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1ISEFA0714

ESP INTEGRAMEDICA FULL A - 3

Puntuación del plan 2,9

Desde

$112.818/mes

% Copago Fijo %
3.50
UF
6.30
UF
6.30
UF
1.75
UF
3.50
VA
2.80
VA
1.00
VA
Exámenes de Histopatología
1.10 VA
1.30
VA
0.80
VA
15.00
UF 1.17 VA 7.50 UF
11.00
UF
5.50
UF
1.40
VA
1.70
VA
0.45
UF
0.45
UF
1.28
VA
2.52
VA
5.70
UF 57.00 UF
(a.1)
0.60 UF
0.65
UF
Exámenes de Laboratorio
I 1.00 VA
Exámenes de Histopatología
N 1.10 VA
T
1.30 VA
Pabellón Ambulatorio(1.d)
E 2.80 VA
Procedimientos (1.c)
G 1.30 VA
Honorarios Médicos Quirúrgicos (1.d)
R 1.70 VA
Atención integral de enfermería (2.h)
A 1.30 VA
Atención integral de nutricionista (2.h)
M 1.30 VA 4.29 UF
D
0.80 VA
E
15.00 UF 1.17 VA 7.50 UF
I
15.00 UF 0.24 UF 7.50 UF
C
15.00 UF 1.20 VA 7.50 UF
A
15.00 UF 1.20 VA 7.50 UF
15.00
UF 2.08 VA 8.25 UF
1.30
VA
5.70
UF 57.00 UF
Prótesis y Ortesis
1.28 VA
Prestaciones Dentales PAD (1.l)

Obturación: Diagnóstico y tratamiento de 1 pieza dental
0.82 UF
Obturación: Tratamiento más de 1 y hasta 4 piezas dentales
0.83 UF
Obturación: Tratamiento más de 4 piezas dentales
1.25 UF
Endodoncia: Incisivo
1.42 UF
Endodoncia: Premolar
1.51 UF
Endodoncia: Molar
1.83 UF
Prestaciones Fertilización PAD (1.m):

Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Hombre
4.00 UF
Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Mujer
12.00 UF
Día cama Maternidad
0.88 UF
Pabellón
0.70 VA
Medicamentos en hospitalización (2.g)
2.75 UF
Materiales Clínicos e Insumos (2.g)
1.38 UF
Honorarios Médicos
0.43 VA
0.88
UF 10.00 UF
Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica (1.f)
2.75 UF 10.00 UF
3.50
VA 10.00 UF
0.88
UF 10.00 UF
1.30
VA
1.70
VA
2.80
VA
2.75
UF
Box ambulatorio (1.d) (2.a)
3.50 VA
1.10
UF
2.50
VA 1.00 UF
2.52
VA
Consulta Urgencia (*) (1.g)
UF 0.49 70% 0.65 UF
UF 0.49

Fono CruzBlanca 600 818 0000

Sin Tope

30 días

Proc. diagnósticos y Terapéuticos

90%

Intervenciones quirúrgicas

Psiquiatría Ambulatoria

Sin Tope

70%

70%

7 días

Tope máximo año
contrato por
Beneficiario (2.b)

1.00 VA

Sin Tope

Sin Tope

80%

70%

EXS, RX,TAC,ECO

Tiempos de Espera:

Consulta Médica

80%

Bonificación

Tope máximo año
contrato por
Beneficiario (2.b)

Bonificación

Sin Tope

HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA

Sin Tope
Sin Tope
Sin Tope

Consulta Oftalmológica

15 días

UF 100

Traslados (1.i)

80%

Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas (1.e)

Sólo Cobertura Libre Elección

Cirugía de Bariátrica, Metabólica, Fotorrefractiva (lasik) : Honorarios (2.e)

Óptica (1.h)

Medicamentos Ambulatorios (1.j)

Medicamentos Ambulatorios (1.j)

Sin Tope

40%

Consulta Urgencia (*) (1.g)

PRESTADORES DERIVADOS 1.a.1.2

Sin Tope

Habitación Individual

Día Cama Clínica de Recuperación

HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA

Exámenes

Tope
Tope
70%

Cobertura Internacional (1.k)

1ISEFA0714

1.a) OFERTA PREFERENTE (*)

CODIGO DE PLAN :

a.2) Red Hospitalaria FULL Planes
INTEGRAMEDICA

Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)

Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)

Día Cama Especialidades

Día cama Cuidados Intermedios

Día Cama Observación-Recuperación

Sin Tope

La cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección, sin que sean aplicables las coberturas
preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF 1000.

Cirugía de Bariátrica, Metabólica y Fotorrefractiva (lasik) : Pabellón (2.e)

ATENCIONES DE URGENCIA

25%

Quimioterapia (2.d)

70%

Kinesiología y fisioterapia

Sin Tope

Clínica Dávila

Clínica Dávila

Prestadores RED Hospitalaria Full Planes
Integramedica (a2) excepto Clínica Dávila

Día Cama Sala Cuna-Fototerapia

100%

(* *)Staff ISA
Staff Preferente Plan
INTEGRAMEDICA

Honorarios Médicos Quirúrgicos (**)

Fonoaudiología

Consulta Psiquiatría

Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria

Exámenes de Laboratorio

PRESTACIONES AMBULATORIAS

80%

i) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán efectuarse los ajustes que correspondan en relación a los restantes
beneficios del nuevo plan.

Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)

Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)

Prótesis, órtesis y elementos de osteosíntesis.

Quimioterapia (2.d)

Visita Interconsultor (**) (1.b)

Sin Tope

Materiales Clínicos e Insumos (2.g)

Derecho de Pabellón

Medicamentos en hospitalización (2.g)

MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE

NOMBRE :

TIPO DE PLAN :

LIBRE ELECCIÓN

ESP INTEGRAMEDICA FULL A-3

FUN Nº

Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite, a condición que en la Declaración de Embarazo que éste(a) deberá suscribir con este sólo objeto, se consigne que la
cotizante o beneficiaria, según sea el caso, no se encuentra embarazada. El (la ) cotizante tendrá derecho a optar, al menos, entre los siguientes planes de salud:

ii) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los ajustes pertinentes en relación al precio del nuevo plan.

80%

Día cama Cuidados Intensivos o Coronarios

Sin Tope

UF 100

Kinesiología y fisioterapia

PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO

Visita Médico Tratante (**) (1.b)

Consulta Médica

Traslados médicos (1.i)

PRESTACIONES

Día Cama Psiquiatría (1.e)

A: PLAN CON COBERTURA MATERNAL REDUCIDA

INDIVIDUAL

Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos (**) (1.c)

UF 0.21

Cobertura Libre Elección

Sin Tope

90 % Sin Tope

Sin Tope

OTRAS COBERTURAS

PET -CT

Sin Tope

Sólo Cobertura Libre Elección

Sin Tope

PRESTACIONES RESTRINGIDAS (1.a.1.1)

COBERTURA REDUCIDA DE PARTO, CESÁREA, ABORTO

Drogas Biológicas (2.g)

RNM- PRO-HMQ-DPA

UF 0.25

Sólo Cobertura Libre Elección

Radioterapia

PRESTACIONES AMBULATORIAS

www.cruzblanca.cl

(*) VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE.

40%
1.00 VA
1.00 VA

Sólo Cobertura Libre Elección
Hombre Mujer Hombre Mujer
1.80
1.80 1.80 1.80
0.95
0.80 0.80 0.77
0.75
0.55 0.63 0.55
0.65
0.55 0.55 0.55
0.60
0.70 0.55 0.60
0.70
1.55 0.68 0.92
0.80
2.15 0.68 1.50
1.00
3.30 1.00 1.80
1.10
3.05 1.10 1.65
1.30
2.40 1.30 1.55
1.45
2.45 1.45 1.60
1.75
2.70 1.75 1.90
2.40
3.20 2.40 2.10
3.10
3.50 3.10 2.50
4.30
3.70 4.30 3.00
4.50
3.80 4.50 3.25
5.50
4.50 5.50 4.50
5.50
4.90 5.50 4.50
Firma Representante Isapre Cruz Blanca S.A.
Firma Contratante
Nombre :
Nombre :
RUT :
RUT :
Fecha :

1.- Coberturas

RED AMBULATORIA INTEGRAMEDICA
INTEGRAMEDICA CENTROS MEDICOS REGION METROPOLITANA:
2.- Definiciones

3.- Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente.

4.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar

5.-Reajuste del arancel de prestaciones.

1.a.1.1) Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección.

(* *)Staff ISA = Médicos Staff INTEGRAMEDICA en convenio con Cruz Blanca para el Plan Preferente.

1.l) Podrán acceder a las prestaciones PAD Dentales sólo los beneficiarios, niños y jóvenes, entre 12 y 17 años, 11 meses y 29 días, que presenten caries de una o mas piezas dentales.

Clínica Bicentenario
Clínica Hospital del Profesor
2.h) La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: pacientes con riesgo cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad o sobrepeso
según criterios de índice de Masa Corporal (I.M.C) y con diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes, para casos de enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de
enfermería del adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias.

2.g) El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un
beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno
o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento.

2.c) Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red
de la Isapre.

2.b) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección y oferta preferente. El valor indicado
rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un
año sea igual al tope, aplicara la regla de bonificación del doble piso mínimo de cobertura legal de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 190 del DFL N° 1 de 2005, determinándose de esta forma el nuevo
copago del afiliado.

2.a) Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas.

Isapre CruzBlanca - 31

75 a menos de 80

50 a menos de 55

0 a menos de 2

80 y más

25 a menos de 30

15 a menos de 20

20 a menos de 25

5 a menos de 10

70 a menos de 75

Cargas

$

Integramedica Las Condes, Manquehue, Barcelona, Centro, Alameda, Norte, Plaza Oeste, San Miguel, Florida Salud, Tobalaba, Estación Central y Puente Alto.

1.a.1) Oferta preferente Ambulatoria:

Identificación Única del Arancel (5.a)

10 a menos de 15

65 a menos de 70

Edad años
Contratante
Clínica Indisa

TABLA DE FACTORES Nº 537

Sin Tope

2 a menos de 5

1.a.2) Oferta preferente Hospitalaria:

Tope General Anual por Beneficiario 2.b)

45 a menos de 50

Clínica Avansalud

1.a) La cobertura de la Oferta Preferente se obtiene sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso.

Se excluye de la Oferta Preferente las prestaciones referidas al embarazo ( parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico, hospitalización por diagnóstico de amenaza de parto prematuro o aborto). Cada una de
los gastos asociados a estos diagnósticos, estarán afectos a una cobertura de un 25% de lo estipulado en el Plan de Salud para la Libre Elección. Se deja constancia que para este tipo de Planes, no será
aplicable la cobertura proporcional que alude el inciso II del artículo 33 letra f) de la Ley Nº18.933.

1.h) Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola
excepción del reembolso de lentes de presbicia.

1.c) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención.

VA = Veces Arancel; UF = Unidad de Fomento; EXS = Exámenes de Laboratorio; RX = Radiología; TAC= Tomografía axial computarizada (scanner); ECO = Ecotomografías; RNM= Resonancia Nuclear
Magnética, PRO = Procedimientos, HMQ= Honorarios Médicos Quirúrgicos, DPA= Derecho de pabellón.

1.g) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgadas en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil.

40 a menos de 45

60 a menos de 65

Clínica Las Lilas

1.a.2.3)En atenciones Hospitalarias programadas ( no urgencia ), el beneficiario recibirá la cobertura señalada en la oferta preferente del Plan de Salud Complementario, sólo si su atención se efectúa con
profesionales del Staff de INTEGRAMEDICA suscritos al convenio específico para el Plan, de lo contrario, la cobertura del ítem honorarios será la de la Libre Elección.

55 a menos de 60

Clínica Dávila

1.a.2.4) Las hospitalizaciones derivadas de una atención efectuada en el Servicio de Urgencia de los prestadores de la Red Hospitalaria Preferente, tendrán la cobertura señalada en la oferta preferente del
Plan de Salud Complementario, incluidos los honorarios médicos de los profesionales staff del prestador en convenio para el Plan.

1.a.2.5) Este Plan aplicará cobertura preferente a las hospitalizaciones de urgencia efectuadas en regiones distintas de la Región Metropolitana. Se entenderá por hospitalización de urgencia aquella derivada
de un servicio de urgencia, que por condición de salud o cuadro clínico del paciente, requiere atención médica inmediata e impostergable. No estará afecto a esta ampliación de cobertura ninguna
hospitalización programada, ni la consulta de urgencia o exámenes, efectuados en servicios de urgencia, que no forman parte de los gastos de la hospitalización. La ampliación de cobertura consistirá en
aplicar a la cuenta hospitalaria regional, los montos bonificados que Cruz Blanca hubiera pagado si la atención se hubiere efectuado en Clínica Indisa

Clínica Tabancura

1.a.2.2) Son prestadores Staff del Plan Preferente INTEGRAMEDICA todos los profesionales médicos que trabajan en INTEGRAMEDICA y que tienen convenio preferente específico para el Plan.

NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD: 1ISEFA0714

1.d) En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 ó superior, o uso de anestesia general, éstos ítems: Box Ambulatorio, Pabellón y Honorarios Médicos, tendrán la cobertura equivalente a la
atención hospitalizada.

Clínica Vespucio

1.a.2.1) Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará la Habitación Individual o la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el
prestador. No se cubre Suite o Departamento.

a.2) Red Hospitalaria FULL Planes INTEGRAMEDICA

1.a.1.2) Es prestador derivado para la atención ambulatoria y hospitalaria del Plan Preferente INTEGRAMEDICA el(los) prestador(es) Clínica Dávila. En caso de insuficiencia de INTEGRAMEDICA, el
beneficiario recibirá la misma cobertura señalada en el Plan de Salud Complementario si utiliza éste(estos) prestador(es) . Tratándose de la cobertura de honorarios médicos quirúrgicos ambulatorios, sólo
corresponderá cobertura preferente si utiliza médicos con convenio para el Plan, de lo contrario, la cobertura de este ítem será la de la Libre Elección.

5.a) El Arancel o catálogo valorizado de prestaciones se reajustará el primero de marzo de cada año hasta en un 100% de la variación experimentada por el Índice de Precios del Consumidor (IPC) entre el 1º
de Enero y 31 de Diciembre del año anterior, con un mínimo de 1% de la referida variación. Para el caso que desaparezca o reemplace dicho índice, se sustituirá por el que la autoridad competente disponga
en lugar de aquél. El reajuste y modificaciones antes dichas, son independientes de la obligación de la Isapre de otorgar las nuevas prestaciones que se incorporen al Arancel Fonasa en su modalidad libre
elección, desde el momento de su incorporación, y otorgar, como mínimo, la cobertura financiera que dicho arancel asegura.

2.f) Se entiende por "Drogas Biológicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas.

b) Para el pago de la cotización : Si el precio está expresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en
que se devenga la remuneración.

a) Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la
respectiva bonificación.

1.e) El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización.

2.e) Se entiende por Cirugía Bariátrica o de Obesidad al By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico, sea efectuado en pacientes obesos o no. La exclusión de
Cobertura Preferente de la Cirugía Bariátrica y Cirugía lasik, corresponde al evento hospitalario completo.

1.k) Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del Contrato de Salud Previsional. En caso de documentos y/o
comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación.

1.f) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada.

Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente" .

2.d) Se entiende por quiomioterapicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica.

Precio Base Plan de Salud Complementario en UF (4.b)

Modalidad del Arancel

35 a menos de 40

30 a menos de 35

1.m) Estas prestaciones serán otorgadas a beneficiarios que tengan entre 25 a 37 años de edad, e incluyen las coberturas de especialidad, exámenes de laboratorio e imagenología propios de este tratamiento,
procedimiento de crio preservación, capacitación espermática, inseminación artificial y los fármacos e insumos requeridos para la realización del tratamiento señalado. Incluyen la totalidad de las prestaciones
requeridas para el tratamiento de infertilidad con inseminación artificial desde la pareja.

1.b) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.

1.j) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología.

1.i) La cobertura de traslados médicos se otorga sólo con indicación médica justificada.

Huella Dactilar Contratante