Nombre:SMART NORTEESPECIAL5000FUN N°: Código:2SMNE50219Tipo de Plan:INDIVIDUAL PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO MODALIDAD PRESTADORPREFERENTE COBERTURA MATERNAL REDUCIDA PRESTACIONESOFERTA PREFERENTETope máx.año contrato por beneficiario (2.b) LIBRE ELECCIÓNTope máximo año contrato por beneficiario (2.b) %Tope%Tope HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA Día Cama 100 7.00 UF Sin Tope 100 5.00 UF Sin Tope Día Cama Cuidados Intensivos o coronarios10.50 UF7.50 UF Día Cama Cuidados intermedios10.50 UF7.50 UF Día Cama Sala Cuna-Fototerapia3.50 UF2.50 UF Día Cama Observación-Recuperación3.50 UF2.50UF Derecho de Pabellón3.50 VA2.50 VA Exámenes de laboratorio1.60 VA1.60 VA Exámenes de Histopatología1.75 VA1.75 VA Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)2.00 VA1.60 VA Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)1.70VA1.35 VA Kinesiología y fisioterapia2.55 VA6.40 UF2.55 VA6.40 UF Visita por médico tratante (**) (1.b)3.00 VA Sin Tope 3.00 VA Sin Tope Visita por médico interconsultor (**) (1.b)3.00 VA3.00 VA Honorarios médicos quirúrgicos (**)3.00 VA3.00 VA Procedimientos (**)(1.c)3.00 VA3.00 VA Medicamentos (2.g)42.00 UF28.00 UF Materiales e insumos clínicos (2.g)27.30 UF18.20 UF Prótesis, órtesis y elementos de osteosíntesis 80 2.20 UF 80 2.20UF Traslados Médicos(1.i)2.22VA2.22VA Drogas Biológicas (2.f)10.00 UF15.00 UF10.00 UF15.00 UF Quimioterapia (2.d)10.00 UF15.00 UF10.00 UF15.00 UF AMBULATORIAS Consulta médica 80 Sin Tope Sin Tope 80 0.80 UF Sin Tope Consulta oftalmológica0.85 UF0.85 UF Exámenes de laboratorioSin Tope1.65 VA Exámenes de histopatologíaSin Tope1.80 VA Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)Sin Tope1.60 VA Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)1.70 VA1.35 VA Pabellónambulatorio (1.d)3.30 VA2.35 VA Honorarios médicos quirúrgicos (1.d)2.80 VA2.80 VA Procedimientos (1.c)3.00 VA3.00 VA Kinesiología y fisioterapia3.00 VA7.50 UF3.00 VA7.50 UF Fonoaudiología3.45 VA4.40UF3.45 VA4.40UF Consulta psiquiatría 70 1.00 VA2.50UF 70 1.00 VA2.50UF Psiquiatría ambulatoria1.00 VA5.00UF1.00 VA5.00UF Consulta psicología-Psicología ambulatoria1.10 VA1.10UF1.10 VA1.10UF Quimioterapia (2.d)10.00 UF15.00UF10.00 UF15.00UF Radioterapia2.00 VA Sin Tope 2.00 VA Sin TopePrótesis y órtesis2.30 UF2.30 UF Atención integral de enfermería (2.h)803.00 VA803.00 VA Atenciónintegral de nutricionista3.00 VA9.90 UF3.00 VA9.90UF Prestaciones dentales (PAD)(1.e) Sólo Cobertura Libre Elección401.00 VA 7.00UF Prestaciones Fertilización PAD (1.l): Fertilización asistida baja complejidad Hombre4.00UF Fertilización asistida baja complejidad Mujer12.00UF PRESTACIONES RESTRINGIDAS (1.a.1.2) Día Cama Psiquiatría Sólo Cobertura Libre Elección70 0.75 UF2.90UF Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica (1.f)3.00 UF11.25UF Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas1.00 VA3.75UF Día Cama Clínica de Recuperación2.10UF7.88UF Cirugía de Bariátrica, Metabólica, Fotorefractiva (lasik) PET-CT(2.e)25% de la cobertura general del plan. Prestaciones referidas al embarazo (parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico, hospitalizaciones por complicaciones del embarazo) 25% de lacobertura general del plan. OTRAS COBERTURAS (1.a.1.3) Óptica (1.h) Sólo Cobertura Libre Elección 701.00 UF1.00UF Traslados médicos (1.i)2.20 VA Boxambulatorio (2.a) (1.d)804.55UFSin Tope Medicamentos ambulatorios (1.j)4.20UF Cobertura internacional (1.k)La cobertura internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la libre elección y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF 1.000. ATENCIONES DE URGENCIA (1.g) Consulta de Urgencia800.85 UFSinTope800.85 UFSin Tope PRESTADOR DERIVADO(1.a.1)(1.a.2.2) PRESTACIONES AMBULATORIASRed Ambulatoria Preferente HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIARed Hospitalaria Preferente VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LACOBERTURA PREFERENTE.
Firma Afiliado Nombre Rut Fecha HUELLA DACTILAR AFILIADO Firma Representante ISAPRE Nombre Rut Fecha Nombre:SMART NORTEESPECIAL5000 Código:2SMNE50219 PRECIO DEL PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO Precio Base Precio Total según composición del grupo familiar TABLA DE FACTORES N°538 Edad (Años)ContratanteCargas HombreMujerHombreMujer 0 a menos de 21.801.801.501.50 2 a menos de 50.950.950.600.60 5 a menos de 100.800.800.600.60 10 a menos de 150.800.800.550.55 15 a menos de 200.801.350.600.65 20 a menos de 250.701.500.651.00 25 a menos de 300.801.600.801.30 30 a menos de 351.002.301.001.40 35 a menos de 401.102.301.101.50 40 a menos de 451.302.001.301.60 45 a menos de 501.402.401.401.60 50 a menos de 551.802.651.801.80 55 a menos de 602.352.852.351.90 60 a menos de 653.203.303.202.40 65 a menos de 703.703.653.702.90 70 a menos de 753.703.653.703.10 75 a menos de 803.703.653.703.65 80 y más3.703.653.703.65 Identificación única del arancelIsapre CruzBlanca–31Modalidad Arancel$ Tope General por Beneficiario en UF4000 (2.b)
Nombre:SMART NORTEESPECIAL5000 Código:2SMNE50219 Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite a un plan que contemple cobertura para las prestaciones relacionadas al parto en los mismos términos previstos para el resto de las prestaciones. El (la) cotizante tendrá derecho a optar a incorporarse, dentro de los planes que comercialice la Isapre al menos, entre los siguientes planes de salud: i)Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán efectuarse los ajustes que correspondan en relación a los restantes beneficios del nuevo plan. ii)Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los ajustes pertinentes en relación al precio del nuevo plan. ANEXO DEL PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO MODALIDADPREFERENTE NOTAS EXPLICATIVAS 1) Coberturas La Cobertura restringida de Parto Cesáreay Aborto corresponden a las prestaciones referidas al embarazo (parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico, hospitalizaciones por complicaciones del embarazo) cuya cobertura corresponderá al mayor valor resultante entre el25% de lo estipulado en el Plan deSalud Complementario para la libre elección y la cobertura financiera que asegura el Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las prestaciones contempladas en el Arancel. Se deja constancia que para este tipo de Planes, no seráaplicable la cobertura proporcional a la que alude el inciso segundo letra g) párrafo segundo del artículo 189 del D.F.L.N°1, de 2005, de Salud. 1.a) La cobertura de la Oferta Preferente se obtiene sólo a través de órdenes de atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso. 1.a.1) RedPreferente Ambulatoria:Cl. Bupa Sn. José de Arica, Cl. Tarapacá, Cl. Iquique, Cl. El Loa de Calama, Cl. Bupa Antofagasta, Cl. La Portada, Cl. Atacama de Copiapó, Cl. Elqui La Serena, Hosp. Militar de Antofagasta, Cl.Bupa Santiago, Integramédica. 1.a.1.1) Es prestador Derivado Ambulatorio del Plan en cualquier prestador no utilizado en la oferta preferente ambulatoria.En caso de insuficiencia en una dirección de atención, el beneficiario recibirá la misma coberturaseñalada en el Plan de Salud Complementario si utiliza cualquiera de las otras direcciones de atención de éste prestador. Tratándose de la cobertura de honorarios médicos quirúrgicos, sólo corresponderá cobertura preferente si utiliza médicos con conveniopara el Plan, de lo contrario, la cobertura de este ítem será Libre Elección. 1.a.1.2) Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección. 1.a.2)Redpreferente Hospitalaria:Cl. Bupa Sn. José de Arica, Cl. Tarapacá, Cl. Iquique, Cl. El Loa de Calama, Cl. Bupa Antofagasta, Cl. La Portada, Cl. Atacama de Copiapó, Cl. Elqui La Serena, Hosp. Militar de Antofagasta, Cl. Bupa Santiago. 1.a.2.1) Para determinar la bonificación preferentehospitalaria se considerará la habitación individual o la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el prestador. Se excluye de la cobertura preferente la hospitalización en Suite o Departamento. 1.a.2.2) Es prestador Derivado para las atenciones hospitalarias del cualquier prestador no utilizado en la oferta preferente hospitalaria. En caso de insuficiencia del prestador principal, el beneficiario recibirá la misma cobertura señalada en el Plan de SaludComplementario si utiliza éste prestador. 1.a.2.3)Este Plan aplicará cobertura preferente a las hospitalizacionesde urgencia efectuadas en regiones distintas de la Región Metropolitana.Se entenderá por hospitalización de urgencia aquelladerivada de un servicio de urgencia, queporcondición de salud o cuadro clínico del paciente, requiere atención médica inmediata e impostergable. No estará afecto a esta ampliación de cobertura ninguna hospitalización programada, ni la consulta de urgencia oexámenes efectuados en el servicio de urgencia que no forman parte de los gastos de la hospitalización.La ampliación de cobertura consistirá en aplicara la cuenta hospitalaria regional, los montos bonificados que CruzBlanca hubiera pagado si la atención se hubiere efectuado en Clínica Santa María. 1.a.2.4) La exclusión de Cobertura Preferente de la Cirugía Bariátrica y Cirugía lasik, corresponde al evento hospitalario completo. 1.b) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. 1.c) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificaciónde los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. 1.d) En intervenciones quirúrgicas asociadasa un pabellón 5 ó superior, o uso de anestesia general, estos ítems: Box Ambulatorio, Pabellón y Honorarios Médicos, tendrán la cobertura equivalente a la atención hospitalizada. 1.e) Podrán acceder a las prestaciones PAD Dentales sólo los beneficiarios, niños y jóvenes, entre 12 y 17 años, 11 meses y 29 días, que presenten caries de una o más piezas dentales. 1.f) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento. 1.g) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgadaen servicios de urgencia en horario hábil o inhábil. 1.h) Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. 1.i) La cobertura de traslados médicos se otorga sólo con indicación médica justificada. 1.j) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. 1.k) Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado enla letra b) del artículo 11° de las Condiciones generales del Contrato de Salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. 1.l) Estas prestaciones incluyen las coberturas de especialidad, exámenes de laboratorio e imagenología propios de este tratamiento, procedimiento de criopreservación, capacitación espermática, inseminación artificial y los fármacos e insumos requeridos parala realización del tratamiento señalado. Incluyen la totalidad de las prestaciones requeridas para el tratamientode infertilidad con inseminación artificial desde la pareja.
Firma Afiliado Nombre Rut Fecha HUELLA DACTILAR AFILIADO Firma Representante ISAPRE Nombre Rut Fecha Nombre:SMART NORTEESPECIAL5000 Código:2SMNE50219 2) DefinicionesVA = Veces Arancel, UF = Unidad deFomento. 2.a)Boxambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas. 2.b) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximosusuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección. El valor indicado rige para cada beneficiario por año vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menosel copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, la bonificación corresponderá al mayor valor entre el 25% de la cobertura estipulada en el plan de salud y la cobertura financiera que asegura el Fonasa en la modalidadde libre elección a todas las prestaciones contempladas en el Arancel, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado. 2.c) Las Garantías Explícitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamenteen prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. 2.d) Se entiende por quiomioterápicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica. 2.e)Se entiende por Cirugía Bariátrica o de obesidad al by pass gástrico y/o manga gástrica. Se entiende por Cirugía Metabólica al by pass gástrico, sea efectuado en pacientes obesos o no. La exclusión de cobertura de la Cirugía Bariátrica, Metabólica y Cirugía Lasik, corresponde al evento hospitalario completo. 2.f) Se entiende por Drogas Biológicas los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamientode patologías no oncológicas. 2.g) El tope definido parala cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones enuno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalizaciónmarca el término del evento. 2.h)La cobertura definida para la atención integral de enfermería, sólo aplica para: Atenciones integrales de enfermería en centro adulto mayor (3 sesiones de 45')(solo para mayores de 55 años); Atención integral de enfermería en domicilio (atención mínima de45')(solo para mayores de 55 años); Atención integral de enfermería en domicilio a pacientes postrados, terminales post operados; Atención integral de enfermería en domicilio a pacientes ostomizados y Atención integral de enfermería en domicilio a pacientes que requieren instalación y/o retiro de catéter o sonda. 3) Valor de Conversión de la unidad de fomento a utilizar 3.a)Para las bonificaciones: Si los topes están expresado en unidadesde fomento (UF), el valor de laconversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la respectiva bonificación. 3.b)Para el pago de la cotización: Si el precio estáexpresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá alque dicha unidad tenga el último día del mes anterior en que se devenga la remuneración. 4) Reajuste del arancel de prestaciones Elvalor de cada una de las prestaciones de salud contenidas en los aranceles expresados en pesos será reajustado el 1º deMarzo de cada año. Dicho reajuste no podrá ser inferior al 100% de la variación porcentual acumulada que haya experimentado el Índice de Precios al Consumidor (I.P.C.), entre el mes de febrero del año anterior y enero del año en curso.