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Seguro Vida | Temporal

Seguro de Vida Futura

Sin deducible ni tope
Formas de indemnización
Información general

Condiciones Generales

POL 220131551

CAPITAL ASEGURADO

FALLECIMIENTO

UF
2.000
UF
50
MÍNIMO
CUÁNDO
CÓMO

MÍNIMO

MÁXIMO

MÁXIMO

UF
45.000
UF
45.000
VIGENCIA

DE LA COBERTURA

5, 10, 15, 20 ó 25

AÑOS

55, 60, 65, 70, 75 u 80

AÑOS DE EDAD

PERIODO FIJO
HASTA CUMPLIR
SEGURO DE VIDA

Vida

Futura

Puedes escoger la
duración de la cobertura
de fallecimiento;
además de la opción de
priorizar el capital asegurado de la cobertura

de invalidez 2/3 sobre la de fallecimiento.

En caso de Fallecimiento o Invalidez 2/3,
tu
familia puede continuar con las coberturas

adicionales de invalidez, salud y oncológica

que hubiere contratado.

Con este código podrás revisar
las Condiciones
Generales en el Depósito de Pólizas en la página

de la Comisión para el Mercado Financiero.

www.cmfchile.cl

Características princi
pales
EDADES

DE CONTRATACIÓN

18
AÑOS
Si no contratas

Invalidez 2/3

Si el capital de

Invalidez 2/3 es mayor

o igual a UF 2.000

PAGO

ANUAL

PAGO

MENSUAL

PAGO

TOTAL UNA VEZ

Hasta cumplir 70 años
con el Capital Original y
hasta cumplir 80 años
con el Capital Ajustado,
dependiendo de la
duración del plan contratado.
65
AÑOS
MÍNIMO
MÁXIMO
MÁXIMO

EDAD MÁXIMA

DE PERMANENCIA

Asegura un capital de fallecimiento
para
tus beneficiarios.

www.consorcio.cl
600 221 3000
Puedes escoger una combinación de estas alternativas

365
AL FALLECIMIENTO

DEL
ASEGURADO
A CIERTA EDAD

DEL
BENEFICIARIO
SEGURO DE VIDA
Vida

Futura
Coberturas adicionales
INVALIDEZ 2/3

CAPITAL
ASEGURADO(A) CONTRATACIÓN PERMANENCIA CARENCIA
Titular
MIN 18 años MÁX 60 años
12 meses

enfermedades

psíquicas.

INVALIDEZ ACCIDENTAL

CAPITAL
ASEGURADO(A) CONTRATACIÓN PERMANENCIA CARENCIA
Hasta UF 15.000, sujeto al capital asegurado contratado

de Fallecimiento e Invalidez 2/3.
Titular MIN 18 años MÁX 65 años No aplica
FALLECIMIENTO CÓNYUGE

CAPITAL
ASEGURADO(A) CONTRATACIÓN PERMANENCIA CARENCIA
Único de UF 5 que se cobra en la prima de fallecimiento

del asegurado titular.
MIN 18 años MÁX 65 años No aplica
INVALIDEZ FAMILIAR

CAPITAL
ASEGURADO(A) CONTRATACIÓN PERMANENCIA CARENCIA
MUERTE ACCIDENTAL

CAPITAL
ASEGURADO(A) CONTRATACIÓN PERMANENCIA CARENCIA
Hasta UF 15.000, sujeto al capital asegurado contratado

de Fallecimiento e Invalidez 2/3.
Titular MIN 18 años MÁX 65 años No aplica
Cónyuge
/ Pareja
Conviviente Civil

Hijos / Hijastros

Cónyuge
/ Pareja
Conviviente Civil

Si

Si

MÍNIMO

UF
2.000
MÍNIMO

UF
15.001
MÁXIMO

UF
15.000
MÁXIMO

UF
45.000
El capital de invalidez 2/3

puede ser distinto o igual

al capital de
Fallecimiento.
El capital de invalidez

2/3 debe ser igual al

capital de Fallecimiento.

MIN
18 años
MIN
7 años
MÁX
60 años
6 meses

enfermedades.

UF 200 - UF 1.000

MÁX
23 años
Cónyuge:

65 años*

Hijos:

24 años*

Indemniza al Asegurado en caso de la pérdida irreversible de 2/3 de su capacidad de trabajo, a

consecuencia de un siniestro cubierto por la póliza.

Indemniza al Asegurado con diferentes porcentajes del capital asegurado de acuerdo a las lesiones

sufridas en un accidente y que estén cubiertas por la póliza.

Cobertura adicional obligatoria en el caso de contratar el Seguro Vida Futura con cobertura para

cónyuge, pareja o conviviente civil. Consiste en una indemnización en el caso de su fallecimiento.

Indemniza al grupo familiar asegurado en caso de sufrir una invalidez total y permanente.

Indemniza a los Beneficiarios en caso de fallecimiento del Asegurado, a consecuencia de un

accidente cubierto por la póliza.

La contratación de estas coberturas es opcional, permite ampliar la protección para el

asegurado titular y la de su familia. Términos y condiciones señalados en sus condiciones

generales y particulares.

65 años*

75 años*

80 años*

75 años*

www.consorcio.cl
600 221 3000
*Hasta cumplir la edad señalada, de acuerdo a la duración del seguro.
SEGURO DE VIDA
Vida

Futura

www.consorcio.cl
600 221 3000
C
oberturas adicionales
La contratación de estas coberturas es opcional, permite ampliar la protección para el

asegurado titular y la de su familia. Términos y condiciones señalados en sus condiciones

generales y particulares.

REEMBOLSO DE PRESTACIONES MÉDICAS MAYOR

ASEGURADO(A)
CONTRATACIÓN PERMANENCIA CARENCIA
MIN
18 años MÁX 55 años
Titular

Cónyuge
/ Pareja
Conviviente Civil/

Padres / Suegros

Hijos / Hijastros

Reembolso de parte de los gastos de hospitalización y ambulatorios originados por enfermedades o

accidentes, según las condiciones de la póliza
(1) (2)
· 0 días:

Accidentes

· 60 días:

Enfermedades

REEMBOLSO DE PRESTACIONES MÉDICAS

DEDUCIBLE:
ASEGURADO(A) CONTRATACIÓN PERMANENCIA CARENCIA
MIN
18 años MÁX 65 años
REEMBOLSO DE PRESTACIONES MÉDICAS PLUS
(4)
ASEGURADO(A)
CONTRATACIÓN PERMANENCIA CARENCIA
MIN
18 años MÁX 65 años
Reembolso de parte de los gastos de hospitalización y ambulatorios originados por enfermedades o

accidentes, según las condiciones de la póliza
(1)(2)
Titular

Cónyuge / Pareja

Conviviente Civil/

Padres / Suegros

Hijos / Hijastros

Titular

Cónyuge
/ Pareja
Conviviente Civil/

Padres / Suegros

Hijos / Hijastros

· 0 días:

Accidentes

· 60 días:

Enfermedades

· 0 días:

Accidentes

· 60 días:

Enfermedades

Decreciente en el tiempo
(3)
Reembolso de parte de los gastos de hospitalización y ambulatorios originados por enfermedades o

accidentes, según las condiciones de la póliza
(1)(2)
80 años*

80 años*

80 años*

MIN
15 años
MIN
15 días
MIN
15 días
MÁX
23 años
MÁX
23 años
MÁX
23 años
18/24 años*

18/24 años*

18/24 años*

DEDUCIBLE:

Decreciente en el tiempo
(3)
· En caso de un diagnóstico de cáncer, el asegurado debe presentar a la Compañía el informe de la biopsia correspondiente.

Los gastos médicos para obtener esta biopsia son de cargo exclusivo del asegurado.

· Los beneficios de esta cobertura comenzarán a aplicar si el siniestro se encuentra cubierto por el seguro, según los términos y condiciones

señalados en la póliza.

· Esta cobertura es de vigencia anual y renovable por un período de igual duración. No necesariamente la vigencia es igual a la de la cobertura

principal de Fallecimiento.

PROTECCIÓN ONCOLÓGICA

COBERTURA
ASEGURADO(A) CONTRATACIÓN PERMANENCIA CARENCIA
Otorga atención oncológica y cobertura de los gastos

que implica el tratamiento, control y seguimiento de la

enfermedad, en la institución en convenio con la Compañía,

según las condiciones del seguro.

MIN
18 años 90 días desde
la fecha de

contratación por

asegurado.
MIN 40 años
MIN
15 días MÁX 24 años
Titular

Cónyuge
/ Pareja
Conviviente Civil/

Padres / Suegros

Hijos / Hijastros

MÁX
65 años 80 años*
25 / 30 años*

*Hasta cumplir la edad señalada, de acuerdo a la duración del seguro.
SEGURO DE VIDA
Vida

Futura

www.consorcio.cl
600 221 3000
C
oberturas adicionales
La contratación de estas coberturas es opcional, permite ampliar la protección para el

asegurado titular y la de su familia. Términos y condiciones señalados en sus condiciones

generales y particulares.

Importante:
No se aplicará deducible cuando se trate de 7 enfermedades o cirugías de alta complejidad estipuladas en las condiciones de esta
cobertura.

Todas las coberturas de
Reembolso de Prestaciones Médicas son de vigencia anual y renovable por un nuevo periodo de acuerdo a lo
señalado en las respectivas cláusulas adicionales.

El deducible podrá ser
UF 100, UF 80 o UF 50 dependiendo de los meses transcurridos desde el inicio de vigencia de la cobertura:
(1) VIGENCIA DE LAS COBERTURAS DE REEMBOLSO DE PRESTACIONES MÉDICAS

(2) GASTOS REEMBOLSABLES POR PRESTACIONES MÉDICAS

(3) ¿CÓMO FUNCIONA EL DEDUCIBLE DECRECIENTE EN EL TIEMPO PARA LAS COBERTURAS DE REEMBOLSO DE PRESTACIONES MÉDICAS?

DEDUCIBLE UF
100 80 50
VIGENCIA
De 0 a 17 meses de vigencia De 18 a 29 meses de vigencia De 30 meses de vigencia hasta
que el asegurado cumpla 70 años

El
Monto Máximo Reembolsable es de UF 15.000 por Asegurado, hasta cumplir los 70 años de edad, y por Accidente o Enfermedad que
ocurran durante la vigencia de esta cobertura, con una duración máxima del Accidente o Enfermedad de
36 meses.
En en caso de Reembolso de Prestaciones

Médicas Mayor y Reembolso de Prestaciones

Médicas Mayor Plus.

Permite
extender la edad de permanencia hasta 80 años y a partir de los 70 años
de edad este monto máximo reembolsable se reduce a
UF 5.000 por Asegurado.
Aumenta el
porcentaje de reembolso en caso de cirugías de alta complejidad en el extranjero.
(4) PLUS

El riesgo es cubierto por la Compañía de Seguros de Vida Consorcio Nacional de Seguros S.A. según las condiciones generales incorporadas al

Depósito de Pólizas de la Comisión para el Mercado Financiero bajo los códigos POL220131551, CAD220150515, CAD220130979, CAD220130980,

CAD220131061, CAD220131579, CAD220131529 y CAD220131532. La presente información solo representa un resumen de las coberturas, el detalle

de estas y las exclusiones correspondientes se encuentran en las pólizas antes mencionadas.

REEMBOLSO DE PRESTACIONES
MÉDICAS
MAYOR PLUS
(4)
ASEGURADO(A)
CONTRATACIÓN PERMANENCIA CARENCIA
MIN
18 años MÁX 55 años 80 años*
Titular

Cónyuge
/ Pareja
Conviviente Civil/

Padres / Suegros

Hijos / Hijastros

Reembolso de parte de los gastos de hospitalización y ambulatorios originados por enfermedades o

accidentes, según las condiciones de la póliza
(1) (2)
· 0 días:

Accidentes

· 60 días:

Enfermedades

MIN
15 días MÁX 23 años 18/24 años*
*Hasta cumplir la edad señalada, de acuerdo a la duración del seguro.