%Tope% Exámenes de Histopatología 50.40UF50.40UF 5.60VA 7.98VA 7.98UF 7.98UF 9.00VA 9.00VA 260.00UF780.00UF 260.00UF780.00UF Exámenes de Laboratorio4.90VA Exámenes de Histopatología5.39VA 50.40UF7.00VA50.40UF 4.90VA 3.19VA Pabellón Ambulatorio(1.d) Honorarios Médicos Quirúrgicos(1.d)6.38VA Procedimientos(1.c)5.60VA 5.60VA20.16UF 45.00UF 45.00UF 45.00UF 260.00UF780.00UF 5.60VA Prótesis y Órtesis9.00VA Atención integral de enfermería(2.h)5.60VA Atención integral de nutricionista(2.h)5.60VA18.48UF Prestaciones Dentales PAD (1.k) Obturación: Diagnóstico y tratamiento de 1 pieza dental0.82UF Obturación: Tratamiento más de 1 y hasta 4 piezas dentales0.83UF Obturación: Tratamiento más de 4 piezas dentales1.25UF Endodoncia: Incisivo1.42UF Endodoncia: Premolar1.51UF Endodoncia: Molar1.83UF 2.00VA 45.00UF Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica(1.f)45.00UF 45.00UF 22.50UF 2.00VA 5.60VA Box ambulatorio(2.a) (1.d) 2.50UF 5.00VA2.00UF 9.00VA 90 Fono CruzBlanca 600 818 0000 Drogas Biológicas(2.f) Sólo cobertura libre elección90 Cirugía de Bariátrica, Metabólica y Fotorrefractiva (lasik) : Pabellón(1.a.2.4)(2.e) Medicamentos Ambulatorios(1.j) Honorarios Médicos Quirúrgicos(**) 100Visita Médico Tratante(**) Visita Interconsultor(**) (1.b) Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas PET -CT Cirugía de Bariátrica, Metabólica, Fotorrefractiva (lasik) : Honorarios(1.a.2.4)(2.e) Sin Tope 25 Sin Tope Psiquiatría Ambulatoria Sin Tope Día Cama Maternidad (**) Staff AMCA En Tipo de habitación Individual Medicamentos hospitalarios Materiales Clínicos e Insumos CLÍNICA SANTA MARÍA ATENCIONES DE URGENCIA (1.g) Sin Tope 70% Sin Tope Clínica Alemana de Santiago Consulta Médica Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria Sin Tope Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomgrafía) Radioterapia Sin Tope Sólo cobertura libre elección Sin Tope Sin Tope Fonoaudiología ii) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los ajustes pertinentes en relación al precio del nuevo plan. Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) 100 Quimioterapia(2.d) Consulta Psiquiatría OTRAS COBERTURAS La cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección, sin que sean aplicables las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF 1000. Día Cama Psiquiatría Pabellón PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO TIPO DE PLAN:FUN Nº LIBRE ELECCIÓN MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite, a condición que en la Declaración de Embarazo que éste(a) deberá suscribir con este sólo objeto, se consigne que la cotizante o beneficiaria, según sea el caso, no se encuentra embarazada. El (la ) cotizante tendrá derecho a optar, al menos, entre los siguientes planes de salud: PLAN CON COBERTURA MATERNAL REDUCIDA PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE PARTO O CESÁREA, ABORTO, EMBARAZO ECTOPICO, HOSPITALIZACIÓN POR AMENAZA DE PARTO PREMATURO. i) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán efectuarse los ajustes que correspondan en relación a los restantes beneficios del nuevo plan. CODIGO DE PLAN: Copago Fijo Bonificación. INDIVIDUAL NOMBRE: PRESTACIONES HOMBRE ACTIVO 96001HA9600314 Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) Quimioterapia(2.d) Sin Tope Clínica Alemana de Santiago Día cama Cuidados Intensivos o Coronarios Prótesis, órtesis y elementos de osteosíntesis. Sin Tope Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos (**)(1.c) Kinesiología y fisioterapia Sin Tope 1.a) OFERTA PREFERENTE Día cama Cuidados Intermedios Derecho de Pabellón Día Cama Sala Cuna-Fototerapia Exámenes de Laboratorio Día Cama Especialidades HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA Día Cama Observación-Recuperación Tope máx. Año contrato por beneficiario. (2.b) Sin Tope Sin Tope Tope Sin Tope Traslados médicos Consulta Oftalmológica 100% Sin Tope Sin Tope Sin Tope Tope máx. Año contrato por beneficiario. (2.b) Sin Tope 90Sin Tope PRESTACIONES AMBULATORIAS Kinesiología y fisioterapia Sin Tope COBERTURA REDUCIDA DE PARTO, CESÁREA, ABORTO: Hospitalarias y Cirugía Mayor Ambulatoria(1.a.2.2) Sin Tope VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE. Cobertura Internacional(1.l) INTEGRAMEDICA Sólo cobertura libre elección Prestaciones Ambulatorias(1.a.1.2) PRESTADOR DERIVADO Honorarios Médicos Sin Tope 90Sin TopeSin Tope www.cruzblanca.cl Traslados(1.i) Óptica(1.h)Sólo cobertura libre elección 100 Bonificación. Medicamentos en hospitalización(2.g) Materiales Clínicos e Insumos(2.g) Sin Tope Sólo cobertura libre elección PRESTACIONES RESTRINGIDAS (1.a.1) Día Cama Clínica de Recuperación Sin Tope Sin Tope90 Sin Tope 90 401.00 VA Sólo cobertura libre elección 70% Sin Tope Clínica Alemana de Santiago Sin Tope
Cargas HombreMujerHombreMujer 1.801.801.801.80 0.950.800.800.77 0.750.550.630.55 0.650.550.550.55 0.600.700.550.60 0.701.550.680.92 0.802.150.681.50 1.003.301.001.80 1.103.051.101.65 1.302.401.301.55 1.452.451.451.60 1.752.701.751.90 2.403.202.402.10 3.103.503.102.50 4.303.704.303.00 4.503.804.503.25 5.504.505.504.50 5.504.905.504.50 Nombre :Nombre : Rut:Rut: 1.- Coberturas 2.- Definiciones (*)CLAS = (**) Staff AMCA= 5.-Reajuste del arancel de prestaciones. PrecioTotalPlandeSaludComplementarioenUF según Grupo familiar 1.k)Podran acceder a las prestaciones PAD Dentales sólo los beneficiarios, niños y jovenes entre 12 y 17 años 11 meses y 29 días que presenten caries de una o mas piezas dentales. Firma ContratanteFirma Agente Isapre Cruz Blanca S.A. a)El Arancel o catálogo valorizado de prestaciones se reajustará el primero de marzo de cada año hasta en un 100% de la variación experimentada por el Índice de Precios del Consumidor (IPC) entre el 1º de Enero y 31 de Diciembre del año anterior, con un mínimo de 1% de la referida variación. Para el caso que desaparezca o reemplace dicho índice, se sustituirá por el que la autoridad competente disponga en lugar de aquél. El reajuste y modificaciones antes dichas, son independientes de la obligación de la Isapre de otorgar las nuevas prestaciones que se incorporen al Arancel Fonasa en su modalidad libre elección, desde el momento de su incorporación, y otorgar, como mínimo, la cobertura financiera que dicho arancel asegura. Medícos de Staff Clínica Alemana de Santiago en Convenio para el Plan. 1.a.1.1) Red Ambulatoria 1.a.1.1) Oferta preferente Ambulatoria: 1.a)La cobertura de la Oferta Preferente se obtiene sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso. 1.a.1)Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección. 3.- Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente. 4.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar 1.l)Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del contrato de salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. 1.a.2.4)La exclusión de Cobertura Preferente de la Cirugía Bariátrica y Cirugía lasik, corresponde al evento hospitalario completo. Huella Dactilar Modalidad del Arancel 15 a menos de 20Isapre CruzBlanca-31 La Cobertura restringida de Parto Cesárea y Aborto corresponden a las prestaciones referidas al embarazo (parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico, hospitalizaciones por complicaciones del embarazo) cuya cobertura corresponderá al mayor valor resultante entre el 25% de lo estipulado en el Plan de Salud Complementario para la libre elección y la cobertura financiera que asegura el Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las prestaciones contempladas en el Arancel. Se deja constancia que para este tipo de Planes, no será aplicable la cobertura proporcional a la que alude el inciso segundo letra g) párrafo segundo del artículo 189 del D.F.L.N°1, de 2005, de Salud. 0 a menos de2 1.a.2) Oferta preferente Hospitalaria: 1.b)Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. 1.a.2.3)Este Plan aplicará cobertura preferente a las hospitalizacionesde urgencia efectuadas en regiones distintas de la Región Metropolitana.Se entenderá por hospitalización de urgencia aquella derivada de un servicio de urgencia, queporcondición de salud o cuadro clínico del paciente,requiere atención médica inmediata e impostergable.No estará afecto a esta ampliación de cobertura ninguna hospitalización programada,nila consulta de urgencia o exámenes efectuados en el servicio de urgenciaque no forman parte de los gastos de la hospitalización.La ampliación de cobertura consistirá en aplicar a la cuenta hospitalaria regional, los montos bonificados que Cruz Blanca hubiera pagado si la atención se hubiere efectuado en Clínica Santa María. 1.g)Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil. 1.a.2.2) Es prestador Derivado hospitalario del Plan HOMBRE ACTIVO 9600, CLÍNICA SANTA MARÍA. En caso de insuficiencia de Clínica Alemana de Santiago, el beneficiario recibirá la misma cobertura señalada en el Plan de Salud Complementario si utiliza éste prestador. Tratándose de la cobertura de honorarios médicos quirúrgicos, sólo corresponderá cobertura preferente si utiliza médicos con convenio para el Plan, de lo contrario, la cobertura de este ítem será la de la Libre Elección. 1.a.2.1)Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará la habitación Individual o la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el prestador. Se excluye de la cobertura preferente la hospitalización en Suite o Departamento. 1.d)En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 ó superior, o uso de anestesia general, éstos ítems :Box Ambulatorio, Pabellón y Honorarios Médicos, tendrán la cobertura equivalente a la atención hospitalizada. 1.e)Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del contrato de salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. 2.f)Se entiende por "Drogas Biológicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas. b)Para el pago de la cotización : Si el precio está expresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en que se devenga la remuneración. a)Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la respectiva bonificación. 2.d)Se entiende por quiomioterapicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica. 2.c)Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. 2.a)Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas. 2.b)Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximos usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección. El valor indicado rige para cada beneficiario por año vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, la bonificación corresponderá al mayor valor entre el 25% de la cobertura estipulada en el plan de salud y la cobertura financiera que asegura el Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las prestaciones contempladas en el Arancel, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado. Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente". 2.e)Se entiende por Cirugía Bariátrica o de Obesidad al By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico, sea efectuado en pacientes obesos o no. 2.g)El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. 2.h)La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: Profesional Nutricionista: pacientes con riesgo cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad o sobrepeso según criterios de índice de Masa Corporal (I.M.C) y diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes, para casos de enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de enfermería del adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias. INTEGRAMEDICA Centros Médicos : Las Condes, Manquehue, Barcelona, Centro, Alameda, Norte, Plaza Oeste, San Miguel, Florida Salud, Tobalaba, Estación Central , Puente Alto, Maipú, El Trébol , Talca, La Serena. 1.a.1.2) Es prestador Derivado Ambulatorio del Plan HOMBRE ACTIVO 9600, todos los centros médicos de Integramedica. En caso de insuficiencia en una dirección de atención, el beneficiario recibirá la misma cobertura señalada en el Plan de Salud Complementario si utiliza culquiera de las otras direcciones de atención de éste prestador . 1.c)La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. 1.f)El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiatría es por evento. 1.h)Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. 1.j)La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. Tratándose de la cobertura de honorarios médicos quirúrgicos, sólo corresponderá cobertura preferente si utiliza médicos con convenio para el Plan, de lo contrario, la cobertura de este ítem será la de la Libre Elección. 1.i)La cobertura de traslados médicos se otorga sólo con indicación médica justificada. Clínica Alemana de Santiago NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD : 1HA9600314 70 a menos de 75 75 a menos de 80 50 a menos de 55 65 a menos de 70 80 y más 60 a menos de 65 55 a menos de 60 Contratante 20 a menos de 25 40 a menos de 45 30 a menos de 35 2 a menos de5 10 a menos de 15 Identificación Única del Arancel (5.a) Tope General Anual por Beneficiario (2.b)7000UF TABLA DE FACTORES Nº 537 35 a menos de 40 45 a menos de 50 Precio Base Plan de Salud Complementario en UF (4.b) $ Contratante Edad años 5 a menos de 10 25 a menos de 30