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13-PCAT1-13

CLINICA ALEMANA DE TEMUCO

Puntuación del plan 3,9

Desde

$122.473/mes

PLAN CLINICA ALEMANA DE TEMUCO 13-PCAT1-13
P L A N D E S A L U D C O M P L E M E N T A R I O
MODALIDAD PRESTADORES PREFERENTES
FUN Nº
FOLIO
TIPO DE PLAN: INDIVIDUAL GRUPAL
OFERTA PREFERENTE (*)
PRESTACIONES BONIFICACIÓN
(1)
DIA CAMA
DIA CAMA CUIDADOS INTENSIVOS O CORONARIOS
DIA CAMA CUIDADOS INTERMEDIOS
DERECHO DE PABELLÓN
IMAGENOLOGIA
PROCEDIMIENTOS
KINESIOLOGIA y FISIOTERAPIA
EXAMENES LABORATORIO
VISITA POR MÉDICO INTERCONSULTOR
VISITA POR MÉDICO TRATANTE
HONORARIOS MEDICOS QUIRURGICOS
MEDICAMENTOS HOSPITALARIOS(2)
MATERIALES CLINICOS (2)
TRASLADOS MÉDICOS
PRÓTESIS, ÓRTESIS Y ELEMENTOS DE OSTEOSÍNTESIS
QUIMIOTERAPIA (8)
EXAMENES LABORATORIO
IMAGENOLOGIA
CONSULTA MEDICA
CONSULTA DE URGENCIA
PROCEDIMIENTOS
PABELLON AMBULATORIO
HONORARIOS MÉDICOS QUIRURGICOS
DIA CAMA OBSERVACION
RADIOTERAPIA
KINESIOLOGIA y FISIOTERAPIA
FONOAUDIOLOGÍA
QUIMIOTERAPIA (8)
PRÓTESIS Y ÓRTESIS
ATENCIONES INTEGRALES DE ENFERMERIA (4) (5)
ATENCIÓN INTEGRAL DE NUTRICIONISTA
PRESTACIONES DENTALES (PAD) (9)
100
100%
LIBRE ELECCIÓN
Sin Tope
Sin Tope
5,0 UF
11 UF
2,0 UF
3,0 veces AC1
1,6 veces AC1
1,7 veces AC1
1,5 veces AC1
2,0 veces AC1
0,7 UF
0,7 UF
2,8 veces AC1
40 UF
20 UF
0,8 veces AC1
0,8 veces AC1
6,0 veces AC1
1,5 veces AC1
2,0 veces AC1
0,7 UF
0,7 UF
1,5 veces AC1
1,5 veces AC1
3,0 veces AC1
2,8 veces AC1
0,5 veces AC1
1,0 veces AC1
1,0 veces AC1
6,0 veces AC1
0,8 veces AC1
0,8 veces AC1
0,8 veces AC1
0,9 UF
%
TOPE MÁX. AÑO
CONTRATO POR
BENEFICIARIO
(U.F)
(7)
BONIFICACIÓN
% TOPE (6)TOPE (6)
HOSPITALARIAS Y CIRUGÍA
MAYOR AMBULATORIA
AMBULATORIAS
PRESTACIONES RESTRINGIDAS
OTRAS COBERTURAS
MARCOS Y CRISTALES ÓPTICOS (11)
COBERTURA INTERNACIONAL (F)
80% Sin Tope
Centros Megasalud y Clínicas Preferentes
0,6 veces AC1
1,0 veces AC1
Solo cobertura libre elección
6,0
3,5
11090 %
1,3
25% de la cobertura gral. del plan
90% 10
6,0
Sin Tope
100% Sin Tope
Clínica Alemana de Temuco
Clínica Tabancura
(Habitación Individual Simple)
CIRUGÍAS FOTOREACTIVA CON LASER, BARIATRICA, RINOPLÁSTICA,
TRATAMIENTO DE INFERTILIDAD
HOSPITALIZACIÓN PSIQUIATRICA (3)
CONSULTA / TRATAMIENTO PSIQUIATRIA Y/O PSICOLOGIA
Sin Tope
Solo cobertura libre elección
Copago Fijo de : $9.000 (k) en Clínicas Preferentes
6,0
Sin Tope
70
40
PRESTADORES DERIVADOS Hospital Clínico Universidad de Chile
Sin Tope
ATENCIÓN INTEGRAL DE URGENCIA (D) Clínica Alemana de Temuco y Clínica Tabancura
Solo cobertura libre elección
Solo cobertura libre elección
1,0 UF70% 2,0
(*) La complejidad está definida por la realización de exámenes de imagenología de los subgrupos 03, TAC, 04 ( a excepción de los códigos 0404002, 0404005 y 0404006 para urgencias de
maternidad) ultrasonografía y subgrupo 05 resonancias y procedimientos médicos que incluyan prestaciones endoscópicas y aquellas atenciones a pacientes que ingresen en riesgo vital.
(*) VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE
TIEMPOS DE ESPERA
- INTERVENCIONES QUIRURGICAS
- HOSPITALIZACIONES EN OTORRINO - OFTALMOLOGIA -NEUROCIRUGÍA
Nº Días Corridos Inicio del Tiempo de Espera
14
30
Los tiempos de espera definidos, se cuentan a partir de la fecha en que el beneficiario suscriba el documento de
Solicitud de Contabilización del Tiempo de Espera en nuestras oficinas.
80%
70%
Solo cobertura libre elección
70%
Sin Tope
Copago Fijo de : $4.000 (k) Centros Megasalud y Clínicas Preferentes
Solo cobertura libre elección13-PCAT1-13
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A) Que el cotizante y su cónyuge mantengan la calidad de afiliados vigentes de CONSALUD.
B) Que el cotizante y su cónyuge estén de acuerdo en mantener el Plan Matrimonial.
CONDICIONES DE VIGENCIA DEL PLAN MATRIMONIAL (CUANDO CORRESPONDA)
A) Que se mantenga permanentemente como trabajador de la empresa.
B) Que se mantenga permanentemente como afiliado de CONSALUD.
CONDICIONES QUE DEBE CUMPLIR EL AFILIADO PARA INGRESAR Y MANTENERSE EN EL PLAN GRUPAL (CUANDO CORRESPONDA)
CONDICIONES DE VIGENCIA PLAN COLECTIVO Y OTROS GRUPALES (CUANDO CORRESPONDA)
1) Que se incorporen al convenio la cantidad de ............... trabajadores como beneficiarios o al menos el 85% de la misma, dentro del plazo de tres
meses contados desde la fecha de suscripción del convenio. Este porcentaje mínimo no podrá disminuir durante la vigencia del convenio.
2) Que se mantenga durante la vigencia del convenio, un promedio de cargas legales por afiliado cercana a las ........ personas.
3) Que el monto mínimo de cotización mensual del grupo total de los trabajadores afectos al convenio colectivo, no sea inferior a $ .............................
o al menos, alcance un 85% de dicha suma.
4) Que el plan de salud contratado se financie en al menos un 90%. Se entiende por financiamiento el cuociente entre la suma de cotizaciones pagadas
de los trabajadores afiliados al convenio colectivo y la suma de precios de los planes de esos trabajadores.
5) Que la siniestralidad anual del plan no supere el 85%. Se entiende por siniestralidad el cuociente entre la suma de los gastos de Prestaciones de
Salud y Subsidios por Incapacidad Laboral a cargo de la Isapre y la suma de las cotizaciones pagadas en ese mismo período.
NOTA: En caso de Planes Grupales en que se pacte el precio en el porcentaje equivalente a la cotización legal para salud, no se producirán excedentes
de cotización de salud.
TOPE GENERAL ANUAL POR BENEFICIARIO
U.F. 2.000 (6)
NOMBRE DEL ARANCEL: AC1 UNIDAD : PESOS
ARANCEL
El Arancel tendrá un Reajuste General el 01 de abril de cada año hasta en un 100% de la variación experimentada por el Indice de Precios al Consumidor (IPC)
entre el 01 de enero y el 31 de diciembre del año inmediatamente anterior al de la fecha del reajuste.
Además del Reajuste General del Arancel, CONSALUD podrá reajustar algunas prestaciones en un porcentaje superior sólo con el fin de incrementar los
beneficios, como asimismo, podrá anticipar la fecha de reajuste con el mismo objeto, pudiendo imputarlo al reajuste que se realice en el mes de abril siguiente.
PRECIO DEL PLAN
VALOR TOTAL PLAN SEGUN COMPOSICION DEL GRUPO FAMILIAR
VALOR BASE
El precio del Plan de Salud se expresa en Unidades de Fomento (U.F.). Dicho precio se
determina conforme a su valor base y la tabla de factores relativos por sexo y edad:
U.F.
U.F.
El precio final del plan se pagará en su equivalente en pesos. Para su cálculo se utilizará el
valor oficial que tenga la U.F. el último día del mes que corresponde descontar la cotización de
la remuneración del cotizante.
TIPO DE BENEFICIARIO
EDAD COTIZANTE CARGAS
HOMBRE MUJER MUJERHOMBRE
0 a menos de 2 años
2 a menos de 5 años
5 a menos de 10 años
10 a menos de 15 años
15 a menos de 20 años
20 a menos de 25 años
25 a menos de 30 años
30 a menos de 35 años
35 a menos de 40 años
40 a menos de 45 años
45 a menos de 50 años
50 a menos de 55 años
55 a menos de 60 años
60 a menos de 65 años
65 a menos de 70 años
70 a menos de 75 años
75 a menos de 80 años
80 y más años
1,80
0,80
0,80
0,80
1,30
2,17
2,50
2,78
2,60
2,45
2,70
2,99
3,34
3,70
3,70
4,00
4,30
4,80
1,80
0,80
0,60
0,60
0,60
0,60
0,70
1,00
1,05
1,26
1,30
1,75
1,90
2,60
3,70
4,00
4,50
5,00
1,80
0,80
0,60
0,60
0,75
1,00
1,40
1,60
1,60
1,60
1,75
2,10
2,20
2,70
3,70
4,00
4,30
4,80
1,80
0,80
0,70
0,70
0,70
0,70
0,90
1,00
1,05
1,26
1,40
1,75
2,22
2,70
3,70
4,00
4,50
5,00
TIEMPOS DE ESPERA
- CONSULTAS MEDICAS EN ATENCION PRIMARIA
- CONSULTAS MEDICAS EN ESPECIALIDAD
- EXAMENES
- PROCEDIMIENTOS DIAGNOSTICOS Y TERAPEUTICOS
- INTERVENCIONES QUIRURGICAS
- HOSPITALIZACIONES EN OTORRINO - OFTALMOLOGIA -NEUROCIRUGÍA
Nº Días Corridos Inicio del Tiempo de Espera
5
7
4
10
14
30
Los tiempos de espera definidos, se cuentan a partir de la fecha en que el
beneficiario suscriba el documento de Solicitud de Contabilización del Tiempo
de Espera en nuestras oficinas.
FIRMA REPRESENTANTE ISAPRE
NOMBRE:
RUT:
FECHA:
FIRMA AFILIADO:
NOMBRE:
RUT:
FECHA:
HUELLA DACTILAR AFILIADO13-PCAT1-13
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1 ) PRESTACIONES
a) Hospitalarias: Son aquellas que requieren de día cama. También se considerarán para los efectos de su bonificación, que son prestaciones hospitalarias aquellas que utilicen pabellón
quirúrgico 5 o superior, según la calificación que de ellos se hace en el arancel del plan bajo la columna “Código de Pabellón” o “C.P.”
b) Ambulatorias: Son aquellas no consideradas en la definición anterior.
2 ) MEDICAMENTOS Y MATERIALES CLINICOS HOSPITALARIOS: Son aquellos medicamentos y materiales clínicos recibidos por el beneficiario por causa de prestaciones hospitalarias.
Sólo serán objeto de bonificación, aquellos medicamentos que el establecimiento hospitalario haya considerado en su factura. Se excluyen medicamentos y materiales clínicos por
tratamiento de cáncer y hospitalización psiquiátrica; dado que en ambos casos se bonificarán en los porcentajes y topes específicos definidos para los ítems Drogas Citotóxicas en Ciclos
de Quimioterapia y Hospitalización Psiquiátrica respectivamente. Se excluyen asimismo de la oferta preferente, los medicamentos y materiales clínicos por tratamiento de infertilidad
y fibrosis quística del páncreas, dado que se bonificarán en los porcentajes y topes específicos definidos para modalidad de libre elección. El tope indicado se aplica por evento/
beneficiario."
3) HOSPITALIZACION PSIQUIATRICA: La bonificación por consultas y tratamientos hospitalarios, como asimismo los medicamentos que se reciban durante la hospitalización, se deben
sumar en un año de beneficios para considerar la aplicación del tope de bonificación. A modo de ejemplo y sin que esta enumeración sea taxativa, se detallan las siguientes prestaciones
que se considerarán para la determinación de este tope: días cama, medicamentos, exámenes, consultas médicas. Asimismo, se aclara que la bonificación de cada prestación específica
en ningún caso, ni antes ni después de llegado al tope, será inferior al 25% de la definida en el plan general convenido para la prestación genérica con que se encuentre relacionada.
4 ) ATENCIONES INTEGRALES DE ENFERMERIA EN DOMICILIO: Se bonificará la atención que reciba el afiliado y sus beneficiarios, sólo cuando sean mayores de 55 años, o mayores
de 15 años que se encuentren postrados o en estado terminal.
5) ATENCIONES INTEGRALES DE ENFERMERIA EN CENTRO DE ADULTO MAYOR: Se bonificará la atención que reciba el afiliado y sus beneficiarios, sólo cuando sean mayores de 55
años.
6 ) TOPES DE BONIFICACION: Los tope de bonificación se expresan en UF o en veces el Arancel Consalud (AC1). Los topes en UF se calcularán al valor oficial registrado por dicha unidad
el último día del mes anterior a la fecha en que se bonifica la prestación.
7 ) VALORIZACION TOPES ANUALES: Para el Tope General Anual por Beneficiario y el Monto Máximo de Bonificación, se contabilizarán las prestaciones que correspondan, las que en caso
de estar expresado el tope en U.F. se valorizarán según el valor que tenga dicha unidad el día en que se bonifica la prestación por un periodo máximo de un año de vigencia de beneficios.
Asimismo, se aclara que la bonificación de cada prestación específica en ningún caso, ni antes ni después de llegado al tope, será inferior al 25% de la definida en el plan general convenido
para la prestación genérica con que se encuentre relacionada, ni podrán tener una bonificación inferior a la cobertura financiera que el Fondo Nacional de Salud asegura, en modalidad
libre elección a todas las prestaciones contempladas en el arancel que se refiere el articulo 31 de la Ley Nª19.666 que establece el Régimen General de Garantías de Salud.
8) DROGAS CITOTOXICAS EN CICLOS DE QUIMIOTERAPIA: Corresponde a medicamentos de uso endovenoso. Excluye medicamentos orales, medicamentos coadyuvantes,
medicamentos hormonales, interferon, interleukina, anticuerpos monoclonales, analgésicos, antihistamínicos, soluciones parenterales, alimentos parenterales y medicamentos estimu-
lantes de colonias.
9) PAD DENTAL FONASA: Podrán acceder a la bonificación de los tratamientos contemplados en los PAD de prestaciones dentales los beneficiarios que tengan entre 12 años y 17 años
11 meses 29 días, que presentan caries de una o más piezas dentales. Los códigos FONASA de los PAD sujetos a cobertura son: 2503001, 2503002, 2503003, 2503004, 2503006. La
cobertura se entregará vía IMED en los prestadores en convenio y de acceder a la prestación en un prestador sin convenio la cobertura se entregará vía reembolso
11) MARCOS Y CRISTALES OPTICOS: Corresponderá la bonificación de los marcos y cristales ópticos sólo con la presentación de la boleta correspondiente.
NOTAS EXPLICATIVAS Y DEFINICIONES (CONTINUACION)
A ) El afiliado debe tener presente que la cobertura preferente en hospitalización en el prestador Clínica Alemana de Temuco y Clínica Tabancura, rige sólo
si esta se hace en habitación individual simple. En caso que la hospitalización sea en una habitación de tarifa superior a la habitación individual simple,
se bonificará bajo la modalidad libre elección. En estos establecimientos asistenciales los afiliados obtendrán, a lo menos, las prestaciones contenidas
en el Arancel del Fondo Nacional de Salud en la modalidad libre elección, que se establece en el artículo 31 de la Ley N° 19.966.
B) El afiliado debe considerar que aquellas prestaciones específicas que, pudiendo entenderse incorporadas en la oferta preferente, no se realizan por el
respectivo prestador, serán derivadas por la Isapre a un prestador de similares características, en cuyo caso se mantendrán las condiciones
de cobertura del plan.
C) En caso de insuficiencia de un prestador en convenio, es decir, cuando por falta de profesionales o medios, aquéllos se encuentran imposibilitados
temporalmente de realizar alguna de las prestaciones que forman parte de la oferta preferente y ha transcurrido el tiempo de espera previsto en el
Plan de Salud para el otorgamiento de las mismas, el beneficiario tendrá el derecho de solicitar a Isapre CONSALUD la derivación a otro prestador, en
cuyo caso rige lo mismo señalado en el punto B). Esta derivación sólo tendrá por objeto el otorgamiento de las prestaciones específicas que no
pudieron ser brindadas por los prestadores preferentes. Las prestaciones que se otorguen con ocasión de la derivación, deberán ser bonificadas por
la Isapre manteniendo el monto que le habría correspondido copagar al afiliado de haberse atendido en el prestador que dio origen a la derivación. De
realizarse la atención en un prestador distinto a los prestadores preferentes sin la autorización expresa de CONSALUD, la cobertura se hará bajo la
modalidad libre elección. Esta solicitud de derivación se podrá solicitar en el formulario correspondiente en cualquier oficina de Consalud o en los
puestos de atención que la Isapre tiene en las oficinas de los prestadores preferentes y, en días festivos u horarios inhábiles, podrá hacerse al fono
600-Consalud, para obtener respuesta a más tardar al día hábil siguiente.
D) Para recibir Atenciones de Urgencia el afiliado deberá acudir a alguno de los prestadores indicados en el recuadro «ATENCIONES DE URGENCIA» del
Plan de Salud. La bonificación en estos prestadores será la correspondiente a «COBERTURA PREFERENTE». En caso de que la atención de urgencia
ocurra en un prestador distinto a los señalados en el Plan, la cobertura se hará según lo indicado en «COBERTURA EN LIBRE ELECCION».
E) El afiliado que con ocasión de una emergencia haya ingresado a un prestador distinto de los mencionados en el recuadro «ATENCIONES DE URGEN-
CIA» del esquema del Plan de Salud, tendrá derecho a ser trasladado a alguno de los prestadores individualizados en el Plan de Salud, para acceder a
la «COBERTURA PREFERENTE». Por su parte CONSALUD tendrá el derecho a trasladar al afiliado a uno de estos prestadores una vez que lo autorice
el médico tratante. Si el afiliado no accede a este traslado y opta por permanecer en el prestador en que se encuentre, la cobertura se hará bajo
modalidad libre elección.
F) Las prestaciones de salud que el afiliado reciba en el extranjero, sólo serán cubiertas en caso de urgencia. La cobertura se regirá de acuerdo a lo
indicado en «COBERTURA EN LIBRE ELECCION». El afiliado, deberá entregar en la sucursal de Isapre Consalud, la documentación (Antecedentes
Médicos y Documentos de Cobro) traducidos al español y debidamente legalizada por el Consulado respectivo, es decir, en el País donde recibió la
Atención de Urgencia. El plazo para presentar dicha documentación, es de 90 días desde la emisión de la factura.
G) El término del convenio entre un prestador e Isapre CONSALUD, o cualquier modificación que éstos le introduzcan, no afectará el monto que, en virtud
del plan contratado, le corresponde copagar a los beneficiarios por las atenciones recibidas del respectivo prestador, hasta la anualidad que corres-
ponda, al cumplimiento de la cual la Isapre podrá adecuar el contrato.
H) Si durante la vigencia del plan contratado, terminare la existencia legal del o los prestadores individualizados en el plan o éstos experimentaren una
pérdida total de su infraestructura o una paralización permanente de sus actividades, la Isapre deberá comunicar por escrito dicho evento a cada uno
de los cotizantes afectados, junto con las alternativas de planes que dispone para ellos. En esta oferta deberá contemplarse como mínimo, el Plan de
Salud que tenga el precio que más se ajuste al monto de la cotización legal que corresponda a la remuneración del afiliado al momento de modificarse
el contrato.
CONDICIONES Y CARACTERISTICAS DE LA OFERTA PREFERENTE DEL PLAN CON PRESTADORES PREFERENTES13-PCAT1-13
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I) Si durante la vigencia del plan contratado, el o los prestadores individualizados en el plan experimentaren una pérdida parcial y permanente de su infraestructu-
ra o una sustitución de la especialidad médica a que estaban orientados al momento de celebrarse el contrato, la Isapre deberá comunicar por escrito dicho
evento a cada uno de los cotizantes afectados, junto con las alternativas de planes que dispone para ellos. En esta oferta deberá contemplarse como mínimo,
el Plan de Salud que tenga el precio que más se ajuste al monto de la cotización legal que corresponda a la remuneración del afiliado al momento de
modificarse el contrato.
J) CONSALUD ofrecerá un nuevo Plan de Salud al afiliado si este así lo requiere, y su petición se fundamenta en alguna de las siguientes situaciones:
• Modificación del domicilio consignado al incorporarse al plan y que se acredite que dicho cambio dificulta significativamente el acceso de los beneficiarios a los
prestadores individualizados en el plan.
Incumplimiento por parte de la Isapre de la derivación señalada en el punto C) precedente, o derivación a un prestador distinto de los indicados en el presente
Plan de Salud o por falta de atención efectiva y oportuna por parte del prestador derivado.
• Falta de otorgamiento de la atención de salud al cotizante o beneficiario que se ha ceñido a los procedimientos de acceso y derivación definidos en el Plan
CONDICIONES Y CARACTERISTICAS DE LA OFERTA PREFERENTE DEL PLAN CON PRESTADORES PREFERENTES
REAJUSTE DE COPAGOS FIJOS EN PESOS
K) REAJUSTE DE COPAGOS FIJOS: Los copagos fijados en pesos, de acuerdo al presente plan, tanto hospitalarios, ambulatorios y de urgencia integral, podrán reajustar-
se los días 01 de abril de cada año en el mismo porcentaje que lo haga el arancel.13-PCAT1-13
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