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1ALPE60716

ALEMANA PLUS ESPECIAL 6000

Sin puntaje, no analizado

Desde

$96.173/mes

% Tope %
2.50
UF
4.00
UF
4.00
UF
0.90
UF
1.20
VA
1.80
VA
0.70
VA
Exámenes de Histopatología
0.77 VA
0.80
VA
0.80
VA
15.00
UF 0.80 VA 7.50 UF
10.50
UF
8.00
UF
1.00
VA
1.44
VA
0.60
UF
0.60
UF
2.42
VA
1.09
VA
5.00
UF 50.00 UF
5.00
UF 50.00 UF
0.46
UF
0.50
UF
Exámenes de Laboratorio
0.63 VA
Exámenes de Histopatología
1.05 VA
1.00
VA 7.50 UF
0.77
VA
0.90
VA
Pabellón Ambulatorio (1.d)
1.50 VA
Honorarios Médicos Quirúrgicos (1.d)
2.10 VA
Procedimientos (1.c)
1.12 VA
0.50
VA 7.50 UF
0.32
UF 7.50 UF
1.20
VA 7.50 UF
1.20
VA 7.50 UF
5.00
UF 50.00 UF
1.12
VA
Prótesis y Órtesis
2.42 VA
Atención integral de enfermería (2.h)
1.12 VA
Atención integral de nutricionista (2.h)
1.12 VA 3.70 UF
7.00
UF
4.00
UF
12.00
UF
0.63
UF 2.10 UF
Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica (1.f)
2.63 UF 2.63 UF
0.70
VA 2.10 UF
0.63
UF 1.12 UF
1.00
VA
1.44
VA
1.80
VA
0.63
UF
0.45
VA
2.63
UF
2.00
UF
0.36
VA
1.00
UF 1.00 UF
Box ambulatorio (2.a)(1.d)
2.50 VA
1.20
UF
1.09
VA
70
0.50 UF
Fono CruzBlanca 600 818 0000

Pabellón

Medicamentos en hospitalización (2.g)

Materiales Clínicos e Insumos (2.g)

Honorarios Médicos

Sin Tope

60% Sin Tope

40

Sin Tope

Consulta Oftalmológica

PRESTACIONES RESTRINGIDAS (1.a.1.2)

Sin Tope

Sólo Cobertura Libre Elección
60
Sin Tope

PLAN CON COBERTURA MATERNAL REDUCIDA

Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite. El (la ) cotizante tendrá derecho a optar a incorporarse, dentro de los planes que comercialice la Isapre al menos,
entre los siguientes planes de salud:

i) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán efectuarse los ajustes que correspondan en relación a los restantes
beneficios del nuevo plan.

ii) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los ajustes pertinentes en relación al precio del nuevo plan.

NOMBRE :
ALEMANA PLUS ESPECIAL 6000
Sin Tope

Día cama Cuidados Intermedios

Cirugía de Bariátrica, Metabólica, Fotorrefractiva (lasik) : Honorarios (1.a.2.4)(2.e)

OTRAS COBERTURAS (1.a.1.3)

VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE.

Traslados Médicos (1.i)

PRESTACIONES

Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas

Sólo Cobertura Libre Elección

PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO

Visita Médico Tratante (**)

TIPO DE PLAN :
FUN NºINDIVIDUAL
Día Cama Observación-Recuperación

MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE

Medicamentos en hospitalización (2.g)

PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE PARTO O CESÁREA, ABORTO, EMBARAZO ECTOPICO, HOSPITALIZACIÓN POR AMENAZA DE PARTO PREMATURO.

LIBRE ELECCIÓN

UC San Carlos de Apoquindo

www.cruzblanca.cl

Sin Tope

ATENCIONES DE URGENCIA (1.a.2.3)(1.g)

La cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre
Elección, sin que sean aplicables las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF 1000.

Día Cama Psiquiatría

Día cama Maternidad

Copago Fijo UF 0.70 Clínica Alemana
UC San Carlos de Apoquindo

Consulta Psiquiatría

70

Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria

Radioterapia

Fonoaudiología

Sólo Cobertura Libre Elección

Kinesiología y fisioterapia

Prestaciones Dentales PAD (1.e)

Visita Interconsultor (**) (1.b)

Sólo Cobertura Libre Elección

Quimioterapia (2.d)

Traslados Médicos (1.i)

Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)

Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos (**) (1.c)

PRESTACIONES AMBULATORIAS

PET -CT

Psiquiatría Ambulatoria

Sin Tope

Sin Tope

Clínica Alemana de Santiago
(**) Staff AMCA
UC San Carlos de Apoquindo
(**) Staff Asomeduc
Kinesiología y fisioterapia
Materiales Clínicos e Insumos (2.g)

Honorarios Médicos Quirúrgicos (**)

1.a) OFERTA PREFERENTE
CLINICA ALEMANA

Día cama Cuidados Intensivos o Coronarios

Tope máximo
año contrato por
Beneficiario (2.b)

HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA

Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)

Consulta Médica

Cobertura Internacional (1.k)

60

Cirugía de Bariátrica, Metabólica y Fotorrefractiva (lasik) : Pabellón (1.a.2.4)(2.e)

COBERTURA REDUCIDA DE PARTO, CESÁREA, ABORTO (1.a.1.2)

Tope máximo año contrato por
Beneficiario (2.b)

Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)

Bonificación

Tope

Exámenes de Laboratorio

Día Cama Especialidades

UC San Carlos de Apoquindo

Sin Tope
Sin Tope
Derecho de Pabellón

Drogas Biológicas (2.f)

Prótesis, órtesis y elementos de osteosíntesis.

Día Cama Sala Cuna-Fototerapia

Medicamentos Ambulatorios (1.j)

Día Cama Clínica de Recuperación

Sin Tope

PRESTACIONES AMBULATORIAS

70

60% Sin Tope

60

Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)

Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Mujer

Quimioterapia (2.d)

HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA

PRESTADOR DERIVADO 1.a.1) y 1.a.2.2)

Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Hombre

Sin Tope

Copago Fijo UF 0.60 Clínica Alemana
UC San Carlos de Apoquindo

Bonificación
Copago Fijo
1.00
VA
CODIGO DE PLAN :
1ALPE60716
Óptica (1.h)

Sólo Cobertura Libre Elección
70
Prestaciones Fertilización PAD (1.l):
Cargas
Hombre
Mujer Hombre Mujer
1.80
1.80 1.80 1.80
0.95
0.80 0.80 0.77
0.75
0.55 0.63 0.55
0.65
0.55 0.55 0.55
0.60
0.70 0.55 0.60
0.70
1.55 0.68 0.92
0.80
2.15 0.68 1.50
1.00
3.30 1.00 1.80
1.10
3.05 1.10 1.65
1.30
2.40 1.30 1.55
1.45
2.45 1.45 1.60
1.75
2.70 1.75 1.90
2.40
3.20 2.40 2.10
3.10
3.50 3.10 2.50
4.30
3.70 4.30 3.00
4.50
3.80 4.50 3.25
5.50
4.50 5.50 4.50
5.50
4.90 5.50 4.50
Firma Agente Isapre Cruz Blanca S.A.
Firma Contratante
Nombre :
Nombre :
Rut:
Rut:
1.- Coberturas

2.- Definiciones

3.- Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente.

4.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar

5.-Reajuste del arancel de prestaciones.

(**) Staff Asomeduc
Médicos de Staff Asomeduc en Convenio para el Plan.
20 a menos de 25

80 y más

1.a) La cobertura de la Oferta Preferente se obtiene sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso.

60 a menos de 65

65 a menos de 70

45 a menos de 50

$

CODIGO DE PLAN :

Huella Dactilar

NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD : 1ALPE60716

1.a.1) Es prestador Derivado Ambulatorio del Plan ALEMANA PLUS ESPECIAL 6000, la Clínica San Carlos de Apoquindo. En caso de insuficiencia en una dirección de atención, el beneficiario recibirá la misma
cobertura señalada en el Plan de Salud Complementario si utiliza cualquiera de las otras direcciones de atención de éste prestador.

Contratante

PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE PARTO: La Cobertura restringida de Parto Cesárea y Aborto corresponden a las prestaciones referidas al embarazo (parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico,
hospitalizaciones por complicaciones del embarazo) cuya cobertura corresponderá al mayor valor resultante entre el 25% de lo estipulado en el Plan de Salud Complementario para la libre elección y la cobertura
financiera que asegura el Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las prestaciones contempladas en el Arancel. Se deja constancia que para este tipo de Planes, no será aplicable la cobertura proporcional a
la que alude el inciso segundo letra g) párrafo segundo del artículo 189 del D.F.L.N°1, de 2005, de Salud.

1.d) En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 ó superior, o uso de anestesia general, éstos ítems :Box Ambulatorio, Pabellón y Honorarios Médicos, tendrán la cobertura equivalente a la atención
hospitalizada.

1.j) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología.

1.h) Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción
del reembolso de lentes de presbicia.

1.i) La cobertura de traslados médicos se otorga sólo con indicación médica justificada.

1.g) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil.

1.a.1.2) Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección.

1.f) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento.

1.a.2) Oferta preferente Hospitalaria:

1.a.2.2) Es prestador Derivado para las atenciones hospitalarias del Plan ALEMANA PLUS ESPECIAL 6000, UC San Carlos de Apoquindo. En caso de insuficiencia del prestador principal, el beneficiario recibirá la
misma cobertura señalada en el Plan de Salud Complementario si utiliza éste prestador. Tratándose de la cobertura de honorarios médicos quirúrgicos, sólo corresponderá cobertura preferente si utiliza médicos con
convenio para el Plan, de lo contrario, la cobertura de este ítem será la de Libre Elección.

1.a.2.1) Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará la habitación Individual o la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el prestador. Se
excluye de la cobertura preferente la hospitalización en Suite o Departamento.

Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente" .

2.e) Se entiende por Cirugía Bariátrica o de Obesidad al By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico, sea efectuado en pacientes obesos o no.

2.g) El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario
mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más
establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento.

2.h) La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: pacientes con riesgo cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad o sobrepeso según
criterios de índice de Masa Corporal (I.M.C) y con diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes, para casos de enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de enfermería del adulto
mayor, atendido por enfermeras universitarias.

2.b) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximos usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección. El valor indicado rige para cada beneficiario
por año vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, la bonificación
corresponderá al mayor valor entre el 25% de la cobertura estipulada en el plan de salud y la cobertura financiera que asegura el Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las prestaciones contempladas en el
Arancel, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado.

1.a.2.3) Este Plan aplicará cobertura preferente a las hospitalizaciones de urgencia efectuadas en regiones distintas de la Región Metropolitana. Se entenderá por hospitalización de urgencia aquella derivada de un
servicio de urgencia, que por condición de salud o cuadro clínico del paciente, requiere atención médica inmediata e impostergable. No estará afecto a esta ampliación de cobertura ninguna hospitalización
programada, ni la consulta de urgencia o exámenes efectuados en el servicio de urgencia que no forman parte de los gastos de la hospitalización. La ampliación de cobertura consistirá en aplicar a la cuenta
hospitalaria regional, los montos bonificados que Cruz Blanca hubiera pagado si la atención se hubiere efectuado en Clínica Alemana de Santiago.

VA = Veces Arancel; UF = Unidad de Fomento; EXS = Exámenes de Laboratorio; RX = Radiología; TAC= Tomografía axial computarizada (scanner); ECO = Ecotomografías;
RNM= Resonancia Nuclear Magnética.

1.c) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención.

2.a) Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas.

1.k) Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del Contrato de Salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de
pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación.

1.e) Podrán acceder a las prestaciones PAD Dentales sólo los beneficiarios, niños y jóvenes, entre 12 y 17 años, 11 meses y 29 días, que presenten caries de una o mas piezas dentales.

1.b) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.

1.a.2.4) La exclusión de Cobertura Preferente de la Cirugía Bariátrica y Cirugía lasik, corresponde al evento hospitalario completo.

5.a) El Arancel o catálogo valorizado de prestaciones se reajustará el primero de marzo de cada año hasta en un 100% de la variación experimentada por el Índice de Precios del Consumidor (IPC) entre el 1º de Enero
y 31 de Diciembre del año anterior, con un mínimo de 1% de la referida variación. Para el caso que desaparezca o reemplace dicho índice, se sustituirá por el que la autoridad competente disponga en lugar de aquél.
El reajuste y modificaciones antes dichas, son independientes de la obligación de la Isapre de otorgar las nuevas prestaciones que se incorporen al Arancel Fonasa en su modalidad libre elección, desde el momento
de su incorporación, y otorgar, como mínimo, la cobertura financiera que dicho arancel asegura.

2.f) Se entiende por "Drogas Biológicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas.

4.b) Para el pago de la cotización : Si el precio está expresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en que se
devenga la remuneración.

4.a) Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la
respectiva bonificación.

2.d) Se entiende por quiomioterápicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica.

2.c) Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la
Isapre.

(**) Staff AMCA

Identificación Única del Arancel (5.a)

Modalidad del Arancel

25 a menos de 30

TABLA DE FACTORES Nº 537

ALEMANA PLUS ESPECIAL 6000

75 a menos de 80

70 a menos de 75

Contratante

50 a menos de 55

Isapre CruzBlanca - 31

40 a menos de 45

10 a menos de 15

5 a menos de 10

35 a menos de 40

0 a menos de 2

15 a menos de 20

Edad años

2 a menos de 5

1ALPE60716
NOMBRE :
Médicos de Staff Clínica Alemana de Santiago en Convenio para el Plan.

Tratándose de la cobertura de honorarios médicos quirúrgicos, sólo corresponderá cobertura preferente si utiliza médicos con convenio para el Plan, de lo contrario, la cobertura de este ítem será la de Libre Elección.

Precio Total Plan de Salud Complementario
en UF según Grupo familiar.

Precio Base Plan de Salud Complementario
en UF (4.b)

Tope General Anual por Beneficiario 2.b)

55 a menos de 60

5000

30 a menos de 35

1.l) Estas prestaciones incluyen las coberturas de especialidad, exámenes de laboratorio e imagenología propios de este tratamiento, procedimiento de criopreservación, capacitación espermática, inseminación
artificial y los fármacos e insumos requeridos para la realización del tratamiento señalado. Incluyen la totalidad de las prestaciones requeridas para el tratamiento de infertilidad con inseminación artificial desde la
pareja.