No PÓLIZA:
No PROPUESTA:

CONDICIONES PARTICULARES DE LA PÓLIZA
DE SEGURO INDIVIDUAL PARA PRESTACIONES MÉDICAS
POR ACCIDENTE

SEGURO ES
TUDIANTE PROTEGIDO
SEGUROS CLC S.A. en conjunto con el Contratante, quien se individualiza más adelante, suscriben el presente
Contrato de Seguro, del cual forman parte integrante la propuesta presentada por el asegurado, sus declaraciones
de salud, los antecedentes adicionales, las condiciones generales registradas en la Comisión para el Mercado
Financiero (CMF) y las condiciones particulares que se detallan a continuación.

Contratante :

RUT :

Dirección :

Comuna :

Inicio Vigencia :

Se deja expresa constancia que, con independencia de la fecha de contratación de la presente póliza, la vigencia
del seguro comenzará desde 01 de marzo del 2025 hasta el 31 de marzo 2026. En el evento de contratarse con
posteridad al 26 de febrero del 2025, su vigencia se extenderá desde 72 horas posteriores a la fecha de
contratación, hasta el 31 de marzo del 2026.

Domicilio Especial : Para todos los efectos del presente contrato, las partes fijan su domicilio en la ciudad y
comuna de Santiago.

Periodicidad Pago de Prima : Única

Prima : UF 0.45 anual, IVA incluido, por asegurado, por toda la vigencia del seguro.

UF fijada a día 01 noviembre 2024, $ 17.000.

Modalidad Pago de Prima : Directa

Obligación Pago de Prima : Asegurado Titular / Contratante

Condiciones Generales : Depositadas en CMF bajo el código POL320170187

Condiciones Adicionales : Depositadas en CMF bajo el código CAD 320220022

Cobertura : Prestaciones Médicas asociadas a Accidentes

Cobertura Adicional : Prestaciones Médicas asociadas a Enfermedad

Prestador Preferente : Clínica Las Condes.

Arancel del Prestador : Arancel de Clínica Las Condes

Fecha de Emisión
:
Intermediario
:
Comisión
:
Asegurados Rut Fecha Nacimiento Cobertura
Adicional (CAD)

Capital UF

800

Prima Neta por toda la vigencia del seguro. $:

IVA 19% $:

Prima Total Anual $:

p. SEGUROS CLC

Fecha de Emisión
:
Intermediario
:
Comisión
:
IMPORTANTE
Al contratar o incorporarse a este seguro de salud, usted debe tener presente lo siguiente:

A. Este es un seguro voluntario, que reembolsa sólo los gastos médicos cubiertos por esta póliza y de cargo del
asegurado.

B. Este seguro, no sustituye la cobertura que otorga la ISAPRE y no necesariamente cubre las mismas
prestaciones.

C. Antes de contratar este seguro es importante que usted se informe y tenga claridad sobre los siguientes
aspectos:

Duración de este seguro.

En qué casos NO SE PAGARÁ ESTE SEGURO.

Los requisitos para cobrar el seguro.

D. En el siguiente cuadro se resumen algunos antecedentes importantes que usted debe considerar, al momento
de contratar este seguro (*):

Este seguro:

NO contempla renovación garantizada

SI podrá aumentar la prima (precio) en caso de renovación de la póliza.

NO considera la siniestralidad individual para el aumento de la prima en caso de renovación.

NO cubre preexistencias

E.
Las Condiciones Generales de este seguro se encuentran depositadas con el código POL 320170187 y CAD
320220022 en la
Comisión para el Mercado Financiero. Usted puede revisar este texto en www.cmfchile.cl.
F. Este contrato no cuenta con sello Sernac.
3. COBERTURAS
Este Seguro entrega cobertura ante gastos médicos derivados de atenciones ambulatorias y hospitalarias
causadas por Accidentes Traumáticos con atención en Servicio de Urgencia de Clínica Las Condes.

Adicionalmente, este seguro otorgará cobertura para gastos médicos de hospitalización con riesgo vital en otros
prestadores distintos a Clínica Las Condes, ubicados en territorio nacional o extranjero con topes establecidos en
el cuadro de coberturas presentado a continuación, en caso de gastos médicos de hospitalización o ambulatorios
sin riesgo vital la cobertura de este seguro es solo para para la primera atención de urgencia en prestadores
ubicados fuera de Región Metropolitana, sujeta a los montos y topes detallados en la tabla precedente.

Para la cobertura de Gastos hospitalarios en otros prestadores de salud distintos de Clínica Las Condes, la
evaluación en caso de tratarse de un accidente con riesgo vital, la realizará la Contraloría Médica de Seguros CLC
S.A.
Sin perjuicio de lo anterior, en caso que el asegurado ingrese a otro prestador de salud con motivo de un
Evento con Riesgo Vital cubierto por la póliza, podrá ser trasladado a Clínica Las Condes tras ser estabilizado,
aplicándose en tal caso el tope de cobertura correspondiente a esta última, descontando el monto que la
Compañía Aseguradora haya debido cancelar al otro prestador de salud dentro de los márgenes de su respectivo
tope.

Según lo indicado en el Artículo 2° del Condicionado General, la Compañía Aseguradora entregará las Coberturas
detalladas en esta Póliza, siempre que la fecha del accidente sea posterior a la fecha de inicio de vigencia de esta
Póliza.

Según lo indicado en el Artículo 2° del Condicionado General, la Compañía Aseguradora reembolsará los gastos
médicos como complemento a la cobertura del sistema de salud previsional Isapre y de otros seguros
complementarios que posea el asegurado.

3.1 Cuadro de Coberturas para Gastos Médicos Razonables y Acostumbrados y Efectivamente Incurridos,
para Asegurados CON sistema previsional de salud Isapre vigente.

Cobertura en Clínica Las
Condes

Cobertura en otros
prestadores de salud ubicados
en Región Metropolitana

Cobertura en otros
prestadores de salud ubicados
fuera de Región Metropolitana
y en el extranjero

Cobertura para
Gastos Médicos de
Hospitalización
CON riesgo vital
hasta estabilización.

100% después del
reembolso de sistema de
salud y otros seguros a
favor del asegurado, con
tope póliza.

100% después del reembolso
de sistema de salud y otros
seguros que pueda tener
contratados el asegurado,
con tope 70% arancel CLC y
tope póliza.

100% después del reembolso
de sistema de salud y otros
seguros que pueda tener
contratados el asegurado,
con tope 70% arancel CLC y
tope póliza.

Cobertura para
Gastos Médicos de
Hospitalización y
Gastos Médicos
Ambulatorios SIN
riesgo vital.

100% después del
reembolso de sistema de
salud y otros seguros a
favor del asegurado, con
tope póliza.

Sin cobertura

Solo para la primera
atención de urgencia. 100%
después del reembolso de
sistema de salud y otros
seguros que pueda tener
contratados el asegurado, con
tope 70% arancel CLC y tope
póliza.

Gastos sin
reembolso Isapre.
50% después del Sin cobertura Solo para la primera
atención de urgencia. 100%
reembolso de sistema de
salud y otros seguros a
favor del asegurado, con
tope póliza.

después del reembolso de
otros seguros que pueda tener
contratados el asegurado, con
tope arancel CLC y tope
póliza.

Gastos dentales y/o
maxilofaciales
ambulatorios

100% después del
reembolso de sistema de
salud y otros seguros a
favor del asegurado, con
tope UF 15 por evento.

Sin cobertura.
Sin cobertura.
Cobertura para
Servicio Rescate
CLC (*) entre
regiones V y VII
continental, en caso
de:

a) Evento con riesgo
vital.

b) Evento sin riesgo
vital.

a) 100% después del
reembolso de sistema de
salud y otros seguros, con
tope póliza

b) 100% después del
reembolso de sistema de
salud y otros seguros, con
tope UF 3

Sin cobertura.
Sin cobertura.
Cobertura traslado
secundario en todo
Chile hacia CLC (**)

100% con tope UF 100
Sin cobertura Sin cobertura
(*) Rescate: Trasladar en ambulancia o helicóptero al o los afectados al establecimiento hospitalario o centro
asistencial de salud más próximo que cuente con la infraestructura necesaria para recibir un paciente grave.

(**) Traslado Secundario: Trasladar programadamente desde un establecimiento hospitalario o centro asistencial a
Servicio de Urgencia de Clínica Las Condes, siempre que su debida atención así lo requiera, que el traslado haya
sido aceptado por el médico tratante y que la recepción del paciente esté coordinada con el hospital de llegada. La
movilización deberá efectuarse proporcionando la debida atención profesional y técnica durante el traslado.

Los porcentajes de cobertura se calculan sobre los valores contenidos en el arancel de Clínica las Condes. El
monto máximo reembolsable por la compañía de seguros, no podrá exceder el tope de la póliza indicado en el
recuadro precedente.

Este seguro no tiene cobertura para personas que no tengan sistema previsional Isapre con cobertura en Clínica
Las Condes.

3.2 Tipo de Habitación en hospitalización: Este seguro cubrirá las hospitalizaciones en habitación estándar.
Se
entiende por habitación estándar aquella que determine el prestador de acuerdo a la naturaleza de la afección y
complejidad.

4. DEDUCIBLE

Este no tiene deducible. Sin embargo, la cobertura de Enfermedades contratada como adicional a través del CAD
320220022 posee un deducible de $29.000 por cada atención ambulatoria de carácter no traumático prestado en
Servicio de Urgencia en Clínica Las Condes, para cada asegurado y por cada periodo de duración del reembolso
del evento.
5. PERÍODO DE DURACIÓN DE REEMBOLSO
El Período de Duración de Reembolso será de doce (12) meses contado desde la fecha de ocurrencia de un
Evento. Este período podrá renovarse por períodos iguales, siempre que:

1) La Póliza esté vigente y con los pagos al día.

2) El Asegurado involucrado en el Evento esté vigente en la Póliza.

6. PRIMAS Y EFECTO DEL NO PAGO DE LA PRIMA

6.1 Cálculo de Prima:

Cobertura de Accidentes (POL
320170187)
Tramo Edad en Años
PRIMA BRUTA ANUAL EN UF
De 14 días a 29 años y 364 días de edad
0.45
Valor UF fijado al día 01 de noviembre de 2024

Este seguro no tiene comisión de intermediación, es un seguro de venta directa por la compañía de seguros.

6.2 Calculo de Prima Cobertura Adicional para prestaciones de Urgencia no Traumática (CAD 320220022)

Cobertura de Enfermedades (CAD
320220022)
Tramo Edad en Años
PRIMA BRUTA ANUAL EN UF
De 14 días a 29 años y 364 días de edad
0.53
Valor UF fijado al día 01 de septiembre de 2024.

Este seguro no tiene comisión de intermediación, es un seguro de venta directa por la compañía de seguros.

6.3 Modalidad de pago: La modalidad de pago de este seguro será en forma directa.

7. DENUNCIA DE SINIESTROS

El plazo máximo para que la Compañía Aseguradora acepte a tramitación un Gasto Médico presentado para su
reembolso será de 60 días.

El plazo de aviso del siniestro será de 60 días y se contará desde la fecha de emisión del documento que da
cuenta del gasto de cargo del asegurado cuyo reembolso se requiera, independiente de la fecha de la prestación
que lo origina.

7.1 Antecedentes a presentar:
Los originales extendidos a nombre del asegurado de los Informes de Atención de
Urgencia, los recibos, boletas y facturas cuando correspondan, copias de bonos, copias de órdenes de atención,
copia de programas médicos u otros documentos que acrediten el gasto incurrido y su pago.

La Compañía se reserva el derecho de solicitar cualquier otro antecedente que estime necesario, para poder
realizar la respectiva liquidación del siniestro.

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Métodos de pago disponibles

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