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Seguro Vida | Cesantía

Seguro de Vida + Cesantía (Plazo 36 meses)

Desde

$77.901/mes

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Si

No

No Aplica

76.712.269-1
QuePlan Spa
CARÁTULA UNIFORME PARA PÓLIZA DE SEGURO DE VIDA

CERTIFICADO DE COBERTURA

CÓDIGO SVS DE LA PÓLIZA PÓLIZA

CONTRATANTE (SI ES DISTINTO DEL ASEGURADO)
ASEGURADO

Rut
Rut

(*) CARGAS INFORMADAS POR EL ASEGURADO Y PREEXISTENCIAS DECLARADAS
SE DETALLAN EN ANEXO 1

TIPO DE PÓLIZA

PÓLIZA VIGENCIA RENOVACIÓN AUTOMÁTICA

PRIMA Monto

MONEDA PERÍODO DE PAGO CONDICIONES COMISIÓN TOTAL CORREDOR

COBERTURAS MONTO/MONEDA ART. CG ART. CP

Fallecimiento
Invalidez Acc.
Enfermedades
Graves

Esta póliza contiene otras coberturas adicionales, cuyo detalle debe ser consultado en las
condiciones particulares.

BENEFICIARIOS EN CASO DE FALLECIMIENTO

Beneficiarios designados por ley
Otros beneficiarios

ART. CG ART. CP

CONDICIONES ESPECIALES DE ASEGURABILIDAD

Si
No

PERIODO DE CARENCIA
EXCLUSIONES

ART. CG

ART. CG
ART. CG

ART. CP

ART. CP
ART. CP

UF

Peso
Otra

Anual
Mensual
Otro

Fija
Ajustable

Según Contrato

Monto

No hay comisión

1.4344

Individual

Colectiva

Inicio

Término

Si

No

Póliza sin cuenta única de inversión
Póliza con cuenta única de inversión

Póliza con ahorro previsional voluntario (APV)

8950
POL 220131675
UF
1,500.00
UF
2,500.00
UF
2,500.00
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SISTEMA DE NOTIFICACIÓN

El asegurado ha autorizado a la compañía para efectuar las notificaciones asociadas a
esta póliza por el siguiente medio:

e-mail al correo electrónico
Carta a la siguiente dirección
Otro

No Informado
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76.712.269-1
QuePlan Spa
ANEXO 1

CÓDIGO SVS DE LA PÓLIZA PÓLIZA

CONTRATANTE (SI ES DISTINTO DEL ASEGURADO)
ASEGURADO

Rut
Rut

PREEXISTENCIAS DECLARADAS

Rut
Nombre Relación Preexistencia
Asegurado
No Declara
DEPORTES RIESGOSOS DECLARADOS

Rut
Nombre Relación Preexistencia
Asegurado
No Declara
EXCLUSIÓN DE PATOLOGÍAS / ACTIVIDADES

Rut
Nombre Relación Cobertura Preexistencia
Asegurado
No Declara
RECARGOS

Rut
Nombre Relación Cobertura Recargo
8950
POL 220131675
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La presente carátula es un resumen de la información más relevante de la póliza y los conceptos
fundamentales se encuentran definidos al reverso. Para una comprensión integral, se debe
consultar las condiciones generales y particulares de la póliza. En cada punto se señala el
artículo del condicionado general (CG) o condicionado particular (CP) donde puede revisarse el
detalle respectivo.

Nota 1: El asegurado tiene la obligación de entregar la información que la compañía requiera
acerca de su estado de riesgo, en los casos y en la forma que determina la normativa vigente.
La infracción a esta obligación puede acarrear la terminación del contrato o que no sea pagado
el siniestro.

Nota 2: (Para Seguros Colectivos) Importante. “Usted está solicitando su incorporación como
asegurado a una póliza o contrato de seguro colectivo cuyas condiciones han sido convenidas por
QuePlan SpA. directamente con la compañía de seguros.”

DEFINICIONES

CÓDIGO SVS DE LA PÓLIZA: Es el Código con que la póliza fue depositada en la Superintendencia
de Valores y Seguros, conocido también como “código Pol”. Si la póliza incluye más de uno, se
incluye sólo el de la cobertura principal.

PÓLIZA: Documento justificativo del seguro.

CERTIFICADO DE COBERTURA: Documento que da cuenta de un seguro emitido con
sujeción a los términos de una póliza de seguro colectivo.

CONTRATANTE: La persona que contrata el seguro con la compañía aseguradora y sobre
quien recaen, en general, las obligaciones y cargas del contrato. Puede ser una persona
diferente al asegurado.

ASEGURADO: La persona a quien afecta el riesgo que se transfiere a la compañía
aseguradora.

BENEFICIARIO: La persona que, aun sin ser asegurado, tiene derecho a la indemnización
en caso de siniestro.

TIPO DE PÓLIZA: Según si tienen o no asociada una cuenta única de inversión, las pólizas

puede ser de los siguientes tipos:

Es sin cuenta única de inversión, cuando sólo incluye el seguro de vida y no hay una cuenta
de inversión asociada.

Es con cuenta única de inversión cuando además del seguro de vida, incluye una cuenta de
inversión que genera rentabilidad, garantizada o no, en las condiciones estipuladas.

Es con ahorro previsional voluntario (APV) cuando además del seguro de vida, permite el
ahorro de una suma de dinero asociado al sistema previsional regido por el Decreto Ley

3.500 sobre AFP.

VIGENCIA: Tiempo durante el cual se extiende la cobertura de riesgo de la póliza
contratada.
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Condiciones Particulares Seguro Vida

Materia Asegurada

Fallecimiento

La Compañía pagará el monto asegurado, según plan contratado, a los beneficiarios, en la forma, tiempo,
periodicidad y condiciones estipuladas en esta cotización, una vez acreditado el fallecimiento del asegurado
y siempre que haya transcurrido el período de carencia definido en esta cotización y que la póliza se encuentre
vigente.

Invalidez Accidental

La Compañía pagará el monto asegurado, según plan contratado, si después del período de carencia,
cumpliendo con el Periodo de Sobrevivencia y durante la vigencia de la cobertura individual del asegurado en
la póliza, si a consecuencia directa de un accidente, el asegurado establecido para el seguro de la póliza
principal sufre lesiones que le provoquen algunas de las siguientes formas de invalidez:

1. El 100% por la pérdida total de:

- la visión de ambos ojos, o

- ambos brazos o ambas manos, o

- ambas piernas o ambos pies, o

- una mano y un pie.

2. El 50% por la pérdida total de:

- la audición completa de ambos oídos, o

- un brazo, o

- una mano, o

- una pierna, o

- un pie, o

- la visión de un ojo en caso de que el asegurado ya hubiese tenido ceguera total del otro, antes de contratar
esta cláusula adicional.

3. El 35% por la pérdida total de:

- la visión de un ojo en caso de que no existiere ceguera total del otro, antes de contratar esta cláusula
adicional.

4. El 25% por la pérdida total de:

- la audición completa de un oído en caso de que el asegurado ya hubiese tenido sordera total del otro, antes
de contratar este adicional.

5. El 20% por la pérdida total del:

- pulgar derecho o izquierdo.

6. El 15% por la pérdida total del:

- índice derecho o izquierdo.

7. El 13% por la pérdida total de:

- la audición completa de un oído.

8. El 5% por la pérdida total de:

- cualquiera de los otros dedos de la mano.
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9. El 3% por la pérdida total de:

- un dedo del pie, ortejo.

10. La pérdida de cada falange, se calculará en forma proporcional en función de falanges que tenga el dedo.
La indemnización por la pérdida total o parcial de varios dedos se determinará sumando el porcentaje
asignado a cada uno de los dedos o falanges perdidos.

11. El 100% en aquellos casos de invalidez no contemplado precedentemente y que produzca al asegurado
una pérdida total o el debilitamiento de sus fuerzas físicas o intelectuales de a lo menos un sesenta y seis por
ciento (66%) de su capacidad de trabajo.

Enfermedades Graves

La Compañía Aseguradora otorga cobertura al listado de las siguientes enfermedades mediante el pago de la
indemnización al beneficiario en base al plan contratado. Para poder utilizar la cobertura el Asegurado debe
completado el periodo de carencia de 60 días contados desde la fecha de contratación hasta la fecha de
diagnóstico de la enfermedad.

A continuación, se indican las enfermedades cubiertas por la presente clausula adicional:

a) Cáncer

b) Enfermedad Cerebrovascular

c) Infarto agudo de miocardio

d) Insuficiencia renal crónica

e) Esclerosis múltiple

f) Parálisis de miembros superiores o inferiores

g) Pérdida total de la de visión (ceguera)

h) Pérdida total de la audición o sordera

i) Perdida de miembros inferiores o superiores

j) Trasplante de órgano mayor

k) Estado de coma

l) Revascularización coronaria (By pass)

m) Traumatismo mayor de cabeza

n) Enfermedad de Alzheimer

o) Enfermedad de Parkinson

Asegurados

Podrán ser asegurados las personas naturales, afiliados a QuePlan, que cumplan con las Condiciones de
Asegurabilidad establecidas en esta Póliza y que en forma voluntaria se adhieran a ella (en adelante
denominados individualmente el “Asegurado” o conjuntamente los “Asegurados).

Descripción de Coberturas.

Principales coberturas
Condicionado General
Fallecimiento
POL 2 2013 0909
Enfermedades Graves
CAD 2 2020 0013
Invalidez
CAD 2 2013 1001