www.banmedica.cl Las notas explicativas se encuentran en las siguientes páginas de este Plan de Salud Tipo de Plan: Individualx Grupal En, adedese ha convenido el siguiente Plan de Salud Complementario entre Isapre Banmédica S.A., Institución de Salud Previsional, registrada bajo el código de operación número 99, representada por su Gerente General, don Fernando Matthews Cádiz, Rut Nº 8.773.661-K, ambos con domicilio en Santiago, Avenida Apoquindo Nro. 3.600 piso 3ro, comuna de Las Condes, por una parte, y por la otra el afiliado(a): Sr(a):Cédula de Identidad Nº: Domiciliado en:callenúmerocomunaciudad que se regirá por las condiciones generales aprobadas por la Superintendencia de Salud: PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO FUN N° PRESTACIONES LIBRE ELECCIÓN(a)OFERTA PREFERENTE(b)(**) BonificaciónBonificación %Tope%Tope%Tope PRESTACIONES LIBRE ELECCIÓN(a)OFERTA PREFERENTE(b)(**) BonificaciónBonificación %Tope%Tope SALUD PREFERENTE ULTRA SM 04/SQ BNSPRUSM04SQ- s7ope *eneral Anual por Beneficiario 8) .00 (m) sAtención 'ental con descuento en Centros en Convenio con la ,sapre (([cluye 3A' dentales) (p) sCobertura ,nternacional (q) s3ara coberturas de parto yo cesirea, aplica la proporcionalidad establecida en el arttculo inciso letra g) del ')L N de Salud (K) s(l arancel B incluye cobertura en radiocirugta y *amma .niIe (t) Línea Salud PreferenteLínea Salud Preferente PRESTACIONES HOSPITALARIAS, CIRUGÍAS AMBULATORIAS (a) Y URGENCIAS HOSPITALARIAS (c) 90% Libre (lección(a) (Sólo con 0pdicos StaII ) (b) Sin 7ope Cltnica Santa 0arta (+ab. ,ndividual Simple) Cltnica 8niversidad de Los Andes (+ab. ,ndividual Simple) Cltnica San Carlos de Apoquindo (+ab. ,ndividual Simple) Sin 7ope 85%+abitación ,ndividual Simple en: Cltnica Las Condes 90%+abitación ,ndividual Simple en: Cltnica Alemana Cltnica Santa 0arta Cltnica 8niversidad de Los Andes Cltnica San Carlos de Apoquindo 'ËA CA0A SALA C8NA ,NC8BA'25A 'ËA CA0A C8,'A'2 ,N7(NS,92, ,N7(50(',2 2 C252NA5,2 'ËA CA0A 75ANS,725,2 8 2BS(59AC,ÏN (;È0(N(S '( LAB25A725,2 ,0A*(N2L2*ËA '(5(C+2 3AB(LLÏN .,N(S,2L2*ËA, 0(',C,NA )ËS,CA < ),S,27(5A3,A 352C(',0,(N72S < +2N25A5,2S 0e',C2S 48,5Ò5*,C2S 90% 6 veces B 0(',CA0(N72S (d)(r)0 8) 0A7(5,AL(S CLËN,C2S (d)(r)60 8)0 8) 35Ï7(S,S < Ï57(S,S0 8)0 8) C2NS8L7A 0e',CA +2S3,7ALA5,A,3 8)Sin 7ope PRESTACIONES AMBULATORIAS 70% Sin 7ope 70%Cltnica Alemana, Cltnica Santa 0arta, Cltnica 8niversidad de Los Andes, Cltnica San Carlos de Apoquindo, Cltnica Santa 0arta La 'eKesa 60%Cltnica Las CondesSin 7ope Cltnica Santa 0arta Cltnica 8niversidad de Los Andes Cltnica San Carlos de Apoquindo C2NS8L7A 0e',CA, 8) (;È0(N(S '( LAB25A725,2 veces B 70%Cltnica Alemana, Cltnica Santa 0arta, Cltnica 8niversidad de Los Andes, Cltnica San Carlos de Apoquindo, Cltnica Santa 0arta La 'eKesa 65%Cltnica Las Condes ,0A*(N2L2*ËA '(5(C+2 3AB(LLÏN A0B8LA725,2 352C(',0,(N72S < +2N25A5,2S 0e',C2S 48,5Ò5*,C2S (r) )2N2A8',2L2*ËA6, 8), 8) .,N(S,2L2*ËA, 0(',C,NA )ËS,CA < ),S,27(5A3,A6 8) 8) 35Ï7(S,S < Ï57(S,S (e)3 8) Sólo Libre (lecciónA7(NC,ÏN ,N7(*5AL '( N875,C,2N,S7A < (N)(50(5ËA (I), 8) 35(S7AC,2N(S '(N7AL(S (3A')(s) 8) '52*AS AN7,N(23LÈS,CAS 3A5A (L 75A7A0,(N72 '(L CÈNC(5 (g)(r)90% 8)0 8) 90%Cltnica Alemana, Cltnica Santa 0arta, Cltnica 8niversidad de Los Andes, Cltnica San Carlos de Apoquindo 85%Cltnica Las Condes Sin 7ope Cltnica Santa 0arta, Cltnica 8niversidad de Los Andes, Cltnica San Carlos de Apoquindo PRESTACIONES RESTRINGIDAS Sólo Libre (lección 35(S7AC,2N(S +2S3,7ALA5,AS '( 2BS7(75,C,A, 3A572, (0BA5A=2, C(SÈ5(A (K)30 de la cobertura genprica Sin 7ope 35(S7AC,2N(S +2S3,7ALA5,AS '( 3S,48,A75ËA, C,58*ËA '( 35(SB,C,A < C,58*ËA BA5,È75,CA 2 '( 2B(S,'A' (K) de la cobertura genprica 35(S7AC,2N(S +2S3,7ALA5,AS '( C,58*ËA 5()5AC7,9A (K)0 de la cobertura genprica C2NS8L7A, 75A7A0,(N72 3S,48,A75ËA < 3S,C2L2*ËA70%, 8)3, 8) OTRAS PRESTACIONES Sólo Libre (lección 75ASLA'2S (i) 70% veces BSin 7ope 0A5C2S < C5,S7AL(S Ï37,C2S (M),6 8),6 8) 0(',CA0(N72S 75A7A0,(N72 (SCL(52S,S 0ÒL7,3L( (N)(r) 8)0 8) COBERTURA URGENCIA AMBULATORIA EN PRESTADOR (ES) PREFERENTE (S) 35(S7AC,2N(S A0B8LA725,AS '( 85*(NC,A (l)Bonificación02N72S 0È;,02S 8suarioAxo (m) 35(S7A'25(S '(5,9A'2S (n)3restador (es) 3reIerente (s)Tope C2NS8L7A 0e',CA '( 85*(NC,A70%Cltnica Alemana, Cltnica Santa 0arta, Cltnica 8niversidad de Los Andes, Cltnica San Carlos de Apoquindo Sin 7ope Sin 7ope Cltnica Santa 0arta Cltnica 8niversidad de Los Andes Cltnica San Carlos de Apoquindo 60%Cltnica Las Condes (;È0(N(S '( LAB25A725,2, ,0A*(N2L2*ËA, '(5(C+2 3AB(LLÏN < 352C(',0,(N72S '( 85*(NC,A 70%Cltnica Alemana, Cltnica Santa 0arta, Cltnica 8niversidad de Los Andes, Cltnica San Carlos de Apoquindo 65%Cltnica Las Condes 0(',CA0(N72S < 0A7(5,AL(S '( 85*(NC,A (r)70%Cltnica Alemana, Cltnica Santa 0arta, Cltnica 8niversidad de Los Andes, Cltnica San Carlos de Apoquindo, 8) 65%Cltnica Las Condes La cobertura mtnima del plan de salud para cada prestación, corresponderi al mayor valor entre la cobertura genprica del plan de salud y la cobertura mtnima )onasa (o) BNSPRUSM4/04 02N72S 0È;,02S 8suarioAxo (m) 02N72S 0È;,02S 8suarioAxo (m) 35(S7A'25(S '(5,9A'2S (n) Plan con Cobertura Reducida de Obstetricia, Parto, Embarazo, Cesárea
Tipo de Beneficiario EdadCotizantesCargas Para calcular la equivalencia del precio en moneda nacional se utilizará el valor que tenga la UF el último día del mes en que se pagaron o debieron pagarse las remuneraciones del cotizante. (Años)HombreMujerHombreMujer 0 a menos de 21,401,401,401,40 2 a menos de 51,001,000,400,40 5 a menos de 101,001,000,400,40 10 a menos de 151,001,000,400,40 15 a menos de 201,002,000,400,40 20 a menos de 251,002,000,400,60 25 a menos de 301,002,000,601,60 30 a menos de 351,003,001,001,60 35 a menos de 401,003,001,001,60 40 a menos de 451,202,501,201,60 45 a menos de 501,302,501,301,60 50 a menos de 551,602,501,601,60 55 a menos de 602,102,502,101,60 60 a menos de 652,302,702,302,70 65 a menos de 703,003,003,003,00 70 a menos de 753,003,003,003,00 75 a menos de 803,003,003,003,00 80 y más3,003,003,003,00 - Los tiempos se cuentan desde el día siguiente, al día en que el paciente solicite la prestación. - En el caso que un prestador no pueda cumplir con los tiempos máximos de espera, el paciente será derivado a otro prestador por la Isapre. TIEMPOS MÁXIMOS DE ESPERA EN DÍAS CORRIDOS EN LOS PRESTADORES IDENTIFICADOS EN LA COBERTURA PREFERENTE (mientras sea médicamente aconsejable) PRESTACIÓNN° DÍAS Consulta Médica10 días Exámenes de Laboratorio4 días Imagenología4 días Procedimientos Diagnósticos y Terapéuticos5 días Intervenciones Quirúrgicas Programadas9 días Precio Base UF Precio Total Plan UF TABLA DE FACTORES DE PRECIO (CÓDIGO 1155) Nombre Arancel B1 (*) Unidad Arancel Pesos BNSPRUSM4/04 Notas Explicativas del Plan de Salud: a) Lasprestaciones hospitalariasson aquellas en que la persona requiere indubitadamente infraestructura hospitalaria, cuando se presente alguna de las siguientes circunstancias: La Kospitali]ación Ka ocurrido por indicación escrita, precisa y espectfica del mpdico tratante del paciente de que se trate o el prestador Ka Iacturado la utili]ación de, a lo menos, un dta cama, cualquiera sea el tipo de pste conIorme el arancel vigente en la ,sapre. Las cirugtas ambulatorias asociadas a un código de pabellón o superior tendrin bonificación como cobertura Kospitalaria. La cobertura Kospitalaria de libre elección se otorgari de acuerdo a los porcentaMes y topes de bonificación, y montos mi[imos indicados en el plan complementario de salud. La bonificación libre elección del plan de salud seri de 0 para cualquier prestador, e[cepto los nominados en la oIerta preIerente Kospitalaria, cuya bonificación se regiri por la oIerta preIerente de las prestaciones Kospitalarias que psta incluya. b)La cobertura preIerente se reali]ari sólo con presentación de bonos con los prestadores indicados en el plan de salud. Laoferta preferente hospitalariacomprende sólo las prestaciones que indica el plan de salud. La oIerta preIerente, tanto ambulatoria como Kospitalaria, dependeri de si e[iste disponibilidad Itsica y tpcnica en el establecimiento indicado en el plan, en caso contrario, el beneficiario deberi comunicarse con la ,sapre, quien derivari a un prestador, de entre los indicados en la columna 3restadores 'erivados. La cobertura Kospitalaria de la oIerta preIerente para dta cama Kabitación individual simple se aplica Kasta el valor de la Kabitación individual simple con baxo privado de menor valor del establecimiento Kospitalario. (n el caso de uso de una Kabitación de mayor valor tendri como bonificación mi[ima la anterior y cualquier diIerencia por el uso de una Kabitación superior a la indicada, seri de cargo del beneficiario. Los +onorarios 0pdicos 4uir~rgicos de la oIerta preIerente, serin sin tope, sólo con mpdicos staII del establecimiento en convenio con la ,sapre y utili]ando bonos, en caso contrario, se bonificari de acuerdo a los topes indicados en la libre elección del plan de salud, para ese ttem. 0pdico StaII es el mpdico que tiene relación contractual vigente con el prestador de la 2Ierta 3reIerente y se acoge al Arancel 0pdico pactado entre dicKo prestador y la ,sapre. Las prestaciones de la oIerta preIerente reIeridas a Cltnica Santa 0arta son sólo las que se otorgan en Avda. Santa 0arta 000, 3rovidencia. Las prestaciones de la oIerta preIerente reIeridas a Centro 0pdico Cltnica Santa 0arta La 'eKesa son sólo las que se otorgan en Avda. La 'eKesa , Lo BarnecKea. c)(n caso deurgencia hospitalariacon o sin riesgo vital o secuela Iuncional grave, para tener acceso a la cobertura preIerente deberi acudir al prestador indicado en el 3lan de Salud. (n caso de no poder dirigirse al prestador indicado en la cobertura preIerente, se deberi acudir a cualquier servicio de urgencia y dar aviso a la ,sapre, personalmente o por medio de Iamiliar u otro, dentro de las Koras siguientes al evento. Si el pla]o de Koras se cumple un dta sibado, domingo o Iestivo, se prorrogari dicKo pla]o al dta Kibil siguiente. 3ara obtener la Cobertura de la 2Ierta 3reIerente del 3lan, ademis de aviso en el pla]o antes reIerido, el beneficiario debe ingresar eIectivamente al prestador preIe rente y en el tipo de Kabitación que indica el cuadro de beneficios de la oIerta preIerente, IecKa a contar de la cual tendri acceso a esta cobertura. 7anto el beneficiario como la ,sapre estin Iacultados para disponer el traslado del paciente Kospitali]ado al prestador preIerente cuando su estado de salud lo permita. (n todo caso, la cobertura en un prestador aMeno a la oIerta preIerente seri siempre por libre elección al igual que los correspondientes gastos de traslado. d)Se procederi a la bonificación de losMedicamentos y Materiales Clínicossólo en prestaciones que requieran hospitalización y en las prestaciones asociadas a Cirugtas Ambulatorias (código de pabellón o superior). (sta cobertura se aplica por eventobeneficiario. Se entiende por eventobeneficiario una misma Kospitali ]ación con independencia del lugar de la misma (establecimiento asistencial yo Kospitali]ación domiciliaria). Se e[cluyen drogas antineoplisicas para el tratamiento del cincer, las cuales se bonificarin en sus porcentaMes y topes espectficos del cuadro de beneficios del plan complementario de salud. Asimismo, se e[cluye la bonificación de medicamentos y materiales cltnicos para diagnósticos o tratamientos ambulatorios. e)(n el caso de losaudífonos,sólo se contempla cobertura a los mayores de axos de acuerdo al arancel. f)Las prestaciones asociadas a la Atención ,ntegral de (nIermerta sólo tendrin bonificación de acuerdo a los topes y montos mi[imos indicados en el plan de salud, conIorme al arancel )onasa modalidad libre elección. g)(l tope se aplica por ciclo de quimioterapia e incluye sólodrogas antineoplásicaspara el tratamiento del cincer. Se entiende por ciclo de quimioterapia el pertodo de tiempo que comprende el n~mero de dtas empleados en la secuencia de un determinado tratamiento antineoplisico. h)Prestaciones con Cobertura Reducidaindicadas en el plan, sólo con cobertura libre elección en 3restaciones +ospitalarias de 2bstetricia, 3arto, (mbara]o, Cesirea, 3siquiatrta, Cirugta 5eIractiva, Cirugta de 3resbicia y Cirugta Bariitrica o de 2besidad. La cobertura reducida de las prestaciones Kospitalarias de 2bstetricia, 3arto, (mbara]o, Cesirea, seri la de mayor valor entre el 30 de la cobertura del plan de salud para la prestación genprica correspondiente y la cobertura financiera mtnima que establece el Arancel )onasa modalidad libre elección. La cobertura reducida de las prestaciones Kospitalarias de 3siquiatrta, Cirugta de 3resbicia y Cirugta Bariitrica o de 2besidad, seri la de mayor valor entre el de la cobertura del plan de salud para la prestación genprica correspondiente y la cobertura financiera mtnima que establece el Arancel )onasa modalidad libre elección. La cobertura reducida de las prestaciones Kospitalarias de Cirugta 5eIractiva, seri la de mayor valor entre el 0 de la cobertura del plan de salud para la prestación genprica correspondiente y la cobertura financiera mtnima que establece el Arancel )onasa modalidad libre elección. Se entiende por: 3restaciones Kospitalarias de obstetricia comprende: embara]o, embara]o ectópico, parto, cesirea, aborto espontineo, aborto terapputico yo cualquier prestación o atención requerida a consecuencia de una complicación de pstas. A este plan se le aplica la proporcionalidad de cobertura que establece la Ley para embara]o, parto o cesirea. 'urante la vigencia del presente plan, la isapre estari obligada a aceptar el cambio que el (la) coti]ante le solicite. (l (la) coti]ante tendri derecKo a optar, al menos, entre los siguientes planes de salud: a)8n plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aqupl que se reempla]a y que satisIaga la cobertura de parto requerida. b)8n plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y aumente la cobertura de parto. i)(sta bonificación regiri sólo paratrasladossolicitados por el mpdico tratante y originados por Kospitali]aciones, salvo casos de urgencia, y su pago deberi ser autori]ado siempre y en Iorma previa por la contralorta mpdica de la ,sapre. (sta bonificación incluye y se e[tiende solamente al paciente. j)Corresponderi la bonificación de losmarcos y cristales ópticossólo con la presentación de la receta mpdica respectiva. Los anteoMos para presbicia no requieren de receta mpdica para los mayores de 0 axos. k) Los medicamentos asociados altratamiento de esclerosis múltipleremitente recurrente, sólo tendrin bonificación de libre elección, conIorme al arancel )onasa modalidad libre elección y la cobertura se otorgari sólo contra presentación de programa mpdico.
FIRMA Y TIMBRE ISAPREFIRMA DE AFILIADO+uella dactilar Afi liado BNSPRUSM4/04 l)Atención deUrgencia Ambulatoria en prestador preferenteincluye: consulta médica, exámenes de laboratorio, imagenología, derecho de pabellón, procedimien- tos, medicamentos y materiales de urgencia, que requiera el beneficiario durante esta atención Esto no se extiende a las prescripciones y prestaciones posteriores, derivadas de la consulta de urgencia ambulatoria, aunque tenga relación con ella, las que tendrán las coberturas del plan de salud según corresponda. Esta cobertura rige sólo con presentación de bonos, en el prestador preferente indicado en el plan de salud o en el prestador derivado en el caso de que los prestadores anteriores no tengan disponibilidad física o se encuentren imposibilitados de otorgar algunas de las presta- ciones contempladas en este ttem. Si el afiliado acude a un prestador distinto a los anteriores, la cobertura seri la indicada para prestaciones ambulatorias de Libre Elección del plan. Asimismo, la cobertura para prestaciones ambulatorias de urgencia distintas a las señaladas en este párrafo, será la indicada para prestaciones ambulatorias de Libre (lección del plan. m)Losmontos máximospor usuarioaxo son ~nicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones de que se trate, por libre elección y por la oIerta preIerente. (l valor indicado rige individualmente para cada beneficiario por axo de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diIerencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de las bonificaciones en un axo sea superior al monto mi[imo anual, se otorgari la cobertura mtnima que establece la ley, determinindose de esta Iorma el nuevo copago del afiliado. 3ara los 3agos Asociados a 'iagnóstico (3A') de 3restaciones 'entales, el monto mi[imo, para cada uno de los códigos, por beneficiario y por axocontrato, seri la cobertura indicada para la respectiva prestación en el Arancel de 0odalidad Libre (lección de )onasa. Eltope general anualpor beneficiario es ~nico y comprende todas las bonificaciones otorgadas por la ,sapre, tanto por libre elección y por oIerta preIerente, en el periodo anual de vigencia de beneficios. Alcan]ado este tope general anual, se otorgari la cobertura mtnima que establece la ley. n)Cuando se configura una insuficiencia de todos los prestadores indicados en la oIerta preIerente, es decir que se encuentran imposibilitados de reali]ar alguna de las prestaciones que Iorman parte de la oIerta preIerente, el beneficiario o Iamiliar deberi solicitar a la ,sapre la derivación a alg~n prestador indicado en la columna Prestadores Derivados.En caso que este prestador corresponda a Vidaintegra, la derivación se efectuará a un Vidaintegra de otra comuna, que tenga en esa opor- tunidad la capacidad tpcnica y Itsica correspondiente. La solicitud de derivación podri reali]arse en cualquier sucursal de la ,sapre. (l monto del copago, la cobertura y tope de bonificación seri el que Kubiese correspondido al beneficiario de Kaberse mantenido en el prestador preIerente. (l prestador derivado Cltnica Santa 0arta corresponde a Avda. Santa María 0500, Providencia. o)Lacobertura mínimadel plan de salud para cada prestación no podrá ser inferior al 25% de la cobertura del plan para la prestación genérica correspondiente y seri siempre la que resulte mayor entre psta y la cobertura Nivel del Arancel )onasa Libre (lección. (n el evento, que la cobertura estipulada resultare inIerior a la cobertura )onasa antes indicada, la ,sapre otorgari psta ~ltima de acuerdo al arttculo 0 del 'ecreto con )uer]a de Ley N , de 00, del 0inisterio de Salud. p)Laatención dentalprocederi sólo respecto de aquellas atenciones que se otorguen a travps de centros o proIesionales en convenio con la ,sapre. (ste beneficio rige por medio de descuentos acordados entre la ,sapre y dicKos centros o proIesionales en convenio. Se e[cluye de estos descuentos, los 3agos Asociados a Diagnóstico (PAD). q)La ,sapre otorgari cobertura internacional de acuerdo a los siguientes criterios: (l afiliado y los beneficiarios del contrato tendrin derecKo a bonificación por las prestaciones otorgadas en el e[tranMero. Lacobertura internacionalambulatoria y Kospitali]ada rige por los porcentaMes de bonificación, topes y montos mi[imos usuarioaxo indicados en la columna Libre (lección del 3lan de Salud. Los ttems que no tengan topes e[presados en ella, tendrin un tope de bonificación de un90% del arancel de Clínica Santa María,con un tope único y total en medicamentos y materiales clínicos de300 UF anuales. 3ara requerir esta cobertura, el afiliado deberi atenerse a lo indicado en el arttculo 0 letra b) de las Condiciones *enerales del Contrato de Salud. La bonificación correspondiente se pagari en moneda nacional al cambio oficial vigente de la moneda con que se eIectuó el pago, el ~ltimo dta del mes anterior a la IecKa de la prestación. Con todo, el beneficiario deberi requerir el reembolso de las prestaciones mpdicas presentando los documentos originales legali]ados traducidos al espaxol, que identifiquen y detallen las prestaciones mpdicas y su valor cuya bonificación se solicita y dentro del pla]o de 0 dtas contados desde la IecKa de Iacturación, transcurrido dicKo pla]o la ,sapre no estari obligada a otorgar beneficio alguno. r) Todos los medicamentos, materiales clínicos e insumos, incluidas las drogas antineoplásicas y los medicamentos para el tratamiento de la esclerosis múltiple, se bonificarin ~nicamente en la medida que estpn registrados por el ,nstituto de Salud 3~blica (,.S.3.) con fines curativos (por lo que se e[cept~an, en consecuencia, los medicamentos con fines de investigación y e[perimentación). s)Los 3agos Asociados a 'iagnóstico (3A') de 3restaciones 'entales sólo tendrin bonificación en modalidad de libre elección, suMeto a los mismos tprminos, topes y condiciones aplicables baMo el arancel )onasa modalidad libre elección, por lo que la cobertura se otorgari sólo a los beneficiarios que tengan entre axos y axos, meses, dtas. t)3ara los eIectos de este plan de salud, se entiende por *amma .niIe las prestaciones de radiocirugta de órganos de la cabe]a, que incluye *amma .niIe y radioci rugta y que actualmente solo otorga la Cltnica 'ivila. (*) REAJUSTE DEL ARANCEL: (l Arancel o catilogo valori]ado de prestaciones se reaMustari el primero de Abril de cada axo Kasta en un 00 de la variación e[perimentada por el Ëndice de 3recios del Consumidor (,3C) entre el de (nero y 3 de 'iciembre del axo anterior, con un mtnimo de de la reIerida variación. 3ara el caso que desapare]ca o reemplace dicho índice, se sustituirá por el que la autoridad competente disponga en lugar de aquél. (**) CONDICIONES Y CARACTERÍSTICAS DE LA OFERTA PREFERENTE: Atención de Urgencia y Traslado:,ncorporadas en letrasc),i)yl)de las Notas Explicativas del plan de salud, precedentes. Término o Modificación del Convenio:(l tprmino del convenio entre la ,sapre y alguno de los prestadores preIerentes o cualquier modificación que pstos le introdu] can no aIectari la oIerta preIerente con dicKo prestador, Kasta la anualidad que corresponda al coti]ante. Término de la Existencia Legal del Prestador u Otros:Si durante la vigencia de este plan terminase la existencia legal de alguno o algunos de los prestadores prefe- rentes o e[perimentare una pprdida total o parcial y permanente de su inIraestructura o una parali]ación permanente de sus actividades, la ,sapre comunicari por escrito dicKo evento a cada uno de los coti]antes, Munto con la o las alternativas de planes que dispone para ellos, o el o los nuevos prestadores preIerentes, si procediere. Modificación de Contrato:(n caso de que el Afiliado modifique su domicilio acreditando de que dicKo cambio dificulta significativamente el acceso de los beneficiarios al prestador individuali]ado en el plan, o si se produce una Ialta de otorgamiento de la atención de salud al coti]ante o beneficiario que se Ka cexido a los procedimien tos de acceso y derivación definidos, la ,sapre deberi oIrecer un nuevo plan si pste es requerido por el afiliado Iundamentindose en algunas de estas circunstancias. 'icKa oIerta deberi contemplar, como mtnimo, un plan de salud entre los en comerciali]ación, que tenga el precio que mis se aMuste al monto de la coti]ación legal que corresponda a la remuneración del afiliado al momento de modificarse el contrato. Segunda Opinión Médica:Esta se podrá obtener con otro profesional del mismo prestador preferente, un profesional de otro prestador preferente y, si no hubiera un prestador preferente distinto, con un profesional del o los prestadores derivados. Opiniones Médicas Divergentes:)rente a divergencias entre las opiniones mpdicas que se produ]can como consecuencia del eMercicio del derecKo a solicitar una segunda opinión mpdica, le asiste al coti]ante yo a los beneficiarios del plan de salud el derecKo de requerir del 'irector 0pdico o -eIe del Servicio del prestador indivi duali]ado en la oIerta preIerente del plan de Salud, en un pla]o mi[imo de 30 dtas, un pronunciamiento escrito donde consten los Iundamentos de la decisión adoptada y la identificación y firma de quien lo emita. NORMAS DE BONIFICACIÓN Orden Médica:7oda prestación ambulatoria, e[cepto la consulta mpdica y los anteoMos para presbicia para mayores de 0 axos, requeriri tanto para obtener el reem bolso como la orden de atención, acompañar la indicación médica que lo originó con su correspondiente diagnóstico o hipótesis diagnóstico. La cobertura del plan se determina sobre el valor Iactura o boleta, aplicando el porcentaMe o el tope de bonificación, cuando corresponda. Los topes de bonificación se e[presan en 8nidades de )omento o ³8) ́ o en veces arancel. Los topes en 8) indicados en las columnas 7opes de Bonificación y 0ontos 0i[imos 8suarioAxo, se calcularin de acuerdo al valor que tenga la 8) el ~ltimo dta del mes anterior a la IecKa de la prestación al igual que para el cilculo de la coti]ación. (ste 3lan de Salud se firma en dos eMemplares, quedando uno en poder del afiliado.