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63-PRSDE1A-6

RED SALUD DUO EMPRESAS 1A

Sin puntaje, no analizado

Desde

$55.239/mes

FUN Nº
FOLIO
OFERTA PREFERENTE (*)
PRESTACIONES
TIPO DE PLAN: INDIVIDUAL GRUPAL
BONIFICACIÓN
(1)
60
DIA CAMA: CIRUGIA, PEDIATRIA, GINECO-OBSTETRICIA, MEDICINA
DIA CAMA: SALA CUNA
DIA CAMA CUIDADOS INTENSIVOS O CORONARIOS
DERECHO DE PABELLÓN
DIA CAMA: INCUBADORA, INTERMEDIO, OBSERVACIÓN
IMAGENOLOGIA
PROCEDIMIENTOS
KINESIOLOGIA y FISIOTERAPIA
EXAMENES LABORATORIO
HONORARIOS MEDICOS QUIRURGICOS
VISITA POR MÉDICO INTERCONSULTOR
VISITA POR MÉDICO TRATANTE
MEDICAMENTOS HOSPITALARIOS (2)
MATERIALES CLINICOS (2)
TRASLADOS MÉDICOS
PRÓTESIS, ÓRTESIS Y ELEMENTOS DE OSTEOSÍNTESIS
QUIMIOTERAPIA (8)
EXAMENES LABORATORIO
IMAGENOLOGIA
CONSULTA MEDICA
PROCEDIMIENTOS
PABELLON AMBULATORIO
HONORARIOS MÉDICOS QUIRURGICOS
DIA CAMA OBSERVACION
RADIOTERAPIA
KINESIOLOGIA y FISIOTERAPIA
FONOAUDIOLOGÍA
QUIMIOTERAPIA (8)
PRÓTESIS Y ÓRTESIS
ATENCIONES INTEGRALES DE ENFERMERIA (4) (5)
ATENCIÓN INTEGRAL DE NUTRICIONISTA
100
70%
90%
LIBRE ELECCIÓN
Sin Tope
Sin Tope
Sin Tope
ATENCIÓN INTEGRAL DE URGENCIA (D) (L) (N)
Incluye consulta médica de urgencia, insumos, medicamentos, imagenología, examenes, procedimientos y
honorarios médicos solo en Hosp. Clínico U. de Chile. En Clínica Avansalud se puede acceder solo
a urgencia adulto normal y compleja.
URGENCIA ADULTO
URGENCIA NORMAL URGENCIA COMPLEJA (*)
URGENCIA PEDIATRICA
Copago Fijo de $ 25.000
Copago Fijo de $ 22.000
Copago Fijo de $ 75.000
Copago Fijo de $ 45.000
3,5UF
2,0 UF
8,0 UF
4,0 veces AC1
1,5 veces AC1
2,0 veces AC1
2,0 veces AC1
2,2 veces AC1
2,0 veces AC1
2,0 veces AC1
0,8 UF
0,8 UF
20 UF
15 UF
2,0 veces AC1
1,0 veces AC1
4,0 veces AC1
1,2 veces AC1
1,0 veces AC1
1,1 veces AC1
4,0 veces AC1
0,70 veces AC1
1,0 veces AC1
1,0 veces AC1
2,2 veces AC1
4,0 veces AC1
4,0 veces AC1
1,0 veces AC1
4,0 veces AC1
4,0 veces AC1
%
TOPE MÁX. AÑO
CONTRATO POR
BENEFICIARIO
(U.F) (7)
BONIFICACIÓN
% TOPE (6)TOPE (6)
HOSPITALARIAS Y CIRUGÍA
MAYOR AMBULATORIA
AMBULATORIAS
PRESTACIONES RESTRINGIDAS
HOSPITALIZACIÓN PSIQUIATRICA (3)
CONSULTA / TRATAMIENTO PSIQUIATRIA Y/O PSICOLOGIA
OTRAS COBERTURAS
MARCOS Y CRISTALES ÓPTICOS (11)
COBERTURA INTERNACIONAL (F)
PRESTADORES DERIVADOS Clínica Bicentenario, Clínica Tabancura y Clínica Avansalud.
1,0 veces AC1
2,2 veces AC1
(*) VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE
Solo cobertura libre elección
Solo cobertura libre elección
Solo cobertura libre elección
Solo cobertura libre elección
5,0
40
Sin Tope
5,0
4,0
90 % 80
70% Sin Tope
1,3
25% de la cobertura gral. del Plan
90 %
70 % 4,0
Solo cobertura libre elección
70 % 2,0 UF 2,0
6,7
Sin Tope
Sin Tope
(*) La complejidad está definida por la realización de exámenes de imagenología de los subgrupos 03, TAC, 04 ultrasonografía y subgrupo 05 resonancias y procedimientos médicos que
incluyan prestaciones endoscópicas y aquellas atenciones a pacientes que ingresen en riesgo vital.
Clínica Avansalud,
Clínica Quilín, Hosp. Clínico U. de
Chile, Hosp. del Profesor y
Parroquial de San Bernardo
COPAGO FIJO POR EVENTO
$250.000 (L) (M)
70% Sin Tope en Integramedica y Megasalud
60% Sin Tope en Clínicas Preferentes
80 % Sin Tope en Dar Salud
CIRUGÍAS FOTOREACTIVA CON LASER, BARIATRICA, TRATAMIENTO DE
INFERTILIDAD y HOSPITALIZACIÓN DE PARTO Y CESÁREA.
(Para prestaciones señaladas en la
letra M)
Solo cobertura libre
elección
CONSULTA DE URGENCIA
Solo cobertura libre elección
PRESTACIONES DENTALES (PAD) (9) Solo cobertura libre elección
80 % SIN TOPE
(Para otras prestaciones
HABITACIÓN INDIVIDUAL)
Copago Fijo de : $ 8.000 en Hosp. del Profesor y Parroquial de
San Bernardo
70 %
0,4 UF
0,4 UF
1,0 UF
PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO
(MODALIDAD PRESTADORES PREFERENTES)
PLAN RED SALUD DUO EMPRESAS 1A - 63- PRSDE1A-6
PLAN CON COBERTURA REDUCIDA EN PARTO Y CESÁREA (O)63-PRSDE1A-6
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ARANCEL
NOMBRE DEL ARANCEL: AC1 UNIDAD : PESOS
El Arancel tendrá un Reajuste General el 01 de abril de cada año hasta en un 100% de la variación experimentada por el Indice de Precios al Consumidor
(IPC) entre el 01 de enero y el 31 de diciembre del año inmediatamente anterior al de la fecha del reajuste.
Además del Reajuste General del Arancel, CONSALUD podrá reajustar algunas prestaciones en un porcentaje superior sólo con el fin de incrementar los
beneficios, como asimismo, podrá anticipar la fecha de reajuste con el mismo objeto, pudiendo imputarlo al reajuste que se realice en el mes de abril
siguiente.
TOPE GENERAL ANUAL POR BENEFICIARIO
CONDICIONES DE VIGENCIA PLAN COLECTIVO Y OTROS GRUPALES (CUANDO CORRESPONDA)
A ) Que el cotizante y su cónyuge mantengan la calidad de afiliados vigentes de CONSALUD.
B) Que el cotizante y su cónyuge estén de acuerdo en mantener el Plan Matrimonial.
CONDICIONES DE VIGENCIA DEL PLAN MATRIMONIAL (CUANDO CORRESPONDA)
A ) Que se mantenga permanentemente como trabajador de la empresa.
B) Que se mantenga permanentemente como afiliado de CONSALUD.
CONDICIONES QUE DEBE CUMPLIR EL AFILIADO PARA INGRESAR Y MANTENERSE EN EL PLAN GRUPAL (CUANDO CORRESPONDA)
U.F. 5.000 (7)
1) Que se incorporen al convenio la cantidad de ............... trabajadores como beneficiarios o al menos el 85% de la misma, dentro del plazo de tres
meses contados desde la fecha de suscripción del convenio. Este porcentaje mínimo no podrá disminuir durante la vigencia del convenio.
2) Que se mantenga durante la vigencia del convenio, un promedio de cargas legales por afiliado cercana a las ........ personas.
3) Que el monto mínimo de cotización mensual del grupo total de los trabajadores afectos al convenio colectivo, no podrá ser inferior a $ .......................
o al menos, deberá llegar a un 85% de dicha suma.
4) Que el plan o planes de salud contratados se deberán financiar en al menos un 90%. Se entiende por financiamiento al cuociente entre la suma de
cotizaciones pagadas de los trabajadores afiliados al convenio colectivo y la suma de precios de los planes de esos trabajadores.
5) Que la siniestralidad anual del plan no supere el 85%. Se entiende por siniestralidad el cuociente entre la suma de los gastos de Prestaciones de
Salud y Subsidios por Incapacidad Laboral a cargo de la Isapre y la suma de las cotizaciones pagadas en ese mismo período.
NOTA: En caso de Planes Grupales en que se pacte el precio en el porcentaje equivalente a la cotización legal para salud, no se producirán excedentes
de cotización de salud.
PRECIO DEL PLAN
El precio final del plan se pagará en su equivalente en pesos. Para su cálculo se utilizará el valor
oficial que tenga la U.F. el último día del mes que corresponde descontar la cotización de la
remuneración del cotizante.
VALOR TOTAL PLAN SEGUN COMPOSICION DEL GRUPO FAMILIAR
VALOR BASE
El precio del Plan de Salud se expresa en Unidades de Fomento (U.F.). Dicho precio se determina
conforme a su valor base y la tabla de factores relativos por sexo y edad:
U.F.
U.F.
TIPO DE BENEFICIARIO
EDAD COTIZANTE CARGAS
HOMBRE MUJER HOMBRE
1,80
0,80
0,80
0,80
1,30
2,17
2,50
2,78
2,60
2,45
2,70
2,99
3,34
3,70
3,70
4,00
4,30
4,80
1,80
0,80
0,60
0,60
0,60
0,60
0,70
1,00
1,05
1,26
1,30
1,75
1,90
2,60
3,70
4,00
4,50
5,00
1,80
0,80
0,70
0,70
0,70
0,70
0,90
1,00
1,05
1,26
1,40
1,75
2,22
2,70
3,70
4,00
4,50
5,00
1,80
0,80
0,60
0,60
0,75
1,00
1,40
1,60
1,60
1,60
1,75
2,10
2,20
2,70
3,70
4,00
4,30
4,80
MUJER
0 a menos de 2 años
2 a menos de 5 años
5 a menos de 10 años
10 a menos de 15 años
15 a menos de 20 años
20 a menos de 25 años
25 a menos de 30 años
30 a menos de 35 años
35 a menos de 40 años
40 a menos de 45 años
45 a menos de 50 años
50 a menos de 55 años
55 a menos de 60 años
60 a menos de 65 años
65 a menos de 70 años
70 a menos de 75 años
75 a menos de 80 años
80 y más años
FIRMA REPRESENTANTE ISAPRE
NOMBRE:
RUT:
FECHA:
FIRMA AFILIADO:
NOMBRE:
RUT:
FECHA:
TIEMPOS DE ESPERA
- CONSULTAS MEDICAS EN ATENCION PRIMARIA
- CONSULTAS MEDICAS EN ESPECIALIDAD
- EXAMENES
- PROCEDIMIENTOS DIAGNOSTICOS Y TERAPEUTICOS
- INTERVENCIONES QUIRURGICAS
- HOSPITALIZACIONES EN OTORRINO - OFTALMOLOGIA -NEUROCIRUGÍA
Nº Días Corridos Inicio del Tiempo de Espera
5
7
4
10
14
30
Los tiempos de espera definidos, se cuentan a partir de la fecha en que el
beneficiario suscriba el documento de Solicitud de Contabilización del Tiempo
de Espera en nuestras oficinas.
HUELLA DACTILAR AFILIADO63-PRSDE1A-6
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NOTAS EXPLICATIVAS Y DEFINICIONES DEL PLAN DE SALUD
1) PRESTACIONES
a) Hospitalarias: Son aquellas que requieren de día cama, excepto día cama observación y día cama hospitalización psiquiátrica diurna. También se considerarán para los
efectos de su bonificación, que son prestaciones hospitalarias aquellas que utilicen pabellón quirúrgico 5 o superior, según la calificación que de ellos se hace en el
arancel del plan bajo la columna “Código de Pabellón” o “C.P.”
b) Ambulatorias: Son aquellas no consideradas en la definición anterior.
2) MEDICAMENTOS Y MATERIALES CLINICOS HOSPITALARIOS: Son aquellos medicamentos y materiales clínicos recibidos por el beneficiario por causa de prestacio-
nes hospitalarias. Sólo serán objeto de bonificación, aquellos medicamentos y materiales clínicos que el establecimiento hospitalario haya considerado en su factura. Se
excluyen de este ítem los medicamentos y materiales clínicos por tratamiento de cáncer y hospitalización psiquiátrica; dado que en ambos casos se bonificarán en los
porcentajes y topes específicos definidos para los ítems Drogas Citotóxicas en Ciclos de Quimioterapia y Hospitalización Psiquiátrica respectivamente. Se excluyen
asimismo de la oferta preferente, los medicamentos y materiales clínicos por, tratamiento de infertilidad y fibrosis quística del páncreas, dado que se bonificarán en los
porcentajes y topes específicos definidos para la modalidad de libre elección. El tope indicado se aplica por evento/beneficiario.”
3) HOSPITALIZACION PSIQUIATRICA: La bonificación por consultas y tratamientos hospitalarios, como asimismo los medicamentos que se reciban durante la hospita-
lización, se deben sumar para considerar la aplicación del tope de bonificación por año contrato. A modo de ejemplo y sin que esta enumeración sea taxativa, se detallan
las siguientes prestaciones que se considerarán para la determinación de este tope: días cama, medicamentos, exámenes, consultas médicas. Asimismo, se aclara que
la bonificación de cada prestación específica en ningún caso, ni antes ni después de llegado al tope, será inferior al 25% de la definida en el plan general convenido para
la prestación genérica con que se encuentre relacionada.
4) ATENCIONES INTEGRALES DE ENFERMERIA EN DOMICILIO: Se bonificará la atención que reciba el afiliado y sus beneficiarios, sólo cuando sean mayores de 55 años,
o mayores de 15 años que se encuentren postrados o en estado terminal.
5) ATENCIONES INTEGRALES DE ENFERMERIA EN CENTRO DE ADULTO MAYOR: Se bonificará la atención que reciba el afiliado y sus beneficiarios, sólo cuando sean
mayores de 55 años.
6) TOPES DE BONIFICACION: Los topes de bonificación se expresan en UF o en veces el Arancel Consalud (AC1). Los topes en UF se calcularán al valor oficial registrado
por dicha unidad el último día del mes anterior a la fecha en que se bonifica la prestación.
7) VALORIZACION TOPES ANUALES: Para el Tope General Anual por Beneficiario y el Monto Máximo de Bonificación, se contabilizarán las prestaciones que correspon-
dan, las que en caso de estar expresado el tope en U.F. se valorizarán según el valor que tenga dicha unidad el día en que se bonifica la prestación por un periodo máximo
de un año de vigencia de beneficios. Asimismo, se aclara que la bonificación de cada prestación específica en ningún caso, ni antes ni después de llegado al tope, será
inferior al 25% de la definida en el plan general convenido para la prestación genérica con que se encuentre relacionada, ni podrán tener una bonificación inferior a la
cobertura financiera que el Fondo Nacional de Salud asegura, en modalidad libre elección a todas las prestaciones contempladas en el arancel que se refiere el articulo
31 de la Ley Nª19.666 que establece el Régimen General de Garantías de Salud.
8) DROGAS CITOTOXICAS EN CICLOS DE QUIMIOTERAPIA: Corresponde a medicamentos de uso endovenoso. Excluye medicamentos orales, medicamentos
coadyuvantes, medicamentos hormonales, interferon, interleukina, anticuerpos monoclonales, analgésicos, antihistamínicos, soluciones parenterales, alimentos parenterales
y medicamentos estimulantes de colonias.
9) PRESTACIONES DENTALES (PAD): Podrán acceder a la bonificación de los tratamientos contemplados en los PAD de prestaciones dentales los beneficiarios que
tengan entre 12 años y 17 años 11 meses 29 días, que presenten caries de una o más piezas dentales. Los códigos FONASA de los PAD sujetos a cobertura son:
2503001, 2503002, 2503003, 2503004, 2503005 y 25-03-006. La cobertura se entregará vía IMED en los prestadores en convenio y de acceder a la prestación en un
prestador sin convenio la cobertura se entregará vía reembolso.
11) MARCOS Y CRISTALES OPTICOS: Se bonificará los marcos y cristales ópticos sólo con la presentación de la boleta correspondiente.
A ) El afiliado debe tener presente que la cobertura preferente hospitalaria, rige sólo si esta se realiza en Clínica Avansalud,Hospital Clínico U. de Chile,
Clínica Quilín, Hospital del Profesor y Hospital Parroquial San Bernardo,en habitación individual con modalidad institucional, lo que significa que los
cirujanos serán asignados por el establecimiento hospitalario. En el evento que la hospitalización se realice en una habitación de tarifa superior
a las que se indicaron precedentemente, en cada caso, se bonificará bajo la modalidad libre elección.
A.1 La habitación Individual se utilizará según disponibilidad de la clínica. En caso de no existir disponibilidad de la habitación individual, se utilizará
la habitación doble.
B) El afiliado debe considerar que aquellas prestaciones específicas que, pudiendo entenderse incorporadas en la oferta preferente, no se realizan
por el respectivo prestador, serán derivadas por la Isapre a un prestador de similares características, en cuyo caso se mantendrán las
condiciones de cobertura del plan.
C) En caso de insuficiencia de un prestador en convenio, es decir, cuando por falta de profesionales o medios, aquéllos se encuentran imposibilitados
temporalmente de realizar alguna de las prestaciones que forman parte de la oferta preferente y ha transcurrido el tiempo de espera previsto en
el Plan de Salud para el otorgamiento de las mismas, el beneficiario tendrá el derecho de solicitar a Isapre CONSALUD la derivación a otro
prestador, en cuyo caso rige lo mismo señalado en el punto B). Esta derivación sólo tendrá por objeto el otorgamiento de las prestaciones
específicas que no pudieron ser brindadas por los prestadores preferentes. Las prestaciones que se otorguen con ocasión de la derivación,
deberán ser bonificadas por la Isapre manteniendo el monto que le habría correspondido copagar al afiliado de haberse atendido en el prestador
que dio origen a la derivación. De realizarse la atención en un prestador distinto a los prestadores preferentes sin la autorización expresa de
CONSALUD, la cobertura se hará bajo la modalidad libre elección. Esta solicitud de derivación se podrá solicitar en el formulario correspondiente
en cualquier oficina de Consalud o en los puestos de atención que la Isapre tiene en las oficinas de los prestadores preferentes y, en días festivos
u horarios inhábiles, podrá hacerse al fono 600-Consalud, para obtener respuesta a más tardar al día hábil siguiente.
D) Para recibir Atenciones de Urgencia el afiliado deberá acudir a alguno de los prestadores indicados en el recuadro «ATENCIONES DE URGENCIA»
del Plan de Salud. La bonificación en estos prestadores será la correspondiente a «OFERTA PREFERENTE». En caso de que la atención de
urgencia ocurra en un prestador distinto a los señalados en el Plan, la cobertura se hará según lo indicado en « CUADRO DE COBERTURA EN
LIBRE ELECCION».
E) El afiliado que con ocasión de una emergencia haya ingresado a un prestador distinto de los mencionados en el recuadro «ATENCIONES DE
URGENCIA» del esquema del Plan de Salud, tendrá derecho a ser trasladado a alguno de los prestadores individualizados en el Plan de Salud, para
acceder a la «OFERTA PREFERENTE». Por su parte CONSALUD tendrá el derecho a trasladar al afiliado a uno de estos prestadores una vez que
lo autorice el médico tratante. Si el afiliado no accede a este traslado y opta por permanecer en el prestador en que se encuentre, la cobertura se
hará bajo modalidad libre elección.
F) Las prestaciones de salud que el afiliado reciba en el extranjero, sólo serán cubiertas en caso de urgencia. La cobertura se regirá de acuerdo a
lo indicado en «CUADRO DE COBERTURA EN LIBRE ELECCION». El afiliado, deberá entregar en la sucursal de Isapre consalud, la documentación
(antecedentes médicos y documentos de cobro) traducidos al español y debidamente legalizada por el consulado respectivo, es decir, en el País
donde recibió la atención de urgencia. El plazo para presentar dicha documentación, es de 90 días desde la emisión de la factura.
G) El término del convenio entre un prestador e Isapre CONSALUD, o cualquier modificación que éstos le introduzcan, no afectará el monto que, en
virtud del plan contratado, le corresponde copagar a los beneficiarios por las atenciones recibidas del respectivo prestador, hasta la anualidad que
corresponda, al cumplimiento de la cual la Isapre podrá adecuar el contrato.
H) Si durante la vigencia del plan contratado, terminare la existencia legal del o los prestadores individualizados en el plan o éstos experimentaren una
pérdida total de su infraestructura o una paralización permanente de sus actividades, la Isapre deberá comunicar por escrito dicho evento a cada
uno de los cotizantes afectados, junto con las alternativas de planes que dispone para ellos. En esta oferta deberá contemplarse como mínimo,
el Plan de Salud que tenga el precio que más se ajuste al monto de la cotización legal que corresponda a la remuneración del afiliado al momento
de modificarse el contrato.
CONDICIONES Y CARACTERISTICAS DE LA OFERTA PREFERENTE DEL PLAN CON PRESTADORES PREFERENTES63-PRSDE1A-6
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K) En los siguientes casos el copago fijo por evento, estipulado en el plan, no rige y la bonificación será calculada de la siguiente manera:
Enfermedades, Patologías o Condiciones de Salud Preexistentes Declaradas:
Las prestaciones de salud por enfermedades, patologías o condiciones de salud preexistentes declaradas por el afiliado o sus beneficiarios que
se efectúen dentro de los primeros 18 meses de vigencia de beneficios tendrán una bonificación del 25% de la diferencia entre el monto total de
la factura del evento y el copago fijo indicado en el plan.
En ningún caso la cobertura financiera será inferior a la que otorga el Fonasa en la Modalidad de Libre Elección, ni al 25% de la prevista en el Plan
de Salud para la prestación genérica correspondiente.
Ejemplo de Aplicación Regla:
Monto total de la factura: $ 100.000
Copago del evento en el plan: $ 40.000
Bonificación beneficiario en periodo de preexistencia: ($ 100.000 - $ 40.000) * 25% = $ 15.000
Copago beneficiario: $ 100.000 - $ 15.000 = $ 85.000
Cobertura por Atención de Parto:
Para las prestaciones originadas en la atención del parto de beneficiarias que suscribieron un contrato de salud embarazadas, la cobertura será
el resultado de la diferencia entre el monto total de la factura del evento y el copago fijo indicado en el plan para la prestación, multiplicado por la
proporción entre el número de meses de vigencia de los beneficios que tenga la beneficiaria al momento de producirse el parto y el número total
de meses de duración del embarazo.
Ejemplo con Parto a los 9 meses, de Beneficiaria con 5 meses vigencia de Beneficios:
Monto total de la factura: $ 100.000
Copago del evento en el plan: $ 40.000
Bonificación beneficiario en periodo de preexistencia: ($ 100.000 - $ 40.000) * (5/9) = $ 33.333
Copago beneficiario: $ 100.000 - $ 33.333 = $ 66.667
(*) Los montos utilizados son solo de referencia para efectos ejemplificativos y no necesariamente tienen relación con la cobertura del plan de
salud.
I) Si durante la vigencia del plan contratado, el o los prestadores individualizados en el plan experimentaren una pérdida parcial y permanente de su
infraestructura o una sustitución de la especialidad médica a que estaban orientados al momento de celebrarse el contrato, la Isapre deberá
comunicar por escrito dicho evento a cada uno de los cotizantes afectados, junto con las alternativas de planes que dispone para ellos. En esta
oferta deberá contemplarse como mínimo, el Plan de Salud que tenga el precio que más se ajuste al monto de la cotización legal que corresponda
a la remuneración del afiliado al momento de modificarse el contrato.
J) CONSALUD ofrecerá un nuevo Plan de Salud al afiliado si este así lo requiere, y su petición se fundamenta en alguna de las siguientes situaciones:
• Modificación del domicilio consignado al incorporarse al plan y que se acredite que dicho cambio dificulta significativamente el acceso de los
beneficiarios a los prestadores individualizados en el plan.
• Incumplimiento por parte de la Isapre de la derivación señalada en el punto C) precedente, o derivación a un prestador distinto de los indicados
en el presente Plan de Salud o por falta de atención efectiva y oportuna por parte del prestador derivado.
• Falta de otorgamiento de la atención de salud al cotizante o beneficiario que se ha ceñido a los procedimientos de acceso y derivación definidos
en el Plan.
CONDICIONES Y CARACTERISTICAS DE LA OFERTA PREFERENTE DEL PLAN CON PRESTADORES PREFERENTES63-PRSDE1A-6
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L) REAJUSTES DE COPAGOS FIJOS: Los copagos fijados en pesos, de acuerdo al presente plan, tanto hospitalarios, ambulatorios y de urgencia integral, podrán
reajustarse los días 01 de abril de cada año en el mismo porcentaje que lo haga el Arancel.
REAJUSTE DE COPAGOS FIJOS EN PESOS
M) INTERVENCIONES HOSPITALARIAS QUE DAN DERECHO A COPAGO FIJO POR EVENTO
M ) Listado de intervenciones afectas a copago fijo por evento:
CÓDIGO NOMBRE DE LA PRESTACIÓN
1802081 COLECISTECTOMIA POR LAPAROSCOPIA, PROC. COMPLETO
2104159 MENISCECTOMIA U OTRAS INTERVENCIONES POR VIA ARTROSCOPI
1802001 DIAFRAGMATICA POR VIA ABDOMINAL O CUALQUIERA OTRA HERNI
1302029 AMIGDALECTOMIA C/S ADENOIDECTOMIA
1902082 CIRCUNCISION(INCLUYE SECCION DEL FRENILLO, Y/O DE SINEQ
1902090 LITIASIS RENAL TRAT. POR ONDA DE CHOQUE(LITOTRIPSIA EXT
2003010 HISTERECTOMIA POR VIA ABDOMINAL,C/S ANEXECTOMIA UNI O B
2004001 ABORTO RETENIDO, VACIAMIENTO DE(INCLUYE LA INDUCCION EN
2004002 RASPADO UTERINO DIAGNOSTICO O TERAPEUTICO POR METORRAGI
1103049 HERNIA NUCLEO PULPOSO, ESTENORRAQUIS, ARACNOIDITIS , FI
1703030 SAFENECTOMIA INTERNA Y/O EXTERNA, UNILATERAL
1103066 SINDROME DEL TUNEL DEL CARPO O DEL TARSO U OTRO, TRAT.
1802003 HERNIA INGUINAL, CRURAL, UMBILICAL, DE LA LINEA BLANCA O
1902075 VARICOCELE UNILATERAL, TRAT.QUIR.
1803018 HEMORROIDECTOMIA (INCLUYE OTRAS OPERACIONES COMPLEMENTA
1302028 ADENOIDECTOMIA (PROC.AUT.)
2104190 HALLUX VALGUS O RIGIDUS, TRAT. QUIR. COMPLETO (CUALQUIE
2002002 MASTECT.PARC.(CUADRANT.O SIMIL.)O TOTAL S/VACIAM.GANGLI
2002003 MASTECT.RADIC.O TUMORECT.C/VACIAM.GANGLI.O MASTECT.TOTA
2003012 CONIZACION Y/O AMPUTACION DEL CUELLO, DIAGNOSTICA Y/O T
2104181 RUPTURA TENDON DE AQUILES O TIBIAL POSTERIOR, TENORRAFI
M ) Ante la eventualidad de existir dos o mas intervenciones hospitalarias en un mismo evento, se bonificará de acuerdo a la prestación principal que originó la
hospitalización.
N ) Si el afiliado, producto de la atención de urgencia integral, debe quedar hospitalizado, deberá cancelar el copago fijo que corresponda de acuerdo al tipo de atención señalado
en el cuadro "ATENCIÓN INTEGRAL DE URGENCIA" mas el copago correpondiente a la hospitalización respectiva.
(O) Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite, a condición que en la Declaración de Embarazo que éste (a) deberá suscribir con
este solo objeto, se consigne que la cotizante o beneficiaria, según sea el caso, no se encuentra embarazada.
El (la) cotizante tendrá derecho a optar, al menos, entre los siguientes planes de salud:
a) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquél que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán efectuarse los ajustes que
correspondan en relación a los restantes beneficios del nuevo plan.
b) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los ajustes pertinentes en relación al
precio del nuevo plan.63-PRSDE1A-6
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NUEVA COBERTURA AMBULATORIA PAD DENTAL
A las actuales coberturas ambulatorias del plan de Salud que se encuentran detalladas en el plan
contratado, se incorporó a partir del 20 de Julio del 2013 una cobertura especial a paquetes dentales
para los beneficiarios de Isapre Consalud entre 12 y menores de 18 años de edad.
Se establecieron 3 paquetes de obturación (tapaduras) y 3 paquetes de endodoncia con una
bonificación establecida. El detalle de lo que contiene el paquete y la bonificación que tienen que
entregar la Isapre es la siguiente:
Los 3 paquetes de obturación consideran el tratamiento del número de piezas que se indican (1
pieza, de 2 hasta 4 piezas, y más de 4 piezas), y la bonificación corresponde al tratamiento. Los 3
paquetes de endodoncia consideran el tratamiento de las piezas individuales y la bonificación se
establece de acuerdo a cada pieza tratada.
Existen dos modalidades para obtener la cobertura de los PAD dentales:
1. En los centros dentales de Megasalud con bonificación inmediata de 40% sobre los
valores PAD establecidos por Megasalud, sin ser requerido el formulario de solicitud de
tratamiento dental.
2. En cualquier otro centro dental donde entreguen las coberturas PAD, ante lo cual el
beneficio se entregará solo vía reembolso con una cobertura máxima de acuerdo a lo
indicado en el cuadro superior y previo análisis de cobertura por parte de la Contraloría
Ambulatoria de nuestra Isapre. Se requiere necesariamente que el dentista tratante
complete el formulario de Solicitud de Tratamiento Dental que se encuentra disponible
en cualquier sucursal de Consalud, y que se adjunten a la solicitud de reembolso las
radiografías que dieron origen al tratamiento.
CODIGO
PAD GLOSA BONIFICACION
ISAPRE
2503001 PAD OBTURACION DIAGNOSTICO TRATAMIENTO DE UNA PIEZA DENTAL 18.900
2503002 OBTURACION DIAGNOSTICO TRATAMIENTO HASTA 4 PIEZA DENTAL 19.000
2503003 OBTURACION DIAGNOSTICO TRATAMIENTO MAS DE 4 PIEZA DENTAL 28.800
2503004 TRATAMIENTO ENDODONCIA INCISIVO (1 PIEZA) 32.450
2503005 TRATAMIENTO ENDODONCIA PREMOLAR (1 PIEZA) 34.650
2503006 TRATAMIENTO ENDODONCIA MOLAR (1 PIEZA) 42.00063-PRSDE1A-6
6 / 7
PLAN RED SALUD DUO EMPRESAS 1A 63-PRSDE1A-6
SELECCIÓN DE PRESTACIONES VALORIZADAS
Valorizada al 08 de Agosto del 2014
PRESTACIONES
LIBRE ELECCIÓN BENEFICIOS ASOCIADOS A CIERTOS PRESTADORES
%
BONIFICACIÓN
TOPE
$
%
BONIFICACIÓN
TOPE
$
COPAGO(*)
$
NÚMERO DEL
PRESTADOR(E)
PARTO NORMAL
Derecho de Pabellón 6 25% 41.813 1
Honorarios Médicos 25% 83.188 1
Honorarios Matrona 25% 20.329 1
Atención Inmediata Recién Nacido 25% 8.789 1
Visita Neonatólogo 25% 4.815 1
PARTO POR CESAREA
Derecho de Pabellón 7 25% 56.744 1
Honorarios Médicos 25% 102.195 1
Honorarios Matrona 25% 20.329 1
Atención Inmediata Recién Nacido 25% 8.789 1
Visita Neonatólogo 25% 4.815 1
APENDICECTOMIA
Derecho de Pabellon 7 90% 226.976 180% SIN TOPE
Honorarios Médicos 90% 294.872 180% SIN TOPE
COLECISTECTOMIA POR VIDEOLAPAROSCOPIA
Derecho de Pabellón 10 90% 529.444 1
Honorarios Médicos 90% 535.938 1
HISTERECTOMIA TOTAL
Derecho de Pabellón 8 90% 321.508 1
Honorarios Médicos 90% 712.328 1
AMIGDALECTOMIA
Derecho de Pabellón 5 90% 131.208 1
Honorarios Médicos 90% 224.846 1
CIRUGIA CARDIACA DE COMPLEJIDAD MAYOR
Derecho de Pabellón 14 90% 1.040.192 180% SIN TOPE
Honorarios Médicos 90% 2.077.276 180% SIN TOPE
EXTIRPACION TUMOR Y/O QUISTE ENCEFALICO
Derecho de Pabellón 12 90% 796.060 180% SIN TOPE
Honorarios Médicos 90% 1.038.634 180% SIN TOPE
DIAS CAMA
Medicina 90% 84.256 180% SIN TOPE
Sala Cuna 25% 12.037 1
U.T.I. ADULTO 90% 192.584 180% SIN TOPE
U.T.I. PEDIATRIA 90% 192.584 180% SIN TOPE
U.T.I. NEONATAL 25% 48.146 1
MEDICAMENTOS Y MATERIAL CLINICO : (B)
Apendicectomía 90% 481.460 1
Hospitalización Neumonia 90% 481.460 1
HOSPITALARIA
CONSULTAS
Consulta Médica Electiva 70% 9.629 80% SIN TOPE
Consulta Psiquíatrica (A) 70% 18.867
EXAMENES Y PROCEDIMIENTOS
Hemograma 70% 2.815 180% SIN TOPE
Estudio De Lípidos Sanguíneos 70% 5.848 180% SIN TOPE
Perfíl Bioquímico 70% 7.942 180% SIN TOPE
Urocultivo 70% 3.414 180% SIN TOPE
Orina Completa 70% 1.750 180% SIN TOPE
Densitometría Ósea 70% 36.902 1
Citodiagnóstico Corriente 70% 5.950 180% SIN TOPE
Estudio Histopatológico Corriente 70% 12.144 180% SIN TOPE
Exploración Vitreorretinal 70% 5.469 1
Electrocardiograma de reposo 70% 5.724 1
Ecocardiograma Doppler 70% 51.944 1
Gastroduodenoscopia 70% 31.363 1
Hemodiálisis con Insumos Incluidos 70% 46.770 1
Rodillera, Bota Larga o Corta 70% 13.990 1
IMAGENOLOGIA
Radiografía de Tórax 70% 14.651 180% SIN TOPE
Mamografía Bilateral 70% 16.992 180% SIN TOPE
Radiografía de brazo, codo, muñeca 70% 7.146 180% SIN TOPE
Tomografía Axial Computarizada 70% 50.365 180% SIN TOPE
Ecotomografía Abdominal 70% 20.011 180% SIN TOPE
Ecotomografía Ginecológica 70% 10.591 180% SIN TOPE
MEDICINA FISICA
Ejercicios Respiratorios (A) 70% 4.371
Reeducación Motriz (A) 70% 2.576
AMBULATORIA
(A) : Prestación sujeta al siguiente Tope Anual :
* Consulta/Tratamiento Psiquiatria y/o Psicologia (Consulta Psiquiatrica y Otros).............: 4 U.F. .-
* Kinesiología Ambulatoria (Ejercicios Respiratorios, Reeducación Motriz y Otros).............: 5 U.F. .-
(B) : El tope de medicamentos se aplica por evento/beneficiario.
(C) : Reajustabilidad:
Los valores contemplados en esta cartilla fueron calculados al 08 de Agosto del 2014 , por lo que podrán experimentar variaciones de acuerdo
al mecanismo de reajustabilidad contemplado en su contrato. En la especie, el Arancel en pesos se reajustara el 01 de Abril del 2015
Las prestaciones en U.F. se actualizarán al valor oficial registrado por dicha unidad el último día del mes anterior a la fecha en que se
bonifica la prestación.
(E) : Individualización del prestador en las tablas contenidas al dorso.
250.000
250.000
250.000
Fecha Firma Afiliado Firma Consalud