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Complementario | Ambulatorio

Plan IntegraMédica 100

Sin deducible anual y Tope anual por asegurado: 60 UF

Desde

$27.331/mes

COMPROBANTE DE COBERTURA
PLAN INTEGRAMEDICA 100%

PRESTACIONES AMBULATORIAS

I.
DESCRIPCIÓN DEL PLAN:
Cobertura de los gastos médicos razonables, acostumbrados y efectivamente incurridos por el Beneficiario asociados a
la prestación ambulatoria de servicios de consultas médicas general y de especialidad (salvo psiquiatría y psicología),
exámenes de laboratorio, imagenología, resonancia magnética, procedimientos de diagnóstico/terapéuticos y
kinesiología de acuerdo las condiciones que se detallan en el Anexo 1 del presente documento, el que se entiende forma
parte del mismo para todos los efectos legales.

El Plan otorga a los Beneficiarios un 100% de descuento del valor del copago de las atenciones dentro de las dependencias
del Prestador (establecimientos de salud de la red IntegraMédica S.A), con tope de UF 60 anual por Beneficiario, en
adelante el “Límite Anual de Servicios”.

La cobertura de los gastos incluidos en el presente Plan se hará efectiva sólo respecto de aquellas prestaciones que se
hubieren ejecutado en alguno de los establecimientos de salud pertenecientes a IntegraMédica y que esta mantenga
operativos.

La aplicación del Plan se hará efectiva una vez aplicados los beneficios y coberturas del sistema de salud previsional
respectivo del Beneficiario, así como también los de cualquier otro Beneficio, Plan o Seguro que posea el Beneficiario.
Las Prestaciones de servicios médicos cubiertos por el Plan que no tengan cobertura del Sistema Previsional se
bonifican al 50% del valor total de la prestación.

II.
DEFINICIONES:
1.
MÉDICO: Sólo quienes poseen el título respectivo, estén habilitados legalmente para el ejercicio de esta profesión, en
los términos establecidos en el artículo 112 del Código Sanitario y que esté adscrito tanto al Fondo Nacional de Salud
como al sistema Isapre.

2.
SERVICIO DE EXÁMENES: Prestaciones que formen parte del GRUPO 03 del Arancel del Fondo Nacional de Salud.
3.
SERVICIO DE IMAGENOLOGÍA: Prestaciones que formen parte del GRUPO 04, del Arancel del Fondo Nacional de Salud.
4.
PRESTADOR: Corresponde al Prestador de Salud IntegraMédica S.A. y/o Exámenes de Laboratorio S.A. en donde
exclusivamente se realizarán las prestaciones individualizadas en el presente Plan.

5.
EXCLUSIONES DEL PLAN: Aquellas prestaciones que no se encuentran incluidas dentro de los beneficios otorgados por
el presente Plan y que se detallan en el capítulo III. Exclusiones, del presente documento.

6.
CARENCIA: es el periodo en que el beneficio no tiene efectos, es decir el beneficiario no puede hacer uso de la cobertura
de las prestaciones
7. BENEFICIARIO O BENEFICIARIOS: Para los efectos de este Plan, se entiende como Beneficiarios a las personas
individualizadas en el presente Comprobante de Cobertura en tanto cumplan con los requisitos de ingreso y
permanencia establecidos en el presente Plan:

a)
Beneficiario Titular
b)
Beneficiarios Dependientes: Los beneficiarios dependientes no requieren tener un vínculo familiar con el beneficiario
titular

III.
EXCLUSIONES:
El presente Plan no cubre:

1.
Prestaciones de servicios médicos no incluidas en el Anexo 1, tales como Psiquiatría, Psicología, Fonoaudiología,
Terapia ocupacional, Psicopedagogía
, Prestaciones de servicios con fines estéticos, tales como dermoestética o
cosmetología y Procedimiento de Cirugía oftalmológica ambulatoria, entre otras.

2.
Prestaciones de servicios médicos que no forman parte de oferta del prestador.
3.
Insumos, medicamentos y ortopedia
4.
Rehabilitación, consultas, exámenes y/o tratamientos por enfermedades psiquiátricas y/o psicológicas.
5.
Patologías que se originen por guerra, pandemia o epidemia.
6.
Prestaciones de servicios médicos realizados por médicos no adscritos al Fondo Nacional de Salud o al sistema Isapre.
7.
Prestaciones efectuadas por un prestador distinto de aquel definido en el número 4 del capítulo II. Definiciones, del
presente documento.
El prestador no asumirá responsabilidad alguna por los gastos que se generen cuando el
Beneficiario fuere atendido en otros centros asistenciales o fuera de las dependencias del Prestador.

8.
En caso de que no se pueda acreditar la calidad de Beneficiario del presente Plan al momento de requerir la atención, no
operarán los beneficios descritos en éste.

CONDICIONES DEL PLAN

IV.
REQUISITOS Y FUNCIONAMIENTO PARA OPTAR AL PLAN:
a.
REQUISITOS:
Este Plan sólo aplica respecto de atenciones médicas otorgadas en los Establecimientos del Prestador, por ende, este no
podrá verse obligado a efectuar ningún tipo de devolución, descuento o compensación, respecto de aquellos gastos que se
originen y que hubiesen sido realizados o practicados en hospitales, clínicas, fundaciones y en general, cualquier tipo de
centro asistencial que no sean los Establecimientos del Prestador, aun cuando se trate de médicos pertenecientes al staff
del Prestador directa o indirectamente.

Constituyen requisitos para optar al Plan:

1.
Que la prestación correspondiente se encuentre incluida en el Anexo 1 del presente documento y fuese realizada en
Establecimiento del Prestador.
2. Que el precio del Plan se encuentre debidamente pagado por el Beneficiario.
3.
Que las prestaciones no se encuentren en periodo de carencia.
4.
Que no se hubiese alcanzado el tope anual por beneficiario.
5.
Que se haya pagado el respectivo copago de las prestaciones realizadas, y obtenido el beneficio o cobertura del
sistema de salud previsional o seguro vigente.

b.
FUNCIONAMIENTO:
Para requerir atención en alguno de los Establecimientos del Prestador, el Beneficiario deberá identificarse con su cédula de
identidad u otro documento de identificación vigente, figurar inscrito y vigente en la nómina o base de datos que se encuentra
en poder del Prestador y no constar la caducidad o cancelación de su calidad de Beneficiario por otro medio o documento.

Los menores de 18 años deberán ser acompañados por uno de sus padres, por una persona mayor de edad o por un
responsable de la institución educacional o empresa a la que pertenece (en caso de ser aplicable). En virtud del presente Plan,
el Prestador se encuentra expresamente autorizado para proceder a la atención del Beneficiario cuando éste venga
acompañado de una de las personas antes señaladas.

Las coberturas de este plan operan en línea vía IMED,
los reembolsos de Consulta a nutricionista, prestaciones no cubiertas
por el sistema previsional o reembolsos que no se apliquen en línea por fallas o interferencias del sistema IMED, deberán
presentarse a través de la casilla
[email protected] .
V. REQUISITOS DE INCORPORACIÓN Y MANTENCIÓN DE
BENEFICIARIOS Y GRUPO FAMILIAR:

Para poder suscribir el presente Plan, los Beneficiarios deben cumplir con los siguientes requisitos, en base a la
información entregada:

Cobertura
Relación Edad Mínima de
Ingreso

Edad Máxima de
Ingreso

Edad Máxima de
Permanencia

Plan Ambulatorio 100%

Beneficiario Titular
18 años cumplidos 64 años y 364 días 74 años y 364 días
Beneficiarios
Dependientes

Cónyuge / Conviviente
/ Hijos / Padres/ Otros

0
64 años y 364 días 74 años y 364 días
Estar afiliado a cualquier Isapre o FONASA (Niveles B, C y D).

VI. BENEFICIO DE FARMACIA

Descripción del Beneficio
1. Por este beneficio, mediante el pago del Plan de Salud contratado con IntegraMédica, los Beneficiarios declarados en
el respectivo comprobante de cobertura, podrán acceder a un beneficio en la compra de productos, medicamentos
genéricos y/o de marca recetados exclusivamente por un médico cirujano, detallados en el Anexo 2 de este
comprobante de cobertura, que sean adquiridos y se encuentren disponibles en la Red de Farmacias que se indica en
este comprobante de cobertura o en aquella que oportunamente indique IntegraMédica, en la forma, modalidad y
condiciones que se detallan a continuación.

2.
La Red de Farmacias estará conformada por las farmacias en convenio con PHARMA BENEFITS y SALCOBRAND S.A.,
correspondiente a Salcobrand o aquéllas que, en sustitución de estas, IntegraMédica comunique al Beneficiario Titular
en cualquier tiempo a su correo electrónico bajo las condiciones indicadas en el comprobante de cobertura, con 30 días
de anticipación al inicio de vigencia de la atención en las nuevas farmacias.

3.
El beneficio será con receta y sin receta médica y corresponderá a un porcentaje que se aplicará sobre el precio de
venta por cada producto y/o medicamento en la farmacia, con un tope mensual, renovable mes a mes, según sea el
caso. El precio final corresponderá al que resulte luego de aplicarse los beneficios del Convenio de Descuento
Preferente vigente en la Red de Farmacias para clientes del respectivo Plan de Salud de IntegraMédica al momento de
la compra.

4.
El porcentaje de beneficio y el tope mensual corresponderán a los que se indican, según el código de la modalidad del
beneficio contratado, al final de estas condiciones particulares. El código de la modalidad de beneficio contratado será
el indicado en el respectivo comprobante de cobertura.

Beneficiarios

1.
Son Beneficiarios el Beneficiario Titular y sus Dependientes individualizados en el respectivo comprobante de
cobertura.

Requisitos de Incorporación y Otorgamiento del Beneficio

Son requisitos para la incorporación y otorgamiento de este beneficio, los siguientes:

1.
Haber suscrito el Beneficiario Titular el Plan de Salud con IntegraMédica indicado en el respectivo comprobante de
cobertura.

2.
Que el Beneficiario se encuentre individualizado en el respectivo comprobante de cobertura.
Condiciones de Mantención del Beneficio

Sin perjuicio de las causales de término de los presentes beneficios indicados en el presente artículo, son condiciones de
mantención de este, a las que el Beneficiario se obliga, las siguientes:

1.
Usar debida y correctamente, el Beneficiario, el presente beneficio, el cual está destinado a cubrir las necesidades
medicamentosas del Beneficiario. Los derechos que otorga el presente beneficio son personalísimos e intransferibles,
por lo que su uso debe ajustarse a los requerimientos médicos y terapéuticos del Beneficiario.

2.
Dar cumplimiento al procedimiento establecido en estas condiciones para la obtención del beneficio.
3.
Dar cumplimiento cabal a lo estipulado en estas condiciones.
4.
Mantener vigente el Plan de Salud con IntegraMédica.
Condiciones de Otorgamiento del Beneficio

1.
El presente beneficio no garantiza la disponibilidad de inventarios de medicamentos en todas las farmacias de la Red
de Farmacias indicada en los puntos precedentes, sin que exista responsabilidad de IntegraMédica al respecto.

2.
Los beneficios aplican sobre Vademécum Ambulatorio.
3. No se cubrirán recetas cuya fecha de emisión supere los 30 días corridos.
4.
Se aceptarán cambios y devolución de los productos bonificados, sólo si, a juicio de la Red de Farmacias, la condición
del medicamento lo permite.

5.
Sólo se bonifican los medicamentos comercializados en Chile.
6.
No se bonificarán compras de medicamentos efectuadas fuera de la Red de Farmacias indicada en los puntos
precedentes.

7.
Se excluyen medicamentos oncológicos, inmunológicos, veterinarios, de medicina reproductiva, vacunas y asociados a
patologías de alta especialidad y costo, específicamente: trasplantes, VIH, artritis, esclerosis múltiple, hemofilia,
hormonas de crecimiento, hepatitis C y fibrosis quística. Se excluye también a los suplementos alimenticios, accesorios
médicos, recargas telefónicas y chips de telefonía celular. Quedarán excluidas, además, aquellas ofertas condicionadas.

8.
Se excluye también a los suplementos alimenticios, accesorios médicos, recargas telefónicas y chips de
telefonía celular. Quedarán excluidas, además, aquellas ofertas condicionadas.

9.
Los topes de descuentos y/o bonificaciones son independientes, mensuales y se renuevan mes a mes.
10.
Válido solo para compras presenciales. No permite el reembolso posterior de medicamentos comprados en la Red de
Farmacias indicada en el punto 2 del apartado “Descripción del Beneficio”.

Procedimiento para la Obtención del Beneficio

1.
Para hacer efectivo el presente beneficio, el Beneficiario deberá presentar la siguiente documentación en la Red de
Farmacias indicada en los puntos precedentes:

a.
Cédula de Identidad vigente del Beneficiario y elegir su plan para acceder a los beneficios.
b.
Receta médica en original (*), vigente, extendida por un Profesional Médico Cirujano, y que incluya a lo menos:
i.
Nombre completo.
ii.
Rut, domicilio y teléfono del Profesional.
iii.
Nombre y Rut del beneficiario.
iv.
Medicamentos recetados, dosis, frecuencia y días totales de tratamiento.
v.
Fecha de emisión de la receta.
(*) Solo si es que fuese necesaria. Los documentos deben tener vigencia legal y estar en buen estado, sin enmendaduras ni
alteraciones.

2.
Para las compras con receta, las bonificaciones se aplicarán al precio venta.
3.
Para las compras sin receta, los descuentos se aplicarán al precio venta y siempre aplicará el mayor descuento.
Constancia del Beneficio

1.
Se deja constancia y el Beneficiario declara conocer que, para el otorgamiento del presente beneficio, IntegraMédica
ha suscrito un convenio con PHARMA BENEFITS y SALCOBRAND S.A, cuya vigencia es condición de la vigencia del
presente beneficio. No obstante, lo anterior, en caso de término del convenio, IntegraMédica podrá optar por
sustituirlo por otro, informando al Beneficiario Titular el cambio en la Red de Farmacias para hacer efectivo el beneficio,
en la forma y plazo indicado anteriormente.

2.
Toda información o comunicación respecto de este beneficio será realizada por IntegraMédica.
Causales de Terminación del Beneficio

1.
IntegraMédica podrá poner término al presente beneficio, por las siguientes causales:
a.
La terminación, por cualquier causa, del Plan de Salud suscrito por el Beneficiario Titular.
b.
El uso indebido de los beneficios convenidos, a través de suplantación de entrega de información falsa, o de
cualquier otra forma.
c. El término del convenio a que se refiere el punto anterior, Constancia del Beneficio.
2.
No será necesario que IntegraMédica manifieste expresamente su decisión de poner término al presente beneficio por
la causal indicada en la letra a del número 1 precedente, bastando para ello la comunicación en tal sentido respecto
del Plan de Salud.

3.
La decisión de IntegraMédica de poner término al presente beneficio por las causales indicadas en las letras b) y c) del
número 1 precedente, será informada al Beneficiario Titular a través del medio indicado en este comprobante de
cobertura.

VII. RENOVACIÓN:

La vigencia de este Plan es anual, renovable automáticamente por periodos iguales y sucesivos de un año. La
renovación se regirá por las políticas técnicas de IntegraMédica S.A. o quien los represente. El Beneficiario podrá
rechazar la renovación o finalizar el contrato mediante cualquiera de los canales habilitados. Sin perjuicio de lo anterior,
en la fecha prevista para la renovación del Plan, IntegraMédica S.A. o quien los represente podrá ajustar el precio del
Plan, previo aviso a través de los canales de comunicación establecidos en el presente Plan, con al menos 30 días de
anticipación a la fecha de vencimiento de este. En caso de no recibir respuesta por parte del Beneficiario titular, se
entenderá renovado bajo las nuevas condiciones de precio.

VIII. DERECHO A RETRACTO:

El Beneficiario tiene derecho a retractarse de la contratación del Plan, sin expresión de causa ni penalización alguna, en el plazo
de 10 días corridos contados desde que acepta el presente Plan o desde la fecha en que la documentación de éste llegue al
correo electrónico informado y antes de hacer uso del Plan. Asimismo, el Beneficiario podrá manifestar su intención de
retractarse de la aceptación del Plan en cualquier momento antes del envío de la documentación del Plan a su correo
electrónico respectivo.

La retractación podrá comunicarla a IntegraMédica enviando un correo electrónico a
[email protected] indicando
nombre completo y Rut del Beneficiario titular o contactándose con nuestra Unidad de Servicio al Cliente al teléfono 600 391
9000. Si la retractación se produce con posterioridad al cargo de la tarifa respectiva pero dentro del plazo mencionado, deberá
restituirse su importe íntegro al responsable de pago, con independencia del medio de pago respectivo.

IX. TERMINACIÓN ANTICIPADA:

El beneficiario podrá poner término al Plan en cualquier momento enviando un correo electrónico a

[email protected]
indicando nombre completo y Rut del Beneficiario titular.
El Prestador podrá poner término al Plan a la fecha de renovación,
previo aviso a través de los canales de comunicación
establecidos en el presente Plan, con al menos 30 días de anticipación a la fecha de vencimiento de éste.

X. CAUSALES DE TERMINACIÓN AUTOMÁTICA DEL PLAN

Este Plan terminará automáticamente, y sin necesidad de declaración judicial alguna, por alguna de las siguientes causales:
A. Cuando en la renovación del Plan, se verifique que el Beneficiario cumpl la edad máxima de permanencia establecida
en numeral V.

B.
Por el no pago del precio del Plan, previo aviso del incumplimiento por parte del Prestador, o quien lo represente, al
Beneficiario con 30 días hábiles de anticipación, dando derecho a exigir el pago del precio convenido hasta la fecha
de terminación.

C.
Por el mal uso de este Plan por parte del Beneficiario, es decir, utilizar el Plan para fines distintos a los regulados en el
mismo o la suplantación de la identidad del Beneficiario, en cuyo caso éste no tendrá derecho a devolución de suma
de dinero pagada al Prestador. Asimismo, el Prestador se reserva el derecho de rechazar la inclusión en futuros a
quienes hayan hecho mal uso del Plan, sin perjuicio de ejercer las acciones legales correspondientes.

XI. RESPONSABILIDAD DE LOS BENEFICIARIOS EN LOS
TRATAMIENTOS

El Beneficiario que reciba prestaciones de salud por este plan será el exclusivo responsable de cumplir con sus deberes como
paciente, entre los cuales y por vía meramente ejemplar, se encuentra el dar cumplimiento a los tratamientos prescritos e
indicaciones médicas, asistir a controles y chequeos médicos respectivos, todo lo anterior sin responsabilidad alguna para el
Prestador.

XII. COMUNICACIONES

Cualquier comunicación, declaración o notificación que deba efectuar el Prestador al Beneficiario Titular con motivo de este
Plan, deberá efectuarse a su dirección de correo electrónico indicada el presente documento, salvo que éste no posea correo
electrónico o forma de notificación. La forma de notificación deberá ser comunicada por cualquier medio que garantice su
debido y efectivo conocimiento. En caso de que desconociere la forma de notificación declarada por el Beneficiario, las
comunicaciones deberán efectuarse mediante el envío de carta certificada dirigida a su domicilio señalado en el Comprobante
de Cobertura. Las notificaciones efectuadas vía correo electrónico se entenderán realizadas al día hábil siguiente de haberse
enviado éstas, en tanto que las notificaciones hechas por carta certificada se entenderán realizadas al tercer día hábil siguiente
al ingreso a correo de la carta, según el timbre que conste en el sobre respectivo.

Para consultas con relación al Plan, puede contactarse con nuestra Unidad de Servicio al Cliente al teléfono 600 391 9000 o al
correo electrónico
[email protected].
XIII. DOMICILIO

Para los efectos de este Plan se fija domicilio en la ciudad y comuna de Santiago de Chile. Cualquier dificultad o
controversia respecto de la aplicación, interpretación, duración, validez o ejecución de este Plan, o cualquier otro
motivo, será sometida a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de Justicia.

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