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1OR7800714

ORIENTE 7800

Puntuación del plan 3,6

Desde

$137.259/mes

% Tope Copago Fijo %
UF

VA

UF

Día cama Cuidados Intensivos o Coronarios
UF
Día cama Cuidados Intermedios
8.91 UF
UF

UF

VA

VA

VA

VA

VA

VA

VA
7.20 UF
UF Evento

Materiales Clínicos e Insumos (2.g)
UF Evento
Día cama Psiquiatría (1.d)
UF 12.15 UF
VA

Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica (1.e)
UF Evento
UF
16.71 UF
VA

VA

UF

UF

UF

UF
2.85 UF
UF
2.85 UF
VA

2.25
VA
VA
5.60 UF
VA

VA
7.43 UF
VA
5.18 UF
VA

VA

VA

VA

UF

VA

VA

VA

Obturación: Diagnostico y tratamiento de 1 pieza dental
0.82 UF
Obturación: Tratamiento más de 1 y hasta 4 piezas dentales
0.83 UF
Obturación: Tratamiento más de 4 piezas dentales
1.25 UF
Endodoncia Incisivo
1.42 UF
Endodoncia Premolar
1.51 UF
Endodoncia Molar
1.83 UF
Prestaciones Fertilización PAD (1.m):

Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Hombre
VA 4.00 UF
Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Mujer
VA 12.00 UF
VA
1.00 UF
VA

VA

Medicamentos Ambulatorios (1.j)
UF
UF

TIEMPOS DE ESPERA

Fono CruzBlanca 600 818 0000
www.cruzblanca.cl
1.00

1.00

40
Solo Cobertura Libre Elección
ORIENTE 7800

Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de
Quimioterapia Tope Mensual (2.d)
20.50
Prótesis

1.11

TIPO DE PLAN :

PRESTACIONES HOSPITALIZADAS

1.a) Cobertura Preferencial (*)

2.88

70

2.25

Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de
Quimioterapia Tope Mensual (2.d)

7.35

Sólo cobertura Libre Elección

Sin tope

70

Día Cama Clínica de Recuperación

Sin tope

Honorarios Médicos Ambulatorios (1.j)

HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA

Traslados (1.h)

INDIVIDUAL

Tope

Prestaciones Dentales PAD (1.l):

2.23

100% Sin Tope con copago máximo de 3
UF por evento en prestadores Oriente B1

Honorarios Médicos Quirúrgicos (**)

6.07

1.02

Box ambulatorio (1.j) (2.a)
90
1.17

1.10

2.25

Histopatología

Psiquiátrica, psicológica, prótesis, traslados, atención dental,
tratamientos de Infertilidad, PET-CT.
tratamientos con drogas biológicas (2.f)
cirugía fotorrefractiva (lasik) (2.e)
cirugía bariátrica o de obesidad (2.e)

La cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección, sin que sean aplicables las
coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF 1000.

Sólo Cobertura Libre Elección
Atenciones de Urgencia
OTRAS PRESTACIONES (1.a.1)

Centros Integramedica

Sin tope

Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de
Quimioterapia Tope Mensual (2.d)

CÓDIGO DE PLAN :
NOMBRE DEL PLAN :1OR7800714
95 % Sin Tope

3.60

Igual cobertura que para prestaciones hospitalizadas,
cumpliendo condiciones indicadas en Nota (1.j)

2.25

20.50

1.17

9.22

15 días

7 días

Consulta
Exámenes

Traslados (1.h)

Prótesis

7.35

Óptica (1.g)

9.22

70

OTRAS RESTRICCIONES (1.a.1)

Sólo cobertura Libre Elección

1.00

Derecho de Pabellón (1.j)

2.49

20.50

PRESTACIONES AMBULATORIAS

Medicamentos en Hospitalización (2.g)

Sin tope

Atención integral de nutricionista (2.h)

1.29

Sólo cobertura Libre Elección

Consulta Médica

Atención integral de enfermería (2.h)

Laboratorio

Sin tope

Radioterapia
Sin tope
12.15

Fonoaudiología

(** ) Atención Médicos Staff de los Prestadores

Centros Integramedica

Red Prestadores Oriente B1 - Red Prestadores Oriente B2

PRESTACIONES AMBULATORIAS

30 días

Sin tope

Sólo cobertura Libre Elección

4.46

PRESTADORES DERIVADOS (1.a.2)

VA

1.70

1.58

Sólo cobertura Libre Elección

0.57

0.57

1.44

1.41

90% Sin Tope Prestadores Oriente B2

3.99

1.44

6.07

Visita Médico Tratante o Interconsultor (1.b)(**)

Procedimientos (1.c) (**)

Sala cuna

Observación - Recuperación

Días Cama Especialidades

Derecho de Pabellón

Histopatología

4.68

100 UF x Evento

Sin tope

4.14

0.81

2.25

UF

1.78

Kinesiterapia

Laboratorio

Consulta Urgencia y Oftalmológica (1.f)

90

0.99

Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas (1.d)

1.11

3.24

18.22

PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO
MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE

2.88

Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)

Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)

Bonificación

Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)

2.25

Psicología Ambulatoria

FUN Nº

Tope máx. año
contrato por
beneficiario (2.b)

Libre Elección

Bonificación
Tope máx. año contrato por
beneficiario (2.b)

Psiquiatría Ambulatoria

Kinesiterapia

Procedimientos (1.c)

Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)

8.91

2.88

Cobertura Internacional (1.k)

(*) VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE.

Procedimientos diagnósticos y Terapéuticos

Intervenciones quirúrgicas
Hombre Mujer Hombre Mujer
0 a menos de 2
1.80 1.80 1.80 1.80
2 a menos de 5
0.95 0.80 0.80 0.77
5 a menos de 10
0.75 0.55 0.63 0.55
10 a menos de 15
0.65 0.55 0.55 0.55
15 a menos de 20
0.60 0.70 0.55 0.60
20 a menos de 25
0.70 1.55 0.68 0.92
25 a menos de 30
0.80 2.15 0.68 1.50
30 a menos de 35
1.00 3.30 1.00 1.80
35 a menos de 40
1.10 3.05 1.10 1.65
40 a menos de 45
1.30 2.40 1.30 1.55
45 a menos de 50
1.45 2.45 1.45 1.60
50 a menos de 55
1.75 2.70 1.75 1.90
55 a menos de 60
2.40 3.20 2.40 2.10
60 a menos de 65
3.10 3.50 3.10 2.50
65 a menos de 70
4.30 3.70 4.30 3.00
70 a menos de 75
4.50 3.80 4.50 3.25
75 a menos de 80
5.50 4.50 5.50 4.50
80 y mas
5.50 4.90 5.50 4.50
Firma Agente Isapre Cruz Blanca S.A.
Firma Contratante
Nombre :
Nombre :
Rut:
Rut:
Fecha

2.- Definiciones

1.m) Estas prestaciones serán otorgadas a beneficiarios que tengan entre 25 a 37 años de edad, e incluyen las coberturas de especialidad, exámenes de laboratorio e imagenología propios de este tratamiento,
procedimiento de crio preservación, capacitación espermática, inseminación artificial y los fármacos e insumos requeridos para la realización del tratamiento señalado. Incluyen la totalidad de las prestaciones
requeridas para el tratamiento de infertilidad con inseminación artificial desde la pareja.

Huella Dactilar

Contratante

TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537

Precio Total Plan de Salud Complementario en UF según Grupo familiar

1.b) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.

1.l) Podrán acceder a las prestaciones PAD dentales solo los beneficiarios, niños y jovenes, entre 12 y 17 años 11 meses y 29 días que presenten caries de una o más piezas dentales.

1.c) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención.

CODIGO DE PLAN :

Tope General por Beneficiario (2.b)

Cargas

1.f) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil.

1.d) El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización.

(1.a.2) Son prestadores derivados del prestador preferente aquellos que integran su misma Red, según el cuadro siguiente. En caso de insuficiencia del prestador preferente, la cobertura corresponderá a la señalada para la Red que
integre el prestador utilizado.

NOMBRE :

ISAPRE CRUZ BLANCA - 31

Unidad

$

2.e) Se entiende por Cirugía Bariátrica o de Obesidad al By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico, sea efectuado en pacientes obesos o no. La exclusión de
cobertura preferente, sobre la cirugía Bariátrica y cirugía Lasik, corresponden al evento completo.

1.a.1) Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección.

Contratante

1.g) Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación medica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola
excepción del reembolso de lentes de presbicia.

2.d) Se entiende por quiomioterapicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica.

5.a) El Arancel o catálogo valorizado de prestaciones se reajustará el primero de marzo de cada año hasta en un 100% de la variación experimentada por el Índice de Precios del Consumidor (IPC) entre el 1º de
Enero y 31 de Diciembre del año anterior, con un mínimo de 1% de la referida variación. Para el caso que desaparezca o reemplace dicho índice, se sustituirá por el que la autoridad competente disponga en
lugar de aquél. El reajuste y modificaciones antes dichas, son independientes de la obligación de la Isapre de otorgar las nuevas prestaciones que se incorporen al Arancel Fonasa en su modalidad libre elección,
desde el momento de su incorporación, y otorgar, como mínimo, la cobertura financiera que dicho arancel asegura.

5.-Reajuste del arancel de prestaciones.

2.h) La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: pacientes con riesgo cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad o sobrepeso
según criterios de índice de Masa Corporal (I.M.C) y con diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes, para casos de enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de enfermería
del adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias.

a) Cobertura preferencial sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso.

2.b) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección y oferta preferente. El valor indicado rige
para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año
sea igual al tope, aplicara la regla de bonificación del doble piso mínimo de cobertura legal de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 190 del DFL N° 1 de 2005, determinándose de esta forma el nuevo copago del
afiliado.

2.c) Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de
la Isapre.

1.k) Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del contrato de salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes
de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación.

2.f) Se entiende por "Drogas Biológicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas.

2.g) El tope definido para la cobertura de Medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un
beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o
más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento.

(El precio se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valor de la UF del último día del mes al
que corresponde devengar la cotización).

1500

Nombre Arancel (5.a)

1.j) La cobertura de prestaciones ambulatorias de box ambulatorio, derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos definidas, sólo opera para intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 ó
superior, o uso de anestesia general, o la utilización de un box ambulatorio por 4 horas o más. En caso de no cumplirse alguna de estas condiciones, la cobertura preferente será de un 70% sin tope en los
prestadores de las redes definidas, y la cobertura para libre elección será de un 70% con los topes definidos para esta línea de cobertura, salvo que la cobertura hospitalizada sea inferior, caso en el cual se
aplicará esta última.

VA = Veces Arancel; UF = Unidad de Fomento; (**) Solo Médicos Staff de los Prestadores.

2.a) Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas.

1.h) La cobertura Traslados Médicos se otorgan sólo con indicación médica justificada.

1OR7800714
ORIENTE 7800
NOTAS EXPLICATIVAS

3.- Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente.

3.a) Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente" .

4.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar

4.a) Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la
respectiva bonificación.

4.b) Para el pago de la cotización : Si el precio está expresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en que
se devenga la remuneración.

1.i) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología.

Edad (Años)

Precio Base Plan de Salud Complementario en UF (4.b)

1.e) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada.
Arauco Salud Clínica Indisa
Avansalud Providencia Red UC (Torre - Hosp.)
Hospital Clínico Dipreca
Prestadores Oriente B1 Prestadores Oriente B2
Clínica Las Lilas Clínica Santa Maria
Clínica Dávila Clínica Tabancura