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63-NACP3-6

PRIMERO EMPRESAS ELECCION TOTAL 3

Sin puntaje, no analizado

Desde

$94.226/mes

DIA CAMA
DIA CAMA CUIDADOS INTENSIVOS O CORONARIOS
DIA CAMA CUIDADOS INTERMEDIOS
DERECHO DE PABELLON
EXAMENES LABORATORIO
IMAGENOLOGIA
KINESIOLOGIA
MEDICAMENTOS (2)
MATERIALES E INSUMOS CLÍNICOS (2)
PROCEDIMIENTOS
HONORARIOS MEDICO-QUIRURGICOS
VISITA POR MÉDICO TRATANTE
VISITA POR MÉDICO INTERCONSULTOR
PRÓTESIS, ÓRTESIS Y ELEMENTOS DE OSTEOSÍNTESIS
TRASLADOS MÉDICOS
QUIMIOTERAPIA (8)
CONSULTA MEDICA
EXAMENES LABORATORIO
IMAGENOLOGIA
KINESIOLOGIA
PROCEDIMIENTOS
HONORARIOS MEDICOS QUIRURGICOS
BOX AMBULATORIO
PABELLON AMBULATORIO
FONOAUDIOLOGIA
RADIOTERAPIA
QUIMIOTERAPIA (8)
PROTESIS / ORTESIS
ATENCION INTEGRAL DE ENFERMERIA Y NUTRICIONISTA (4 a-b) ( 5 )
COBERTURA EN LIBRE ELECCIONPRESTACIONES
PORCENTAJE
DE BONIFICACION
SOBRE VALOR REAL
(1)
(6)
TOPE DE BONIFICACION
HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR
AMBULATORIA
AMBULATORIAS
PRESTACIONES RESTRINGIDAS
OTRAS COBERTURAS
100%
90%
70%
90%
5,9 veces AC1
1,9 UF
1,9 UF
1,2 veces AC1
1,0 veces AC1
7,0 veces AC1
SIN TOPE
(7)
TOPE MAXIMO AÑO
CONTRATO POR
BENEFICIARIO
(U.F.)
SIN TOPE
SIN TOPE
SIN TOPE
SIN TOPE
SIN TOPE
MARCOS Y CRISTALES OPTICOS (9)
MEDICAMENTOS E INSUMOS POR URGENCIA
25 % DE LA COBERTURA GENERAL DEL PLAN
CIRUGIA BARIATRICA,TRATAMIENTOS DE INFERTILIDAD, LASIK
Y RINOPLASTÍA
1,9 UF
5,8 veces AC1
4,1 veces AC1
4,0 veces AC1
3,8 veces AC1
4,2 veces AC1
1,6 veces AC1
5,6 veces AC1
1,9 veces AC1
2,5 veces AC1
7,0 veces AC1
1,2 veces AC1
1,2 veces AC1
30
36
5,0
100
1,2
1,5 veces AC1
5,0 veces AC1
28,5
28,5
3,0 UF
1,8 UF
4,0 UF
2,3 UF
SIN TOPE
FUN Nº
FOLIO
TIPO DE PLAN: INDIVIDUAL GRUPAL
CONSULTA PEDIATRICA Y GINECOLOGICA
HOSPITALIZACIÓN PSIQUIATRICA (3)
CONSULTA / TRATAMIENTO PSIQUIATRIA Y/O PSICOLOGIA
HOSPITALIZACION POR PARTO Y CESAREA
PRESTACIONES DENTALES (PAD) (11) 70% 0,9 UF SIN TOPE
270
SIN TOPE
PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO
PLAN PRIMERO EMPRESAS ELECCIÓN TOTAL 3 63- NACP3-6
PLAN CON COBERTURA REDUCIDA EN: PARTO,CESÁREA, NEONATOLOGÍA,
CONSULTA PEDIÁTRICA Y GINECOLÓGICA (12)63-NACP3-6
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ARANCEL
NOMBRE DEL ARANCEL: AC1 UNIDAD : PESOS
El Arancel tendrá un Reajuste General el 01 de abril de cada año hasta en un 100% de la variación experimentada por el Indice de Precios al Consumidor (IPC)
entre el 01 de enero y el 31 de diciembre del año inmediatamente anterior al de la fecha del reajuste.
Además del Reajuste General del Arancel, CONSALUD podrá reajustar algunas prestaciones en un porcentaje superior sólo con el fin de incrementar los
beneficios, como asimismo, podrá anticipar la fecha de reajuste con el mismo objeto, pudiendo imputarlo al reajuste que se realice en el mes de abril siguiente.
TOPE GENERAL ANUAL POR BENEFICIARIO
CONDICIONES DE VIGENCIA PLAN COLECTIVO Y OTROS GRUPALES (CUANDO CORRESPONDA)
1) Que se incorporen al convenio la cantidad de ............... trabajadores como beneficiarios o al menos el 85% de la misma, dentro del plazo de tres meses
contados desde la fecha de suscripción del convenio. Este porcentaje mínimo no podrá disminuir durante la vigencia del convenio.
2) Que se mantenga durante la vigencia del convenio, un promedio de cargas legales por afiliado cercana a las ........ personas.
3) Que el monto mínimo de cotización mensual del grupo total de los trabajadores afectos al convenio colectivo, no sea inferior a $ ................... o al menos,
alcance un 85% de dicha suma.
4) Que el plan de salud contratado se financie en al menos un 90%. Se entiende por financiamiento el cuociente entre la suma de cotizaciones pagadas
de los trabajadores afiliados al convenio colectivo y la suma de precios de los planes de esos trabajadores.
5) Que la siniestralidad anual del plan no supere el 85%. Se entiende por siniestralidad el cuociente entre la suma de los gastos de Prestaciones de Salud
y Subsidios por Incapacidad Laboral a cargo de la Isapre y la suma de las cotizaciones pagadas en ese mismo período.
NOTA: En caso de Planes Grupales en que se pacte el precio en el porcentaje equivalente a la cotización legal para salud, no se producirán excedentes
de cotización de salud.
A) Que el cotizante y su cónyuge mantengan la calidad de afiliados vigentes de CONSALUD.
B) Que el cotizante y su cónyuge estén de acuerdo en mantener el Plan Matrimonial.
CONDICIONES DE VIGENCIA DEL PLAN MATRIMONIAL (CUANDO CORRESPONDA)
NOTAS EXPLICATIVAS Y DEFINICIONES
A) Que se mantenga permanentemente como trabajador de la empresa.
B) Que se mantenga permanentemente como afiliado de CONSALUD.
CONDICIONES QUE DEBE CUMPLIR EL AFILIADO PARA INGRESAR Y MANTENERSE EN EL PLAN GRUPAL (CUANDO CORRESPONDA)
U.F. 5.000 (7)
1) PRESTACIONES
a) Hospitalarias: Son aquellas que requieren de día cama, excepto día cama observación y día cama hospitalización psiquiátrica diurna. También se considerarán
para los efectos de su bonificación, que son prestaciones hospitalarias aquellas que utilicen pabellón quirúrgico 5 o superior, según la calificación que de ellos
se hace en el arancel del plan bajo la columna “Código de Pabellón” o “C.P.”
b) Ambulatorias: Son aquellas no consideradas en la definición anterior.
2) MEDICAMENTOS Y MATERIALES CLÍNICOS: Son aquellos medicamentos y materiales clínicos recibidos por el beneficiario por causa de prestaciones hospita-
larias. Sólo serán objeto de bonificación, aquellos medicamentos que el establecimiento hospitalario haya considerado en su factura. Se excluyen de éste ítem
los medicamentos y materiales clínicos por tratamiento de cáncer y hospitalización psiquiátrica; dado que en ambos casos se bonificarán en los porcentajes y topes
específicos definidos para los ítems de Quimioterapia y Hospitalización Psiquiátrica respectivamente.
3) HOSPITALIZACION PSIQUIATRICA: La bonificación por consultas y tratamientos hospitalarios, como asimismo los medicamentos que se reciban durante la
hospitalización, se deben sumar para considerar la aplicación del tope de bonificación por año contrato. A modo de ejemplo y sin que esta enumeración sea
taxativa, se detallan las siguientes prestaciones que se considerarán para la determinación de este tope: días cama, medicamentos, exámenes, consultas médicas.
Asimismo, se aclara que la bonificación de cada prestación específica en ningún caso, ni antes ni después de llegado al tope, será inferior al 25% de la definida
en el plan general convenido para la prestación genérica con que se encuentre relacionada.
PRECIO DEL PLAN
El precio final del plan se pagará en su equivalente en pesos. Para su
cálculo se utilizará el valor oficial que tenga la U.F. el último día del mes
que corresponde descontar la cotización de la remuneración del
cotizante.
VALOR TOTAL PLAN SEGUN COMPOSICION DEL GRUPO FAMILIAR
VALOR BASE
El precio del Plan de Salud se expresa en Unidades de Fomento (U.F.). Dicho
precio se determina conforme a su valor base y la tabla de factores relativos por
sexo y edad:
U.F.
U.F.
TIPO DE BENEFICIARIO
EDAD COTIZANTE CARGAS
HOMBRE MUJER HOMBRE
1,80
0,80
0,80
0,80
1,30
2,17
2,50
2,78
2,60
2,45
2,70
2,99
3,34
3,70
3,70
4,00
4,30
4,80
1,80
0,80
0,60
0,60
0,60
0,60
0,70
1,00
1,05
1,26
1,30
1,75
1,90
2,60
3,70
4,00
4,50
5,00
1,80
0,80
0,70
0,70
0,70
0,70
0,90
1,00
1,05
1,26
1,40
1,75
2,22
2,70
3,70
4,00
4,50
5,00
1,80
0,80
0,60
0,60
0,75
1,00
1,40
1,60
1,60
1,60
1,75
2,10
2,20
2,70
3,70
4,00
4,30
4,80
MUJER
0 a menos de 2 años
2 a menos de 5 años
5 a menos de 10 años
10 a menos de 15 años
15 a menos de 20 años
20 a menos de 25 años
25 a menos de 30 años
30 a menos de 35 años
35 a menos de 40 años
40 a menos de 45 años
45 a menos de 50 años
50 a menos de 55 años
55 a menos de 60 años
60 a menos de 65 años
65 a menos de 70 años
70 a menos de 75 años
75 a menos de 80 años
80 y más años63-NACP3-6
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NOTAS EXPLICATIVAS Y DEFINICIONES
( CONTINUACIÓN )
4 a ) ATENCIONES INTEGRALES DE ENFERMERIA EN DOMICILIO: Se bonificará la atención que reciba el afiliado y sus beneficiarios, sólo cuando sean mayores
de 55 años, o mayores de 15 años que se encuentren postrados o en estado terminal.
4 b ) ATENCIONES INTEGRALES DE ENFERMERIA EN CENTRO DE ADULTO MAYOR: Se bonificará la atención que reciba el afiliado y sus beneficiarios, sólo cuando
sean mayores de 55 años.
5) ATENCION NUTRICIONISTA: Se bonificará la atención que reciba el afiliado y sus beneficiarios, sólo cuando su edad fluctúe entre los 15 y 35 años. Además, el
afiliado deberá presentar la correspondiente orden médica bajo las condiciones establecidas en as normas técn.icas
6) TOPES DE BONIFICACION: Los topes de bonificación se expresan en UF o en veces el Arancel Consalud (AC1). Los topes en UF se calcularán al valor oficial
registrado por dicha unidad el último día del mes anterior a la fecha en que se bonifica la prestación.
7) VALORIZACION TOPES ANUALES: Para el Tope General Anual por Beneficiario y el Monto Máximo de Bonificación para determinadas prestaciones, se
contabilizarán las prestaciones que correspondan, valorizadas en U.F. según el valor que tenga dicha unidad el día en que se bonifica la prestación.
8) QUIMIOTERAPIA: Corresponde a medicamentos de uso endovenoso. Excluye medicamentos orales, medicamentos coadyuvantes, medicamentos hormonales,
interferon, interleukina, anticuerpos monoclonales, analgésicos, antihistamínicos, soluciones parenterales, alimentos parenterales y medicamentos estimulantes
de colonias.
9) MARCOS Y CRISTALES OPTICOS: Corresponderá la bonificación de los marcos y cristales ópticos sólo con la presentación de la boleta correspondiente.
10) Las prestaciones de salud que el afiliado reciba en el extranjero, sólo serán cubiertas en caso de urgencia y cuando ésta se hubiera producido fuera de Chile.
El afiliado, deberá entregar en la sucursal de Isapre Consalud, la documentación traducida al español y debidamente legalizada por el Consulado respectivo.
11) PAD DENTAL FONASA : Podrán acceder a la bonificación de los tratamientos contemplados en los PAD de prestaciones dentales los beneficiarios que tengan
entre 12 años y 17 años 11 meses 29 días, que presenten caries de una o más piezas dentales. Los códigos FONASA de los PAD sujetos a cobertura son: 2503001,
2503002, 2503003, 2503004, 2503005 y 25-03-006. La cobertura se entregará vía IMED en los prestadores en convenio y de acceder a la prestación en un
prestador sin convenio la cobertura se entregará vía reembolso.
12) PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE PARTO Y CESÁREA
Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite, a condición que en la Declaración de
Embarazo que éste (a) deberá suscribir con este solo objeto, se consigne que la cotizante o beneficiaria, según sea el caso, no se encuentra embarazada.
El (la) cotizante tendrá derecho a optar, al menos, entre los siguientes planes de salud:
a) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquél que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual
podrán efectuarse los ajustes que correspondan en relación a los restantes beneficios del nuevo plan.
b) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizar-
se los ajustes pertinentes en relación al precio del nuevo plan.
FIRMA REPRESENTANTE ISAPRE
NOMBRE:
RUT:
FECHA:
FIRMA AFILIADO:
NOMBRE:
RUT:
FECHA:
HUELLA DACTILAR AFILIADO63-NACP3-6
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