PLAN CLINICA ALEMANA DE TEMUCO 13-PCAT1-13 P L A N D E S A L U D C O M P L E M E N T A R I O MODALIDAD PRESTADORES PREFERENTES FUN Nº FOLIO TIPO DE PLAN:INDIVIDUALGRUPAL OFERTA PREFERENTE (*) PRESTACIONESBONIFICACIÓN (1) DIA CAMA DIA CAMA CUIDADOS INTENSIVOS O CORONARIOS DIA CAMA CUIDADOS INTERMEDIOS DERECHO DE PABELLÓN IMAGENOLOGIA PROCEDIMIENTOS KINESIOLOGIA y FISIOTERAPIA EXAMENES LABORATORIO VISITA POR MÉDICO INTERCONSULTOR VISITA POR MÉDICO TRATANTE HONORARIOS MEDICOS QUIRURGICOS MEDICAMENTOS HOSPITALARIOS(2) MATERIALES CLINICOS (2) TRASLADOS MÉDICOS PRÓTESIS, ÓRTESIS Y ELEMENTOS DE OSTEOSÍNTESIS QUIMIOTERAPIA (8) EXAMENES LABORATORIO IMAGENOLOGIA CONSULTA MEDICA CONSULTA DE URGENCIA PROCEDIMIENTOS PABELLON AMBULATORIO HONORARIOS MÉDICOS QUIRURGICOS DIA CAMA OBSERVACION RADIOTERAPIA KINESIOLOGIA y FISIOTERAPIA FONOAUDIOLOGÍA QUIMIOTERAPIA (8) PRÓTESIS Y ÓRTESIS ATENCIONES INTEGRALES DE ENFERMERIA (4) (5) ATENCIÓN INTEGRAL DE NUTRICIONISTA PRESTACIONES DENTALES (PAD) (9) 100 100% LIBRE ELECCIÓN Sin Tope Sin Tope 5,0 UF 11 UF 2,0 UF 3,0 veces AC1 1,6 veces AC1 1,7 veces AC1 1,5 veces AC1 2,0 veces AC1 0,7 UF 0,7 UF 2,8 veces AC1 40 UF 20 UF 0,8 veces AC1 0,8 veces AC1 6,0 veces AC1 1,5 veces AC1 2,0 veces AC1 0,7 UF 0,7 UF 1,5 veces AC1 1,5 veces AC1 3,0 veces AC1 2,8 veces AC1 0,5 veces AC1 1,0 veces AC1 1,0 veces AC1 6,0 veces AC1 0,8 veces AC1 0,8 veces AC1 0,8 veces AC1 0,9 UF % TOPE MÁX. AÑO CONTRATO POR BENEFICIARIO (U.F) (7) BONIFICACIÓN %TOPE(6)TOPE(6) HOSPITALARIAS Y CIRUGÍA MAYOR AMBULATORIA AMBULATORIAS PRESTACIONES RESTRINGIDAS OTRAS COBERTURAS MARCOS Y CRISTALES ÓPTICOS (11) COBERTURA INTERNACIONAL (F) 80% Sin Tope Centros Megasalud y Clínicas Preferentes 0,6 veces AC1 1,0 veces AC1 Solo cobertura libre elección 6,0 3,5 11090 % 1,3 25% de la cobertura gral. del plan 90%10 6,0 Sin Tope 100% Sin Tope Clínica Alemana de Temuco Clínica Tabancura (Habitación Individual Simple) CIRUGÍAS FOTOREACTIVA CON LASER, BARIATRICA, RINOPLÁSTICA, TRATAMIENTO DE INFERTILIDAD HOSPITALIZACIÓN PSIQUIATRICA (3) CONSULTA / TRATAMIENTO PSIQUIATRIA Y/O PSICOLOGIA Sin Tope Solo cobertura libre elección Copago Fijo de : $9.000 (k) en Clínicas Preferentes 6,0 Sin Tope 70 40 PRESTADORES DERIVADOSHospital Clínico Universidad de Chile Sin Tope ATENCIÓN INTEGRAL DE URGENCIA(D)Clínica Alemana de Temuco y Clínica Tabancura Solo cobertura libre elección Solo cobertura libre elección 1,0 UF70%2,0 (*) La complejidad está definida por la realización de exámenes de imagenología de los subgrupos 03, TAC, 04 ( a excepción de los códigos 0404002, 0404005 y 0404006 para urgencias de maternidad) ultrasonografía y subgrupo 05 resonancias y procedimientos médicos que incluyan prestaciones endoscópicas y aquellas atenciones a pacientes que ingresen en riesgo vital. (*) VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE TIEMPOS DE ESPERA - INTERVENCIONES QUIRURGICAS -HOSPITALIZACIONES EN OTORRINO-OFTALMOLOGIA-NEUROCIRUGÍA NºDías CorridosInicio del Tiempo de Espera 14 30 Los tiempos de espera definidos, se cuentan a partir de la fecha en que el beneficiario suscriba el documento de Solicitud de Contabilización del Tiempo de Espera en nuestras oficinas. 80% 70% Solo cobertura libre elección 70% Sin Tope Copago Fijo de : $4.000 (k) Centros Megasalud y Clínicas Preferentes Solo cobertura libre elección13-PCAT1-13 1 / 4
A) Que el cotizante y su cónyuge mantengan la calidad de afiliados vigentes de CONSALUD. B)Que el cotizante y su cónyuge estén deacuerdo en mantener el Plan Matrimonial. CONDICIONES DE VIGENCIA DEL PLAN MATRIMONIAL (CUANDO CORRESPONDA) A) Que se mantenga permanentemente como trabajador de la empresa. B)Que se mantenga permanentemente como afiliado de CONSALUD. CONDICIONES QUE DEBE CUMPLIR EL AFILIADO PARA INGRESAR Y MANTENERSE EN EL PLAN GRUPAL (CUANDO CORRESPONDA) CONDICIONES DE VIGENCIA PLAN COLECTIVO Y OTROS GRUPALES (CUANDO CORRESPONDA) 1)Que se incorporen al convenio la cantidad de ............... trabajadores como beneficiarios o al menos el 85% de la misma, dentro del plazo de tres meses contados desde la fecha de suscripción del convenio. Este porcentaje mínimo no podrá disminuir durante la vigencia del convenio. 2)Que se mantenga durante la vigencia del convenio, un promedio de cargas legales por afiliado cercana a las ........ personas. 3)Que el monto mínimo de cotización mensual del grupo total de los trabajadores afectos al convenio colectivo, no sea inferior a $ ............................. o al menos, alcance un 85% de dicha suma. 4)Que el plan de salud contratado se financie en al menos un 90%. Se entiende por financiamiento el cuociente entre la suma de cotizaciones pagadas de los trabajadores afiliados al convenio colectivo y la suma de precios de los planes de esos trabajadores. 5)Que la siniestralidad anual del plan no supere el 85%. Se entiende por siniestralidad el cuociente entre la suma de los gastos de Prestaciones de Salud y Subsidios por Incapacidad Laboral a cargo de la Isapre y la suma de las cotizaciones pagadas en ese mismo período. NOTA:En caso de Planes Grupales en que se pacte el precio en el porcentaje equivalente a la cotización legal para salud, no se producirán excedentes de cotización de salud. TOPE GENERAL ANUAL POR BENEFICIARIO U.F. 2.000(6) NOMBRE DEL ARANCEL: AC1UNIDAD : PESOS ARANCEL El Arancel tendrá un Reajuste General el 01 de abril de cada año hasta en un 100% de la variación experimentada por el Indice de Precios al Consumidor (IPC) entre el 01 de enero y el 31 de diciembre del año inmediatamente anterior al de la fecha del reajuste. Además del Reajuste General del Arancel, CONSALUD podrá reajustar algunas prestaciones en un porcentaje superior sólo con el fin de incrementar los beneficios, como asimismo, podrá anticipar la fecha de reajuste con el mismo objeto, pudiendo imputarlo al reajuste que se realice en el mes de abril siguiente. PRECIO DEL PLAN VALOR TOTAL PLAN SEGUN COMPOSICION DEL GRUPO FAMILIAR VALOR BASE El precio del Plan de Salud se expresa en Unidades de Fomento (U.F.). Dicho precio se determina conforme a su valor base y la tabla de factores relativos por sexo y edad: U.F. U.F. El precio final del plan se pagará en su equivalente en pesos. Para su cálculo se utilizará el valor oficial que tenga la U.F. el último día del mes que corresponde descontar la cotización de la remuneración del cotizante. TIPO DE BENEFICIARIO EDADCOTIZANTECARGAS HOMBREMUJERMUJERHOMBRE 0 a menos de 2 años 2 a menos de 5 años 5 a menos de 10 años 10 a menos de 15 años 15 a menos de 20 años 20 a menos de 25 años 25 a menos de 30 años 30 a menos de 35 años 35 a menos de 40 años 40 a menos de 45 años 45 a menos de 50 años 50 a menos de 55 años 55 a menos de 60 años 60 a menos de 65 años 65 a menos de 70 años 70 a menos de 75 años 75 a menos de 80 años 80 y más años 1,80 0,80 0,80 0,80 1,30 2,17 2,50 2,78 2,60 2,45 2,70 2,99 3,34 3,70 3,70 4,00 4,30 4,80 1,80 0,80 0,60 0,60 0,60 0,60 0,70 1,00 1,05 1,26 1,30 1,75 1,90 2,60 3,70 4,00 4,50 5,00 1,80 0,80 0,60 0,60 0,75 1,00 1,40 1,60 1,60 1,60 1,75 2,10 2,20 2,70 3,70 4,00 4,30 4,80 1,80 0,80 0,70 0,70 0,70 0,70 0,90 1,00 1,05 1,26 1,40 1,75 2,22 2,70 3,70 4,00 4,50 5,00 TIEMPOS DE ESPERA - CONSULTAS MEDICAS EN ATENCION PRIMARIA - CONSULTAS MEDICAS EN ESPECIALIDAD -EXAMENES -PROCEDIMIENTOS DIAGNOSTICOS Y TERAPEUTICOS - INTERVENCIONES QUIRURGICAS -HOSPITALIZACIONES EN OTORRINO-OFTALMOLOGIA-NEUROCIRUGÍA NºDías CorridosInicio del Tiempo de Espera 5 7 4 10 14 30 Los tiempos de espera definidos, se cuentan a partir de la fecha en que el beneficiario suscriba el documento de Solicitud de Contabilización del Tiempo de Espera en nuestras oficinas. FIRMA REPRESENTANTE ISAPRE NOMBRE: RUT: FECHA: FIRMA AFILIADO: NOMBRE: RUT: FECHA: HUELLA DACTILAR AFILIADO13-PCAT1-13 2 / 4
1 ) PRESTACIONES a)Hospitalarias: Son aquellas que requieren de día cama. También se considerarán para los efectos de su bonificación, que son prestaciones hospitalarias aquellas que utilicen pabellón quirúrgico 5 o superior, según la calificación que de ellos se hace en el arancel del plan bajo la columna “Código de Pabellón” o “C.P.” b)Ambulatorias: Son aquellas no consideradas en la definición anterior. 2 ) MEDICAMENTOS Y MATERIALES CLINICOS HOSPITALARIOS:Son aquellos medicamentos y materiales clínicos recibidos por el beneficiario por causa de prestaciones hospitalarias. Sólo serán objeto de bonificación, aquellos medicamentos que el establecimiento hospitalario haya considerado en su factura. Se excluyen medicamentos y materiales clínicos por tratamiento de cáncer y hospitalización psiquiátrica; dado que en ambos casos se bonificarán en los porcentajes y topes específicos definidos para los ítems Drogas Citotóxicas en Ciclos de Quimioterapia y Hospitalización Psiquiátrica respectivamente. Se excluyen asimismo de la oferta preferente, los medicamentos y materiales clínicos por tratamiento de infertilidad y fibrosis quística del páncreas, dado que se bonificarán en los porcentajes y topes específicos definidos para modalidad de libre elección. El tope indicado se aplica por evento/ beneficiario." 3) HOSPITALIZACION PSIQUIATRICA:La bonificación por consultas y tratamientos hospitalarios, como asimismo los medicamentos que se reciban durante la hospitalización, se deben sumar en un año de beneficios para considerar la aplicación del tope de bonificación. A modo de ejemplo y sin que esta enumeración sea taxativa, se detallan las siguientes prestaciones que se considerarán para la determinación de este tope: días cama, medicamentos, exámenes, consultas médicas. Asimismo, se aclara que la bonificación de cada prestación específica en ningún caso, ni antes ni después de llegado al tope, será inferior al 25% de la definida en el plan general convenido para la prestación genérica con que se encuentre relacionada. 4 ) ATENCIONES INTEGRALES DE ENFERMERIA EN DOMICILIO:Se bonificará la atención que reciba el afiliado y sus beneficiarios, sólo cuando sean mayores de 55 años, o mayores de 15 años que se encuentren postrados o en estado terminal. 5) ATENCIONES INTEGRALES DE ENFERMERIA EN CENTRO DE ADULTO MAYOR:Se bonificará la atención que reciba el afiliado y sus beneficiarios, sólo cuando sean mayores de 55 años. 6 ) TOPES DE BONIFICACION:Los tope de bonificación se expresan en UF o en veces el Arancel Consalud (AC1). Los topes en UF se calcularán al valor oficial registrado por dicha unidad el último día del mes anterior a la fecha en que se bonifica la prestación. 7 ) VALORIZACION TOPES ANUALES:Para el Tope General Anual por Beneficiario y el Monto Máximo de Bonificación, se contabilizarán las prestaciones que correspondan, las que en caso de estar expresado el tope en U.F. se valorizarán según el valor que tenga dicha unidad el día en que se bonifica la prestación por un periodo máximo de un año de vigencia de beneficios. Asimismo, se aclara que la bonificación de cada prestación específica en ningún caso, ni antes ni después de llegado al tope, será inferior al 25% de la definida en el plan general convenido para la prestación genérica con que se encuentre relacionada, ni podrán tener una bonificación inferior a la cobertura financiera que el Fondo Nacional de Salud asegura, en modalidad libre elección a todas las prestaciones contempladas en el arancel que se refiere el articulo 31 de la Ley Nª19.666 que establece el Régimen General de Garantías de Salud. 8) DROGAS CITOTOXICAS EN CICLOS DE QUIMIOTERAPIA:Corresponde a medicamentos de uso endovenoso. Excluye medicamentos orales, medicamentos coadyuvantes, medicamentos hormonales, interferon, interleukina, anticuerpos monoclonales, analgésicos, antihistamínicos, soluciones parenterales, alimentos parenterales y medicamentos estimu- lantes de colonias. 9)PAD DENTAL FONASA: Podrán acceder a la bonificación de los tratamientos contemplados en los PAD de prestaciones dentales los beneficiarios que tengan entre 12 años y 17 años 11 meses 29 días, que presentan caries de una o más piezas dentales. Los códigos FONASA de los PAD sujetos a cobertura son: 2503001, 2503002, 2503003, 2503004, 2503006. La cobertura se entregará vía IMED en los prestadores en convenio y de acceder a la prestación en un prestador sin convenio la cobertura se entregará vía reembolso 11) MARCOS Y CRISTALES OPTICOS:Corresponderá la bonificación de los marcos y cristales ópticos sólo con la presentación de la boleta correspondiente. NOTAS EXPLICATIVAS Y DEFINICIONES (CONTINUACION) A ) El afiliado debe tener presente que la cobertura preferente en hospitalización en el prestador Clínica Alemana de Temuco y Clínica Tabancura, rige sólo si esta se hace en habitación individual simple. En caso que la hospitalización sea en una habitación de tarifa superior a la habitación individual simple, se bonificará bajo la modalidad libre elección. En estos establecimientos asistenciales los afiliados obtendrán, a lo menos, las prestaciones contenidas en el Arancel del Fondo Nacional de Salud en la modalidad libre elección, que se establece en el artículo 31 de la Ley N° 19.966. B) El afiliado debe considerar que aquellas prestaciones específicas que, pudiendo entenderse incorporadas en la oferta preferente, no se realizan por el respectivo prestador, serán derivadas por la Isapre a un prestador de similares características, en cuyo caso se mantendrán las condiciones de cobertura del plan. C) En caso de insuficiencia de un prestador en convenio, es decir, cuando por falta de profesionales o medios, aquéllos se encuentran imposibilitados temporalmente de realizar alguna de las prestaciones que forman parte de la oferta preferente y ha transcurrido el tiempo de espera previsto en el Plan de Salud para el otorgamiento de las mismas, el beneficiario tendrá el derecho de solicitar a Isapre CONSALUD la derivación a otro prestador, en cuyo caso rige lo mismo señalado en el punto B). Esta derivación sólo tendrá por objeto el otorgamiento de las prestaciones específicas que no pudieron ser brindadas por los prestadores preferentes. Las prestaciones que se otorguen con ocasión de la derivación, deberán ser bonificadas por la Isapre manteniendo el monto que le habría correspondido copagar al afiliado de haberse atendido en el prestador que dio origen a la derivación. De realizarse la atención en un prestador distinto a los prestadores preferentes sin la autorización expresa de CONSALUD, la cobertura se hará bajo la modalidad libre elección. Esta solicitud de derivación se podrá solicitar en el formulario correspondiente en cualquier oficina de Consalud o en los puestos de atención que la Isapre tiene en las oficinas de los prestadores preferentes y, en días festivos u horarios inhábiles, podrá hacerse al fono 600-Consalud, para obtener respuesta a más tardar al día hábil siguiente. D) Para recibir Atenciones de Urgencia el afiliado deberá acudir a alguno de los prestadores indicados en el recuadro«ATENCIONES DE URGENCIA»del Plan de Salud. La bonificación en estos prestadores será la correspondiente a«COBERTURA PREFERENTE».En caso de que la atención de urgencia ocurra en un prestador distinto a los señalados en el Plan, la cobertura se hará según lo indicado en «COBERTURA EN LIBRE ELECCION». E) El afiliado que con ocasión de una emergencia haya ingresado a un prestador distinto de los mencionados en el recuadro«ATENCIONES DE URGEN- CIA» del esquema del Plan de Salud, tendrá derecho a ser trasladado a alguno de los prestadores individualizados en el Plan de Salud, para acceder a la «COBERTURA PREFERENTE». Por su parte CONSALUD tendrá el derecho a trasladar al afiliado a uno de estos prestadores una vez que lo autorice el médico tratante. Si el afiliado no accede a este traslado y opta por permanecer en el prestador en que se encuentre, la cobertura se hará bajo modalidad libre elección. F) Las prestaciones de salud que el afiliado reciba en el extranjero, sólo serán cubiertas en caso de urgencia. La cobertura se regirá de acuerdo a lo indicado en «COBERTURA EN LIBRE ELECCION». El afiliado, deberá entregar en la sucursal de Isapre Consalud, la documentación (Antecedentes Médicos y Documentos de Cobro) traducidos al español y debidamente legalizada por el Consulado respectivo, es decir, en el País donde recibió la Atención de Urgencia. El plazo para presentar dicha documentación, es de 90 días desde la emisión de la factura. G) El término del convenio entre un prestador e Isapre CONSALUD, o cualquier modificación que éstos le introduzcan, no afectará el monto que, en virtud del plan contratado, le corresponde copagar a los beneficiarios por las atenciones recibidas del respectivo prestador, hasta la anualidad que corres- ponda, al cumplimiento de la cual la Isapre podrá adecuar el contrato. H) Si durante la vigencia del plan contratado, terminare la existencia legal del o los prestadores individualizados en el plan o éstos experimentaren una pérdida total de su infraestructura o una paralización permanente de sus actividades, la Isapre deberá comunicar por escrito dicho evento a cada uno de los cotizantes afectados, junto con las alternativas de planes que dispone para ellos. En esta oferta deberá contemplarse como mínimo, el Plan de Salud que tenga el precio que más se ajuste al monto de la cotización legal que corresponda a la remuneración del afiliado al momento de modificarse el contrato. CONDICIONES Y CARACTERISTICAS DE LA OFERTA PREFERENTE DEL PLAN CON PRESTADORES PREFERENTES13-PCAT1-13 3 / 4
I) Si durante la vigencia del plan contratado, el o los prestadores individualizados en el plan experimentaren una pérdida parcial y permanente de su infraestructu- ra o una sustitución de la especialidad médica a que estaban orientados al momento de celebrarse el contrato, la Isapre deberá comunicar por escrito dicho evento a cada uno de los cotizantes afectados, junto con las alternativas de planes que dispone para ellos. En esta oferta deberá contemplarse como mínimo, el Plan de Salud que tenga el precio que más se ajuste al monto de la cotización legal que corresponda a la remuneración del afiliado al momento de modificarse el contrato. J) CONSALUD ofrecerá un nuevo Plan de Salud al afiliado si este así lo requiere, y su petición se fundamenta en alguna de las siguientes situaciones: • Modificación del domicilio consignado al incorporarse al plan y que se acredite que dicho cambio dificulta significativamente el acceso de los beneficiarios a los prestadores individualizados en el plan. •Incumplimiento por parte de la Isapre de la derivación señalada en el punto C) precedente, o derivación a un prestador distinto de los indicados en el presente Plan de Salud o por falta de atención efectiva y oportuna por parte del prestador derivado. • Falta de otorgamiento de la atención de salud al cotizante o beneficiario que se ha ceñido a los procedimientos de acceso y derivación definidos en el Plan CONDICIONES Y CARACTERISTICAS DE LA OFERTA PREFERENTE DEL PLAN CON PRESTADORES PREFERENTES REAJUSTE DE COPAGOS FIJOS EN PESOS K) REAJUSTE DE COPAGOS FIJOS: Los copagos fijados en pesos, de acuerdo al presente plan, tanto hospitalarios, ambulatorios y de urgencia integral, podrán reajustar- se los días 01 de abril de cada año en el mismo porcentaje que lo haga el arancel.13-PCAT1-13 4 / 4