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13-SO509-24

SELECT ONE 509 24

Puntuación del plan 5,3

Desde

$212.791/mes

Contratación telefónica

¿Qué cubre mi plan? Prestaciones ambulatorias y hospitalarias aranceladas en Fonasa, realizadas por el
staff de médicos en convenio con Consalud y qué exige la Superintendencia de Salud.
¿Qué no cubre mi plan? Cirugía de embellecimiento, cirugías bariatricas, insumos que no forman parte de la
intervencion en si, como por ejemplo: mascarillas, delantales, pañales, entre otros.
Tope de bonificación Es el monto máximo a cubrir sobre una atención de salud cada vez que se requiera.
Arancel AC3 Arancel Consalud, es una lista valorizada de prestaciones cubierta por tu plan de salud. El
arancel lo puedes revisar en tu Sucursal Virtual en la pestaña CONSULTA ARANCELES.
L A O R I E N TAC I Ó N Q U E N E C E SITAS, DESDE TU SUCURSAL DIGITAL EN CONSALUD.CL
O L L A M Á N D O N O S A NUESTRO CONTACT CENTER 600 500 9000
• Orientación Ambulatoria
Para que elijas la alternativa de precio/calidad más
conveniente en tus consultas y exámenes.
• Orientación Clínica
Para que accedas a tu cirugía programada a un valor conocido,
sin cobros sorpresa, en la mejor red de clínicas.
*Prestadores preferentes y de urgencia integral varian según plan contratado. **Revisa los prestadores específicos incluidos en tu cobertura hospitalaria y ambulatoria en tu plan de salud.
CO N O C E LO S B E N E F I C I O S Y PRODUCTOS ADICIONALES QUE TENEMOS PARA TI:
• Beneficio Bono Costo Cero
Son Beneficios sin costo, adicionales a la cobertura de tu
plan, por ejemplo:
Bonos Costo Cero en exámenes de laboratorio e imágenes
en prestadores seleccionados.
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• Productos Adicionales
Son coberturas adicionales que puedes contratar por un monto
adicional a tu plan de salud, por ejemplo:
Cobertura dental, Telemedicina con especialidades a costo 0,
Bonificación en farmacia, Asistencia en Viajes.
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COBERTURA PREFERENTE EN LAS MEJORES CLÍNICAS Y CENTROS MÉDICOS DE SANTIAGO
Corresponde a las atenciones que incluyen estadía en las
clínicas preferentes mencionadas en tu plan.
Corresponde a todas las atenciones que no
requieren hospitalización.
Cobertura Hospitalaria de hasta 100% sin tope Cobertura Ambulatoria de hasta 80% sin tope
Cuando más lo necesitas, al nivel que esperas.
PLAN PREFERENTE
SELECT ONE 509 24 FUN N°
13-SO509-24 FOLIO:
TIPO DE PLAN:
TOPE (5) %
HOSPITALARIAS Y CIRUGÍA MAYOR AMBULATORIA
DIA CAMA: CIRUGIA,PEDIATRIA,GINECO-OBSTETRICIA, MEDICINA
DIA CAMA:SALA CUNA
DIA CAMA CUIDADOS INTENSIVOS O CORONARIOS
DERECHO A PABELLON
DIA CAMA:INCUBADORA, INTERMEDIO,OBSERVACION,AISLAMIENTO
IMAGENOLOGÍA(RAYOS, ECOTOMOGRAFÍA)
IMAGENOLOGÍA(RESONANCÍA, SCANNER )
PROCEDIMIENTOS
KINESIOLOGÍA Y FISIOTERAPIA
EXÁMENES LABORATORIO
HONORARIOS MEDICOS QUIRURGICOS
VISITA POR MÉDICO INTERCONSULTOR
VISITA POR MÉDICO TRATANTE
MEDICAMENTOS HOSPITALARIOS (2) 1000 60
MATERIALES E INSUMOS CLINICOS (2) 1000 40
PROTESIS, ORTESIS Y ELEMENTOS DE OSTEOSINTESIS 150 40
TRASLADOS MÉDICOS (16) 7 5
QUIMIOTERAPIA (7) 1000 350
AMBULATORIAS
CONSULTA MEDICA DE TELEMEDICINA EN ESPECIALIDADES*** (10)
CONSULTA MEDICA
EXAMENES DE LABORATORIO
PROCEDIMIENTOS
PABELLON AMBULATORIO
IMAGENOLOGÍA (RAYOS, ECOTOMOGRAFÍA)
IMAGENOLOGÍA (RESONANCIA, SCANNER)
HONORARIOS MEDICOS QUIRURGICOS
KINESIOLOGIA Y FISIOTERAPIA 4
FONOAUDIOLOGIA 6 Sin Tope
PROTESIS/ORTESIS (14) 14 5
ATENCIÓN INTEGRAL DE ENFERMERA (3a Y 3b) 4 3
ATENCIÓN INTEGRAL NUTRICIONISTA (4) 4 3
RADIOTERAPIA 300 14
QUIMIOTERAPIA (7) 500 90% 350
PRESTACIONES DENTALES (PAD) (9) 3
PAD CLÍNICA DE LACTANCIA (0 A 6 MESES DE EDAD) (11)
PAD MAL NUTRICIÓN INFANTIL (7 A 72 MESES DE EDAD) (12)
TRATAMIENTO FERTILIZACIÓN ASISTIDA (PAD) (13)
PRESTACIONES RESTRINGIDAS
OTRAS COBERTURAS
TERAPIA OCUPACIONAL (15) 60% 10
MEDICAMENTOS E INSUMOS POR URGENCIA 60% Sin Tope
OPTICA (MARCOS Y CRISTALES) (8) 60% 1,50
TRASLADOS MÉDICOS AMBULATORIOS 90% 6
BOX AMBULATORIO 60% Sin Tope
CONSULTA/TRATAMIENTO PSICOLOGIA 60% 10
ATENCIÓN DE URGENCIA (D) (E )
Clínica Santa María
Clínica Santa María (A.3)
Clínica Indisa (A.3)
60% Sin Tope:
Centros Médicos RedSalud (A.3)
Integramédica
Clínica RedSalud Santiago
(sólo con médicos staff (A.1)) (Habitación Individual) (A)
1,92 AC3
35 UF
1,90 AC3
1,25 AC3
0,95 AC3
1,80 AC3
Sin Tope
100% Sin Tope:
Clínica RedSalud Santiago
90% Sin Tope:
Red de Salud UC Christus
Clínica Indisa (A.2)
100%Solo Cobertura Libre Elección
Sin Tope
(*) VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO.
(***) En Notas explicativas del plan se individualizan las especialidades de telemedicina.
PRESTADORES DERIVADOS
Clínica RedSalud Vitacura, Clinica RedSalud Providencia y Clinica RedSalud Santiago.
1,14 AC3
CIRUGÍA PRESBICIA, CIRUGÍA FOTORREFRACTIVA O FOTOTERAPÉUTICA
(17)
COBERTURA INTERNACIONAL POR URGENCIA (F)
Incluye consulta médica de urgencia, imagenología, exámenes, procedimientos, pabellón y honorarios médicos en Clínica RedSalud Santiago, Clínica RedSalud Providencia, Clínica RedSalud Vitacura, Clínica Indisa, Red de Salud UC Christus
(A.3) , Clínica Santa María y Clínica Meds según cobertura establecida en el cuadro de la oferta preferente para prestaciones ambulatorias.
1,50 UF
1,39 UF
0,71 UF
0,65 UF
Clínica RedSalud Vitacura
Clínica RedSalud Providencia
60%
1,80 AC3
Clínica Meds
1 UF
Sin Tope
Red de Salud UC Christus (A.3)
Igual a la cobertura Libre Elección nacional del plan de Salud, considerando el precio arancel de la prestación como si fuera otorgada en Clínica
RedSalud Vitacura, tanto en ambulatorio como en hospitalario. En el caso que la prestación no contemple tope, este será de 2 VA (AC3)
Solo Cobertura Libre Elección
1 UF
1,10 UF
CIRUGÍA BARIATRICA Y METABÓLICA, SEPTOPLASTÍA, RINOPLASTÍA,
TRATAMIENTO DE INFERTILIDAD Sólo Cobertura Libre Elección
50% Sin Tope: Centro Oftalmológico Providencia, Clínica
Oftalmológica IOPA
1 AC3
1,90 AC3
25% con tope Libre Elección
PRESTACIONES (1)
LIBRE ELECCIÓN (*)
TOPE (5)
9 UF
5 UF
12 UF
90%
5,60 UF
1,90 AC3
1,90 AC3
2,08 AC3
2,41 AC3
BONIFICACIÓNTOPE
ANUAL
(6)(UF)
BONIFICACIÓN
OFERTA PREFERENTE (*)
%
30 UF
25 UF
35 UF
Sin Tope
Clínica RedSalud Vitacura
Clínica RedSalud Providencia
Clínica Las Condes
Clínica San Carlos de Apoquindo
Clínica Universidad de los Andes 2,67 AC3
2,32 UF
2,32 UF
Clínica Meds
1,05 AC3
1,10 AC3
2,60 AC3
Sin Tope
1,80 AC3
1 UF
1 UF
1,70 AC3
1,10 AC3
3,00 AC3
15 UF
2 AC3
TOPE
ANUAL
(6)(UF)
2,60 AC3
INDIVIDUAL GRUPALX
PRECIO DEL PLAN
EDAD
604
ARANCEL
NOMBRE DEL ARANCEL: AC3 UNIDAD : PESOS
TOPE GENERAL ANUAL POR BENEFICIARIO
CONDICIONES QUE DEBE CUMPLIR EL AFILIADO PARA INGRESAR Y MANTENERSE EN EL PLAN CORPORATIVO (CUANDO CORRESPONDA)
CONDICIONES DE VIGENCIA DEL PLAN MATRIMONIAL (CUANDO CORRESPONDA)
TIEMPOS DE ESPERA
- EXÁMENES
- INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS
FIRMA AFILIADO: FIRMA REPRESENTANTE ISAPRE
NOMBRE : NOMBRE :
RUT : RUT :
FECHA : FECHA :
El precio del Plan de Salud se expresa en Unidades de Fomento (U.F.). Dicho precio se
determina conforme a su valor base y la tabla de factores relativos por edad, lo que da
origen al valor total plan según composición del grupo familiar:
TIPO DE BENEFICIARIO
COTIZANTE CARGAS
0 a menos de 20 años 0,60 0,60
20 a menos de 25 años 0,90 0,70
VALOR BASE U.F.
45 a menos de 55 años 1,40 1,00 VALOR TOTAL PLAN SEGUN
COMPOSICION DEL GRUPO FAMILIAR
35 a menos de 45 años 1,30 0,90
25 a menos de 35 años 1,00 0,70
U.F.
55 a menos de 65 años 2,00 1,40
4) Que la siniestralidad por subsidios por incapacidad laboral (SIL) anual del plan grupal no supere el .............. Se entiende por siniestralidad SIL, el cuociente entre la
suma de los gastos por subsidios por incapacidad laboral a cargo de la Isapre y la suma de las cotizaciones pagadas en ese mismo período.
65 y más años 2,40 2,20 El precio final del plan se pagará en su equivalente en pesos. Para su cálculo se utilizará el
valor oficial que tenga la U.F. el último día del mes que corresponde descontar la cotización
de la remuneración del cotizante.
IDENTIFICACIÓN ÚNICA DE LA TABLA DE
FACTORES N°
El Arancel Consalud es una lista valorizada de prestaciones cubierta por tu plan de salud, y este tendrá un Reajuste General el 01 de abril de cada año hasta en un 100%
de la variación experimentada por el Indice de Precios al Consumidor (IPC) entre marzo del año anterior a febrero del año de reajuste.
Además del Reajuste antes indicado, CONSALUD podrá reajustar algunas prestaciones en un porcentaje superior sólo con el fin de incrementar los beneficios, como
asimismo, podrá anticipar la fecha de reajuste con el mismo objeto, pudiendo imputarlo al reajuste que se realice en el mes de abril siguiente.
5000 UF (6)
CONDICIONES DE VIGENCIA PLAN CORPORATIVO (CUANDO CORRESPONDA)
1) Que se incorporen al plan grupal la cantidad de ............... trabajadores como beneficiarios, dentro del plazo de .................. meses contados desde la fecha de suscripción
del convenio suscrito con la Empresa. Este porcentaje mínimo no podrá disminuir durante la vigencia del convenio.
2) Que el plan grupal este financiado en un 100% durante todo el período de vigencia del convenio suscrito con la Empresa. Se entiende por financiamiento, el
cuociente entre la suma de cotizaciones pactadas de los trabajadores que forman parte del convenio y la suma de precios de los planes de salud suscritos por ellos, en
12 meses móviles.
3) Que la siniestralidad total anual del plan grupal no supere el .............. Se entiende por siniestralidad total, el cuociente entre la suma de los gastos de prestaciones de
salud y subsidios por incapacidad laboral (SIL) a cargo de la Isapre y la suma de las cotizaciones pagadas en ese mismo período.
- CONSULTAS MÉDICAS 14
Los tiempos de espera definidos, se cuentan a partir de la fecha en que el
beneficiario suscriba el formulario pertinente que la isapre dispondrá en sus
sucursales.
*PARA CONSULTAS MÉDICAS EN LAS
ESPECIALIDADES DE: GASTROENTOROLOGÍA,
REUMATOLOGÍA, DERMATOLOGÍA, UROLOGÍA,
ONCOLOGÍA Y HEMATOLOGÍA.
28
NOTA: En caso de Planes Grupales en que se pacte el precio en el porcentaje equivalente a la cotización legal para salud, no se producirán excedentes de cotización
de salud.
A) Que se mantenga permanentemente como trabajador de la empresa.
B) Que se mantenga permanentemente como afiliado de CONSALUD.
A) Que el cotizante y su cónyuge mantengan la calidad de afiliados vigentes de CONSALUD.
B) Que el cotizante y su cónyuge estén de acuerdo en mantener el Plan Matrimonial.
N° Días Corridos Inicio del Tiempo de Espera
HUELLA DACTILAR AFILIADO
9
- PROCEDIMIENTOS DIAGNÓSTICOS Y
TERAPEÚTICOS 21
21
- HOSPITALIZACIONES EN OTORRINO -
OFTALMOLOGÍA -NEUROCIRUGÍA 42
Importante: El cobro por las cargas incorporadas al contrato de salud
se iniciará desde que ellas cumplan los 2 años de edad.
CONDICIONES Y CARACTERISTICAS DE LA OFERTA PREFERENTE DEL PLAN CON PRESTADORES PREFERENTES
A.1) Las Consultas Médicas, procedimientos ambulatorios y los Honorarios Médicos por prestaciones hospitalarias
realizadas en los prestadores nominados en la carátula del plan en el recuadro de prestadores ambulatorios, tendrán
cobertura preferente cuando sean efectuadas por médicos Staff en convenio entre Isapre Consalud y las Instituciones de
Salud señaladas para cada prestación otorgada en el plan. En caso de no cumplir estas condiciones, la cobertura
preferente se aplicará solo a la facturación de la clínica y los Honorarios Médicos serán bonificados de acuerdo a la
modalidad libre elección.
A.2) Los prestadores Hospitalarios del plan de salud serán exclusivamente los nominados en la carátula del plan, y
corresponden a:
Clínica Indisa: Incluye a Clínica Indisa Providencia y Maipú.
A.3) Los prestadores ambulatorios del plan de salud serán exclusivamente los nominados en la carátula del plan, y
corresponden a:
Centros médicos RedSalud: Incluye a Centro Médico Arauco Salud.
Clínica Indisa: Incluye a Clínica Indisa Providencia y Maipú.
Red de Salud UC Christus: Excluye a Clínica San Carlos de Apoquindo.
Clínica Santa María: Incluye Centro Médico Santa María La Dehesa y Centro Médico La Reina.
A.4) La cobertura preferente tanto hospitalaria como ambulatoria se otorgará solo con presentación de bono en
prestadores en convenios especificados en el plan de salud.
La cobertura preferente aplicará exclusivamente para aquellas prestaciones que forman parte de la capacidad técnica del
prestador preferente nominado en el plan y no se extenderá a aquellas que por falta de tal capacidad, sean otorgadas por
prestadores distintos a los de la oferta preferente.
B) El afiliado debe considerar que aquellas prestaciones específicas que, pudiendo entenderse incorporadas en la oferta
preferente, no se realizan por el respectivo prestador, serán derivadas por la Isapre a un prestador de similares
características, en cuyo caso se mantendrán las condiciones de cobertura del plan.
C) En caso de insuficiencia de un prestador en convenio, es decir, cuando por falta de profesionales o medios, aquéllos se
encuentran imposibilitados temporalmente de realizar alguna de las prestaciones que forman parte de la oferta preferente
y ha transcurrido el tiempo de espera previsto en el Plan de Salud para el otorgamiento de las mismas, el beneficiario
tendrá el derecho de solicitar a Isapre CONSALUD la derivación a otro prestador, en cuyo caso rige lo mismo señalado en
el punto B). Esta derivación sólo tendrá por objeto el otorgamiento de las prestaciones específicas que no pudieron ser
brindadas por los prestadores preferentes. Las prestaciones que se otorguen con ocasión de la derivación, deberán ser
bonificadas por la Isapre manteniendo la cobertura que le habría correspondido al afiliado de haberse atendido en el
prestador que dio origen a la derivación. De realizarse la atención en un prestador distinto a los prestadores preferentes
sin la autorización expresa de CONSALUD, la cobertura se hará bajo la modalidad libre elección. Esta solicitud de
derivación se podrá solicitar en el formulario correspondiente en cualquier oficina de Consalud o en los puestos de
atención que la Isapre tiene en las oficinas de los prestadores preferentes y, en días festivos u horarios inhábiles, podrá
hacerse al fono 600 500 9000.
D) Para recibir Atenciones de Urgencia el afiliado deberá acudir a alguno de los prestadores indicados en el recuadro
«ATENCIONES DE URGENCIA» del Plan de Salud. La bonificación en estos prestadores será la correspondiente a
«OFERTA PREFERENTE». En caso de que la atención de urgencia ocurra en un prestador distinto a los señalados en el
Plan, la cobertura se hará según lo indicado en « CUADRO DE COBERTURA EN LIBRE ELECCION».
E) El afiliado que con ocasión de una emergencia haya ingresado a un prestador distinto de los mencionados en el recuadro
«ATENCIONES DE URGENCIA» del esquema del Plan de Salud, tendrá derecho a ser trasladado a alguno de los
prestadores individualizados en el Plan de Salud, para acceder a la «OFERTA PREFERENTE». Por su parte CONSALUD
tendrá el derecho a trasladar al afiliado a uno de estos prestadores una vez que lo autorice el médico tratante. Si el afiliado
no accede a este traslado y opta por permanecer en el prestador en que se encuentre, la cobertura se hará bajo
modalidad libre elección.
F) Las prestaciones de salud que el afiliado reciba en el extranjero por una atención de urgencia serán cubiertas de acuerdo a
lo indicado en «CUADRO DE COBERTURA EN LIBRE ELECCION». El afiliado, deberá entregar en la sucursal de Isapre
consalud, la documentación (antecedentes médicos y documentos de cobro) traducidos al español y debidamente
legalizada por el consulado respectivo, es decir, en el País donde recibió la atención de urgencia. El plazo para presentar
dicha documentación es de 90 días desde la emisión de la factura.
G) El término del convenio entre un prestador e Isapre CONSALUD, o cualquier modificación que éstos le introduzcan, no
afectará el monto que, en virtud del plan contratado, le corresponde copagar a los beneficiarios por las atenciones
recibidas del respectivo prestador, hasta la anualidad que corresponda, al cumplimiento de la cual la Isapre podrá adecuar
el contrato.
H) Si durante la vigencia del plan contratado, terminare la existencia legal del o los prestadores individualizados en el plan o
éstos experimentaren una pérdida total de su infraestructura o una paralización permanente de sus actividades, la Isapre
deberá comunicar por escrito dicho evento a cada uno de los cotizantes afectados, junto con las alternativas de planes
que dispone para ellos. En esta oferta deberá contemplarse como mínimo, el Plan de Salud que tenga el precio que más se
ajuste al monto de la cotización legal que corresponda a la remuneración del afiliado al momento de modificarse el
contrato.
CONDICIONES Y CARACTERISTICAS DE LA OFERTA PREFERENTE DEL PLAN CON PRESTADORES PREFERENTES
I) Sin perjuicio del derecho que tiene el afiliado de solicitar a la Isapre un cambio de plan de salud cuando concurra alguna de las
condiciones que establece la ley de Isapre en el inciso primero del artículo 38, la Isapre ofrecerá al afiliado un nuevo plan si este así lo
requiere y su petición se fundamenta en alguna de las situaciones que a continuación se indican, en cuyo caso, la oferta de la Isapre
contemplará como mínimo, un plan de salud que tenga el precio que más se ajuste al monto de la cotización legal que corresponda a la
remuneración del afiliado al momento de modificarse el plan.
a) Si se modifica el domicilio consignado por el afiliado al incorporarse al plan y se acredita que dicho cambio dificulta
significativamente el acceso de los beneficiarios a los prestadores individualizados en el plan. Se presumirá que se configura esa
dificultad, cuando el cambio de domicilio importe el traslado del cotizante a otra región del país.
b) Si se produce una falta de atención continua y oportuna por parte del Prestador.
c) Si ocurre un incumplimiento por parte de la Isapre de la obligación de derivación; o la derivación la hace a un prestador distinto de los
indicados en el Plan de Salud o existe una falta de atención efectiva y oportuna por parte del prestador derivado.
d) Si la Isapre incurre en una falta de otorgamiento de la atención de salud al cotizante o beneficiario que se ha ceñido a los
procedimientos de acceso y derivación definidos en el Plan. La facultad del afiliado regulada precedentemente, no lo priva de la opción
de solicitar el término del plan de salud por el incumplimiento de las obligaciones por parte de la Isapre, en conformidad a las reglas
generales.
J) Los afiliados y beneficiarios pertenecientes a los planes de salud preferente, tienen derecho a solicitar una segunda opinión médica. Para
ello, pueden solicitar la derivación a un profesional de la red, distinto a su médico tratante, para que le entregue una segunda opinión
médica. En caso que esta segunda opinión sea obtenida directamente por el beneficiario, esta debe ser entregada al médico tratante
para su consideración. Sin embargo, si existieran opiniones médicas divergentes, dicha diferencia podrá ser zanjada por el director
médico de Salud Administrada de Centros Médicos RedSalud, quien pronunciara por escrito al beneficiario, en un plazo no superior a los
15 días.
K) Con la finalidad de dar solución a las eventuales divergencias que se puedan producir entre las distintas opiniones médicas, en el
ejercicio del derecho contemplado en la letra anterior, se establece que estas serán resueltas con la opinión técnica del Director Médico
del prestador individualizado en el plan, o del respectivo jefe de servicio u otro médico que cumpla en la institución similares funciones.
El afiliado y sus beneficiarios podrán requerir directamente la intervención de quien debe dar solución a la divergencia de opiniones,
instancia que deberá pronunciarse por escrito en un plazo máximo de 15 días hábiles siguientes de recibida la petición del afiliado. En el
pronunciamiento deberá constar los fundamentos de la decisión adoptada y la identificación y firma de la persona que lo emite.
L) Si el afiliado, producto de la atención de urgencia integral, debe quedar hospitalizado, deberá cancelar el copago fijo que corresponda
de acuerdo al tipo de atención señalado en el cuadro "ATENCIÓN INTEGRAL DE URGENCIA" más el copago correpondiente a la
hospitalización respectiva.

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