TIPO DE PLAN:FUN Nº %TopeCopago Fijo% 6.00UF 8.00UF 8.00UF 3.00UF 6.00VA 2.00VA 1.00VA Exámenes de Histopatología1.00VA 1.20VA 0.80VA 4,00 UF1.00VA4.00UF 1.00VA Atención Inmediata Recién Nacido1.20VA 1.36VA 0.40UF 0.40UF 28.00UF 20.00UF 5.00UF20.00UF 5.00UF20.00UF 1.65VA 2.56VA 1.00UF 0.83UF 1.00UF 0.70VA 0.70VA 1.10VA 4,00 UF0.70VA4.00UF 2.00VA 1.00VA 0.91VA 0.80VA 704,00 UF2.00VA4.00UF 0.30UF4.00UF 1.20VA4.00UF 1.20VA4.00UF 1.00VA 1.00VA 1.00VA3.30UF 5.00UF20.00UF Prótesis y Ortesis1.65VA 1.00VA7.00UF Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Hombre1.00VA4.00UF Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Mujer1.00VA12.00UF 1.00UF5.00UF Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica(1.f)1.00UF5.00UF 2.00VA5.00UF 1.00UF5.00UF 1.00VA 1.36VA 2.00VA 5.00UF20.00UF Medicamentos Ambulatorios(1.j)1.00UF 2.00VA 4.50VA1.80UF 2.56VA Fono CruzBlanca 600 818 0000 Sin Tope Sin Tope 70 Consulta Urgencia(**)(1g) Integramedica 40 Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) Habitación Individual Exámenes de Histopatología Psiquiatría Ambulatoria Consulta Oftalmológica 70Cobertura Libre Elección 50UF Sin Tope Cobertura Libre Elección PRESTACIONES AMBULATORIAS(1.a.2) 70 % Sin tope Clínica Indisa e Integramedica (1.a.1) Sin Tope Integramedica Consulta Médica PRESTACIONES RESTRINGIDAS (1.a.2.1) Atención integral de nutricionista(2.h) Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas Sin Tope Sin Tope Cobertura Libre Elección Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE CODIGO DE PLAN:2IND551115 Bonificación 1.a) OFERTA PREFERENTE Tope max. Año contrato por beneficiario (2.b) Sin Tope Día cama Cuidados Intensivos o Coronarios Día Cama Observación-Recuperación PRESTACIONES AMBULATORIAS Sin Tope 90 % Sin Tope Clínica Indisa Radioterapia HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA Visita Médico Tratante(**) Prótesis, órtesis y elementos de osteosíntesis. Honorarios Médicos Quirúrgicos(1.d) Quimioterapia(2.d) (**) Staff Clínica Indisa Medicamentos en hospitalización(2.g) Traslados médicos(1.i) Sin Tope Materiales Clínicos e Insumos(2.g) Visita Interconsultor(**) (1.b) Tope Día Cama Especialidades Día Cama Sala Cuna-Fototerapia Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA Tope max. Año contrato por beneficiario (2.b) PRESTACIONES 90 Honorarios Médicos Quirúrgicos(**)Sin Tope LIBRE ELECCIÓN Bonificación Kinesiología y fisioterapia Procedimientos(1.c) VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE. Sin Tope Sin Tope Cirugía de Bariátrica, Metabólica y Fotorrefractiva (lasik) : Pabellón(2.e)(1.k) Exámenes de Laboratorio PRESTADORES DERIVADOS Pabellón Ambulatorio(1.d) Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) La cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección, sin que sean aplicables las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF 1000. Consulta, Exs, RX, TAC, ECO, RNM, HMQ, Medicamentos Ambulatorios(1.j) Clínica Dávila www.cruzblanca.cl Traslados(1.i) 90 Clinica Indisa PET -CT Cobertura Libre Elección Día Cama Psiquiatría ATENCIONES DE URGENCIA (1.g) Prestaciones Fertilización PAD (1.e): Sin Tope Box ambulatorio(1.d)(2.a) Quimioterapia(2.d) Día Cama Clínica de Recuperación Cobertura Internacional(1.l) Óptica(1.h) 70% Sin Tope Clínica Indisa Sin TopeCirugía de Bariátrica, Metabólica, Fotorrefractiva (lasik) : Honorarios(2.e)(1.k) NOMBRE:INDISA 5500 INDIVIDUAL Drogas Biológicas(2.f) 80 Prestaciones Dentales PAD (1.m) Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) Atención integral de enfermería(2.h) Fonoaudiología Consulta Psiquiatría Exámenes de Laboratorio Día cama Cuidados Intermedios Derecho de Pabellón Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos(1.c) 70 Sin Tope OTRAS COBERTURAS (1.a.2.1) Sin Tope Drogas Biológicas(2.f) Kinesiología y fisioterapia
HombreMujerHombreMujer 1.801.801.801.80 0.950.800.800.77 0.750.550.630.55 0.650.550.550.55 0.600.700.550.60 0.701.550.680.92 0.802.150.681.50 1.003.301.001.80 1.103.051.101.65 1.302.401.301.55 1.452.451.451.60 1.752.701.751.90 2.403.202.402.10 3.103.503.102.50 4.303.704.303.00 4.503.804.503.25 5.504.505.504.50 5.504.905.504.50 Firma Representante Isapre Cruz Blanca S.A.Firma Afiliado Nombre :Nombre : Rut:Rut: 1.- Coberturas RED AMBULATORIA INTEGRAMEDICA 2.- Definiciones 3.- Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente. 4.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar 5.-Reajuste del arancel de prestaciones. Contratante 40 a menos de 45 1.a.2.1)Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección. Huella Dactilar INTEGRAMEDICA CENTROS MEDICOS REGION METROPOLITANA: Precio Base Plan de Salud Complementario en UF (4.b)Edad años Integramedica Las Condes, Manquehue, Barcelona, Centro, Alameda, Norte, Plaza Oeste, San Miguel, Florida Salud, Tobalaba, Estación Central y Puente Alto. $ 1.k)La exclusión de cobertura preferente, sobre la cirugía Bariátrica y cirugía Lasik, corresponden al evento completo. 1.a.3) Oferta preferente Hospitalaria: UF 20 a menos de 25 30 a menos de 35 Modalidad del Arancel 15 a menos de 20 55 a menos de 60 Identificación Única del Arancel (5.a) 10 a menos de 15 Cargas 1.a.3.4)Este Plan aplicará cobertura preferente a las hospitalizaciones de urgencia efectuadas en regiones distintas de la Región Metropolitana. Se entenderá por hospitalización de urgencia aquella derivada de un servicio de urgencia, queporcondición de salud o cuadro clínico del paciente,requiere atención médica inmediata e impostergable.No estará afecto a esta ampliación de cobertura ninguna hospitalización programada,nila consulta de urgencia o exámenes efectuados en el servicio de urgencia que no forman parte de los gastos de la hospitalización. La ampliación de cobertura consistirá en aplicara la cuenta hospitalaria regional, los montos bonificados que Cruz Blanca hubiera pagado si la atención se hubiere efectuado en Clínica INDISA. 1.a.3.3)Para atenciones Hospitalarias derivadas de una atención deurgencia efectuada en Clínica Indisa o Clínica Dávila,el beneficiario recibirá la cobertura señalada en la oferta preferente del Plan de Salud Complementario,si su atención se efectúa con profesionales del Staff de Clínica Indisa o Clínica Dávila,suscritos al convenio específico para el Plan, de lo contrario, la cobertura del ítem honorarios será la de la Libre Elección. 65 a menos de 70 75 a menos de 80 Tope General Anual por Beneficiario (2.b) 2 a menos de5 Contratante 60 a menos de 65 1.d)En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 ó superior, o uso de anestesia general, éstos ítems :Box Ambulatorio, Pabellón y Honorarios Médicos, tendrán la cobertura equivalente a la atención hospitalizada. 1.a.2)Es prestador derivado para la atención ambulatoriadel Plan Preferente INDISA el prestador INTEGRAMEDICA.En caso de insuficiencia de INDISA INTEGRAMEDICA, el beneficiario recibirá la misma cobertura señalada en el Plan de Salud Complementario si utiliza éste prestador . Tratándose de la cobertura de honorarios médicos quirúrgicos ambulatorios, sólo corresponderá cobertura preferente si utiliza médicos con convenio para el Plan, de lo contrario, la cobertura de este ítem será la de la Libre Elección. 1.a.3.2)Para atenciones Hospitalarias programadas, el beneficiario recibirá la cobertura señalada en la oferta preferente del Plan de Salud Complementario,si su atención se efectúa con profesionales del Staff de INDISA o Integramedica,suscritos al convenio específico para el Plan, de lo contrario, la cobertura del ítem honorarios será la de la Libre Elección. Son prestadores Staff del Plan Preferente INDISA todos los profesionales médicos que trabajan en el prestador y que tienen convenio preferente específico para el Plan. 1.a.1) Oferta preferente Ambulatoria: 50 a menos de 55 1.a)La cobertura de la Oferta Preferente se obtiene sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso. 1.b)Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. 70 a menos de 75 5 a menos de 10 45 a menos de 50 1.f)El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiatría es por evento. 1.h)Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva,a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. 1.e)Estas prestaciones incluyen las coberturas de especialidad, exámenes de laboratorio e imagenología propios de este tratamiento, procedimiento de criopreservación, capacitación espermática, inseminación artificial y los fármacos e insumos requeridos para la realización del tratamiento señalado. Incluyen la totalidad de las prestaciones requeridas para el tratamiento de infertilidad con inseminación artificial desde la pareja. 1.a.3.1) Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará la habitación individual con baño privado o la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el prestador. NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD :2IND551115 80 y más 35 a menos de 40 25 a menos de 30 Isapre CruzBlanca - 31 0 a menos de2 2.a)Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas. 4.a)Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la respectiva bonificación. 2.b)Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximos usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección. El valor indicado rige para cada beneficiario por año vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, la bonificación corresponderá al mayor valor entre el 25% de la cobertura estipulada en el plan de salud y la cobertura financiera que asegura el Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las prestaciones contempladas en el Arancel, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado. Clínica Indisa 2.g)El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. 1.c)La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. 5000 4.b)Para el pago de la cotización : Si el precio está expresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en que se devenga la remuneración. 1.m)Podrán acceder a las prestaciones PAD Dentales sólo los beneficiarios, niños y jóvenes, entre 12 y 17 años, 11 meses y 29 días, que presenten caries de una o mas piezas dentales. 2.h)La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: con riesgo cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad o sobrepeso según criterios de índice de Masa Corporal (I.M.C) y con diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes, para casos de enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de enfermería del adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias. 2.c)Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. 1.l)Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del contrato de salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. 1.i)La cobertura de traslados médicos se otorga sólo con indicación médica justificada. 1.j)La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. (**) Staff Clínica Indisa = Médicos StaffClínica IndisaIntegramedica en convenio con Cruz Blanca para el Plan Preferente. VA = Veces Arancel;UF = Unidad de Fomento;EX = Exámenes de Laboratorio;RX = Radiología; TAC= Tomografía axial computarizada (scanner);ECO = ecotomografías; RNM= resonancia nuclear magnética. 5.a)El Arancel o catálogo valorizado de prestaciones se reajustará el primero de marzo de cada año hasta en un 100% de la variación experimentada por el Índice de Precios del Consumidor (IPC) entre el 1º de Enero y 31 de Diciembre del año anterior, con un mínimo de 1% de la referida variación. Para el caso que desaparezca o reemplace dicho índice, se sustituirá por el que la autoridad competente disponga en lugar de aquél. El reajuste y modificaciones antes dichas, son independientes de la obligación de la Isapre de otorgar las nuevas prestaciones que se incorporen al Arancel Fonasa en su modalidad libre elección, desde el momento de su incorporación, y otorgar, como mínimo, la cobertura financiera que dicho arancel asegura. 2.f)Se entiende por "Drogas Biológicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas. 2.d)Se entiende por quiomioterapicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica. 3.a)Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente" . 2.e)Se entiende por Cirugía Bariátrica o de Obesidad al By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico, sea efectuado en pacientes obesos o no. 1.g)Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgadas en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil. TABLA DE FACTORES Nº 537