Convenio para el otorgamiento de prestaciones dentales en centros medicos Vidaintegra y Dávila Prestador: Omesa SpA (Centros Médicos Dávila y Vidaintegra) Período Mensual CONVENIO DENTAL BÁSICO: Convenio Dental Básico: 1 Consulta de diagnóstico más imagenología dental y 1 Higiene dental completa con copago $0. Además, incluye 70% de descuento en cualquier otra prestación dental (sin tope), excluyendo el valor de los insumos y costos asociados a laboratorio dental. No aplica sobre promociones o campañas 1.Definiciones 1.1Prestaciones Dentales: Se entiende por Prestaciones Dentales las que se originan de una patología o accidenteodontológicodeterminado,considerandotantolasolucióndelapatologíacomolas complicaciones derivadas de ella, y que hayan sido otorgadas y prescritas por un cirujano-dentista. El detalle de las prestaciones incluidas en la cobertura del presente convenio se encuentra definido en la cláusula 10, las que, en todo caso, deberán ocurrir dentro del Período de Vigencia del Convenio. 1.2Patología de origen odontológico: Todas las que afecten al diente, encía, periodonto y hueso alveolar, excluyéndose las afecciones de tipo esquelético. 1.3Contratante:EsquiensuscribeelpresenteConvenio,responsabledeinformareincorporaralos Beneficiarios, en la forma establecida en el presente instrumento. 1.4Prestador: Corresponde al Prestador institucional de Salud ambulatoria Vidaintegra- Dávila, operado a travésdelarazónsocialOmesaSpA.,endondeexclusivamenteserealizaránlasprestaciones individualizadas en el presente Convenio. 1.5Convenio: Corresponde a este contrato de prestaciones dentales. 1.6Límite Máximo: Las atenciones dentales contempladas en este Convenio, se otorgarán conforme a los términos del presente instrumento, sin tope de prestaciones, a excepción de las prestaciones que se entregan de forma gratuita, incluidas en este convenio y que se detallan en la cláusula 10. 1.7Periodo de Vigencia: Este Convenio tiene una duración mensual (1 mes) desde la fecha en que se suscriba, acepte y pague el producto. Teniendo una renovación mensual sujeta al pago de la mensualidad correspondiente. Sin perjuicio de lo anterior desde la fecha en que se suscriba, acepte y pague el producto. Sin perjuicio de lo anterior, y sujeto al cumplimiento de las obligaciones correspondientes del Contratante y Beneficiario, las atenciones dentales objeto de este Convenio sólo podrán ser requeridas y serán otorgadas a cada Beneficiario, una vez transcurridos 10 días corridos desde la fecha de su inscripción como Beneficiario conforme a los términos de este Convenio, salvo que éste haya terminado anticipadamente por alguna de las causales contempladas en la cláusula 10. 1.8Precio: Valor mensual a pagar por el contratante del Convenio, definido en la cláusula 9 de este condicionado 1.9Servicios Dentales: Prestaciones otorgadas bajo las condiciones de este Convenio, definidas en la cláusula 3.1. 1.10Cirujano-odontólogo-dentista:Todo profesional habilitado y autorizado legalmente para practicar la odontología y que esté calificado para efectuar el tratamiento requerido, según el artículo 112 del Código Sanitario o la definición legal que reemplace dicho precepto. C E N T R O SM É D I C O S
2. Objeto La red de centros médicos y dentales Vidaintegra - Dávila, que explota el prestador Omesa SpA. domiciliada para estos efectos en Pérez Valenzuela 1245, providencia, presta los servicios dentales en varias de sus sedes que se detallan a continuación: Av. O ́ Higgins 358, Quilicura; Bandera 101, Bandera; Av. Libertador B. O ́Higgins 1620, Alameda; Av. Pajaritos 1948, Maipú; Ernesto Alvear 063, Puente Alto; y Av. Irarrázaval 2401, Ñuñoa; Av. El Bosque Norte 0110, Las Condes y Av. Serafín Zamora 190, La Florida, RM, Santiago, Chile, en adelante “Los centros", se comprometen a prestar los servicios de atención dental incluidos en la cláusula 10, asociados al presente Convenio, en sus dependencias y con los profesionales cirujanos odontólogos dentistas que para cada caso designe, a los Beneficiarios, hasta alcanzar el Límite Máximo y sujeto a las demás condiciones contempladas en este Convenio. Por su parte, el Contratante se obliga al pago del Precio en la forma y condiciones establecidas en este Convenio. 3. Prestaciones Dentales Incluidas en este Convenio 3.1Sujeto al cumplimiento previo por parte del Contratante y los Beneficiarios de todas sus obligaciones bajo este Convenio, Los centros: a. Otorgarán a los Beneficiarios servicios de atención dental en sus dependencias con los profesionales cirujano - dentistas que para cada caso designe: i. Prestaciones dentales destinadas a brindar tratamiento (restaurador, conservador o preventivo) de las distintas afecciones odontológicas que hayan sido diagnosticadas y prescritas por un cirujano- dentista y que se encuentren incluidas en la cláusula 10 del presente instrumento. ii. Enfermedad de origen odontológico, toda enfermedad que afecta al diente, encía periodonto y hueso alveolar, excluyéndose las afecciones de tipo esquelético. 4. Límites 4.1Los centros no asumirán responsabilidad alguna, ni generarán pago de indemnizaciones o reembolsos, por los gastos que se generen cuando el Beneficiario fuese atendido en otros centros asistenciales de atención odontológica señalados en el numeral 2 del presente Convenio o fuera de las dependencias de los centros. En ningún caso el Convenio operará por los servicios otorgados por prestadores externos consultados voluntariamente por el Beneficiario. 4.2El valor de las prestaciones dentales que se otorguen en virtud del presente convenio, no incluyen el valor ycosto de los insumos dentalesy prestaciones de laboratorio, los cuales serán de cargo del beneficiario quehaga uso del servicio contratado. C E N T R O SM É D I C O S
5. Requisitos. 5.1La prestación odontológica se encuentre incluida dentro del listado incorporado en la cláusula 10 de este documento. 5.2El precio del plan se encuentre debidamente pagado por el contratante. 5.3Que no hubiese consumido el límite de servicios anuales, por beneficiario. 6. Contratación del Convenio y Registro de Beneficiarios. 6.1La contratación del Convenio puede efectuarse directamente en los módulos de venta de Los centros llenando el formulario dispuesto para tales efectos por los centros, o a través de las páginas web www.vidaintegra.cl y www.davila.cl en “convenios”, o llamando al 600 600 8432 (Centros Vidaintegra) o 22 730 8000 (Centros Dávila). 6.2El Contratante deberá individualizar, al momento de la contratación, al o a los Beneficiarios que solicita se incluyan en el Convenio, dejándose constancia que, en cualquier caso, no se otorgarán los beneficios del presente Convenio a quienes no figuren como Beneficiarios con 10 días de antelación a la prestación dental solicitada o no cumplan con los requisitos establecidos en la cláusula 5 anterior. 6.3Las omisiones y/o errores que se produzcan en la individualización y/o identificación de los Beneficiarios, serán de exclusiva responsabilidad del Contratante, liberando de toda responsabilidad u obligación a Los centros a ese respecto. 7. Identificación del Beneficiario para solicitar la aplicación del Convenio. 7.1Para requerir atención bajo el Convenio, el Beneficiario deberá identificarse con su cédula de identidad, figurar inscrito y vigente como Beneficiario en la nómina o base de datos de Los centros y no constar en los registros de Los centros la caducidad, cancelación o eliminación de su calidad de Beneficiario. 7.2En caso de que no se pueda acreditar la calidad de Beneficiario de una persona al momento de la atención, previo chequeo con la nómina de Beneficiarios inscritos a éste, los Centros procederán a cobrar el valor total de los servicios prestados al paciente, independientemente de la cobertura previsional de salud que posea y si esta cubre la atención dental solicitada. 7.3Los Beneficiarios menores de 18 años deberán ser acompañados por uno de sus padres, por una persona adulta o por un responsable de la institución educacional a la que pertenece. Los Centros quedan desde ya autorizados para proceder a la atención del Beneficiario cuando éste venga acompañado de una de las personas antes señaladas. C E N T R O SM É D I C O S
8. Prestaciones Dentales No Incluidas en los Servicios Dentales de este Convenio. 8.1Los Servicios dentales de este Convenio sólo comprenden el tratamiento de patologías de origen dental. 8.2Quedan expresamente excluidas de los Servicios dentales a que da derecho el Convenio las siguientes situaciones o prestaciones dentales según corresponda: a. La atención de urgencia de origen traumatológico derivada de un accidente, su estabilización y sus gastos correspondientes. b. No considera las cirugías en pabellón con equipos de apoyo anestésico o sedación. c. Medicamentos. d. Otras prestaciones que no se encuentren detalladas en el anexo I. e. No cubre la atención dental en otros centros que no sean los detallados en el anexo I. 9. Precio. 9.1El valor de los servicios que forman parte de este Convenio, es la suma de $0,08 UF mensual y deberá ser pagado por el Contratante en los plazos previamente estipulados, en adelante el “Precio”. 9.2El precio puede ser pagado en dinero efectivo, tarjeta de crédito o débito. En este caso, el cliente podrá optar por pagarlo en la cantidad de cuotas mensuales y sucesivas que el medio de pago le autorice. 9.3Frente al incumplimiento total o parcial de la obligación de pagar íntegra y oportunamente el Precio, Los centros se reservan el derecho de suspender de inmediato las prestaciones dentales bajo el presente Convenio a los Beneficiarios del Convenio. Los centros no tendrán responsabilidad alguna en relación con las consecuencias que puedan derivarse de la no prestación de los Servicios Dentales en caso de suspensión por no pago. Ausencia de derecho a retracto El contratante/beneficiario declara haber sido completa y ampliamente informado, en forma previa a la contratación, que una vez materializado el pago de los servicios que por el presente instrumento contrata, no tendrá derecho a retracto respecto de los servicios dentales objeto del presente convenio, ello en conformidad se faculta al prestador o proveedor en el artículo 3 bis letra b) de la Ley N°19.496. C E N T R O SM É D I C O S
10. Copagos y topes de cobertura del convenio. 11. Causales de Terminación de este Convenio. 11.1Este Convenio termina automáticamente por la expiración o cumplimiento de su Período de Vigencia. 11.2Este Convenio termina anticipadamente y de forma inmediata, sin forma de juicio ni necesidad de declaración judicial, arbitral o de otra clase, y sin derecho a devolución del Precio pagado, en los siguientes casos: a. Por el no pago del Precio en la forma convenida, especialmente en caso de no pago de las cuotas mensuales pactadas. El no pago de una o más de las cuotas mensuales en que se pacte la modalidad del C E N T R O SM É D I C O S Prestaciones dentales*70%Sin tope Consulta incial (examen inicial, plan de tratamiento,100%1 prestación / año presupuesto y set radiográfico de diagnóstico) Higiene dental completa100%1 prestación / año CONVENIO DENTALBÁSICO COBERTURATOPEAtención dental preventiva *Descuento aplica sobre las prestaciones del arancel dental, excluyendo el valor de los insumos y costos asociados a laboratorio dental. No aplica sobre promociones o campañas. Estas prestaciones son válidas única y exclusivamente en los Centros Médicos Vidaintegra Alameda, Bandera, Puente Alto y Quilicura, en Centros Dávila Las Condes, Ñuñoa y Maipú.Beneficios aplican también en la atención dental ambulatoria de Clínica Dávila Vespucio. El producto entra en vigencia 10 días después de la contratación. 0,08 UF Mensual
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