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13-PFFZS3-14

FAMILIA FULL ZONA SUR 3

Puntuación del plan 3,9

Desde

$100.625/mes

FUN Nº
FOLIO
OFERTA PREFERENTE (*)
PRESTACIONES
TIPO DE PLAN: INDIVIDUAL GRUPAL
BONIFICACIÓN
(1)
DIA CAMA: CIRUGIA
DIA CAMA: SALA CUNA
DIA CAMA CUIDADOS INTENSIVOS O CORONARIOS
DIA CAMA: INTERMEDIO, OBSERVACIÓN
DERECHO DE PABELLÓN
EXAMENES LABORATORIO
IMAGENOLOGIA
KINESIOLOGIA y FISIOTERAPIA
VISITA POR MÉDICO TRATANTE
VISITA POR MÉDICO INTERCONSULTOR
PROCEDIMIENTOS
HONORARIOS MEDICOS QUIRURGICOS
MEDICAMENTOS HOSPITALARIOS (2)
MATERIALES CLINICOS (2)
TRASLADOS MÉDICOS
PRÓTESIS, ÓRTESIS Y ELEMENTOS DE OSTEOSÍNTESIS
QUIMIOTERAPIA (8)
CONSULTAS MÉDICAS
EXAMENES LABORATORIO
IMAGENOLOGÍA
PROCEDIMIENTOS
PABELLON AMBULATORIO
HONORARIOS MÉDICOS QUIRURGICOS
DIA CAMA OBSERVACION
RADIOTERAPIA
KINESIOLOGIA y FISIOTERAPIA
FONOAUDIOLOGÍA
QUIMIOTERAPIA (8)
PRÓTESIS Y ÓRTESIS
ATENCIONES INTEGRALES DE ENFERMERIA (4) (5)
ATENCIÓN INTEGRAL DE NUTRICIONISTA
110
70%
LIBRE ELECCIÓN
Sin Tope
Sin Tope
ATENCIONES DE URGENCIA (D)
6,2 UF
2,3 UF
16 UF
2,1 veces AC1
4,7 veces AC1
2,5 veces AC1
2,2 veces AC1
2,5 veces AC1
0,85 UF
1,2 UF
2,8 veces AC1
2,0 veces AC1
80 UF
30 UF
1,0 veces AC1
3,0 veces AC1
7,0 veces AC1
0,66 UF
2,0 veces AC1
2,0 veces AC1
2,4 veces AC1
3,6 veces AC1
3,2 veces AC1
2,5 veces AC1
1,0 veces AC1
2,0 veces AC1
1,8 veces AC1
7,0 veces AC1
1,0 veces AC1
3,0 veces AC1
0,9 veces AC1
0,9 UF
%
TOPE MÁX. AÑO
CONTRATO POR
BENEFICIARIO
(U.F)
(7)
BONIFICACIÓN
% TOPE (6)TOPE (6)
HOSPITALARIAS Y CIRUGÍA
MAYOR AMBULATORIA
AMBULATORIAS
PRESTACIONES RESTRINGIDAS
HOSPITALIZACIÓN PSIQUIATRICA (3)
CONSULTA / TRATAMIENTO PSIQUIATRIA Y/O PSICOLOGIA
OTRAS COBERTURAS
MARCOS Y CRISTALES ÓPTICOS (11)
MEDICAMENTOS E INSUMOS POR URGENCIA
COBERTURA INTERNACIONAL (F)
PRESTADORES DERIVADOS Hospital Clínico Universidad de Chile y Clínica Avansalud.
4,0 veces AC1
2,4 veces AC1
(*) VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE
Solo cobertura libre elección
Solo cobertura libre elección
Solo cobertura libre elección
Solo cobertura libre elección
4,0
4,0
90 %
70% Sin Tope
3,0
25% de la cobertura gral. del plan
70 % 3,0
1,5 UF 2.0
5,0
Sin Tope
Sin Tope
CIRUGÍA FOTOREACTIVA CON LASER, CIRUGÍA BARIATRICA, CIRUGÍA
RINOPLÁSTICA Y TRATAMIENTO DE INFERTILIDAD.
90 % Sin Tope
Prestadores Tipo C, D, E y F
80 % Sin Tope
Prestadores Tipo B
PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO
MODALIDAD PRESTADORES PREFERENTES
PLAN FAMILIA FULL ZONA SUR 3 13- PFFZS3-14
Sin Tope
PRESTACIONES DENTALES (PAD) (12)
(Tipo de Habitación preferente se encuentra
señalada en las notas explicativas del plan. (A) )
3,5
110
Solo cobertura libre elección
70 % 1,6 UF 2,0
90%
80
Sin Tope
30
Sin Tope
70 % Sin Tope en Megasalud
En prestadores preferentes tipo B,C,D,E y F : 70% con topes de la cobertura de libre elección.
Solo en prestadores que tengan centro de urgencia.13-PFFZS3-14
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ARANCEL
NOMBRE DEL ARANCEL: AC1 UNIDAD : PESOS
El Arancel tendrá un Reajuste General el 01 de abril de cada año hasta en un 100% de la variación experimentada por el Indice de Precios al Consumidor
(IPC) entre el 01 de enero y el 31 de diciembre del año inmediatamente anterior al de la fecha del reajuste.
Además del Reajuste General del Arancel, CONSALUD podrá reajustar algunas prestaciones en un porcentaje superior sólo con el fin de incrementar los
beneficios, como asimismo, podrá anticipar la fecha de reajuste con el mismo objeto, pudiendo imputarlo al reajuste que se realice en el mes de abril
siguiente.
TOPE GENERAL ANUAL POR BENEFICIARIO
CONDICIONES DE VIGENCIA PLAN COLECTIVO Y OTROS GRUPALES (CUANDO CORRESPONDA)
A ) Que el cotizante y su cónyuge mantengan la calidad de afiliados vigentes de CONSALUD.
B) Que el cotizante y su cónyuge estén de acuerdo en mantener el Plan Matrimonial.
CONDICIONES DE VIGENCIA DEL PLAN MATRIMONIAL (CUANDO CORRESPONDA)
A ) Que se mantenga permanentemente como trabajador de la empresa.
B) Que se mantenga permanentemente como afiliado de CONSALUD.
CONDICIONES QUE DEBE CUMPLIR EL AFILIADO PARA INGRESAR Y MANTENERSE EN EL PLAN GRUPAL (CUANDO CORRESPONDA)
U.F. 5.000 (7)
1) Que se incorporen al convenio la cantidad de ............... trabajadores como beneficiarios o al menos el 85% de la misma, dentro del plazo de tres
meses contados desde la fecha de suscripción del convenio. Este porcentaje mínimo no podrá disminuir durante la vigencia del convenio.
2) Que se mantenga durante la vigencia del convenio, un promedio de cargas legales por afiliado cercana a las ........ personas.
3) Que el monto mínimo de cotización mensual del grupo total de los trabajadores afectos al convenio colectivo, no podrá ser inferior a $ .......................
o al menos, deberá llegar a un 85% de dicha suma.
4) Que el plan o planes de salud contratados se deberán financiar en al menos un 90%. Se entiende por financiamiento al cuociente entre la suma de
cotizaciones pagadas de los trabajadores afiliados al convenio colectivo y la suma de precios de los planes de esos trabajadores.
5) Que la siniestralidad anual del plan no supere el 85%. Se entiende por siniestralidad el cuociente entre la suma de los gastos de Prestaciones de
Salud y Subsidios por Incapacidad Laboral a cargo de la Isapre y la suma de las cotizaciones pagadas en ese mismo período.
NOTA: En caso de Planes Grupales en que se pacte el precio en el porcentaje equivalente a la cotización legal para salud, no se producirán excedentes
de cotización de salud.
PRECIO DEL PLAN
El precio final del plan se pagará en su equivalente en pesos. Para su cálculo se
utilizará el valor oficial que tenga la U.F. el último día del mes que corresponde
descontar la cotización de la remuneración del cotizante.
VALOR TOTAL PLAN SEGUN COMPOSICION DEL GRUPO FAMILIAR
VALOR BASE
El precio del Plan de Salud se expresa en Unidades de Fomento (U.F.). Dicho precio
se determina conforme a su valor base y la tabla de factores relativos por sexo y
edad:
U.F.
U.F.
TIPO DE BENEFICIARIO
EDAD COTIZANTE CARGAS
HOMBRE MUJER HOMBRE
1,80
0,80
0,80
0,80
1,30
2,17
2,50
2,78
2,60
2,45
2,70
2,99
3,34
3,70
3,70
4,00
4,30
4,80
1,80
0,80
0,60
0,60
0,60
0,60
0,70
1,00
1,05
1,26
1,30
1,75
1,90
2,60
3,70
4,00
4,50
5,00
1,80
0,80
0,70
0,70
0,70
0,70
0,90
1,00
1,05
1,26
1,40
1,75
2,22
2,70
3,70
4,00
4,50
5,00
1,80
0,80
0,60
0,60
0,75
1,00
1,40
1,60
1,60
1,60
1,75
2,10
2,20
2,70
3,70
4,00
4,30
4,80
MUJER
0 a menos de 2 años
2 a menos de 5 años
5 a menos de 10 años
10 a menos de 15 años
15 a menos de 20 años
20 a menos de 25 años
25 a menos de 30 años
30 a menos de 35 años
35 a menos de 40 años
40 a menos de 45 años
45 a menos de 50 años
50 a menos de 55 años
55 a menos de 60 años
60 a menos de 65 años
65 a menos de 70 años
70 a menos de 75 años
75 a menos de 80 años
80 y más años
FIRMA REPRESENTANTE ISAPRE
NOMBRE :
RUT :
FECHA :
FIRMA AFILIADO:
NOMBRE :
RUT :
FECHA :
TIEMPOS DE ESPERA
- CONSULTAS MEDICAS EN ATENCION PRIMARIA
- CONSULTAS MEDICAS EN ESPECIALIDAD
- EXAMENES
- PROCEDIMIENTOS DIAGNOSTICOS Y TERAPEUTICOS
- INTERVENCIONES QUIRURGICAS
- HOSPITALIZACIONES EN OTORRINO - OFTALMOLOGIA -NEUROCIRUGÍA
Nº Días Corridos Inicio del Tiempo de Espera
5
7
4
10
14
30
Los tiempos de espera definidos, se cuentan a partir de la fecha en que el
beneficiario suscriba el documento de Solicitud de Contabilización del Tiempo
de Espera en nuestras oficinas.
HUELLA DACTILAR AFILIADO13-PFFZS3-14
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NOTAS EXPLICATIVAS Y DEFINICIONES DEL PLAN DE SALUD
1) PRESTACIONES
a) Hospitalarias: Son aquellas que requieren de día cama, excepto día cama observación y día cama hospitalización psiquiátrica diurna. También se conside-
rarán para los efectos de su bonificación, que son prestaciones hospitalarias aquellas que utilicen pabellón quirúrgico 5 o superior, según la calificación que
de ellos se hace en el arancel del plan bajo la columna “Código de Pabellón” o “C.P.”
b) Ambulatorias: Son aquellas no consideradas en la definición anterior.
2) MEDICAMENTOS Y MATERIALES CLINICOS HOSPITALARIOS: Son aquellos medicamentos y materiales clínicos recibidos por el beneficiario por causa de
prestaciones hospitalarias. Sólo serán objeto de bonificación, aquellos medicamentos y materiales clínicos que el establecimiento hospitalario haya conside-
rado en su factura. Se excluyen de este ítem los medicamentos y materiales clínicos por tratamiento de cáncer y hospitalización psiquiátrica; dado que en
ambos casos se bonificarán en los porcentajes y topes específicos definidos para los ítems Drogas Citotóxicas en Ciclos de Quimioterapia y Hospitalización
Psiquiátrica respectivamente. Se excluyen asimismo de la oferta preferente, los medicamentos y materiales clínicos por, tratamiento de infertilidad y fibrosis
quística del páncreas, dado que se bonificarán en los porcentajes y topes específicos definidos para la modalidad de libre elección. El tope indicado se aplica
por evento/beneficiario.”
3) HOSPITALIZACION PSIQUIATRICA: La bonificación por consultas y tratamientos hospitalarios, como asimismo los medicamentos que se reciban durante
la hospitalización, se deben sumar para considerar la aplicación del tope de bonificación por año contrato. A modo de ejemplo y sin que esta enumeración sea
taxativa, se detallan las siguientes prestaciones que se considerarán para la determinación de este tope: días cama, medicamentos, exámenes, consultas
médicas. Asimismo, se aclara que la bonificación de cada prestación específica en ningún caso, ni antes ni después de llegado al tope, será inferior al 25%
de la definida en el plan general convenido para la prestación genérica con que se encuentre relacionada.
4) ATENCIONES INTEGRALES DE ENFERMERIA EN DOMICILIO: Se bonificará la atención que reciba el afiliado y sus beneficiarios, sólo cuando sean mayores
de 55 años, o mayores de 15 años que se encuentren postrados o en estado terminal.
5) ATENCIONES INTEGRALES DE ENFERMERIA EN CENTRO DE ADULTO MAYOR: Se bonificará la atención que reciba el afiliado y sus beneficiarios, sólo
cuando sean mayores de 55 años.
6) TOPES DE BONIFICACION: Los topes de bonificación se expresan en UF o en veces el Arancel Consalud (AC1). Los topes en UF se calcularán al valor
oficial registrado por dicha unidad el último día del mes anterior a la fecha en que se bonifica la prestación.
7) VALORIZACION TOPES ANUALES: Para el Tope General Anual por Beneficiario y el Monto Máximo de Bonificación, se contabilizarán las prestaciones que
correspondan, las que en caso de estar expresado el tope en U.F. se valorizarán según el valor que tenga dicha unidad el día en que se bonifica la prestación
por un periodo máximo de un año de vigencia de beneficios. Asimismo, se aclara que la bonificación de cada prestación específica en ningún caso, ni antes
ni después de llegado al tope, será inferior al 25% de la definida en el plan general convenido para la prestación genérica con que se encuentre relacionada,
ni podrán tener una bonificación inferior a la cobertura financiera que el Fondo Nacional de Salud asegura, en modalidad libre elección a todas las
prestaciones contempladas en el arancel que se refiere el articulo 31 de la Ley Nª19.666 que establece el Régimen General de Garantías de Salud.
8) DROGAS CITOTOXICAS EN CICLOS DE QUIMIOTERAPIA: Corresponde a medicamentos de uso endovenoso. Excluye medicamentos orales, medicamen-
tos coadyuvantes, medicamentos hormonales, interferon, interleukina, anticuerpos monoclonales, analgésicos, antihistamínicos, soluciones parenterales,
alimentos parenterales y medicamentos estimulantes de colonias.
11) MARCOS Y CRISTALES OPTICOS: Corresponderá la bonificación de los marcos y cristales ópticos sólo con la presentación de la boleta correspondiente.
12) PRESTACIONES DENTALES (PAD): Podrán acceder a la bonificación de los tratamientos contemplados en los PAD de prestaciones dentales los beneficia-
rios que tengan entre 12 años y 17 años 11 meses 29 días, que presenten caries de una o más piezas dentales. Los códigos FONASA de los PAD sujetos
a cobertura son: 2503001, 2503002, 2503003, 2503004, 2503005 y 25-03-006. La cobertura se entregará vía IMED en los prestadores en convenio y de
acceder a la prestación en un prestador sin convenio la cobertura se entregará vía reembolso.
CONDICIONES Y CARACTERISTICAS DE LA OFERTA PREFERENTE DEL PLAN CON PRESTADORES PREFERENTES
A ) El afiliado debe tener presente que la cobertura preferente en hospitalización en los prestadores preferentes, rige sólo si esta se realiza en :
Tipo A
Tipo A
Tipo B
Tipo B
Tipo C
Tipo C
Tipo C
Tipo C
Tipo C
Tipo D
Tipo D
Tipo D
Tipo D
Tipo D
Tipo D
Tipo D
Tipo D
Tipo E
Tipo E
Tipo E
Tipo E
Tipo E
Tipo E
Tipo F
Tipo F
Tipo F
Habitación Individual, Doble o Pluripersonal (*)
Habitación Individual, Doble o Pluripersonal (*)
Habitación Individual, Doble o Pluripersonal (*)
Habitación Individual, Doble o Pluripersonal (*)
Habitación Individual, Doble o Pluripersonal (*)
Habitación Individual, Doble o Pluripersonal (*)
Habitación Individual, Doble o Pluripersonal (*)
Habitación Individual, Doble o Pluripersonal (*)
Habitación Individual, Doble o Pluripersonal (*)
Habitación Individual, Doble o Pluripersonal (*)
Habitación Individual, Doble o Pluripersonal (*)
Habitación Individual, Doble o Pluripersonal (*)
Habitación Individual, Doble o Pluripersonal (*)
Habitación Individual, Doble o Pluripersonal (*)
Habitación Individual, Doble o Pluripersonal (*)
Habitación Individual, Doble o Pluripersonal (*)
Habitación Individual, Doble o Pluripersonal (*)
Habitación Individual, Doble o Pluripersonal (*)
Habitación Individual, Doble o Pluripersonal (*)
Habitación Individual, Doble o Pluripersonal (*)
Habitación Individual, Doble o Pluripersonal (*)
Habitación Individual, Doble o Pluripersonal (*)
Habitación Individual, Doble o Pluripersonal (*)
Habitación Individual, Doble o Pluripersonal (*)
Habitación Individual, Doble o Pluripersonal (*)
Habitación Individual, Doble o Pluripersonal (*)
PRESTADORES CENTROS CLINICOS HABITACIÓN
Clínica Alemana Santiago
Clínica UC San Carlos de Apoquindo
Clínica Indisa
Clínica Santa Maria
Clínica Alemana de Temuco
Clínica Mayor
Cínica Tabancura
Hosp. Clínico del Sur
Hosp. Clínico Universidad Católica
Clínica Avansalud
Clínica Bicentenario
Clínica Bio Bio
Clínica Cordillera
Clínica Dávila
Clínica Sanatorio Alemán
Clínica Vespucio
Hosp. Clínico U de Chile
Clínica de Salud Integral
Clínica Isamédica
Clínica Lircay
Clínica Los Carrera
Clínica Los Maitenes
Clínica Universitaria de Concepción
Clínica Juan Pablo II
Hospital del Profesor
Hospital Parroquial San Bernardo
(*) Dia cama individual sujeto a disponibilidad del prestador hospitalario.13-PFFZS3-14
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CONDICIONES Y CARACTERISTICAS DE LA OFERTA PREFERENTE DEL PLAN CON PRESTADORES PREFERENTES
A ) El afiliado debe tener presente que la cobertura preferente hospitalaria, rige sólo si esta se realiza en los prestadores preferentes señalados en el plan
de salud en habitación individual. En el evento que la hospitalización se realice en una habitación de tarifa superior a las que se indicaron precedentemen-
te, en cada caso, se bonificará bajo la modalidad libre elección.
A.1 La habitación Individual se utilizará según disponibilidad de la clínica. En caso de no existir disponibilidad de la habitación individual, se utilizará la
habitación doble.
B) El afiliado debe considerar que aquellas prestaciones específicas que, pudiendo entenderse incorporadas en la oferta preferente, no se realizan por el
respectivo prestador, serán derivadas por la Isapre a un prestador de similares características, en cuyo caso se mantendrán las condiciones de
cobertura del plan.
C) En caso de insuficiencia de un prestador en convenio, es decir, cuando por falta de profesionales o medios, aquéllos se encuentran imposibilitados
temporalmente de realizar alguna de las prestaciones que forman parte de la oferta preferente y ha transcurrido el tiempo de espera previsto en el Plan
de Salud para el otorgamiento de las mismas, el beneficiario tendrá el derecho de solicitar a Isapre CONSALUD la derivación a otro prestador, en cuyo caso
rige lo mismo señalado en el punto B). Esta derivación sólo tendrá por objeto el otorgamiento de las prestaciones específicas que no pudieron ser
brindadas por los prestadores preferentes. Las prestaciones que se otorguen con ocasión de la derivación, deberán ser bonificadas por la Isapre
manteniendo el monto que le habría correspondido copagar al afiliado de haberse atendido en el prestador que dio origen a la derivación. De realizarse
la atención en un prestador distinto a los prestadores preferentes sin la autorización expresa de CONSALUD, la cobertura se hará bajo la modalidad libre
elección. Esta solicitud de derivación se podrá solicitar en el formulario correspondiente en cualquier oficina de Consalud o en los puestos de atención que
la Isapre tiene en las oficinas de los prestadores preferentes y, en días festivos u horarios inhábiles, podrá hacerse al fono 600-Consalud, para obtener
respuesta a más tardar al día hábil siguiente.
D) Para recibir Atenciones de Urgencia el afiliado deberá acudir a alguno de los prestadores indicados en el recuadro «ATENCIONES DE URGENCIA» del Plan
de Salud. La bonificación en estos prestadores será la correspondiente a «OFERTA PREFERENTE». En caso de que la atención de urgencia ocurra en un
prestador distinto a los señalados en el Plan, la cobertura se hará según lo indicado en « CUADRO DE COBERTURA EN LIBRE ELECCION».
E) El afiliado que con ocasión de una emergencia haya ingresado a un prestador distinto de los mencionados en el recuadro «ATENCIONES DE URGENCIA»
del esquema del Plan de Salud, tendrá derecho a ser trasladado a alguno de los prestadores individualizados en el Plan de Salud, para acceder a la
«OFERTA PREFERENTE». Por su parte CONSALUD tendrá el derecho a trasladar al afiliado a uno de estos prestadores una vez que lo autorice el médico
tratante. Si el afiliado no accede a este traslado y opta por permanecer en el prestador en que se encuentre, la cobertura se hará bajo modalidad libre
elección.
F) Las prestaciones de salud que el afiliado reciba en el extranjero, sólo serán cubiertas en caso de urgencia. La cobertura se regirá de acuerdo a lo indicado
en «CUADRO DE COBERTURA EN LIBRE ELECCION». El afiliado, deberá entregar en la sucursal de Isapre consalud, la documentación (antecedentes
médicos y documentos de cobro) traducidos al español y debidamente legalizada por el consulado respectivo, es decir, en el País donde recibió la atención
de urgencia. El plazo para presentar dicha documentación, es de 90 días desde la emisión de la factura.
G) El término del convenio entre un prestador e Isapre CONSALUD, o cualquier modificación que éstos le introduzcan, no afectará el monto que, en virtud del
plan contratado, le corresponde copagar a los beneficiarios por las atenciones recibidas del respectivo prestador, hasta la anualidad que corresponda,
al cumplimiento de la cual la Isapre podrá adecuar el contrato.
H) Si durante la vigencia del plan contratado, terminare la existencia legal del o los prestadores individualizados en el plan o éstos experimentaren una pérdida
total de su infraestructura o una paralización permanente de sus actividades, la Isapre deberá comunicar por escrito dicho evento a cada uno de los
cotizantes afectados, junto con las alternativas de planes que dispone para ellos. En esta oferta deberá contemplarse como mínimo, el Plan de Salud que
tenga el precio que más se ajuste al monto de la cotización legal que corresponda a la remuneración del afiliado al momento de modificarse el contrato.
I) Si durante la vigencia del plan contratado, el o los prestadores individualizados en el plan experimentaren una pérdida parcial y permanente de su
infraestructura o una sustitución de la especialidad médica a que estaban orientados al momento de celebrarse el contrato, la Isapre deberá comunicar
por escrito dicho evento a cada uno de los cotizantes afectados, junto con las alternativas de planes que dispone para ellos. En esta oferta deberá
contemplarse como mínimo, el Plan de Salud que tenga el precio que más se ajuste al monto de la cotización legal que corresponda a la remuneración del
afiliado al momento de modificarse el contrato.
J) CONSALUD ofrecerá un nuevo Plan de Salud al afiliado si este así lo requiere, y su petición se fundamenta en alguna de las siguientes situaciones:
• Modificación del domicilio consignado al incorporarse al plan y que se acredite que dicho cambio dificulta significativamente el acceso de los beneficiarios
a los prestadores individualizados en el plan.
• Incumplimiento por parte de la Isapre de la derivación señalada en el punto C) precedente, o derivación a un prestador distinto de los indicados en el
presente Plan de Salud o por falta de atención efectiva y oportuna por parte del prestador derivado.
• Falta de otorgamiento de la atención de salud al cotizante o beneficiario que se ha ceñido a los procedimientos de acceso y derivación definidos en el
Plan.13-PFFZS3-14
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PLAN FAMILIA FULL ZONA SUR 3 13-PFFZS3-14
SELECCIÓN DE PRESTACIONES VALORIZADAS
Valorizada al 22 de Diciembre del 2014
PRESTACIONES
LIBRE ELECCIÓN BENEFICIOS ASOCIADOS A CIERTOS PRESTADORES
%
BONIFICACIÓN
TOPE
$
%
BONIFICACIÓN
TOPE
$
COPAGO(*)
$
NÚMERO DEL
PRESTADOR(E)
PARTO NORMAL
Derecho de Pabellón 6 90% 196.521 190% SIN TOPE
Honorarios Médicos 90% 332.752 1
Honorarios Matrona 90% 81.314 1
Atención Inmediata Recién Nacido 90% 35.156 1
Visita Neonatólogo 90% 20.933 190% SIN TOPE
PARTO POR CESAREA
Derecho de Pabellón 7 90% 266.697 190% SIN TOPE
Honorarios Médicos 90% 408.780 1
Honorarios Matrona 90% 81.314 1
Atención Inmediata Recién Nacido 90% 35.156 1
Visita Neonatólogo 90% 20.933 190% SIN TOPE
APENDICECTOMIA
Derecho de Pabellon 7 90% 266.697 190% SIN TOPE
Honorarios Médicos 90% 294.872 1
COLECISTECTOMIA POR VIDEOLAPAROSCOPIA
Derecho de Pabellón 10 90% 622.097 190% SIN TOPE
Honorarios Médicos 90% 535.938 1
HISTERECTOMIA TOTAL
Derecho de Pabellón 8 90% 377.772 190% SIN TOPE
Honorarios Médicos 90% 712.328 1
AMIGDALECTOMIA
Derecho de Pabellón 5 90% 154.169 190% SIN TOPE
Honorarios Médicos 90% 224.846 1
CIRUGIA CARDIACA DE COMPLEJIDAD MAYOR
Derecho de Pabellón 14 90% 1.222.226 190% SIN TOPE
Honorarios Médicos 90% 2.077.276 1
EXTIRPACION TUMOR Y/O QUISTE ENCEFALICO
Derecho de Pabellón 12 90% 935.371 190% SIN TOPE
Honorarios Médicos 90% 1.038.634 1
DIAS CAMA
Medicina 90% 152.688 190% SIN TOPE
Sala Cuna 90% 56.642 190% SIN TOPE
U.T.I. ADULTO 90% 394.034 190% SIN TOPE
U.T.I. PEDIATRIA 90% 394.034 190% SIN TOPE
U.T.I. NEONATAL 90% 394.034 190% SIN TOPE
MEDICAMENTOS Y MATERIAL CLINICO : (B)
Apendicectomía 90% 1.970.168 1
Hospitalización Neumonia 90% 1.970.168 1
HOSPITALARIA
CONSULTAS
Consulta Médica Electiva 70% 16.254 170% SIN TOPE
Consulta Psiquíatrica (A) 70% 20.582 1
EXAMENES Y PROCEDIMIENTOS
Hemograma 70% 4.692 170% SIN TOPE
Estudio De Lípidos Sanguíneos 70% 9.746 170% SIN TOPE
Perfíl Bioquímico 70% 13.236 170% SIN TOPE
Urocultivo 70% 5.690 170% SIN TOPE
Orina Completa 70% 2.916 170% SIN TOPE
Densitometría Ósea 70% 80.513 1
Citodiagnóstico Corriente 70% 9.916 170% SIN TOPE
Estudio Histopatológico Corriente 70% 20.240 170% SIN TOPE
Exploración Vitreorretinal 70% 11.933 1
Electrocardiograma de reposo 70% 12.490 1
Ecocardiograma Doppler 70% 113.333 1
Gastroduodenoscopia 70% 135.389 1
Hemodiálisis con Insumos Incluidos 70% 102.043 1
Rodillera, Bota Larga o Corta 70% 30.523 1
IMAGENOLOGIA
Radiografía de Tórax 70% 29.302 170% SIN TOPE
Mamografía Bilateral 70% 33.984 170% SIN TOPE
Radiografía de brazo, codo, muñeca 70% 14.292 170% SIN TOPE
Tomografía Axial Computarizada 70% 100.730 170% SIN TOPE
Ecotomografía Abdominal 70% 40.022 170% SIN TOPE
Ecotomografía Ginecológica 70% 21.182 170% SIN TOPE
MEDICINA FISICA
Ejercicios Respiratorios (A) 70% 3.974 1
Reeducación Motriz (A) 70% 2.342 1
AMBULATORIA
(A) : Prestación sujeta al siguiente Tope Anual :
* Consulta/Tratamiento Psiquiatria y/o Psicologia (Consulta Psiquiatrica y Otros).............: 3 U.F. .-
* Kinesiología Ambulatoria (Ejercicios Respiratorios, Reeducación Motriz y Otros).............: 5 U.F. .-
(B) : El tope de medicamentos se aplica por evento/beneficiario.
(C) : Reajustabilidad:
Los valores contemplados en esta cartilla fueron calculados al 22 de Diciembre del 2014 , por lo que podrán experimentar variaciones de acuerdo
al mecanismo de reajustabilidad contemplado en su contrato. En la especie, el Arancel en pesos se reajustara el 01 de Abril del 2015
Las prestaciones en U.F. se actualizarán al valor oficial registrado por dicha unidad el último día del mes anterior a la fecha en que se
bonifica la prestación.
(E) : Individualización del prestador en las tablas contenidas al dorso.
Fecha Firma Afiliado Firma Consalud