Información Interna Información Interna CRUZBLANCA ON OCTAVA 64E 0A20FUN N°: 2ONC64EA20Tipo de Plan:INDIVIDUAL PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIOMODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE PRESTACIONESOFERTA PREFERENTE(1.a)LIBREELECCIÓNTope máx año contrato por beneficiario (2.b)%Tope%Tope%Tope HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA Día Cama 100% Sin Tope Clínica de Chillán Hospital Clínico del Sur Clínica Universitaria de Concepción Clínica BioBío 90% Sin Tope Clínica Los Andes (Los Ángeles) Clínica Sanatorio Alemán (1.a.2) 100% Sin Tope Clínica Indisa Clínica UC Hospital Clínico UC Clínica Santa María 90% Sin Tope Clínica UC San Carlos de Apoquindo 80% Sin Tope Clínica U. de Los Andes (1.a.2)90% 6.5UF Sin Tope Día Cama Cuidados Intensivos o coronarios7.8UF Día CamaCuidados intermedios7.8UF Día Cama Sala Cuna-Fototerapia3.1UF Día Cama Observación-Recuperación6.5VA Derecho de Pabellón3.7VA Exámenes de Laboratorio2.2VA Exámenes de Histopatología2.4VA Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)2.2VA Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)2.1VA Kinesiología y fisioterapia2.9VA30UF Medicamentos (2.g)(2.i)42.0UF Sin Tope Materiales e insumos clínicos(2.g)(2.i)Habitación Individual y Doble(1.a.2.1)28.0UF Procedimientos(1.c)(1.a.2.3) Sólo Cobertura Libre Elección (1.a.3) 2.7VA Honorarios médicos quirúrgicos(1.a.2.3)3.0VA Visita por médico tratante(1.b)(1.a.2.3)Habitación Individual y Doble(1.a.2.1)1.1UF Visitapor médico interconsultor(1.b)(1.a.2.3)Staff Médicos Clínicas(1.a.2.2)(1.a.2.3)1.1UF Prótesis, órtesis y elementos de osteosíntesis Sólo Cobertura Libre Elección (1.a.3) 7.4VA Traslados Médicos (1.i)4.7VA Drogas Biológicas(2.f)20.0UF35UF Quimioterapia (2.d)(2.i) Injertos Hematopoyéticos1.0VA Sin TopePrestaciones Fertilización PAD (1.e):1.0VA Fertilización asistida altacomplejidad AMBULATORIAS Consulta médica70% Sin Tope Clínica de Chillán Hospital Clínico del Sur Clínica Universitaria de Concepción Clínica Bio Bio Clínica Los Andes (Los Ángeles) Clínica Sanatorio Alemán (1.a.1) 70% Sin Tope Integramédica Clínica Indisa Hospital Clínico UC Red Centros Médicos UC Christus Clínica Santa María Clínica UC San Carlos de Apoquindo 60% Sin Tope Clínica U. de Los Andes (1.a.1) 90% 0.6UF Sin Tope Consulta oftalmológica0.6UF Exámenes de Laboratorio1.7VA Exámenes de Histopatología1.9VA Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)1.8VA Pabellón Ambulatorio(2.a)(1.d)2.4VA Procedimientos (1.c)2.4VA Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)2.4VA Honorarios médicos quirúrgicos (1.d) Sólo Cobertura Libre Elección (1.a.3) 2.4VA Atención integral de enfermería (2.h) SóloCobertura Libre Elección (1.a.3) 1.7VA Atenciónintegral de nutricionista2.4VA8UF Kinesiología y fisioterapia2.4VA 10UF Consulta psiquiatría-Psiquiatría ambulatoria0.6UF Consulta psicología-Psicología ambulatoria1.0VA Fonoaudiología2.0VA Radioterapia2.4VASin Tope Quimioterapia (2.d)(2.i)20.0UF35UF Prótesis y órtesis7.4VASin Tope Injertos Hematopoyéticos1.0VA Prestacionesdentales (PAD) (1.l) 1.0VA 35UF Prestaciones Fertilización PAD (1.e): Fertilización asistida baja complejidad Hombre4UF Fertilización asistida baja complejidad Mujer12UF Fertilización asistida altacomplejidad1.0VASin Tope PRESTACIONES RESTRINGIDAS Día Cama Psiquiatría(1.a.3) Sólo Cobertura Libre Elección (1.a.3)90% 2.2UF 10UF Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica (1.f)(1.a.3)10.5UF Prestaciones PsiquiátricasHospitalizadas(1.a.3)2.7VA Día Cama Clínica de Recuperación(1.a.3)0.9UF Cirugía de Bariátrica, Metabólica, Fotorefractiva (lasik) PET-CT (2.e)25% de la cobertura general del plan. OTRAS COBERTURAS Box ambulatorio(1.d)Idénticosporcentajes preferentes ambulatorios y en los mismos prestadores.90% 2.7VASin Tope Medicamentos ambulatorios (1.j)(2.i)1.2UF Óptica (1.h)Sólo Cobertura Libre Elección(1.a.3)0.8UF1UF Traslados médicos (1.i)4.7VASinTope Cobertura internacional (1.k)La cobertura internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la libre elección y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF 1.000. ATENCIONES DE URGENCIA(1.a.2.5)(1.g) Consulta deUrgencia(1.a.2.4)Idénticos porcentajes preferentes ambulatorios y en los mismos prestadores. (excluye Integramédica) 90%0.6UFSin Tope RNM–PRO–HMQ–DPA EXS–RX–TAC–ECO Medicamentos ambulatorios (1.j) PRESTADOR DERIVADO(1.a.2.6) PRESTACIONES AMBULATORIASRed Preferente HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIARed Preferente VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE.
Firma Afiliado Nombre Rut Fecha HUELLA DACTILAR AFILIADO Firma Representante ISAPRE Nombre Rut Fecha Información Interna Información Interna CRUZBLANCA ON OCTAVA 64E 0A20 2ONC64EA20 PRECIO DEL PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO Precio Base Precio Total según composición del grupo familiar TABLA DE FACTORESN° 343 Edad (Años)ContratanteCargas 0 a menos de 200.60.6 20a menos de250.90.7 25 a menos de 351.00.7 35 a menos de 451.30.9 45 a menos de 551.41.0 55 a menos de 652.01.4 65y más2.42.2 Identificación única del arancelIsapre CruzBlanca–31Modalidad Arancel$ Tope General porBeneficiario en UF6000 (2.b)
Información Interna Información Interna CRUZBLANCA ON OCTAVA 64E 0A20 2ONC64EA20 ANEXO DEL PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO MODALIDAD PREFERENTE NOTAS EXPLICATIVAS 1) Coberturas 1.a) La cobertura de la Oferta Preferente se obtienea través de órdenes de atención con prestadores en convenio especificado. 1.a.1) Oferta preferente Ambulatoria:Integramédica, Red Centros Médicos UC Christus, Clínica RedSalud Vitacura, Clínica Indisa, Hospital Clínico UC, Clínica Santa María, Clínica UC San Carlos de Apoquindo, Clínica U. de Los Andes, Clínica de Chillán, Hospital Clínico del Sur, Clínica Universitaria de Concepción, Clínica Bio Bio, Clínica Los Andes (Los Ángeles), Clínica Sanatorio Alemán 1.a.2) Oferta preferente Hospitalaria:Clínica Indisa, Clínica UC,Hospital Clínico UC, Clínica Santa María, Clínica UC San Carlos de Apoquindo, Clínica U. de Los Andes, Clínica de Chillán, Hospital Clínico del Sur, Clínica Universitaria de Concepción, Clínica BioBío, Clínica Los Andes (Los Ángeles), Clínica Sanatorio Alemán. 1.a.2.1) Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará laHabitación Individual y Dobleo la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con elprestador.Suite o Departamentosólo modalidad libre elección. 1.a.2.2) Son prestadores Staff del Plan PreferenteCRUZBLANCA ON OCTAVA 64E 0A20todos los profesionales médicos que trabajan en Clínica Indisa, Clínica UC, Hospital Clínico UC, Clínica Santa María, Clínica UC San Carlos de Apoquindo, Clínica U. de Los Andesy que tienen convenio con la Isapre CruzBlanca de la oferta preferente. Validar listado de médicos a través de las sucursales CruzBlanca. 1.a.2.3) En atenciones hospitalarias programadas (no urgencia), el beneficiario recibirá la cobertura señalada en la oferta preferente del Plan de Salud Complementariodel ítem honorarios,en aquellos casos que así lo contempla,si su atención se efectúa con profesionales del Staff Médico del prestador utilizado, delo contrario, será la de la Libre Elección. 1.a.2.4) Las hospitalizacionesderivadas de unaatención efectuada en el Servicio deUrgencia de los prestadores de la RedHospitalaria Preferente, tendrán la cobertura señalada en la oferta preferente del Plan de Salud Complementario, incluidos los honorarios médicos de los profesionales staff del prestador en convenio para el Plan, en aquellos casos que corresponda. 1.a.2.5) Este Plan aplicará cobertura preferente a las hospitalizaciones de urgencia efectuadas en regiones distintas de la Región Metropolitana,BioBío y Ñuble.Se entenderá por hospitalización de urgencia aquella derivada de un servicio de urgencia, que por condición de salud o cuadro clínico del paciente,requiere atención médica inmediata e impostergable. No estará afecto a esta cobertura preferente ningunahospitalización programada, ni la consulta de urgencia o exámenes, efectuados en servicios de urgencia,que no forman partede los gastos de la hospitalización. La cobertura preferente consistirá en este caso, en aplicar a la cuenta hospitalaria regional,los valoresque Isapre CruzBlanca hubiera pagado si la atención se hubiere efectuado enClínica Indisa, debiendo asumir el afiliado las diferencias de valores entre laClínica Indisay el prestador en la que recibió las atenciones. 1.a.2.6)Es prestador derivado para laatención ambulatoria y hospitalaria del Plan PreferenteCRUZBLANCA ON OCTAVA 64E 0A20el (los)prestador(es)de laRED PREFERENTE.En caso de insuficiencia deIntegramédica, Red Centros Médicos UC Christuso laClínica Indisa, Clínica UC, Hospital Clínico UC, Clínica Santa María, Clínica UC San Carlos de Apoquindo, Clínica U. de Los Andes, Clínica de Chillán, Hospital Clínico del Sur, Clínica Universitaria de Concepción, Clínica BioBío, Clínica Los Andes (LosÁngeles), Clínica Sanatorio Alemán, el beneficiario recibirá la misma cobertura señalada en el Plan de Salud Complementario siutiliza éste (estos) prestador(es). Tratándose de la cobertura de honorarios médicos quirúrgicos preferente, sólo corresponderá si utiliza médicos con convenio en los prestadores que consideran dicha cobertura en el plan, de lo contrario, la cobertura deeste ítem será la de la Libre Elección. 1.a.3) Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección. 1.b) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. 1.c) Lalínea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. 1.d) En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5ó superior, o uso de anestesia general, estos ítems: Box Ambulatorio, Pabellón y Honorarios Médicos, tendrán la cobertura equivalente a la atención hospitalizada. 1.e) Estas prestaciones incluyen las coberturas de especialidad, exámenes de laboratorio eimagenología propios de este tratamiento, procedimiento de criopreservación, capacitación espermática, inseminación artificial y los fármacos e insumos requeridos parala realización del tratamiento señalado. Incluyen la totalidad de las prestaciones requeridas para el tratamiento de infertilidad con inseminación artificial desde la pareja. 1.f) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento. 1.g) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil. 1.h) Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. 1.i) La cobertura de traslados médicos se otorga sólo con indicación médica justificada. 1.j) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopediay traumatología. 1.k) Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 11° de las Condiciones generales del Contrato de Salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. 1.l) Podrán acceder a las prestaciones PAD Dentales sólo los beneficiarios, niños y jóvenes, entre 12 y 17 años, 11 meses y 29 días, que presenten caries de una o más piezas dentales. 2) DefinicionesVA = Veces Arancel, UF = Unidad de Fomento. Staff Médicos Clínicas = Médicos de las Clínicas Red HospitalariaClínica Indisa, Clínica UC, Hospital Clínico UC, Clínica Santa María, Clínica UC San Carlos de Apoquindo, Clínica U. de Los Andes. EXS = Exámenes de Laboratorio; RX = Radiología; TAC = Tomografía axial computarizada (scanner); ECO = Ecotomografías; RNM = Resonancia Nuclear Magnética, PRO = Procedimientos, HMQ = Honorarios Médicos Quirúrgicos, DPA = Derecho de pabellón.
Firma Afiliado Nombre Rut Fecha HUELLA DACTILAR AFILIADO Firma Representante ISAPRE Nombre Rut Fecha Información Interna Información Interna 2.a) Pabellónambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas. 2.b) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximosusuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre eleccióncomo por oferta preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, la bonificación corresponderá al mayor valor entre el 25% de la cobertura estipulada en el plan desalud y la cobertura financiera que asegurael Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las prestaciones contempladas en el Arancel, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado. 2.c) Las Garantías Explícitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficasCAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. 2.d) Se entiende por quiomioterápicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo serde síntesis química o biotecnológica. 2.e) Se entiende por Cirugía Bariátrica o de obesidad al by pass gástrico y/o manga gástrica. Se entiende por Cirugía Metabólica al by pass gástrico, sea efectuado en pacientes obesos o no. Larestricciónde cobertura de laCirugía Bariátrica, Metabólica,Cirugía Lasiky PET-CT, corresponde al evento hospitalario completo. 2.f) Se entiende por Drogas Biológicas los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamientode patologías no oncológicas. 2.g) El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende porevento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado enun centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir lasatenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. 2.h)La cobertura definida para la atención integral de enfermería, sólo aplica para: Atenciones integrales de enfermería en centro adulto mayor (3 sesiones de 45')(solo para mayores de 55años); Atención integral de enfermería en domicilio (atención mínima de 45')(solo para mayores de 55 años); Atención integral de enfermería en domicilio a pacientes postrados, terminales post operados; Atención integral de enfermería en domicilio a pacientes ostomizados y Atención integral de enfermería en domicilio a pacientes que requieren instalación y/o retiro de catéter o sonda. 2.i) Todos los medicamentos, materiales e insumos clínicos, incluidos medicamentos para quimioterapia, se bonificarán únicamente en la medida que se encuentren registrados por el Instituto de Salud Pública (I.S.P.) y tengan fines curativos. Por lo anterior, seexcluyen de cobertura los medicamentos que tengan fines de investigación y/o experimentación. 3)Condiciones ycaracterísticas de la oferta preferente del plan con prestador preferente Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente" 4)Valor de Conversión de la unidad de fomento a utilizar 4.a) Para las bonificaciones: Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la respectivabonificación. 4.b) Para el pago de la cotización: Si el precio estáexpresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en que se devenga la remuneración. 5)Reajuste del arancel de prestaciones El valor de cada una delas prestaciones de salud contenidas en los aranceles expresados en pesos será reajustado el 1º de Marzo de cada año. Dicho reajuste no podrá ser inferior al 100% de la variación porcentualacumulada que haya experimentado el Índice de Precios al Consumidor (I.P.C.), entre el mes de febrero del año anterior y enero del año en curso.