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1ON9600120

CRUZBLANCA ON 9600 0120

Puntuación del plan 4,7

Desde

$130.854/mes

CruzBlanca ON 9600 120 FUN N°:
1ON9600120
Tipo de Plan: INDIVIDUAL
PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE

PRESTACIONES
OFERTA PREFERENTE (1.a) Tope máximo
año contrato por

beneficiario (2.b)

LIBRE ELECCIÓN
Tope máximo año
contrato por beneficiario

(2.b)

%
Tope % Tope
HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA
(1.a.2.3)
Día Cama

90% Sin Tope

Clínicas Alemana de Santiago, U.

de Los Andes, UC San Carlos,

Santa María, Indisa, Hospital

Clínico UC, RedSalud Vitacura

100% Sin Tope

Clínicas Bupa Santiago, Dávila,

RedSalud Santiago, RedSalud

Providencia

Sin Tope

90%

7.00
UF
Sin Tope

Día Cama Cuidados Intensivos o
coronarios 10.50 UF
Día Cama Cuidados intermedios
10.50 UF
Día Cama Sala Cuna
-Fototerapia 3.50 UF
Día Cama Observación
-Recuperación 7.00 VA
Derecho de Pabellón
3.50 VA
Exámenes de L
aboratorio 1.80 VA
Exámenes
de Histopatología 1.98 VA
Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)
1.80 VA
Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)
1.60 VA
Kinesiología y fisioterapia
27.00 UF 2.95 VA 8.85 UF
Medicamentos (2.g)

Sin Tope

35.00
UF
Sin Tope

Materiales e insumos clínicos (2.g)
22.75 UF
Procedimientos (**)(1.c)
(1.a.2) 2.40 VA
Honorarios médicos quirúrgicos (**)
Habitación Individual (1.a.2.1)
(**)
Staff Médicos Clínicas (1.a.2.2)
2.80
VA
Visita por médico tratante (**) (1.b)
1.00 UF
Visita por médico interconsultor (**) (1.b)
1.00 UF
Prótesis, órtesis y elementos de osteosíntesis

Sólo Cobertura Libre Elección.
70%
4.84
VA
Traslados Médicos (1.i)
4.44 VA
Drogas Biológicas (2.f)
50.00 UF 75.00 UF
Quimioterapia (2.d)

AMBULATORIAS

Consulta médica
80% Sin Tope
Integramédica

RED A1: Clínicas Santa Maria, Indisa, Hospital Clínico

UC, RedSalud Vitacura, Bupa Santiago, Dávila,

RedSalud Santiago, RedSalud Providencia

70% Sin Tope

RED A2: Clínicas Alemana de Santiago, U. de Los

Andes, UC San Carlos

70%

1.00
UF
Sin Tope

Consulta oftalmológica
1.00 UF
Exámenes de L
aboratorio 1.20 VA
Exámenes de H
istopatología 1.32 VA
Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)
1.40 VA
Pabellón
Ambulatorio (2.a) (1.d) 2.40 VA
Procedimientos (1.c)
2.40 VA
Honorarios médicos quirúrgicos (1.d)
2.20 VA
Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)
(1.a.1) 1.20 VA
Atención integral de enfermería (2.h)

Sólo Cobertura Libre Elección.

2.40
VA
Aten
ción integral de nutricionista 2.40 VA 7.92 UF
Kinesiología y fisioterapia
2.50 VA 8.85 UF
Consulta psiquiatría
0.60 UF 7.50 UF
Psiquiatría ambulatoria
1.20 VA 7.50 UF
Consulta psicología
- Psicología ambulatoria 1.20 VA 7.50 UF
Fonoaudiología
3.50 VA 8.25 UF
Radioterapia
2.40 VA Sin Tope
Quimioterapia (2.d)
50.00 UF 75.00 UF
Prótesis y órtesis
4.84 VA Sin Tope
Prestaciones dentales
(PAD) (1.l)
40%
1.00 VA
7.00
UF
Prestaciones Fertilización PAD (1.e):

Fertilización asistida baja complejidad Hombre
4.00 UF
Fertilización asistida baja complejidad Mujer
12.00 UF
PR
ESTACIONES RESTRINGIDAS
Día Cama Psiquiatría
(1.a.3)
Sólo Cobertura Libre Elección.
90%
2.40
UF
10.00
UF
Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica

(1.f)
(1.a.3) 8.75 UF
Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas
(1.a.3) 3.50 VA
Día Cama Clínica de Recuperación
(1.a.3) 1.40 UF
Cirugía de Bariátrica, Metabólica, Fotorefractiva

(lasik)
PET-CT (2.e) 25% de la cobertura general del plan.
O
TRAS COBERTURAS
Box
ambulatorio (1.d) 80% Sin Tope RED A1
70% Sin Tope RED A2
70% 3.00 VA Sin Tope
Medicamentos ambulatorios (1.j)
1.20 UF
Óptica (1.h)
Sólo Cobertura Libre Elección. 70% 1.20 UF 1.20 UF
Traslados médicos (1.i)
4.44 VA Sin Tope
Cobertura internacional (1.k)
La cobertura internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la libre elección y está
afecta a un tope
anual por beneficiario de UF 1.000.
ATENCIONES DE URGENCIA
(1.a.2.5) (1.g)
Consulta de Urgencia
(1.a.2.4)
80% Sin Tope RED A1

70% Sin Tope RED A2

70%
1.00 UF Sin Tope
RNM
PRO HMQ DPA
EXS
RX TAC ECO
Medicamentos ambulatorios (1.j)

PRESTADOR DERIVADO
(1.a.2.6)
PRESTACIONES AMBULATORIAS
Hospital Clínica Universidad de Chile
HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR

AMBULATORIA
Hospital Clínica Universidad de Chile
VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE.
Firma Afiliado
Nombre
Rut
Fecha
HUELLA DACTILAR
AFILIADO
Firma Representante ISAPRE
Nombre
Rut
Fecha

CruzBlanca ON 9600 120

1ON9600120

PRECIO DEL PLAN DE SALUD
COMPLEMENTARIO
Precio Base

Precio Total según composición del grupo familiar

TABLA DE FACTORES N°
538
Edad (Años)
Contratante Cargas
Hombre
Mujer Hombre Mujer
0 a menos de 2
1.80 1.80 1.50 1.50
2 a menos de 5
0.95 0.95 0.60 0.60
5 a menos de 10
0.80 0.80 0.60 0.60
10 a menos de 15
0.80 0.80 0.55 0.55
15 a menos de 20
0.80 1.35 0.60 0.65
20 a menos de 25
0.70 1.50 0.65 1.00
25 a menos de 30
0.80 1.60 0.80 1.30
30 a menos de 35
1.00 2.30 1.00 1.40
35 a menos de 40
1.10 2.30 1.10 1.50
40 a menos de 45
1.30 2.00 1.30 1.60
45 a menos de 50
1.40 2.40 1.40 1.60
50 a menos de 55
1.80 2.65 1.80 1.80
55 a menos de 60
2.35 2.85 2.35 1.90
60 a menos de 65
3.20 3.30 3.20 2.40
65 a menos de 70
3.70 3.65 3.70 2.90
70 a menos de 75
3.70 3.65 3.70 3.10
75 a menos de 80
3.70 3.65 3.70 3.65
80 y más
3.70 3.65 3.70 3.65
Identificación única del arancel
Isapre CruzBlanca 31 Modalidad Arancel $
Tope General por Beneficiario en UF
6000
(2.b)
CruzBlanca ON 9600 120
1ON9600120

ANEXO DEL PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO MODALIDAD PREFERENTE

NOTAS EXPLICATIVAS

1) Coberturas

1.a) La cobertura de la Oferta Preferente se obtiene sólo
a través de órdenes de atención con prestadores en convenio especificado.
1.a.1) Oferta preferente Ambulatoria:
Integramédica, RED A1: Clínicas Santa Maria, Indisa, Hospital Clínico UC, RedSalud
Vitacura, Bupa Santiago, Dávila, RedSalud Santiago, RedSalud Providencia. RED A2: Clínicas Alemana de Santiago, U. de

Los Andes, UC San Carlos

1.a.2) Oferta preferente Hospitalaria:
Clínicas Bupa Santiago, Dávila, RedSalud Santiago, RedSalud Providencia, Alemana de
Santiago, U. de Los Andes, UC San Carlos, Santa María, Indisa, Hospital C. Universidad Católica, RedSalud Vitacura

1.a.2.1) Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se
considerará la Habitación Individual o la de menor valor
efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al con
venio vigente con el prestador. Suite o Departamento sólo modalidad
Libre Elección.

1.a.2.2)
Son prestadores Staff del Plan Preferente CruzBlanca ON 9600 120 todos los profesionales médicos que trabajan en
Clínicas Bupa Santiago, Dávila, RedSalud Santiago, RedSalud Provide
ncia, Alemana de Santiago, U. de Los Andes, UC San
Carlos, Santa María, Indisa, Hospital C. Universidad Católica, RedSalud Vitacura
y que tienen convenio con la Isapre CruzBlanca
de la oferta preferente. Validar listado de médicos a través de las sucursales CruzBlanca.

1.a.2.3)
En atenciones Hospitalarias programadas (no urgencia), el beneficiario recibirá la cobertura señalada en la oferta preferente
del Plan de Salud Complementario, sólo si su atención se efectúa con profesion
ales del Staff Médico del prestador utilizado, de lo
contrario, la cobertura del ítem honorarios será la
de la Libre Elección.
1.a.2.4) Las hospitalizaciones derivadas de una atención efectuada en el Servicio de Urgencia de los prestadores de l
a Red
Hospitalaria Preferente,
tendrán la cobertura señalada en la oferta preferente del Plan de Salud Complementario, incluidos los
honorarios médicos de los profesionales staff del prestador en convenio para el Plan.

1.a.2.5) Este
Plan aplicará cobertura preferente a las hospitalizaciones de urgencia efectuadas en regiones distintas de la Región
Metropolitana. Se entenderá por hospitalización de urgencia aquella derivada de un servicio de urgencia, que por condición
de
salud o cu
adro clínico del paciente, requiere atención médica inmediata e impostergable. No estará afecto a esta cobertura preferente
ninguna hospitalización programada, ni la consulta de urgencia o exámenes, efectuados en servicios de urgencia, que no forma
n
part
e de los gastos de la hospitalización. La cobertura preferente consistirá en este caso, en aplicar a la cuenta hospitalaria regional,
los valores que Cruz Blanca hubiera pagado si la atención se hubiere efectuado en Clínica Indisa, debiendo asumir el afili
ado las
diferencias de valores entre la
Clínica Indisa y el prestador en la que recibió las atenciones.
1.a.2.6) Es prestador derivado para la atención ambulatoria y hospitalaria del Plan Preferente
CruzBlanca ON 9600 120 el (los)
prestador(es)
Hospital Clínica Universidad de Chile. En caso de insuficiencia de Integramédica o las Clínicas Bupa Santiago,
Dávila, RedSalud Santiago, RedSalud Providencia, Alemana de Santiago, U. de Los Andes, UC San Carlos,
Santa María, Indisa,
Hospital C. Universidad Católica, RedSalud Vitacura
, el beneficiario recibirá la misma cobertura señalada en el Plan de Salud
Complementario si utiliza éste (estos) prestador(es). Tratándose de la cobertura de honorarios médicos quirúrgicos ambulatori
os,
sólo corre
sponderá cobertura preferente si utiliza médicos con convenio para el Plan, de lo contrario, la cobertura de este ítem será
la de la Libre Elección.

1.a.3) Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalida
d Libre Elección.
1.b) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.

1.c) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación
de los
honorarios del profesional o la institución que realiza la atención.

1.d) En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pab
ellón 5 ó superior, o uso de anestesia general, estos ítems: Box Ambulatorio,
Pabellón y Honorarios Médicos, tendrán la cobertura equivalente a la atención hospitalizada.

1.e)
Estas prestaciones incluyen las coberturas de especialidad, exámenes de laboratorio e imagenología propios de este tratamiento,
procedimiento de criopreservación, capacitación espermática, inseminación artificial y los fármacos e insumos requeridos para
la
realización del tratamiento señalado. Incluyen la totalidad de las prestacion
es requeridas para el tratamiento de infertilidad con
inseminación artificial desde la pareja.

1.f) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento.

1.g) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios d
e urgencia en horario hábil o inhábil.
1.h) Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médi
ca
respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excep
ción del reembolso de lentes de presbicia.
1.i) La cobertura de traslados médicos se otorga sólo con indicación médica justificada.

1.j) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de
ortopedia y
traumatología.

1.k) Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalad
o en la letra b) del artículo 11° de las Condiciones generales
del Contrato de Salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se p
resenten en idiomas extranjeros
distintos del inglés, deberán entregarse traducidos p
ara proceder a su liquidación.
1.l)
Podrán acceder a las prestaciones PAD Dentales sólo los beneficiarios, niños y jóvenes, entre 12 y 17 años, 11 meses y 29 días,
que pre
senten caries de una o más piezas dentales.
Firma Afiliado
Nombre
Rut
Fecha
HUELLA DACTILAR
AFILIADO
Firma Representante ISAPRE
Nombre
Rut
Fecha

2
) Definiciones VA = Veces Arancel, UF = Unidad de Fomento.
(**) Staff Médicos Clínicas =
Médicos de las Clínicas Red Hospitalaria Clínicas Bupa Santiago, Dávila, RedSalud Santiago,
RedSalud Providencia, Alemana de Santiago, U. de Los Andes, UC San Carlos, Santa María, Indisa, Hospital C. Universidad

Católica, Re
dSalud Vitacura, que tienen convenio con Isapre CruzBlanca de la oferta preferente.
EXS = Exámenes de Laboratorio; RX = Radiología; TAC = Tomografía axial computarizada (scanner); ECO = Ecotomografías;

RNM = Resonancia Nuclear Magnética, PRO = Procedimientos, HMQ = Honorarios Médicos Quirúrgicos, DPA = Derecho d
e
pabellón.

2.a) Pabellón
ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos
o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas.

2.b) Tanto el tope general anual por beneficiario,
como los montos máximos usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones
de las prestaciones por libre elección
como por oferta preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año vigencia de
beneficios. La bonificación corresponde a la
diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma
de la bonificación en un año sea igual al tope, la bonificación corresponderá al mayor valor entre el 25% de la cobertura est
ipulada
en el plan de salud y la cobertur
a financiera que asegura el Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las prestaciones
contempladas en el Arancel, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado.

2.c) Las Garantías Explí
citas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en
prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre.

2.d) Se entiende por quiomioterápicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento
del cáncer, pudiendo
ser de síntesis química o biotecnológica.

2.e)
Se entiende por Cirugía Bariátrica o de obesidad al by pass gástrico y/o manga gástrica. Se entiende por Cirugía Metabólica al
by pass gástrico, sea efectuado en pacientes obesos o no. La
exclusión de cobertura de la Cirugía Bariátrica, Metabólica y Cirugía
Lasik, corresponde al evento hospitalario completo.

2.f) Se entiende por Drogas Biológicas los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento
de
pat
ologías no oncológicas.
2.g) El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por
evento
hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece
internado en un centro
asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso
recibir las
atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico.
La fecha de alta o término de la
hospitalización marca el término del evento.

2.h)
La cobertura definida para la atención integral de enfermería, sólo aplica para: Atenciones integrales de enfermería en centro
adulto mayor (3 sesiones de 45')(solo para mayores de 55 años); Atención integral de enfermería en domicilio (atención mínima
de
45')(solo para mayores de 55 años); Atención integral de enfermería en domicilio a pacientes postrados, terminales post opera
dos;
Atención integral de enfermería en domicilio a pacientes ostomizados y Atención integral de enfermería en domicilio a pacient
es que
requieren instalación y/o retiro de catéter o sonda.

3)
Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente
Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y características de la oferta
preferente del plan con
prestador preferente"

4
) Valor de Conversión de la unidad de fomento a utilizar
4
.a) Para las bonificaciones: Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará
corresponderá al
que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la respectiva bonificación.
4
.b) Para el pago de la cotización: Si el precio está expresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará
corresponderá al que dicha unidad
tenga el último día del mes anterior en que se devenga la remuneración.
5
) Reajuste del arancel de prestaciones
El valor de cada una de
las prestaciones de salud contenidas en los aranceles expresados en pesos será reajustado el 1º de Marzo
de cada año.
Dicho reajuste no podrá ser inferior al 100% de la variación porcentual acumulada que haya experimentado el Índice de
Precios al Consumidor (I.P.C.), entre el mes de febrero del año anterior y enero del año en curso.