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Complementario | Full

Plan Intermedio 60

Deducible anual por asegurado: 0,5 UF y Tope anual por asegurado: 350 UF

Desde

$36.755/mes

COTIZACIÓN SEGURO INDIVIDUAL COMPLEMENTARIO DE SALUD
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En la presente Cotización de Seguro se describen aquellas materias que permiten la singularización del Seguro Individual
Complementario de Salud que usted está por contratar.

La cobertura de este seguro sólo comienza una vez que usted haya manifestado su consentimiento expreso de contratar
este seguro, por lo que este documento no acredita cobertura.

En caso de contratar el citado Seguro Individual Complementario de Salud, la póliza de seguros con su individualización
completa le será enviada al correo electrónico que usted indique.

Para un completo y total entendimiento de las coberturas de este seguro, le pedimos leer detenidamente las Condiciones
Generales del “Seguro Individual Complementario de Salud”, inscrita bajo el código POL320220100. Al final de esta
Cotización se encuentra el texto completo de la misma.

Cabe mencionar que BICE Vida Compañía de Seguros S.A., se encuentra autorizada por Resolución N°002 de la ex
Superintendencia de Valores y Seguros, hoy Comisión para el Mercado Financiero, de fecha 5 de enero de 1993.

LA CONTRATACIÓN DE ESTE SEGURO ES ABSOLUTAMENTE VOLUNTARIA.

IMPORTANTE

Al contratar este seguro de salud, usted debe tener presente lo siguiente:

1. Este es un seguro voluntario, que reembolsa sólo los gastos médicos cubiertos por esta póliza y de cargo del
asegurado.

2. Este seguro, no sustituye la cobertura que otorga la ISAPRE o FONASA y no necesariamente cubre las mismas
prestaciones.

3. Antes de contratar este seguro es importante que usted se informe y tenga claridad sobre los siguientes aspectos:

Duración de este seguro.

Cómo y bajo qué condiciones se renueva este seguro.

De qué manera se va a reajustar el costo de este seguro, en caso de renovación.

En qué casos NO SE PAGARÁ ESTE SEGURO.

Los requisitos para cobrar el seguro.

4. En el siguiente cuadro se resumen algunos antecedentes importantes que usted debe considerar de este seguro:

Este Seguro:

- NO Contempla renovación garantizada.

- SI Podrá aumentar la prima (precio) en caso de renovación de la póliza.

- NO Considera la siniestralidad individual para el aumento de la prima en caso de renovación.

- NO Cubre preexistencias.

5. Las Condiciones Generales de este seguro se encuentran depositadas con el código POL320220100 en la Comisión
para el Mercado Financiero. Usted puede revisar este texto en
www.cmfchile.cl.
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VIGENCIA Y DURACIÓN DEL CONTRATO DE SEGURO

La vigencia de este seguro comenzará al día hábil siguiente de su contratación y tendrá la duración indicada en las
condiciones particulares de la póliza y podrá ser renovado por un nuevo período de un (1) año, salvo que el contratante o
la Compañía Aseguradora manifieste su decisión de no renovar la cobertura del seguro con una anticipación de al menos
treinta (30) días corridos a la fecha de vigencia final o de cualquiera de sus renovaciones anuales posteriores.

3. PRIMA DEL SEGURO

PLAN COTIZADO: INTERMEDIO

PERIODICIDAD DE PAGO: MENSUAL.

NÚMERO DE ASEGURADOS DEPENDIENTES: [_____]

PRIMA MENSUAL TOTAL A PAGAR (*):

PRIMA NETA TOTAL

(UF)

IVA

(UF)

PRIMA BRUTA TOTAL

(UF)

(*) Según plan seleccionado, periodicidad de pago y número total de asegurados dependientes incluidos en el seguro,
según la siguiente tabla:

PLAN INTERMEDIO

GRUPO FAMILIAR ASEGURADO
PRIMA NETA
UF

IVA
UF

PRIMA
BRUTA
UF

Titular sin dependientes
0,7899 0,1501 0,9400
Titular con 1 dependiente
1,4622 0,2778 1,7400
Titular con 2 dependientes
1,9748 0,3752 2,3500
Titular con 3 dependientes
2,6067 0,4953 3,1020
Titular con 4 dependientes
3,1597 0,6003 3,7600
El pago de la prima se realizará con cargo en la tarjeta de crédito o débito.

El plazo de gracia para efectuar el pago de la prima será de 30 días.

No pago de la Prima. Producido el no pago de la prima al vencimiento del plazo de gracia fijado en el párrafo anterior se
producirá la terminación del contrato de seguro a la expiración del plazo de quince (15) días contado desde la notificación
que dirija el asegurador al Contratante

Producida la terminación del contrato de seguro, la responsabilidad del asegurador por los siniestros posteriores cesará
en pleno derecho, sin necesidad de declaración judicial alguna.
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REQUISITO DE ASEGURABILIDAD

Es condición de asegurabilidad tener y mantener un contrato vigente o afiliación a una institución de salud previsional
(Isapre o Fonasa) para cada asegurado en la póliza. No se considerarán como instituciones de salud previsional para
efectos de esta condición, instituciones tales como Capredena, Dipreca, Servicios de Bienestar y otros que entreguen
coberturas a gastos médicos de salud, distintos a Isapre o Fonasa.

DECLARACIÓN PERSONAL DE SALUD

Es condición para la contratación de este seguro la suscripción de una Declaración Personal de Salud (DPS), la cual es parte
integrante de la póliza.

Las enfermedades preexistentes declaradas por el asegurado titular, tanto por él como por su grupo familiar, no serán
cubiertas por este seguro, por aplicación de la correspondiente exclusión de cobertura por enfermedades o dolencias
preexistentes, incluida en las condiciones generales de la póliza. Así también no operará la cobertura del seguro si la causa
del siniestro fuese producto de alguna enfermedad o situación de salud preexistente, no declarada en esta Declaración
Personal de Salud.

COBERTURA Y MATERIA ASEGURADA

La compañía de seguros bajo las condiciones y términos que más adelante se establecen, reembolsará los Gastos
Médicos Razonables y Acostumbrados en que el asegurado incurra efectivamente como consecuencia de una
incapacidad de salud ocurrida durante la vigencia del Asegurado en la póliza.

DESCRIPCIÓN DE LAS COBERTURAS Y SUS LIMITACIONES

Las coberturas incluidas en este seguro sólo son las indicadas en el presente Cuadro de Beneficios (coberturas), las
cuales se encuentran detalladas en el “Artículo 3. Descripción de las Coberturas y sus Limitaciones” de las Condiciones
Generales POL320220100.

CUADRO DE BENEFICIOS:

PLAN INTERMEDIO

DESCRIPCIÓN DE COBERTURAS

SIN
Bonificación
Inst. Salud
(1)

CON
Bonificación
Inst. Salud
(2)

Tope por
Prestación

Tope Anual
Cobertura

%
% UF UF
A) BENEFICIO DE HOSPITALIZACIÓN

Días Cama Hospitalización
30% 60% 2,00 S/Tope
Servicios Hospitalarios
30% 60% S/Tope S/Tope
Honorarios Médicos
30% 60% S/Tope S/Tope
Cirugía Ambulatoria
30% 60% S/Tope 70
Cirugía Dental por Accidente
Sin Cobertura
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Servicio Privado de Enfermera
Sin Cobertura
Cirugía Bariátrica
Sin Cobertura
Cirugía Maxilofacial
Sin Cobertura
Cirugía de Rinoplastia y/o Septoplastía
Sin Cobertura
Prótesis Quirúrgicas
Sin Cobertura
B) BENEFICIO DE MATERNIDAD

Parto Normal
30% 60% S/Tope 10,00
Cesárea
30% 60% S/Tope 15,00
Aborto Involuntario
30% 60% S/Tope 10,00
Complicaciones del Embarazo
30% 60% S/Tope S/Tope
Complicaciones del Parto
Sin cobertura
C) BENEFICIO AMBULATORIO

Consultas Médicas
30% 60% 0,70 S/Tope
Exámenes de Laboratorio
30% 60% S/Tope
20,00

Exámenes de Imagenología
30% 60% S/Tope
Exámenes de Radiografías
30% 60% S/Tope
Exámenes de Ultrasonografía
30% 60% S/Tope
Exámenes de Medicina Nuclear
30% 60% S/Tope
Procedimientos de diagnósticos no
quirúrgicos

30%
60% S/Tope
20,00
Procedimientos terapéuticos no
quirúrgicos.

30%
60%
S/Tope

D) BENEFICIO MEDICAMENTOS AMBULATORIOS

Medicamentos Ambulatorios Genéricos
100% 100% S/Tope S/Tope
Medicamentos Ambulatorios
Bioequivalentes
30% 30% S/Tope
5,00

Medicamentos Ambulatorios No
Genéricos ni Bioequivalentes
30% 30% S/Tope
Medicamentos Ambulatorios
Inmunosupresores o Inmunomoduladores
Sin Cobertura
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Medicamentos Ambulatorios
Antineoplásicos
Sin Cobertura
E) BENEFICIO DE SALUD MENTAL
Sin Cobertura
F) BENEFICIOS ESPECIALES

Gastos por Óptica (marcos ópticos, cristales,
lentes de contacto)
Sin Cobertura
Cirugía Ocular
Sin Cobertura
Prótesis y Órtesis
30% 60% S/Tope 10,00
Aparatos Auditivos
30% 60% S/Tope 10,00
Servicio de Ambulancia Terrestre
Sin Cobertura
Servicio de Ambulancia Aérea
Sin Cobertura
Terapia Ocupacional
Sin Cobertura
Fonoaudiología
Sin Cobertura
Kinesiología
Sin Cobertura
Consulta Nutricionista
Sin Cobertura
Estudio Preventivo de la Mama
30% 60% S/Tope S/Tope
PORCENTAJES DE REEMBOLSO DIFERENCIADOS (LIMITACIONES DE LAS COBERTURAS)

(1) % SIN Bonificación Institución de Salud: Porcentaje de Reembolso para Gastos incurridos por un asegurado que,
estando afiliado a un sistema de salud previsional, privado o estatal, y las prestaciones o gastos reclamados no cuenten
con bonificación, aporte y/o reembolso mayor que cero (0) en tales instituciones, independiente de la causa que lo
provoque.

(2) % CON Bonificación Institución de Salud: Porcentaje de Reembolso para Gastos incurridos por un asegurado que está
afiliado a un sistema de salud previsional, privado o estatal, y las prestaciones o gastos reclamados cuenten con una
bonificación, aporte y/o reembolso mayor que cero (0) en tales instituciones.

GASTOS MÉDICOS INCURRIDOS EN EL EXTRANJERO

Los gastos médicos incurridos en el extranjero tendrán cobertura por esta póliza sólo en caso de urgencia médica.

Para efectos de este seguro se entenderá por urgencia médica toda condición clínica que implique una necesidad de
atención inmediata del paciente, o si existiere riesgo de muerte o de secuela funcional grave.

La condición clínica anterior deberá ser certificada por un médico de la unidad de urgencia en que la persona fue atendida.

La estadía en el extranjero del asegurado no podrá superar los 30 días y deberá tener domicilio o residencia permanente
en Chile.
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El reembolso de gastos médicos incurridos en el extranjero se realizará considerando las coberturas, topes y porcentajes
de reembolso diferenciados que se detallan en el Cuadro de Beneficios del seguro contratado.

BONIFICACIÓN MÍNIMA DEL SISTEMA PREVISIONAL DE SALUD (BMI)

De acuerdo con lo establecido en el punto 3) del apartado de LIMITACIONES DE LAS COBERTURAS incluidas en el
artículo 3 de las condiciones generales de este seguro (POL320220100), el al porcentaje de bonificación mínimo (BMI)
corresponde a un 50%.

DEDUCIBLE

Este seguro contempla un deducible de UF 0,5 que se aplicará por cada asegurado, por cada periodo de vigencia de
la póliza y por cada una de sus renovaciones.

MONTO MÁXIMO DE REEMBOLSO

El monto máximo que la compañía reembolsará por los Gastos Médicos cubiertos por este seguro, habiendo superado el
Deducible establecido en esta póliza, será de: Plan intermedio UF 350

El Monto Máximo de Reembolso será por cada asegurado, por cada periodo de vigencia de la póliza y por cada una de sus
renovaciones.

EXCLUSIONES

Aplican las exclusiones de cobertura establecidas en el Artículo 7 de las Condiciones Generales de la póliza
POL320220100.

DERECHO DE RETRACTO.

De conformidad al artículo 538 del Código de Comercio, dado que este de seguro, de contratarse, será de aquellos
celebrados a distancia, el contratante tendrá la facultad de retractarse dentro del plazo de 10 días, contado desde que
reciba la póliza, sin expresión de causa ni cargo alguno, teniendo derecho a la devolución de la prima que hubiere pagado.

Usted podrá hacer efectivo este derecho a través de nuestra Sucursal Virtual.

Este derecho no podrá ser ejercido si se hubiere verificado un siniestro.

INTERMEDIARIO

VENTA INTERMEDIADA POR CORREDOR DE SEGUROS [SI]

CORREDOR DE SEGUROS: Queplan Corredores de Seguros Spa. Rut:76.824.542-8

La comisión del corredor de seguros será de un 27% + IVA de la prima neta mensual recaudada.

INFORMACIÓN DEL CORREDOR DE SEGUROS

Este seguro es intermediado por Queplan Corredores de Seguros Spa., Rut: 76.824.542-8, quien solo asume la
responsabilidad del seguro que intermedia, según texto oficial inscrito en el depósito de la “Comisión para el Mercado
Financiero”, bajo el código POL320220100.

La información que Queplan Corredores de Seguros Spa debe entregar en cumplimiento con lo dispuesto en los artículos
57 y 58 del D.F.L. Nº251 y de las instrucciones impartidas por la “Comisión para el Mercado Financiero” respecto de la
diversificación de sus negocios y de las entidades aseguradoras con las que han trabajado, como asimismo de la garantía