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Seguro Oncológico | Full

Oncológico Tratamiento - Isapre

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Southbridge Compañía de Seguros Generales S.A., considerando los antecedentes entregados por
el Contratante emite la siguiente cotización, en conjunto con las Condiciones Generales depositadas
en la Comisión para el Mercado Financiero bajo el código POL 3 2023 0281.
PRIMAS Y MONTOS ASEGURADOS
El Seguro Tratamiento Oncológico Isapre se conforma por las siguientes planes y coberturas:
Primas :
Tramo de edad
Asegurado entre 18 a 39 años
Tipo de plan
Individual - ISAPRE
Prima Bruta Mensual
UF 0,17
Asegurado entre 40 a 49 años UF 0,30
Asegurado entre 50 a 59 años UF 0,76
Asegurado entre 60 a 69 años UF 1,21
Asegurado entre 70 a 79 años UF 3,02
Asegurado de 80 años o mayor UF 4,23
Tramo de edad
Asegurado entre 0 a 39 años
Tipo de plan
Familiar - ISAPRE
Prima Bruta Mensual
UF 0,45
Asegurado entre 40 a 49 años UF 0,76
Asegurado entre 50 a 59 años UF 1,36
Asegurado entre 60 a 69 años UF 2,42
Asegurado entre 70 a 79 años UF 6,04
Asegurado de 80 años o mayor UF 9,67
Capitales asegurados y coberturas
Capitales asegurados
Tramo de edad Capitales
Asegurado entre 18 a 39 años Hasta UF 30.000
Asegurado entre 40 a 49 años Hasta UF 30.000
Asegurado entre 50 a 59 años Hasta UF 30.000
Asegurado entre 60 a 69 años Hasta UF 30.000
Asegurado entre 70 a 79 años Hasta UF 5.000
Asegurado de 80 años o mayor Hasta UF 5.000
UF 50
Indemnización por diagnóstico de cáncer para todos
los tramos de edad y para todos los asegurados
DESCRIPCIÓN DE COBERTURAS
1. DESCRIPCIÓN COBERTURA ONCOLÓGICA, POL 3 2023 0281.
La Compañía entregará una indemnización de libre disposición de UF 50, con un máximo de 3
eventos por asegurado, frente al diagnóstico comprobado y confirmado de Cáncer mediante biopsia
con informe Anatomopatológico, el cual será de su propio costo. La cobertura se hará efectiva
siempre y cuando el diagnóstico no sea consecuencia de un mismo Cáncer anterior cubierto por la
póliza.
Luego de haber utilizado el sistema previsional de salud, sea ISAPRE o FONASA, el asegurado es
derivado a Red de Salud UC CHRISTUS para iniciar su tratamiento. A partir de ese momento la
cobertura Oncológica cubrirá los siguientes gastos efectivamente incurridos y hasta los límites
definidos, que se detallan a continuación:
Tramos de Edades Cronológicas por Afiliado Máximo prestaciones en UF Deducible UF
Hasta los 69 años y 364 Días UF 30.000 0
Entre 70 y vitalicia UF 5.000 150
El monto máximo de prestaciones en UF se considera por cada evento oncológico que el Afiliado
padezca durante la vigencia del Convenio y no estará limitado a cantidad de eventos ni a la duración
de los tratamientos. A su vez el deducible que opera a partir de los 70 años del Afiliado se aplicará
por cada evento con cobertura desde los 70 años.
PLAN DE SALUD ONCOLÓGICO ISAPRE
Descripción de los Beneficios
Coberturas Prestaciones con
cobertura de Isapre
Prestaciones sin
cobertura de Isapre (*)
Tipos de Prestaciones Hospitalarias
Días Cama Medicina, UTI, UCI, Intermedio o Recuperación 100% 50%
Servicios Hospitalarios 100% 50%
Honorarios Médicos Quirúrgicos 100% 50%
I nsumos, medicamentos intrahospitalarios, órtesis y prótesis
Quirúrgica (*****) 100% 50%
Ambulancia Terrestre (**) 100% 50%
Tipos de Prestaciones Ambulatorias Beneficio Ambulatorio
Cirugía Ambulatoria 100% 50%
Consultas Médicas no Siquiátricas 100% 50%
Exámenes de Laboratorio 100% 50%
Imagenología 100% 50%
Procedimientos de Diagnósticos y Terapéuticos 100% 50%
Otras Prestaciones
Drogas Antineoplásicas (*****) 100% 50%
Radioterapia y Quimioterapia 100% 50%
Medicamentos Ambulatorios para el Tratamiento del Cáncer
(***) 100% 50%
Hospitalización Domiciliaria 100% 50%
Consulta Siquiátrica Asociadas a la Enfermedad (****) 100% 50%
(*) Se aplica la tabla de cobertura “Prestaciones sin cobertura de Isapre”, cuando la previsión del beneficiario no tiene
cobertura en el establecimiento de Red de Salud UC CHRISTUS en el cual se realizó la prestación, independiente si la
prestación cuanta o no con Código Fonasa.
(**) Para la prestación de Ambulancia Terrestre, el tope será de UF10 por evento y sin límite de eventos, siempre que
el beneficiario sea hospitalizado.
(***) La prestación de medicamentos ambulatorios, es sólo para fármacos directamente relacionados y necesarios para
el tratamiento del cáncer que activó el otorgamiento de los beneficios de este producto, que se encuentre cubierta por este, haya
sido diagnosticada por el médico tratante y que hayan sido parte de prestaciones otorgadas por Red de Salud UC
CHRISTUS.
(****) Con un límite de 30 consultas anuales, la cobertura contempla sólo Médicos Staff de Red UC en Red de Salud UC
CHRISTUS.
(*****) El monto máximo de beneficios por concepto Drogas antineoplásicas y otras asociadas al tratamiento del Cáncer
es de un UF 5000 como único límite combinado, para toda la vigencia del Plan Oncológico.
Para calcular el monto de tales beneficios, se descontarán previamente los aportes y/o
bonificaciones y/o pagos correspondientes a las prestaciones de salud y seguros complementarios
del Afiliado, las que se cobrarán a los respectivos Sistemas de Salud Previsional y/o Seguros del
Afiliado.
Establecimientos Prestadores del Plan Oncológico: Serán los siguientes: (1) UC CHRISTUS Servicios
Clínicos Spa (2) UC CHRISTUS Salud Spa (3) UC CHRISTUS Servicios Ambulatorios Spa (4) Pontificia
Universidad Católica de Chile (5) También considera las prestaciones otorgadas por ASOMEDUC no
obstante esta no tiene un establecimiento físico, sino que presta sus servicios dentro de las demás
instalaciones. Los Afiliados pueden informarse de los lugares en www.ucchristus.cl. Estos
Establecimientos podrán ser modificados y/o reemplazados por el Prestador de acuerdo al
Convenio.
Requisitos para ser incorporados como Afiliados al Plan Oncológico: Ser cónyuge y/o conviviente
civil y/o pareja; los hijos del Contratante, cónyuge, conviviente civil o pareja cumpliendo lo siguiente:
(1) Edad mínima de ingreso contratante, cónyuge, conviviente civil o pareja: 18 años cronológicos
(2) La edad máxima de ingreso para contratante, cónyuge, conviviente civil o pareja es de 79 años y
364 días (3) ) La edad mínima de ingreso para hijos es desde su nacimiento (4) La edad máxima de
ingreso para hijos es hasta los 24 años y 364 días. (5) Solo podrán ser Afiliados a este Plan personas
cuyo Sistema Previsional de Salud es Isapre.
Edades máximas de permanencia: La permanencia para contratante, cónyuge, conviviente civil o
pareja será vitalicia y para hijos esta será hasta que cumplan los 25 años y 364 días de edad. Para
efectos del Convenio se utilice el término
Afiliado” se entenderá que cubre tanto al Contratante titular como Beneficiarios.
Cambio de Sistema Previsional de salud: A partir del cambio del Sistema Previsional de Salud de
Isapre a FONASA B – C - D, las partes acuerdan que esto generará en forma automática y sin
necesidad de aviso alguno, una modificación en la cobertura del Convenio equivalente a la siguiente
Tabla de Beneficios:
Descripción de los Beneficios
Coberturas Prestaciones con
cobertura de Fonasa
Prestaciones sin
cobertura de Fonasa (*)
Tipos de prestaciones Hospitalarias
Días Cama Medicina, UTI, UCI, Intermedio o
Recuperación 50% 25%
Servicios Hospitalarios 50% 25%
Honorarios Médicos Quirúrgicos 50% 25%
I nsumos, medicamentos intrahospitalarios, órtesis
y prótesis Quirúrgica (*****) 50% 25%
Ambulancia Terrestre (**) 50% 25%
Tipos de Prestaciones Ambulatorias Beneficio Ambulatorio
Cirugía Ambulatoria 50% 25%
Consultas Médicas no Siquiátricas 50% 25%
Exámenes de Laboratorio 50% 25%
Imagenología 50% 25%
Procedimientos de Diagnósticos y Terapéuticos 50% 25%
Otras prestaciones
Drogas Antineoplásicas (*****) 50% 25%
Radioterapia y Quimioterapia 50% 25%
Medicamentos Ambulatorios para el Tratamiento
del Cáncer (***) 50% 25%
Hospitalización Domiciliaria 50% 25%
Consulta Siquiátrica Asociadas a la Enfermedad
(****) 50% 25%
A su vez si un Afiliado no cuenta con un Sistema Previsional de Salud al momento de realizar su
tratamiento oncológico, este convenio no otorgará cobertura a las prestaciones realizadas.
Para calcular el monto de tales beneficios, se descontarán previamente los aportes y/o
bonificaciones y/o pagos correspondientes a las prestaciones de salud y seguros complementarios
del Afiliado, las que se cobrarán a los respectivos Sistemas de Salud Previsional y/o Seguros del
Afiliado.
A su vez si un Afiliado no cuenta con un Sistema Previsional de Salud al momento de realizar su
tratamiento oncológico, este convenio no otorgará cobertura a las prestaciones realizadas.
EXCLUSIONES
La cobertura otorgada en virtud de esta Póliza no cubre los daños susceptibles de ser indemnizados
cuando se trate de gastos que provengan o se originen por:
a) Enfermedades Preexistentes, sus consecuencias y complicaciones.
b) Diagnóstico de Cáncer: biopsia e Informe Anatomopatológico.
c) Tratamientos psiquiátricos y psicológicos, estéticos, kinésicos o de rehabilitación.
d) Tratamientos que no tengan como finalidad la cura de la enfermedad.
e) Tratamientos paliativos, tratamientos o intervenciones quirúrgicas con fines estéticos,
reparadora y/o cirugía plástica.
f) Tratamientos, procedimientos y/o estudios y/o protocolos de tipo experimental o de
investigación clínica, que corresponden a esquemas de Tratamiento no habituales, fuera de
las recomendaciones de Tratamiento con niveles de evidencia I o II del NCCN (National
Comprehensive Cancer Network) para los diferentes cánceres y sus estados clínicos; o que
no cuenten con autorización del Instituto de Salud Pública de Chile (ISP).
g) Cualquier tipo de prótesis y órtesis.
h) Trasplantes.
i) Los traslados de pacientes desde y hacia cualquier destino.
j) Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida - SIDA - o que el Asegurado sea portador del V.I.H.
REQUISITOS DE ASEGURABILIDAD
Los requisitos de asegurabilidad son los siguientes:
ASEGURADO TITULAR, CÓNYUGE, PAREJA CONVIVIENTE.
Edad Mínima de Ingreso: 18 años.
Edad Máxima de Ingreso: 79 años y 364 días.
Edad Máxima de Permanencia: 115 años y 364 días.
ASEGURADOS HIJO, HIJA, HIJASTRO, HIJASTRA:
Edad Mínima de Ingreso: 0 años.
Edad Máxima de Ingreso y Permanencia: 23 años y 364 días.
RELACIÓN RESPECTO AL ASEGURADO TITULAR
En caso del plan familiar, para ser agregados como asegurados adicionales del asegurado titular,
éstos deberán cumplir con los siguientes requisitos:
a) Ser cónyuge y/o conviviente civil y/o pareja del Asegurado Titular.
b) Ser hijos del Contratante, cónyuge, conviviente civil o pareja.
PAGO DE PRIMA EN UF
El importe de las primas será cargado automáticamente en el medio de pago del asegurado, según
este lo haya estipulado en la propuesta o solicitud de incorporación. La periodicidad del pago será
mensual.
Una vez establecida las fechas de pago, el asegurado tendrá un plazo de hasta 60 días para efectuar
dicho pago, de lo contrario la compañía pondrá en mora o simple retardo en el pago de todo o parte
de la prima.
Si el obligado al pago incurre en mora o simple retardo en el pago del todo o parte de la prima,
reajustes o intereses, se declarará terminado el contrato mediante carta certificada dirigida al
domicilio que el contratante y el asegurado haya señalado en la póliza.
El término del contrato operará al vencimiento del plazo de 15 días corridos, contados desde la fecha
del envío de la comunicación, a menos que antes de producirse el vencimiento de ese plazo sea
pagada toda la parte de la prima, reajustes e intereses que estén atrasados, incluidos los
correspondientes para el caso de mora o simple retardo. Si el vencimiento del plazo de 15 días recién
señalado recayere en día sábado, domingo o festivo, se entenderá prorrogado para el primer día
hábil inmediatamente siguiente, que no sea sábado.
Mientras la terminación no haya operado, la compañía aseguradora podrá desistirse de ella
mediante una nueva carta en que así lo comunique a la persona que contrató el seguro y dirigida al
domicilio antes aludido en este artículo.

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