Convenio Exámenes y Consultas PrimariasPágina1de11 CONDICIONES PARTICULARES COMPLEMENTARIO DE SALUD AMBULATORIO CONVENIO DE EXÁMENES YCONSULTAURGENCIAS Convenio Exámenes y Consultas Dávila: Convenio que cubre el 50% del copago enexámenes de Laboratorio,Imágenes,Consultasprimarias (Medicina general, Ginecología, Pediatría) yla consultamédicaen urgencias. Para el productode exámenes, consultas primarias y consulta en urgencias Dávila, rigen los términos y condiciones del presente Convenio, a los beneficiarios incorporados en éste, contra los riesgos detallados y hasta las sumas consignadas en esteinstrumento, de acuerdo a los montos máximos, plazos y demás condiciones que se indican en estas condiciones particulares. Los descuentos asociados a este convenio solo podrán ser requeridos y serán otorgados a cada beneficiario una vez transcurridos los 2 días hábiles contadosdesde la fecha de su contratación. Se deja expresa constancia que el asegurado ha autorizado que las comunicaciones o notificaciones quela Clínica envíe o deba enviar en razón del Convenio, se dirijan al correo electrónico indicado en el momento de la contratación del convenio. 1. BENEFICIARIOS 1.1.Contratante:El Contratante corresponderá a la persona que celebra el contrato de convenio con laClínica y sobre quién recaen, las obligaciones y cargas del contrato. El Contratante puede manifestar su voluntad de contratar el convenio para sí mismo o para un tercero. 1.2.Beneficiarios:Podrán ser beneficiarios de este convenio:Será beneficiario titular de este convenio, aquella persona que previa evaluación y aceptación delriesgo por parte de la Clínica, se encuentredebidamenteincorporadacomotalenesteConvenio. Podrán tener la calidad de beneficiarios dependientes del titular de este convenio, quienes seanparte de su grupo familiar, según el siguiente detalle: •Cónyuge o conviviente civil o pareja. Estas categorías son excluyentes entre sí; por ello, en cadagrupo familiar sólo podrá permanecer vigente una de estas tipologías. •Hijos del Asegurado Titular, del cónyuge o conviviente civil o pareja. •Nietos del Asegurado Titular, del cónyuge o conviviente civil o pareja. No obstante, lo anterior, podrá tener la calidad de beneficiario titular un menor edad sólo si el contratante del convenio corresponde al padre o madre, abuelo(a), hermano(a) mayor de edad, tío (a) consanguíneo del propuesto titular. En estos casos, será requisito que el contratante asuma la responsabilidad de las primas del convenio y que quien detente la calidad de beneficiario titularmenor de edad cumpla con los requisitos de ser beneficiario establecidos paralos parentescoshijo o nietos, según corresponda, que se encuentran fijados en el artículo 7 de estas condicionesparticulares.
Convenio Exámenes y Consultas PrimariasPágina2de11 2. PRESTADOR DE SALUD EXCLUSIVO 2.1 Región Metropolitana:Prestadores de Salud Exclusivos: Prestador: Clínica Dávila Recoleta N° de Registro: 2 de laSuperintendencia de Salud RUT: 96.530.470-3 Prestador: Servicios Integrados de Salud Ltda. RUT: 79.980.070-5 Dirección: Av. Recoleta 464, Recoleta, Santiago, Región Metropolitana Prestador: Clínica Dávila Vespucio N° de Registro: 17 de la Superintendencia de Salud RUT: 96.898.980-4 Prestador: Servicios Médicos Vespucio Ltda. RUT: 76.696.200-9 Dirección: Serafín Zamora 190, La Florida, Santiago, Región Metropolitana Prestador: Omesa SPA RUT: 96.617.350-5 Prestador: Centro Médico Dávila LasCondes N° de Registro: 496 de la Superintendencia de Salud Dirección: El Bosque Norte 0110, Las Condes, Santiago, Región Metropolitana Prestador: Centro Médico Dávila Ñuñoa N° de Registro: 649 de la Superintendencia de Salud Dirección: Avenida Irarrázaval 2401, Ñuñoa, Santiago, Región Metropolitana Prestador: Centro Médico Dávila Maipú N° de Registro: 636 de la Superintendencia de Salud Dirección: Avenida Pajaritos 1948, Maipú, Santiago, Región Metropolitana Prestador: Centro Médico y Dental Vidaintegra Bandera N°de Registro: 309 de la Superintendencia de Salud Dirección: Bandera 101, Santiago, Región Metropolitana Prestador: Centro Médico y Dental Vidaintegra Puente Alto N° de Registro: 668 de la Superintendenciade Salud Dirección: Ernesto Alvear 63, Puente Alto, Santiago, Región Metropolitana Prestador: Centro Médico y Dental Vidaintegra Quilicura N° de Registro : 25 de la Superintendencia de Salud Dirección: Avenida O'Higgins 358, Quilicura, Santiago, RegiónMetropolitana Prestador: Centro Médico y Dental Vidaintegra Alameda N° de Registro :353 de la Superintendencia de Salud Dirección: Av. Libertador Bernardo O ́Higgins 1620, Santiago, RegiónMetropolitana
Convenio Exámenes y Consultas PrimariasPágina3de11 2.2 Otras Regiones: No existeprestador exclusivo en otras regiones. 3. COBERTURAS PLAN AMBULATORIO 3.1. Se reembolsará, como complemento del Sistema Previsional de Salud de cada beneficiario, los gastos médicos ambulatorios razonables y acostumbrados realizados en los prestadores exclusivos antes señalados, en que haya incurrido efectivamente a consecuencia de una incapacidad cubierta por este convenio y ocurrida durante la permanencia del beneficiario en el convenio. 3.2. El plan de reembolsos en los prestadores de salud exclusivoses el siguiente: Porcentaje de Reembolso MONTO ANUAL MAXIMO DE REEMBOLSO POR ASEGURADO: UF 30 3.3. El plan de reembolsos antes indicado se ajustará a según lossiguientes términos: 3.3.1 La Clínica realizará la clasificación de las prestaciones de salud cubiertas por este condicionado particularenconformidad a las definiciones y rubros de prestaciones contenidas en las Normas Técnicas Administrativas del Arancel Fonasa, o aquellas que las reemplacen, vigente a la fecha de la respectiva prestación. 3.3.2 Gastos en el extranjero: Los gastos médicos ambulatorios incurridos en el extranjero nogozarán de cobertura porelcondicionado particular. 3.3.3 Prestacionesno aranceladas:No gozarán de cobertura por el condicionado particular. 3.3.4 Prestaciones Aranceladas SIN bonificación Sistema de Salud Previsional /Fonasa: Los gastos médicos ambulatorios cubiertos por la póliza, que se encuentren incluidos en el Arancel Fonasa, que no reciban bonificación del sistema de salud previsional del asegurado, gozarán de cobertura porel condicionado particularconsiderando aplicar el porcentaje de cobertura indicado en el Plan Reembolso sobre el valor de las prestaciones médicas reclamadas. COBERTURA AMBULATORIAPrestacionesAranceladosCON bonificación Isapre/Fonasa Exámenes de laboratorio.50% Exámenes de imagenología, radiografía ultrasonografía y resonancia magnética.50% Consultas Primarias (Medicinageneral, Ginecología y Pediatría).50% Consulta Médica en la Unidad de Urgencias.50%
Convenio Exámenes y Consultas PrimariasPágina4de11 4. MONTO MÁXIMO DE REEMBOLSO ANUAL POR ASEGURADO: UF 30 5. EXCLUSIONES El presente convenio no cubre gastos médicos en que haya incurrido unbeneficiario que seanrelativos a alguna de las prestaciones, medicamentos, procedimientos, Hospitalización y/o estudios que se indican a continuación, o se originen, o sean consecuencia o complicación de alguna incapacidad que semenciona en el presente artículo. No obstante, lo indicado, si en el cuadro de beneficios o plan de reembolsos de las Condiciones Particulares del convenio se considera cobertura para alguna prestación o servicio médico excluido mediante este artículo, se entenderá que la prestación o servicio médico se encuentra cubierto de acuerdo a los porcentajes y límites de reembolso o pago indicados en dicho cuadro de beneficios. Se encuentran excluidos de cobertura: a) Pacientes que ingresan por urgencias y son derivados a hospitalización. b)Telemedicina y tele rehabilitación, salvo que se encuentran detalladas en el Cuadro Coberturas o enelPlandeReembolsosdelascondicionesparticulares. c)Hospitalizacióny gastos médicos hospitalarios de cualquier tipo. d) Tratamientos estéticos,cosméticos, plásticos, dentales y otros tratamientos que sean para finesde embellecimiento o tengan como finalidad corregir malformaciones producidas por enfermedades o accidentesanterioresalafechainicialdelaseguradoenlapóliza. e) Todo tipo demedicamentos y hormonas del crecimiento, las requeridas para el tratamiento por tallabaja,gigantismo,asícomotambiénantagonistasLHyRH.A. f) Tratamientos por adicción a drogas, alcoholismo o tabaquismo. Lesión, enfermedad otratamiento causado por ingestión de alcohol, somníferos, barbitúricos, drogas y demás sustancias de efectos análogos o similares, o hechos deliberados que cometa el asegurado, tales como los intentos de suicidio,lesionesautoinferidasyabortosprovocados. g) Tratamientos por Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida–SIDA–y/o cualquier otro cuadro producido o favorecido por el Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH), sus consecuenciasy complicaciones, y por enfermedades asociadas, incapacidades, desórdenes, lesiones, operaciones y tratamientos relacionados con la condición de portador del V.I.H. o el SIDA que padezca el beneficiario. h) Gastos de medicamentos de cualquier tipo, excepto aquel necesario y utilizado en la atención de urgencia y aquellos requeridos y usados en la realización de un examen de laboratorio oimagenología de diagnóstico ambulatorio cubierto por el convenio. i) Tratamientos oculares para vicios o defectos de refracción, tales como, miopía, astigmatismo, hipermetropía,sustratamientos,consecuenciasycomplicaciones.
Convenio Exámenes y Consultas PrimariasPágina5de11 j) Tratamientos para adelgazar. k) Estudios de diagnóstico y tratamientos y procedimiento que tengan relación con problemas de esterilidad, impotencia masculina o femenina, fertilidad e infertilidad, sus complicaciones y consecuencias. l) Los siguientes insumos o gastos farmacéuticos no se cubrirán, aun cuando estos sean con fines terapéuticos: i.Insumos ambulatorios, excepto aquel necesario y utilizado en la atención de urgencia. ii.Cualquier tipode alimento o sustitutos alimenticios, aunque sean con fines terapéuticos. iii.Homeopatías y/o Recetario Magistral. iv.Los medicamentos para adelgazar. v.Cremas, lociones faciales, jabones, shampoo, filtros solares, medias antiembólicas o parael tratamiento de várices. vi.Medicamentos biológicos e inmunoterapias. m) Lesión o enfermedad causada por: i.Guerra civil o internacional, sea que esta haya sido declarada o no, invasión y actividadesu hostilidades de enemigos extranjeros. ii.Participación activadel beneficiario en rebelión, revolución, insurrección, poder militar, terrorismo, sabotaje, tumulto o conmoción contra el orden público, dentro o fuera del país. iii.Participación del beneficiario en actos calificados como delitos por ley. iv.Negligencia, imprudencia o culpa grave por parte del beneficiario. v.Encontrarse el beneficiario bajo los efectos de drogas o alucinógenos o en estado deebriedad, de acuerdo a la graduación establecida en la legislación vigente a la fecha del hecho constatado mediante la documentación emanada de la autoridad u organismocompetente. vi.Accidentes provocados por conducir un vehículo motorizado en estado de ebriedad, de acuerdo a la graduación establecida en la legislación vigente a la fecha del accidente, constatado mediante la documentación emanada de la autoridad u organismo competente. vii.Fusión y fisión nuclear o cualquier accidente nuclear. n) Todo tipo de exámenes dentales, extracciones, empastes, cirugía y/o tratamiento dental engeneral. o) Aparatos auditivos, lentes o anteojos ópticos y de contacto, prótesis, órtesis, miembros artificiales y suministro de aparatos o equipos médicos y/u ortopédicos, así como también la adquisición o arriendo de equipos, tales como: sillas de ruedas, camas médicas, ventiladores mecánicos, etc. p) Tratamientos, visitas médicas, exámenes, medicamentos, remedios o vacunas para el sólo efecto preventivo, no inherente o necesarios para el diagnóstico de unaincapacidad, a excepción de los gastos por control de niño sano y controlginecológico que serán reembolsados de acuerdo a la cobertura contratada del convenio. q) Lesión o enfermedad surgidas de la ocupación del asegurado, cubierta por la legislación de Accidentes Trabajo y Enfermedades Profesionales.
Convenio Exámenes y Consultas PrimariasPágina6de11 r) Epidemias opandemias oficialmente declaradas por la autoridad competente o por el organismode salud mundial competente,respectivamente. s) Malformaciones y/o incapacidad congénita. t)Tratamientos,drogasomedicamentosqueseanutilizadoshabitualmentecomométodo anticonceptivo, aun cuando su prescripción se indique como necesaria para el tratamiento de otra enfermedad distinta al de la anticoncepción. En estos se incluirán anticonceptivos tradicionales o de emergencia, anovulatorios, DIU, métodos de barrera, yotros de similares o distintos principios. u)Iriología,reflexología,acupunturayengeneraltratamientosmédicosnotradicionaleso experimentales, empíricos y también la medicina alternativa. v) Criopreservación, así como la compra de células madre, sangre, hemoderivados y cualquier otro tejido u órgano. w) Gastos que no estén expresamente indicados en el Cuadro de Beneficios detallado en las Condiciones Particulares del Convenio como, asimismo, gastos de exámenes y procedimientos a través de nuevas tecnologías no reconocidas por el sistema. x) Gastos médicos realizados en el extranjero. y) Rescate aéreo, terrestre y marítimo. z) Planes integrales y planes copago fijo. 6. DEDUCIBLE ANUAL POR BENEFICIARIO:No considera deducible. 7.CONDICIONES Y REQUISITOS DE ASEGURABILIDAD 7.1. Edades límites que deben cumplir los beneficiarios: 7.1.1. Titulares, cónyuge o conviviente civil o pareja: •Edad mínima de incorporación al convenio: 18 años y 0 días. •Edad máxima de incorporación al convenio: 98 años y 364 días. •Edad máxima permanencia en el convenio: 99 años y 364 días. Las categorías cónyuge o conviviente civil o pareja serán excluyentes entre sí y podráningresar en la medida que en el grupo familiar no exista otro miembro vigente con tal calidad. 7.1.2. Edades límites para los hijos y nietos del titular, del o la cónyuge o conviviente civil o pareja:
Convenio Exámenes y Consultas PrimariasPágina7de11 •Edad mínima de incorporación al convenio: A partir del día 14 de nacimiento. •Edad máxima de incorporación al convenio: 98 años y 364 días. •Edad máxima permanencia en el convenio: 99 años y 364 días. 7.2. El Beneficiario Titular deberá completar el formulario de “Solicitud de Incorporación al Convenio”para ingresar al convenio e incluir al grupo familiar que va a beneficiar. 7.3. Las personas tendrán la calidad de Beneficiarios del Convenio, sólo cuando la Clínica apruebe la “Solicitud de Incorporación al Convenio”. 7.4. Todos los beneficiarios al momento de su ingreso al convenio deberán contar con unSistema Previsional de Salud Isapre o Fonasa grupos B, C y D. 7.5. Este convenio no otorga cobertura a beneficiarios sin Sistema de Salud Previsional vigente al momento de la contratación, que pertenezcan al Sistema de Salud de las Fuerzas Armadas y/o CarabinerosoquecoticenenelsistemaFONASAGrupoAoFONASAPRAIS. 8. MONEDA DEL CONVENIO El pago de la prima es de$9.990que se descontara mensual al Contratante. 9. PRIMAS Y EFECTO DEL NO PAGO DE LA PRIMA El valor de los servicios que forman parte de esteConvenioes la suma de$9.990mensualy deberá ser pagado por el Contratante en losplazosindicados a continuación. La periodicidad del pago de las primas de este seguro será mensual o anual según lo establecido en el plan de pago que forma parte de estas condiciones particulares. Se deja constancia que el pago de la prima se efectuará mediante la modalidad de PAC (Autorización de descuento en cuenta corriente bancaria), PAT (Autorización de descuento en tarjeta de crédito) o Compromiso Único de Pago (CUP), por lo que las condiciones del mandato o compromiso que autoriza esta modalidad de pago forman parte integrante de las condiciones particulares de este convenio. Efectuado el pago de la primera prima inicial del Convenio, o en su caso, de la primera cuota de la prima estipulada a plazo, laClínica concede un plazo máximo de 30 (treinta) días corridos, para el pago de la siguiente, cualquiera sea la forma de pago convenida. Durante este período, el convenio permanecerá en pleno vigor. La falta de pago de la prima al vencimiento del plazo de gracia se producirá la terminación del contrato aexpiración del plazo de 15 (quince) días contado desde la fecha de envío de la comunicación que, con este objeto, la Clínica dirija al Asegurado y dará derecho al primero a exigir que se le pague laprimadevengadahastalafechadeterminación. Producida la terminación, la responsabilidad de la Clínica por los siniestros posteriores cesará de plenoderecho, sin necesidad de declaración judicial alguna. En caso de que el Convenio termine por falta de pago, de acuerdo con lo expresado en los puntos anteriores, el contratante podrá solicitar su rehabilitación. Para resolver sobre esta petición, la Clínica
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