%% 2.50UF 4.50UF 4.50UF 1.30UF 2.50VA 1.96VA 1.00VA Exámenes de Histopatología1.10VA 1.30VA 0.80VA 15.00UF1.17VA7.50UF 11.00UF 5.50UF 1.40VA 1.70VA 0.45UF 0.45UF 1.43VA1.43VA 1.89VA1.89VA 5.18UF57.00UF (a1)0.50UF I0.50UF Exámenes de LaboratorioN1.30VA Exámenes de HistopatologíaT1.43VA E1.30VA G0.80VA R15.00UF1.17VA7.50UF Pabellón Ambulatorio(1.d)A2.80VA M15.00UF2.08VA7.50UF E7.50UF0.24UF7.50UF D7.50UF1.20VA7.50UF I7.50UF1.20VA7.50UF Procedimientos(1.c)C1.30VA Honorarios Médicos Quirúrgicos(1.d)A1.70VA 1.30VA 5.18UF57.00UF Prótesis y Ortesis1.43VA Atención integral de enfermería(2.h)1.30VA Atención integral de nutricionista(2.h)1.30VA4.29UF Obturación: Diagnostico y tratamiento de 1 pieza dental0.82UF Obturación: Tratamiento más de 1 y hasta 4 piezas dentales0.83UF Obturación: Tratamiento más de 4 piezas dentales1.25UF Endodoncia Incisivo1.42UF Endodoncia Premolar1.51UF Endodoncia Molar1.83UF 0.63UF10.00UF Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica(1.f)2.75UF10.00UF 3.50VA10.00UF 0.63UF10.00UF 1.70VA 2.80VA 1.17VA 2.75UF Box ambulatorio(2.a)(1.d)3.50VA 1.10UF 2.50VA1.00UF 1.89VA UF 0.35 UF 0.35 15 días 30 días Fono CruzBlanca 600 818 0000 Consulta Médica7 díasProc. diagnósticos y Terapéuticos (** )Staff ISA (**) Staff CSM (**) Staff CIND - CTAB 100% 40%1.00VA UF 0.26 Sin Tope Tope max. Año contrato por Beneficiario(2.b) Bonificación Sin Tope Psiquiatría Ambulatoria Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria70% ExámenesIntervenciones quirúrgicas OTRAS COBERTURAS Tiempos de Espera: Sin Tope Sólo Cobertura Libre Elección Cirugía de Bariátrica, Metabólica, Fotorrefractiva (lasik) : Honorarios(2.e) LIBRE ELECCIÓN Tope max. Año contrato por Beneficiario(2.b) Visita Interconsultor(**) (1.b) Prótesis, órtesis y elementos de osteosíntesis. 70%Sin Tope Sin Tope Día Cama Sala Cuna-Fototerapia Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) 1.a) OFERTA PREFERENTE(*) Clínica Santa María PRESTACIONES AMBULATORIAS Sin Tope Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) Todos en Habitación Individual TIPO DE PLAN: 70% Quimioterapia(2.d) Medicamentos en hospitalización(2.g) Materiales Clínicos e Insumos(2.g) Kinesiología y fisioterapia PRESTADORES DERIVADOS Clínica Dávila www.cruzblanca.cl Consulta Urgencia(**)(1.g)Clínica Dávila 80% FUN Nº Radioterapia Cirugía de Bariátrica, Metabólica y Fotorrefractiva (lasik) : Pabellón(2.e) Sin Tope HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA Bonificación Copago Fijo Tope Sólo Cobertura Libre ElecciónQuimioterapia(2.d) Honorarios Médicos Quirúrgicos(**) Tope 80% Día cama Cuidados Intensivos o Coronarios90 % Sin Tope Sin Tope Sin Tope MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE NOMBRE:INTEGRAMEDICA TRIPLE 5000 INDIVIDUAL Sin Tope 80% Clínica Indisa Clínica Tabancura Sin Tope CODIGO DE PLAN: Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) (** )Staff ISA Sin Tope Fonoaudiología 70% Sólo Cobertura Libre Elección Kinesiología y fisioterapia 80%PET -CT HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA(1.a2.1) (*) VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE. Consulta Urgencia(**)(1.g)CSM - CIND -CTAB Medicamentos Ambulatorios(1.j) PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO Visita Médico Tratante(**) Consulta Médica Traslados médicos(1.i) PRESTACIONES Exámenes de Laboratorio 1ISAT50013 Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) Sin Tope Día Cama Clínica de Recuperación Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas(1.e) Sólo Cobertura Libre Elección Sin Tope PRESTACIONES RESTRINGIDAS (1.l) UF 0.22 Consulta Psiquiatría 80% Sin Tope Prestaciones Dentales PAD(1.m): Exs, RX,TAC,ECO Traslados(1.i) La cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección, sin que sean aplicables las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF 1000. Clínica Santa María Clínica Indisa Clínica Tabancura Sólo Cobertura Libre Elección 70% Sin Tope ATENCIONES DE URGENCIA RNM- PRO-HMQ-DPA 80% Sin Tope Día Cama Especialidades Día cama Cuidados Intermedios Día Cama Observación-Recuperación Día Cama Psiquiatría(1.e) Cobertura Internacional(1.k) Drogas Biológicas(2.g) Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos(**) (1.c) Óptica(1.h) Sólo Cobertura Libre Elección Derecho de Pabellón Consulta Oftalmológica Medicamentos Ambulatorios(1.j) PRESTACIONES AMBULATORIAS(1.a1.2)
HombreMujerHombreMujer 1.801.801.801.80 0.950.800.800.77 0.750.550.630.55 0.650.550.550.55 0.600.700.550.60 0.701.550.680.92 0.802.150.681.50 1.003.301.001.80 1.103.051.101.65 1.302.401.301.55 1.452.451.451.60 1.752.701.751.90 2.403.202.402.10 3.103.503.102.50 4.303.704.303.00 4.503.804.503.25 5.504.505.504.50 5.504.905.504.50 Firma Representante Isapre Cruz Blanca S.A.Firma Contratante Nombre :Nombre : RUT:RUT: Fecha: 1.- Coberturas 1.a1.1)RED AMBULATORIA INTEGRAMEDICAINTEGRAMEDICA CENTROS MEDICOS REGION METROPOLITANA: 1.l)Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo en la modalidad libre elección. 2.- Definiciones 3.- Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente. 4.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar 5.-Reajuste del arancel de prestaciones. Huella Dactilar Contratante UF 0 a menos de2 Precio Base Plan de Salud Complementario en UF (4.b) ContratanteCargas 65 a menos de 70 20 a menos de 25 2 a menos de5 30 a menos de 35 60 a menos de 65 TABLA DE FACTORES Nº 537 1.a1) Oferta preferente Ambulatoria: 75 a menos de 80 Sin Tope Isapre CruzBlanca - 31 PESOS 1.b)Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD : 1ISAT50013 50 a menos de 55 55 a menos de 60 1.a)La cobertura de la Oferta Preferente se obtiene sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso. a2) Oferta preferente Hospitalaria: 1.a1.2)Es prestador derivado para la atención ambulatoriadel Plan Preferente INTEGRAMEDICA Tripleel prestador CLINICA DAVILA.En caso de insuficiencia de INTEGRAMEDICA, el beneficiario recibirá la misma cobertura señalada en el Plan de Salud Complementario si utiliza éste prestador . Tratándose de la cobertura de honorarios médicos quirúrgicos ambulatorios, sólo corresponderá cobertura preferente si utiliza médicos con convenio para el Plan, de lo contrario, la cobertura de este ítem será la de la Libre Elección. La atención médica ambulatoria efectuada en Clínica Santa María, exceptuando los ítems especificados con cobertura preferente para atención de urgencia (Consulta Urgencia, Medicamentos ambulatorios en atención de urgencia) , tendrán la cobertura definida para la libre Elección. a2.4)Para atenciones Hospitalarias derivadas de una atención de urgencia efectuada en Clínica Santa María, Clínica Tabancura, Clínica Indisa o Clínica Dávila,el beneficiario recibirá la cobertura señalada en la oferta preferente del Plan de Salud Complementario,si su atención se efectúa con profesionales del Staff de Clínica Santa María, Clínica Tabancura, Clínica Indisaó Clínica Dávila,suscritos al convenio específico para el Plan, de lo contrario, la cobertura del ítem honorarios será la de la Libre Elección. a2.1)Es prestador derivado para las prestaciones hospitalarias del Plan Preferente Integramedica Triple, Clínica Dávila. Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará la habitación individual estándar con baño privado o la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el prestador. b)Para el pago de la cotización : Si el precio estáexpresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en que se devenga la remuneración. 5.a)El Arancel o catálogo valorizado de prestaciones se reajustará el primero de marzo de cada año hasta en un 100% de la variación experimentada por el Índice de Precios del Consumidor (IPC) entre el 1º de Enero y 31 de Diciembre del año anterior, con un mínimo de 1% de la referida variación. Para el caso que desaparezca o reemplace dicho índice, se sustituirá por el que la autoridad competente disponga en lugar de aquél. El reajuste y modificaciones antes dichas, son independientes de la obligación de la Isapre de otorgar las nuevas prestaciones que se incorporen al Arancel Fonasa en su modalidad libre elección, desde el momento de su incorporación, y otorgar, como mínimo, la cobertura financiera que dicho arancel asegura. 2.f)Se entiende por "Drogas Biológicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas. 35 a menos de 40 40 a menos de 45 1.g)Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil. 2.h)La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: pacientes con riesgo cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad o sobrepeso según criterios de índice de Masa Corporal (I.M.C) y con diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes, para casos de enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de enfermería del adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias. 1.h)Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva,a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. 2.b)Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección y oferta preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, aplicara la regla de bonificación del doble piso mínimo de cobertura legal de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 190 del DFL N° 1 de 2005, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado. VA = Veces Arancel;UF = Unidad de Fomento;EXS = Exámenes de Laboratorio;RX = Radiología;TAC= Tomografía axial computarizada (scanner);ECO = Ecotomografías;RNM= Resonancia Nuclear Magnética, PRO = Procedimientos, HMQ= Honorarios Médicos Quirúrgicos, DPA= Derecho de pabellón. CSM: Clínica Santa María 1.c)La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. 1.e)El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización. 1.d)En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 ó superior, o uso de anestesia general, éstos ítems: Box Ambulatorio, Pabellón y Honorarios Médicos,tendrán la cobertura equivalente a la atención hospitalizada. 25 a menos de 30 a2.3)Para atenciones Hospitalarias programadas, el beneficiario recibirá la cobertura señalada en la oferta preferente del Plan de Salud Complementario, si su atención se efectúa con profesionales del Staff de INTEGRAMEDICA, Clínica Santa María, Clínica Indisa ó Clínica Tabancura suscritos al convenio específico para el Plan, de lo contrario, la cobertura del ítem honorarios será la de la Libre Elección. a2.2)Son prestadores Staff del Plan Preferente INTEGRAMEDICA Triple todos los profesionales médicos que trabajan en INTEGRAMEDICA y que tienen convenio preferente específico para el Plan. a)Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la respectiva bonificación. 2.d)Se entiende por quiomioterapicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica. Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente" . 2.e)Se entiende por Cirugía Bariátrica o de Obesidad al By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico,sea efectuado en pacientes obesos o no. La exclusión de Cobertura Preferente de la Cirugía Bariátrica y Cirugía lasik, corresponde al evento hospitalario completo. (**) Staff CSM = Médicos Staff Clínica Santa Maríaen convenio con Cruz Blanca para el Plan Preferente. (**) Staff CIND - CTAB = Médicos Staff Clínica Indisa, Clínica Tabancura,en convenio con Cruz Blanca para el Plan Preferente. 1.f)El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada. (** )Staff ISA= Médicos Staff INTEGRAMEDICA en convenio con Cruz Blanca para el Plan Preferente. 1.i)La cobertura de traslados médicos se otorga sólo con indicación médica justificada. 1.m)Podrán acceder a las prestaciones PAD dentales solo los beneficiarios, niños y jovenes, entre 12 y 17 años 11 meses y 29 días que presenten caries de una o más piezas dentales. 1.j)La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. 70 a menos de 75 Identificación Única del Arancel (5.a) 10 a menos de 15 2.g)El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. 2.c)Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. 2.a)Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas. 1.k)Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del Contrato de Salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. a2.5)Este Plan aplicará cobertura preferente a las hospitalizacionesde urgencia efectuadas en regiones distintas de la Región Metropolitana.Se entenderá por hospitalización de urgencia aquella derivada de un servicio de urgencia, queporcondición de salud o cuadro clínico del paciente,requiere atención médica inmediata e impostergable.No estará afecto a esta ampliación de cobertura ninguna hospitalización programada,ni la consulta de urgencia o exámenes efectuados en el servicio de urgenciaque no forman parte de los gastos de la hospitalización.La ampliación de cobertura consistirá en aplicar a la cuenta hospitalaria regional, los montos bonificados que Cruz Blanca hubiera pagado si la atención se hubiere efectuado en Clínica DAVILA. Modalidad del Arancel Tope General Anual por Beneficiario 2.b) 80 y más Edad años CSM = Clínica Santa María; CIND = Clínica Indisa, CTAB = Clínica Tabancura. 5 a menos de 10 45 a menos de 50 15 a menos de 20 Integramedica Las Condes, Manquehue, Barcelona, Centro, Alameda, Norte, Plaza Oeste, San Miguel, Florida Salud, Tobalaba, Estación Central y Puente Alto.