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Complementario | Full

Seguro RedSalud Full 25% - 50%

Deducible anual por asegurado: 0,5 UF y Tope anual: 200 UF

Desde

$19.343/mes

CERTIFICADO DE COBERTURA:
SEGURO REDSALUD
COMPLEMENTARIO
DE SALUD FULL
Seguro RedSalud Complementario de Salud Full
Usted se está incorporando como asegurado a una póliza o contrato de seguro colectivo cuyas condiciones han
sido convenidos por Empresa RedSalud S.A. directamente con la Compañía de Seguros Vida Cámara S.A. Las
Condiciones Generales se encuentran registradas en la Comisión para el Mercado Financiero bajo el Código
POL320230367.
Datos del Asegurador
Nombre o Razón Social COMPAÑÍA DE SEGUROS VIDA CÁMARA S.A.
Domicilio Apoquindo 6750, Piso 10
Comuna Las Condes
Ciudad Santiago
Teléfono 600 320 07 00
RUT 99.003.000 - 6
Nombre Producto Seguro RedSalud Complementario de Salud Full 25%-50%
Datos del Contratante
Nombre EMPRESAS RED SALUD S.A.
Domicilio Los Conquistadores 1730, Piso 15
Comuna Providencia
Ciudad Santiago
Teléfono 600 718 6000
RUT 76.020.458-7
Póliza
Número de Póliza Colectiva Póliza N° 1002
Número de Certificado
Datos del Intermediario
Nombre o Razón Social QuePlan Corredores de Seguros Spa.
RUT 76.824.542-8
Comisión de Intermediación
Comisión de Recaudación
Datos del asegurado titular
Nombre
RUT Email
Fecha Nacimiento Edad Inicial
Domicilio
Comuna Región
Vigencia Inicial Cobertura Vigencia Final Cobertura
CERTIFICADO DE COBERTURA:
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I. ASEGURADOS DEPENDIENTES
Nombre RUT Fecha Nacimiento
(DD/MM/AAAA)
Relación con
Titular
Vigencia Inicial
Cobertura
(DD/MM/AAA
A)
Vigencia Final
Cobertura
(DD/MM/AAA
A)
II. IMPORTANTE:
Al contratar o incorporarse a este seguro usted debe tener presente lo siguiente:
1. Este es un seguro voluntario, que reembolsa sólo los gastos médicos cubiertos por esta propuesta y de
cargo del asegurado.
2. Este seguro no sustituye la cobertura que otorga el Sistema Previsional de Salud y no necesariamente
cubre las mismas prestaciones.
3. Antes de contratar este seguro es importante que usted se informe y tenga claridad sobre los siguientes
aspectos:
- Duración del seguro.
- Cómo y bajo qué condiciones se renueva este seguro.
- De qué manera se va a reajustar el costo de este seguro, en caso de renovación.
- En qué caso no se pagará este seguro.
- Los requisitos para cobrar este seguro.
4. En el siguiente cuadro se resumen algunos antecedentes importantes que usted debe considerar, al
momento de contratar este seguro:
Este seguro:
NO contempla renovación garantizada.
SI podrá aumentar la prima (precio) en caso de renovación de la Póliza.
NO considera la siniestralidad individual para el aumento de la prima en caso de renovación.
NO cubre preexistencias.
5. Las Condiciones Generales de este seguro se encuentran inscritas bajo el código POL 320230367 del
Depósito de Pólizas de la Comisión para el Mercado Financiero.
III. RESPONSABLE DEL PAGO DE LA PRIMA:
RUT Nombre
Tipo Cuenta/Tarjeta Nro. Cuenta/Tarjeta
Banco Día de Pago
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IV. VIGENCIA DE LA PÓLIZA
La vigencia de la póliza colectiva es de un (1) año, comenzando a las 00:00 horas del día XXXX de XXXX de XXXX y
terminando a las 24:00 horas del día XXXX de XXXX de XXXX.
Se entenderá renovada automáticamente la póliza por un nuevo período de igual duración, si ninguna de las
partes avisase a la otra de su decisión de no renovar con una anticipación de a lo menos sesenta (60) días a la
fecha de término de cada período mediante una comunicación por escrito a la otra parte involucrada. Esta
comunicación podrá realizarla a través del Corredor al correo [email protected].
V. COBERTURA COMPLEMENTARIA DE SALUD
Este seguro reembolsa, como complemento del Sistema Previsional de Salud de cada asegurado, los gastos
médicos razonables y acostumbrados, en que se haya incurrido efectivamente a consecuencia de una incapacidad
cubierta por este seguro y ocurrida durante la permanencia del asegurado en la póliza en los términos
porcentuales, límites y topes establecidos en las Condiciones Particulares.
La cobertura complementaria de salud aplicable a los gastos incurridos en alguno de los establecimientos de salud
que se indican a continuación, pertenecientes a Empresas Redsalud S.A., en adelante RedSalud S.A., a condición
de que se encuentren operativos, se encuentran descritas en el Plan de Reembolso descrito más adelante.
Nombre Ciudad Comuna Dirección
Clínica RedSalud Providencia Santiago Providencia Av. Salvador 100, Providencia
Clínica RedSalud Santiago Santiago Estación
Central Av. Libertador Bernardo O'Higgins 4850,
Estación Central
Clínica RedSalud Vitacura Santiago Vitacura Av. Tabancura 1185, Vitacura
Clínica RedSalud Iquique Iquique Iquique Libertador Bernardo O'Higgins 103, Iquique
Clínica RedSalud Elqui La Serena La Serena Av. El Santo 1475, La Serena
Clínica RedSalud Valparaíso Valparaíso Valparaíso Brasil 2350, Valparaíso
Clínica RedSalud Rancagua Rancagua Rancagua Av. Bernardo O'Higgins 634, Rancagua
Clínica RedSalud Mayor Temuco Temuco Temuco Gabriela Mistral 1955, Temuco
Clínica RedSalud Magallanes Punta
Arenas Punta Arenas Av. Presidente Manuel Bulnes 01448, Punta
Arenas
Centro Médico RedSalud Barrio
Independencia Santiago Independencia Av. Independencia 565, Independencia
Centro Médico RedSalud Chillán Chillán Chillán Constitución 620, Chillán
Centro Médico y Dental
RedSalud Alameda Santiago Santiago San Martín 30, Santiago
Centro Médico y Dental
RedSalud Arauco Santiago Las Condes Av. Presidente Kennedy 5413, Boulevard
Mall Parque Arauco, Las Condes
Centro Médico y Dental
RedSalud Conchalí Santiago Conchalí Av. Fermín Vivaceta 3161, Conchalí
Centro Médico y Dental
RedSalud La Florida Santiago La Florida Av. Vicuña Mackenna 7747, La Florida
Centro Médico y Dental
RedSalud Maipú Santiago Maipú Alberto Llona 1770, Maipú
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Centro Médico y Dental
RedSalud Pedro de Valdivia Santiago Providencia Av. Nueva Providencia 1920, Providencia
Centro Médico y Dental
RedSalud Ñuñoa Santiago Ñuñoa Av. Irarrázaval 2305, Ñuñoa
Centro Médico y Dental
RedSalud Puente Alto Santiago Puente Alto Av. Concha y Toro 3779, Puente Alto
Centro Médico y Dental
RedSalud Quilicura Santiago Quilicura Av. Bernardo O'Higgins 581, Mall Arauco
Quilicura Local 67, Quilicura
Centro Médico y Dental
RedSalud San Miguel Santiago San Miguel Gran Avenida José Miguel Carrera 5728,
San Miguel
Centro Médico y Dental
RedSalud San Bernardo Santiago San Bernardo América 654, San Bernardo
Centro Médico y Dental
RedSalud Antofagasta Antofagasta Antofagasta Antonio José de Sucre 251, Antofagasta
Centro Médico y Dental
RedSalud Calama Calama Calama Av. Granaderos 1474, Calama
Centro Médico y Dental
RedSalud Eleuterio Ramírez Iquique Iquique Eleuterio Ramirez 1162, Iquique
Centro Médico y Dental
RedSalud Concepción Concepción Concepción Freire 1445, Concepción
Centro Médico y Dental
RedSalud Germán Riesco Rancagua Rancagua Germán Riesco 206, Rancagua
Centro Médico y Dental
RedSalud Los Angeles Los Angeles Los Angeles Lautaro 615, Los Angeles
Centro Médico y Dental
RedSalud Muelle Barón Valparaíso Valparaíso Av. Argentina 1, Piso 2, Valparaíso
Centro Médico y Dental
RedSalud Osorno Osorno Osorno Bernardo O'Higgins 791, Osorno
Centro Médico y Dental
RedSalud Puerto Montt Puerto
Montt Puerto Montt Rengifo 412, Puerto Montt
Centro Médico y Dental
RedSalud Punta Arenas Punta
Arenas Punta Arenas Pedro Montt 890, Punta Arenas
Centro Médico y Dental
RedSalud Temuco Temuco Temuco Manuel Bulnes 846, Temuco
Centro Médico y Dental
RedSalud Valdivia Valdivia Valdivia Av. Alemania 475, Valdivia
Centro Médico y Dental
RedSalud Viña del Mar Viña del
Mar Viña del Mar 3 Norte 464, Viña del Mar
Los términos, proporciones, límites y condiciones de cobertura, se encuentran definidos en el siguiente Plan de
Reembolso:
Plan Ambulatorio 25% Hospitalario 50%
Cobertura
% de Reembolso
Prestador
RedSalud
Tope UF por
Prestación
Tope UF
Anual
Cobertura
BENEFICIO DE
HOSPITALIZACIÓN
Día Cama Hospitalización 50%
Día Cama UTI/UCI 50%
Servicios Hospitalarios 50%
Honorarios Médicos 50%
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Cirugía Ambulatoria 50%
Medicamentos Oncológicos 50%
Parto Normal 50%
Cesárea 50%
Complicaciones del Embarazo y
Parto 50%
Aborto No Voluntario 50%
Prótesis Quirúrgicas 50% 20,00 UF
Prestaciones NO arancelado 25% 5,00 UF
Cirugías restringidas 50% 10,00 UF
BENEFICIOS
AMBULATORIO
Consultas Médicas 25%
20,00 UF
Exámenes de Laboratorio 25%
Exámenes de Imagenología,
Radiografías, Ultrasonografías y
Medicina Nuclear
25%
Procedimientos de Diagnóstico y
Terapéuticos No Quirúrgicos 25%
Kinesiología (*) 25%
Consultas Médicas siquiatría y
psicología 25% 1,00 UF 5,00 UF
Prestaciones No Aranceladas 20%
TOPE ANUAL
COBERTURA (UF) UF 200
DEDUCIBLE (UF) por
asegurado UF 0,5
(*) Para la prestación de Kinesiología el tope será de 12 sesiones anuales, manteniendo los porcentajes y topes máximos de
reembolso descrito en el plan de cobertura.
No obstante lo anterior, para los casos que a continuación se indican, los términos de cobertura se ajustarán a lo
siguiente:
1. En aquellos casos en que el asegurado este afiliado a un sistema de salud previsional, privado o estatal, y
las prestaciones o gastos reclamados se encuentren tipificadas en el Arancel Fonasa vigente a la fecha de
la prestación, y no cuenten con bonificación, aporte y/o reembolso mayor que cero (0) en tales
instituciones, independiente de la causa que lo provoque, se aplicará una rebaja de 50% al porcentaje de
reembolso establecido en el Plan de Reembolsos. Se excluyen de esta regla los gastos por medicamentos
hospitalarios para los asegurados afiliados a FONASA u otros Sistemas Previsionales de Salud, cuyo
porcentaje de reembolso será el establecido en el Plan de Reembolso.
2. Los gastos médicos incurridos en el extranjero tendrán cobertura por esta póliza sólo en caso de Atención
de Urgencia sujeto al cumplimiento de las siguientes condiciones copulativas:
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Cargas Legales Desde 14avo día de
nacimiento 23 años y 364 días 24 años y 364 días
Los asegurados que cumplan la edad máxima de permanencia durante la vigencia del contrato de seguro,
mantendrán su cobertura hasta el término de la vigencia anual del período en que cumplieron la edad máxima
de permanencia
IX. PREEXISTENCIA Y ACTIVIDADES Y DEPORTES RIESGOSOS
Este seguro no cubre preexistencias y actividades y deportes riesgosos.
X. EXCLUSIONES DE COBERTURA
Las exclusiones contempladas en esta póliza corresponden a las establecidas en el Artículo 8 de las Condiciones
Generales inscritas en la Comisión para el Mercado Financiero bajo el código POL 320230367, a excepción de las
exclusiones de cobertura establecida en la letra a), solo en relación a las consultas psiquiátricas y/o psicológicas,
dejando por tanto excluido de cobertura las demás prestaciones médicas indicadas en la letra a) de la señalada
disposición, la que se procede a levantar por lo que no será aplicables a la presente póliza.
La póliza no cubre gastos médicos en que haya incurrido un asegurado que sean relativos a alguna de las
prestaciones, medicamentos, gastos farmacéuticos, procedimientos o estudios que se indican a continuación, o
se originen, o sean consecuencia o complicación de alguna incapacidad que se menciona en el presente artículo.
Se encuentran excluidos de cobertura:
a) La hospitalización para fines de reposo, de rehabilitación, como asimismo la hospitalización, consultas,
exámenes y/o tratamientos por enfermedades psiquiátricas y/o psicológicas.
b) Curas de reposo, cuidado sanitario, períodos de cuarentena o aislamiento.
c) Cirugía y/o tratamientos estéticos, cosméticos, plásticos, dentales, ortopédicos y otros tratamientos que
sean para fines de embellecimiento o tengan como finalidad para corregir malformaciones producidas
por enfermedades o accidentes anteriores a la fecha de vigencia inicial del asegurado en la póliza.
d) Cirugía plástica, estética, cosmética o reparadora y tratamientos secundarios a dichas cirugías, a menos
que sea necesitada por una lesión accidental que ocurra mientras el asegurado se encuentre amparado
por la póliza.
e) Tratamientos por adicción a drogas, alcoholismo o tabaquismo. Lesión, enfermedad o tratamiento
causado por ingestión de alcohol, somníferos, barbitúricos, drogas y demás sustancias de efectos
análogos o similares, o hechos deliberados que cometa el asegurado, tales como los intentos de suicidio,
lesiones auto inferidas y abortos provocados.
f) Tratamiento por Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida - SIDA - y/o cualquier otro cuadro producido
o favorecido por el Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH), sus consecuencias y complicaciones, y por
enfermedades asociadas, incapacidades, desórdenes, lesiones, operaciones y tratamientos relacionados
con la condición de portador del V.I.H. o el SIDA que padezca el Asegurado.
g) No se consideran para efecto de este seguro como enfermedad la cirugía y/o tratamientos a causa de:
i. Cirugía por obesidad o sobrepeso, independientemente del grado de obesidad o sobrepeso del
asegurado, sus tratamientos, consecuencias y complicaciones, excepto cuando se haya
contratado la cobertura de Cirugía Bariátrica descrita en el Beneficio de Hospitalización del
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Artículo Nº 3 de este condicionado y esté expresamente indicado en las Condiciones Particulares
de la póliza.
ii. Una Cirugía Maxilofacial, excepto cuando se haya contratado la cobertura de Cirugía Maxilofacial
descrita en el Beneficio de Hospitalización del articulo 3 de este condicionado, y esté
expresamente indicado en las Condiciones Particulares de la póliza.
iii. Una Cirugía de Rinoplastia y/o Septoplastia, excepto cuando se haya contratado la cobertura de
Cirugía de Rinoplastia y/o Septoplastia descrita en el Beneficio de Hospitalización del articulo N° 3
de este condicionado, y esté expresamente indicado en las Condiciones Particulares de la póliza.
iv. Cirugía de reducción o aumento mamario y ginecomastia por cualquier causa, aunque sean para
fines terapéuticos.
v. Estudios y tratamientos por talla baja, gigantismo y todo tipo de hormonas del crecimiento, así
como también antagonistas LH y RH.
vi. Tratamientos y/o cirugías oculares para vicios o defectos de refracción, tales como, miopía,
astigmatismo, hipermetropía, y otras enfermedades oculares.
vii. Esterilización quirúrgica femenina y masculina independiente de la causa por la cual, se indique.
viii. Estudios de diagnóstico y tratamientos y procedimiento que tengan relación con problemas de
esterilidad, impotencia masculina o femenina, fertilidad e infertilidad, sus complicaciones y
consecuencias.
ix. Tratamientos para adelgazar.
h) Los siguientes insumos o gastos farmacéuticos no se cubrirán, aun cuando éstos sean con fines
terapéuticos, ellos son:
i. Insumos ambulatorios no utilizados en una cirugía.
ii. Cualquier tipo de alimento o sustitutos alimenticios, aunque sean con fines terapéuticos.
iii. Homeopatías y/o Recetario Magistral.
iv. Cremas, lociones faciales, jabones, shampo, filtros solares, medias antiembólicas o para el
tratamiento de várices.
v. Medicamentos biológicos e inmunoterapias.
i) Lesión o enfermedad causada por:
i. Guerra civil o internacional, sea que esta haya sido declarada o no, invasión y actividades u
hostilidades de enemigos extranjeros.
ii. Participación activa del asegurado en rebelión, revolución, insurrección, poder militar,
terrorismo, sabotaje, tumulto o conmoción contra el orden público, dentro o fuera del país.
iii. Participación del asegurado en actos calificados como delitos por la ley.
iv. Negligencia, imprudencia o culpa grave por parte del asegurado.
v. Encontrarse el Asegurado bajo los efectos de drogas o alucinógenos o en estado de ebriedad, de
acuerdo a la graduación establecida en la legislación vigente a la fecha del hecho constatado
mediante la documentación emanada de la autoridad u organismo competente.
vi. Accidentes provocados por conducir un vehículo motorizado en estado de ebriedad, de acuerdo
a la graduación establecida en la legislación vigente a la fecha del accidente, constatado mediante
la documentación emanada de la autoridad u organismo competente.
vii. Fusión y fisión nuclear o cualquier accidente nuclear.
j) Todo tipo de exámenes dentales, extracciones, empastes, cirugía y/o tratamiento dental en general, como
también todo tipo de Cirugía Maxilofacial, a excepción de la necesaria a raíz de un accidente ocurrido
durante la vigencia del asegurado en la póliza, sólo serán cubiertas si se ha contratado el beneficio o la
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cobertura adicional dental correspondiente, en los porcentajes y monto asegurado que para ella se definan
en las condiciones particulares de la póliza.
k) Aparatos auditivos, lentes o anteojos ópticos y de contacto, prótesis, órtesis, miembros artificiales y
suministro de aparatos o equipos médicos y/u ortopédicos, así como también la adquisición o arriendo de
equipos, tales como: sillas de ruedas, camas médicas, ventiladores mecánicos, etc. La compañía de seguros
sólo reembolsará o pagará uno o más de estos elementos en la medida que estén expresamente indicados
en las Condiciones Particulares bajo la cobertura de Beneficio Ambulatorio.
l) Tratamientos, visitas médicas, exámenes, medicamentos, remedios o vacunas para el sólo efecto
preventivo, no inherentes o necesarios para el diagnóstico de una incapacidad, a excepción de los gastos
por control de niño sano y control ginecológico que serán reembolsados de acuerdo a la cobertura
contratada de la póliza.
m) Hospitalización domiciliaria y la atención particular de enfermería fuera del recinto hospitalario.
n) Gastos por acompañantes, mientras el asegurado se encuentre hospitalizado, incluyendo alojamiento,
comidas y similares
o) Lesión o enfermedad surgidas de la ocupación del asegurado, cubierta por la legislación de Accidentes de
Trabajo y Enfermedades Profesionales.
p) Epidemias o pandemias oficialmente declaradas por la autoridad competente o por el organismo de salud
mundial competente, respectivamente.
q) Gastos médicos provenientes de una hospitalización en que incurra un asegurado o el recién nacido a
consecuencia de embarazo, parto, cesárea y sus complicaciones.
r) Situaciones, dolencias o enfermedades preexistentes.
s) Malformaciones y/o incapacidad congénita.
t) Tratamientos, drogas o medicamentos que sean utilizados habitualmente como método anticonceptivo,
aun cuando su prescripción se indique como necesaria para el tratamiento de otra enfermedad distinta al
de la anticoncepción. En estos se incluirán anticonceptivos tradicionales o de emergencia, anovulatorios,
DIU, métodos de barrera, y otros de similares o distintos principios.
u) Iriología, reflexología y en general tratamientos médicos no tradicionales o experimentales, empíricos y
también la medicina alternativa.
v) Realización o participación habitual o no habitual en una actividad o deporte riesgoso, considerándose
como tales aquellos que objetivamente constituyan una agravación del riesgo o se requiera de medidas
de protección o seguridad para realizarlos. A vía de ejemplo, y sin que la enumeración sea taxativa o
restrictiva sino que meramente enunciativa, se considera actividad o deporte riesgoso el manejo de
explosivos, la minería subterránea, los trabajos en altura o líneas de alta tensión, la inmersión submarina,
el pilotaje civil, el paracaidismo, el montañismo, las alas delta, el bungee, el parapente, las carreras de
autos y motos, entre otros.
w) Criopreservación, así como la compra de células madre, sangre, hemoderivados y cualquier otro tejido u
órgano.
x) Gastos que no estén expresamente indicados en el Cuadro de Beneficios detallado en las Condiciones
Particulares de la Póliza, como asimismo, gastos de exámenes y procedimientos a través de nuevas
tecnologías no reconocidas por el sistema previsional de salud.
y) Ambulancia aérea.
z) La práctica como deportista profesional de alto rendimiento según la Ley 19.712.

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