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1ON8600119

CRUZBLANCA ON 8600 119

Puntuación del plan 4,4

Desde

$133.372/mes

Nombre: CruzBlanca ON 8600 119 FUN N°:
Código:
1ON8600119 Tipo de Plan: INDIVIDUAL
PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE

PRESTACIONES
OFERTA PREFERENTE (1.a) Tope máximo
año contrato por

beneficiario (2.b)

LIBRE ELECCIÓN
Tope máximo año
contrato por beneficiario

(2.b)

%
Tope % Tope
HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA
(1.a.2.3)
Día Cama
80% Sin Tope
Clínicas Alemana de Santiago,

U. de Los Andes, UC San Carlos,

Santa María

90% Sin Tope

Clínicas Indisa, Hospital Clínico

UC, RedSalud Vitacura, Bupa

Santiago, Dávila, RedSalud

Santiago, RedSalud Providencia

Sin Tope

80%

6.00
UF
Sin Tope

Día Cama
Cuidados Intensivos o coronarios 9.00 UF
Día Cama Cuidados intermedios
9.00 UF
Día Cama Sala Cuna
-Fototerapia 3.00 UF
Día Cama Observación
-Recuperación 6.00 VA
Derecho de Pabellón
3.00 VA
Exámenes de L
aboratorio 1.60 VA
Exámenes de Histopatología
1.76 VA
Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)
1.60 VA
Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)
1.40 VA
Kinesiología y fisioterapia
25.00 UF 2.50 VA 7.50 UF
Medicamentos
(2.g)
Sin Tope

30.00
UF
Sin Tope

Materiales e insumos clínicos (2.g)
19.50 UF
Procedimientos (**)(1.c)
(1.a.2) 2.20 VA
Honorarios médicos quirúrgicos (**)
Habitación Individual (1.a.2.1)
(**)Staff Médicos Clínicas

(1.a.2.2)

2.30
VA
Visita por médico tratante (**)
(1.b) 0.90 UF
Visita por médico interconsultor (**) (1.b)
0.90 UF
Prótesis, órtesis y elementos de osteosíntesis

Sólo Cobertura Libre Elección.
70%
4.07
VA
Traslados Médicos (1.i)
4.02 VA
Drogas Biológicas (2.f)
45.00 UF 68.00 UF
Quimioterapia (2.d)

AMBULATORIAS

Consulta médica
80% Sin Tope
Integramédica

RED A1: Clínicas Santa Maria, Indisa, Hospital

Clínico UC, RedSalud Vitacura, Bupa Santiago,

Dávila, RedSalud Santiago, RedSalud Providencia

70% Sin Tope

RED A2: Clínicas Alemana de Santi
ago, U. de Los
Andes, UC San Carlos

70%

1.00
UF
Sin Tope

Consulta oftalmológica
1.00 UF
Exámenes de L
aboratorio 1.20 VA
Exámenes de H
istopatología 1.32 VA
Imagenología (Rayos; Scanner;
Ecotomografía) 1.40 VA
Pabellón
Ambulatorio (2.a) (1.d) 2.40 VA
Procedimientos (1.c)
2.40 VA
Honorarios médicos quirúrgicos (1.d)
2.20 VA
Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)
(1.a.1) 1.20 VA
Atención integral de
enfermería (2.h)
Sólo Cobertura Libre Elección.

2.40
VA
Aten
ción integral de nutricionista 2.40 VA 7.92 UF
Kinesiología y fisioterapia
2.50 VA 7.50 UF
Consulta psiquiatría
0.60 UF 7.50 UF
Psiquiatría ambulatoria
1.20 VA 7.50 UF
Consulta psicología
- Psicología ambulatoria 1.20 VA 7.50 UF
Fonoaudiología
3.50 VA 8.25 UF
Radioterapia
2.40 VA Sin Tope
Quimioterapia (2.d)
45.00 UF 68.00 UF
Prótesis y órtesis
4.07 VA Sin Tope
Prestaciones dentales (PAD) (1.l)

40%
1.00 VA
7.00
UF
Prestaciones Fertilización PAD (1.e):

Fertilización asistida baja complejidad Hombre
4.00 UF
Fertilización asistida baja complejidad Mujer
12.00 UF
PR
ESTACIONES RESTRINGIDAS
Día Cama Psiquiatría
(1.a.3)
Sólo Cobertura Libre Elección.
80%
2.40
UF
10.00
UF
Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica

(1.f)
(1.a.3) 7.50 UF
Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas
(1.a.3) 3.50 VA
Día Cama Clínica de
Recuperación (1.a.3) 1.20 UF
Cirugía de Bariátrica, Metabólica, Fotorefractiva (lasik)

PET
-CT (2.e) 25% de la cobertura general del plan.
O
TRAS COBERTURAS
Box
ambulatorio (1.d) 80% Sin Tope RED A1
70% Sin Tope RED A2
70% 3.00 VA Sin Tope
Medicamentos ambulatorios (1.j)
1.20 UF
Óptica (1.h)
Sólo Cobertura Libre Elección. 70% 1.20 UF 1.20 UF
Traslados médicos (1.i)
4.02 VA Sin Tope
Cobertura internacional (1.k)
La cobertura internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la libre elección y está
afecta a un tope anual por beneficiario de UF 1.000.

ATENCIONES DE URGENCIA
(1.a.2.5) (1.g)
Consulta de Urgencia
(1.a.2.4)
80% Sin Tope RED A1

70% Sin T
ope RED A2
70%
1.00 UF Sin Tope
RNM
PRO HMQ DPA
EXS
RX TAC ECO
Medicamentos ambulatorios
(1.j)
PRESTADOR DERIVADO (1.a.2.6)

PRESTACIONES AMBULATORIAS
Hospital Clínica Universidad de Chile
HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA
Hospital Clínica Universidad de Chile
VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE.
Firma Afiliado
Nombre
Rut
Fecha
HUELLA DACTILAR
AFILIADO
Firma Representante ISAPRE
Nombre
Rut
Fecha

Nombre:
CruzBlanca ON 8600 119
Código:
1ON8600119
PRECIO DEL PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO

Precio Base

Precio Total según composición del grupo
familiar

TABLA DE FACTORES N°
537
Edad (Años)
Contratante Cargas
Hombre
Mujer Hombre Mujer
0 a menos de 2
1.80 1.80 1.80 1.80
2 a menos de 5
0.95 0.80 0.80 0.77
5 a menos de 10
0.75 0.55 0.63 0.55
10 a menos de 15
0.65 0.55 0.55 0.55
15 a menos de 20
0.60 0.70 0.55 0.60
20 a menos de 25
0.70 1.55 0.68 0.92
25 a menos de 30
0.80 2.15 0.68 1.50
30 a menos de 35
1.00 3.30 1.00 1.80
35 a menos de 40
1.10 3.05 1.10 1.65
40 a menos de 45
1.30 2.40 1.30 1.55
45 a menos de 50
1.45 2.45 1.45 1.60
50 a menos de 55
1.75 2.70 1.75 1.90
55 a menos de 60
2.40 3.20 2.40 2.10
60 a menos de 65
3.10 3.50 3.10 2.50
65 a menos de 70
4.30 3.70 4.30 3.00
70 a menos de 75
4.50 3.80 4.50 3.25
75 a menos de 80
5.50 4.50 5.50 4.50
80 y más
5.50 4.90 5.50 4.50
Identificación única del arancel
Isapre CruzBlanca 31 Modalidad Arancel $
Tope General por Beneficiario en UF
6000
(2.b)
Nombre: CruzBlanca ON 8600 119
Código:
1ON8600119
ANEXO DEL PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO MODALIDAD PREFERENTE

NOTAS EXPLICATIVAS

1) Coberturas

1.a) La cobertura de la Oferta Preferente se obtiene sólo a través de órdenes de atención con prestadores en convenio especif
icado.
Se excluye reembolso.

1.a.1) Oferta preferente Ambulatoria:
Integramédica, RED A1: Clínicas Santa Maria, Indisa, Hospital Clínico UC, RedSalud
Vitacu
ra, Bupa Santiago, Dávila, RedSalud Santiago, RedSalud Providencia. RED A2: Clínicas Alemana de Santiago, U. de
Los Andes, UC San Carlos

1.a.2) Oferta preferente Hospitalaria:
Clínicas Indisa, Hospital C. Universidad Católica, RedSalud Vitacura, Bupa Santiago,
Dávila, RedSa
lud Santiago, RedSalud Providencia, Alemana de Santiago, U. de Los Andes, UC San Carlos, Santa María
1.a.2.1) Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará la
Habitación Individual o la de menor valor
efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el prestador. No se
cubre Suite o Departamento.
1.a.2.2)
Son prestadores Staff del Plan Preferente CruzBlanca ON 8600 119 todos los profesionales médicos que trabajan en
Clínicas Indisa, Hospital C. Universidad Católica, RedSalud Vitacura, Bupa Santiago, Dávila, RedSalud Santiago, RedSalud

Providencia, Alemana de Santiago, U
. de Los Andes, UC San Carlos, Santa María y que tienen convenio con la Isapre CruzBlanca
de la oferta preferente. Validar listado de médicos a través
de las sucursales CruzBlanca.
1.a.2.3)
En atenciones Hospitalarias programadas (no urgencia), el beneficiario recibirá la cobertura señalada en la oferta preferente
del Plan de Salud Complementario, sólo si su atención se efectúa con profesion
ales del Staff Médico del prestador utilizado, de lo
contrario, la cobertura del ítem honorarios será la de la Libre Elección.

1.a.2.4) Las hospitalizaciones derivadas de una atención efectuada en el Servicio de Urgencia de los prestadores de l
a Red
Hospitalaria Pr
eferente, tendrán la cobertura señalada en la oferta preferente del Plan de Salud Complementario, incluidos los
honorarios médicos de los profesionales staff del prestador en convenio para el Plan.

1.a.2.5) Este
Plan aplicará cobertura preferente a las hospitalizaciones de urgencia efectuadas en regiones distintas de la Región
Metropolitana. Se entenderá por hospitalización de urgencia aquella derivada de un servicio de urgencia, que por condición
de
salud o cu
adro clínico del paciente, requiere atención médica inmediata e impostergable. No estará afecto a esta cobertura preferente
ninguna hospitalización programada, ni la consulta de urgencia o exámenes, efectuados en servicios de urgencia, que no forma
n
part
e de los gastos de la hospitalización. La cobertura preferente consistirá en este caso, en aplicar a la cuenta hospitalaria regional,
los valores que Cruz Blanca hubiera pagado si la atención se hubiere efectuado en Clínica Indisa, debiendo asumir el afili
ado las
diferencias de valores entre la
Clínica Indisa y el prestador en la que recibió las atenciones.
1.a.2.6) Es prestador derivado para la atención ambulatoria y hospitalaria del Plan Preferente
CruzBlanca ON 8600 119 el (los)
prestador(es)
Hospital Clínica Universidad de Chile. En caso de insuficiencia de Integramédica o las Clínicas Indisa, Hospital C.
Universidad Católica, RedSalud Vitacura, Bupa Santiago, Dávila, RedSalud Santiago, RedSalud Providencia, Alemana de Santiago,

U. de Los Andes, UC San Carlos, Santa María
, el beneficiario recibirá la misma cobertura señalada en el Plan de Salud
Complementario si utiliza éste (estos) prestador(es). Tratándose de la cobertura de honorarios médicos quirúrgicos ambulatori
os,
sólo cor
responderá cobertura preferente si utiliza médicos con convenio para el Plan, de lo contrario, la cobertura de este ítem será
la de la Libre Elección.

1.a.3) Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modali
dad Libre Elección.
1.b) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.

1.c) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación
de los
honorarios del profe
sional o la institución que realiza la atención.
1.d) En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 ó superior, o uso de anestesia general, estos ítems: Box Ambulat
orio,
Pabellón y Honorarios Médicos, tendrán la cobertura equivalente a la aten
ción hospitalizada.
1.e)
Estas prestaciones incluyen las coberturas de especialidad, exámenes de laboratorio e imagenología propios de este tratamiento,
procedimiento de criopreservación, capacitación espermática, inseminación artificial y los fármacos e
insumos requeridos para la
realización del tratamiento señalado. Incluyen la totalidad de las prestaciones requeridas para el tratamiento de infertilida
d con
inseminación artificial desde la pareja.

1.f) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiát
rica es por evento.
1.g) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil.

1.h) Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la ind
icación médica
respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de pres
bicia.
1.i) La cobertura de traslados médicos se otorga sólo con indicación médica justificada.

1.j) La
cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y
traumatología.

1.k) Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalad
o en la letra b) del artículo 11° de las Condiciones generales
del Contrato de Salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros

distintos del inglés, deberán entregarse traducidos p
ara proceder a su liquidación.
1.l)
Podrán acceder a las prestaciones PAD Dentales sólo los beneficiarios, niños y jóvenes, entre 12 y 17 años, 11 meses y 29 días,
que presenten caries de una o más piezas dentales.
Firma Afiliado
Nombre
Rut
Fecha
HUELLA DACTILAR
AFILIADO
Firma Representante ISAPRE
Nombre
Rut
Fecha

2
) Definiciones VA = Veces Arancel, UF = Unidad de Fomento.
(**) Staff Médicos Clínicas =
Médicos de las Clínicas Red Hospitalaria Clínicas Indisa, Hospital C. Universidad Católica, RedSalud
Vitacura, Bupa Santiago, Dávila, RedSalud Santiago, RedSalud Providencia, Alemana de Santiago, U. de Los Andes, UC San

Carlos, Santa María
, que tienen convenio con Isapre CruzBlanca de la oferta preferente.
EXS = Exámenes de Laboratorio; RX = Radiología; TAC = Tomografía axial computarizada (scanner); ECO = Ecotomografías;

RNM = Resonancia
Nuclear Magnética, PRO = Procedimientos, HMQ = Honorarios Médicos Quirúrgicos, DPA = Derecho de
pabellón.

2.a) Pabellón
ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos
o terapéutic
os, que se utilice por menos de 4 horas.
2.b) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximos usuario año son únicos y comprenden las bonificaci
ones
de las prestaciones por libre elección
como por oferta preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año vigencia de
beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando
la suma
de la bonificación en un año sea igual al tope, la bonificación correspon
derá al mayor valor entre el 25% de la cobertura estipulada
en el plan de salud y la cobertura financiera que asegura el Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las prestacione
s
contempladas en el Arancel, determinándose de esta forma el nuevo cop
ago del afiliado.
2.c) Las Garantías Explí
citas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en
prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre.

2.d) Se entiende por quiomioterápicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, p
udiendo
ser de síntesis química o biotecnológica.

2.e)
Se entiende por Cirugía Bariátrica o de obesidad al by pass gástrico y/o manga gástrica. Se entiende por Cirugía Metabólica al
by pass gástrico, sea efectuado en pacientes obesos o no. La exclusión de cobertura de la Cirugía Bariátrica, Metabólica y Ci
rugía
Lasik, corresponde al evento hospitalario completo.

2.f) Se entiende por
Drogas Biológicas los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de
patologías no oncológicas.

2.g) El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiend
e por evento
hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro

asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo in
cluso recibir las
atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de l
a
hospitalización marca el término del evento.

2.h)
La cobertura definida para la atención integral de enfermería, sólo aplica para: Atenciones integrales de enfermería en centro
adulto mayor (3 sesiones de 45')(solo para mayores de 55 años); Atención integral de enfermería en domicilio (atención mínima
de
45')(solo para mayores de 55 años); Atención integral de enfermería en domicilio a pacientes postrados, terminales post opera
dos;
Atención integral de enfermería en domicilio a pacientes ostomizados y Atención integral de enfermería en domicilio a pacient
es que
requieren instalación y/o retiro de catéter o sonda.

3)
Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente
Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y características de la oferta
preferente del plan con
prestador preferente"

4
) Valor de Conversión de la unidad de fomento a utilizar
4
.a) Para las bonificaciones: Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará
corresponderá al
que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la respectiva bonificación.
4
.b) Para el pago de la cotización: Si el precio está expresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará
corresponderá al que dicha unidad
tenga el último día del mes anterior en que se devenga la remuneración.
5
) Reajuste del arancel de prestaciones
El valor de cada una de
las prestaciones de salud contenidas en los aranceles expresados en pesos será reajustado el 1º de Marzo
de cada año.
Dicho reajuste no podrá ser inferior al 100% de la variación porcentual acumulada que haya experimentado el Índice de
Precios al Consumidor (I.P.C.), entre el mes de febrero del año anterior y enero del año en curso.