientes gastos de traslado.
(C)Tiempos Máximosde Espera (En días corridos): Los Tiempos Máximos de Espera definidos en el Presente Plan de Salud comenzarán
a regir desde el Día Hábil siguiente a la Solicitud de Atención con los Prestadores Individualizados en este Plan.
Transcurridos los Plazos estipulados en el Cuadro Tiempos Máximos de Espera, el afiliado tend el derecho de solicitar a la Isapre
su derivación a un prestador de similar calidad, que la Isapre, en conjunto con CLINICA INDISA de Santiago designen según el
diagnóstico y manteniendo los valores pactados para este Plan complementario de Salud.
(D) PrestacionesEspecíficas queno seOtorgan en Clínica Indisa deSantiago:
Cirugía Cardiaca Pediátrica Cualquier Tipo de Transplantes de Órganos.
• Instalacn de Estimuladores Modulares. • Mapeo Epicardico durante Intervencn Quirúrgica.
Puvaterapia Total en Cabina Radio cirugía
Radioterapia Trastornos Psiquiátricos que requieran hospitalización.
La Bonificación de dichas Prestaciones será según lo expresado en la Modalidad Libre Elección del Plan Complementario de Salud.
(E) Derecho a Traslado: En caso de que un afiliado ingrese a un prestador distinto de CLINICA INDISA de Santiago podrá ejercer el
Derecho a Traslado para el cual, es condición esencial, la autorización expresa del Médico tratante. Obtenida esta autorización, la
otra parte deberá acceder al traslado solicitado. No obstante lo anterior, el afiliado podrá optar por permanecer en el Prestador en el
que se encuentra, en cuyo caso no podrá requerir la Cobertura prevista en la Oferta Preferente para las atenciones realizadas a través
de los prestadores individualizados en este Plan. Los gastos derivados del ejercicio del Derecho a Traslado se bonificarán conforme
a la Cobertura pactada en este Plan de Salud en la Modalidad Libre Elección.
(F) Término o Modificación de los Convenios Preferentes: En caso de término o modificación de los convenios con el Prestador preferente
NO se verá afectado el Monto de Copago que en virtud del Plan le corresponde copagar al Beneficiario, hasta la siguiente anualidad;
en cualquiera de estos casos Isapre MASVIDA S.A. comunicará por escrito a cada uno de los Cotizantes afectados y le ofrecerá Planes
Alternativos.
(G)Modificación del Plan de Salud Preferente con Clínica Indisa de Santiago: Sin perjuicio de lo dispuesto en el DFL Nº 1 de Salud, de
Septiembre de 2005, ISAPRE MASVIDA ofrecerá un nuevo plan si este es requerido por el afiliado y se fundamente en cualquiera de
las siguientes condiciones: (1) Si se modifica el domicilio consignado por el afiliado al incorporarse a este Plan y se acredita que dicho
cambio dificulta significativamente el acceso de los beneficiarios a los prestadores individualizados en este Plan. Se presumirá que
se configura esa dificultad, cuando el cambio de domicilio importe el traslado del cotizante a otra región; (2) Incumplimiento de la
obligación de derivación prevista en este plan de salud; derivación a un prestador o prestadores distintos de los indicados en el Plan
o falta de atención efectiva y oportuna por parte del prestador derivado; (3) Si Isapre MASVIDA S.A. incurre en la falta de otorgamiento
de la atención de salud al cotizante o beneficiario que se ha ceñido a los procedimientos de acceso y derivación definidos en este
Plan. Dicha oferta deberá contemplar, como mínimo, un plan de salud, entre los planes en comercialización, que tenga el precio
que más se ajuste al monto de la cotización legal que corresponda a la remuneración del afiliado al momento de modificarse el
contrato.
(H)rmino de la Existencia Legal del Prestador, Pérdida Total de su Infraestructura, Paralización Permanente de sus Actividades, rdida
Parcial y Permanente de la Infraestructura, Sustitución de la Especialidad a que estaba orientado el Prestador al momento del Convenio.
En cualquiera de estos casos, Isapre MASVIDA S.A. comunicará por escrito a cada uno de los Cotizantes Afectados y le ofrecerá Planes
Alternativos.
4.- VALOR DE CONVERSIÓN DE LA UNIDAD DE FOMENTO A UTILIZAR
- La equivalencia en pesos de la UF utilizada para las prestaciones que estén pactadas en dicha unidad, será el valor correspondiente
al último día del mes anterior al otorgamiento de la prestación.
- La Cotización de Salud deberá ser cancelada considerando el valor de esta unidad reajustable al último día del mes en que se devenga
la remuneración.
5.- REAJUSTE DEL ARANCEL DE PRESTACIONES
- Para efecto de reajustar el valor de las prestaciones del Arancel en Pesos ($), la Isapre considerará un valor entre 10% y 100% de la
variación que haya experimentado el IPC. el año calendario anterior al cual se está aplicando el reajuste y será aplicable 30 días
después de que el Arancel del Fondo Nacional de Salud sea publicado en el Diario Oficial.
Plan PLENO PREFERENTE
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