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1ON8001118

CRUZBLANCA ON 8000 1118

Puntuación del plan 3,9

Desde

$118.688/mes


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ombre: CruzBlanca ON 8000 1118 FUN N°:
Código:
1ON8001118 Tipo de Plan: INDIVIDUAL
PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE

PRESTACIONES
OFERTA PREFERENTE (1.a) Tope máximo
año contrato por

beneficiario (2.b)

LIBRE ELECCIÓN
Tope máximo año
contrato por beneficiario

(2.b)

%
Tope % Tope
HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA
(1.a.2.3)
Día Cama

80% Sin Tope

Clínicas Alemana de Santiago, U. de

Los Andes, UC San Carlos, Santa

María

90% Sin Tope

Clínicas Indisa, RedSal
ud Vitacura,
Bupa Santiago, Dávila, RedSalud

Santiago, RedSalud Providencia

Sin Tope

80%

6.00
UF
Sin Tope

Día Cama Cuidados Intensivos o coronarios
9.00 UF
Día Cama Cuidados intermedios
9.00 UF
Día Cama Sala Cuna
-Fototerapia 3.00 UF
Día
Cama Observación-Recuperación 6.00 VA
Derecho de Pabellón
3.00 VA
Exámenes de laboratorio
1.60 VA
Exámenes de Histopatología
1.76 VA
Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)
1.60 VA
Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)
1.40 VA
Kinesiología y fisioterapia
25.00 UF 2.50 VA 7.50 UF
Medicamentos (2.g)

Sin Tope

30.00
UF
Sin Tope

Materiales e insumos clínicos (2.g)
19.50 UF
Procedimientos (**)(1.c)
(1.a.2) 2.20 VA
Honorarios médicos quirúrgicos (**)
Habitación Individual (1.a.2.1)
(**)Staff Médicos Clínicas
(1.a.2.2)
2.30
VA
Visita por médico tratante (**) (1.b)
0.90 UF
Visita por médico interconsultor (**) (1.b)
0.90 UF
Prótesis, órtesis y elementos de osteosíntesis

Sólo Cobertura Libre Elecc
ión. 70%
4
.07 VA
Traslados Médicos (1.i)
4.02 VA
Drogas Biológicas (2.f)
45.00 UF 68.00 UF
Quimioterapia (2.d)

AMBULATORIAS

Consulta médica
70% Sin Tope
Integramédica

RED A1:Clínicas Santa Maria, Indisa, RedSalud

Vitacura, Bupa Santiago, Dá
vila, RedSalud
Santiago, RedSalud Providencia

60% Sin Tope

RED A2: Clínicas Alemana de Santiago, U. de Los

Andes, UC San Carlos

70%

0.70
UF
Sin Tope

Consulta oftalmológica
0.70 UF
Exámenes de laboratorio
1.00 VA
Exámenes de histopatología
1.10 VA
Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)
1.20 VA
Pabellón ambulatorio (1.d)
2.00 VA
Procedimientos (1.c)
2.00 VA
Honorarios médicos quirúrgicos (1.d)
2.00 VA
Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)
(1.a.1) 1.00 VA
Atención i
ntegral de enfermería (2.h)
Sólo Cobertura Libre Elección.

2.00
VA
Atención
integral de nutricionista 2.00 VA 6.60 UF
Kinesiología y fisioterapia
2.00 VA 7.50 UF
Consulta psiquiatría
0.60 UF 7.50 UF
Psiquiatría ambulatoria
1.20 VA 7.50 UF
C
onsulta psicología - Psicología ambulatoria 1.20 VA 7.50 UF
Fonoaudiología
2.50 VA 8.25 UF
Radioterapia
2.00 VA Sin Tope
Quimioterapia (2.d)
45.00 UF 68.00 UF
Prótesis y órtesis
3.70 VA Sin Tope
Prestaciones dentales (PAD) (1.l)

40%
1.00 VA
7.00
UF
Prestaciones Fertilización PAD (1.e):

Fertilización asistida baja complejidad Hombre
4.00 UF
Fertilización asistida baja complejidad Mujer
12.00 UF
PR
ESTACIONES RESTRINGIDAS (1.a.3)
Día Cama Psiquiatría

Sólo Cobertura Libre Elección
. 80%
2.00
UF
10.00
UF
Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica (1.f)
7.50 UF
Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas
3.85 VA
Día Cama Clínica de Recuperación
1.20 UF
Cirugía de Bariátrica, Metabólica, Fotorefractiva

(lasik)
PET-CT (2.e) 25% de la cobertura general del plan.
O
TRAS COBERTURAS
Box
ambulatorio (2.a) (1.d) 70% Sin Tope RED A1
60% Sin Tope RED A2
70% 2.50 VA Sin Tope
Medicamentos ambulatorios (1.j)
1.10 UF
Óptica (1.h)
Sólo Cobertura Libre Elección. 70% 1.00 UF 1.00 UF
Traslados médicos (1.i)
4.02 VA Sin Tope
Cobertura internacional (1.k)
La cobertura internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la libre elección y está
afecta a un tope anual por beneficiario de UF 1.000.

ATENCIONES DE URG
ENCIA (1.a.2.5) (1.g)
Consulta de Urgencia
(1.a.2.4)
70% Sin Tope RED A1

60% Sin Tope RED A2

70%
0.70 UF Sin Tope
RNM
PRO HMQ DPA
EXS
RX TAC ECO
Medicamentos ambulatorios (1.j)

PRESTADOR DERIVADO (1.a.2.6)

PRESTACIONES AMBULATORIAS
Hospital Clínica Universidad de Chile
HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR

AMBULATORIA
Hospital Clínica Universidad de Chile
VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE.
Firma Afiliado
Nombre
Rut
Fecha
HUELLA DACTILAR
AFILIADO
Firma Representante ISAPRE
Nombre
Rut
Fecha

Nombre:
CruzBlanca ON 8000 1118
Código:
1ON8001118
PRECIO DEL PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO

Precio Base

Precio Total según composición del grupo
familiar

TABLA DE FACTORES N°
537
Edad (Años)
Contratante Cargas
Hombre
Mujer Hombre Mujer
0 a menos de 2
1.80 1.80 1.80 1.80
2 a menos de 5
0.95 0.80 0.80 0.77
5 a menos de 10
0.75 0.55 0.63 0.55
10 a menos de 15
0.65 0.55 0.55 0.55
15 a menos de 20
0.60 0.70 0.55 0.60
20 a menos de 25
0.70 1.55 0.68 0.92
25 a menos de 30
0.80 2.15 0.68 1.50
30 a menos de 35
1.00 3.30 1.00 1.80
35 a menos de 40
1.10 3.05 1.10 1.65
40 a menos de 45
1.30 2.40 1.30 1.55
45 a menos de 50
1.45 2.45 1.45 1.60
50 a menos de 55
1.75 2.70 1.75 1.90
55 a menos de 60
2.40 3.20 2.40 2.10
60 a menos de 65
3.10 3.50 3.10 2.50
65 a menos de 70
4.30 3.70 4.30 3.00
70 a menos de 75
4.50 3.80 4.50 3.25
75 a menos de 80
5.50 4.50 5.50 4.50
80 y más
5.50 4.90 5.50 4.50
Identificación única del arancel
Isapre CruzBlanca 31 Modalidad Arancel $
Tope General por Beneficiario en UF
5000
(2.b)
Nombre: CruzBlanca ON 8000 1118
Código:
1ON8001118
ANEXO DEL PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO MODALIDAD PREFERENTE

NOTAS EXPLICATIVAS

1) Coberturas

1.a) L
a cobertura de la Oferta Preferente se obtiene sólo a través de órdenes de atención con prestadores en convenio especificado.
Se excluye reembolso.

1.a.1) Oferta preferente Ambulatoria:
Integramédica, Clínicas Indisa, RedSalud Vitacura, Bupa Santiago, Dávila, RedSalud
Santiago, RedSalud Providencia, Alemana de Santiago, U. de Los Andes, UC San Carlos, Santa María

1.a.2) Oferta preferente Hospitalaria:
Clínicas Indisa, RedSalud Vitacura, Bupa Santiago, Dávila, RedSalud Santiago, RedSalud
Providencia, Alem
ana de Santiago, U. de Los Andes, UC San Carlos, Santa María
1.a.2.1) Para determinar la bonificación preferente hospit
alaria se considerará la Habitación Individual o la de menor valor
efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vi
gente con el prestador. No se cubre Suite o Departamento.
1.a.2.2)
Son prestadores Staff del Plan Preferente CruzBlanca ON 8000 918 todos los profesionales médicos que trabajan en Clínicas
Indisa, RedSalud Vitacura, Bupa Santiago, Dávila, RedSalud Santiag
o, RedSalud Providencia, Alemana de Santiago, U. de Los
Andes, UC San Carlos, Santa María
y que tienen convenio con la Isapre CruzBlanca de la oferta preferente. Validar listado de médicos a
través de las sucursales CruzBlanca.

1.a.2.3)
En atenciones Hospitalarias programadas (no urgencia), el beneficiario recibirá la cobertura señalada en la oferta preferente
del Plan de Salud Complementario, sólo si su atención se efectúa con profesion
ales del Staff Médico del prestador utilizado, de lo
contrario, la cob
ertura del ítem honorarios será la de la Libre Elección.
1.a.2.4) Las hospitalizaciones derivadas de una atención efectuada en el Servicio de Urgencia de los prestadores de l
a Red
Hospitalaria Preferente,
tendrán la cobertura señalada en la oferta preferente del Plan de Salud Complementario, incluidos los
honorarios médicos de los profesionales staff del prestador en convenio para el Plan.

1.a.2.5) Este
Plan aplicará cobertura preferente a las hospitalizaciones de urgencia efectuadas en regiones distintas de la Región
Metropolitana. Se entenderá por hospitalización de urgencia aquella derivada de un servicio de urgencia, que por condición
de
salud o cuadro clínico del paciente, requiere atención médica inmediata e impostergable. No estará afecto a est
a cobertura preferente
ninguna hospitalización programada, ni la consulta de urgencia o exámenes, efectuados en servicios de urgencia, que no forma
n
parte de los gastos de la hospitalización. La cobertura preferente consistirá en este caso, en aplicar a l
a cuenta hospitalaria regional,
los valores que Cruz Blanca hubiera pagado si la atención se hubiere efectuado en Clínica Indisa, debiendo asumir el afiliado
las
diferencias de valores entre la
Clínica Indisa y el prestador en la que recibió las atenciones.
1.a.2.6) Es prestador derivado para la atención ambulatoria y hospitalaria del Plan Preferente
CruzBlanca ON 8000 918 el (los)
prestador(es)
Hospital Clínica Universidad de Chile. En caso de insuficiencia de Integramédica o las Clínicas Indisa, RedSalud
Vitacura, Bupa Santiago, Dávila, RedSalud Santiago, RedSalud Providencia, Alemana de Santiago, U. de Los Andes, UC San Carlos
,
Santa María
, el beneficiario recibirá la misma cobertura señalada en el Plan de Salud Complementario si utiliza éste (estos)
pre
stador(es). Tratándose de la cobertura de honorarios médicos quirúrgicos ambulatorios, sólo corresponderá cobertura preferente
si utiliza médicos con convenio para el Plan, de lo contrario, la cobertura de este ítem será la de la Libre Elección.

1.a.3
) Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección.
1.b) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.

1.c) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos
y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los
honorarios del profesional o la institución que realiza la atención.

1.d) En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 ó superior, o uso de anestesia general, estos íte
ms: Box Ambulatorio,
Pabellón y Honorarios Médicos, tendrán la cobertura equivalente a la atención hospitalizada.

1.e)
Estas prestaciones incluyen las coberturas de especialidad, exámenes de laboratorio e imagenología propios de este tratamiento,
procedi
miento de criopreservación, capacitación espermática, inseminación artificial y los fármacos e insumos requeridos para la
realización del tratamiento señalado. Incluyen la totalidad de las prestaciones requeridas para el tratamiento de infertilida
d con
ins
eminación artificial desde la pareja.
1.f) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento.

1.g) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil.

1.h) Para obtener
la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica
respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de l
entes de presbicia.
1.i) La cobert
ura de traslados médicos se otorga sólo con indicación médica justificada.
1.j) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortoped
ia y
traumatología.
Firma Afiliado
Nombre
Rut
Fecha
HUELLA DACTILAR
AFILIADO
Firma Representante ISAPRE
Nombre
Rut
Fecha

1.k) Para obtener
la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales
del Contrato de Salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros

distintos del
inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación.
1.l)
Podrán acceder a las prestaciones PAD Dentales sólo los beneficiarios, niños y jóvenes, entre 12 y 17 años, 11 meses y 29 días,
que presenten caries de una o más piezas dentales.

2
) Definiciones VA = Veces Arancel, UF = Unidad de Fomento.
(**) Staff Médicos Clínicas =
Médicos de las Clínicas Red Hospitalaria Clínicas Indisa, RedSalud Vitacura, Bupa Santiago, Dávila,
RedSalud Santiago, RedSalud Providencia, Alemana de Santia
go, U. de Los Andes, UC San Carlos, Santa María
EXS = Exámenes de Laboratorio; RX = Radiología; TAC = Tomografía axial computarizada (scanner); ECO = Ecotomografías;

RNM = Resonancia Nuclear Magnética, PRO = Procedimientos, HMQ = Honorarios Médicos Quirúr
gicos, DPA = Derecho de
pabellón.

2.a) Pabellón
ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos
o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas.

2.b) Tanto el tope general anu
al por beneficiario, como los montos máximos usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones
de las prestaciones por libre elección. El valor indicado rige para cada beneficiario por año vigencia de beneficios. La boni
ficación
corresponde a la difer
encia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un
año sea igual al tope, la bonificación corresponderá al mayor valor entre el 25% de la cobertura estipulada en el plan de sal
ud y la
cobertura fina
nciera que asegura el Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las prestaciones contempladas en el Arancel,
determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado.

2.c) Las Garantías Explí
citas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en
prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre.

2.d) Se entiende por quiomioterápicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cá
ncer, pudiendo
ser de síntesis química o biotecnológica.

2.e)
Se entiende por Cirugía Bariátrica o de obesidad al by pass gástrico y/o manga gástrica. Se entiende por Cirugía Metabólica al
by pass gástrico, sea efectuado en pacientes obesos o no. La exclu
sión de cobertura de la Cirugía Bariátrica, Metabólica y Cirugía
Lasik, corresponde al evento hospitalario completo.

2.f) Se entiende por Drogas Biológicas los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento
de
patología
s no oncológicas.
2.g) El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por
evento
hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece inter
nado en un centro
asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso
recibir las
atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fec
ha de alta o término de la
hospitalización marca el término del evento.

2.h) La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para:
-Nutricionista: pacientes con riesgo
cardiovascular modificable con dieta que pre
sente obesidad o sobrepeso según criterios de índice de Masa Corporal (I.M.C) y con
diabetes mellitus tipo II o pre
-diabetes, para casos de enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en
centros de enfermería del adulto mayor, at
endido por enfermeras universitarias.
3)
Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente
Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y características de la oferta preferente del plan c
on
prestador preferente"

4
) Valor de Conversión de la unidad de fomento a utilizar
4
.a) Para las bonificaciones: Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará
corresponderá al que dicha unidad tenga
el último día del mes anterior al de la respectiva bonificación.
4
.b) Para el pago de la cotización: Si el precio está expresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará
corresponderá al que dicha unidad tenga el último día de
l mes anterior en que se devenga la remuneración.
4)
Reajuste del arancel de prestaciones
El valor de cada una de
las prestaciones de salud contenidas en los aranceles expresados en pesos será reajustado el 1º de Marzo
de cada año. Dicho reajuste no podr
á ser inferior al 100% de la variación porcentual acumulada que haya experimentado el Índice de
Precios al Consumidor (I.P.C.), entre el mes de febrero del año anterior y enero del año en curso.