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1TP7001115

TITANIUM EXTRA PLUS 7000

Puntuación del plan 7,1

Desde

$220.139/mes

CÓDIGO DE PLAN : 1TP7001115 NOMBRE :
TIPO DE PLAN :

%
de Bonificación

Ampliación de
Cobertura

Día cama

Día cama cuidados intensivos o coronarios

Día cama cuidados intermedios

Derecho de Pabellón

Exámenes de laboratorio

Histopatología

Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)

Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)

Kinesiología
33.75 UF
Medicamentos (2.c)

8.00
VA
2.05
UF
2.55
UF
23.24
UF 69.72 UF
23.24
UF 69.72 UF
6.93
VA
5.56
VA
1.70
UF
1.70
UF
1.70
VA
1.87
VA
7.28
VA
10.40
VA
3.32
VA 28.69 UF
3.32
VA
8.89
VA
7.88
VA
5.91
VA 76.83 UF
3.32
VA
26.73
UF 80.19 UF
6.93
VA
Atención integral de enfermería (2.d)
3.32 VA
Atención integral de nutricionista (2.d)
3.32 VA 10.96 UF
7.00
UF
4.00
UF
12.00
UF
90
0.43 UF
80
1.70 VA 8.50 UF
0.51
UF
3.69
VA
Medicamentos en hospitalización Psiquiátrica (1.h)

54.00
UF
3.74
VA 1.50 UF
5.56
VA
Sin Tope

7.88
UF
Fono CruzBlanca 600 818 0000

Consulta Urgencia

PRESTACIONES

Procedimientos (1.a)

Sin Tope

Exámenes de laboratorio

90

Sin Tope

Visita por médico tratante (1.b)

Prótesis, órtesis y elementos de osteosíntesis

Quimioterapia (1.c)

www.cruzblanca.cl

Medicamentos ambulatorios (1.f)
90
Drogas Biológicas (2.f)

Traslados Médicos (1.d)

Sin Tope

VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA LIBRE ELECCIÓN.

90
Sin Tope
40

PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO
I. MODALIDAD LIBRE ELECCIÓN

FUN Nº:

Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite. El (la ) cotizante tendrá derecho a optar a incorporarse, dentro de los planes que
comercialice la Isapre al menos, entre los siguientes planes de salud:

i) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán efectuarse los ajustes que correspondan en
relación a los restantes beneficios del nuevo plan.

ii) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los ajustes pertinentes en relación al precio del
nuevo plan.

PLAN CON COBERTURA MATERNAL REDUCIDA
PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE PARTO O CESÁREA, ABORTO, EMBARAZO ECTOPICO, HOSPITALIZACIÓN POR AMENAZA DE PARTO PREMATURO.

TITANIUM EXTRA PLUS 7000

INDIVIDUAL

Tope Máximo Año Contrato por
Beneficiario (2.e)

Sin Tope

Visita por médico interconsultor (1.b)

Traslados Médicos (1.d)

HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA

Tope
de Bonificación

Consulta médica

Materiales e insumos clínicos (2.c)

Honorarios médicos quirúrgicos

UF

Prestaciones Dentales PAD (1.i):

Prótesis y Órtesis

PRESTACIONES RESTRINGIDAS

Sin Tope

Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Hombre

Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Mujer

Box Ambulatorio (2.a)(2.b)

Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)

Sin Tope

Sin Tope

Día Cama Clínica de Recuperación

AMBULATORIAS

90

Sin Tope

Sin Tope

Visita a Enfermo Hospitalizado Neonatólogo

90

Histopatología

Kinesiología

Procedimientos (1.a)

Fonoaudiología

Óptica (1.g)

OTRAS COBERTURAS

Quimioterapia (1.c)

Pabellón ambulatorio (2.a)

Sin Tope

Hospitalización Pediátrica o Neonatal

Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)

Psiquiatría o Psicología Ambulatoria

Sin Tope

Honorarios médicos quirúrgicos (2.a)

Sin Tope
Radioterapia
Prestaciones Fertilización PAD (1.e):
1.00 VA
Consultas Pediatría y subespecialidades; Neonatología y
Ginecología

Atención Inmediata Recién Nacido

28.69

Cobertura internacional (1.j)
La cobertura Internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección. No aplican las
coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF1000.

Día Cama Psiquiatría

25
CÓDIGO DE PLAN : 1TP7001115
Hombre
Mujer Mujer
1.80
1.80 1.80
0.95
0.80 0.77
0.75
0.55 0.55
0.65
0.55 0.55
0.60
0.70 0.60
0.70
1.55 0.92
0.80
2.15 1.50
1.00
3.30 1.80
1.10
3.05 1.65
1.30
2.40 1.55
1.45
2.45 1.60
1.75
2.70 1.90
2.40
3.20 2.10
3.10
3.50 2.50
4.30
3.70 3.00
4.50
3.80 3.25
5.50
4.50 4.50
5.50
4.90 4.50
$

______________________________
_______________________________
Firma Isapre
Firma del Afiliado
Nombre :
Nombre :
Rut :
Rut :
Fecha :

55 a menos de 60

1.f) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología.

NOMBRE :
TITANIUM EXTRA PLUS 7000
1.h) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiatría es por evento.

Isapre CruzBlanca - 32
Identificación Única del Arancel (4.a)
7000

La Cobertura restringida de Parto Cesárea y Aborto corresponden a las prestaciones referidas al embarazo (parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico, hospitalizaciones por
complicaciones del embarazo) cuya cobertura corresponderá al mayor valor resultante entre el 25% de lo estipulado en el Plan de Salud Complementario para la libre elección y la
cobertura financiera que asegura el Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las prestaciones contempladas en el Arancel. Se deja constancia que para este tipo de
Planes, no será aplicable la cobertura proporcional a la que alude el inciso segundo letra g) párrafo segundo del artículo 189 del D.F.L.N°1, de 2005, de Salud.

3.b) Para el pago de la cotización : Si el precio está expresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el
último día del mes anterior en que se devenga la remuneración.

Tope General por Beneficiario en UF (2.e)

60 a menos de 65

65 a menos de 70

3.a) El precio del Plan se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valor de la UF del último día del mes al que corresponda devengar la cotización.

1.i) Podrán acceder a las prestaciones PAD Dentales sólo los beneficiarios, niños y jóvenes entre 12 y 17 años 11 meses y 29 días que presenten caries de una o mas piezas
dentales.

2.f) Se entiende por "Drogas Biológicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas.

1.j) La cobertura Internacional de los ítems definidos como “Sin Tope”, tendrá un tope de 10 veces el Arancel Isapre Cruz Blanca - 32. Para obtener la cobertura, el beneficiario
deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del articulo 10° de las Condiciones generales del Contrato de Salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que
se presenten en idiomas extranjeros distintos del ingles, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación.

2.e) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximos usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección. El valor
indicado rige para cada beneficiario por año vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado.
Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, la bonificación corresponderá al mayor valor entre el 25% de la cobertura estipulada en el plan de salud y la
cobertura financiera que asegura el Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las prestaciones contempladas en el Arancel, determinándose de esta forma el nuevo copago
del afiliado.

2.- Definiciones

2.d) La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: - Nutricionista: pacientes con riesgo cardiovascular modificable con dieta, que
presenten obesidad o sobrepeso según criterios de Índice de Masa Corporal(I.M.C.) y con diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes, para casos de Enfermería: para mayores de 55
años portadores de patologías crónicas, en centros de Enfermería del Adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias

4.30

1.c) Esta cobertura se refiere sólo a las drogas citotóxicas administradas en ciclos de quimioterapia.

1.- Coberturas

Modalidad
Arancel

1.e) Estas prestaciones incluyen las coberturas de especialidad, exámenes de laboratorio e imagenología propios de este tratamiento, procedimiento de criopreservación,
capacitación espermática, inseminación artificial y los fármacos e insumos requeridos para la realización del tratamiento señalado. Incluyen la totalidad de las prestaciones
requeridas para el tratamiento de infertilidad con inseminación artificial desde la pareja.

80 y más
5.50
2.c) El tope definido para la cobertura de Medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por Evento hospitalario a aquel que engloba todos los
gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma
ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la
hospitalización marca el término del evento.

TITANIUM EXTRA PLUS 7000

1.b) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.

Huella Dactilar

Contratante

70 a menos de 75

5.50
75 a menos de 80
3.10

35 a menos de 40

50 a menos de 55
1.75
40 a menos de 45

45 a menos de 50
1.45
1.30

4.50

0.55

0.63

Cargas

Hombre

0.68

0.68

5 a menos de 10

15 a menos de 20

0.80

4.a) El Arancel o catálogo valorizado de prestaciones se reajustará el primero de marzo de cada año hasta en un 100% de la variación experimentada por el Índice de Precios del
Consumidor (IPC) entre el 1º de Enero y 31 de Diciembre del año anterior, con un mínimo de 1% de la referida variación. Para el caso que desaparezca o reemplace dicho índice,
se sustituirá por el que la autoridad competente disponga en lugar de aquél. El reajuste y modificaciones antes dichas, son independientes de la obligación de la Isapre de otorgar
las nuevas prestaciones que se incorporen al Arancel Fonasa en su modalidad libre elección, desde el momento de su incorporación, y otorgar, como mínimo, la cobertura
financiera que dicho arancel asegura.

2.a) Las prestaciones ambulatorias de box, derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos ambulatorios tendrán una cobertura equivalente a la atención hospitalizada sólo
tratándose de intervenciones quirúrgicas que se encuentren asociadas a un pabellón 5 ó superior, a uso de anestesia general, o a la utilización de un box ambulatorio por 4 horas o
más

1.a) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que
realiza la atención.

4.-Reajuste del arancel de prestaciones.

ANEXO DEL PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO MODALIDAD LIBRE ELECCIÓN

1.10

0.55

3.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar

2.g) Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional
que formen parte de la Red de la Isapre.

2.b) Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4
horas.

1.g) Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación medica respectiva, a cada beneficiario que solicite
bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia.

1.d) La cobertura de traslados médicos se otorga sólo con indicación médica justificada.

Edad años

1.80

Precio Base Plan de Salud Complementario en UF (3.b)

1.00

TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537

Contratante

0 a menos de 2

Precio Total Plan de Salud Complementario en UF según
composición del grupo familiar

30 a menos de 35

2 a menos de 5

20 a menos de 25

2.40

10 a menos de 15

25 a menos de 30