1 CONDICIONES DEL SEGURO 1.-ASEGURADOS,CONDICIONESDEASEGURABILIDAD,EDADESDEINGRESOY PERMANENCIA 1.1Asegurado Titular y Dependiente. Contratanteo Tomador:El que celebra el contrato con la Compañía Aseguradora y sobre quien recaen, en general, las obligaciones y cargas del contrato, excepto las que por disposiciones de este contrato o su naturaleza deben ser cumplidas por el Asegurado si se tratara de una persona distinta. Si el Asegurado Titular no es el mismo Contratante de esta Póliza, deberá tener relación con el Contratante, ya sea familiar o contractual. AseguradoTitular:Es aquel a quien afecta el riesgo que se transfiere al asegurador. Para obtener la cobertura deesta Póliza, el asegurado debe ser persona natural; cumplir con los requisitos de asegurabilidad, edadmínima de ingreso y edad máxima de permanencia. AseguradoDependiente:Cónyuge o conviviente civil del Contratante o Asegurado Titular, sus hijos, los hijos del cónyuge o conviviente civil, sus padres, los padres del cónyuge o conviviente civil y otra persona que el Contratante o Asegurado Titular desee incorporar a laPóliza, siempre y cuando tengan una relación de consanguinidad o afinidadcon éste. 1.2Condicionesde Asegurabilidadrelativos a la edad deingreso ypermanencia La Compañía entregará las coberturasestablecidasa los Asegurados, sólo si la fecha de ocurrencia de un Evento cubierto por estaPólizay descrito más adelante esa partir dela fecha de inicio de la vigencia de estaPóliza. La edad mínima del Contratante o elAsegurado Titular para contratar laPólizaserá de 18 años. La edad máximade ingreso de los Asegurados a laPólizaserá de109años y 364 días de edad. La edad máxima de permanencia para todos los Asegurados de estaPólizaseráhasta los 110 años y 364 días. Para estos efectos, la edad se calculará a la fecha de la renovación de laPólizaestipulada en estas Condiciones Particulares. Los recién nacidos podrán ingresar como Asegurados desde0 días de vida. La edad de ingreso se calcula el día de inicio de vigencia de laPóliza.
2 1.3Condiciones de Asegurabilidad relativo alSistemade Salud Previsional de los Asegurados De acuerdo alo establecido en el ArtículoTercerode las Condiciones Generales de laPóliza, el Sistemade Salud Previsional que deben tener los Asegurados al momento de contratar este seguro esISAPRE(Institución de Salud Previsional). 2.-COBERTURAS La Compañía reembolsará al Asegurado o pagará directamente al Prestador de Salud los Gastos Reembolsables efectivamente incurridos derivados de un Evento cubierto por esta Póliza, una vez otorgadaypagadalacoberturadelSistemadeSaludPrevisional(ISAPRE),seguros complementarios y otras coberturas de salud a que tenga derecho el Asegurado. Los límites,topes por cobertura y eventos,condiciones y tipo de Sistema de Salud Previsional que debe tener el asegurado al momento de contratar se encuentran establecidos en la presente Póliza y/o enestas Condiciones Particulares. Los gastos susceptibles de ser reembolsados al Asegurado o pagados directamente al Prestador en virtud de esta Póliza, son los que se detallan a continuación: Consultas Médicas:Estas consultas médicas debenrealizarseen el prestador preferente indicado enestasCondiciones Particulares. La compañía de seguros reembolsará o pagará los gastos incurridos, provenientes de prestaciones realizadas en forma ambulatoria o sin hospitalización, efectuadas o prescritas por un médico tratante, en complemento de lo que cubra el sistema de salud previsional o de bienestar u otro seguro o convenio, las cuales se indican expresamente enestasCondiciones Particulares de la póliza bajo esta cobertura. Exámenes de Diagnóstico: Estos exámenes de diagnóstico deben realizarse en el prestador preferente indicado enestasCondiciones Particulares. La compañía de seguros reembolsará o pagará los gastos incurridos, provenientes de prestaciones realizadas en forma ambulatoria o sin hospitalización, efectuadas o prescritas por un médico tratante, en complemento de lo que cubra el sistema de salud previsional o de bienestar u otro seguro o convenio, las cuales se indican expresamente en las Condiciones Particulares de la póliza bajo esta cobertura. Losporcentajes,topesylimitacionesdeestacobertura,seencuentrandetalladosenestas Condiciones Particulares. CoberturaPrestadoresPreferentesOtrosPrestadores 50% del copago en Consultas Médicas (*)Clínica Alemana de Santiago Clínica Alemana de Temuco Clínica Alemana de Valdivia Sin cobertura 50% del copago enExámenes de Diagnóstico(*)
3 (*)La cobertura se otorgaráa través del sistema IMED. Si por cualquier motivo, el descuento no se realiza en línea al momento del pago de la consulta médicao los exámenes de diagnósticocubiertos porestapóliza,elaseguradodeberásolicitarsureembolsoenlacasilla [email protected]oenla sección “Mi Portal” en www.alemanaseguros.cl, acompañando los documentos correspondientes de atención y pago. 3.-CAPITAL ASEGURADO CoberturasCapital Anual por Asegurado Consultas Médicasy Exámenes de DiagnósticoUF1.000 4. DEDUCIBLE No aplican deducibles por Evento o por Asegurado. 5.-PRIMAS LaPrima para este seguro se expresa en UF (Unidad de Fomento) y será convertida a pesos para su cobro en el equivalente a la UF vigente el primer día de cada mes de cobertura o cobro, según corresponda. 6-PAGO POR MEDIO DE COBROS AUTOMÁTICOS (PAC O PAT): Conforme a los señalado en la Circular N° 1499 delaComisión para el Mercado Financiero (CMF), se deja constancia que el pago de laPrima se efectuará mediante la modalidad de PAC (autorización de descuento en cuenta corriente bancaria) o PAT (autorización de descuento en tarjeta de crédito), por lo que las condiciones del mandato que autorizanestasmodalidadesde pago forman parte integrante de lasCondicionesParticulares de estaPóliza. 7-EXCLUSIONES Son las establecidas en las Condiciones Generales, depositadas en laComisión para el Mercado Financiero (CMF)bajo el códigoPOL320250174,salvoque algunas de ellas sean cubiertas dada su liberación y cobertura a través de estas Condiciones Particulares. 8-DENUNCIA DE SINIESTROS. Cada Gasto Reembolsable deberá ser presentado a la Compañía dentro de un plazo máximo de sesenta (60) días corridos, contados desde la fecha de emisión del documento que acredite dicho gasto. Consultas y ExámenesPrima Mensual UF con IVA por aseguradoUF0,60
4 9-PAGO DEPRIMAY EFECTO DEL NO PAGO DE PRIMA. La Prima es la retribución o precio del seguro y consiste en una cantidad de dinero. Los montos de la Prima y los eventuales ajustes estarán indicados enestasCondiciones Particulares de la Póliza. (a) Pago de Prima: La Prima de este seguro se pagará en los plazos y forma establecidos enestasCondiciones Particulares de la Póliza. Durante la vigencia de la Póliza, el Contratante o Asegurado Titular deberá pagar la Prima de acuerdo al monto, condiciones y en la forma de pago que se detallan en las Condiciones Particulares, en las oficinas de la Compañía o en los lugares que ésta designe, todo ello, sin perjuicio de otros mecanismos de pago o descuentos que la Compañía podrá poner a disposición del Contratante para facilitar el pago. La Prima se entenderá pagada cuando haya sido efectivamente percibida por la Compañía. La Compañía no será responsable por las omisiones o faltas de diligencia que no le sean imputables y que produzcan atraso en el pago de la Prima, aunque éste se efectúe mediante algún cargo o descuento convenido. En caso de no poder hacerse el cargo pactado en el medio de pago señalado por el Contratante o Asegurado, la Prima correspondiente se considerará no pagada, generándose el efecto que se indica en el párrafo siguiente. (b) Efecto del no pago de la Prima: La falta de pago de la Prima por parte del Contratante o del Asegurado producirá la caducidad de este contrato en el Plazo de Gracia, contado desde la notificación que, conforme al Artículo DécimoOctavo delasCondiciones Generales, dirija la Compañía al Asegurado y dará derecho a la Compañía para exigir que se le pague la Prima devengada hasta la fecha de terminación y los gastos de formalización del contrato. Producida la terminación de la Póliza, cesará de pleno derecho la responsabilidad de la Compañía por todos Eventos y gastos, sin necesidad de declaración judicial alguna. 10.-VIGENCIA Y DURACION DEL CONTRATO DE SEGURO La duración de esta Póliza será de 12 meses, contado desde la fecha de vigencia inicial señalada en las mismas. Sin embargo, si el Contratante o Asegurado Titular no manifestare su opinión en contrario,laPólizaserenovaráautomáticamenteporperíodosigualesysucesivos.Encada renovación, la Compañía podrá establecer nuevas condiciones, previa comunicación por escrito al Contratante o Asegurado Titular con una anticipación de a lo menos treinta (30) días a la fecha de renovación. Con todo, en las Condiciones Particulares de la Póliza se podrán establecer cuadros de modificación de Primas de acuerdo con los tramos de edad de los Asegurados de la Póliza, en cuyo caso, la Compañía no estará obligada a enviar la comunicación señalada en el párrafo anterior, dado que la aceptación de las Condiciones Particulares importa una aceptación expresa de la modificación de Primas, que irán ocurriendo en un período de tiempo conocido por el Asegurado.
5 Si la Prima de renovación no es aceptada en la oportunidad correspondiente se entenderá no renovada la Póliza, terminando la responsabilidad de la Compañía en la fecha de expiración de la cobertura, debiendo restituir al Contratante o Asegurado Titular cualquier suma recibida que no corresponda a Prima por la cobertura ya otorgada. En caso de haber comunicado un cambio en la prima, diferentes a las de tramo de edad antes mencionada, o cualquier otra modificación en las condiciones de renovación, sólo se entenderá renovada esta Póliza por un nuevo período, si éstas son aceptadas expresamente por el Contratante o el Asegurado Titular. En caso que el Contratante o Asegurado Titular manifestare a la Compañía su decisión de no renovar o terminar anticipadamente la Póliza, la Prima se reducirá en forma proporcional al plazo corridodelavigencia.ProducidalaterminacióndelaPóliza,cesarádeplenoderechola responsabilidad de la Compañía, sin necesidad de declaración judicial alguna. Sin perjuicio de lo descrito precedentemente en este artículo, la Compañía se reserva el derecho de no renovar esta Póliza, previa comunicación por escrito al Asegurado, de acuerdo a lo establecido en el Artículo Décimo Octavo delasCondiciones Generales, enviada con una anticipación de, a lo menos, treinta (30) días a la fecha de renovación. En caso de que la Póliza no sea renovada por la Compañía y a esa fecha el Asegurado mantiene un Evento en curso amparado bajo la cobertura de esta Póliza, la Compañía seguirá cubriendo dicho Evento y solo aquellos gastos relacionados con ese diagnóstico, hasta el día que se alcance el Monto Máximo de Gastos a Reembolsar del último año de la vigencia de la Póliza que dio cobertura al evento en curso. 11.-INCORPORACION NUEVOS ASEGURADOS. Si durante la vigencia del seguro, el Asegurado Titular deseare incorporar a nuevos Asegurados Dependientes, deberá solicitarlo a la Compañía, de acuerdo a los requisitos de asegurabilidad indicados enestasCondiciones Particulares de la Póliza y ser aceptados por la Compañía, en cuyo caso la fecha de inicio de vigencia de la cobertura para el o los nuevos Asegurados Dependientes se iniciará el día primero del mes siguiente o subsiguiente de la fecha de aceptación por parte de la Compañía u otra que se indique en las Condiciones Particulares de la Póliza. En caso de ser aceptada la solicitud, la Compañía cubrirá el riesgo a partir de la fecha de inicio de vigencia de la cobertura para el nuevo Asegurado Dependiente y notificará dicha circunstancia al Asegurado Titular. 12.-ATENCION AL CLIENTE. La oficina de atención a clientes de Alemana Seguros S.A. se encuentra ubicada en Avenida Manquehue Norte N° 1370, comuna de Vitacura. El horario de atención es de Lunes a Viernes de 9:00 a 17:00 horas. Correo electrónico de Contacto: [email protected] Teléfono: 6000060900 Ingresa a la sección "Mi Portal" en www.alemanseguros.cl donde podrás revisar los datos de tus productos, realizar requerimientos y descargar tu póliza, entre otros.
6 ANEXO N°1 INFORMACION SOBRE ATENCION DE CLIENTES Y PRESENTACION DE CONSULTAS Y RECLAMOS En virtud de la Circular Nº 2131de laComisión para el Mercado Financierode 28 denoviembre de 2013, las compañías de seguros, corredores de seguros y liquidadores de siniestros, deberán recibir, registraryrespondertodaslaspresentaciones,consultasoreclamosqueselespresenten directamente por el contratante,Asegurado, beneficiarios, o legítimos interesados o sus mandatarios. Las presentaciones pueden ser efectuadas en todas las oficinas de las entidades en que se atienda público presencialmente, por correo postal, medios electrónicos, o telefónicamente, sin formalidades, en el horario normal de atención. Recibida una presentación, consulta o reclamo, ésta deberá ser respondida en el plazo más breve posible, el que no podrá exceder de 20 días hábiles contados desde su recepción. El interesado en caso de disconformidad respecto de lo informado, o bien cuando exista demora injustificada de la respuesta,podrárecurriralaComisiónparaelMercadoFinanciero,ÁreadeProtecciónal Inversionista yAsegurado,cuyas oficinas se encuentran ubicadas enAv.Libertador Bernardo O’Higgins 1449, piso 1°, Santiago, o a través del sitio webwww.cmfchile.cl
7 ANEXO N°2 PROCEDIMIENTO DE LIQUIDACIONES DE SINIESTROS (Circular N°2106Comisión para el Mercado Financiero) 1) OBJETO DE LA LIQUIDACION La Liquidación tiene por fin establecer la ocurrencia de un siniestro, determinar si el siniestro está cubierto en laPólizacontratada en una compañía de seguros determinada, y cuantificar el monto de la pérdida y de la indemnización a pagar. Elprocedimientodeliquidaciónestásometidoalosprincipiosdeceleridadyeconomía procedimental, de objetividad y carácter técnico y de transparencia y acceso. 2) FORMA DE EFECTUAR LA LIQUIDACION La liquidación puede efectuarla directamente la Compañía o encomendarla a un Liquidador de Seguros. La decisión debe comunicarse alAseguradodentro del plazo de tres días hábiles contados desde la fecha de la denuncia del siniestro. 3) DERECHO DE OPOSICION A LA LIQUIDACION DIRECTA En caso de liquidación directa por la compañía, elAseguradoo beneficiario puede oponerse a ella, solicitándole por escrito que designe un Liquidador de Seguros, dentro del plazo de cinco días hábiles contados desde la notificación de la comunicación de la Compañía. La Compañía deberá designar al Liquidador en el plazo de dos días hábilescontados desde dicha oposición. 4)INFORMACIONALASEGURADODEGESTIONESAREALIZARYPETICIONDE ANTECEDENTES El Liquidador o la Compañía deberá informar alAsegurado, por escrito, en forma suficiente y oportuna, al correo electrónico (informado en la denuncia del siniestro) o por carta certificada (al domicilio señalado en la denuncia del siniestro), de las gestiones que le corresponde realizar, solicitando de una sola vez, cuando las circunstancias lo permitan, todos los antecedentes que requiere para liquidar el siniestro. 5) PRE-INFORME DE LIQUIDACION En aquellos siniestros en que surgieren problemas y diferencias de criterios sobre sus causas, evaluación del riesgo o extensión de la cobertura, podrá el Liquidador, actuando de oficio o a petición delAsegurado, emitir un pre-informe de liquidación sobre la cobertura del siniestro y el monto de los daños producidos, el que deberá ponerse en conocimiento de los interesados. ElAseguradoo la Compañía podrán hacer observaciones por escrito al pre-informe dentro del plazo de cinco días hábiles desde su conocimiento. 6) PLAZO DE LIQUIDACION Dentro del más breve plazo, no pudiendo exceder de 45 días corridos desdefecha denuncio, a excepción de: a) Siniestros que correspondan a seguros individuales sobre riesgos del Primer Grupo cuya prima anual sea superior a 100UF: 90 días corridos desde fecha denuncio; b) Siniestros marítimos que afecten a los cascos o en caso de Avería Gruesa: 180 días corridos desdelafecha denuncio;