¡NUEVO SEGURO! SEGURO COMPLEMENTARIO DE SALUD FULL 60% CON EXTENSIÓNCATASTRÓFICA Día cama hospitalización Servicios hospitalarios Honorarios médico qurúrgicos Consultas Médicas Exámenes de Laboratorio e Imagenología El Seguro Complementario de Salud FULL 60% con Extensión Catastrófica se hace efectivo una vez aplicados los beneficios y coberturas del sistema de salud previsional respectivo, así como también los de cualquier otro beneficio, Plan o seguro que posea el asegurado titular y sus cargas. Nuestroseguro complementario de saludentregacoberturas de hasta un 60% en exámenes, consultas, procedimientos y hospitalizaciones, y además, entrega una extensión decobertura en enfermedades y accidentes de alto costo. Entregamos coberturas Fonasa e Isapres Seguro Seguro Complementario de Salud FULL 60% con Extensión Catastrófica
Prima Laprimabrutadel“Seguro Complementario de Salud FULL 60% conExtensiónCatastrófica”será desdeUF 1,14 mensualpor asegurado. Elpreciovaríasegúnelnúmerode aseguradosylatabladetramode edades incluido en la póliza. Cobro El pago de la prima será con cargo a una tarjeta de débito o crédito. El cobro se realizarásobre el medio de pago seleccionadopor el titularalmomentodela contratación de la póliza. Inicio de Cobertura Podrás hacer uso de tu cobertura al día siguiente de la contratación de la póliza. Además, estará disponible el ingreso de solicitudes de reembolso a través de la APP y Portal Privado web de Vida Cámara. Debes saber La cobertura complementaria anual por asegurado tiene un tope de UF 450, cuya aplicación se realiza de la siguiente manera: Por cada solicitud de reembolso en exámenes, consultas y hospitalización, se aplicará un 60% de bonificación en el copago durante 12 meses o hasta completar el tope de bonificación de UF 450.Los topes de cobertura se reinician a la renovación de la póliza, por lo que el tope de cobertura de UF 450 se comienza a contabilizar una vez renovado el seguro por el siguienteperiodo de 12 meses. CONTRATA 100% ONLINE EN VIDACAMARA.CL
Plan de Coberturas Extensión Catastrófica *El tope será de UF 10 por evento y sin límite de eventos, siempre que el asegurado sea hospitalizado. COBERTURA DÍA DE CAMA MEDICINA HOSPITALIZACIÓN SERVICIOS HOSPITALARIOS PORCENTAJE DE REEMBOLSO 100% 100% 100% 100% 100% 100% 100% 100% 100% 100% HONORARIOS MÉDICOS BENEFICIOS DE HOSPITALIZACIÓN BENEFICIOS AMBULATORIOS PROCEDIMIENTOS DE DIAGNÓSTICOS Y TERAPÉUTICOS PRÓTESIS QUIRURGICAS CIRUGÍA DENTAL POR ACCIDENTE AMBULANCIA TERRESTRE* CIRUGÍA AMBULATORIA CONSULTAS MÉDICAS EXÁMENES DE LABORATORIO 100%EXÁMENES MEDICINA NUCLEAR 100%EXÁMENES DE RADIOGRAFÍAS
Conoce la Prima de tu seguro Periodicidad de pago de la prima: Pago mensual durante la vigencia de la póliza. Modalidad de pago de la prima: Tarjeta de crédito y tarjeta de débito Plazo de Gracia: Para el pago de la prima se concede un plazo de gracia de 30 días el cual será contado a partir del primer día del mes de cobertura no pagado. Los cargos mensuales en la tarjeta de crédito y/o débito se harán en el equivalente en pesos a la prima que corresponda al período. Las primas por asegurado detalladas corresponden al valor bruto (IVA incluido) La prima mensual en UF será calculada en función del tramo de edad y número de los asegurados incluyendo al asegurado titular y dependientes. Por tanto, cada vez que un asegurado dentro del grupo familiar cambie de tramo de edad, el monto de la prima se ajustará según los términos que se establecen en la siguiente tabla. Igual ajuste se efectuará cada vez que se modifique el número de asegurados cubiertos por el seguro. PRIMA POR ASEGURADO TRAMO POR EDAD 1,14 UF 1,38 UF 1,64 UF 1,78 UF 2,21UF 2,91 UF 3,36 UF 4,01 UF 0 - 20 21 - 30 31 - 40 41 - 50 51 - 60 61 - 70 71 - 80 81 - 90 5,61UFMás de 90
La cobertura de este seguro es anual con renovación automática no garantizada por periodos de un año al final de cada vigencia, mientras se cumplan los requisitos de asegurabilidad y el pago de la prima al día, a menos que alguna de las partes manifieste su opinión en contrario a través de comunicación escrita, con una anticipación de, a lo menos, 60 días corridos a la fecha de vencimiento de la póliza. DERECHO A RETRACTO Como asegurado, podrás retractarte del seguro, sin expresión de causa ni cargo alguno, dentro de diez (10) días desde la recepción de la póliza, teniendo a la devolución de la prima que hubiere pagado, a no ser que el evento asociado al seguro ocurra durante ese período de tiempo. TÉRMINO ANTICIPADO DEL SEGURO El asegurado podrá comunicar su decisión de terminar anticipadamente el seguro a través del portal Vida Cámara, contenidoenelsitiowebdelacompañía,ingresandoconsuaccesopersonalyseleccionandolasolicitud correspondiente, o a través de una comunicación escrita dirigida a la compañía. La terminación del seguro se efectuará a contar de la fecha de recepción en la compañía de la comunicación del asegurado. En los casos que corresponda, se efectuará devolución de prima del periodo de cobertura no consumido. Requisitos para tu seguro Vigencia y Renovación Titular18 años EDAD MÍNIMA DE INGRESO COBERTURAEDAD MÁXIMA DE INGRESO EDAD MÁXIMA DE PERMANENCIA Cónyuge, conviviente civil o conviviente no civil Hijos Cargas Legales 18 años Desde el 14avo día de nacimiento 69 años y 364 días 69 años y 364 días 23 años y 364 días 23 años y 364 días 99 años y 364 días 99 años y 364 días 24 años y 364 días 24 años y 364 días Desde el 14avo día de nacimiento siguiente al de su aceptación en incorporación al seguro, con excepción de los hijos recién nacido, cuya vigencia se ajustará a lo siguiente: • Si la Solicitud de Incorporación es presentada a la compañía hasta el día 30 de vida del recién nacido, la vigencia será contar del 14avo día de su nacimiento. • Si la solicitud de incorporación es presentada a la compañía con posterioridad al día 30 de nacido, la vigencia será a partir delprimerdíadelperiododecoberturasiguientedela presentación de la solicitud de incorporación. Los asegurados que cumplan la edad máxima de permanencia durante la vigencia del contrato de seguro mantendrán su cobertura hasta el término de vigencia de la póliza. Las categorías de cónyuge, conviviente civil y conviviente no civil son excluyentes entre sí; por ello, en cada grupo familiar sólo podrá permanecer vigente una de estas tipologías. Los nuevos asegurados dependientes ingresarán al seguro sólounavezevaluadasusolicituddeincorporacióny aceptadosuingresoporVidaCámara.Enestoscasosla cobertura se iniciará el primer día del período de cobertura
Este seguro reembolsa, como complemento del Sistema Previsional de Salud de cada asegurado, los gastos médicosrazonablesyacostumbrados,enquesehayaincurridoefectivamenteaconsecuenciadeuna incapacidad cubierta por este contrato de seguro y ocurrida durante la permanencia del asegurado en la póliza en los términos porcentuales, límites y topes establecidos en esta póliza. Los términos, proporciones, límites y condiciones de cobertura, se encuentran definidos en los Planes de Reembolso, detallados en esta póliza de acuerdo al plan al que opte el asegurado titular al momento de la contratación. Con todo, los porcentajes de bonificación establecidos en el Plan de Reembolsos anteriormente mencionado podrán ser incrementados en el porcentaje que se indique para las respectivas prestaciones del referido Plan si éstas son realizadas u otorgadas en las clínicas o centros médicos de Red Salud, siempre que éstas gocen de cobertura en la póliza. Se exceptuarán del incremento porcentual de reembolso, las prestaciones que en el Plan de Reembolsos contemplen un porcentaje de bonificación del 100%. No obstante lo anterior, para los casos que a continuación se indican, los términos de cobertura se ajustarán a lo siguiente: En aquellos casos en que el asegurado este afiliado a un sistema de salud previsional, privado o estatal, y las prestaciones o gastos reclamados se encuentren tipificadas en el Arancel Fonasa vigente a la fecha de la prestación, y no cuenten con bonificación, aporte y/o reembolso mayor que cero (0) en tales instituciones, independiente de la causa que lo provoque, se aplicará una rebaja de 50% al porcentaje de reembolso establecido en el Plan de Reembolsos. Se excluyen de esta regla los gastos por medicamentos hospitalarios para los asegurados afiliados a FONASA u otros Sistemas Previsionales de Salud, cuyo porcentaje de reembolso será el establecido en el Plan de Reembolso. Los gastos médicos incurridos en el extranjero tendrán cobertura por esta póliza sólo en caso de Atención de Urgencia sujeto al cumplimiento de las siguientes condiciones copulativas: a) Los gastos de las prestaciones deben haber sido reembolsados por el Sistema de Salud Previsional del asegurado. b) El asegurado debe tener domicilio o residencia permanente en Chile y la permanencia máxima en el extranjero no podrá superar los 30 días Sujetoalcumplimientodelascondicionesantesreferidas,enestoscasoslosporcentajesreembolso establecidos en el Plan de Reembolsos se reducirán en 25% con tope anual de 500 UF. En caso de que el asegurado no se encontrara afiliado a un Sistema Previsional al momento del siniestro, estos gastos serán cubiertos por el seguro aplicando una rebaja del 80% sobre los porcentajes del cuadro "Plan de Reembolsos" con tope de 2 UF anual, previa acreditación de la condición. En aquellos casos en que el asegurado esté afiliado a un sistema de salud previsional privado o público y durante la vigencia de esta póliza disminuyera la cobertura otorgada por el sistema previsión al de salud del asegurado, en comparación a la otorgada al momento de contratar esta póliza en más de un 20% ya sea por voluntad o condiciones ajenas al asegurado, la compañía reducirá el porcentaje de reembolso en 80%. Las prestaciones ambulatorias y hospitalarias no tipificadas en el Arancel Fonasa que tengan cobertura por esta póliza serán cubiertas por el seguro según lo indicado en el respectivo Plan de Rembolso. Sobre la Cobertura Complementaria
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