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1ONP86BO20

CRUZBLANCA ON PROTECCION 86B O20

Puntuación del plan 8,6

Desde

$193.520/mes

CRUZBLANCA ON PROTECCIÓN 86B O20
1ONP86BO20
Fun N° Tipo de Plan: INDIVIDUAL
PRESTACIONES
OFERTA PREFERENTE (1.a) LIBRE ELECCIÓN Tope máximo
año contrato por
beneficiario (2.b)
% Tope % Tope
HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA (1.a.2)

Día Cama
90% Sin Tope
Clínica Alemana de Santiago

100% Sin Tope

Clínica Universidad de los Andes

Clínica UC San Carlos de Apoquindo

Clínica MEDS

Clínica Santa María

(1.a.2)

60 PRESTACIONES GARANTIZADAS POR EVENTO

Alta Complejidad 35 UF de copago máximo

Media Complejidad 30 UF de copago máximo

Baja Complejidad 20 UF de copago máximo

(1.a.3)

90%

21.3 UF

Sin Tope

Día Cama Cuidados Intensivos, Coronarios o Intermedios
28.2 UF
Día Cama Sala Cuna - Fototerapia
10.7 UF
Día Cama Observación - Recuperación
7.8 VA
Derecho de Pabellón
21.6 VA
Exámenes de Laboratorio
11.4 VA
Exámenes de Histopatología
12.5 VA
Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)
11.4 VA
Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)
6.0 VA
Kinesiología y fisioterapia
11.2 VA 125 UF
Medicamentos (2.g)(2.i)
50.0 UF
Sin Tope

Materiales e insumos clínicos (2.g)(2.i)
33.3 UF
Procedimientos (1.a.2.3)(1.c)
14.4 VA
Honorarios médicos quirúrgicos (1.a.2.3)
Habitación Individual y Doble (1.a.2.1) 14.2 VA
Visita por médico tratante o médico interconsultor (1.a.2.3)(1.b)
Staff Médicos Clínicas (1.a.2.2) (1.a.2.3) 2.7 UF
Prótesis, órtesis y elementos de osteosíntesis

Sólo Cobertura Libre Elección

(1.a.4)

2.0 VA

Traslados Médicos (1.i)
2.0 VA
Drogas Biológicas (2.f)(2.i)
25.0 UF 250 UF
Quimioterapia (2.d)(2.i)

Injertos Hematopoyéticos
1.0 VA Sin Tope
Fertilización asistida alta complejidad PAD (1.e)

AMBULATORIAS

Consulta médica

80% Sin Tope

Integramédica, Bupa Sport, Clínica Alemana de Santiago, Clínica
Santa María, Clínica UC San Carlos de Apoquindo, Clínica
Universidad de los Andes, Clínica MEDS

(1.a.1)

80%

1.8 UF

Sin Tope

Consulta oftalmológica
2.0 UF
Exámenes de Laboratorio
7.5 VA
Exámenes de Histopatología
8.3 VA
Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)
7.5 VA
Pabellón Ambulatorio (2.a) (1.d)
24.0 VA
Procedimientos (1.c)
8.5 VA
Honorarios médicos quirúrgicos (1.d)
24.0 VA
Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)
5.2 VA
Atención integral de enfermería - nutricionista (2.h)

Sólo Cobertura Libre Elección

(1.a.4)

8.5 VA

Consulta Nutricionista (1.m)
8.5 VA
Kinesiología y fisioterapia
12.5 VA
10 UF

Consulta psiquiatría - Psiquiatría ambulatoria
0.6 UF
Consulta psicología - Psicología ambulatoria
1.2 VA
Fonoaudiología
14.0 VA
Radioterapia
8.5 VA Sin Tope
Quimioterapia (2.d)(2.i)
25.0 UF 250 UF
Prótesis y órtesis
2.0 VA Sin Tope
Injertos Hematopoyéticos
1.0 VA
Prestaciones Dentales PAD (1.l)

1.0 VA

7 UF

Fertilización asistida baja complejidad Hombre PAD (1.e)
4 UF
Fertilización asistida baja complejidad Mujer PAD (1.e)
12 UF
Fertilización asistida alta complejidad PAD (1.e)
1.0 VA Sin Tope
PRESTACIONES RESTRINGIDAS

Día Cama Psiquiatría

Sólo Cobertura Libre Elección

(1.a.4)
90%
2.4 UF

10 UF

Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica (1.f)
12.5 UF
Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas
3.5 VA
Día Cama Clínica de Recuperación
1.4 UF
Cirugía de Bariátrica, Metabólica, Lasik, PET-CT (2.e)
25% de la cobertura general del plan
OTRAS COBERTURAS

Box ambulatorio (1.d)
Idénticos porcentajes preferentes ambulatorios y en los mismos
prestadores.
80%
34.0 VA
Sin Tope
Medicamentos ambulatorios (1.j)(2.i)
1.2 UF
Óptica (1.h)
Sólo Cobertura Libre Elección (1.a.4) 1.0 UF 1 UF
Traslados médicos (1.i)
2.0 VA Sin Tope
Cobertura internacional (1.k)
La cobertura internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la libre elección y está afecta a un
tope anual por beneficiario de UF 1.000.

ATENCIÓN DE URGENCIA

Consulta de Urgencia (1.a.2.4)(1.g)
80% Sin Tope
Clínica Alemana de Santiago

Clínica Universidad de los Andes

80%
2.0 UF Sin Tope
RNM PRO HMQ DPA - EXS RX TAC ECO

Medicamentos ambulatorios (1.j)(2.i)

ATENCIÓN DE URGENCIA INTEGRAL (2.j)(1.g)

Clínica Santa María, Clínica UC San Carlos de Apoquindo, Clínica MEDS

Copago Fijo Urgencia Simple
Copago Fijo Urgencia Compleja (2.j)
1.3 UF
3.7 UF
PRESTADOR DERIVADO (1.a.2.6)

Prestaciones Ambulatorias
Red Preferente
Hospitalarias y Cirugía Mayor Ambulatoria
Red Preferente
VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE.

PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO

MODALIDAD PRES
TADOR PREFERENTE
Firma Afiliado
Nombre
Rut
Fecha
HUELLA DACTILAR
AFILIADO
Firma Representante ISAPRE
Nombre
Rut
Fecha

CRUZBLANCA ON PROTECCIÓN 86B O20

1ONP86BO20

PRECIO DEL PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO

Precio Base

Precio Total según composición del grupo familiar

TABLA DE FACTORES N° 343

Edad (Años)
Contratante Cargas
0 a menos de 20
0.6 0.6
20 a menos de 25
0.9 0.7
25 a menos de 35
1.0 0.7
35 a menos de 45
1.3 0.9
45 a menos de 55
1.4 1.0
55 a menos de 65
2.0 1.4
65 y más
2.4 2.2
Identificación única del arancel
Isapre CruzBlanca 31 Modalidad Arancel $
Tope General por Beneficiario en UF
8000
(2.b)
CRUZBLANCA ON PROTECCIÓN 86B O20
1ONP86BO20

ANEXO DEL PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO MODALIDAD PREFERENTE

NOTAS EXPLICATIVAS

1) Coberturas

1.a) La cobertura de la Oferta Preferente se obtiene a través de órdenes de atención con prestadores en convenio especificado.

1.a.1) Oferta preferente Ambulatoria: Integramédica, Clínica Alemana de Santiago, Bupa Sport, Clínica Santa María, Clínica UC San Carlos de Apoquindo, Clínica Universidad
de los Andes, Clínica MEDS.

1.a.2) Oferta preferente Hospitalaria: Clínica Alemana de Santiago, Clínica Santa María, Clínica UC San Carlos de Apoquindo, Clínica Universidad de los Andes, Clínica MEDS.

1.a.2.1) Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará la Habitación Individual y Doble o la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo
con el convenio vigente con el prestador. Suite o Departamento sólo modalidad libre elección.

1.a.2.2) Son prestadores Staff del Plan Preferente CRUZBLANCA ON PROTECCIÓN 86B O20 todos los profesionales médicos que trabajan en Clínica Alemana de Santiago,
Clínica Santa María, Clínica UC San Carlos de Apoquindo, Clínica Universidad de los Andes, Clínica MEDS y que tienen convenio con la Isapre CruzBlanca de la oferta
preferente. Validar listado de médicos a través cualquiera de nuestros canales de contacto CruzBlanca.

1.a.2.3) En atenciones hospitalarias programadas (no urgencia), el beneficiario recibirá la cobertura señalada en la oferta preferente del Plan de Salud Complementario del ítem
honorarios, si su atención se efectúa con profesionales del Staff Médico del prestador utilizado, de lo contrario, será la de la Libre Elección.

1.a.2.4) Las hospitalizaciones derivadas de una atención efectuada en el Servicio de Urgencia de los prestadores de la Red Hospitalaria Preferente, tendrán la cobertura señalada en
la oferta preferente del Plan de Salud Complementario, incluidos los honorarios médicos de los profesionales staff del prestador en convenio para el Plan.

1.a.2.5) Este Plan aplicará cobertura preferente a las hospitalizaciones de urgencia efectuadas en regiones distintas de la Región Metropolitana. Se entenderá por hospitalización de
urgencia aquella derivada de un servicio de urgencia, qué por condición de salud o cuadro clínico del paciente, requiere atención médica inmediata e impostergable. No estará afecto
a esta cobertura preferente ninguna hospitalización programada, ni la consulta de urgencia o exámenes, efectuados en servicios de urgencia, que no forman parte de los gastos de la
hospitalización. La cobertura preferente consistirá en este caso, en aplicar a la cuenta hospitalaria regional, los valores que Isapre CruzBlanca hubiera pagado si la atención se hubiere
efectuado en Clínica Alemana de Santiago, debiendo asumir el afiliado las diferencias de valores entre la Clínica Alemana de Santiago y el prestador en la que recibió las atenciones.

1.a.2.6) Es prestador derivado para la atención ambulatoria y hospitalaria del Plan Preferente CRUZBLANCA ON PROTECCIÓN 86B O20 el (los) prestador(es) Red Preferente. En
caso de insuficiencia de Integramédica o las Clínica Alemana de Santiago, Clínica Santa María, Clínica UC San Carlos de Apoquindo, Clínica Universidad de los Andes, Clínica MEDS,
el beneficiario recibirá la cobertura preferente más alta señalada en el Plan de Salud Complementario si utiliza éste (estos) prestador(es). Tratándose de la cobertura de honorarios
médicos quirúrgicos preferente, sólo corresponderá si utiliza médicos con convenio en los prestadores que consideran dicha cobertura en el plan, de lo contrario, la cobertura de este
ítem será la de la Libre Elección.

1.a.3) Oferta preferente Hospitalaria Garantizada: Clínica Alemana de Santiago, Clínica Santa María, Clínica UC San Carlos de Apoquindo, Clínica Universidad de los Andes,
Clínica MEDS

1.a.3.1) 60 prestaciones garantizadas:

COMP
NOMBRE PRESTACION COD CLASIFICACIÓN COMP NOMBRE PRESTACION COD CLASIFICACIÓN
ALTA
TIROIDECTOMIA BILATERAL TOTAL 1402001 CIRUGÍA CUELLO MEDIA IMPLANTE SECUNDARIO DE LENTE
INTRAOCULAR
1202065 OFTALMOLOGÍA
ALTA
COLECTOMIA PARCIAL O HEMICOLECTOMIA 1802067
CIRUGÍA GENERAL

BAJA
ADENOIDECTOMIA 1302028
OTORRINO

LARINGOLOGÍA

ALTA
COLECISTECTOMIA POR VIDEOLAPAROSCOPIA 1802081 BAJA AMIGDALECTOMIA C/S ADENOIDECTOMIA, UNI
O BILATERAL
1302029
ALTA
GASTRECTOMIA SUBTOTAL SIN DISECCION
GANGLIONAR
1802018 BAJA RINOPLASTIA Y/O SEPTOPLASTIA 1302052
ALTA
HERNIA DIAFRAGMATICA POR VIA ABDOMINAL 1802001 ALTA ENDOPROTESIS TOTAL DE CADERA 2104129
TRAUMATOLOGÍA

MEDIA
APENDICECTOMIA 1802053 ALTA ENDOPROTESIS TOTAL DE RODILLA 2104153
MEDIA
HEMORROIDECTOMIA 1803018 ALTA LUXOFRACTURA TOBILLO, OSTEOSINTESIS Y
REPARACION CAPSULO-LIGAMENTOSA
2104179
BAJA
ABSCESO ANORRECTAL COMPLEJO 1803001 ALTA OPERACION DE SALVATAJE CADERA O
COLUMNA
2104135
BAJA
CONDILOMAS ANALES 1803038 ALTA RECONSTRUCCION CAPSULOLIGAMENTOSA
DE RODILLA
2104156
BAJA
FISTULA ANORRECTAL 1803016 ALTA RUPTURA MANGUITO ROTADORES C/S
ACROMIECTOMIA
2104051
BAJA
FISURA ANAL 1803017 MEDIA MENISCECTOMIA U OTRAS INTERVENCIONES
POR VIA ARTROSCOPICA
2104159
BAJA
HERNIA INGUINAL, CRURAL, UMBILICAL, SIMILARES 1802003 MEDIA OSTEOSINTESIS RADIO 2104085
BAJA
QUISTE SACROCOXIGEO 1803031 BAJA HALLUX VALGUS O RIGIDUS 2104190
ALTA
GASTROENTEROANASTOMOSIS 1802012 BAJA RETIRO DE TORNILLOS, CLAVOS, AGUJAS DE
OSTEOSINTESIS
2106003
ALTA
SAFENECTOMÍA INTERNA Y/O EXTERNA UNILATERAL 1703030 CIRUGÍA VASCULAR
PERISFERICA

BAJA
RUPTURA TENDON DE AQUILES 2104181
ALTA
LIGADURA OTROS TRONCOS VENOSOS 1703027 BAJA TENDOVAGINOSIS DE QUERVAIN 2104086
ALTA
HISTERECTOMIA POR VIA VAGINAL 2003014
GINECOLOGÍA Y
OBSTETRICIA

BAJA

TUMORES O QUISTES O LESIONES
PSEUDOQUISTICAS O MUSCULARES Y/O
TENDINEAS

2104026

ALTA
HISTERECTOMIA TOTAL O AMPLIADA 2003010 ALTA ADENOMA O CANCER PROSTATICO,
RESECCION ENDOSCOPICA DESOBSTRUCTIVA
1902055
UROLOGÍA

ALTA
OOFORECTOMIA PARCIAL O TOTAL 2003001 ALTA ADENOMA PROSTATICO, TRAT. QUIR.
CUALQUIER VIA O TECNICA ABIERTA
1902056
MEDIA
CESAREA C/S SALPINGECTOMIA 2004006 MEDIA INCONTINENCIA URINARIA DE ESFUERZO O
D.I.E.
1902045
MEDIA
PARTO PRESENTACION CEFALICA O PODALICA 2004003 MEDIA TRATAMIENTO INTEGRAL LITIASIS URINARIA
POR VIA LITOTRIPSIA EXTRACORPOREA
1902090
MEDIA
SALPINGECTOMIA UNI O BILATERAL 2003005 MEDIA URETERO O NEFRO-LITOTOMIA ENDOSCOPICA
C/URETEROSCOPIA
1902021
BAJA
BARTOLINOCISTONEOSTOMIA 2003027 BAJA CIRCUNCISION 1902082
BAJA
CONIZACION DEL CUELLO UTERINO 2003012 BAJA DESCENSO TESTICULAR C/S HERNIA 1902060
BAJA
MASTECTOMIA PARCIAL 2002002 BAJA DESCENSO TESTICULO INGUINAL C/S
HERNIOPLASTIA
1902061
ALTA
HERNIA NUCLEO PULPOSO 1103049
NEUROCIRUGÍA

BAJA
HIDROCELE Y/O HEMATOCELE 1902064
ALTA
RIZOTOMIA 1103057 BAJA MEATOTOMIA QUIRURGICA C/S RESECCION DE
POLIPO O CARUNCULA
1902047
BAJA
INFILTRACION FACETARIA COLUMNA Y RADICULAR 1103048 BAJA ORQUIDOPEXIA UN LADO 1902066
BAJA
LIBERACION QUIRURGICA DE NERVIO PERIFERICO
EXTRACRANEANO
1103066 BAJA VARICOCELE UNILATERAL Y/O DENERVACION
CORDON ESPERMATICO
1902075
MEDIA
FACOERESIS EXTRACAPSULAR CON IMPLANTE DE
LENTE INTRAOCULAR
1202064 OFTALMOLOGÍA BAJA VASECTOMIA BILATERAL 1902076
1.a.3.2) Exclusiones y Restricciones de las Prestaciones Garantizadas con Copago Máximo:
Firma Afiliado
Nombre
Rut
Fecha
HUELLA DACTILAR
AFILIADO
Firma Representante ISAPRE
Nombre
Rut
Fecha

1.a.3.2.1) Que la o las prestaciones de que se trate se encuentren afectas a alguna restricción o exclusión de cobertura, o que el beneficiario haya alcanzado el tope general de
cobertura del contrato de salud.

1.a.3.2.2) Cuando se trate de cirugías múltiples o bilaterales, esto es, en aquellos casos en que se realizan dos o más intervenciones en un mismo acto quirúrgico y no corresponda
a un evento único. Lo anterior es con excepción de aquellas prestaciones múltiples o bilaterales en que ambas se encuentren incorporadas en la nómina precedente.

1.a.3.2.3) Las prestaciones requeridas en una hospitalización de urgencia, entendiéndose por tal aquella en que el paciente fue derivado desde un servicio de urgencia, que por su
condición de salud o cuadro clínico requiere atención médica inmediata e impostergable. (Excepto Apendicectomía).

1.a.3.2.4) Para prestaciones garantizadas del parto presentación cefálica o podálica o parto vía cesárea el valor copago se ajustará a una cobertura proporcional en caso de que la
fecha probable de la concepción sea anterior a la suscripción del contrato de salud. La cobertura de dichas prestaciones será, como mínimo, equivalente a la proporción entre el
número de meses desde la suscripción del contrato hasta la ocurrencia del parto, y el número total de meses de duración efectiva del embarazo.

1.a.4) Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección.

1.b) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.

1.c) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza
la atención.

1.d) En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 ó superior, o uso de anestesia general, estos ítems: Box Ambulatorio, Pabellón y Honorarios Médicos, tendrán la cobertura
equivalente a la atención hospitalizada.

1.e) Estas prestaciones incluyen las coberturas de especialidad, exámenes de laboratorio e imagenología propios de este tratamiento, procedimiento de criopreservación, capacitación
espermática, inseminación artificial y los fármacos e insumos requeridos para la realización del tratamiento señalado. Incluyen la totalidad de las prestaciones requeridas para el
tratamiento de infertilidad con inseminación artificial desde la pareja.

1.f) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento.

1.g) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgadas en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil.

1.h) Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación.
Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia.

1.i) La cobertura de traslados médicos se otorga sólo con indicación médica justificada.

1.j) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología.

1.k) Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 11° de las Condiciones generales del Contrato de Salud Previsional. En caso de
documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación.

1.l) Podrán acceder a las prestaciones PAD Dentales los beneficiarios, niños y jóvenes entre 12 y 17 años 11 meses y 29 días que presenten caries en una o más piezas dentales y
los diagnosticados con Cáncer sin límite de edad, en prestaciones odontológicas y de especialidad de Periodoncia de diagnóstico, preventivas y curativas.

1.m) Podrán acceder a la prestación de consulta de nutricionista todo beneficiario que presente sobrepeso u obesidad según criterios de IMC, tendrá derecho a la cobertura de la
consulta de nutricionista. La primera consulta, dentro del año calendario, deberá ser indicada por el médico tratante.

2) Definiciones
VA = Veces Arancel, UF = Unidad de Fomento.
Staff Médicos Clínicas = Médicos de las Clínicas Red Hospitalaria Clínica Alemana de Santiago, Clínica Santa María, Clínica UC San Carlos de Apoquindo, Clínica Universidad de
los Andes, Clínica MEDS, que tienen convenio con Isapre CruzBlanca de la oferta preferente.

EXS = Exámenes de Laboratorio; RX = Radiología; TAC = Tomografía axial computarizada (scanner); ECO = Ecotomografías;

RNM = Resonancia Nuclear Magnética, PRO = Procedimientos, HMQ = Honorarios Médicos Quirúrgicos, DPA = Derecho de pabellón.

2.a) Pabellón ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4
horas.

2.b) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximos usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección como por
oferta preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el
copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, la bonificación corresponderá al mayor valor entre el 25% de la cobertura estipulada en el plan de
salud y la cobertura financiera que asegura el Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las prestaciones contempladas en el Arancel, determinándose de esta forma el nuevo
copago del afiliado.

2.c) Las Garantías Explícitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional
que formen parte de la Red de la Isapre.

2.d) Se entiende por quiomioterápicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica.

2.e) Se entiende por Cirugía Bariátrica o de obesidad al by pass gástrico y/o manga gástrica. Se entiende por Cirugía Metabólica al by pass gástrico, sea efectuado en pacientes
obesos o no. La restricción de cobertura de la Cirugía Bariátrica, Metabólica, Cirugía Lasik y PET-CT, corresponde al evento hospitalario completo.

2.f) Se entiende por Drogas Biológicas los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas.

2.g) El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos
en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida,
pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el
término del evento.

2.h) La cobertura definida para la atención integral de enfermería, sólo aplica para: Atenciones integrales de enfermería en centro adulto mayor (3 sesiones de 45')(solo para mayores
de 55 años); Atención integral de enfermería en domicilio (atención mínima de 45')(solo para mayores de 55 años); Atención integral de enfermería en domicilio a pacientes postrados,
terminales post operados; Atención integral de enfermería en domicilio a pacientes ostomizados y Atención integral de enfermería en domicilio a pacientes que requieren instalación
y/o retiro de catéter o sonda.

2.i) Todos los medicamentos, materiales e insumos clínicos, drogas biológicas, incluidos medicamentos para quimioterapia, se bonificarán únicamente en la medida que se encuentren
registrados por el Instituto de Salud Pública (I.S.P.) y tengan fines curativos. Por lo anterior, se excluyen de cobertura los medicamentos que tengan fines de investigación y/o
experimentación.

2.j) Atención de Urgencia integral corresponde a la atención efectuada en forma ambulatoria en un servicio de urgencia y que incluye todas las prestaciones requeridas por el
beneficiario para resolver el evento de urgencia, tales como consulta urgencia, exámenes de laboratorio, de imágenes, procedimientos médicos, insumos y medicamentos utilizados
durante la atención. La "Urgencia Integral Compleja” la define la realización de exámenes de imagenología del subgrupo 03 del arancel (TAC: tomografía axial computarizada -
scanner), 04 del arancel (Ecotomografías) y subgrupo 05 (Resonancia Nuclear Magnética). También determinan una urgencia integral compleja, la realización de procedimientos
médicos que incluyan prestaciones endoscópicas y atenciones de pacientes que ingresen en riesgo vital.

3) Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente

Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente"

4) Valor de Conversión de la unidad de fomento a utilizar

4.a) Para las bonificaciones: Si los topes están expresados en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último
día del mes anterior al de la respectiva bonificación.

4.b) Para el pago de la cotización: Si el precio está expresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último
día del mes anterior en que se devenga la remuneración.

5) Reajuste del arancel de prestaciones

El valor de cada una de las prestaciones de salud contenidas en los aranceles expresados en pesos será reajustado el 1º de Marzo de cada año. Dicho reajuste no podrá ser inferior
al 100% de la variación porcentual acumulada que haya experimentado el Índice de Precios al Consumidor (I.P.C.), entre el mes de febrero del año anterior y enero del año en curso.