¡NUEVO SEGURO! REDSALUD EXÁMENES, CONSULTAS Y HOSPITALARIO 50% Exámenes de Laboratorio Imagenología Radiografías Consultas Médicas Día cama hospitalización Honorario médico Servicios hospitalarios El Seguro RedSalud Exámenes, Consultas y Hospitalario 50% se hace efectivo una vez aplicados los beneficios y coberturas del sistema de salud previsional respectivo, así como también los de cualquier otro beneficio, Plan o seguro que posea el asegurado titular y sus cargas. Descubre unseguro complementario de salud que entrega cobertura del 50% de los exámenes, consultas y hospitalizacionesrealizadas enClínicas y Centros Médicos RedSalud. RedSalud Exámenes, Consultas y Hospitalario 50% Seguro Entregamos coberturas Fonasa e Isapres
Prima Debes saber La prima bruta del“Seguro RedSalud Exámenes, Consultas y Hospitalario 50%”será desdeUF 0,43por asegurado. El precio varíasegún tabla de tramo de edades incluido en la póliza. El pago de la primaserá con cargo a una tarjeta de débito o Cobro El cobro se realizarásobre el medio de pago seleccionadopor el titular al momento de la contratación de la pólizao sobre el medio de pago registrado por el titular con posterioridad. Inicio de Cobertura Podrás hacer uso de tu cobertura al día siguiente de la contratación de la póliza. Además, estará disponible el ingreso de solicitudes de reembolso a través de la APP y Portal Privado web de Vida Cámara. Soy fan de mi salud La cobertura anual por asegurado tiene un tope de UF 500, cuya aplicación se realiza de la siguiente manera: Por cada solicitud de reembolso en exámenes, consultas y hospitalización, se aplicará un 50% de bonificación en el copago durante 12 meses o hasta completar el tope de bonificación de UF 500.Los topes de cobertura se reinician anualmente, por lo que el tope de cobertura de UF 500 se comienzan a contabilizar una vez renovado el seguro por el siguiente periodo de 12 meses. Preexistencias La cobertura hospitalaria no incluye preexistencias. Además, se solicitará completar una declaración de salud en línea previo a la contratación del seguro. Deducible La cobertura hospitalaria de este seguro considera un deducible de UF 5 anuales. vidacamara.clContrata 100% online enredsalud.clo
Plan de Coberturas TOPE ANUAL DE COBERTURA EN UF500 UF DEDUCIBLE EN UF*5 UF E28F01E28F01 COBERTURATOPE POR PRESTACIÓN PORCENTAJE REEMBOLSO 20 UF 5 UF 1 UF 20 UF 30 UF 10 UF DÍA DE CAMA HOSPITALIZACIÓN DÍA DE CAMA UTI/UCI TOPE ANUAL COBERTURA 50% 50% 50% 50% 50% 50% 50% 50% 50% 50% 50% 25% 50% 50% 50% 50% 50% 20% SERVICIOS HOSPITALARIOS HONORARIOS MÉDICOS CIRUGÍA AMBULATORIA MEDICAMENTOS ONCOLÓGICOS PARTO NORMAL BENEFICIOS DE HOSPITALIZACIÓN BENEFICIOS AMBULATORIOS CESÁREA COMPLICACIONES DEL EMBARAZO Y PARTO ABORTO NO VOLUNTARIO PRÓTESIS QUIRÚRGICAS PRESTACIONES NO ARANCELADO CIRUGÍAS RESTRINGIDAS EXÁMENES DE LABORATORIO CONSULTAS MÉDICAS EXÁMENES DE IMAGENOLOGÍA, RADIOGRAFÍAS, ULTRASONOGRAFÍAS Y MEDICINA NUCLEAR PRESTACIONES NO ARANCELADAS CONSULTAS MÉDICAS SIQUIATRÍA Y PSICOLOGÍA *Deducible aplicable solo a Beneficio de Hospitalización
El seguro reembolsa, como complemento del Sistema Previsional de Salud de cada asegurado, los gastos médicos razonables y acostumbrados, en que se haya incurrido efectivamente a en las clínicas y centros médicos de RedSalud, a consecuencia de una incapacidad cubierta por la póliza y ocurrida durante la permanencia del asegurado en la póliza en los términos porcentuales, límites y topes antes descritos. Para los casos que a continuación se indican, los términos de cobertura se ajustarán a lo siguiente: Excepcionalmente se otorgará cobertura de los gastos médicos originados o que sean consecuencia de la pandemia Covid-19 en los siguientes términos: En aquellos casos en que el asegurado este afiliado a un sistema de salud previsional, privado o estatal, y las prestaciones o gastos reclamados se encuentren tipificadas en el Arancel Fonasa vigente a la fecha de la prestación, y no cuenten con bonificación, aporte y/o reembolso mayor que cero (0) en tales instituciones, independiente de la causa que lo provoque, se aplicará una rebaja de 50% al porcentaje de reembolso establecido en el Plan de Reembolsos. Se excluyen de esta regla los gastos por medicamentos hospitalarios para los asegurados afiliados a FONASA u otros Sistemas Previsionales de Salud, cuyo porcentaje de reembolso será el establecido en el Plan de Reembolso. En caso de que el asegurado no se encontrara afiliado a un Sistema Previsional al momento del siniestro, estos gastos serán cubiertos por el seguro aplicando una rebaja del 80% sobre los porcentajes del cuadro “Plan de Reembolsos” con tope de 2 UF anual, previa acreditación de la condición. En aquellos casos en que el asegurado esté afiliado a un sistema de salud previsional privado o público y durante la vigencia de esta póliza disminuyera la cobertura otorgada por el sistema previsión al de salud del asegurado, en comparación a la otorgada al momento de contratarestapólizaenmásdeun20%yaseaporvoluntadocondicionesajenasal asegurado, la compañía reducirá el porcentaje de reembolso en 80%. Las prestaciones hospitalarias y ambulatorias no tipificadas en el Arancel Fonasa que tengan cobertura por esta póliza serán cubiertas por el seguro según lo indicado en el Plan de Rembolso. La Compañía realizará la clasificación de las prestaciones de salud cubiertas por esta póliza en conformidad a las definiciones y rubros de prestaciones contenidas en las Normas Técnicas Administrativas del Arancel Fonasa vigente a la fecha de la respectiva prestación. Prestaciones médicas hospitalarias: Las prestaciones médicas hospitalarias requeridas para el tratamiento de la pandemia Covid-19 serán reembolsadas al 100% con un máximo reembolsable de UF 100 por beneficiario. Prestaciones médicas ambulatorias: Las prestaciones médicas ambulatorias requeridas para el tratamiento de la pandemia Covid-19 serán reembolsadas según los porcentajes y topes establecidos en el Plan de Reembolso. Esta cobertura excepcional se extenderá hasta el fin de la primera vigencia anual ide la cobertura individual, por lo que la cobertura no se extenderá a un nuevo período de vigencia cuando fuere renovada automáticamente por un nuevo período.
Cirugías Restringidas: Las cirugías restringidas tendrán una bonificación del 50% sobre el valor del copago luego de la aplicación del respectivo sistema previsional de salud, con un tope de 20 UF por prestación, en los términos y condiciones que se señalan a continuación: Cirugía Bariátrica: Si el Índice de Masa Corporal (IMC) es mayor o igual a 40 al momento del diagnóstico se reembolsará o pagará los gastos efectivamente incurridos, provenientes de una hospitalización, en que incurra un asegurado, después de haber cumplido el período de carencia de seis (6)meses. Los gastos que se cubren bajo esta cobertura son todas aquellas prestaciones definidas en el Condicionado General, en el Artículo 3 letras a, b y c del Beneficio de Hospitalización, todos los cuales se liquidarán bajo esta cobertura según el Plan de Reembolsos respectivo. Tratamiendo de fertilidad: La compañía otorgará reembolso al tratamiento de fertilidad siempre que sea bonificado por el sistema previsional de salud privado o público del asegurado bajo la modalidad PAD o por prestaciones paquetizadas que reemplacen esta modalidad. Estos gastos se liquidarán bajo esta cobertura según el porcentaje de reembolso indicado en el Plan de Reembolsos respectivo. Cirugía de Rinoplastía y/o Septoplastía: La compañía de seguros reembolsará o pagará los gastos efectivamente incurridos, provenientes de una hospitalización, en que incurra un asegurado, después de haber cumplido el período de carencia de seis (6) meses, correspondiente a los gastos de una Cirugía de Rinoplastia y/o Septoplastia. Será requisito para proceder al reembolso la presentación de exámenes de rinomanometría y radiografía de cavidades perinasales con el cual se pueda respaldar el diagnóstico de pérdida funcional. Se cubren bajo esta cobertura todas aquellas prestaciones definidas en el Condicionado General, en el Artículo 3 letras a, b y c del Beneficio de Hospitalización, todos los cuales se liquidarán bajo esta cobertura según el Plan de Reembolsos respectivo. Cirugías de control de natalidad: La compañía de seguros reembolsará o pagará los gastos efectivamente incurridos por las cirugías que a continuación se indican, reembolsándose las prestaciones definidas en el Condicionado General, en el Artículo 3, letras a, b y c delBeneficio de Hospitalización, todos los cuales se liquidarán bajo esta cobertura según el Plan de Reembolsos respectivo. • Ligadura de trompas • Salpingoligadura • Vasectomía Cirugía ocular Lásik: La compañía otorgará cobertura a los gastos derivados del procedimiento de la cirugía ocular lásik, siempre y cuando el asegurado acredite la necesidad del procedimiento, mediante un informe del médico tratante, con exámenes que lo respalden. Para los casos de Miopía, Hipermetropía y Astigmatismo, se considerará para dar cobertura, que se trate de pérdidas de visión con un mínimo de cinco (5)dioptrías en cada ojo. No se encontrará cubierta la cirugía que sean necesarias para corregir presbicia. Además, para que un asegurado tenga cobertura de la prestación de Cirugía Ocular Lásik debe ser mayor de veinte (20) años de edad a la fecha de la prestación. Se liquidarán bajo esta cobertura según el Plan de Reembolsos respectivo.
Conoce la Prima de tu seguro Soy responsable de mi salud Periodicidad de pago de la prima: Pago mensual durante la vigencia de la póliza. Modalidad de pago de la prima: Tarjeta de crédito y tarjeta de débito Plazo de Gracia: Para el pago de la prima se concede un plazo de gracia de 30 días el cual será contado a partir del primer día del mes de cobertura no pagado. Los cargos mensuales en la tarjeta de crédito y/o débito se harán en el equivalente en pesos a la prima que corresponda al período. La prima mensual en UF será calculada en función del tramo de edad y número de los asegurados incluyendo al asegurado titular y dependientes. Por tanto, cada vez que un asegurado dentro del grupo familiar cambie de tramo de edad, el monto de la prima se ajustará según los términos que se establecen en la siguiente tabla. Igual ajuste se efectuará cada vez que se modifique el número de asegurados cubiertos por el seguro. vidacamara.clContrata 100% online enredsalud.clo PRIMA POR ASEGURADO TRAMO POR EDAD 0,43 UF(IVA incluido) 0,48 UF(IVA incluido) 0,55 UF(IVA incluido) 0,57 UF(IVA incluido) 0,60 UF(IVA incluido) 0,65 UF(IVA incluido) 0,70 UF(IVA incluido) 0,81 UF(IVA incluido) 0 - 20 21 - 30 31 - 40 41 - 50 51 - 60 61 - 65 66 - 70 71 - 99
La cobertura de este seguro es anual con renovación automática por periodos sucesivos e iguales, mientras se cumplan los requisitos de asegurabilidad, se mantenga el asegurado titular al día en el pago de las respectivas primas y se encuentre vigente el seguro colectivo. DERECHO A RETRACTO Como asegurado, podrás retractarte del seguro, sin expresión de causa ni cargo alguno, dentro de diez (10) días desde la recepción de la póliza, teniendo a la devolución de la prima que hubiere pagado, a no ser que el evento asociado al seguro ocurra durante ese período de tiempo. TÉRMINO ANTICIPADO DEL SEGURO Sin perjuicio de las causales de término anticipado del seguro establecidas en el artículo 21 de las Condiciones Generales de la póliza, el asegurado podrá comunicar su decisión de terminar anticipadamente el el seguro a través del Corredor al teléfono 227127123 o del correo [email protected]. La terminación del seguro se efectuará a contar de la fecha de recepción en la compañía de la comunicación del asegurado. En los casos que corresponda, se efectuará devolución de prima del periodo de cobertura no consumido. Requisitos para tu seguro COBERTURA Titular18 años Vigencia y Renovación EDAD MÍNIMA DE INGRESO EDAD MÁXIMA DE INGRESO EDAD MÁXIMA DE PERMANENCIA Cónyuge, conviviente civil o conviviente no civil con hijos en común Hijos Cargas Legales 18 años Desde el día de nacimiento 64 años y 364 días 64 años y 364 días 23 años y 364 días 23 años y 364 días 99 años y 364 días 99 años y 364 días 24 años y 364 días 24 años y 364 días Los asegurados que cumplan la edad máxima de permanencia durante la vigencia del contrato de seguro mantendrán su cobertura hasta el término de vigencia de la póliza. Las categorías de cónyuge, conviviente civil y conviviente no civil son excluyentes entre sí; por ello, en cada grupo familiar sólo podrá permanecer vigente una de estas tipologías. Los nuevos asegurados dependientes ingresarán al seguro sólounavezevaluadasusolicituddeincorporacióny aceptadosuingresoporVidaCámara.Enestoscasosla cobertura se iniciará el primer día del período de cobertura siguiente al de su aceptación en incorporación Desde el día de nacimiento alseguro,conexcepcióndeloshijosreciénnacido,cuya vigencia se ajustará a lo siguiente: Si la Solicitud de Incorporación es presentada a la compañía hasta el día 30 de vida del recién nacido, la vigencia será contar del díade su nacimiento. Si la solicitud de incorporación es presentada a la compañía con posterioridad al día 30 de nacido, la vigencia será a partir del primer día del periodo de cobertura siguiente de la presentación de la solicitud de incorporación.