% Bonif.Copago Fijo% Bonif. 3.00UF 5.40UF 5.40UF 1.50UF 3.00VA 2.00VA 1.00VA Exámenes de Histopatología1.10VA 1.30VA 1.30VA 8.04UF1.50VA8.04UF 7.00UF 5.00UF Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos (**)(1c)1.00VA Honorarios Médicos Quirúrgicos(**)0.96VA Visita Médico Tratante(**)0.50UF Visita Interconsultor(**) (1b)0.50UF Prótesis, órtesis y elementos de osteosíntesis.2.20VA Traslados médicos(1i)2.02VA 8.00UF68.00UF Quimioterapia(2d)8.00UF68.00UF 0.37UF 0.40UF Exámenes de Laboratorio0.70VA Exámenes de Histopatología0.77VA 0.91VA 1.30VA 8.04UF1.50VA8.04UF Pabellón Ambulatorio(1d)1.60VA Procedimientos(1c)1.00VA Honorarios Médicos Quirúrgicos(1d)1.20VA Consulta Psiquiatría0.20UF9.00UF Psiquiatría Ambulatoria1.00VA9.00UF Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria1.00VA9.00UF Fonoaudiología1.20VA5.80UF Quimioterapia(2d)8.00UF68.00UF Radioterapia1.00VA Prótesis y Órtesis2.20VA Atención integral de enfermería(2h)1.00VA Atención integral de nutricionista(2h)1.00VA3.30UF 7.00UF Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Hombre4.00UF Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Mujer12.00UF 0.75UF40.00UF Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica(1f)1.75UF40.00UF 1.20VA40.00UF 0.75UF40.00UF 2.00VA 0.96VA 1.00VA Box ambulatorio(1d)(2a)2.00VA 0.60UF 3.00VA1.20UF 2.02VA 70%0.40UF Fono CruzBlanca 600 818 0000 Prestaciones Dentales PAD (1.l): Cobertura Libre Elección40%1.00VA Sin Tope Prestaciones Fertilización PAD (1.e): 80% Sin Tope PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE (** )Staff ISA y ASOMEDUC Sin Tope Prestaciones Ambulatorias Clínica Dávila 80% Sin Tope Hospital Clínico Pontificia Universidad Católica ATENCIONES DE URGENCIA RNM EXS, RX,TAC,ECO Medicamentos Ambulatorios(1j) PRESTADORES DERIVADOS (1.a1.2) Sin Tope PET -CT Hospitalarias y Cirugía Mayor Ambulatoria OTRAS COBERTURAS 80% Sin Tope Hospital Clínico Pontificia Universidad Católica e INTEGRAMEDICA Sin Tope Consulta Oftalmológica Cobertura Internacional(1k) Clínica Dávila en tipo de Habitación Individual. Medicamentos Ambulatorios(1j) Óptica(1h) Consulta Urgencia(*)(1g) Consulta Urgencia(*)(1g) Sin Tope 80% Exámenes de Laboratorio Sin Tope Día cama Cuidados Intermedios Sin Tope (**) Staff Médicos ASOMEDUC 90% Sin Tope (a2.2) Cirugías con Copago Fijo Garantizado UF 6 Por evento Cirugía Bariátrica, Metabólica, Fotorrefractiva(lasik):Pabellón(a2.4)(2e) Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) Medicamentos en hospitalización(2g) Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) 70% Día Cama Sala Cuna-Fototerapia en tipo de Habitación Individual Tope Bonificación Derecho de Pabellón NOMBRE: Tope max. INDIVIDUAL CODIGO DE PLAN: LIBRE ELECCIÓN1a) OFERTA PREFERENTE UC+30 7000 FUN Nº HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA Cobertura Libre Elección Tope max. TIPO DE PLAN: Año/Benef/UF (2.b) Traslados(1i) Día cama Cuidados Intensivos o Coronarios Kinesiología y fisioterapia Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) Cirugía Bariátrica, Metabólica, Fotorrefractiva(lasik):Honorarios(a2.4)(2e) Sin Tope Materiales Clínicos e Insumos(2g) PRESTACIONES RESTRINGIDAS Día Cama Clínica de Recuperación Sin Tope Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas Sin Tope Sin Tope PRESTACIONES AMBULATORIAS Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) Hospital Clínico Pontificia Universidad Católica Nuevo Pensionado UC Cobertura Libre Elección Tope BonificaciónAño/Benef/UF (2.b) 70% Sin Tope Día Cama Psiquiatría 70% Cobertura Libre Elección Consulta Médica PRESTACIONES 1UC+700716 La cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección, sin que sean aplicables las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF 1000. VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE. www.cruzblanca.cl Día Cama Observación-Recuperación Cobertura Libre Elección Día Cama Especialidades Kinesiología y fisioterapia Drogas Biológicas(2f) 80% Sin Tope (a1.1) 1 de 3
CODIGO DE PLAN:1UC+700716NOMBRE:UC+30 7000 HombreMujerHombreMujer 1.801.801.801.80 0.950.800.800.77 0.750.550.630.55 0.650.550.550.55 0.600.700.550.60 0.701.550.680.92 0.802.150.681.50 1.003.301.001.80 1.103.051.101.65 1.302.401.301.55 1.452.451.451.60 1.752.701.751.90 2.403.202.402.10 3.103.503.102.50 4.303.704.303.00 4.503.804.503.25 5.504.505.504.50 5.504.905.504.50 Firma Representante Isapre Cruz Blanca S.A.Firma Contratante Nombre :Nombre : RUT:RUT: Fecha: 1.- Coberturas 1103049: HNP1803018: Hemorroidectomia2004001: Aborto Retenido, Vaciamiento 1103066: Túnel Carpiano1902066: Orquidopexia un lado2004002: Raspado Uterino Diagnostico o Terapéutico 1302028: Adenoidectomía1902075: Varicocele unilateral2004003: Parto 1302029: Amigdalotomía1902082: Circuncisión2004006: Cesárea 1402001: Tiroidectomía Bilateral Total2003001: Ooferectomia2104051: Ruptura manguitos rotadores 1703030: Safenectomía Int y/o Ext, Unilateral2003003: Embarazo ectópico2104093: Dedo en gatillo 1802001: Hernia Diafragmática2003005: Salpingectomía uni o bilateral2104156: Inestabilidad Crónica De Rodilla 1802003: Hernia Inguinal, Crural, Umbilical2003008: Miomectomía2104159: Meniscectomía Por Vía Artroscópica 1802053: Apendicetomía2003010: Histerectomía Total Vía Abdominal2104179: Luxofractura tobillo, cualquier tipo 1802081: Colecistectomía laparoscópica2003025: Quiste y/o desgarro tabique vaginal2104190: Hallux Valgus 20 a menos de 25 Precio Base Plan de Salud Complementario en UF Tope General Anual por Beneficiario (2b) 35 a menos de 40 40 a menos de 45 PrecioTotalPlan deSalud Complementarioen UF según Grupo familiar(4b) INTEGRAMEDICA Centros Médicos Región Metropolitana: Las Condes, Manquehue, Barcelona, Centro, Alameda, Norte, Plaza Oeste, San Miguel, Florida Salud, Tobalaba, Estación Central, Puente Alto, Maipú. UF Isapre CruzBlanca - 31Identificación Única del Arancel (5a) 2 a menos de5 10 a menos de 15 0 a menos de2 3000 Modalidad del Arancel$ Edad años TABLA DE FACTORES Nº 537 ContratanteCargas a) La cobertura de la Oferta Preferente se obtiene sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso. 5 a menos de 10 45 a menos de 50 15 a menos de 20 30 a menos de 35 60 a menos de 65 55 a menos de 60 50 a menos de 55 a2.1) Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará la en tipo de Habitación Individual o la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el prestador. 25 a menos de 30 a1.1) Red Ambulatoria Huella Dactilar Contratante a2) Oferta preferente Hospitalaria: a2.2.1. Corresponderá la cobertura de Copago Fijo,sólo si alguna delas prestaciones más arriba señaladase efectúacomo evento único, es decir no forma parte de un evento con cirugías múltiples o bilaterales. En éste último caso, la cobertura del evento corresponderá al 90% Sin Tope para las prestaciones afectas. a2.2.2. No están afectos a Copago Fijo las prestaciones de salud por enfermedades, patologías o condiciones de salud preexistentes declaradas por el afiliado o sus beneficiarios que se autoricen con carencia y quese efectúen dentro de los primeros 17 meses de vigencia de beneficios. Estos casos tendrán una bonificación del 25% y en ningún caso la cobertura financiera será inferior a la que otorga el Fonasa en la Modalidad de Libre Elección, ni al 25% de la prevista en el Plan de Salud para la prestación genérica correspondiente. 80 y más a2.2.3. Tratándose de atención de parto o cesárea, no aplica el Copago fijosi la beneficiaria ingresó al Plan embarazada. En dicho caso la cobertura se calcula en base a novenos de acuerdo a la cobertura general del Plan (90% Sin Tope) multiplicado por los novenos que correspondan. 75 a menos de 80 a1.2) Es prestador derivado para la atención ambulatoriadel Plan Preferente UC+30 7000el prestador CLINICA DAVILA.En caso de insuficiencia del Hospital Clínico de la Universidad Católica o INTEGRAMEDICA, el beneficiario recibirá la misma cobertura señalada en el Plan de Salud Complementario si utiliza éste prestador . Tratándose de la cobertura de honorarios médicos quirúrgicos Hspitalarios o ambulatorios, sólo corresponderá cobertura preferente si utiliza médicos con convenio para el Plan, de lo contrario, la cobertura de este ítem será la de la Libre Elección. Hospital Clínico Universidad Católica de Chile: Marcoleta 367, Lira 85, San Jorge (Cruz del Sur 117), Centro del Cáncer Nuestra Señora de la Esperanza (Diagonal Paraguay 319), Centro Médico Alcántara (Av. Apoquindo 3990) , Pediuc (Cerro Colorado 5030) a2.2) Este Plan contempla en su modalidad de cobertura Preferente, un copago fijo garantizados para los siguientes 30 eventos hospitalarios:. a1) Oferta preferente Ambulatoria: 65 a menos de 70 70 a menos de 75 NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD : 1UC+700716 2 de 3
CODIGO DE PLAN:1UC+700716NOMBRE:UC+30 7000 2.- Definiciones 3.- Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente. 4.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar 5.-Reajuste del arancel de prestaciones. 1f)El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento. 1i)La cobertura de traslados médicos se otorga sólo con indicación médica justificada. 5a)El Arancel o catálogo valorizado de prestaciones se reajustará el primero de marzo de cada año hasta en un 100% de la variación experimentada por el Índice de Precios del Consumidor (IPC) entre el 1º de Enero y 31 de Diciembre del año anterior, con un mínimo de 1% de la referida variación. Para el caso que desaparezca o reemplace dicho índice, se sustituirá por el que la autoridad competente disponga en lugar de aquél. El reajuste y modificaciones antes dichas, son independientes de la obligación de la Isapre de otorgar las nuevas prestaciones que se incorporen al Arancel Fonasa en su modalidad libre elección, desde el momento de su incorporación, y otorgar, como mínimo, la cobertura financiera que dicho arancel asegura. 2f)Se entiende por "Drogas Biológicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas. 4b)Para el pago de la cotización : Si el precio estáexpresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en que se devenga la remuneración. 4a)Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la respectiva bonificación. 2d)Se entiende por quiomioterápicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica. 2i)Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. (** )Staff ASOMEDUC e ISA = Médicos Staff Asociación de Médicos Universidad Católica e Integramedica Centros Médicos respectivamente en convenio con Cruz Blanca para el Plan Preferente. 1j)La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. 3a)Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente" . 1h)Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. 2b)Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximos usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección. El valor indicado rige para cada beneficiario por año vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, la bonificación corresponderá al mayor valor entre el 25% de la cobertura estipulada en el plan de salud y la cobertura financiera que asegura el Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las prestaciones contempladas en el Arancel, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado. VA = Veces Arancel;UF = Unidad de Fomento;EXS = Exámenes de Laboratorio;RX = Radiología;TAC= Tomografía axial computarizada (scanner);ECO = Ecotomografías;RNM= Resonancia Nuclear Magnética. 2e)Se entiende por Cirugía Bariátrica o de Obesidad al By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico, sea efectuado en pacientes obesos o no. 2g)El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. 2h)La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: con riesgo cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad o sobrepeso según criterios de índice de Masa Corporal (I.M.C) y con diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes, para casos de enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de enfermería del adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias. 2c)Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. 1g)Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil. 1l)Podrán acceder a las prestaciones PAD dentales solo los beneficiarios, niños y jóvenes, entre 12 y 17 años 11 meses y 29 días que presenten caries de una o más piezas dentales. 1k)Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del contrato de salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. 2a)Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas. 1e)Estas prestaciones incluyen las coberturas de especialidad, exámenes de laboratorio e imagenología propios de este tratamiento, procedimiento de criopreservación, capacitación espermática, inseminación artificial y los fármacos e insumos requeridos para la realización del tratamiento señalado. Incluyen la totalidad de las prestaciones requeridas para el tratamiento de infertilidad con inseminación artificial desde la pareja. 1d)En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 ó superior, o uso de anestesia general, éstos ítems :Box Ambulatorio, Pabellón y Honorarios Médicos, tendrán la cobertura equivalente a la atención hospitalizada. 1c)La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. a2.3)Este Plan aplicará cobertura preferente a las hospitalizacionesde urgencia efectuadas en regiones distintas de la Región Metropolitana.Se entenderá por hospitalización de urgencia aquella derivada de un servicio de urgencia, queporcondición de salud o cuadro clínico del paciente,requiere atención médica inmediata e impostergable.No estará afecto a esta ampliación de cobertura ninguna hospitalización programada, ni la consulta de urgencia o exámenes efectuados en el servicio de urgencia que no forman parte de los gastos de la hospitalización. La ampliación de cobertura consistirá en aplicara la cuenta hospitalaria regional, los montos bonificados que Cruz Blanca hubiera pagado si la atención se hubiere efectuado en Clínica DAVILA. En estos casos no aplica la cobertura de cirugía con copago fijo garantizado. a2.4)La exclusión de Cobertura Preferente de la Cirugía Bariátrica y Cirugía lasik, corresponde al evento hospitalario completo. 1b)Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. 3 de 3