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1LR7800509

LOS RIOS 7800

Sin puntaje, no analizado

Desde

$120.316/mes

7 8 9 10 11 12 13 14
Individual Grupal FUN N°
% Bonif. % Bonif.
Valor Real Valor Real
1.37 UF 1.37 UF
5.42 VA 5.42 VA
2.45 VA 2.45 VA
2.45 VA 2.45 VA 6.13 UF
9.30 UF 11.01 UF
17.12 UF 19.02 UF
4.65 UF 5.51 VA
9.30 VA 11.01 VA
7.49 VA 7.49 VA
2.93 VA 2.93 VA
3.00 VA 3.00 VA
3.00 VA 3.00 VA
100.00 UF 100.00 UF
22.50 UF 22.50 UF
2.75 UF 2.75 UF
Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica ( e ) 25.00 UF 25.00 UF
11.00 VA 11.00 VA 27.50 UF
9.30 VA 9.30 VA 27.53 UF
1.37 UF 1.37 UF
1.57 UF 1.57 UF
Honorarios Médicos Ambulatorios (i) 5.42 VA 5.42 VA
Día Cama (i) 9.30 VA 9.30 VA
Derecho de Pabellón (i) 7.49 VA 7.49 VA
Procedimientos (c) 2.45 VA 2.45 VA
Laboratorio 2.03 VA 2.03 VA
Rayos - TAC - ECO 2.07 VA 2.07 VA
2.03 VA 2.03 VA
2.45 VA 2.45 VA 6.13 UF
4.98 UF 4.98 UF
1.37 UF 1.37 UF
6.85 VA 6.85 VA
6.85 VA 6.85 VA 6.85 UF
2.45 VA 2.45 VA 4.91 UF
2.00 VA 2.00 VA 0.80 UF
3.02 VA 3.02 VA
3.02 VA 3.02 VA
18.33 UF 18.33 UF 55.00 UF
Fono CruzBlanca 600 818 0000 www.cruzblanca.cl
PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO
Resonancia Nuclear Magnetica
TIPO DE PLAN :
CODIGO DE PLAN : 1LR7800509 NOMBRE : LOS RIOS 7800
Tope
(k)
Año/Benef/UF
100
27.50 UF
a) LE ZONA SUR
UF - Veces Arancel UF - Veces Arancel
Tope Bonificación Tope Bonificación
90
NACIONAL Regiones VII a XII y XIV
Rayos - TAC - ECO
Honorarios Médicos Quirúrgicos
Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos ( c)
Kinesiterapia
Día Cama Especialidades
LIBRE ELECCIÓN
Consulta Médica
70 80
Consulta Urgencia y Oftalmológica (f)
Resonancia Nuclear Magnetica
Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas (d)
Día Cama Clínica de Recuperación
Laboratorio
Medicamentos en hospitalización
Materiales Clínicos e Insumos
Visita Médico Tratante ó Visita Interconsultor (b)
UF
Psiquiatría Ambulatoria
Kinesiterapia
Día Cama Psiquiatría (d)
PRESTACIONES AMBULATORIAS
6.85
Medicamentos Ambulatorios (j)
Consulta Psiquiatría
Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria
Fonoaudiologia
UTI-UCI
Día Cama Sala Cuna-Fototerapia
Día Cama Otros
Derecho de Pabellón
Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de Quimioterapia
OTRAS PRESTACIONES
Óptica (g)
80 80
Prótesis y Ortesis
Traslados (h)
PRESTACIONES HOSPITALIZADAS
1LR7800509 NOMBRE :
Hombre Mujer Hombre Mujer
0 a menos de 2 1.80 1.80 1.80 1.80
2 a menos de 5 0.95 0.80 0.80 0.77
5 a menos de 10 0.75 0.55 0.63 0.55
10 a menos de 15 0.65 0.55 0.55 0.55
15 a menos de 20 0.60 0.70 0.55 0.60
20 a menos de 25 0.70 1.55 0.68 0.92
25 a menos de 30 0.80 2.15 0.68 1.50
30 a menos de 35 1.00 3.30 1.00 1.80
35 a menos de 40 1.10 3.05 1.10 1.65
40 a menos de 45 1.30 2.40 1.30 1.55
45 a menos de 50 1.45 2.45 1.45 1.60
50 a menos de 55 1.75 2.70 1.75 1.90
55 a menos de 60 2.40 3.20 2.40 2.10
60 a menos de 65 3.10 3.50 3.10 2.50
65 a menos de 70 4.30 3.70 4.30 3.00
70 a menos de 75 4.50 3.80 4.50 3.25
75 a menos de 80 5.50 4.50 5.50 4.50
80 y mas 5.50 4.90 5.50 4.50
Firma Agente Isapre Cruz Blanca S.A. Firma Contratante
Nombre : Nombre :
UF 7000 Isapre Cruz Blanca -20
El arancel de prestaciones podrá ser reajustado y/o
modificado dentro del mes de enero de cada año, y los
cambios entrarán en vigencia a contar del primer día de
marzo siguiente. Sin perjuicio de lo anterior, la Isapre está
facultada para incorporar nuevas prestaciones al arancel en
la oportunidad que estime conveniente, las que entrarán en
vigencia al mes siguiente de su incorporación.
UF
LOS RIOS 7800
j) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología.
k) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por
libre elección y por la oferta Preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la
diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, solo se bonificará el
25% de los establecido en el plan de salud, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado, con exclusión de las coberturas que explicitan un
tope por evento o mensual en el plan de salud.
Edad (Años) Contratante Cargas
(h) Con indicación médica justificada.
(i) Tratándose de intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 o superior y/o uso de anestesia general, la cobertura de las prestaciones
ambulatorias día cama, derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos, se bonificarán con los porcentajes y topes definidos en la cobertura para
prestaciones hospitalizadas.
c) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional
o la institución que realiza la atención.
(El precio se pagará en pesos. Para su cálculo se considera
el valorde la UF del último día del mes al que corresponde
devengar la cotización.)
b) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.
NOTAS EXPLICATIVAS
a) El presente Plan de Salud contempla mayor porcentaje de cobertura para todas las prestaciones que se realicen en las Regiones VII a XII y
XIV .
Precio Base Plan de Salud
Complementario en UF
d) El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización
f ) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil.
g) Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva, a cada beneficiario
que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia.
e) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiatrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada.
Tope General por
Beneficiario k)
Nombre Arancel Unidad
Precio Total Plan de Salud
Complementario en UF según Grupo
familiar
CODIGO DE PLAN :
La cobertura Internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección Nacional y está afecta a un tope anual por beneficiario de
UF1000. Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del Contrato de
Salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del ingles, deberán entregarse
traducidos para proceder a su liquidación.
Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el
territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre.
TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537